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Las aduanas: Origen e importancia en la República Dominicana



  1. Introducción
  2. Las
    Aduanas
  3. Importancia de las Aduanas
  4. Base
    jurídica de las Aduanas
  5. Conclusión
  6. Bibliografía

Introducción

El siguiente trabajo tiene como objetivo principal
estudiar, analizar y valorar el Orígenes de las Aduanas en
la República Dominicana. La cual comienza a partir del
año 1845 el régimen independentista, ante la
necesidad de aumentar sus ingresos y regularizar las Aduanas,
dicta la Ley Núm.34, del 29 de mayo, sobre el
Régimen de Aduanas, con medidas significativas como fueron
la naturalización de los buques y la expedición de
!as patentes de navegación.

Sin embargo, la citada Ley Núm.34 no llenaba los
requerimientos de la época, por lo que fue sustituida por
otra más amplia, la Ley Núm. 2595 del 14 de octubre
de 1887, sobre el Régimen de Aduanas y Puertos, la cual
comprendía 226 artículos. Esta Ley sobre Aduanas
fue sustituida en los años 1889, 1892 y 1896 por otras con
textos similares. Es interesante señalar que la Ley
Núm. 3742, promulgada en el año 1897, introduce en
su texto los señalamientos de la primera Ley de Aduanas,
la Núm. 34, volviendo de nuevo al régimen ya
citado.

Posteriormente, la Ley de Aduanas fue sustituida por la
Núm. 4761, del año 1907, varias veces modificada, y
por último derogada y sustituida por la Ley Núm.
4915, del año 1909.

Cada uno de nosotros requiere para desenvolvernos en
nuestra profesión, adquirir conocimientos los cuales nos
ofrezcan herramientas para realizar determinadas labor. Es por
tanto que esta investigación de carácter
documental, por lo cual utilizamos varios libros citados en la
bibliografía.

  • Objetivo General.

Conocer sobre el Orígenes de las Aduanas en la
República Dominicana.

  • Objetivos Especifico:

  • Establecer los antecedentes históricos de las
    adunas.

  • Definir las causas y consecuencias de las
    adunas.

CAPITULO I

Las
Aduanas

1.- Orígenes de las Aduanas en la
República Dominicana.

En el año 1845 el régimen independentista,
ante la necesidad de aumentar sus ingresos y regularizar las
Aduanas, dicta la Ley Núm.34, del 29 de mayo, sobre el
Régimen de Aduanas, con medidas significativas como fueron
la naturalización de los buques y la expedición de
!as patentes de navegación.

Sin embargo, la citada Ley Núm.34 no llenaba los
requerimientos de la época, por lo que fue sustituida por
otra más amplia, la Ley Núm. 2595 del 14 de octubre
de 1887, sobre el Régimen de Aduanas y Puertos, la cual
comprendía 226 artículos. Esta Ley sobre Aduanas
fue sustituida en los años 1889, 1892 y 1896 por otras con
textos similares. Es interesante señalar que la Ley
Núm. 3742, promulgada en el año 1897, introduce en
su texto los señalamientos de la primera Ley de Aduanas,
la Núm. 34, volviendo de nuevo al régimen ya
citado.

Posteriormente, la Ley de Aduanas fue sustituida por la
Núm. 4761, del año 1907, varias veces modificada, y
por último derogada y sustituida por la Ley Núm.
4915, del año 1909.

A consecuencia de los grandes empréstitos que
había obtenido el gobierno en el año 1916, las
Aduanas pasaron a ser administradas por el gobierno de
ocupación militar norteamericano, de acuerdo con la
convención suscrita al efecto para el cobro de la deuda
externa en fecha 8 de febrero de 1907. El Gobierno Militar, en
ejercicio de sus funciones, dictó varias Ordenes
Ejecutivas destacándose la Núm. 589 del 31 de
diciembre de 1920, denominada Ley sobre Aduanas y Puertos, que
daba al Oficial Encargado del Servicio de Aduanas la potestad de
reglamentación para la administración de la misma,
Reglamentación que tenía fuerza y efecto de
Ley.

La dirección y supervigilancia del Servicio
Aduanero fue reintegrado al Gobierno Dominicano mediante Ley
Núm. 429 del 20 de marzo de 1941, momento en que se
terminó de pagar la deuda externa de la Nación,
poniéndose el servicio de arrimo y manejo de carga en los
puertos bajo la Dirección General de Aduanas, mediante la
Ley Núm. 595 del 31 de octubre de 1941.

La Orden Ejecutiva ya señalada, Núm. 589
del año 1920, estuvo vigente por más de 30
años, hasta que fue sustituida por la Ley sobre el
Régimen de Aduanas, la Núm. 3489 de fecha 14 de
febrero de 1953, la cual, aunque sigue el mismo formato que las
anteriores, es mucho más amplia.

Esta Ley sufrió algunas modificaciones en lo que
respecta al Régimen Arancelario y a la denominación
del organismo encargado de su administración y funciones
por medio de la Ley Núm.4705 del 1957.

Mediante la Ley Núm. 70 del 17 de diciembre de
1970, las funciones de arrimo fueron separadas de las funciones
de aduanas, al crearse la Autoridad Portuaria
Dominicana.

Hasta hace poco, la Dirección General de Aduanas
funcionaba como una dependencia de la Secretaría de Estado
de Finanzas, pero con la promulgación de la Ley 226 del
2006, Aduanas adquirió autonomía funcional,
presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio
propio.

CAPITULO II

Importancia de las
Aduanas

MISIÓN:

Facilitar y controlar el comercio de la República
Dominicana con el resto del mundo, teniendo como fundamento la
eficiencia y transparencia de los procesos aduaneros, acorde con
las mejores prácticas internacionales de la
administración aduanera, el control de la evasión
fiscal y el comercio ilícito, el fortalecimiento de la
seguridad nacional y la protección de la salud y el medio
ambiente.

VISION:

Ser reconocida como una institución eficiente y
moderna en el ámbito nacional e internacional, conformada
por un equipo de personas integras que hagan de la misión
de la institución, un proceso transparente, expedito y
sistematizado que contribuya al desarrollo sostenible de la
Nación.

OBJETIVO:

Eficientizar, transparentar y sistematizar todas las
actividades de las aduanas del país con la finalidad de
hacer efectivas las medidas de facilitación del comercio,
aumentar las recaudaciones fiscales y contribuir con otros
organismos del Estado a reducir diferentes tipos de riesgos
provenientes del exterior que puedan impedir el desarrollo
sostenible de la Nación.

CAPITULO III

Base jurídica
de las Aduanas

CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA

• LEY 3489, LEY GENERAL DE ADUANAS

• MODIFICACION LEY No. 3489

• LEY 226-06 QUE OTORGA AUTONOMIA FUNCIONAL,
PRESUPUESTARIA, ADMINISTRATIVA, TECNICA Y PATRIMONIO PROPIO A LA
DGA Y A LA DGII

• REGLAMENTO INTERNO DE RECURSOS HUMANOS Y
ESTRUCTURA ORGANICA DE LA DGA

9-96

LEY SOBRE LA GRACIA NAVIDEÑA

424-06

LEY DE IMPLEMENTACION DEL DR-CAFTA

392-07

LEY SOBRE COMPETITIVIDAD E INNOVACION
IDUSTRIAL

498-06

LEY DE PLANIFICACION E INVERSION
PUBLICA

494-06

LEY DE ORGANIZACION DE LA SEC. DE ESTADO DE
HACIENDA

557-05

LEY REFORMA TRIBUTARIA

495-06

LEY DE RECTIFICACION TRIBUTARIA

3-02

LEY SOBRE REGISTRO MERCANTIL

126-02

SOBRE COMERCIO ELECTRÓNICO, DOCUMENTOS Y
FIRMAS DIGITALES

183-02

CODIGO FINANCIERO Y MONETARIO

72-02

CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS PROVENIENTES DE
FUENTES ILICITAS

158-01

LEY DE INCENTIVO TURISTICO

146-00

LEY REFORMA ARANCELARIA

14-93

LEY QUE APRUEBA EL ARANCEL DE ADUANAS DE LA
REP.DOM.

147-00

REFORMA DEL SISTEMA TRIBUTARIO

20-00

LEY SOBRE PROPIEDAD INDUSTRIAL

112-00

LEY DE HIDROCARBUROS

84-99

REACTIVACION Y FOMENTO DE LAS
EXPORTACIONES

16-95

LEY SOBRE LA INVERSION EXTRANJERA

11-92

CODIGO TRIBUTARIO DE LA REPUBLICA
DOMINICANA

41-08

DE FUNCION PUBLICA Y CREA LA SECRETARIA DE ESTADO
DE ADMINISTRACION PUBLICA

8-90

FOMENTO DE ZONAS FRANCAS

50-88

SOBRE DROGAS Y SUSTANCIAS CONTROLADAS EN LA REP.
DOM.

456-73

ALMACENES DE DEPOSITO FISCAL

LEYES Y REGLAMENTOS
RELACIONADOS;

200-04

LEY GENERAL DE LIBRE ACCESO A LA INFORMACION
PUBLICA

96-98

DE LA AUTORIZACION PARA OPERAR COMO AGENTE DE
CARGA Y CONSOLIDADOR

449-06

Que modifica la Ley No. 340-06 sobre
Contrataciones de Bienes, Obras, Servicios y
Concesiones

340-06

SOBRE COMPRAS Y CONTRATACIONES

122-05

LEY PARA LA REGULACIÓN Y FOMENTO DE LAS
ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO EN REP. DOM.

96-04

LEY INSTITUCIONAL DE LA POLICIA
NACIONAL

65-04

LEY SOBRE DERECHO DE AUTOR

64-02

LEY SOBRE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES

139-01

LEY DE EDUCACION SUPERIOR, CIENCIA Y
TECNOLOGIA

87-01

LEY QUE CREA EL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD
SOCIAL

125-01

LEY GENERAL DE ELECTRICIDAD

12-01

MODIFICACION 146 -00 Y 147-00

153-98

LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES

96-98

REGLAMENTO AUT. AGENTE INTERNACIONAL DE CARGA Y
CONSOLIDADOR

141-97

REFORMA DE LA EMPRESA PUBLICA

2119-72

REGLAMENTO SOBRE REGULACION Y USO DE LOS GASES
LICUADOS DE PETROLEO (GLP)

146-71

LEY MINERA DE LA REPUBLICA DOMINICANA

3455

LEY DE ORGANIZACION MUNICIPAL

NORMAS JURIDICAS:

• NORMA GENERAL 2-10 QUE SUSPENDE LA IMPORTACION DE
COBRE Y DESPERDICIOS DE COBRE

• NORMA GENERAL 01-10 QUE DISPONE LA PUBLICACION DE
LOS VALORES FISCALIZADOS POR LA DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS

Comunicación a la Asociación de
Metaleros sobre Decreto 334-07 y Norma General 2-10

• NORMA 2-08 QUE PROHIBE LA IMPORTACION Y
CIRCULACION DE VEHICULOS CON EL GUIA A LA DERECHA

• NORMA PARA LAS SUBASTAS PÚBLICAS DE
MERCANCIAS

• NORMA GENERAL DGII-DGA 01-08 SOBRE IMPUESTO
SELECTIVO

• NORMA GENERAL 01-06 PAGO IMPUESTO AD-VALOREM
DERIVADOS DEL PETROLEO

• NORMA GENERAL 01-05 IMPUESTO SELECTIVO A
VEHICULOS AUTOMOVILES

RESOLUCIONES:

01-2010

QUE CREA EL REGISTRO DE TITULARES DE DERECHOS DE
PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS

68-06

SOBRE EL REGIMEN DE ADMISION TEMPORAL

69-06

SOBRE DESPACHO DE MERCANCIAS EN 48
HORAS

70-06

SOBRE MERCANCIAS ORIGINARIAS Y APLICACION DE LAS
REGLAS DE ORIGEN

71-06

SOBRE LA DETERMINACION DEL VALOR
ADUANERO

01-06

ROLLOS DE PAPEL TISSUE

02-06

CAJA DECODIFICADORA PARA TELEVISOR

03-06

ORANGE SYRUP Y COD LIVER OIL, JOINT CARE, HIGH
POTENCY GLUCOSAMIN, MULTIBIONTE Y MULTISPECTRYM

04-06

CALENTADORES DE AGUA SOLARES

01-05

ALFOMBRAS DE RAYON CON RESPALDO DE YUTE

02-05

PERFILES DE ALUMINIO

03-05

VEHICULO TRACTOR PALA MECANICA

04-05

ROLLOS DE PAPEL TERMICO

05-05

BARCO CATAMARAN

06-05

MEZCLA CON SABOR ARTIFICIAL A QUESO

84-05

MODIFICACION REQUISITOS AGENTES ADUANAS

DECRETOS:

556-08

Que establece el Reglamento de Régimen
Aduanero Especial para la Industria
Manufacturera

490-07

Que aprueba el Reglamento de aplicacion de la Ley
340-06 de compras

309-06

Que prohibe la importacion de armas de fuego,
partes y sus respectivas municiones para el comercio con
particulares.

310-05

Que establece el Reglamento Operativo de la
Comisión de Etica y Combate a la
Corrupción

101-05

Que crea la Comisión de Etica
Pública y Combate a la Corrupción

213-00

PARA LA APLICACION DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE
REACTIVACION Y FOMENTO DE LAS EXPORTACIONES

106-96

QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO DE LOS DEPOSITOS PARA
LA REEXPORTACION DE MERCANCIAS

130-05

QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY
200-04

627-06

SOBRE TASA DE SERVICIOS ADUANEROS

671-02

PROHIBICION DE LA IMPORTACION DE LOS VEHICULOS
DENOMINADOS "SALVAGE" O "SALVAMENTOS"

3-05

ELIMINACIÓN DE EXENCIONES POR VIA
ADMINISTRATIVA

334-05

FOMENTO A LAS EXPORTACIONES NACIONALES

402-05

APROBACION DEL REGLAMENTO PARA EL DESPACHO EXPRESO
DE ENVIOS

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
(DR-CAFTA)

 • REGLAS DE ORIGEN
ESPECIALES

 • LISTA DE COSTA RICA

 • LISTA ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE
COSTA RICA

 • LISTA DE EL SALVADOR

 • LISTA ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE
EL SALVADOR

 • LISTA DE GUATEMALA

 • LISTA ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE
GUATEMALA

 • LISTA DE HONDURAS

 • LISTA ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE
HONDURAS

 • LISTA DE NICARAGUA

 • LISTA ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA

 • LISTA DE REPÚBLICA
DOMINICANA

 • LISTA ARANCELARIA DE LA
REPÚBLICA DOMINICANA

 • LISTA DE ESTADOS UNIDOS

 • LISTA ARANCELARIA DE ESTADOS
UNIDOS

 • TRATO NACIONAL Y ACCESO DE
MERCANCÍAS AL MERCADO

Conclusión

Al finalizar este trabajo sus sustentantes sienten la
satisfacción del deber cumplido en el entendido que se
llenaron las expectativas en torno al mismo, tanto en el
contenido como en el cumplimiento de los propósitos
planteados. Determinar el Origen e Importancia de las Aduanas, en
la República Dominicana. Las cuales inician en nuestro
país, cuando en el año 1845 el régimen
independentista, ante la necesidad de aumentar sus ingresos y
regularizar las Aduanas, dicta la Ley Núm.34, del 29 de
mayo, sobre el Régimen de Aduanas, con medidas
significativas como fueron la naturalización de los buques
y la expedición de !as patentes de navegación. Sin
embargo, la citada Ley Núm.34 no llenaba los
requerimientos de la época, por lo que fue sustituida por
otra más amplia, la Ley Núm. 2595 del 14 de octubre
de 1887, sobre el Régimen de Aduanas y Puertos, la cual
comprendía 226 artículos. Esta Ley sobre Aduanas
fue sustituida en los años 1889, 1892 y 1896 por otras con
textos similares. Es interesante señalar que la Ley
Núm. 3742, promulgada en el año 1897, introduce en
su texto los señalamientos de la primera Ley de Aduanas,
la Núm. 34, volviendo de nuevo al régimen ya
citado.

Posteriormente, la Ley de Aduanas fue sustituida por la
Núm. 4761, del año 1907, varias veces modificada, y
por último derogada y sustituida por la Ley Núm.
4915, del año 1909. A consecuencia de los grandes
empréstitos que había obtenido el gobierno en el
año 1916, las Aduanas pasaron a ser administradas por el
gobierno de ocupación militar norteamericano, de acuerdo
con la convención suscrita al efecto para el cobro de la
deuda externa en fecha 8 de febrero de 1907. El Gobierno Militar,
en ejercicio de sus funciones, dictó varias Ordenes
Ejecutivas destacándose la Núm. 589 del 31 de
diciembre de 1920, denominada Ley sobre Aduanas y Puertos, que
daba al Oficial Encargado del Servicio de Aduanas la potestad de
reglamentación para la administración de la misma,
Reglamentación que tenía fuerza y efecto de
Ley.

Bibliografía

  • http://www.dga.gov.do/dgagov.net/

  • http://www.dga.gov.do/dgagov.net/portal/format/defaultFormatUno.aspx?TabId=25

  • http://www.dga.gov.do/dgagov.net/portal/format/defaultFormatUno.aspx?TabId=28

  • http://www.dga.gov.do/dgagov.net/portal/format/defaultFormatUno.aspx?TabId=29

  • http://www.dga.gov.do/dgagov.net/portal/format/defaultFormatUno.aspx?TabId=35

  • http://www.dga.gov.do/dgagov.net/portal/format/defaultFormatUno.aspx?TabId=5

  • http://www.dga.gov.do/dgagov.net/portal/format/defaultFormatUno.aspx?TabId=6

 

 

Autor:

Ing.-Lic. Yunior Andrés
Castillo

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana

2010.

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