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Evaluación de riesgos (página 2)




Enviado por Pamela Puertas



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Señales de advertencia de un peligro

  • Materiales inflamables. En este tipo de locales se usan a menudo disolventes y pinturas que responden a este tipo de riesgo, utilizándose la señal indicada.

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  • Riesgo eléctrico. Esta señal debe situarse en todos los armarios y cuadros eléctricos del taller.

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  • Radiación láser. Se utilizará siempre que se manipulen equipos de verificación y control basados en esta forma de radiación. Viene acompañando a los citados equipos. Si éstos son fijos, conviene poner la señal a la entrada del recinto donde se encuentran.

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  • Riesgo de caídas al mismo nivel. Cuando existan obstáculos por el suelo difíciles de evitar, se colocará en lugar bien visible la señal correspondiente.

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Cuando en el taller existan desniveles, obstáculos u otros elementos que puedan originar riesgos de caídas de personas, choques o golpes susceptibles de provocar lesiones, o sea necesario delimitar aquellas zonas de los locales de trabajo a las que tenga que acceder el trabajador y en las que se presenten estos riesgos

Monografias.comRiesgo de caídas,choques y golpes

Señales de prohibición

  • Siempre que se utilicen materiales inflamables, la señal triangular de advertencia de este peligro debe ir acompañada de aquella que indica expresamente la prohibición de fumar y de encender fuego, que se muestra a continuación:

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Señales de obligación

  • Protección obligatoria de la vista: Se utilizará siempre y cuando exista riesgo de proyección de partículas a los ojos, en operaciones con esmeriladoras, radiales, etc.

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  • Protección obligatoria del oído. Esta señal se colocará en aquellas áreas de trabajo donde se lleguen a superar los 85 dB(A) de nivel de ruido equivalente o los 137 dB(C) de pico, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo.

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  • Protección obligatoria de los pies. De uso en aquellos casos en que exista riesgo de caída de objetos pesados, susceptibles de provocar lesiones de mayor o menor consideración en los pies y sea necesaria la utilización de calzado de seguridad.

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  • Protección obligatoria de las manos. Esta señal debe exhibirse en aquellos lugares de trabajo donde se realicen operaciones que comporten riesgos de lesiones en las manos (cortes, dermatitis de contacto, etc.) y no se requiera una gran sensibilidad táctil para su desarrollo.

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  • Protección obligatoria de la cabeza: A utilizar siempre que exista riesgo de golpes en la cabeza o caídas de objetos desde una posición elevada. Se usa, por ejemplo, en trabajos bajo puentes elevadores o en fosos.

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Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios

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Otras señales

En función de las características del local y teniendo en cuenta sus riesgos específicos, se debe exhibir otras señales que avisen de la existencia de tales riesgos.

Además, conviene recordar la obligatoriedad de delimitar las áreas de almacenamiento y de paso, tanto de vehículos como de personas, así como las salidas de emergencia y elementos de primeros auxilios (botiquín, duchas de emergencia, lavaojos, etc.).

  • 5. Manejo de cargas

  • Se evaluaran los riesgos considerando los siguientes factores:

  • Características de la carga

  • Esfuerzo físico necesario

  • Características del medio de trabajo

  • Exigencias de la actividad

  • Características individuales del trabajador

  • Se adoptara las medidas apropiadas para realizar el trabajo de forma segura y se garantizará la adecuada vigilancia de la salud de los trabajadores afectados.

  • Se facilitará información y formación a los trabajadores sobre la forma correcta de manipular las cargas y se fomentará su participación en la propuesta de mejoras orientadas a su manejo del modo más seguro posible.

  • Se utilizarán técnicas de levantamiento que tengan como principio básico mantener la espalda recta y hacer el esfuerzo con las piernas, a saber:

  • Apoyar los pies firmemente.

  • Separar los pies a una distancia aproximada de 50 cm uno del otro.

  • Doblar las caderas y las rodillas para recoger la carga bien pegada al cuerpo.

Mantener la espalda recta y utilizar la fuerza de las piernas.

Si la carga es demasiado pesada o voluminosa, utilizar la ayuda de medios mecánicos o alzarla entre varias personas.

  • Conservación de las herramientas en buenas condiciones de uso.

  • Utilización de las herramientas adecuadas a cada tipo de trabajo que se vaya a realizar.

  • Entrenamiento apropiado de los trabajadores en el manejo de estos elementos de trabajo.

  • Transportarlas de forma segura, protegiendo los filos y puntas y mantenerlas ordenadas, limpias y en buen estado, en el lugar destinado a tal fin.

  • Deberán de disponer del marcado CE:

  • todas las máquinas nuevas, aunque no presenten riesgo alguno para la seguridad de los usuarios

  • todas aquellas que sean de fabricación propia, aunque no se comercialicen

  • Y siempre que se monten máquinas o partes de máquinas de orígenes diferentes

  • No podrán utilizarse sin la protección adecuada.

  • Los motores serán aislados de aquellas personas que sean ajenas a su utilización. Dispondrán de un interruptor de parada a distancia en caso de emergencia. El arranque y detención tendrán su aviso correspondiente.

  • Siempre que sea posible las operaciones de mantenimiento se realizaran con la maquina detenida. De lo contrario se tomaran los recaudos necesarios.

  • Las herramientas estarán protegidas para evitar proyecciones o contactos peligrosos.

  • Sus elementos cortantes, punzantes y lascerantes serán cubiertos con aisladores o serán protegidos con fundas o pantallas que, sin entorpecer las operaciones a realizar, provean el máximo grado de seguridad para realizar el trabajo.

  • En cuanto a los equipos para desmontar los neumáticos, no se deberá retirar la rueda hasta que el sistema esté completamente parado ni se intentará frenar con al mano. Por último, el operador deberá llevar calzado de seguridad, con el fin de evitar lesiones en los pies por caída accidental del neumático.

La declaración CE de conformidad acredita que la máquina o equipo de trabajo cumple los requisitos esenciales de seguridad y su firma posibilita la colocación de la marca CE en la máquina o equipo en cuestión.

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  • 7. Almacenamiento y manipulación de productos químicos

  • Es imprescindible que el trabajador sepa identificar los distintos productos peligrosos a través de la señalización para su correcta manipulación y almacenamiento

  • Explosivos

  • Corrosivos

    • Comburentes

  • Irritantes

    • Extremadamente inflamables

  • Sensibilizantes

    • Fácilmente inflamables

  • Carcinógenos

    • Inflamables

  • Mutágenos

    • Muy tóxicos

  • Tóxicos para la reproducción

    • Tóxicos

  • Peligrosos para el medio ambiente

    • Nocivos

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    • Se debe establecer un plan de almacenamiento que permita en caso de fuga, derrame o incendio conocer con precisión y rapidez la naturaleza de los productos almacenados, sus características, cantidades y localización, para poder actuar en consecuencia. Asimismo, es conveniente distribuir la superficie del almacén en diferentes zonas claramente señalizadas mediante letras o números, que faciliten su identificación. Los datos que debe contener un plan de almacenamiento son:

    • Inventario actualizado diariamente de los productos almacenados, con indicación de la cantidad máxima admisible del conjunto total.

    • Cantidad máxima admisible de cada clase de productos.

    • Zonas del almacén donde se hallan emplazados los diferentes tipos de productos.

    • Cantidad real almacenada de cada producto.

    • Control de entradas y salidas de almacén, que permita conocer, en todo momento, los movimientos de los distintos productos. Conviene llevarlo a cabo mediante una aplicación informática, reseñando el tipo de producto, cantidad, fecha de entrada, fecha de salida y observaciones particulares.

    Asimismo, para conseguir un almacenamiento seguro de productos peligrosos existen dos tipos básicos de medidas a tomar:

    • Almacenamiento en locales separados

    • Separación suficiente de los productos almacenados

    • Las sustancias y preparados peligrosos deben ser agrupados por clases, evitando el almacenamiento conjunto de productos incompatibles, así como las cantidades máximas.

    Monografias.comAlmacenamiento separado de productos incompatibles

    • Se debe tener en cuenta que por sus características intrínsecas, ciertas clases de productos son incompatibles, pudiendo reaccionar violentamente entre sí, por lo que no deben ser almacenados conjuntamente, sobre todo a partir de determinadas cantidades.

    • Tener presente que en caso de fuga o incendio, los embalajes pueden resultar dañados y, en consecuencia, los productos incompatibles pueden entrar en contacto dando lugar a reacciones peligrosas. A modo de ejemplo, no deben almacenarse juntos productos combustibles y oxidantes, porque su contacto provoca reacciones exotérmicas muy violentas que pueden ocasionar incendios. Tampoco deben almacenarse productos tóxicos con productos comburentes o inflamables.

    Esquema en el que se resumen las incompatibilidades de almacenamiento de los productos peligrosos.

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    Se pueden almacenar juntos

    solamente podrán almacenarse juntos, adoptando ciertas medidas

    No deben almacenarse juntos

    Incompatibilidades de almacenamiento de algunos productos químicos peligrosos

    • Medidas de prevención de incendios:

    • Prohibición de fumar.

    • Prohibición de utilizar llamas abiertas o fuentes de ignición.

    • Utilizar únicamente equipos eléctricos autorizados.

    • Prohibición de entrar en el almacén vehículos no autorizados.

    • No realizar trabajos en el almacén que produzcan chispas o que generen calor (esmerilar, soldar, amolar). Si excepcionalmente hubiera que realizar alguno de estos trabajos, deberá autorizarse por el responsable del almacén y establecer todas las medidas de seguridad necesarias para realizar el trabajo adecuadamente.

    • Para realizar la manipulación de productos químicos debemos definir las instrucciones de trabajo que consistan en el envasado, trasvase, conexión, desconexión de tubos para el llenado de contenedores y recipientes. Estas deben incluir:

    • Zona de trabajo y actividad desarrollada.

    • Identificación de la sustancia peligrosa.

    • Riesgos para el ser humano y el medio ambiente.

    • Medidas de protección y pautas de comportamiento.

    • Incompatibilidades de almacenamiento.

    • Actuación en caso de peligro.

    • Primeros auxilios a aplicar en caso de accidente.

    • Condiciones de disposición y eliminación de residuos

    • Una vez trasvasado el producto al recipiente de destino, deberá etiquetarse éste de igual modo que el envase original.

    • La manipulación de botellas de gases se llevará a cabo únicamente por personas debidamente capacitadas para dicho cometido. La utilización de estos elementos por trabajadores inexpertos puede comportar riesgos graves, como fugas de gases tóxicos y nocivos, incendios y explosiones.

    • Antes de utilizar una botella deberá leerse la etiqueta para asegurarse de que se trata de la que se pretende usar. En caso de duda sobre su contenido o forma de utilización, consultará con el suministrador. Asimismo, toda botella que tenga caducada la fecha de la prueba periódica, será devuelta al proveedor.

    • Los grifos de las botellas se abrirán lentamente y de forma progresiva. En el caso de que se presente alguna dificultad en la apertura, se devolverá al suministrador, sin forzarla ni emplear herramienta alguna, ya que existe el riesgo de rotura del grifo, con el consiguiente escape del gas a presión. No se deben engrasar los grifos de las botellas, ya que algunos gases, como el oxígeno, reaccionan violentamente con las grasas, produciendo explosiones.

    • Para el traslado de las botellas a los distintos puntos de utilización, se emplearán carretillas portabotellas, estando terminantemente prohibido su arrastre o rodadura, dado que se pueden producir abolladuras y deterioros en las paredes, disminuyendo su resistencia mecánica. No obstante, para pequeños desplazamientos, se podrá mover girándola por su base, una vez que se haya inclinado ligeramente. En todos los casos se hará uso de guantes y calzado de seguridad, que deberán estar exentos de grasa o aceite por el motivo aducido anteriormente.

    • Si como consecuencia de un golpe accidental, una botella quedase deteriorada, marcada o presentase alguna hendidura o corte, se devolverá inmediatamente al suministrador del gas, aunque no se haya llegado a utilizar.

    • Una vez emplazada la botella en el lugar de utilización, deberá fijarse adecuadamente, por ejemplo con cadenas, evitando así el riesgo de caída, que podría provocar lesiones a personas o escapes de gas por rotura de conexiones. Esta operación deberá ser adecuadamente supervisada.

    • Las botellas de gas no deberán utilizarse nunca como soporte para golpear piezas, cebar arcos y soldar sobre ellas. Los efectos que tales acciones producen sobre la botella pueden disminuir su resistencia mecánica, con el siguiente riesgo de fuga y explosión.

    • Cuando se tenga que abrir una botella de gas, se dispondrá la salida del grifo en posición opuesta al trabajador y en ningún caso estará dirigida hacia las personas que se encuentren en las proximidades. De este modo, se evitan las proyecciones de gas a presión o de elementos accesorios, en el caso de fallo o rotura.

    • Se prohíbe el trasvase entre botellas debido a que es una operación extremadamente peligrosa.

    • Cuando sea necesario utilizar caudales de gas superiores al que la botella puede suministrar, se emplearán varias botellas conectadas en paralelo o bloques de botellas. En ningún caso se recurrirá a métodos tales como el calentamiento, ya que dicha práctica supone un grave peligro de explosión.

    • Una vez finalizado el trabajo con la botella, se aflojará el tornillo de regulación y el manorreductor y se cerrará el grifo.

    • No se utilizarán botellas de gases en recintos cerrados o confinados sin asegurarse de que existe ventilación adecuada. El escape o acumulación de gas ha sido causa de graves accidentes. La realización de tales operaciones requiere la obtención de un permiso de trabajo.

    • En ningún caso, deberá el usuario pintar las botellas de gases y mucho menos alterar o cambiar sus colores. El color de la botella es un elemento importante de seguridad, que informa de manera rápida sobre su contenido.

    • En el caso de que se produjera una fuga en una botella de gas será necesario intervenir rápidamente, siguiendo los pasos que se indican:

    • Identificar el gas.

    • Aprovisionarse del equipo necesario, que para gases tóxicos, nocivos o corrosivos deberá ser un equipo de respiración autónomo.

    • Seguir las siguientes pautas:

    Monografias.comPasos a seguir en caso de escape del gas de una botella.

    • Minimizar la generación de residuos en su origen. Supone intervenir de modo preventivo, evitando que se lleguen a producir. Se debe actuar sobre el consumo, procurando utilizar únicamente la cantidad de producto requerida para el trabajo a desarrollar.

    • Reciclado. Pretende reutilizar el residuo generado, en el mismo o en otro proceso, en calidad de materia prima.

    • Eliminación segura de los residuos no recuperables. Debe llevarse a cabo siguiendo las indicaciones de la ficha de seguridad o, en caso de duda, de las indicaciones del fabricante y siempre a través de un gestor autorizado. Como paso previo a la eliminación es esencial que los residuos se clasifiquen, segreguen y depositen en contenedores apropiados.

    • 9. Soldadura

    • Es necesario un profundo conocimiento por parte de los trabajadores, tanto del correcto funcionamiento de los equipos, como de las circunstancias del entorno que puedan propiciar accidentes más o menos graves.

    • Antes de comenzar el trabajo, comprobar que los equipos eléctricos y el instrumental, se encuentran en perfectas condiciones de uso. Al terminar, no extraer la clavija de su enchufe tirando del cable, sino de la propia clavija.

    • Disponer el soldador de resistencia en un soporte adecuado, orientando el electrodo en sentido contrario a donde se encuentra el operador y mientras esté caliente no debe dejarse sobre la mesa de trabajo.

    • No guardar el soldador hasta que el electrodo esté a temperatura ambiente.

    • Evitar la inhalación de los humos que se produzcan en la soldadura, especialmente cuando se utilicen resinas fundentes.

    • Manejo y transporte del equipo

    • Todos los conductores, tanto los de alimentación eléctrica al grupo, como los de soldadura, deberán estar protegidos durante su transporte o utilización, contra posibles daños mecánicos.

    • Los cables de conexión a la red, así como los de soldadura, deben enrollarse para ser transportados y nunca se tirará de ellos para mover la máquina

    • Si se observa algún cable o elemento dañado deberá notificarse y repararse de modo inmediato, no debiendo ser utilizado bajo ningún concepto.

    • Conexión segura del equipo a soldar

    • Los bornes de conexión de los circuitos de alimentación deberán estar aislados y protegidos. Asimismo, la superficie exterior de los portaelectrodos deberá estar aislada en la zona de contacto con la mano.

    • La pinza de masa o retorno deberá estar rígidamente fijada a la pieza a soldar, debiendo minimizarse la distancia entre el punto a soldar y la citada pinza.

    • No utilizar nunca las estructuras metálicas de los edificios, tuberías, etc., como conductores de retorno, cuando éstos no sean la pieza a soldar.

    • Asegurar las condiciones necesarias para realizar trabajos de soldadura dentro de recintos cerrados

    • Cuando se trabaje en lugares estrechos o recintos de reducidas dimensiones, se insuflará continuamente aire fresco, nunca oxígeno, a fin de eliminar gases, vapores y humos.

    • En caso de que no sea posible procurar una buena ventilación, se utilizarán equipos de protección respiratoria con aporte de aire.

    • Utilizar ropa tanto interior como exterior difícilmente inflamable.

    • Si los trabajos de soldadura se efectúan en lugares muy conductores (calderas, conducciones metálicas, túneles, etc.) no se emplearán tensiones superiores a 50 v, debiendo permanecer el equipo de soldadura en el exterior del recinto en que opere el trabajador.

    • Precauciones de carácter general

    • Se evitará soldar en lugares donde se encuentren almacenados productos inflamables. Si ello es necesario, se ventilará el local hasta conseguir que en la atmósfera interior no haya restos de sustancias que puedan originar riesgo de incendio o explosión.

    • Habida cuenta que en la soldadura eléctrica al arco se alcanzan temperaturas muy elevadas, frecuentemente se genera una gran cantidad de humos, lo que debe evitarse en lo posible. Para ello, se recurre al uso de mesas de soldadura provistas de extracción localizada y si las piezas a soldar son de gran tamaño, se utilizan bocas móviles de extracción (figura 14). Estas precauciones deben extremarse cuando se realizan operaciones de soldadura en piezas galvanizadas o pintadas con cromato de plomo o recubiertas de imprimaciones antioxidantes de minio. De no ser posible emplear este tipo de protecciones generales, se recurrirá al uso de protección respiratoria individual.

    • En cuanto a los envases de de gas se tendrán las siguientes consideraciones:

    • Las botellas de gases deben estar adecuadamente protegidas para evitar las caídas, ya sea mediante abrazaderas en la pared o fijadas a las carretillas en caso de quipos móviles.

    • Comprobar la última fecha de prueba oficial, que debe estar en el período de vigencia.

    • Las válvulas de acetileno sin volante deben ir provistas siempre de la correspondiente llave, para su manipulación en caso de emergencia.

    • Condiciones generales de seguridad para operaciones de soldadura autógena:

    • Se debe comprobar que ni las botellas de gas ni los equipos que se acoplan a ellas tienen fugas.

    • Proteger las botellas contra golpes y calentamientos peligrosos.

    • Antes de acoplar la válvula reductora de presión, se deberá abrir la válvula de la botella por un corto periodo de tiempo, a fin de eliminar la suciedad.

    • Las mangueras deben encontrarse en perfecto estado de conservación y admitir la presión máxima de trabajo para la que han sido diseñadas.

    • Todas las uniones de mangueras, deben estar fijadas mediante abrazaderas, de modo que impidan la desconexión accidental.

    • Todas las conexiones deben ser completamente estancas. La comprobación se debe hacer mediante solución jabonosa neutra. Nunca debe utilizarse una llama abierta.

    • No se debe comprobar la salida de gas manteniendo el soplete dirigido contra partes del cuerpo, ya que puede inflamarse la mezcla gas-aire por chispas dispersas y provocar quemaduras graves.

    • El soplete debe funcionar correctamente a las presiones de trabajo y caudales indicados por el suministrador.

    • Al terminar el trabajo, se debe cerrar la válvula de la botella y purgar la válvula reductora de presión. Asimismo, los aparatos y conducciones no deberán guardarse en armarios cerrados ni en cajas de herramientas.

    • Se recomienda el empleo de mesas de soldadura provistas de extracción localizada o de bocas móviles de extracción, si las piezas a soldar son grandes. Estas precauciones deben extremarse cuando se sueldan piezas galvanizadas o recubiertas de cromato de plomo o de minio. Si no es posible emplear este tipo de protecciones generales, se debe recurrir al uso de protección respiratoria individual.

    • Equipos de protección individual

    • Pantalla de protección de cara y ojos.

    • Guantes largos de cuero.

    • Mandil de cuero.

    • Polainas de apertura rápida, con los pantalones por encima.

    • Calzado de seguridad aislante.

    • 10.  Trabajos en fosos

    Siempre que sea posible resulta más recomendable utilizar puentes elevadores que fosos.

    • Emplazar una escalera con peldaños antideslizantes en cada extremo del foso, para facilitar el acceso y la salida

    • Emplazar una barrera desmontable alrededor del foso, cuando no se esté utilizando

    • Rodear el foso de un zócalo que impida la caída de herramientas y objetos diversos a su interior

    • Utilizar casco de seguridad, siempre que se trabaje en su interior

    • Mantener limpio y ordenado el foso y sus elementos de acceso

    • Mantener en buen estado la instalación eléctrica, que debe ser resistente a golpes, al agua y a los hidrocarburos. El alumbrado deberá estar protegido por vidrio esmerilado. Cuando sea necesario el uso de alumbrado adicional, utilizar una lámpara portátil antideflagrante, nunca una llama abierta

    • Al realizar un reglaje del motor, conectar un dispositivo de captación de los gases de escape

    • Asegurarse de que la posición del vehículo sobre el foso no obstaculiza la salida de su interior

    • Instalar un extintor en cada uno de los extremos del foso

    • 11.  Aparatos a presión

    Circuitos de aire comprimido

    • Verificar periódicamente el funcionamiento de los órganos de control y de seguridad y en particular el manómetro y la válvula de seguridad.

    • Realizar las inspecciones y pruebas reglamentarias del depósito de aire.

    • Limpiar cada año el interior de los recipientes de aire comprimido, con el fin de eliminar los restos de aceite y carbonilla que pudieran contener.

    • Los compresores deben estar insonorizados o emplazados en recintos cerrados y separados del resto del taller.

    • Se debe utilizar protección ocular adecuada y si el nivel de ruido generado es superior a 87 dB(A), se deberá usar también protección auditiva y seguir las indicaciones reseñadas en la tabla III.

    Debe prohibirse el uso de boquillas soplantes en los siguientes casos:

    • Secado de piezas después de una operación de desengrasado con disolventes. El secado debe realizarse bajo una campana de aspiración.

    • Limpieza de elementos y piezas con alto contenido de polvo, ya que se produce la dispersión de las partículas por la atmósfera del taller.

    • Secado o soplado de la ropa de trabajo. Esta mala práctica, bastante frecuente en los talleres, puede producir serias lesiones en los ojos, como inserción de cuerpos extraños y desprendimiento de retina, así como en los oídos. Si el aire comprimido penetra bajo la piel a través de pequeñas heridas, puede generar hinchazón súbita y si penetra en una vena puede originar una embolia gaseosa, llegando a provocar la muerte.

    • 12.  Trabajos con fluidos a elevada presión

    El manejo de líquidos o gases a alta presión da lugar a un riesgo característico que consiste en la inyección accidental del fluido en los tejidos humanos.

    • Verificar periódicamente los dispositivos de seguridad de los grupos generadores (manómetros, válvulas de seguridad, dispositivos de parada de emergencia, etc.).

    • Comprobar el dispositivo de disparo mantenido en todas las pistolas.

    • Revisar el estado de las mangueras y tubos flexibles y evitar el contacto con aristas y cantos vivos durante su utilización.

    • No situar nunca la mano delante de la pistola, una válvula o un inyector, incluso estando protegida con un trapo o guantes, cuando la instalación a la que van conectados se encuentre bajo presión.

    • No desmontar nunca un equipo, sin asegurarse de que ha sido anulada la presión.

    • 13.  Lavado, limpieza y desengrase

    • Utilizar gafas, guantes, botas y mandil impermeable.

    • Organizar el puesto de trabajo de modo que los trabajadores que circulen por las proximidades de la zona de lavado no puedan ser alcanzados por el chorro.

    • Asegurarse del buen estado de la instalación eléctrica y de la puesta a tierra de todos los equipos.

    • Recubrir el suelo de las zonas de lavado de un material o pintura antideslizante.

    • Disponer de una buena ventilación del área de lavado, cuando la operación se lleva a cabo en el interior de un edificio.

    • No utilizar productos inflamables para el lavado de piezas.

    • En el caso de que las piezas se limpien o desengrasen en baños, utilizar instalaciones provistas de extracción localizada y tapas articuladas.

    • Evitar el uso de disolventes para el lavado de manos, ya que pueden producir dermatitis de contacto y otras afecciones por absorción a través de la piel.

    • 14. Trabajos con baterías

    • No fumar y evitar la presencia de llamas abiertas, fuentes de ignición o chispas, así como operaciones de soldadura, en las proximidades de almacenamientos de baterías, así como en las áreas de carga.

    • Las zonas de carga deben ser independientes del taller y estar adecuadamente ventiladas. Además, deben disponer de un alumbrado antideflagrante.

    • Aflojar los tapones de los vasos para facilitar así la evacuación de los gases, evitando sobrepresiones que pueden conducir a reventones.

    • Trabajar con herramientas totalmente aislantes, evitando depositar encima de la batería elementos metálicos que pueden originar cortocircuitos.

    • Desconectarlas comenzando por el polo negativo (-).

    • Cuando sea necesario arrancar un vehículo que tiene la batería descargada, utilizando para ello la batería de otro, deberán usarse dos cables de distinto color, conectando los polos del mismo signo. Al realizar la operación, se establecerá primero la conexión en la batería cargada y posteriormente, se hará contacto en la otra batería.

    • Cuando se manipule ácido sulfúrico, deberá echarse el ácido sobre el agua y nunca al revés, para evitar proyecciones peligrosas.

    • Antes de desechar restos de ácido sobrante deberá diluirse con agua y neutralizarse químicamente, pudiendo utilizarse una lechada de cal.

    • Los equipos de protección individual para el manejo de este producto son: gafas o pantalla para manejo de productos químicos, guantes antiácido y botas.

    • En las proximidades de la sala de carga de baterías debe instalarse un dispositivo lavaojos y una ducha de emergencia.

    • 15. Trabajos con frenos

    • No soplar con aire comprimido los mecanismos y componentes de frenos y embragues para limpiarlos, ya que con ello se favorece la dispersión de partículas de polvo por la atmósfera del taller. Para la limpieza de estos elementos utilizar un aspirador y cuando la aspiración no sea efectiva, proceder a su lavado.

    • Las máquinas destinadas al mecanizado y ajuste de las distintas partes de los frenos deberán ir provistas de extracción localizada, en los puntos de generación de polvo.

    • Como medida preventiva complementaria puede utilizarse una mascarilla antipolvo.

    Estas instalaciones constituyen el elemento idóneo para evaluar las prestaciones de un vehículo, tanto en lo concerniente a al motor como a su conjunto cinemático integrado por la caja de cambios, transmisión, ruedas, etc.

    • Disponer de un sistema de extracción localizada a la salida del caño de escape.

    • Utilizar la protección auditiva adecuada considerando los niveles sonoros a los que están expuestas debido a las pruebas realizadas a los vehículos.

    • Realizar el correcto anclaje/sujeción del vehiculo con cintas de seguridad para evitar que este se libere de forma súbita e inesperada durante la prueba.

    CHECK LIST DE CONTROL DE NORMAS PARA TALLER

    SI

    NO

    FECHA DE REGULARIZACIÓN

    1

    Los trabajadores están capacitados en materia de Higiene y Seguridad?

    2

    Los trabajadores tienen conocimientos de las vías de evacuación?

    3

    Los trabajadores tienen noción de la ubicación de los medios de extinción?

    4

    Los trabajadores están entrenados para el uso de los medios de extinción?

    5

    Existe un valor de iluminación acorde a la exigencia?

    6

    Las rampas de acceso están en buen estado?

    7

    Los números de emergencias son de público conocimiento y tienen fácil acceso?

    8

    Las salidas de emergencia están despejadas?

    9

    Existen buenas condiciones de orden y limpieza?

    10

    Existen lugares determinados para depositar residuos?

    11

    Se da cumplimiento a la norma de prohibición de fumar?

    12

    Cuentan las máquinas, equipos e instalación eléctrica con puesta a tierra?

    13

    Los accesos a extintores y llaves de corte de servicio están libres?

    14

    Los trabajadores cuentan con la disposición de los elementos de protección personal?

    15

    Los trabajadores están capacitados para las tareas de mantenimiento y lavado de vehículos?

    16

    La señalización es adecuada?

    17

    Existe un botiquín de primeros auxilios disponible con fácil acceso?

    18

    Los lugares de estacionamiento están delimitados?

    19

    El lugar de lavado cuenta con piso antideslizante en buenas condiciones?

    20

    La instalación eléctrica cuenta con disyuntor diferencial?

    21

    La instalación eléctrica cuenta con llave termo magnética independiente para cada circuito?

    22

    Existen teléfonos a disposición de personal capacitado en materia de electricidad?

    23

    Los tableros eléctricos están cerrados?

    24

    Los tableros eléctricos están señalizados?

    25

    Existe una correcta ventilación?

    26

    Existen pisos en mal estado?

    27

    La alarma para entrada y salida de vehículos funciona?

    28

    Se realiza el mantenimiento correspondiente a maquinas y equipos eléctricos?

    29

    Las herramientas manuales se encuentran en buen estado?

    30

    Los niveles de ruido se encuentran por debajo de lo establecido por el Decreto 351/79?

    DEPÓSITO DE ALMACENAMIENTO Y EXPENDIO DE COMBUSTIBLE

    En este sector se encuentran las instalaciones destinadas a almacenar el depósito de combustible y el correspondiente suministro exclusivo para la flota de vehículos de la empresa.

    La empresa Repsol YPF es la que suministrara el combustible, dicha empresa mensualmente será la responsable de abastecer a las instalaciones, por medio del envío de un camión cisterna con la capacidad requerida por el tanque de las instalaciones. En conjunto con el personal de la empresa Repsol YPF se realiza el trasvaso del combustible del camión hacia el tanque de almacenamiento, de acuerdo a las normas de seguridad correspondientes

    El combustible a emplear en esta tarea es gasoil y la capacidad del tanque de almacenamiento será de 30.000 lts. para el abastecimiento mensual de la flota.

    Para la elaboración del presente capitulo de normas de seguridad para el depósito y expendio de combustible se utilizaron como fuentes las siguientes leyes y decretos:

    • La ley 13.660 (Nacional) sobre combustibles: establece que las instalaciones de elaboración, transformación y almacenamiento de combustibles sólidos minerales, líquidos o gaseosos deberán ajustarse a las normas que se establezcan a través de normas nacionales para satisfacer la seguridad y salubridad de la población. La autoridad de aplicación es la Secretaría de Energía.

    • El decreto reglamentario 2.407/83, de la Ley 13.660 – Normas de Seguridad Aplicables al Suministro o Expendio de Combustibles por Surtidor.El real decreto 1.523/1999 (España), establece las condiciones técnicas a las que han de ajustarse las instalaciones de almacenamiento de carburantes y combustibles líquidos, para su consumo en la propia instalación y para suministro a vehículos.Instrucción técnica complementaria MI-IP04, del real decreto 1.523/1999 – Instalaciones para suministro a vehículos.

    NORMATIVA ESPECÍFICA PARA EL SECTOR

    CAPÍTULO I

    INTRODUCCIÓN

    OBJETIVO:

    Normas de seguridad a observar para el expendio de combustible en estaciones de servicio y demás bocas de expendio en todo el territorio del país, sin perjuicio de las facultades de otros organismos o autoridades nacionales y de las atribuciones inherentes a las jurisdicciones locales.ALCANCE:

    Esta normativa se aplicará a las nuevas instalaciones para el suministro de carburantes y/o combustibles líquidos a vehículos, así como a las ampliaciones y modificaciones de las existentes

    Las empresas comercializadoras serán responsables que las instalaciones, equipos y elementos destinados al expendio de combustibles por ellas suministrado cumplan con las condiciones de seguridad establecidas en las presentes normas, debiendo asimismo exigir y fiscalizar el cumplimiento de las mismas. Con tal objeto deberán organizar un adecuado servicio de inspección, cuyas actuaciones -en su caso- serán elevadas a la SECRETARIA DE ENERGIA.- El expendedor estará obligado a mantener la construcción, instalaciones, equipos y demás elementos existentes en todo el recinto en que desarrolle actividad de expendio de combustible, de acuerdo con las presentes normas y también será responsable del cumplimiento de dichas normas en lo relativo a la operación de la boca de expendio.- En toda estación de servicio y demás bocas de expendio de combustibles queda prohibido fumar y desarrollar actividades que requieran el uso de equipos de fuego abierto en lugares no habilitados expresamente para tales fines. La empresa comercializadora, a requerimiento del expendedor, asesorará por escrito al mismo sobre el lugar habilitado para tales actividades.- Quedan excluidas de estas disposiciones las instalaciones destinadas al abastecimiento de combustible para embarcaciones y aeronaves.

    DEFINICIONES USADAS EN ESTA INSTRUCCIÓN:

    A los efectos de esta instrucción técnica complementaria, se entiende por:

    • Aguas hidrocarburadas. Se entiende por aguas hidrocarburadas aquellas que estén contaminadas por hidrocarburos y que al mismo tiempo no cumplan con las condiciones de vertido, de acuerdo con la legislación vigente al respecto.En general se consideran como susceptibles de estar hidrocarburadas las aguas que en su recorrido hacia la red de drenaje hayan podido estar en contacto con combustibles o carburantes derivados del petróleo.

    • Almacenamiento. Es el conjunto de recipientes de todo tipo que contengan o puedan contener líquidos, combustibles o carburantes, ubicados en un área que incluye los tanques propiamente dichos, sus cubetos de retención, las calles intermedias de circulación y separación, las tuberías de conexión y las zonas de instalaciones de carga y descarga

    • Ampliación. Toda obra o instalación que con-lleva aumento de la capacidad de almacenamiento de carburante/combustible y/o el número de aparatos surtidores en una instalación existente.

    • Área de las instalaciones. Superficie delimitada por la proyección normal sobre un plano horizontal del perímetro de la instalación considerada.

    • Barrera de vapor. Constituye un sistema de cierre que evita el paso de vapores combustibles entre zonas adyacentes.

    • Bomba remota. Bomba de aspiración montada sobre el tanque de almacenamiento o junto a él, y a distancia del equipo de suministro.

    • Bomba sumergida. Equipo electromecánico de impulsión sumergido en el líquido almacenado en el tanque.

    • Boquerel. Dispositivo para controlar el flujo de combustible durante las operaciones de repostamiento.

    • Clasificación de Productos:

    • Clase A: Productos licuados cuya presión absoluta de vapor a 15 ºC sea superior a 09 KPa (un kilogramo/centímetro cuadrado manometrito), tales como propileno, butadieno, cloruro de metilo, por ejemplo.

    • Clase B: Productos cuyo punto de inflamación es inferior a 55 ºC y no están comprendidos en la clase A

    • Clase C: Productos cuyo punto de inflamación esta comprendido entre 55 ºC y 120 ºC

    • Clase D: Productos cuyo punto de inflamación es superior a 120 ºC

    • Dispositivo anti-rotura del boquerel. Accesorio montado directamente en la manguera entre el surtidor y el boquerel, por el cual, después de la separación y a través de los sellos de estanquidad correspondientes impide que salga combustible por la manguera.

    • Empresa comercializadora. La que proveyere regularmente combustible a estaciones de servicio y demás bocas de expendio, disponiendo para ello de las instalaciones necesarias y organización adecuada para su distribución.

    • Equipo de suministro. Conjunto que permite el suministro a vehículos y que consta como mínimo de los siguientes elementos: bomba, manguera y boquerel.

    • Estación de bombeo. Es aquélla que tiene una capacidad de trasiego de producto mayor de 3,5 m3/h para los de clase B y 15 m3/h para los de las clases C y D.

    • Expendedor. Propietario, locatario, administrador o toda persona de existencia física o ideal que estuviere a cargo de la explotación de estaciones de servicio, garajes, surtidores en vía pública o bocas de consumo propio, en virtud de compromiso contraído con la empresa comercializadora.

    • Instalación atendida. El suministro al vehículo lo realiza personal de la propia instalación.

    • Instalación desatendida. No existe personal afecto a la instalación y el suministro al vehículo lo realiza el usuario.

    • Instalación en autoservicio. En el suministro al vehículo la operación de llenado la realiza el cliente pero el surtidor es activado por un operario desde el centro de control de la instalación, desde el cual puede autorizar la entrega, y en caso de emergencia parar y bloquear el surtidor.

    • Isla de surtidor. Emplazamiento de uno o más surtidores simples o dobles, ubicados sobre una misma plataforma.

    • Mantenimiento y conservación. Trabajos y operaciones que realiza el personal propio o empresas especializadas, para asegurar el correcto estado y funcionamiento de los elementos, equipos e instalaciones, en cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad que establecen los distintos reglamentos de aplicación.

    • Matafuego. Cuando no se indicare otra cosa, corresponderá a un equipo portátil de VEINTE (20) BC. unidades de extinción como mínimo.

    • Modificación. Trabajos y obras, que se realizan con el fin de cambiar las instalaciones existentes. (Ejemplo: Cambio de ubicación de aparato surtidor/distribuidor, bocas de llenado de tanques, etc.) No se deben considerar como tales, aquellos cambios que sin alterar el diseño y el alcance de la instalación contribuyan a mejorar la seguridad de esta.

    • Resistencia al fuego. Es la cualidad de un elemento constructivo que lo hace capaz de mantener durante cierto tiempo las condiciones de estabilidad mecánica, estanquidad a las llamas y humos, ausencia de emisión de gases inflamables y aislamiento térmico cuando se le somete a la acción del fuego. Esta cualidad se valora por el tiempo que el material mantiene las condiciones citadas, expresado en minutos, y se expresa por las siglas RF seguidas de la expresión numérica de tiempo. Su determinación se hará de acuerdo con las normas UNE 23 093, UNE 23 801 y UNE 23 802.

    • Sistema de detección de fugas en tuberías presurizadas. Es un sistema de detección permanente, el cual se activa siempre que se produzca una fuga en el circuito entre la bomba(s) remota o sumergible y los dispensadores de combustible.

    • Sistema de recuperación de vapores. Instalación que permite capturar los vapores desplazados durante la fase de llenado a través del camión cisterna.

    • Surtidor. Equipo de medición diseñado para abastecimiento de combustibles líquidos a vehículos a motor, con sistema de control de volumen y precio.

    • Tanque. Recipiente diseñado para soportar una presión, interna de trabajo, manométrica entre 0 y 98 kPa (1 kg/cm2).

    • Titular de instalación. Persona física o jurídica que figura como responsable ante la Administración, de las obligaciones impuestas en la normativa y reglamentación vigente. Podrá ser el propietario, arrendatario, administrador, gestor o cualquier otra cuyo título le confiere esa responsabilidad.

    • Transportista. El que contare con uno o más camiones cisterna para transporte de combustible a granel a estaciones de servicio y demás bocas de expendio.

    • Uniones desmontables. Son aquellas uniones estancas que, por diseño, estén concebidas para poder ejecutar las operaciones de conexionado y desconexionado fácilmente, manteniendo intacta su cualidad de uniones estancas.

    • Uniones fijas. Son aquellas uniones estancas en las que la operación de desconexionado sólo puede realizarse por destrucción de las mismas, no manteniendo su cualidad de uniones en un posterior conexionado, salvo que se realicen de nuevo como si se tratara de su primera ejecución, reponiendo los materiales de la unión.

    • Válvula de impacto/térmica. Es un dispositivo actuado por impacto o termoaccionado que bloquea el flujo de líquido en los circuitos a presión, manteniéndose cerrada después de accionarse.

    • Vehículo. Artefacto o aparato capacitado para circular por vías o terrenos públicos, tanto urbanos como interurbanos, por las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, por las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios, excluyéndose los artefactos o aparatos cuya única vía de circulación sea el agua o el aire. No se considera vehículo al ferrocarril.

    • Venteo. Sistema diseñado para prevenir la formación de vacío o presión interna como consecuencia de llenados, vaciados o cambios de temperatura.

    • Zona de descarga. Es el lugar especialmente preparado para el llenado de los tanques. Incluye la boca de llenado, su zona de riesgo clasificada y el espacio ocupado por el camión cisterna.

    CAPÍTULO II

    ESPECIFICACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES Y BOCAS DE EXPENDIO DE COMBUSTIBLES

    De la superficie útil edificada sobre planta baja de toda estación de servicio se destinará, como mínimo, a playa de circulación y maniobras la superficie de ciento cincuenta (150) metros cuadrados, siendo de uso exclusivo para tal fin.

    Si la ubicación fuere en predio intermedio, tendrá un mínimo de diecisiete (17) metros de frente, con su playa de abastecimiento y circulación limitando con dicho frente y bogas de recepción a distancia ubicadas junto al cordón de la acera pública.

    Los accesos y egresos de toda estación de servicio urbana tendrán en cuenta las limitaciones para proveer defensas peatonales en la acera pública, intercalando en la línea de edificación cercos de hasta tres (3) metros de longitud y de sesenta (60) a ochenta (80) centímetros de altura, construidos con caño metálico de un mínimo de cincuenta milímetros, ocho décimas (50,8) de diámetro nominal o mampostería de treinta (30) centímetros de espesor, dejando aberturas de hasta doce (12) metros de longitud en dicha línea.

    En todos los casos, se evitará obstrucción que dificulte evacuación inmediata de personas y vehículos en situación de emergencia.

    No se permitirá realizar trabajos de mecánica de reparación mayor, chapa y pintura de automotores.

    Cuando por cualquier motivo deban realizarse trabajos de soldadura en estaciones de servicios y demás bocas de expendio, los mismos deberán ser controlados por agentes especializados de la empresa comercializadora, debiendo adoptarse los recaudos necesarios, a fin de asegurar una operación que no genere riesgos.

    Los tanques se instalarán de acuerdo con lo que indiquen los correspondientes informes UNE 53.990, UNE 53.993, UNE 109.500, y UNE 109.501.

    Los tanques, en caso de ser necesario, dispondrán de protección mecánica contra impactos exteriores. Los tanques de simple pared estarán contenidos en cubetos.

    La capacidad del cubeto cuando contenga un solo tanque será igual a la de éste, y se establece considerando que tal recipiente no existe; es decir, será el volumen de líquido que pueda quedar retenido dentro del cubeto incluyendo el del recipiente hasta el nivel de líquido del cubeto.

    El cubeto será impermeable, y tendrá una inclinación del 2 % hacia una arqueta de recogida y evacuación de vertidos.

    El expendedor deberá presentar ante la empresa comercializadora la propuesta de adecuación con la documentación pertinente que ésta le exija, previo a la ejecución de los trabajos.

    La empresa comercializadora evaluará dicha propuesta y podrá aceptar la alternativa técnica planteada, modificarla o rechazarla, sin perjuicio de las aprobaciones municipales o de otros organismos con competencia.

    CAPÍTULO III

    TANQUES DE ALMACENAMIENTO Y EQUIPOS AUXILIARES

    TANQUES:

    Los tanques de almacenamiento serán suministrados por la misma empresa abastecedora de combustible, de acuerdo con lo establecido en el capitulo I, aunque se pueden mencionar algunas consideraciones:

    Los tanques se diseñarán y construirán conforme a las correspondientes normas UNE-EN 976-1, UNE 53 432, UNE 53496, UNE 62 350, UNE 62 351 y UNE 62 352. (Ver anexo).

    En ausencia de normas para el cálculo se justificará, como mínimo, lo siguiente:

    • Resistencia del material utilizado. Para el cálculo se usará un valor menor o igual al 40 % de resistencia a la rotura y al 80 % del límite elástico.

    • Resistencia mecánica del tanque lleno de agua.

    • Presión y depresión en carga y descarga.

    • Medidas suplementarias por condiciones de corrosión interior o exterior.

    • Idoneidad entre el material del tanque y el líquido a contener.

    Los tanques se podrán construir de chapa de acero, polietileno de alta densidad, plástico reforzado con fibra de vidrio u otros materiales, siempre que se garantice la estanquidad.

    TUBERÍAS Y ACCESORIOS:

    Las tuberías y accesorios deben ser suministrados por la misma empresa que proporciona el tanque de almacenamiento, de acuerdo a lo expresado en el capitulo I, de todos modos se pueden mencionar algunas consideraciones a modo informativo.

    El material de las tuberías para las conducciones de hidrocarburos podrá ser de acero al carbono, cobre, plástico u otro adecuado al producto que se trate, siempre que cumplan las normas aplicables UNE 19 011, UNE 19 040, UNE 19 041, UNE 19 045 y UNE 19 046.

    Las uniones de los tubos entre si y de éstos con los accesorios se harán de acuerdo con los materiales en contacto y de forma que el sistema utilizado asegure la resistencia y estanquidad, sin que ésta pueda verse afectada por los distintos carburantes o combustibles que se prevea conduzcan, no admitiéndose las uniones roscadas/embridadas salvo en uniones con equipos o que puedan ser permanentemente inspeccionables visualmente.

    Las conducciones tendrán el, menor número posible de uniones en su recorrido. Estas podrán realizarse mediante sistemas desmontables y/o fijos.

    Las uniones desmontables deberán ser accesibles permanentemente.

    El diámetro de las tuberías y sus accesorios se calcularán en función del caudal, de la longitud de la tubería y de la viscosidad del líquido a la temperatura mínima que pueda alcanzar.

    CONEXIONES:

    Carga del tanque.

    La carga o llenado se realizará por conexiones formadas por dos acoplamientos rápidos abiertos, un macho y otro hembra, para que por medio de éstos se puedan realizar transferencias de los carburantes y combustibles líquidos de forma estanca y segura.

    Serán de tipo de acoplamiento rápido; construidos de acuerdo con una norma de reconocido prestigio. Será obligatorio que sean compatibles entre el camión cisterna o cualquier medio de transporte del líquido y la boca de carga. Las conexiones rápidas serán de materiales que no puedan producir chispas en el choque con otros materiales.

    El acoplamiento debe garantizar su fijación y no permitir un desacoplamiento fortuito.

    La tubería de carga, en los tanques de capacidad superior a 1.000 l, entrará en el tanque hasta 15 cm del fondo y terminará, preferentemente, cortada en pico de flauta y su diámetro no podrá ser inferior al del acoplamiento de descarga.

    La carga o llenado de los tanques enterrados se realizará por gravedad, la tubería de conexión entre la boca de llenado y el tanque tendrá una pendiente mínima de, al menos, el 1 %.

    Cuando la instalación sea exclusivamente para clase C, la carga o llenado de los tanques podrá ser forzada.

    Ventilación.

    Los tanques dispondrán de una tubería de ventilación de un diámetro interior mínimo de 25 mm para capacidades menores o iguales a 3.000 litros y de 40 mm para el resto, provista en su salida de una protección contra la entrada de productos u objetos extraños.

    Las ventilaciones accederán al aire libre hasta el lugar en el que los vapores expulsados no puedan penetrar en los locales y viviendas vecinos ni entrar en contacto con fuente que pudiera provocar su inflamación. Se calculará de forma que la evacuación de los gases no provoque sobrepresión en el tanque.

    Cuando en el almacenamiento existan productos de la clase B se protegerá su salida con una rejilla apagallamas y tendrá una altura mínima de 3,5 metros sobre el nivel del suelo.

    La aireación para tanques con volumen de almacenamiento total inferior o igual a 1.500 litros de productos de clase C podrá desembocar en espacios o locales cerrados con una superficie mínima de ventilación de 200 cm2 al exterior.

    En el caso de instalaciones con tanques sobre el nivel del suelo, la tubería de aireación y el orificio de llenado o entrada al tanque de la tubería de carga pueden acabar prácticamente a la misma altura.

    La tubería tendrá una pendiente hacia el tanque, tal que permita la evacuación de los posibles condensados y, como mínimo, ésta será del 1 %.

    Extracción del producto del tanque.

    La extracción del producto podrá realizarse por aspiración, impulsión o gravedad.

    Cuando se realice por impulsión, el sistema irá equipado con un detector de fugas de las líneas presurizadas y una válvula de impacto/térmica en la base del surtidor.

    La tubería de extracción se dimensionará de acuerdo al caudal de suministro de los equipos correspondientes y a las normas que los fabricantes de los mismos recomienden.

    La tubería podrá situarse en el fondo del tanque o flotante en la superficie del líquido almacenado. Con el fin de evitar el vaciado de la tubería hasta el equipo, dispondrá de válvula antiretorno siempre que sea necesario.

    Cuando la tubería esté situada en el fondo del tanque deberá dejar una altura libre que evite el estrangulamiento de la aspiración y en el caso de tanques de capacidad superior a 3.000 l, esta altura será al menos de 15 cm.

    Cuando la tubería tenga disposición flotante, se realizará con materiales resistentes al líquido a almacenar y dispondrá de certificado de calidad del fabricante indicando para qué líquidos es apropiada su utilización.

    CAPÍTULO IV

    APARATOS SURTIDORES Y EQUIPOS DE SUMINISTRO Y CONTRÓL

    Instalación. Los aparatos se instalarán al aire libre, aunque pueden estar cubiertos por un voladizo o marquesina. Podrán ser de tipo suspendido o apoyado, en cuyo caso estarán situados en una isleta de, al menos, 10 cm de altura sobre el pavimento de la instalación. Los aparatos surtidores deberán disponer de anclajes para ser fijados a las fundaciones de forma segura. Se les protegerá contra daños de vehículos que se posicionen para repostar.

    Su ubicación deberá estar en todos los casos a seis (6) metros de distancia de cualquier actividad que involucre fuentes fijas de ignición.

    Toda actividad que involucre uso o producción de fuentes de ignición o llama abierta, fuera del radio de seis (6) metros del surtidor, deberá ubicar el artefacto o dispositivo generador (chispa, resistencia eléctrica, llama abierta, etc.) a una altura mínima de cuarenta y cinco (45) centímetros del nivel de la playa o del piso del local donde se encontrare, hasta una distancia de quince (15) metros de cualquier surtidor o boca de descarga de combustible. Esta limitación afectará al local que tenga abertura a playa dentro de la distancia señalada.

    El surtidor tendrá un dispositivo de control que permita operar la bomba de aquél sólo cuando se sacare el pico de la manguera de su alojamiento o posición normal en relación al mismo y en forma tal que el interruptor eléctrico se accione normalmente. Este interruptor control detendrá la bomba cuando el pico haya vuelto a su posición normal de no abastecimiento.

    La isla de surtidor estará formada por base sobreelevada respecto de playa —hormigón o mampostería— proyectada de modo tal que evite que el surtidor sea fácilmente embestible por los vehículos.

    El motor será a prueba de explosión apto para ubicación Clase I, División 1.

    La manguera del surtidor deberá tener un dispositivo retráctil o elemento elástico que permita su ágil manejo, para evitar roce o enganche en parte saliente del vehículo a abastecer, dentro de un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días del presente ordenamiento.

    Equipamiento eléctrico. El diseño de los diversos componentes eléctricos del aparato surtidor serán adecuados para trabajar, según su ubicación, en el área clasificada que resulte de aplicar todo lo expresado en el capítulo IV.

    Dispositivos de seguridad. Los aparatos surtidores llevarán incorporado como mínimo los siguientes dispositivos de seguridad:

    • Dispositivo de parada de la bomba si un minuto después de levantado el boquerel no hay demanda de caudal.

    • Sistema de puesta a cero en el computador.

    • Dispositivo de disparo en el boquerel cuando el nivel es alto en el tanque del vehículo del usuario.

    • Dispositivo de corte del suministro, en los aparatos surtidores con computador electrónico, en caso de fallo del computador, transmisor de impulsos o indicadores de precio y volumen.

    • Puesta a tierra de todos los componentes.

    • La resistencia entre los extremos de la manguera será inferior a 1 MW.

    • Dispositivo antirrotura del boquerel.

    Equipos de suministro: El suministro de carburantes y combustibles podrá hacerse por gravedad, con bomba manual, con bomba eléctrica con recirculación automática y manguera de suministro con válvula de cierre rápido. Este equipo podrá estar adosado al tanque de almacenamiento.

    Los materiales utilizados en la construcción de los equipos de suministro y control serán resistentes a la corrosión del líquido que se utilice, la de sus vapores y a la del medio ambiente en que se encuentren. Los fabricantes de los mismos, documentarán como se pueden instalar, qué acciones soportan y para dónde estén diseñados.

    Los elementos metálicos del boquerel o llave de corte del suministro serán de materiales que no puedan producir chispas al contacto con otros materiales.

    Opcionalmente, se podrán instalar equipos de control del suministro, que podrán ser mecánicos o electrónicos, estando pensados para resistir la acción del combustible/s utilizado/s, la de sus vapores y la del medio ambiente reinante. La misión de estos equipos es la de controlar el combustible suministrado a cada vehículo, así como la de gestionar la puesta en marcha y parada de la instalación

    CAPÍTULO V

    INSTALACIÓN Y EQUIPOS ELÉCTRICOS

    Toda instalación y equipo eléctrico ubicado en lugar o ambiente peligroso deberá cumplir con lo previsto en estas normas de seguridad normas IRAM-IAP y concordantes y normas extranjeras homologadas por IRAM para ambiente Clase I definido en dichas normas.

    Se designará Clase I el lugar de la estación de servicio y demás bocas de expendio donde pudiere estar presente vapor inflamable, en cantidad suficiente para formar mezcla explosiva o inflamable.

    1. Clase I, División I (lugar peligroso bajo condición operativa normal).

    Ubicación (1): Donde exista continua, intermitente o periódicamente concentración peligrosa de vapor inflamable.

    Ubicación (2): En el que la concentración peligrosa de vapor pudiere existir con frecuencia, debido a operaciones de mantenimiento, reparación o pérdida de producto.

    2. Clase I, División 2 (lugar peligroso bajo condición operativa anormal).

    Ubicación (1): Donde se usare o manipulare líquido volátil inflamable pero en el que el líquido o vapor peligroso esté normalmente confinado dentro de recipientes o sistemas cerrados del que pudiere solamente escapar en caso de rotura o desperfecto accidental, o en caso de operación anormal de algún equipo.

    Ubicación (2): En el que la concentración peligrosa de vapor se impida normalmente mediante ventilación mecánica positiva y que pudiere convertirse en peligrosa por falla u operación anormal del equipo de ventilación.

    Ubicación (3): Adyacencia de lugar Clase I, División 1 al que pudiere ocasionalmente llegar concentración peligrosa de vapor, a menos que tal posibilidad se impidiere por adecuada ventilación de presión positiva desde una fuente de aire no contaminada y se tomare resguardo efectivo que impidiere fallas en el sistema de ventilación.

    Se considerara lugar peligroso:

    1. Surtidor

    Clase I, División 1: El espacio inferior del surtidor hasta un metro con veinte (1,20) centímetros de altura medido desde su base y el espacio exterior hasta cuarenta y cinco (45) centímetros medido horizontalmente desde el surtidor y limitado verticalmente por el plano horizontal situado a un metro con veinte (1.20) centímetros de su base.

    2. Dentro de seis (6) metros del surtidor

    Clase I, División 2: El área que abarque cualquier superficie dentro de seis (6) metros medidos horizontalmente desde el exterior de la envoltura de cualquier surtidor y también hasta cuarenta y cinco (45) centímetros de altura sobre el nivel de la playa de abastecimiento o nivel del piso.

    3. Lugar próximo a la cañería de llenado del tanque

    Clase I, División 2: El área dentro de tres (3) metros en caso de boca de recepción no hermética o un metro con cincuenta (1,50) centímetros en caso de boca de recepción con acople hermético, medido horizontalmente desde cualquier boca de llenado de tanque, que se extenderá hasta cuarenta y cinco (45) centímetros sobre el nivel de pavimento. Esta clasificación será para playa abierta y excluye lugar clasificado Clase I, División 1 e incluye local que tenga abertura a playa, dentro de la distancia especificada.

    4. Lugar próximo a cañería de ventilación con punto de descarga hacia arriba.

    Clase I, División 2: Abarcará el volumen de la corona esférica comprendido entre noventa (90) centímetros y un metro con cincuenta (1,50) centímetros del punto de descarga.

    La instalación eléctrica de las estaciones de servicio y demás bocas de expendio deberá contar con el mínimo indispensable de componentes ubicados en lugares clasificados peligrosos para limitar o eliminar riesgos.

    A tal efecto deberá ubicarse en zona no peligrosa:

    a) Entrada de energía eléctrica, a partir de la red de distribución.

    b) Fusibles de conexión.

    c) Medidor.

    d) Línea de alimentación.

    e) Tablero principal.

    f) Líneas seccionales.

    g) Tablero seccional en el extremo de cada línea.

    El tablero seccional específico de surtidores y servicios contendrá un interruptor general para fuerza motriz y otro para iluminación.

    El circuito de cada surtidor llevará como protección mínima un (1) guardamotor. Podrá utilizarse más de un tablero seccional de acuerdo con la conveniencia de la instalación.

    Deberá preverse, a partir de los ciento ochenta (180) días del presente ordenamiento, un (1) interruptor general, bajo carga claramente identificado, alejado suficientemente de toda zona peligrosa, que en caso de siniestro sea de fácil acceso y en circunstancia normal no esté clausurado, permitiendo corte de emergencia, en caso necesario.

    La ubicación del tablero seccional será accesible para una tarea normal de accionamiento y/o mantenimiento, diurno o nocturno.

    A partir del tablero seccional se derivará, bajo caño de acero galvanizado, el circuito que alimente el equipo ubicado en el lugar clasificado peligroso. Las derivaciones del tablero seccional al equipo ubicado en lugar clasificado peligroso serán a prueba de explosión.

    Se deberá asegurar que esté puesta a tierra toda parte metálica del surtidor.

    Los cables que alimentan el surtidor y la columna de iluminación de isla serán de un solo tramo, sin empalme, buena resistencia mecánica, resistentes a la humedad y vapor de hidrocarburos.

    Los cables, en general, serán con conductor de protección. En alimentaciones trifásicas, tres fases y conductor de protección, en circuitos monofásicos, fase, neutro y conductor de protección.

    Las labores de mantenimiento y reparaciones se realizaren sin tensión y por personal cualificado.

    En los almacenamientos de combustibles, todas las tuberías y elementos metálicos aéreos se conectarán a una red general de tierra.

    Para la puesta a tierra se tendrá en cuenta lo especificado en el informe UNE 109 100.

    La instalación debe consistir en la interconexión de todas las superficies conductoras sobre las que se puede formar electricidad estática, estando a su vez el conjunto conectado a tierra. La conexión englobaría a los compartimentos objeto de trasvase, al equipo de bombeo y sus conducciones. A tal efecto, pueden considerarse aceptables resistencias de puesta a tierra inferiores a 1 megohm (106 W).

    Los cables de conexión pueden ser aislados o no. El uso de estos últimos permite visualizar la continuidad eléctrica. En el caso de utilizar los aislados se precisa de una comprobación que constate su continuidad. Estos registros, en modalidad de continuo, operan en conjunción con señales luminosas o de parpadeo, impidiendo la selección y puesta en marcha de los grupos de bombeo ante deficiencias de un contacto idóneo.

    La pinza y la borna de la puesta a tierra para el control de la electricidad estática cumplirán la norma UNE 109 108 partes 1 y 2.

    CAPÍTULO VI

    PROTECCIÓN AMBIENTAL

    Para aquellas instalaciones con capacidad superior a 1.000 l, será necesario un cubeto de retención para posible derrame de productos (si el tanque es de simple pared).

    En los tanques con capacidad superior a los 3.000 l se instalarán dispositivos para evitar un rebose por llenado excesivo.

    En las instalaciones el pavimento de la zona de repostamiento deberá ser impermeable y resistente a los hidrocarburos.

    Las juntas del pavimento deberán ser selladas con materiales impermeables, resistentes e inalterables a los hidrocarburos.

    El expendedor deberá controlar diariamente el movimiento de combustible y registrarlo por escrito, con el objeto de detectar pérdidas en cada tanque y su cañería. La verificación comprenderá venta y/o consumo y existencia en planilla que registre entre otros datos: a) lectura acumulada del totalizador de computación de los surtidores; b) verificación física de existencias; c) ingreso de producto a tanque.

    Comprobada pérdida de combustible, informará de inmediato a la empresa comercializadora, la que procederá de acuerdo a las circunstancias y características técnicas del caso.

    En la instalación que expenda o suministre combustible, suprimirá la provisión, retirará la existencia o permitirá que los surtidores continúen operando hasta agotar el producto, todo ello de acuerdo con las características técnicas del caso.

    CAPÍTULO VII

    PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO

    La protección contra incendios estará determinada por el tipo de líquido, la forma de almacenamiento, su situación y la distancia a otros almacenamientos y por las operaciones de manipulación, por lo que en cada caso deberá seleccionarse el sistema y agente extintor que más convenga, siempre que cumpla los requisitos mínimos que de forma general se establecen en el presente capítulo.

    – Las estaciones de servicio y demás bocas de expendio, en todo el territorio nacional, deberán contar con un (1) matafuego por isla, ubicado a distancia no mayor de diez (10) metros de cada una de ellas.

    En caso que la ubicación de los matafuegos coincida, en razón de distancia, podrá reducirse su número al mínimo de dos (2).

    El acceso a la ubicación de los matafuegos no deberá tener obstrucción de ningún tipo y éstos deberán estar separados entre sí.

    Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12
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