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Movilidad para Personas con Discapacidades Motrices



Partes: 1, 2

  1. Abstract
  2. Antecedentes históricos
  3. Problemática principal
  4. Situación internacional
  5. Situación nacional
  6. Demostración del cumplimiento con el presente reglamento técnico ecuatoriano
  7. Políticas públicas nacionales vinculadas con la temática
  8. Retos para el Ecuador
  9. Mapeo de actores
  10. Conclusiones y recomendaciones
  11. Referencias bibliográficas

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Abstract

En Ecuador aproximadamente hace medio siglo atrás se empieza a dar mayor atención a grupos vulnerables que hasta entonces eran recriminados por su condición física.

El tiempo ha trascurrido; y este trascurrir ha sido beneficioso para estas personas, que siendo igual que cualquiera de nosotros había sido discriminado o no dado las garantías que como ecuatorianos tenemos todos.

En el presente trabajo se pretende rescatar y cimentar aquellas garantías, más allá de constitucionales, son derechos de cada ser humano.

El respeto y acceso a un entorno igualitario, y apto para el pleno desarrollo de todos.

Alrededor del mundo, varios países hay adoptado políticas públicas que beneficien a este tipo de grupos de la población; y cómo?, a través de ciudades amigables o globales, que sin dudar hay mejorado la convivencia entre individuos.

En el caso de Ecuador, aún hay mucho por hacer, aún hace falta ser completamente amigables con personas con discapacidad, para nuestro desarrollo teórico DISCAPACITADOS EN SILLAS DE RUEDAS.

Antecedentes históricos

La atención específica a las personas con discapacidades en el Ecuador se inicia aproximadamente hace medio siglo, por iniciativa de algunos padres de familia que en búsqueda de soluciones para el problema de sus hijos, encuentran en los países desarrollados nuevas alternativas, que para ser aplicadas requieren la organización de organizaciones privadas que den respuesta a la creciente demanda de servicios especializados sobre todo en salud y educación.

La intervención de las entidades gubernamentales de manera más sistematizada y técnica surge más tarde; sin embargo, es en las décadas de los años 40 al 60 en donde se crean las primeras escuelas de educación especial y se intenta garantizar de algún modo ciertos derechos a las personas que sufrieran de discapacidades. No obstante, no fue posible el que se alcanzaren notables progresos en el tema, puesto que el Estado de la época no reconocía a los discapacitados como un grupo vulnerable –de hecho, ni siquiera se realizó intento alguno por identificar sus necesidades- y no tenía como una de sus obligaciones y/o prioridades su atención. Esto claramente puede evidenciarse en la redacción de las Constituciones Políticas del Ecuador de los años 1945, 1946 y 1967, en donde no se hace mención alguna sobre el tema o la garantía de la inclusión social de todos los sectores de la población.

Es en la década del 70 en la que, gracias a las favorables condiciones económicas relacionadas con el boom petrolero, el sector público desarrolla importantes acciones en los campos de la educación, salud y bienestar social de los discapacitados, creándose varios servicios, organismos administrativos y reglamentaciones a favor de éstas personas. Ejemplo de ello es la creación en 1973 del CONAREP -Consejo Nacional de Rehabilitación Profesional-, que se encargó por primera vez de la formación ocupacional e inserción laboral de personas con discapacidad. Así mismo, en 1977 se expide la "Ley General de Educación" en la que se puntualizó como responsabilidad del Estado a la educación especial. Adicionalmente, en abril de 1979 se crea la Unidad de Educación Especial[1]y se garantiza éste derecho. Todo esto no hubiera sido posible si en el ámbito constitucional no se hubiera dado lugar a la garantía de ciertos derechos que en constituciones anteriores no se mencionaban. Efectivamente, aunque la Constitución Política del Ecuador del año 1978 y su sucesora de 1979, no hacen alusión directa a la protección que debe brindársele a éste grupo de la población, en cambio si garantizan (al menos en el papel) el acceso a la educación y salud sin discriminación alguna de todas las personas consideradas como ecuatorianas; hecho que se refuerza con la garantía de los ciudadanos al derecho de "no ser discriminados por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, filiación política o de cualquier otra índole, origen social o posición económica o nacimiento", tal y como se promulga en la Constitución de 1978[2]

A pesar de ello, la carencia de una planificación integral por medio de la cual, tanto instituciones públicas como privadas, persiguieren objetivos en común y ejecutasen acciones concretas encaminadas a la eliminación de las barreras a las que históricamente debieron enfrentarse las personas con discapacidades, impidieron que el efecto de las acciones antes mencionadas haya sido totalmente efectivo, pues aunque en efecto, las condiciones de vida de éste grupo poblacional mejoraron, aún fueron sujeto de discriminación social sobre todo en el ámbito laboral y de movilización –en ciudades de gran crecimiento poblacional como Quito, Guayaquil y Cuenca, las normativas de urbanística y transportación pública no contaban con requerimientos técnicos básicos que garantizaren la accesibilidad a espacios públicos y privados de personas con discapacidades especialmente motrices-.

En la década de los 80, el 5 de agosto de 1982, se expide la "Ley de Protección del Minusválido", mediante la cual se crea el DINARIM –Dirección Nacional de Rehabilitación Integral del Minusválido", dependiente del Ministerio de Bienestar Social, asignándosele entonces la rectoría y coordinación nacional del trabajo que sobre discapacidades se realizaba en el país bajo la administración del CONAREP. Simultáneamente, en el sector privado, se crearon varios centros de rehabilitación, escuelas de educación especial y organizaciones en pro de la inclusión de los minusválidos a la sociedad. ONG"s destacadas por su trabajo en el ámbito, son: ASENIR, FASINARM, SERLI, ADINEA, Fundación General Ecuatoriana, Fundación Hermano Miguel, CEBYCAM, FUNAPACE, entre las más conocidas[3]

Una vez más, los variados esfuerzos realizados en el Ecuador durante la época, aunque bien intencionados, se caracterizaron por ser desordenados, con duplicidad de acciones, con dispersión de recursos y la desarticulación de acciones; además de que, debido a la crisis nacional de esos años, no existió crecimiento alguno en la oferta de servicios para éste grupo vulnerable.

No obstante, un hecho fundamental ocurrió a finales de los años ochenta y fue la conformación del CIASDE –Comisión Interinstitucional de Análisis de las Discapacidades en el Ecuador-, que en 1989 por iniciativa del INNFA y los Ministerios de Salud, Educación y Bienestar Social, promovió a través de sus delegados un trabajo interdisciplinario e interinstitucional, logrando el diseño del I Plan Nacional de Discapacidades, publicado en 1991 y del proyecto de la "Ley 180 sobre Discapacidades", aprobada por el Congreso Nacional y publicada en el Registro Oficial No. 996 del 10 de agosto de 1992.

Dicha ley permitió la creación del CONADIS –Consejo Nacional de Discapacidades-, como una entidad autónoma y rectora del tema en el país, con el mandato legal de dictar políticas, coordinar acciones públicas y privadas, e impulsar investigaciones.

Gracias a estos hechos trascendentales generados por la CIASDE, se da inicio a una profunda transformación en la década del 90 cuando el CONADIS impulsa de manera significativa acciones concretas nacionales, fundamentalmente en cuanto a: expedición de políticas y normativas[4]sobre la materia, la organización y fortalecimiento de las organizaciones de personas con discapacidades[5]la creación de la Red de ONG"s del país, el establecimiento de mecanismos de coordinación de las entidades públicas y privadas, capacitaciones, información y sensibilización comunitaria sobre el tema.

Complementariamente a estas acciones, la Constitución Política del Ecuador de 1998, por primera vez reconoce a la población discapacitada como un grupo vulnerable que requiere de la atención del Estado, siendo éste el avance más destacable en la materia. La Constitución promulga entre otras cosas que: "El Estado establecerá medidas que garanticen a las personas con discapacidad, la utilización de bienes y servicios, especialmente en las áreas de salud, educación, capacitación, inserción laboral y recreación; y medidas que eliminen las barreras de comunicación, así como las urbanísticas, arquitectónicas y de accesibilidad al transporte, que dificulten su movilización. Los municipios tendrán la obligación de adoptar estas medidas en el ámbito de sus atribuciones y circunscripciones"[6].

A pesar estos notables avances en los ámbitos normativo e institucional, en la práctica una inmensa mayoría de estas personas vivía prácticamente en el olvido y sin protección estatal de ningún tipo, pese a que en 2005, se llevó a cabo una nueva investigación sobre el tema, la misma que derivó en la conformación del "II Plan Nacional de Discapacidades" y cuyo principal objetivo fue efectivizar las medidas adoptadas sobre el tema.

En la actualidad, se ha dado inicio a un nuevo esfuerzo por mejorar eficiente y efectivamente la condición de vida de estas personas bajo iniciativa del Gobierno del Presidente de la República, Econ. Rafael Correa Delgado. El 7 de julio de 2008, mediante Decreto Ejecutivo 1188, el Presidente, declaró en emergencia al Sistema de Prevención de las Discapacidades y en ejercicio del artículo 149 de la Constitución de la República del Ecuador 2008, en donde se reconoce a los discapacitados como un grupo de atención prioritaria y se le dedica una sección entera que detalla sus derechos y las obligaciones del Estado para con ellos[7]encargó al Vicepresidente de la República, Lic. Lenin Moreno, la formulación de la política pública sobre discapacidades como un eje transversal de la estructura del sector público con el propósito de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidades.

Bajo ese paraguas legal y político, el Vicepresidente, puso en marcha el denominado programa "Ecuador sin barreras" cuya misión es propiciar la inclusión en la sociedad de las personas con discapacidad y garantizar el cumplimiento de sus derechos.

En lo que respecta al acceso y la movilización de personas con discapacidades, el 28 de octubre de 2009, la Vicepresidencia, el CONADIS y la AME, unieron esfuerzos para elaborar y difundir las guías técnicas y las unidades básicas de rehabilitación, mediante las cuales las constructoras diseñarían y edificarían espacios accesibles para personas con discapacidad en todas las provincias del país. En éste tema, por lo pronto, se ha dado inicio a la elaboración de normativas legales para que las ciudades sean más aptas para el libre movimiento de éste importante segmento de la población ecuatoriana. Son 184 municipios los que actualmente trabajan directamente en el programa "Ecuador sin Barreras", el mismo que ofrece ayuda económica para que se adecúen las calles y edificaciones acorde a las normativas INEN, con el propósito de convertirse en urbes más amigables[8]

Problemática principal

La accesibilidad arquitectónica, urbanística y en el transporte es un derecho básico para las personas discapacitadas. En este sentido se puede evidenciar dos ámbitos, la movilidad externa (transporte público y acceso a edificaciones) y movilidad interior (dentro de los edificios). En Ecuador, las condiciones de movilidad en el transporte y la accesibilidad a los edificios públicos y privados para las personas en silla de ruedas no son adecuadas, ya que existen obstáculos y barreras tales que, en muchos casos, pueden llegar a impedir a estas personas cumplir con una obligación, hacer uso de un derecho o disfrutar de actividades recreativas o culturales.

Un informe de siete veedores ciudadanos concluye que el sistema de transporte público es inaccesible y discriminatorio. El argumento es que hay dificultades para abordar una unidad. Además, hay maltrato por parte de los conductores y de los ayudantes.

En las edificaciones públicas y privadas se puede constatar que la mayoría de éstas no presta facilidades de acceso y las adecuaciones existentes no cumplen con los estándares requeridos en cuanto a ubicación y normas técnicas.

Otro de los problemas es que la policía, los servidores públicos y la comunidad en general no están preparados para un correcto y buen trato a las discapacidades.

Situación internacional

Una ciudad amigable con las personas con discapacidad no es sólo aquella que brinda excelentes facilidades para su movilización, pues aunque en efecto es fundamental que el desplazamiento sea lo más óptimo posible, también resulta indispensable lograr ofrecer las mismas oportunidades a todos los individuos para que estos alcancen desarrollarse como seres humanos útiles para la sociedad.

En éste contexto, una ciudad que se precie de ser amigable con éste importante grupo de la población, debe dotar a estas personas de, entre otras cosas, dispositivos, adecuaciones, herramientas, ayudas y todo aquello que resulta imprescindible para el desarrollo de sus actividades cotidianas, sociales, económicas, políticas, recreativas, educativas y profesionales, a través de sus propias capacidades, evitando la ayuda física de otras personas y permitiendo su libre desplazamiento, tránsito, acceso, permanencia y uso de equipamiento urbano, del transporte, de los edificios públicos y privados, de los parques, de la vía pública, del comercio establecido, de la vivienda, etc.; todo esto como un mecanismo efectivo que elimine las barreras físicas, puesto que son precisamente éstas uno de los factores responsables de intensificar la dificultad de éstas personas para integrarse al mercado laboral y realizar las actividades cotidianas[9]

Teniendo clara ésta idea, se pueden identificar aquellos consensos a los que históricamente se ha llegado en pro de la garantía de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión a la sociedad.

A nivel internacional, la cooperación entre gobiernos y organizaciones se ha desarrollado en el marco de la formulación y ratificación tanto de tratados como de convenciones. A través de su discusión, se ha acordado que uno de los puntales fundamentales que llevan a que un programa o política pública sobre éste tema, en realidad otorguen igualdad de oportunidades y mejores condiciones de vida para éste grupo de la población, es la abolición de toda forma de barrera física y limitante del acceso para el pleno desarrollo de las actividades cotidianas de éstas personas. Entre los acuerdos, convenciones y declaraciones sobre ésta temática destacan[10]la Declaración de los Derechos de los Impedidos declarado por las Naciones Unidas -Resolución Nº 3447, 9 de diciembre 1975-, el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad -aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 37/52, 3 de diciembre 1982-, las Normas Uniformes sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad decretadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas – Resolución 46/96, 20 de diciembre 1993- y, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad auspiciada por el Programa de las Naciones Unidas –Aprobada en la 76ª sesión plenaria del 13 de diciembre de 2006 y en vigor desde mayo de 2008-[11].

A su vez, existe evidencia de la existencia de esfuerzos a nivel regional destinados a complementar y hacer efectivos los acuerdos internacionales establecidos en ésta materia. En la esfera Iberoamericana, ejemplos de tales convenios son[12]el Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1988), la Declaración de Cartagena de Indias sobre Políticas Integrales para las Personas con Discapacidad (1992), La Declaración de Caracas de la Organización Panamericana de la Salud (1993), La Declaración de Managua con el compromiso de trabajar conjuntamente hacia el desarrollo de políticas sociales a favor de los niños y jóvenes con discapacidad y sus familias (1993), la Resolución sobre la Situación de las Personas con Discapacidad en el Continente Americano (1993), la Resolución sobre la Situación de los Discapacitados en el Continente Americano (1995), el Compromiso de Panamá con las Personas con Discapacidad en el Continente Americano (1996), la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (1999) y, la Proclamación del Año Iberoamericano de las Personas con Discapacidad (2004). En todos ellos, los objetivos primordiales fueron crear conciencia social e impulsar la formulación de políticas públicas específicas sobre éste tema, buscando entre otras cosas –como la inclusión en el ámbito laboral, educativo, social, etc.-, el crear ciudades amigables para con estas personas.

Sin embargo, aunque tales esfuerzos han sido plasmados en la formulación de varios proyectos en varios países de la región, la escasez de presupuesto y el olvido gubernamental del cual han sido objeto estos, dificulta la aplicación de los planes nacionales para atender a los discapacitados y, por ende, la garantía de mejores condiciones de vida y la eliminación de la exclusión de las cuales aún son objeto estas personas. Además, llama la atención el hecho de que en varios de estos países, a pesar de haber ratificado tanto acuerdos regionales como internacionales, no existen políticas públicas sobre discapacidad o son escasas y no se ajustan a las normativas internacionales[13]Citando ejemplos, en países como Paraguay, los fondos destinados a los planes nacionales de discapacidad apenas y llegan a representar el 1% del presupuesto nacional anual. Por otro lado, en países como Perú, Ecuador, Colombia, entre otros; el acceso y el transporte público son limitados. A pesar de que en los últimos años, específicamente desde el año 2008, se han venido dictado normativas dirigidas a normalizar la movilidad y el acceso público de los discapacitados, aún los esfuerzos públicos son imprecisos y más bien es en el orden privado en donde se han impulsado los principales esfuerzos en éste tema.

Por otro lado, son destacables los esfuerzos realizados por la Unión Europea en el marco de la protección y promoción a escala internacional de los derechos y libertades de las personas con discapacidad en pro de la eliminación de barreras y la igualdad de oportunidades. Destaca de entre éstas acciones, la declaratoria de 2003 como el "Año Europeo de las personas con discapacidades" y el posterior "Plan de Acción Europeo 2004-2010", el mismo que tiene por objetivo el integrar la dimensión de la discapacidad en las políticas comunitarias, y aplicar acciones concretas en ámbitos clave con el fin de mejorar la integración económica y social de las personas con discapacidad. Uno de ellos el acceso y la movilidad de las personas con discapacidades[14]

Resulta pertinente mencionar que el contenido de los documentos de los cuales se ha hecho mención, en esencia fue el mismo. En ellos se reconoce y garantizan los derechos de las personas que sufrieren de algún tipo de discapacidad y se establece como medida paliativa ante ésta situación, la instauración, modificación o incluso la abolición de ciertas leyes y normativas, con la finalidad de que los países que ratificasen su adhesión a determinado convenio, se adecuaran a las exigencias en materia de igualdad de oportunidades, eliminación de barreras físicas, concienciación de la población y dotación de recursos hasta el máximo disponible, para mejorar la situación de éste grupo de la población en el marco de la cooperación internacional o de manera individual. Cabe destacar que, en casos específicos, se tuvo especial consideración a la situación de las mujeres y niños con discapacidad, considerándoselos como dos subgrupos aún más vulnerables dentro del grupo de personas con discapacidad.

Finalmente, deben destacarse algunos logros individuales de notable trascendencia. En América del Sur, por ejemplo, Chile, Argentina, Colombia y Ecuador, recientemente han venido impulsando la creación de programas de políticas públicas específicas sobre movilidad y accesibilidad de personas con discapacidad, en el marco de la instauración de normativas técnicas internacionales obligatorias que conviertan a sus ciudades en espacios aptos para su uso por todas las personas. Si bien en países como Ecuador y Colombia, las ciudades aún no ofrecen todas las facilidades que se requieren para la libre movilidad de personas discapacitadas, es cierto también que cada vez se pueden observar más espacios físicos tanto públicos como privados adecuados para ese fin, además de normativas técnicas oficializadas, reglamentadas y de a poco ejecutoriadas. Otro ejemplo de la región es México, pues aunque como mencionan sus autoridades aún hay mucho por hacer, se han alcanzado notables avances en la materia y en la actualidad se estima que un 15% del total de discapacitados físicos de ese país, en tan sólo un año y medio de gestión, tienen acceso sin limitaciones tanto a espacios físicos como al transporte físico[15]

Situación nacional

De acuerdo a una investigación de la Universidad Central realizada en 1996, que usó el lenguaje de la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías CIDDM-1980 de la OMS[16]realizada con el auspicio del CONADIS, INNFA e IMSERSO y denominada "SITUACIÓN ACTUAL DE LAS PERSONAS CON DISPACIDAD EN EL ECUADOR-1996", el 48.9% de la población ecuatoriana tiene algún tipo de deficiencia, el 13.2% algún tipo de discapacidad y el 4.4% alguna minusvalía.

Por tanto, el 13.2% significa que 1'600.000 personas en el Ecuador tienen alguna discapacidad, de las cuales aproximadamente son:

  • 592.000 por deficiencias físicas.

  • 432.000 por deficiencias intelectuales y sicológicas.

  • 363.000 por deficiencias visuales.

  • 213.000 por deficiencias auditivas y del lenguaje.

En Ecuador (CONADIS-INEC 2004), "el 67.34% de personas con discapacidad con limitación grave registra haber usado servicios de salud y el 86.17% indica necesitarlos. El 26.8% informa que sí utiliza ayudas técnicas".

Según el Plan Nacional de Discapacidades, las personas con estas condiciones tienen derecho a:

La universalidad.- La atención a las personas con discapacidad deberá organizarse de manera que los recursos alcancen a todas las personas, dando respuesta integral a sus necesidades a lo largo de toda su vida. Las políticas de atención deben, por ello, contemplar la necesidad de extender la acción de las medidas que se adopten de manera que puedan beneficiarse de ellas todos los estratos de la población con discapacidades, cuidando especialmente de asegurar la cobertura de las necesidades de la población rural, de las personas con discapacidades que viven en barrios marginales de las grandes ciudades, de las mujeres con discapacidad, de los adultos mayores con discapacidad y de todos aquellos grupos que a consecuencia de su raza, cultura, religión, situación socioeconómica o ideas políticas estuvieran en peligro de ver mermado su acceso a los servicios y actuaciones de prevención y atención integral.

La normalización.- responde al derecho que tienen las personas con discapacidad a vivir de acuerdo con las pautas y condiciones comúnmente aceptadas en que se desenvuelve la vida de cualquier otra persona de su edad, y a que los servicios que se les prestan impliquen el mínimo grado posible de limitación, o apartamiento de esas pautas y condiciones de vida. Ello significa que las personas con discapacidad han de ser atendidas por las instituciones y servicios comunes a todos, primeramente como "personas" antes que como "persona con discapacidad", para lo cual deben proveerse de todas las ayudas posibles.

La democratización.- supone el hacer accesible a todos los ciudadanos el derecho a disfrutar de una vida plena y a participar del desarrollo económico, social y cultural de su comunidad, mediante la generación de políticas, estrategias y medios que promuevan el incremento y la calidad de las oportunidades de educación, salud y trabajo.

Equiparación de oportunidades.- es el proceso mediante el cual el sistema general de la sociedad (el medio físico y cultural, la vivienda y el transporte, los servicios sociales y sanitarios, las oportunidades de educación y trabajo, la vida cultural y social, incluidas las instalaciones deportivas y de recreo) se hace accesible para todos. Las medidas de equiparación de oportunidades inciden sobre las condiciones del entorno físico y social, eliminando cuantas barreras se oponen a la igualdad y a la efectiva participación de las personas con discapacidad, creando oportunidades para su desarrollo bio-psico-social y personal, y promoviendo la solidaridad comunitaria.

Integración y participación.- Integración significa que las personas con discapacidad vivan, estudien, trabajen y se recreen en los mismos sitios en que lo hace el resto de personas de su propia comunidad, de la forma más parecida a como lo hacen los grupos de su misma edad, participando y contribuyendo desde sus capacidades, y exigiendo a la sociedad que respete su diversidad sin exclusiones o sobreprotección.

Lamentablemente, lo anterior se cumple parcialmente, se puede decir que gracias a la intervención de la Vicepresidencia de la República se han visto grandes cambios en cuanto a la inclusión de personas con discapacidades, con una mayor incidencia en el empleo. En cuanto a la movilidad existe una norma INEN (RTE – 042) de carácter obligatoria que al igual que varias ordenanzas municipales se cumple de manera parcial y en ocasiones casi nula.

NORMA INEN (RTE – 042)

Toda planificación y/o construcción de: urbanizaciones, edificios, vías vehiculares y peatonales, áreas verdes y recreacionales, parques y demás espacios de uso público y privado, así como también, las respectivas instalaciones de servicios y mobiliarios urbanos en el país, deben cumplir con todo lo especificado en las Normas Técnicas Ecuatorianas NTE INEN de Accesibilidad de las personas con discapacidad y movilidad reducida al medio físico.

Los criterios técnicos y demás disposiciones del presente Reglamento Técnico Ecuatoriano son aplicables a todos los espacios de uso público y privado, así como las respectivas instalaciones de servicios y mobiliario urbano para la accesibilidad de todas las personas dentro del territorio ecuatoriano, con relación a:

  • Señalización

  • Símbolos gráficos

  • Vías de circulación peatonal

  • Edificios (Agarraderas, bordillos y pasamanos)

  • Edificios. Rampas fijas

  • Cruces peatonales a nivel y a desnivel

  • Edificios. Corredores y pasillos

  • Estacionamientos

  • Edificios. Escaleras

  • Transito y señalización

  • Transporte

  • Área higiénico – sanitaria

  • Ascensores

  • Dormitorios

  • Pavimentos

  • Espacio de acceso, puertas

  • Elementos de cierre ventanas

  • Cocina

  • Mobiliario urbano

  • Terminología

Demostración del cumplimiento con el presente reglamento técnico ecuatoriano

Los profesionales responsables de planificar, construir y/o remodelar los espacios públicos y privados deben cumplir con todo lo dispuesto en este Reglamento Técnico Ecuatoriano y con las demás disposiciones establecidas en otras Leyes y Reglamentos vigentes aplicables a la accesibilidad.

La demostración de la conformidad con el presente Reglamento Técnico Ecuatoriano debe realizarse mediante la presentación de un certificado de conformidad, de acuerdo con lo establecido por el Consejo Nacional de la Calidad, CONCAL.

ORGANISMOS ENCARGADOS DE LA EVALUACIÓN Y LA CERTIFICACIÓN DE LA CONFORMIDAD

La evaluación y la certificación de la conformidad exigida en el presente Reglamento Técnico Ecuatoriano debe ser realizada por entidades debidamente acreditadas o designadas, de acuerdo con lo establecido en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad.

En el caso de que en el Ecuador no existan laboratorios acreditados para este objeto, el organismo certificador utilizará, bajo su responsabilidad, datos de un laboratorio designado por el

Consejo Nacional de la Calidad CONCAL, o reconocido por el organismo certificador.

AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y/O SUPERVISIÓN

El Consejo Nacional de Discapacidades CONADIS, es la autoridad competente para efectuar las labores de vigilancia y control del cumplimiento de los requisitos del presente Reglamento Técnico Ecuatoriano, a través de los organismos pertinentes, de acuerdo con lo establecido en la Ley sobre Discapacidades y su Reglamento General.

TIPO DE FISCALIZACIÓN Y/O SUPERVISIÓN

La fiscalización y/o supervisión del cumplimiento del presente Reglamento Técnico Ecuatoriano lo realizará el Consejo Nacional de Discapacidades CONADIS, conjuntamente con el Instituto Ecuatoriano de Normalización INEN y en coordinación con los organismos pertinentes en materia de la accesibilidad de las personas con discapacidad, en todos los espacios de uso público y privado del país, sin previo aviso.

RÉGIMEN DE SANCIONES

Los responsables de la planificación, construcción y/o remodelación de: urbanizaciones, edificios, vías vehiculares y peatonales, áreas verdes y recreacionales, parques y demás espacios de uso público y privado, así como, las instalaciones de servicios y mobiliarios urbanos en el país que incumplan con lo establecido en este Reglamento Técnico Ecuatoriano recibirán las sanciones previstas en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y demás leyes vigentes, según el riesgo que implique para los usuarios y la gravedad del incumplimiento.

RESPONSABILIDAD DE LOS ORGANISMOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

Las entidades que hayan extendido certificados de conformidad erróneos, tendrán responsabilidad administrativa, civil, penal y/o fiscal de acuerdo con lo establecido en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y demás leyes vigentes.

REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO TÉCNICO

Con el fin de mantener actualizadas las disposiciones de este Reglamento Técnico Ecuatoriano, el Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, lo revisará en un plazo no mayor a cinco (5) años contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia, para incorporar avances tecnológicos o requisitos adicionales de seguridad para la protección de la salud, la vida y el ambiente, de conformidad con lo establecido en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y demás leyes vigentes.

Según el arquitecto Fabián Guerrón, la obra se está realizando pero existe un problema de socialización del proceso que se está llevando a cabo y hay mucha gente que no lo conoce.

El Concejo Nacional de Discapacidades CONADIS, junto con los municipios de las distintas ciudades del país, exigen varias normas a nivel urbano, entre ellas rampas, tratamiento de texturas entre acera y calle, señalización horizontal y vertical y semáforos con sonido.

"En mi visión personal, no como funcionario del Conadis sino como arquitecto, yo creo que para que el Ecuador tenga ciudades amigables deben transcurrir unos 10 años"[17]en contraste, para Wilmer Miranda (persona con discapacidad) sería menos costoso para los municipios contar con la voz de los actores. "Que nos escuchen cuando se vaya a hacer una planificación de un barrio, vereda y no sólo al CONADIS, sino a la gente que vivimos el día a día en las calle".

Políticas públicas nacionales vinculadas con la temática

Por lo anteriormente expuesto, queda en evidencia que en lo que se refiere a la formulación de políticas públicas específicas para personas discapacitadas por parte del Estado ecuatoriano, ha existido un innegable descuido e incluso en ciertos casos olvido en cuanto a éste tema, a pesar de la existencia de ciertos esfuerzos puntuales por incluir a éste sector de la población como un ente activo de la sociedad y mejorar su situación dentro de la misma. Tal situación puede fácilmente evidenciarse en el hecho de que aunque, en efecto, mucho antes del año 2006 existieron un conjunto de leyes, normativas, convenios e incluso reconocimientos constitucionales a favor de las personas con discapacidades y su inserción en todas las esferas del día a día de la sociedad ecuatoriana, ante la ausencia de una planificación nacional que encaminara acciones que efectivicen tales convenios, estas nunca pudieron ejecutarse plenamente y en ciertos casos incluso jamás llegaron tan siquiera a ejecutarse[18]

No obstante, es en el año 2007 en donde se da un giro de 360 grados y por primera vez el Estado ecuatoriano encamina sus esfuerzos por revertir tal situación a través de la formulación e implementación de programas y políticas públicas específicas sobre éste tema como partes integrantes de una verdadera Política de Estado. En éste contexto, se reconoció a las personas discapacitadas como un eje transversal de la estructura del sector público y, bajo un fuerte soporte tanto legal como político, se pusieron en marcha un conjunto de políticas encaminadas a devolver la dignidad a estas personas y garantizar sus derechos e inclusión en los ámbitos social, económico y cultural, responsabilidades adquiridas por el Estado ecuatoriano según lo estipula la Constitución de Montecristi de 2008[19]

En éstas condiciones y, en el marco del programa inclusivo "Ecuador sin Barreras" creado para dar impulso a políticas en pro de la abolición de barreras físicas y la garantía del acceso público de las personas con discapacidades, nace en el año 2007 el programa gubernamental "Ecuador sin Barreras", bajo el auspicio de la Vicepresidencia de la República del Ecuador.

Éste programa consta de 8 ejes fundamentales: El primero, "Equiparar o

Oportunidades", se encarga de la entrega de ayudas técnicas gratuitas, medicinas e insumos médicos a todas las personas con discapacidad para mejorar su situación de vida. Para alcanzar éste objetivo, el Gobierno Nacional decretó el Estado de Emergencia en la Prevención de discapacidades y su rehabilitación integral. El segundo eje es "Empleo sin Barreras", por medio del cual se capacita a personas discapacitadas para desarrollar destrezas y habilidades con miras a fomentar oportunidades de empleo. A continuación está el eje "Ciudad sin Barreras", que promueve la eliminación de las barreras físicas, urbanísticas, arquitectónicas y de transporte, que garanticen la accesibilidad a todas las personas con discapacidad y les permita ser entes activos de la sociedad, así como les garantice su auto sustento. Como cuarto eje está "Derechos sin Barreras", con el cual se garantiza el asesoramiento y patrocinio legal a través de las procuradurías de los derechos de las personas con discapacidad. El quinto eje denominado "Salud sin Barreras", garantiza el derecho a las personas con discapacidad a la atención sanitaria pública gratuita, preferente y prioritaria. Por su parte, "Educación sin Barreras", tiene por objetivo el garantizar la inclusión y superación de las personas con discapacidad a través de la educación, capacitación y formación empresarial. Con la finalidad de poder identificar plenamente a las personas con discapacidad y clasificarlas según su condición con el afán de atenderlas de mejor manera en todo el país, nace "Registro de las Personas con Discapacidad". Finalmente, "Iguales en la Diversidad", es el octavo eje mediante el cual el gobierno trabaja en la construcción de una sociedad inclusiva con igualdad de oportunidades y derechos independientemente de la condición social de las personas[20]

Es evidente que la estructura del programa responde al fomento de políticas públicas integrales en beneficio de las personas con discapacidad. Es por ello que en el marco de la acción de éste programa, se ha emprendido en diferentes proyectos dirigidos hacia éste grupo de la población que básicamente tiene que ver con la elaboración de guías para implementar normas de accesibilidad, la eliminación de barreras físicas, la entrega de ayudas técnicas -bastones, sillas de ruedas, prótesis, etc.-, la inclusión en los campos laboral, educativo y de salud, la generación de una conciencia social ante ésta problemática, entre otros.

En lo que se refiere al tema central de investigación de éste estudio, se emprendió en la elaboración del proyecto "Guías Técnicas sobre Accesibilidad e Implementación de Unidades Básicas de Rehabilitación", un trabajo en coordinado entre el la Vicepresidencia de la República, el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS) y la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME). Estas instituciones, unieron esfuerzos para la elaboración y difusión de las Guías Técnicas que permitirán a los constructores el poder diseñar y edificar espacios universales y accesibles para todas las personas sufran o no de alguna discapacidad, en todas las provincias del país. Estas guías contienen alternativas para que, en el campo de la construcción, los gobiernos seccionales del país puedan aplicar las normas internacionales INEN que establecen modelos universales de accesibilidad física para las personas con discapacidad. En éste sentido, Ecuador es de los primeros países de Latinoamericana en adoptar modelos de accesibilidad orientados a integrar socialmente a las personas con discapacidad, en una tarea coordinada con varias instituciones y ministerios[21]

Dichas normativas fueron oficializadas en el Registro Oficial No. 69 del 18 de noviembre de 2009 bajo el nombre de "Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 042: Accesibilidad para las personas con discapacidad y movilidad reducida al medio físico". El Reglamento tiene por objetivo el establecer los requisitos que deben cumplir los espacios de uso público y privado, para definir las condiciones de accesibilidad de todas las personas a fin de proveer de seguridad y prevenir los riesgos para la salud y la vida de éstas personas. Por otro lado, el campo de aplicación de las mismas aborda tanto el espacio público como el privado en relación a elementos como: señalización, simbología gráfica, vías de circulación peatonal, edificios, escaleras, corredores, pasillos, agarraderas, bordillos, pasamanos, rampas fijas, estacionamientos, cruces peatonales a nivel y desnivel, tránsito y señalización, transporte, área higiénico sanitaria, ascensores, dormitorios, pavimentos, espacios de acceso, puertas, elementos de cierre de ventanas, cocinas y mobiliario urbano[22]

En la actualidad, se está trabajando en la reestructuración física de alrededor de 184 municipios. En primera instancia, se están redactando normativas técnicas propias afines al Reglamento Nacional, para en lo posterior ejecutar dichas normativas en el estudio e implementación de adecuaciones físicas a éstas ciudades.

Finalmente, resulta pertinente el destacar las acciones del programa "Misión Solidaria Manuela Espejo" y su complemento el programa "Joaquín Gallegos Lara", proyectos mediante los cuales se han identificado y ha comenzado la atención de las personas con discapacidad en los rincones más recónditos del país. "Manuela Espejo" surge como una iniciativa gubernamental ante la carencia de información que le permitan a la administración pública la toma de decisiones o a su vez la formulación de programas dirigidos a prevenir o atender eficientemente a las personas con discapacidad[23]Por su parte, "Joaquín Gallegos Lara", surge como una iniciativa de inversión en la atención de personas con discapacidad intelectual o física severa, mediante la entrega de un bono de USD 240 a los familiares encargados de su cuidado para que estos no deban salir a trabajar y dediquen todos sus esfuerzos a la atención de éstas personas. El programa incluye además, los beneficios en materia de medicinas y capacitación permanente en salud, higiene, rehabilitación, nutrición, recreación, derechos y autoestima de las personas con discapacidades, especialmente de aquellas personas que sufren de discapacidades severas[24]

En la actualidad, estos programas están siendo complementados con acciones complementarias como la construcción de 2.500 casas para personas con discapacidad identificadas por la "Misión Solidaria Manuela Espejo", mediante un convenio celebrado entre la Vicepresidencia y el Ministerio de Desarrollo Urbano y la Vivienda (MIDUVI). La inversión del programa tiene un costo aproximado de 7 millones de dólares, de los cuales cinco serán invertidos por el MIDUVI, mientras la contraparte los aportará la Vicepresidencia de la República. Este último monto será destinado básicamente a obras de accesibilidad y equipamiento básico de los inmuebles, es decir para áreas de cocina y dormitorio. El innovador programa propone adaptar las viviendas a las necesidades específicas de cada persona con discapacidad, para lo cual se implementarán rampas, barandas y los elementos requeridos para cada caso. Debido a que muchas personas con limitaciones físicas o intelectuales, o sus familiares, carecen de un terreno propio, el MIDUVI entregará un bono de titulación por 200 dólares para gestionar escrituras, de modo que las personas seleccionadas puedan tener casa y terreno propios[25]

Partes: 1, 2

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