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Historia del penal de Mendoza



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Historia cárcel de
    Mendoza
  3. El
    panóptico de Bentham y la cárcel para
    Mendoza
  4. Reglamento para la cárcel penitenciaria,
    1880
  5. Epílogo. El espacio y el
    poder
  6. Fuentes y
    bibliografía
  7. Comentario

Introducción

Tomando como punto de partida el art. 18 de la
Constitución Nacional, el cual en su parte pertinente
dice: Las cárceles de la Nación serán sanas
y limpias para seguridad y no para castigo de los reos detenidos
en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución
conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella
exija, hará responsable al juez que la autorice, como
así también el art. 1 de la ley Nº 24.660 Ley
Penitenciaria Nacional, el que al expresar: La ejecución
de la pena privativa de la libertad, en todas sus modalidades,
tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad
de comprender y respetar la ley procurando su adecuada
reinserción social, promoviendo la comprensión y el
apoyo de la sociedad

y sin desconocer con ello el plexo de convenciones
internacionales que por vía constitucional ha pasado a ser
ley vigente en nuestro país se advierte rápidamente
la función educadora de la pena, mediante la cual se
pretende brindar al condenado diversas instancia a través
de las cuales el mismo se vaya preparando para el momento de
recobrar su libertad.

El perfil educativo y de readaptación social de
la pena es hoy indiscutible, cuando no la única
interpretación que podemos dar a la misma, si lo que
esperamos tras el cumplimiento de la pena es encontrarnos con un
sujeto arrepentido del ilícito cometido y dispuesto a
integrarse a la sociedad, respetando los valores y reglas de
convivencia que la misma ha pautado para su convivencia
pacífica.

No obstante los diagnósticos y sugerencias de
reformas que en materia penitenciaria se han efectuado,
aquí pretendemos contemplar algunos aspectos respecto de
los cuales consideramos que su realización
contribuiría al mejoramiento de la realidad penitenciaria
mendocina

Historia
cárcel de Mendoza

A fines del siglo XIX, luego del terremoto de 1861,
Mendoza se encontraba con graves problemas sanitarios (epidemias
de difteria, cólera y sarampión) y aluvional es
(inundaciones).

En el proceso de la construcción de la nueva
ciudad, la penitenciaría había quedado ubicada
dentro de los límites de la misma (en donde hoy se
encuentra el Plaza Hotel), lo que también significó
otro factor negativo, que necesitaba urgente solución. En
1895, bajo el gobierno de Moyano, Emilio Civit, Ministro de Obras
y Servicios Públicos, promueve la ley número 3 para
poblar el Oeste.

Las primeras realizaciones fueron el torreón
modelo para la cárcel, pabellones del ex Hospital Emilio
Civit, terrenos fiscales para el Ejército (101 ha. cedidas
a la Nación) y el Tiro Federal.

Tal es el caso de la primera cárcel para Mendoza
construida en 1864, ejemplo a través del cual intentaremos
explicar el tipo de apropiación material y teórica
que hizo del modelo panóptico, por primera vez, la
arquitectura penitenciaria argentina del siglo XIX, desde lo
funcional, lo constructivo, lo simbólico y lo
social.

Modelo arquitectónico en la penitenciaria
Boulogne sur mer Mendoza 1864

  Resumen:

La propuesta benthamiana del panopticum ejerció
una marcada influencia en la teoría arquitectónica
de cárceles y en la materialización de varios
edificios penitenciarios en Europa y América Latina. Ese
fue el caso de la primera cárcel de Mendoza, Argentina,
construida en 1864. A partir de ella intentaremos explicar, desde
una perspectiva funcional, constructiva, simbólica y
social, el tipo de apropiación material y teórica
que hizo del modelo panóptico por primera vez la
arquitectura penitenciaria argentina del siglo XIX.

Palabras clave: panóptico, arquitectura
penitenciaria argentina, siglo XIX, modelo,
disciplina.

1. Acerca de la arquitectura penitenciaria

La evolución de la arquitectura penitenciaria
corre paralelamente a la transformación de las ideas
penales y a la modificación de la legislación
punitiva. Durante siglos las cárceles, que fueron
subterráneas o mazmorras, eran sólo el medio para
asegurar la presencia del reo ante el juez, para ser juzgado, o
ante el verdugo, para ser ejecutado. Cadenas , picotas, argollas,
horcas,

La retracción pública, el destierro penas
no corporales que en sí tenían dimensión de
suplicio y la ejecución, eran la garantía del
cumplimiento del castigo impuesto. El cuerpo descuartizado,
amputado, marcado simbólicamente, expuesto, vivo o muerto,
fue desapareciendo como blanco de la represión penal,
hacia fines del siglo XVIII y comienzos del XIX. Se abandona el
dolor.

El castigo es ahora la prisión, la
reclusión, los trabajos forzados, la deportación,
que si bien siguen recayendo directamente sobre el cuerpo,
éste se convierte en instrumento y no en fin: se
interviene sobre él encerrándolo, haciéndolo
trabajar (Foucault, 1981, p.11), pero no se lo somete por medio
de la violencia. El sometimiento es directo y físico,
obrando sobre y a través de elementos materiales. El
cuerpo queda prendido en un sistema de coacción y de
privación, de obligaciones y de prohibiciones.

Lo que entra en juego, dice Foucault, no es el marco
carcomido o aséptico, perfeccionado o no de la
prisión, sino su materialidad, en la medida que se
convierte en instrumento y vector del poder: es el edificio el
que ahora provoca la pena física mediante la
reclusión. En base a este cambio, un creciente
interés por mejorar la situación humanitaria de los
encarcelados y por la organización de nuevos y modernos
regímenes penitenciarios, hace que la situación
general respecto de las primitivas cárceles vaya
variando.

En este desarrollo, importantes aportes de precursores e
iniciadores de la reforma carcelaria, que van desde referencias
teóricas sobre el tema hasta descripciones de edificios e
ideas para su construcción o reforma, destacan la
importancia de la arquitectura como condición para
lograrla.

Es a partir de personajes como Jeremías Bentham
(1748-1832) que los cambios comienzan a tomar intensidad,
convirtiendo al XIX en el siglo de las construcciones
penitenciarias como unidades arquitectónicas especiales.
Los aportes de Bentham se dan en el marco de una Inglaterra
liberal y reformista, en medio de un creciente desarrollo
industrial que produjo una nueva clase urbana proletaria,
incluyendo sectores desempleados o de desviados que debían
ser controlados.

La propuesta benthamiana del panopticum asocia la
concepción penitenciaria a la arquitectónica;
desarrolla el proyecto tanto desde lo penológico como
desde lo arquitectónico, ejerciendo una marcada influencia
en la teoría arquitectónica penitenciaria y en el
funcionamiento y la materialización de varios edificios,
principalmente europeos y latinoamericanos.

Tal es el caso de la primera cárcel para Mendoza
construida en 1864, ejemplo a través del cual intentaremos
explicar el tipo de apropiación material y teórica
que hizo del modelo panóptico, por primera vez, la
arquitectura penitenciaria argentina del siglo XIX, desde lo
funcional, lo constructivo, lo simbólico y lo
social.

El
panóptico de Bentham y la cárcel para
Mendoza

El siglo XIX se sirvió de procedimientos de
individualización para marcar exclusiones: el asilo
psiquiátrico, la penitenciaría, el correccional,
los hospitales, etc., funcionaron de doble modo: el de la
división binaria y la marcación: loco no loco,
peligroso inofensivo; y el de la distribución diferencial:
quién es, dónde debe estar, por qué,
cómo ejercer vigilancia constante sobre él, etc.
(Foucault, 1981, p. 200)

El panóptico de Bentham se constituye como la
figura arquitectónica de esta composición (imagen
1). Es un modelo de dispositivo disciplinario apoyado en un
registro constante y centralizado: espacio cerrado, recortado,
vigilado en todos sus puntos, en el que los individuos
están insertos en un lugar fijo, en el que el menor
movimiento se halla controlado, en el que todos los
acontecimientos están registrados, en el que el poder se
ejerce por entero de acuerdo a una figura jerárquica
continua.

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1. El panóptico circular de
Bentham (Bentham, 1989).

Materialmente este establecimiento propuesto para
guardar los presos con más seguridad y economía, y
para trabajar al mismo tiempo en su reforma moral; con medios
nuevos para asegurarse de su buena conducta, y de proveer a su
subsistencia después de su soltura (Bentham, 1989, p. 33),
se desarrollará, según Bentham, como un edificio
circular en la periferia, con una torre en el centro que
aparecerá atravesada por amplias ventanas que se abren
sobre la cara interior del círculo. El edificio
periférico estará dividido en celdas, cada una de
las cuales ocupará el espesor del edificio.

Estas celdas tendrán dos ventanas: una abierta
hacia el interior, que corresponde con las ventanas de la torre;
y la otra hacia el exterior que deja pasar la luz de un lado al
otro de la celda. Bastará, dice el autor, con situar un
vigilante en la torre central y encerrar en cada celda un
condenado, o un loco, un enfermo, un alumno o un obrero. Mediante
el efecto de la contraluz se podrán captar desde la torre
las siluetas prisioneras en las celdas de la periferia,
proyectadas y recortadas en la luz, con lo cual se invierte el
principio de la mazmorra. La plena luz y la mirada de un
vigilante captan mejor que la sombra, que en último
término cumplía una función protectora
(Bentham, 1989, p. 10).

El sistema panóptico se propagó en el
marco de Estados modernos, tanto en Europa como en América
Latina, adaptándose a los diversos sistemas constructivos
locales, pero manteniendo el objetivo principal de poder ver con
una sola mirada todo cuanto se hacía en el edificio. El
régimen carcelario y su vinculación con el sistema
de re educación y trabajo de los penados había
llevado a que muchos arquitectos y estudiosos americanos se
interesaran por el desarrollo de las teorías y los
diseños de ese tipo de obras, tanto en los Estados Unidos
como en el viejo continente: Ramón La Sagra en Cuba
(1843), Lorenzo de la Hidalga en México (1848) y Felipe
Paz Roldán en Perú (1853) son algunos de quienes
escriben sobre el tema (Gutiérrez, 1997, p. 443). Esas
teorías se concretaron en las penitenciarias de Buenos
Aires, construida en 1870 siguiendo el proyecto de Ernesto Bunge;
Corrientes, en el noreste argentino, obra de Juan Col en 1897;
Lima, proyectada por Felipe Paz Roldán; Quito y
Bogotá, ambas obras de Tomas Reed, la última de
1848; la Cárcel Preventiva y Correccional de Montevideo de
1885, diseño de Juan Alberto Capurro y Mendoza en 1864,
entre otras (Gutiérrez, 1997, p.443- 445).

Particularmente en Argentina, la sanción de la
Constitución Nacional en 1853 da como resultado cambios en
lo jurídico, económico y civilizador, que
requirieron de una pronta adecuación espacial. Ese proceso
de organización nacional que llevó al país a
su primera gran modernización, supuso un nuevo orden en
cada aspecto de la vida institucional y pública, Orden que
incidió en la vida cotidiana de las personas en los
distintos ámbitos espaciales, determinando la
formalización de numerosos procedimientos modernos y
racionales para hacer lo que hasta entonces se hacía de
manera consuetudinaria (Cirvini, 1990, p. 7).

Arquitectura empezó a ser pensada sobre bases
conceptuales que buscaban el apoyo del conocimiento
científico y una proyección hacia un futuro de
progreso indefinido. Parte de las características
centrales de ese proceso fue la normalización y
tipificación de la edilicia pública que
comprendía escuelas, hospitales, cuarteles y
cárceles, entre otros tipos. En este contexto es que se
adopta el panoptismo como modelo más teórico que
material para el sistema penitenciario nacional: una arquitectura
basada en la racionalidad y la funcionalidad y que a la vez
imponía disciplina. En el caso de Argentina, la
cárcel penitenciaria de Mendoza fue el primer ensayo del
sistema penitenciario a nivel nacional7 y uno de los primeros
edificios propuestos, licitados y efectivamente construidos en la
Ciudad Nueva por la Comisión Filantrópica hacia
fines del siglo XIX. El proyecto, realizado por el ingeniero
italiano Pompeyo Moneta (1830-1898), designado durante el
gobierno de Mitre (1862) como Ingeniero de Puentes y Caminos y
encomendado a dirigir las obras de reconstrucción de
Mendoza, se desarrolló en base al principio de la
inspección central pero con algunas variantes.

Lo funcional y lo constructivo

El edificio fue situado en la manzana nº 44 de la
Ciudad Nueva, frente a la plaza Independencia, ocupando un lugar
central dentro del nuevo trazado (imágenes 2 y 3). De
hecho, esa ubicación abre en algunos medios locales una
polémica respecto del recinto carcelario, ya que se
consideró que, por el afán de poblar, se
construyó el edificio sin consultar sus inconvenientes
(Cirvini, 1990, p. 96). No obstante, la Comisión
Filantrópica celebra el contrato de construcción
con el italiano Andrés Clerici, fijando como plazo de
entrega del establecimiento el mes de abril de 1865.

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2. El trazado de la Ciudad Nueva, en gris
la manzana 44, donde se ubicaba la cárcel penitenciaria
(Ponte, 1987).

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Vista desde la Plaza Independencia hacia
el oeste, a la derecha se distingue la muralla de la
cárcel, c. 1876 (Copia digitalizada, original
AHM).

La penitenciaría estaba formada por un muro
perimetral, que contenía la estructura de la
cárcel: de piedra con cal y arena de trescientos setenta y
cuatro metros de extensión y dos varas y media de altura,
de la cual media vara va enterrada y dos sobre la superficie. Su
ancho es de vara y media. Sobre esta muralla de piedra
irán tres varas de muralla de adobe del mismo ancho con su
correspondiente cornisa (AHM, 1864). Este cierre se hacía
doble en el sector de las celdas, creando un corredor que
permitía el patrullaje, que para Bentham era necesario de
noche y de día, y separando las celdas del exterior: A fin
de que el centinela pasee sobre la muralla, la cubierta de esta
será de ladrillo sentado en mezcla. En los cuatro
ángulos de la muralla se hará una garita que
llevará reja de madera fuerte y los palos torneados (AHM,
1864).

El muro de circunvalación sólo se
abría en forma de pórtico en su lado este, frente a
la plaza (imagen 4). En este costado se ubicaban, en línea
con sentido norte-sur: un patio y los galpones; la entrada
principal, los cuarteles de la guardia y las oficinas del
director del penal y el juzgado (frente al pórtico de
acceso); hacia el sur, la huerta y los departamentos para mujeres
(separación de los sexos). Constructivamente, las piezas
eran esqueletos de madera de álamo con muros de adobe de
cabeza (AHM, 1864).

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4. Vista desde la plaza Independencia,
del pórtico de acceso al recinto carcelario, c.1876 (Copia
digitalizada, original AHM).

Si bien esta Casa de Inspección responde en lo
conceptual al modelo panóptico, en lo referido al
diseño arquitectónico adopta una planta radial,
tipo utilizado más ampliamente en el siglo XIX que el
circular de Bentham. El diseño radial había sido
adoptado en las penitenciarias de Gante, construida entre
1772-1775, y de Filadelfia, proyectada por John Haviland en 1825
(imágenes 5 y 6). La propuesta de Moneta, entonces, adopta
el estilo radial, renunciando al principio benthamiano de ver el
interior de las celdas desde un punto central al interior de los
pabellones, en los que las celdas se agrupaban en hileras de
entre ocho y doce.

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5 y 6. Las prisiones de Gante (1772-1775)
y Filadelfia (1825). Plantas radiales modélicas para
muchas casas de inspección europeas y americanas del siglo
XIX y principios del XX (Pevsner, 1976).

Ese tipo de esquema radial desarrolló toda una
tradición en la arquitectura de hospicios y hospitales en
el mundo occidental, que se remonta a las plantas renacentistas
en forma de cruz y en cuyo centro se instalaba generalmente un
altar. Justamente el espacio vacío del que Bentham habla,
entre las celdas y el departamento del inspector, se materializa
en la cárcel de Mendoza como un amplio espacio libre,
descubierto, a modo de hexágono irregular, entre los
extremos de los pabellones y el centro de inspección
general; constituido aquí por un kiosco o glorieta sin
vidriera ni pozo anular, que también hacía las
veces de púlpito o altar para que el capellán
impartiese la misa: en el centro del patio interior, va un
corredor con arreglo al plano, el cual llevará un
festón recortado, bajo del cual se colocará un
altar portátil, sencillo y a propósito para armar y
desarmar. Los pilares del corredor serán pintados como las
puertas. El altar será pintado color perla (AHM, 1864).
Sólo una puerta permitía la comunicación
entre el sector de oficinas y guardia y el espacio disciplinario
celular que albergaba a los reclusos, pasando siempre por la
inspección central. Los patios de cada uno de los
pabellones contenían las letrinas y los sectores de
taller. Plásticamente, este museo del orden fue resuelto
austeramente, como todas las construcciones posteriores al
terremoto de la ciudad: la fachada principal sobre la plaza era
estucada con los pilares de ladrillo hasta su mitad y el resto de
adobe. La muralla de circunvalación era revocada, enlucida
y blanqueada por dentro y por fuera.

 Marcas simbólicas, cuenta moral y
división

El efecto mayor del Panóptico es inducir un
estado consciente y permanente de visibilidad en el interno, que
garantice el funcionamiento automático del poder
(Foucault, 1981, p. 204). A partir del centro de
inspección y del sistema de documentación
individualizarte, esa vigilancia se hace permanente en sus
efectos, incluso si es discontinua en su acción: los
guardianes llaveros de la cárcel mendocina tenían
como objetivo vigilar con esmero y a todas horas a los presos
observando sus conversaciones o acciones.

Mediante este principio de inspección
podrían dar cuenta inmediata a las autoridades de lo malo
que notasen para la aplicación de penas disciplinarias,
que iban desde el retiro gradual de las recompensas acordadas por
los trabajos realizados, el confinamiento a celdas oscuras y
solitarias, la incomunicación simple, el trabajo forzado y
sin compensación, hasta el ayuno a pan y agua por un plazo
no superior a tres días (Reglamento para la cárcel
penitenciaria., 1880).

Por su parte, el sistema de documentación era
llevado a cabo, entre otras operaciones, por medio de signos
sobre el cuerpo del condenado, como el que constituye la
vestimenta y por el sistema de cuenta moral: boletín de
observaciones respecto de cada detenido. Si bien en el proyecto
para el reglamento de 1874 para la cárcel que tratamos se
alude al ropaje para los penados, que consistía en el
traje del establecimiento, compuesto de pantalón y blusa
que se cambiaba cada seis meses, de genero grueso o delgado
según la estación, con una muda de ropa interior de
lienzo; en el decreto reglamentario del gobernador Villanueva de
1880, sólo se habla de un vestuario uniforme y de un
color, sin determinar las piezas y acotando que el género
y el período de tiempo por el que deba usarse será
dispuesto por el Administrador Lo que si aparece en el reglamento
de 1880 es la colocación del número de registro del
interno, con gran tamaño en la espalda, a modo de marca
simbólica, de representación ante los otros y ante
sí mismo de la carga por el delito. Los internos no
podían ser llamados sino por ese número, desde el
día de la entrada a la cárcel hasta el de salida.
Este dispositivo servía para el ejercicio del control
individualizado e individualizarte sobre ellos (imagen
6).

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6. Primera foto de archivo de un preso,
s/d. (Copia digital, www.penitenciariamendoza.gov.ar).

Otro signo aplicado a los prisioneros en Mendoza fue,
tal como lo recomendaba Bentham para el aseo y la salud, la
práctica del rapado, que se llevaba a cabo cuando el
condenado entraba a la Penitenciaría, previo
reconocimiento médico. Apenas ingresado a la
cárcel, el prisionero era sometido a ocho días de
aislamiento para que se entregara a sus reflexiones, pudiendo
extenderse el período según las condiciones del
recluso. Sobre las cuentas morales el Administrador debía
llevar un libro especial, en que seguía el comportamiento
de los reclusos, dejando constancia escrita de las penas
correccionales que se aplicaran en los casos que cometieran
faltas y todas las circunstancias que revelaran si el reo se
hubiera corregido o no. En el presidio se llevaba también
nómina de los presos, en la que se hacía constar la
fecha de ingreso, su estatura, peso, nombre, nacionalidad, edad,
estado civil, profesión, conducta y condena, como parte de
un control minucioso de las operaciones del cuerpo, pero
también del alma y la mente.

La mayor dificultad era, si todos los que están
presos son culpables, pero no todos están pervertidos como
sostiene Bentham, cómo repartir esos presos
individualizados en el interior de la cárcel.

En Mendoza los reos estaban divididos en distintas
secciones, a cada una de las cuales les correspondía uno o
más pabellones, dependiendo de la cantidad de reclusos y
del tipo de pena o sentencia. Ignoramos sien esta división
tuvieron en cuenta, tal como lo recomendaba Bentham, colocar en
la misma celda presos asimilables por caracteres y edades; lo que
si creemos es que por la cantidad de reclusos que hemos detectado
en registros de la penitenciaría, en algunos de los
pabellones las celdas deben haber sido compartidas por dos o
más de ellos, Los sentenciados a la Penitenciaría y
presidio permanecían en los pabellones 4 y 5 del
hexágono; los condenados a prisión estaban
confinados a los departamentos 3 y 7. Los presos políticos
y los de causa que no merezca más que arresto en el 9; los
en trámite en los recintos 1, 2 y 6; mientras las mujeres,
previniendo todo lo que pudiera ofender a la decencia, con
precauciones de estructura, de inspección y de disciplina,
tenían su sector en el pabellón exterior
izquierdo.

El trabajo, la incomunicación y la
instrucción

Bentham concedía una enorme importancia al
trabajo como dispositivo disciplinario y de consuelo. Éste
tenía como fin ocupar el tiempo de los detenidos,
además de constituir, según Foucault, una
relación de poder, de sumisión individua. A los
trabajos en la cárcel de Mendoza, consistentes en
carpintería, zapatería y hojalatería,
esterería, cordelería, eran encomendados no hay
datos de sucesión de trabajos diferentes presos designados
según sus aptitudes, o los que estando sus causas en
trámite pidieran voluntariamente ocupación.
Según lo que podemos leer en el plano (imagen 7) publicado
por Cirvini (1990, p. 93), cada pabellón tenía su
espacio para taller y las respectivas letrinas frente a las
celdas, lo que permitía el ejercicio de una táctica
de anti- aglomeración a partir del control sobre una
cantidad limitada de presos división de zonas y poner en
práctica la disposición de incomunicación ,
que por reglamento se establecía entre los presos de
distintas secciones (principio de aislamiento).

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7. Planta de la Penitenciaria de Mendoza,
relevado en 1890 (Copia digitalizada, archivo
Ahter-Cricyt).

Existía también el trabajo extramuros, que
era ejercido por los presos de la sección presidio puestos
a disposición de la Municipalidad. Se les permitía
a tal efecto salir diariamente custodiados. El reglamento de 1880
amplía las posibilidades, incluyendo en su artículo
46 la opción de entregar por lista nominal y bajo recibo,
presidiarios a todo aquel que se haga cargo de ellos para el
trabajo fuera del establecimiento, debiendo devolverlos al
ponerse el sol.

Las horas de trabajo no podían ser menos de seis
ni exceder las diez. Cada cuatro meses el administrador entregaba
vales a los presos por el valor líquido que resultara a su
favor, los cuales eran abonados al salir de la
cárcel.

Reglamento para
la cárcel penitenciaria, 1880

En los escritos se hace referencia tanto al resultado
moralizado que se obtenía, imprimiendo en los condenados
el hábito al trabajo y dándoles medios para formar
capital, como a la aplicación de penas correccionales
dispositivo educativo. Por faltas a las obligaciones.

En cuanto a la instrucción y ocupación de
los detenidos y en directa relación con los argumentos de
Bentham al respecto: toda casa de penitencia debe ser una escuela
la lectura, la escritura, la aritmética, pueden convertir
a todos. la música podría tener una utilidad
especial llamando mayor concurrencia a la capilla. En el domingo
la enseñanza será moral y religiosa (Bentham, 1989,
p. 95); en la cárcel provincial, el reglamento contemplaba
el traslado de los reos para la enseñanza de la doctrina
cristiana, al local destinado a tal efecto, bajo la vigilancia de
los guardianes y dos o más centinelas. Allí el
sacerdote impartía la misa sólo para los presos que
profesaban la religión católica, pero eran
obligatorias para todas las tres horas de algún libro
instructivo y religioso después de cada misa.

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8. Foto aérea actual cárcel
de Mendoza (c. 1940, archivo Ahter-Cricyt).

Los presos podían contratar el aprendizaje de la
música o el dibujo, siempre que la enseñanza
pudiera ser dentro de las prescripciones del reglamento en
vigencia y la disciplina general del establecimiento (Bentham,
1989, p. 95). Se les permitía, sólo en las horas de
descanso, tocar instrumentos y conversar con los del mismo
pabellón, pero estaban prohibidos los juegos de naipes,
así como todo otro entretenimiento dañoso a la
moralidad y buenas costumbres. Así, la prisión,
dice Foucault, se ocupaba de todos los aspectos del individuo, de
su educación, de su aptitud para el trabajo, de su
conducta cotidiana, de su actitud moral y de sus
disposiciones.

Partes: 1, 2

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