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¿Por qué bioética y derecho? (página 2)



Partes: 1, 2

La relación entre Bioética y
Derecho

En las sociedades que
se rigen según un modelo
democrático de convivencia, hay que convenir en que los
problemas que
afectan a la sociedad en su
conjunto deben ser decididos por todos los ciudadanos, tras un
debate
suficientemente informado, y no sólo por sectores
minoritarios, frecuentemente en condiciones de opacidad. Esta
exigencia es especialmente perentoria cuando las decisiones que
deben tomarse afectan a toda la sociedad, incluyendo las
generaciones presentes y las futuras. Como se ha mencionado, los
problemas derivados de los descubrimientos científicos y
de los adelantos biotecnológicos son, precisamente, de
este carácter, que reclama respuesta tanto de
los individuos como de la comunidad.

Los enormes avances científicos han supuesto un
cambio en la
sociedad de carácter cuantitativo y cualitativo de una
magnitud tal que han obligado a revisar los planteamientos
individuales y colectivos en torno a numerosas
cuestiones que afectan al ser humano.

El actual progreso de la medicina y la
biología
suscita grandes esperanzas, a la vez que ocasiona dilemas para
el hombre
común y para los especialistas, sean médicos,
biólogos, científicos, filósofos o juristas. La primera y brutal
toma de conciencia
colectiva de los problemas éticos de la medicina data de
la Segunda Guerra
Mundial con las revelaciones de los experimentos
médicos del nazismo. El
Código
de Nuremberg, de 1947, constituye el primer conjunto de reglas
internacionales que relaciona ética
médica y Derechos Humanos.
Tras él las Declaraciones de la Asociación
Médica Mundial en Helsinki (1964), en Tokio (1975) y en
Manila (1980), incidieron en el principio fundamental de que
hombres y mujeres no pueden ser un simple objeto para la
ciencia.

A partir de los años setenta, las relaciones
entre seres humanos, ciencias y
medicina sufrieron un cambio importante ya que, junto a la
tradicional tarea curativa, el progreso biotecnológico
supuso la oportunidad de intervenir en los procesos
vitales fundamentales. La misma posibilidad de realizar un
diagnóstico genético de enfermedades que aún
no se han manifestado o la de aplicar terapias génicas en
el tratamiento de determinados tipos de cáncer, muestra una forma
de medicina y de biología radicalmente nueva que implica
un cambio de tal naturaleza que
obliga a poner en cuestión los parámetros de
valoración tradicionalmente utilizados. Esto ha llevado a
cuestionar los fines mismos de la medicina y la reflexión
sobre los cambios producidos ha dado lugar a valiosas
aportaciones.

La conferencia de
Asilomar ilustra acerca de las preocupaciones de la comunidad
científica. Ante la posibilidad de manipular la
molécula que contiene información genética o
ADN
-descubrimiento que dio un enorme impulso a la biología
molecular-, se produjo una considerable inquietud ante los
posibles riesgos
derivados de la transferencia de genes. En estas circunstancias,
los propios científicos se pronunciaron a favor de
establecer una moratoria que detuviera temporalmente la
manipulación genética experimental y la
obtención de organismos genéticamente modificados.
Aunque actualmente dicha moratoria no rige, se han establecido
reglas internacionales restrictivas, como las directivas
comunitarias de diciembre de 1990 referentes al control de los
riesgos de dicha manipulación. El progreso
científico es ambivalente, no sólo en el sentido de
que puede ser positivo o negativo, sino porque cualquier enfoque
bien intencionado puede devenir perverso.

En este contexto surgió la Bioética como
una nueva disciplina
que, desde un enfoque plural, pusiese en relación el
conocimiento del mundo biológico con la
formación de actitudes y
políticas encaminadas a conseguir el bien
social. Como decía V. Potter, la Bioética es "el
conocimiento
de cómo usar el conocimiento", el puente entre ciencias y
humanidades. Es fácil constatar, empíricamente, que
las materias tratadas por la Bioética tienen su reflejo
inmediato en el ámbito jurídico, tanto en el
ámbito legislativo y jurisprudencial como desde el punto
de vista del interés
práctico de quienes trabajan en estos campos, cuyas nuevas
implicaciones y responsabilidades resultan -cuanto
menos-problemáticas. Existen, además,
móviles económicos y extraordinarios intereses
implicados.

Por otra parte, las medidas de control son complicadas
en cuanto a la implantación y, más aún, en
cuanto a su posterior seguimiento. No se trata de frenar el
progreso, lo que sería irreal por otra parte, pero se
deben considerar los límites de
la investigación hasta que los riesgos sean
evaluados y controlados. Para que sea eficaz, la
preocupación bioética debe estar presente desde el
principio y no limitándose a juzgar desde fuera sobre la
bondad de los descubrimientos realizados y su uso. Eso
sería demasiado tarde, puesto que los distintos poderes
políticos y económicos ya se habrían
apoderado de los resultados de la ciencia y los
mass-media habrían difundido la prometedora
seducción de las mágicas novedades. El auge de la
discusión filosófica y jurídica sobre el
alcance del principio de precaución puede confirmar lo que
aquí quiere plantearse.

Los problemas de la Bioética deben ser debatidos
por la sociedad en su conjunto antes de que sean adoptadas
soluciones
normativas, sobre las que, en una sociedad democrática y
plural, es preciso lograr consenso. Un consenso que, en
cuestiones que atañen a los valores
individuales y colectivos en forma tan especial, resulta
difícil conseguir. Por ello, conviene centrar la
búsqueda del compromiso en la elaboración de unas
reglas del juego
aceptables para la mayoría de los ciudadanos
independientemente de sus opciones ideológicas. Es el rol
de las primeras comisiones y comités de Bioética
que surgen en diferentes países. Estas comisiones son un
magnífico lugar para el debate informado y para el
encuentro entre los distintos puntos de vista. Además,
constituyen una ayuda muy valiosa para los poderes
públicos en tanto que pueden suministrar pautas para la
adopción
de políticas y de regulaciones acordes con las
informaciones científicas y el sentir de la sociedad a la
que se dirigen dichas innovaciones -y que, asimismo, las
financia-. Las comisiones de ética de
diverso alcance -desde las hospitalarias y las de
investigación a las creadas para cuestiones ad hoc o las
nacionales, regionales y de cualquier alcance-, deben
constituirse en co-laboratorios en los que se pongan en
común los distintos enfoques y acervos profesionales y
culturales para elaborar pautas de conducta
-temporales y revisables- que permitan abordar los problemas
comunes.

Así, para la reflexión bioética
resulta importante el proceso de
elaboración y el análisis de las normas que deben
regir la acción
en lo que se refiere a la intervención técnica del
hombre sobre
su propia vida; esto implica la necesidad de llegar a un acuerdo
sobre el estilo de vida
por el que se opta y, en consecuencia, del tipo de sociedad que
queremos construir. Todo esto concierne a los poderes
públicos ya que se ponen en juego cuestiones
fundamentales, no sólo por la importancia de la
biomedicina para la salud de la población, sino por la evidente necesidad
de no quedar al margen de los descubrimientos científicos
y sus beneficios, cuya incidencia social y económica es de
gran trascendencia. Es preciso que los parlamentos y los
gobiernos tomen en consideración cuál es la
situación real en lo que se refiere a la
investigación, a su desarrollo
industrial, a los costos de la
salud, a todo un cúmulo de problemas que van más
allá de los aspectos puramente científicos,
económicos e incluso sociales. El establecimiento de
determinadas políticas supone la elección de un
determinado modelo de sociedad que excluye otros, lo cual no debe
ser resuelto sin reflexión y debate previos.

El término Bioética, aunque consolidado,
presenta inconvenientes diversos, entre otros, los derivados de
que los problemas que engloba son más bien
político-jurídicos que éticos. La
cuestión clave se centra en si hay que regular o no las
posibilidades que nos brindan las tecnologías "bio" y, de
hacerlo, en qué sentido. Se trata de problemas que, al no
tener una respuesta social unívoca, desembocan en una
demanda de
legislación y eso deviene una típica
cuestión de axiología jurídica: cuáles
son los valores que
debemos proteger y cómo debe hacerse. Ante la posibilidad
de intervenir en los procesos biológicos hay discrepancias
sociales que generan conflictos, y
son éstos los que requieren de la intervención del
Derecho para establecer los límites a la libertad de
actuación individual.

Bioética, Derecho y pluralidad
de opciones morales

Un aspecto central de la Bioética está,
precisamente, en el reconocimiento de la pluralidad de opciones
morales que caracteriza a las sociedades actuales y en propugnar
la necesidad de establecer un mínimo marco de acuerdo por
medio del cual individuos pertenecientes a "comunidades morales"
diversas puedan considerarse ligados por una estructura
común que permita la resolución de los conflictos
con el suficiente grado de acuerdo. La elaboración de unos
procedimientos
de toma de
decisiones en las que todos los implicados puedan participar,
supone un paso de importancia fundamental. Pero en último
extremo, si no hay acuerdo, el Derecho deberá establecer
los límites de lo permitido; de ahí deriva la
estrecha relación entre la Bioética y el Derecho
-entendido como norma de conducta que emana de la voluntad de
todos-.

Las normas jurídicas poseen una evidente
relación con las morales, aunque no dependan de la
ética para su configuración, y a lo largo de los
siglos el análisis de estas relaciones ha sido una
cuestión central del pensamiento
filosófico-jurídico. Nuestro planteamiento parte de
la constatación del pluralismo moral de la
sociedad y del hecho de que ese pluralismo no sólo es un
hecho sino que es un valor
constitucionalmente protegido. Pero, al mismo tiempo,
estamos en contra del escepticismo en los valores, en el sentido
de considerar que es posible argumentar racionalmente en
ética y de que pueden esgrimirse "buenas razones" a favor
de las opciones que se elijan. Frente a las posturas de
relativismo extremo, la posición de la que aquí
partimos implica la posibilidad de dilucidar racionalmente si los
juicios morales que sostenemos son correctos. Frente a las
posturas que preconizan la existencia de verdades absolutas e
incontrovertibles, se propone que cualquier juicio moral
esté sujeto a la discusión y a la crítica
racional.

Los planteamientos, individuales y sociales pueden, por
otra parte, partir de la confianza y la fe en el "progreso
bienhechor" o de la desconfianza radical ante la "ciencia
deshumanizada". Frecuentemente se plantean las cuestiones como
conflictos de actitudes globales; es fácil verlo al tratar
sobre la eutanasia,
el aborto, o
la consideración de los límites de la ciencia. Pero
esos conflictos "radicales" también se dan en otros
campos: en las opciones políticas, por ejemplo, y hemos
aprendido a compatibilizarlas ¡quizás tras siglos!
Estas visiones de conflictos de absolutos, que sostienen
importantes pensadores y que están presentes en
determinados sectores de opinión, no son un buen punto de
partida para analizar las cuestiones y para aprender a
compatibilizarlas, cosa que hemos de hacer necesariamente.
Quizás sea en este tipo de situaciones en las que mejor se
pone a prueba la tolerancia de las
personas y de las sociedades: la tolerancia como táctica
no es lo mismo que la tolerancia como actitud
activa.

Pueden surgir las discrepancias que se deriven del mismo
sentido en que se conciben las palabras clave, aquéllas
cuya definición nos coloca en un incómodo
compromiso: persona, dignidad,
vida…, lo que supone un problema inicial para la
Bioética. Lo primero es, pues, elucidar su sentido y
divulgar las preocupaciones ante los ciudadanos: las cuestiones
de la Bioética son cuestiones
¡políticas!

Esto plantea el problema del acuerdo moral, del consenso
en ética, y de su valor. ¿Existe o no desacuerdo en
los principios
morales? En todo caso ¿pueden coexistir visiones diversas?
La discusión entre las posiciones universalistas y las que
hacen hincapié en la diversidad y el pluralismo es
sobradamente conocida y de la más plena actualidad. En mi
opinión, el principal problema estriba en que la
ética y el discurso moral
"civil" o laico, no tienen aún construidas respuestas a
los problemas de la Bioética mientras que, por el
contrario, la teología sí tiene respuestas
dogmáticas que cuentan con el aval de siglos de
utilización sin fisuras. Lo cual nos lleva de nuevo a los
Derechos Humanos
y a la posibilidad de acuerdo sobre los mismos en el nivel
teórico de reconocimiento y de su fundamentación,
sin entrar en el de su violación o respeto.

Un ejemplo para el análisis:
las implicaciones de las
nuevas
tecnologías genéticas

Las nuevas tecnologías genéticas
están ocasionando cambios de gran impacto social, moral y
jurídico. Constituyen un buen campo para intentar validar
el enfoque propuesto, ya que sus enormes posibilidades generan
actitudes ambivalentes que requieren de la realización de
un debate social informado y del establecimiento de normas
éticas, sociales y jurídicas que permitan maximizar
sus beneficios y minimizar sus riesgos, lo que constituye un buen
ejercicio democrático.

Las noticias sobre
los descubrimientos realizados en torno al genoma humano han
generado expectativas inmensas para la mejora de la salud y han
venido deparándonos cambios de gran impacto social, moral
y jurídico, ya que sus posibilidades han sido percibidas
por los ciudadanos como ambivalentes. No obstante, conviene
distinguir entre los innegables conflictos que se plantean y que
pueden afectar a importantes derechos ya reconocidos y el miedo a
la ciencia, que subyace detrás de algunos fantasmas del
inconsciente colectivo tan gratos a la ciencia-ficción.
Así, se pone de manifiesto cuando, tras cada nueva
posibilidad de las nuevas tecnologías genéticas
-sobre todo en sus aplicaciones sanitarias-, suelen alzarse voces
reclamando prohibición (el caso de la
clonación resulta paradigmático). Ello hace
patente que las nuevas tecnologías genéticas
reclaman la realización de un debate social informado en
el que participen los diversos sectores implicados:
investigadores, médicos, humanistas, políticos,
informadores… La racionalidad en la discusión reclama
una información previa que deben suministrar los
científicos -que conocen los auténticos problemas,
puesto que trabajan materialmente con las tecnologías que
cuestionamos- y transmitir los medios de
comunicación, a través de los cuales la conoce
la generalidad de las personas de nuestra sociedad. A partir de
los datos, la
reflexión debe hacerse en común, evaluando los
riesgos para determinar qué cosas son las que se deben
limitar, con qué criterios se establecen las limitaciones
y quiénes han de ser los que las establezcan. Sólo
así, tras valorar las distintas cuestiones en juego,
será posible tomar decisiones sobre las repercusiones de
descubrimientos que a todos nos afectan.

Regular las nuevas técnicas:

Hay que señalar que Genoma y Derecho son
conceptos necesariamente unidos, ya que el ordenamiento
jurídico debe cumplir su función de
control y organización social. En general, las
aplicaciones biomédicas de las nuevas tecnologías
no suelen plantear el problema de ser ilícitas sino
más bien de cuáles son los límites a su
licitud. Ante ellas, el Derecho se debate entre una actitud no
intervencionista (que deja al mundo de la investigación en
un área de "no Derecho", siguiendo los criterios marcados
por la conciencia del investigador o de su grupo) y una
postura controladora, que emerge cuando la preocupación
social así lo aconseja. Actualmente existe abundante
regulación sobre las tecnologías genéticas,
y precisamente nuestro país fue de los primeros en
normativizar el uso de las mismas dentro de una actitud pro
tecnológica que en aquellos momentos era símbolo de
aperturismo. Las normas existentes forman un abanico que
comprende desde las de carácter administrativo (las
primeras en ser utilizadas, pues en temas de salud es frecuente
la intervención de los poderes públicos), a las
civiles y penales. Todas ellas insertas en el marco del respeto a
los derechos fundamentales fijado por la Constitución y las leyes que los
desarrollan y en un contexto internacional que busca la
armonización normativa.

Concretamente en España,
están reguladas las técnicas de reproducción asistida, la donación y
utilización de fetos y embriones, la utilización,
liberación y comercialización de organismos modificados
genéticamente con el fin de prevenir los riesgos para la
salud humana y el medio
ambiente, y ciertas conductas referidas a la
manipulación genética se sancionan en el
código penal. Además, la Unión
Europea ha elaborado numerosas directivas sobre organismos
modificados genéticamente, riesgos laborales,
protección de datos, patentes, etc. También los
organismos internacionales han forjado textos como el Convenio
sobre Diversidad Biológica de Río de Janeiro,
auspiciado por las Naciones Unidas,
o la Declaración de los Derechos de las Generaciones
Futuras y la Declaración Universal sobre el Genoma Humano,
de la UNESCO, que pretenden completar la Declaración
Universal de Derechos Humanos. Y, como se ha repetido
anteriormente, contamos con el Convenio para la Protección
de los Derechos Humanos y la Dignidad del Ser Humano con respecto
a las aplicaciones de la Biología y la Medicina, elaborado
por el Consejo de Europa como
organismo específicamente encargado de su
protección y promoción de los Derechos Humanos en el
ámbito europeo, pero abierto a la firma de cuantos
países lo deseen.

Esta relación, no exhaustiva, permite entrever
que, aunque exista abundante regulación, aún queda
mucho por hacer. Como, por ejemplo, en numerosos países,
dictar leyes que regulen las bases de datos
genéticos actualmente existentes para garantizar el
adecuado uso de las mismas. Para calcular lo ingente de la tarea,
basta pensar en que la mera información obtenida del
Proyecto
Genoma puede afectar a derechos como la intimidad, la no-discriminación, la autonomía, el
pluralismo, la dignidad de la persona o la libertad de
investigación. Sirva de muestra la huella genética
cuya obtención puede interesar a efectos de mera
identificación, así como en procesos civiles y
penales, pero que aporta datos sensibles que pueden afectar a la
salud y ser usados por terceros en la contratación
laboral o en
los seguros. Es
necesario tener presente que el conocimiento de los individuos
que la información genética hoy disponible
proporciona, puede ser utilizado en los más diversos
ámbitos y con los más diversos fines. Nadie duda
que identificar con certeza a los individuos es útil para
el Estado,
pero también puede serlo para los ciudadanos. Así
sucede con la identificación en procedimientos civiles y
penales (las pruebas de
paternidad o los análisis de muestras halladas en el lugar
de un crimen, por ejemplo) que, de hecho, implica una
garantía para la población, aunque también
genera miedo a un mundo orwelliano en el que nos hayamos
convertido en seres totalmente "transparentes", desprovistos de
intimidad y privacidad. Igualmente preocupa a los ciudadanos la
utilización de esos datos por compañías
aseguradoras, en los procesos de contratación o en la
concesión de hipotecas. Por otra parte, mas allá de
la mera identificación en el terreno de la salud, los
avances en el estudio de las patologías genéticas
permiten saber sus causas moleculares y proporcionan nuevas
posibilidades de diagnóstico, que repercutirán
tanto en la prevención de la enfermedad como en los
tratamientos que puedan ofrecerse. Aun en mayor medida sucede
así con la ingeniería
genética, la clonación, la terapia génica o la
medicina preventiva que han llegado a poner en cuestión
los tradicionales objetivos de
la medicina. Conocer la dotación genética
individual permitirá diseñar nuevas terapias
personalizadas que se ajustarán a cada caso, disminuyendo
los efectos nocivos y potenciando la eficacia de los
nuevos tratamientos, cuyas posibilidades irán aumentando a
medida que se conozcan nuevas funciones de los
genes y su relación con las enfermedades. Todo esto tiene
incontestables ventajas para la salud
pública, pero puede llevar aparejado inconvenientes
para los individuos y ser el origen de nuevas formas de discriminación.

Consecuentemente, el Derecho debe estar atento a los
cambios científicos tratando de controlar los riesgos
potenciales de los mismos, sin ser un obstáculo a la
innovación, sino actuando como elemento de
racionalización y de garantía. Sin perder de vista
la necesidad de que sus normas estén dotadas de la
temporalidad limitada que requiere una materia en
continua evolución y basadas en el consenso que,
idealmente, debe seguir al debate social informado que tanto se
preconiza.

Reflexionar sobre ellas:

No conviene olvidar el papel que la reflexión
moral y el debate social desempeñan en este campo. Ya se
ha señalado que las tecnologías genéticas
resultan ambivalentes, pues su uso es susceptible de generar
grandes beneficios para la humanidad, pero también riesgos
derivables de un mal uso cuyas consecuencias son imprevisibles y
que pueden afectar no sólo a quienes las emplean sino al
resto de la humanidad, e incluso a las generaciones futuras.
Inconvenientes y ventajas que conducen a que las
biotecnologías se perciban como una espada de doble filo y
a que los ciudadanos tengan grandes miedos y grandes esperanzas
sobre sus posibilidades. Estas ambivalencias se reflejan en el
debate bioético y resultan patentes en los medios de
comunicación y en la opinión
pública. Es habitual preconizar un principio general
de precaución con el cual no cabe sino estar de acuerdo,
siempre que no nos haga adoptar la postura de "prohibir por si
acaso", a veces subyacente a visiones del futuro que resultan un
tanto apocalípticas. Así, se suele insistir en la
necesidad de establecer una regulación que prevenga y
frene los posibles abusos. Pero, como se ha indicado más
arriba, normativa ya existe tanto en el ámbito nacional
como internacional; lo que ocurre es que la mera existencia de
normas es insuficiente. Regular desde arriba no basta; es
necesaria una información rigurosa y un debate previo
sobre las implicaciones de la biotecnología que permita llegar a
establecer acuerdos, aunque sean parciales y
revisables.

En este sentido, es constatable que cada vez que se
descubren nuevas aplicaciones de las tecnologías
genéticas, sobre todo si afectan al origen de la
vida, se alzan voces que reclaman pararlo todo,
"desinventarlo" si fuere posible. Aseguran que estamos
suplantando a la divinidad y que nuestras pretensiones y nuestro
orgullo serán castigados. La cosa no es de ahora, ni mucho
menos. La corriente que desconfía del conocimiento y de
las novedades ha existido siempre: desde Adán y Eva en el
Paraíso ("si coméis del árbol de la ciencia
seréis como dioses") a Ícaro, o Perseo, o
Fausto… Pese a ello, el ser humano siempre ha querido
saber para controlar los procesos de la naturaleza, que se
consideraban inamovibles mientras no se conocía
cómo se desarrollaban. No obstante, ya hace tiempo que
sabemos que si sembramos en determinadas condiciones obtenemos
mejores cosechas que si dejamos que el trigo salga solo. Hace
tiempo que intentamos controlar las condiciones naturales:
ponemos calefacción en invierno y aire
acondicionado en verano, preferimos viajar en coche o en
avión a hacerlo andando, o en burro. Hablar por teléfono, usar Internet, o grabarnos en
video, permite
estar en varios sitios a la vez -incluso después de
muertos podemos hacernos presentes y dejar mensajes-, lo que
proporciona posibilidades de intervención y control antes
sólo reservadas a la divina ubicuidad.

Pero la primera vez asusta, nos preocupa salir de lo que
siempre se ha hecho, de lo que siempre ha sido así. La
falacia naturalista (es así, luego debe ser
así y seguir siendo así) es grata a la naturaleza
humana que considera la costumbre como necesidad. A los
niños
para tranquilizarlos les contamos siempre los mismos cuentos, de la
misma manera, con las mismas palabras. Repetir sosiega: es un
recurso literario y un uso habitual de las religiones (de los mantras
al rosario) Sin embargo, ¿qué nos hace adultos si
no es tomar las propias decisiones y dirigir nuestra propia vida?
Las nuevas tecnologías genéticas nos permiten
intervenir en procesos que antes estaban fuera de nuestro alcance
-en manos del azar- y que por ello considerábamos como
naturales. Ahora podemos canalizarlos. Y esto genera responsabilidad por la orientación que
demos a las transformaciones: ¿alimentos para
todos? ¿diagnósticos y medicina preventiva?
¿fármacos a la carta
generalizados? O, por el contrario, ¿ejércitos de
humanoides esclavizados? ¿selección
exhaustiva y discriminatoria para acceder a los puestos de
trabajo o a un
seguro?
¿datos genéticos, personales y sensibles, de libre
acceso? ¿ciudadanos transparentes? La decisión no
corresponde a las tecnologías genéticas.
Dependiendo del nivel al que estemos considerando las cosas: se
tratará de una decisión política y social, o
de una decisión ética.

Los seres humanos somos "por naturaleza" culturales -es
decir, adaptadores del medio- y está en nuestras manos
elegir y actuar moralmente. Cómo ejercer la libertad es
algo que se debe decidir responsablemente y esa decisión
se debe construir socialmente. Pero hablar de deber es hablar de
normas. De restricciones que nos imponemos a nosotros mismos y
cuya procedencia hay que justificar; porque la libertad es el
principio y el punto de partida, aunque pueda ser limitada si
existen razones para ello. Podemos escoger qué dirección queremos darle a nuestra vida,
esa será una decisión moral -autónoma-; y
también podemos establecer qué dirección
queremos darle a nuestra sociedad, pero ésta tendrá
que ser una decisión colectiva – política y
jurídica- si queremos que sea vinculante.

Conclusión

Constituye, pues, un buen recurso la utilización
de las normas jurídicas: como remedio y como punto de
partida. Por ello es útil unir las nociones de
Bioética y Derecho. No para juridificar la Bioética
en el sentido legalista de la expresión, sino para
entender los valores constitucionales y los "principios generales
de las naciones civilizadas" como acuerdo mínimo: a la
luz de la
Declaración de Derechos del Hombre y de las demás
declaraciones internacionales y convenios que forman parte de
nuestro acervo común.

En las últimas décadas, la biología
y la medicina han avanzado más que cualquier otra ciencia
en el resto de la historia. Sus
descubrimientos producen mayor conmoción a la humanidad y
suscitan mayores interrogantes que el hallazgo del fuego en su
momento. Corresponde precisamente a las actuales generaciones el
establecer por adelantado un código común basado en
un consenso que vaya más allá de escuelas y
creencias. La reflexión del conjunto de la sociedad debe
permitir acortar al mínimo el tiempo de asimilación
y aceptación de los cambios y del control de sus
consecuencias, teniendo en cuenta que más vale prevenir
que corregir, lo cual en este terreno puede llegar a ser del todo
imposible. Ésta es una tarea colectiva que debe basarse en
el respeto al otro (autonomía), entendido como un respeto
solidario (justicia).

Los Derechos Humanos constituyen a la vez las bases
jurídicas y el mínimo ético irrenunciable
sobre los que se asientan las sociedades democráticas.
Esta afirmación es central para establecer las pautas de
conductas asumibles por todos, independientemente de la
fundamentación de que se parta. Las nuevas circunstancias
-que derivan de la repercusión de los nuevos
descubrimientos en las viejas concepciones de la vida, de
la muerte y de
lo que significa el ser humano-, acarrean cambios en el
pensamiento ético y tienen enormes implicaciones en el
ámbito de la política y en el del
Derecho.

La coexistencia de valores y principios en que se basa
toda sociedad democrática tiene que ser asumida
también en Bioética: por eso la propuesta de una
"Bioética flexible" parece ser una buena manera de
concebir esta nueva disciplina para el siglo XXI que se sustenta
en los principios constitucionales y los Derechos Humanos, que la
enmarcan y la dotan de contenido. Se trata de contar con marcos
para el acuerdo, no con soluciones dogmáticas ni consensos
generales vacíos de contenido real, asumibles por todos,
pero que nada resuelven. Y estamos obligados a elegir sin la
garantía a priori de que optamos por el mejor modelo de
todos los posibles. No contar con certidumbres previas deja al
ser humano más solo e inseguro, pero hay que estar
dispuestos a resolver sin muletas y a asumir las
consecuencias.

El buen funcionamiento del sistema
democrático exige que los temas fundamentales del debate
no sean decididos por grupos de
expertos sino que todo el conjunto de la sociedad se enfrente con
decisiones que antes estaban reservadas sólo a grupos
minoritarios, al "destino" o a la divinidad. Lo quiera o no, la
sociedad civil
está involucrada en las decisiones y debe evitar caer en
una nueva tecnocracia de expertos que, encerrados en las reglas
de su tribu, dictamina sobre lo correcto y proporciona soluciones
mágicas. La reflexión y la posterior
normativización sobre las biotecnologías y sobre
las aplicaciones biomédicas constituyen un ejercicio de
democracia que
debe apoyarse en el respeto a los Derechos Humanos reconocidos
internacionalmente. Acogerse a estos criterios representa una
guía fiable; el respeto y promoción de los Derechos
Humanos son la mejor pauta a la hora de juzgar la bondad y maldad
de las biotecnologías y las prácticas
biomédicas. Ellos representan el consenso logrado en torno
a cuáles son las exigencias de la dignidad
humana.

La Bioética necesita de la reflexión
ética previa y del debate ciudadano, pero después
requiere decisiones político-jurídicas.

Bibliografía

Casado M. Bioética, Derecho y Sociedad.
Madrid:
Editorial Trotta; 1998.

El Alzheimer:
Problemas Éticos y Jurídicos
. Valencia:
Editorial Tirant lo Blanch; 2002.

— (comp.) Estudios de Bioética y
Derecho
. Valencia: Editorial Tirant lo Blanch;
2000.

— (ed.) Materiales de Bioética y
Derecho
. Barcelona: Editorial Cedecs; 1996.

Casado M, González Duarte R, (eds.) Los retos
de la genética en el S. XXI: genética y
bioética.
Barcelona: Ediciones UB; 1999.

María Casado González
Profesora Titular de Filosofía del Derecho, Moral y
Política. Directora del Centro de Investigación
"Observatorio de Bioética y Derecho". Directora del Master
de Bioética y Derecho, Universidad de
Barcelona, España.

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