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- I. El entrelazamiento
entre Bioética, Medicina y Derecho
II. La Bioética y la necesidad de nuevas formas de
juridicidad
III. ¿Cómo articular Bioética y
Derecho?
IV. Control de Constitucionalidad en el sistema
jurídico institucional argentino
V. Reflexión Final
Notas
Referencias
Resumen: El trabajo
analiza, en la primera parte, los fuertes y estrechos
vínculos existentes entre Bioética y
Derecho desde los albores mismos del nacimiento de esta nueva
transdisciplina, y el creciente entrelazamiento que se produce en
las sociedades
actuales entre Bioética, Medicina y
Derecho. Relaciona este fenómeno tanto con la
"medicalización de la vida", como con la
"juridificación de la sociedad". En
este contexto, se reconoce a la salud como un valor
fundamental, reconocido y protegido por el Derecho, entendida la
salud bioética y jurídicamente, y como necesario
correlato del mismo derecho a la vida. Sentada esta premisa, el
autor pasa revista al
fenómeno de la progresiva "juridificación" de la
Bioética, sin dejar de observar la ambivalencia de ese
proceso, con
sus luces y sus sombras. Propone articular Bioética y
Derecho recurriendo a la filosofía de los derechos humanos
como "puente" de comunicación entre ambos, y hace
mención a la fructífera labor de la jurisprudencia
argentina desarrollada en esa línea.
Palabras clave: Bioética y Derecho,
transfusión de sangre,
anencefalia, píldora del día después,
trasplante de órganos
Abstract: This work analyzes, in the first part,
the close and strong existing bonds between Bioethics and Law
from the same dawn of birth of this new interdisciplinary liason,
and the growing interweaving that takes place in the scientific
community between Bioethics, Medicine and Law. This phenomenon is
related both to the "medicalization of life", and to the
"juridification of the society". In this context, health is
ethically and legally understood as a fundamental value,
recognized and protected by the law, and necessarily grants the
same to the right to life. Assuming this premise, the author
reviews the phenomenon of the progressive "juridification" of
Bioethics, without disregarding to observe the ambivalence of
that process, with its lights and shadows. He proposes to
articulate Bioethics and Law resorting to philosophy of the human
rights as the "bridge of communication" between both, and
mentions the fruitful work of Argentine jurisprudence developed
in this line.
Key words: Bioethics and law, blood transfussion,
anencephalic, day after pill, organ transplantation
Resumo: O trabalho apresenta em sua primeira
parte, os vínculos fortes e estreitos existentes entre
Bioética e Direito desde o nascimento desta nova
transdisciplina . Outrossim, mostra o crescente
entrelaçamento observado nas sociedades atuais entre a
Bioética, Medicina e Direito. Relaciona este
fenômeno tanto com a " medicalização da vida"
quanto com a " jurisdificação da sociedade". Nesse
contexto, a saúde deve ser reconhecida como valor
fundamental protegido pelo direito, considerandoa no prisma
bioético e jurídico como expressão do
direito a vida. Estabelecida essa premissa, o autor analisa o
fenômeno da progressiva " jurisdificação" da
bioética, sem deixar de salientar a ambivalência
desse processo com suas luzes e sombras. Propõe articular
Bioética e Direito recorrendo à filosofia dos
direitos humanos como "parte" da comunicação entre
ambas e apresenta o produtivo trabalho que a jurisprudência
argentina desenvolve neste aspecto.
Palavra chave: Bioética e direito,
transfusão de sangue, anencefalia, pílula do dia
seguinte, trasplante de órgãos
"Los seres humanos son respetables porque son seres
humanos, no porque tengan los mismos valores o
compartan las mismas creencias"
Diego Gracia Guillén(1)
"…la Bioética puede transformarse en una
auténtica herramienta para la convivencia significativa
entre personas, ideologías, grupos y
culturas."
Fernando Lolas Stepke(2)
I. El entrelazamiento entre
Bioética, Medicina y Derecho
Desde sus propios comienzos, la Bioética se ha
caracterizado por sus fuertes y estrechos vínculos con el
Derecho. Las conexiones entre ambos afectan a las bases mismas de
la vida social. El estudio de las interconexiones entre
Bioética y Derecho revela que el marco jurídico
lejos de presentarse como algo meramente externo a nuestra
condición de sujetos de derecho, conforma a la realidad
social misma. De allí que donde el Derecho "conforma" a la
sociedad, nos "conforma" al mismo tiempo como
miembros de esa sociedad, ya no como seres de la vida cotidiana
sino "juridificados"(3).
No resulta aquí ocioso recordar que en la moderna
doctrina del "consentimiento informado" convergen claramente, por
un lado, un largo proceso de desarrollo
iniciado en el campo del Derecho y, por el otro, los aportes
provenientes desde la reflexión bioética, ahora con
un claro anclaje en el respeto y
dignidad
personal,
concebido entonces el "consentimiento informado", en el sentido
de "regla", como expresión del principio bioético
de "autonomía" o de "respeto por las personas" en la
terminología del "Belmont Report"(4).
Durante el período de la génesis de la
Bioética fueron teólogos, filósofos y estudiosos del campo de la
medicina y del Derecho quienes, desde sus propios y
específicos ámbitos disciplinarios, se ocuparon de
los problemas
éticos originados a causa del desarrollo de las ciencias
biomédicas inicialmente, a las que pronto se
sumarían los interrogantes suscitados en el área de
la genética
molecular y los referidos a los crecientes problemas medio
ambientales. De esta manera, contribuyeron al surgimiento y
ulterior expansión de la Bioética, -entre otros
factores o acontecimientos-, la revolución
biológica, la catástrofe ecológica y la
medicalización de la vida, como fenómeno
sociocultural que se caracteriza por la integración de un "bios
tecnológico" y un "ethos secular", la tecnificación
de la vida y la liberalización de la
moral(5).
Sabemos que las sociedades actuales -en cuyo seno la
tecnociencia
ha introducido una profunda y vertiginosa
transformación(6)– se caracterizan asimismo por
la ya citada "medicalización de la vida", fenómeno
asociado a una creciente y compleja "juridización de la
sociedad"(7), y al creciente entrelazamiento entre
Ética, Medicina y Derecho(8, 9).
En este contexto, la salud como valor fundamental,
reconocido y protegido por el Derecho, entendida social,
bioética y jurídicamente, pasa a ser un correlato
necesario del mismo derecho a la vida(3).
En nuestras sociedades actuales, pluralistas y
democráticas, la velocidad de
los progresos biomédicos, las repercusiones sociales que
plantea la atención de la salud, como son la
accesibilidad, la justicia y la
solidaridad,
presentan apasionantes desafíos éticos. Sobre todo
porque involucran el concepto mismo de
ser humano que tenemos para nosotros mismos y para los
demás, nuestro concepto de vida y de muerte, y
nuestro criterio y prudencia para que los avances
tecnológicos estén orientados al mejoramiento
de la calidad de
vida y de muerte, priorizando por sobre todo la idea y el
valor de la dignidad humana -como individuo y
como especie-, no sólo de las generaciones presentes sino
también de las futuras, aunado al cuidado y
protección del medio ambiente
en un momento histórico en el cual los avances
científico-tecnológicos ofrecen posibilidades
inéditas, desconocidas en períodos
históricos anteriores. Es en este nuevo contexto que se ha
generado y desarrollado una nueva sensibilidad histórica,
una creciente preocupación ética por
la calidad de vida,
en una inescindible relación con la idea de dignidad
humana(10, 11).
A pesar de existir hoy día una general
coincidencia en reconocer el fuerte entrelazamiento entre
Ética, Medicina y Derecho -en estrecho contacto con las
ciencias empíricas(12)-, varían los
enfoques al momento de determinar cómo, y de qué
manera, se articulan en situaciones concretas las diversas
disciplinas involucradas en las complejas cuestiones
bioéticas de nuestros días.
En ese contexto de "entrelazamiento", particularmente en
los Estados Unidos de
Norteamérica y, en menor medida, en la Bioética
europea, se ha acentuado progresivamente el polo jurídico,
no sólo en el ámbito de la discusión
pública sino también en los espacios
académicos. Una exteriorización de dicha tendencia
la podríamos encontrar en la localización que en
las grandes librerías del mundo occidental se asigna a los
textos bioéticos los cuales, es ahora frecuente encontrar
juntamente con las publicaciones de Derecho, cuando hasta hace no
muchos años tales títulos solían hallarse en
las secciones destinadas a la filosofía, a la medicina y a
la ética médica(13). Se trata de un
fenómeno que guarda relación coherente con la
"juridificación de la sociedad" y con una creciente
incorporación de los esquemas del pensamiento
jurídico al planteo y solución de los problemas
bioéticos.
La Bioética, que en sus primeras fases de
desarrollo se forjó enfatizando los derechos individuales y el
principio de autonomía, al extenderse e incorporarse a
otros contextos culturales se vio favorecida por diálogos
fructíferos, que mostraron una Bioética con una
perspectiva más amplia, en la cual nuevas influencias
sociales y culturales pasaron a formar parte del razonamiento
ético(14).
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