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El consentimiento informado de la Fundación Clínica Valle del Lili (página 2)



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5. Recomendamos que los pacientes o sus apoderados
firmen los documentos de
consentimiento informado en presencia de un testigo y que el
testigo firme también el documento. Siempre se debe
incluir el número del documento de identificación
de todos los firmantes.

6. En los casos en que exista duda acerca de la
capacidad o competencia de un
enfermo, o en los casos en que sea episódicamente incapaz
o incompetente, se hará todo el esfuerzo posible para
respetar su capacidad de tomar decisiones. En la historia clínica se
deben documentar las razones por las cuales se le considera
incapaz. En los casos que exista duda acerca de la competencia
del paciente, se sugiere que un psiquiatra evalúe la
capacidad del paciente para consentir un procedimiento
médico.

7. El Comité reconoce que hay dificultades
asociadas con adolescentes.
Aunque desde el punto de vista legal son incompetentes para
consentir los procedimientos
médicos, a menudo poseen las habilidades cognoscitivas de
adultos competentes. Muchos jueces favorecen el que los
adolescentes, siempre que sea posible, participen en las
decisiones médicas. La institución favorece el
principio de que los médicos aseguren la aprobación
de los adolescentes para el tratamiento, así como el
consentimiento de sus padres (en lo posible de ambos padres) o
apoderados. En caso que los padres rechacen la conducta que
ordena el médico, a pesar del deseo del menor de aceptar
el tratamiento por considerarlo beneficioso para su salud, el médico
puede acudir a un juez para que éste dé el
consentimiento en nombre del menor. En caso de emergencia
prevalece el derecho a la vida.

8. Las partes que componen la toma de un Consentimiento
informado válido son:

  • Información completa: la suficiente para
    permitir a personas razonables realizar selecciones prudentes
    en su propio beneficio.
  • Ausencia de coerción.
  • Capacidad del paciente para tomar
    decisiones.

9. La información completa de un consentimiento
informado válido debe incluir, en términos
sencillos y comprensibles, lo siguiente:

A. Una descripción clara del tratamiento con
énfasis en su objetivo.

B. Una descripción de los beneficios importantes
que razonablemente se puedan esperar del tratamiento
propuesto.

C. Una descripción de los riesgos
más significativos asociados con el procedimiento
(daño o
riesgo
significativo es aquel que toda persona razonable
desearía conocer).

D. Una recomendación del médico que
asegure que los beneficios justifican los riesgos.

E. Una descripción de las alternativas al
tratamiento propuesto, incluyendo el no tratar.

F. El documento debe animar al paciente a preguntar toda
inquietud que pueda tener acerca del procedimiento.
También le debe informar que puede abandonar el
tratamiento, por decisión racional y
autónoma.

G. El documento debe declarar que si el paciente rechaza
el tratamiento que se le recomienda, o lo suspende una vez
iniciado, puede continuar recibiendo atención médica en la
institución.

AGRADECIMIENTOS

Los autores expresan agradecimiento a los otros miembros
del Comité de Ética Médica de la
Fundación Valle del Lili quienes contribuyeron con sus
ideas y comentarios a realizar este documento y aprobaron su
redacción final.

SUMMARY

The written informed consent documents a patient's or
its legal guardian's authorization to perform a medical or
surgical procedure. An appropriate medical patient relationship
is necessary to communicate the information with empathy, in
order to obtain a comprehensive, competent and voluntary
authorization. In this document we present the model used by
Fundación Clínica Valle del Lili to obtain informed
consent. To be valid it is necessary that a member of the medical
team explains and describe the procedure and that the patient or
his/her guardian signs it.

REFERENCIAS

1. Simón L, Concheiro L. El consentimiento
informado: teoría
y práctica (I). Med Clin (Barc) 1993; 100:
659-63.

2. Simón L, Concheiro L. El consentimiento
informado: teoría y práctica (II). Med Clin (Barc)
1993; 101: 174-82.

3. Sánchez F. Temas de ética
médica. Santafé de Bogotá; Giro
Editores, 1998. Pp. 58-65.

4. Vélez LA. Ética médica.
Medellín; Corporación para las Investigaciones
Biológicas, 1987. Pp. 135-45.

5. Jonsen AR, Siegler M, Winslade WJ. Clinical ethics.
3rd ed. New York; McGraw Hill, 1992. Pp. 37-84.

6. Beauchamp TL, Childress JF. Principles of biomedical
ethics. 4th ed. Oxford; Oxford University Press, Inc. 1994. Pp.
120-88.

7. Minogue B. Bioethics. A committee aproach. Sudbury;
Jones & Bartlett Publishers, 1996.

Hernán G. Rincón,
M.D.2, Juan C. Salazar, M.D.,
M.P.H.3, Adolfo Congote,
M.D.4

1. Comité de Etica Médica,
Fundación Clínica Valle del Lili, Cali.
2. Psiquiatra de Enlace, Jefe División de Educación e Investigación, Fundación
Clínica Valle del Lili. Profesor Ad
Honorem, Departamento de Psiquiatría, Escuela de
Medicina,
Facultad de Salud, Universidad del
Valle, Cali.
3. Pediatra Infectólogo, Jefe Oficina de
Aseguramiento de la Calidad,
Fundación Clínica Valle del Lili, Cali.
4. Gineco-Obstetra, Unidad Materno Infantil, Fundación
Clínica Valle del Lili, Cali.

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