Fundamentos
Los medios
tecnológicos utilizados para el estudio científico
se actualizan constantemente. A medida que los resultados de
tales estudios producen utilidades, las compañías
dedicadas a la actividad científica invierten mayor
porcentaje de sus recursos en
tecnología
moderna para poder
investigar zonas que en la actualidad no pueden ser estudiadas
por el hombre.
La zona por excelencia aún no humanizada en
términos geográficos es la denominada por la
Convención del Mar de Montego Bay (1982) como "LA ZONA", y
esto es así por la carencia de recursos tanto
tecnológicos, cómo humanos para poder acceder y
permanecer en ella realizando las investigaciones
citadas.
Esta región submarina se caracterizaba por su
riqueza mineral, pero con el avance de la ciencia y
sobre todo de la biotecnología adquieren relevancia los
seres vivos situados en ella. Tales organismos poseen
características genéticas únicas, claro
ejemplo de esto es su capacidad para resistir temperaturas
inauditas para el resto de los seres vivos o la presión
que son capaces de soportar viviendo en tal profundidad o la
habilidad de los vegetales de tal región submarina de
sobrevivir sin la necesidad de realizar fotosíntesis, característica
genérica del reino vegetal.
Teniendo en cuenta estas características y su
potencial manipulación genética
por el hombre es
evidente que estamos frente a una estupenda posibilidad de
aplicación científica y biotecnológica, pero
sobre todo a el desarrollo de
un gran mercado novedoso
capaz de generar utilidades incalculables.
Entendiendo lo explicado se plantean las siguientes
problemáticas a resolver:
º El acceso a estos recursos para poder realizar
las investigaciones
º La protección y preservación de los
mismos
º La fiscalización de las
investigaciones
º La equitativa distribución del resultado de las
investigaciones practicadas
En primer lugar considero que para poder resolver estas
cuestiones es imprescindible la creación de un organismo
que autorice y fiscalice las investigaciones que se realicen en
las regiones marinas y submarinas.
En segundo lugar estas cuestiones deben ser resueltas
por el derecho y considerando que en estas actividades participan
todos los Estados la mejor forma de regularlas es la
celebración de un Tratado Internacional ratificado por
todos los Estados.
Existen dos posibilidades, la primera sería la
celebración de un nuevo tratado que sea especifico sobre
la materia en
cuestión y la segunda es que los Estados celebren un
protocolo que se
anexe a una Convención ya existente. Dentro de esta
segunda hipótesis las opciones serian un anexo a el
Convenio sobre Diversidad Biológica de Río de
Janeiro (1992) que sea específico en la actividad marina o
un anexo a la Convención del Mar de Montego Bay (1982) que
sea específico sobre la actividad científica
relacionada con la biodiversidad.
Creo oportuno esta última posición, y el fundamento
es mas bien estratégico considerando que la
Convención del Mar es uno de los Tratados con
mayor aceptación mundial por parte de los Estados, y esto
facilitaría la ratificación del protocolo
propuesto.
Una vez resuelta la adopción
de la forma en que se va a instrumentar la convención en
cuestión, cabe hacer hincapié en los objetivos que
sí o sí deben ser mencionados por el
preámbulo de la misma. Estos son los citados por el art.
1° del Convenio sobre Diversidad Biológica:
"…Conservación de la Diversidad Biológica,
utilización sostenible de sus componentes y la
participación justa y equitativa en los beneficios que se
deriven de la utilización de los recursos
genéticos…", y además estipular que tales
objetivos serán alcanzados mediante "…el acceso adecuado
a esos recursos y una transferencia apropiada de la
tecnologías pertinentes teniendo en cuenta todos los
derechos sobre
esos recursos y a esas tecnologías así como
mediante una financiación apropiada…".
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