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El aborto como política de estado




Enviado por Carla Santaella



  1. Glosario de términos
  2. Introducción
  3. Planteamiento: el aborto, un problema
    social
  4. Situaciones
  5. Escenarios
  6. Interrogantes éticas
  7. Actor:
    valores en juego
  8. Normas
    subjetivas
  9. Caso
    particular
  10. Conclusión
  11. Propuesta de mejora
  12. Referencias
    bibliográficas
  13. Anexo: el aborto como política de
    estado

Glosario de
términos

Aborto: Se entiende por aborto toda
expulsión del feto, natural o provocada, en el
período no viable de su vida intrauterino, es decir,
cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir. Si esa
expulsión del feto se realiza en período viable
pero antes del término del embarazo, se denomina parto
prematuro, tanto si el feto sobrevive como si muere. En el
lenguaje corriente, aborto es la muerte del feto por su
expulsión, natural o provocada, en cualquier momento de su
vida intrauterino.

Aborto espontáneo: Aborto
espontáneo es el que ocurre cuando el cuerpo de la mujer
expulsa el producto sin una causa aparente. Este no es provocado
de manera voluntaria.

Aborto provocado o inducido: El aborto puede ser
espontáneo o provocado. El espontáneo se produce o
bien porque surge la muerte de forma intrauterina, o bien porque
causas diversas motivan la expulsión del nuevo ser al
exterior, donde fallece dada su falta de capacidad para vivir
fuera del vientre de su madre. Si el aborto es provocado, se
realiza o bien matando al hijo en el seno materno o bien forzando
artificialmente su expulsión para que muera en el
exterior. En ocasiones se actúa sobre embarazos de hijos
viables, matándolos en el interior de la madre o
procurando su muerte después de nacer vivos. Esto no es,
médicamente hablando, un aborto, y de hecho muchas
legislaciones que se consideran permisivas en la tolerancia del
aborto lo prohíben expresamente, porque lo incluyen en la
figura del infanticidio.

Aborto terapéutico: Se denomina así
al aborto motivado por una situación en la que corre
peligro la vida de la madre debido al embarazo y para salvarla el
médico decide realizar el procedimiento. Si el embarazo
continuara ocurriría que la vida de la madre y la del feto
sería insostenible una vez este último llegara a
ser viable. En el presente, muchas de las situaciones que
ponían en riesgo la vida de la madre son
médicamente controlables y el aborto como consecuencia de
una decisión médica pareciera perder
validez.

Aborto indirecto: Ocurre en una situación
en la que la vida de la madre peligra, y el médico sigue
un curso de acción cuyo fin es salvar ambas vidas pero en
el transcurso de éste fallece el feto, sin que haya
mediado la voluntad del médico en cuanto a la
supervivencia de aquél

en forma directa sino que transcurre como consecuencia
de los intentos por salvarlos a ambos.

Embarazo ectópico: Aquel que tiene lugar
fuera del útero debido a una situación irregular de
éste. Son considerados de alto riesgo y una causal
común para considerar el aborto
terapéutico.

Anencefalia: defecto del tubo neural que ocurre
cuando el extremo encefálico del tubo neural no logra
cerrarse, generalmente entre el 23º y el 26º día
del embarazo, dando como resultado la ausencia de una parte
importante del cerebro, el cráneo y del cuero cabelludo.
Los niños con este trastorno nacen sin la parte anterior
del cerebro, la parte más grande del mismo que es
responsable del pensamiento y la coordinación. El tejido
cerebral restante a menudo se encuentra expuesto, es decir, no
está recubierto de hueso o piel.

Hernia diafragmática: es un defecto
congénito, una anomalía que aparece antes del
nacimiento cuando el feto se está formando en el
útero de la madre. Consiste en un orificio en el diafragma
(el músculo que separa la cavidad torácica de la
cavidad abdominal). En este tipo de defecto congénito,
algunos de los órganos que normalmente se encuentran en el
abdomen se desplazan hacia la cavidad torácica a
través de este orificio anormal.

Introducción

No es ortodoxo comenzar una monografía explicando
lo que no será, pero dado el enfoque tomado es pertinente
explicar lo que no es. El siguiente trabajo no se trata del
aborto en sí mismo. No pretende cuestionarlo, excusarlo o
meramente plantearlo como una tendencia estadística.
Tampoco se trata del derecho a nacer, o pretende convertirse en
un tratado sobre moral o religión. Lo que si se
planteará es, previa referencia a ambos, una
comparación de las políticas hacia el aborto
aplicadas por distintos países con una breve
explicación de sus motivaciones y resultados.

Durante el estudio realizado a continuación,
hemos podido constatar que el tema del aborto versus el derecho a
nacer descansa, en ambos extremos, en dogmas irreconciliables y
conceptos morales completamente paralelos y por ello, no
susceptibles de ser enfrentados. Así, en lugar de discutir
la viabilidad del aborto como decisión personal, hemos
decidido dirigir la investigación hacia el aborto como
política de Estado.

Planteamiento: El
aborto, un problema social

Actores

1. La mujer embarazada

2. Personal médico (de
salud)

3. Funcionarios encargados de organizar
políticas públicas

4. Familia

5. Comunidad (opinión
pública)

Situaciones

1. Una mujer, generalmente joven, que
pretende acudir al aborto por considerar que ser madre no encaja
en su proyecto a mediano plazo, dentro del contexto de una
sociedad permisiva pero con una legislación que
criminaliza su conducta.

2. Una mujer pretende abortar al conocer
una condición de salud en el feto que le impedirá
llevar una vida que ella considera normal, ya sea por retraso
mental u otras condiciones físicas de salud, deformidades
o malformaciones, dentro del contexto de una sociedad
católica con una legislación progresista que
permite el aborto en estas circunstancias.

3. Una mujer, cabeza de familia
monoparental, que tiene varios hijos y queda embarazada de nuevo.
Acude al aborto como forma de planificación familiar, en
una sociedad indiferente con una legislación que permite
el aborto.

Escenarios

1. Instalaciones clandestinas.

2. Hospitales públicos.

3. Viviendas.

Interrogantes
éticas

1. ¿Es justificable el empleo del
aborto como política gubernamental de control de
natalidad?

2. ¿Por qué no se dirigen
recursos a políticas alternativas y más eficientes
para frenar la natalidad, como la educación sexual y la
planificación familiar?

3. ¿Es coherente un Estado que
señala como religión oficial el catolicismo y al
mismo tiempo promueve el aborto?

4. ¿Es la esterilización
voluntaria, ofrecida de forma gratuita por el gobierno, un
mecanismo ético y socialmente viable?

Actor: valores en
juego

1. Mujer embarazada: la mujer embarazada se
encuentra, en la toma de decisiones acerca del aborto, con
valores que parecen ser incompatibles, por lo que la
decisión no se toma siendo consecuente con uno en
particular, sino tras una ponderación de los que
están en juego.

Existe la noción del derecho al control de la
mujer sobre su propio cuerpo, mejor conocido como derecho a
elegir. Es un derecho que existe, pero que no se refiere a la
expulsión prematura o eliminación de un ser vivo en
desarrollo, sino a la facultad de decidir procedimientos
médicos a ser ejecutados en su cuerpo, siempre que
éstos no resulten en la muerte de otro ser
vivo.

El derecho a la vida (del feto) es absoluto. No se trata
de un problema religioso, sino humano. El aborto constituye el
homicidio de un ser humano, formado íntegramente como tal
y en franco proceso de desarrollo.

Ahora bien, además de la colisión de los
dos valores anteriores, existe otra fruto del debate sobre la
calidad de vida. Si un feto padece una condición
física que limitará su salud en un grado
importante, o su "calidad de vida", surge en la madre el impulso
inmediato de prevenir un futuro doloroso para el que no ha nacido
y su familia. Los

grados de limitación física o mental son
completamente subjetivos, y en algunos casos existen padres que
prefieren el aborto a dejar que un embarazo llegue a
término natural con un bebé que sufra de
Síndrome de Down; también hay familias
profundamente religiosas que optan por evitar el aborto
aún cuando la deformación física hará
que la expectativa de vida del recién nacido sea muy corta
y dolorosa. En el caso de la deficiencia mental, es un problema
de infravaloración de la vida; en el caso de los defectos
físicos como la anancefalia, que minimizan la posibilidad
de sobrevivir incluso los primeros días después del
nacimiento, es más difícil sostener una
posición contra el aborto, sin embargo, la
discusión es la misma: ¿Realmente debemos
atribuirnos la facultad de decidir cuándo podemos disponer
de una vida?

2. Personal médico: Hablamos de personal
médico para incluir, además de los médicos,
a las enfermeras y demás especialistas de la salud. Toda
la ética de este gremio parte de un juramento sencillo e
inherente a su profesión: No dañar. Lo demás
es la aplicación condicionada de este valor en los casos
concretos. Un profesional de la salud que ejerza apegado a este
juramento difícilmente podrá justificar un aborto,
ya que este constituye la definición misma de daño,
tanto al ser vivo que descansa en el vientre materno como a la
madre misma.

3. Funcionarios encargados de organizar y ejecutar
políticas públicas:
La decisión de
proteger la vida no debería estar atada a su popularidad
en un grupo demográfico. Las políticas
públicas deben ir dirigidas a fortalecer el núcleo
familiar, educar generaciones de jóvenes en cuanto al sexo
y lo que éste conlleva, así como generar conciencia
en cuanto al valor de la vida.

En ocasiones, la decisión se balancea entre la
convivencia y el choque de estos conjuntos, incompatibles en
ocasiones, pero que finalmente genera en el Estado una
evaluación de prioridades sociales, económicas,
religiosas y culturales. Encontraremos que en China tiene mucho
más peso la planificación socio-económica
(en la que las familias con un solo hijo conforman un papel clave
en la consecución de objetivos a mediano y largo plazo)
que el derecho a la vida del feto. De hecho, aunque las
consecuencias sean las mismas, lo cierto es que en este caso
siquiera se valora el derecho a elegir acerca de su cuerpo por la
mujer. Mientras tanto, otros países sufren de las
consecuencias del crecimiento descontrolado de la
población, como la miseria, la violencia urbana, el crimen
y el desempleo, porque consideran que es más coherente con
sus principios prohibir el aborto, aunque cabe decir que cumplen
un trabajo nulo o mediocre en el mejor de los casos, al
implementar políticas alternativas como la mejora en la
educación sexual, campañas para difundir la
importancia de la familia, entre otras.

Valor técnico: Se refiere al que sirve de
soporte a la actuación política frente a la toma de
decisiones de los funcionarios encargados de definir y
desarrollar políticas públicas. Este sustento
está limitado a la consideración de un
procedimiento, una forma mecánica de considerar los
factores que intervienen en el tema del aborto; no analiza el
contenido humano tras la conducta sino ésta en sí
misma. Toma en cuenta los valores que parten de una
consideración funcional o estructural antes que de la
naturaleza humana. En este caso, la condena del aborto por ser
una conducta prohibida y no porque ésta atente contra una
vida humana; en este supuesto, el aborto está prohibido
con el fin de proteger a la madre de una situación
insalubre más que para proteger al feto.

Valor jurídico: Se refiere a los valores
que la ciencia jurídica toma en cuenta cuando verifica una
conducta como permitida o prohibida. El legislador crea normas
motivadas por valores que considera importantes, y en
función de éstos girara el aparato normativo. La
vida es valor que sustenta todo el derecho, pues éste
tiene como fin último protegerla y promoverla.
Detrás de una norma que verse sobre el aborto,
independientemente de su contenido, está la vida; ya sea
la de la madre (entiéndase que en esta expresión se
engloba su facultad de elegir lo que ocurre en su cuerpo) o la
del feto. Lo determinante es establecer en la norma cuál
de las dos vidas va a priorizar como valor con el fin de
protegerla.

Valor social: La consideración social del
aborto plantea unos valores interesantes y contrapuestos entre
sí. Frente a la preocupación social que debe
significar la relatividad del concepto de vida (considerar que el
feto no es humano o que no está vivo), están las
consecuencias sociales que tiene la masificación del
aborto con la excusa del control demográfico, que no
aplica al haber otras medidas igual de efectivas que no implican
un proceso que, además de traumático para la madre,
significa la destrucción de un ser humano vivo.

Valor individual: La continuidad de la vida que
venía llevando la mujer embarazada frente a esa nueva vida
que tiene delante si decide conservarlo. El médico que ha
jurado no dañar, y que tiene al frente la decisión
ética de acabar una vida y maltratar otra mediante un
procedimiento violento, doloroso y traumático para al
menos un ser humano. La explosión

demográfica a la que hace frente un funcionario,
con todo lo que ello implica (violencia, delincuencia,
desempleo), frente a la degradación moral de una sociedad
que le ha encargado velar por su bienestar
económico-social, pero de una manera no tan directa
también advocar por la salud mental e integridad moral del
colectivo.

Estas decisiones entre valores importantes son las que
enfrentan los actores, que deben ponderar aquellos y tomar
elecciones que son difíciles aunque no deberían
serlo.

El embrión es humano: Aunque hay tesis
científicas que niegan la condición humana del
embrión, como el evolucionismo de Haeckel, que afirma que
durante su desarrollo el embrión atraviesa etapas de
formas inferiores a él antes de definirse su
condición humana. La teoría de la evolución
niega rotundamente esta teoría, ya que hoy sabemos que no
hay "etapas" distintas a la humana, ya que el genoma determina de
manera precisa en que se convertirá. Hoy se afirma que el
embrión es humano desde el momento en el que se convierte
en una "unidad biológica autónoma, una unidad
biológica autónoma y diferente del conjunto de
células y tejidos que constituyen la madre" (Jesús
Ballesteros, 2004)

La consideración del embrión como humano
descarta la posibilidad del aborto, pues su ejecución se
configuraría como un delito de homicidio.

Plantear el aborto como solución al problema
demográfico podría equipararse a genocidio, pues se
configuraría como el homicidio sistemático de un
sector de la población (los no- nacidos).

1. Legal en Venezuela: El aborto procurado
está contemplado en el artículo 430 del
Código Penal. Tiene como sujeto activo a la mujer
embarazada que abortare de forma intencional "valiéndose
para ello de medios empleados por ella misma o por un tercero,
con su consentimiento" y por ello es calificado. Podemos
distinguir en este delito dos sujetos pasivos: el inmediato, que
es el embrión o feto, y el mediato, que es la sociedad.
Considera como atenuante que realice el delito "para salvar el
honor propio", según el artículo 434 del mismo
instrumento. Es un delito que admite consumación,
tentativa y frustración. Es un delito doloso y su pena es
de prisión de seis meses a dos años, teniendo como
penas accesorias la inhabilitación política y
sujeción a la vigilancia de la autoridad.

El aborto consentido está establecido en el
artículo 431 del Código Penal. Su sujeto activo es
indeterminado puesto que se refiere a un tercero que "provoca el
aborto a una mujer" con su consentimiento. Tiene pena de
prisión de doce a treinta meses cuando no hay atenuantes.
Es atenuante si lo han cometido para salvaguardar su propio honor
o el de su "esposa, madre, descendiente, hermana o de su hija
adoptiva", sin embargo queda la interrogante de si
continúa siendo considerado como tal por la
jurisprudencia, dado que fue derogado el artículo que
atenúa el infanticidio que ha sido cometido por las mismas
razones. Tiene dos agravantes en el segundo aparte de éste
mismo artículo, el primero "si por circunstancias del
aborto y de los medios empleados para efectuarlo, sobreviene la
muerte de la mujer", en cuyo caso tendría pena de presidio
de tres a cinco años; y el segundo "si la muerte
sobreviene por haberse valido de medios más peligrosos de
los consentidos por la mujer", en cuyo caso tendría pena
de presidio de cuatro a seis años. Admite
consumación, tentativa y frustración.

La figura del aborto sufrido también es
contemplada en el Código Penal, en su artículo 432.
El sujeto activo es indeterminado, pues va dirigido al "que haya
procurado el aborto de una mujer empleando sin su consentimiento
o contra la voluntad de ella, medios dirigidos a procurarlo". En
este caso, el sujeto pasivo es la mujer embarazada y el objeto
material el embrión o feto. No admite atenuantes,
tentativa ni frustración. Tiene tres agravantes: Que de
hecho el aborto tenga lugar, que por ello sobrevenga la muerte de
la mujer y que quien lo procura sea su marido. Establece penas de
entre quince meses y tres años, con presidio de seis a
doce si sobreviene la muerte de la mujer y un sexto más si
es su marido.

El aborto agravado, establecido en el artículo
433, se da cuando el culpable de alguno de los anteriores delitos
"ejerza el arte de curar u otra profesión en
interés de la salud pública y haya sobrevenido la
muerte". Contempla un eximente de responsabilidad penal cuando el
aborto ha sido realizado con fines terapéuticos, es decir,
para salvar la vida de la madre. Además, significa un
aumento en la pena de un sexto sobre las establecidas en los
artículos 430, 431 y 432. Contempla la suspensión
del arte u oficio de quien realiza el aborto además de las
penas accesorias correspondientes.

2. Moral en Venezuela: Siendo Venezuela un
país con preeminencia católica, podría
inferirse que su población no condona el aborto. Sin
embargo, a juzgar por las cifras que registran el número
de abortos al año, aún estando expresamente
prohibido en el ordenamiento jurídico, semejante
afirmación pierde valor. Pero esta inclinación al
aborto no es producto de una inteligente discusión
progresista bien argumentada, sino más bien de una pobre o
inexistente educación sexual que se traduce en una
planificación familiar inexistente. Si a todo lo anterior
se agrega una situación generalizada de crisis
económica, que impide sostener grandes grupos familiares
con pocos sueldos, se obtiene un caldo de cultivo fértil
donde se considera al aborto como una solución
"fácil". A pesar de todo lo anterior, la población
católica practicante mantiene una visión pecaminosa
del aborto, además de estar socialmente mal visto por ser
signo de descuido y de promiscuidad. Si bien lo anterior parece
una contradicción, es más bien una
explicación de lo que sucede en Venezuela; las mujeres
acuden a clínicas clandestinas con la finalidad de
abortar, pero dentro de un contexto de rechazo social.

Normas
subjetivas

La percepción individual del aborto por parte de
la mujer se traduce en sentimientos de vergüenza,
arrepentimiento y culpa. La mujer embarazada que, por el motivo
que sea, desea abortar, percibe su conducta como negativa desde
el punto de vista moral y apenas tiene en cuenta el hecho de que
está cometiendo un hecho ilícito.

El personal médico que facilita el aborto, por
otro lado, no tiene en cuenta el aspecto moral de la misma forma
que la mujer embarazada; de hecho, no le toma en cuenta en lo
absoluto. Ahora bien, lo que si tiene importancia para ellos es
la parte legal, debido a que procurar un aborto está
penado por la ley y una potencial temporada a la sombra
debería servir como efecto disuasorio, pero lo cierto es
que al ser una industria que mueve tanto dinero, muchos deciden
arriesgarse a quebrantar la ley.

El funcionario público entiende el aborto desde
el punto de vista estadístico y provisional, y toma
medidas en consecuencia. Al actuar en su carácter de
funcionario, y considerando que el Estado no percibe valores
directamente, su papel es meramente técnico e
instrumental.

Caso
particular

Una madre que se entera que su hijo viene con una
condición denominada hernia diafragmática, que es
una condición tan grave que existe una gran probabilidad
de que no sobrepase los dos meses de vida después de
nacer. Las implicaciones que tiene decidir si debe dejar que el
bebé nazca con su defecto congénito o terminar
prematuramente el embarazo, llevan a la madre a considerar
asistir a una clínica clandestina para informarse del
procedimiento. Dicha condición congénita, aunque
muy grave, es muchas veces tratada con éxito por los
médicos y existe una posibilidad de que, si deja que
nazca, un tratamiento podría revertir gran parte de las
consecuencias de esta malformación. Eventualmente decide
abortar con el argumento de que desea evitar sufrimiento a su
bebé una vez nazca.

Conclusión

En Venezuela, el Estado no emplea el aborto como un
mecanismo de control sobre la tasa de natalidad. Tampoco lo
facilita ni condona, sino que lo pena. Se puede afirmar que el
Estado Venezolano considera que al proteger a los niños no
nacidos, está protegiendo la familia; considerando la
herencia cultural y religiosa sobre el tema, es lógico que
las políticas que implementa el Estado vayan dirigidas a
limitar el aborto a los casos de extrema necesidad (para salvar
la vida de la mujer). Como hemos planteado anteriormente, esta
postura está disociada de los adelantos médicos
actuales, en virtud de los cuales ya no se justifica el aborto
puesto que las nuevas técnicas permiten salvar la vida de
la madre sin prescindir de la vida que llevan en su
vientre.

Dada la observación realizada al comienzo, acerca
de la relación entre las tendencias políticas de un
Gobierno y su política de Estado frente al aborto, es
cuestión de tiempo para que el mandato actual pretenda
realizar cambios en función de legalizar el
aborto.

El aborto conlleva un costo que va más
allá de la economía. Es traumático, y
significa un riesgo enorme para las madres de perder la
posibilidad de engendrar de nuevo. Las mujeres deberían ir
armadas, al menos, con información antes de tomar un
decisión de la que se podrán arrepentir el resto de
su vida.

Propuesta de
mejora

Una verdadera política de Estado que
pretenda disminuir los nacimientos no deseados pasa por tres
medidas esenciales:

• Actualizar, mejorar y facilitar la
educación sexual en la población
adolescente

(incluyendo una explicación
meticulosa de las consecuencias de un aborto)

• Emprender campañas de
esterilización masculinas como las realizadas en Corea del
Sur, pero no de forma indiscriminada sino en el contexto del
primer aspecto, procurando que la población tome una
decisión informada.

• Crear un ambiente propicio en la sociedad para
promover la adopción, alternativa infinitamente más
beneficiosa a la del aborto.

En la medida que esto ocurra, el aborto se
tornará obsoleto y podrá controlarse de una forma
más eficiente la natalidad. Sin embargo, mientras esto no
ocurra, el Estado debería considerar una cuarta medida:
crear unidades de atención psicológica para futuras
madres adolescentes con el fin de ayudarlas a apreciar su
condición y asegurar su estabilidad mental, así
como explicarles las alternativas al aborto.

Referencias
bibliográficas

1)
http://www.healthsystem.virginia.edu/UVAHealth/peds_digest_sp/diaphrag.cfm

2) http://www.bioeticaweb.com/content/view/103/44/

3) "EL ABORTO" :100 CUESTIONES Y RESPUESTAS SOBRE LA
DEFENSA DE LA VIDA HUMANA Y LA ACTITUD DE LOS CATÓLICOS.
Conferencia Episcopal Española. Comité para la
Defensa de la Vida. Madrid, 25 de marzo de 1991.

4)
http://www.decidir.org.mx/contenido/leyanteaborto/frameset_leyante.htm

5) http://www.derechoalaborto.org.ar/artic/bioetica.htm

6)
http://www.chasque.net/frontpage/comision/dossieraborto/cap6_1.htm

7) "Postura desde el Derecho sobre la
despenalización del aborto y la muerte piadosa en el
Anteproyecto de Reforma del Código Penal venezolano".
Ludwig Schmidt H. Separata de Revista de Derecho N° 17,
Tribunal Supremo de Justicia. Caracas, 2005.

Anexo: El aborto
como política de Estado

Una política de Estado puede definirse como el
conjunto de medidas tomadas con la finalidad de cumplir uno o
varios objetivos. Lo que termina por convertir una medida en
parte de una política de Estado es la coherencia que
guarda con otras medidas destinadas a proteger o desarrollar
objetivos comunes o relacionados.

En cuanto al aborto, tenemos que decir que pareciera
haber una tendencia, una interesante correlación aparente
entre la actitud de un gobierno hacia este tema y su postura
política. Así, los gobiernos conservadores (mal
llamados de derecha) tienen la tendencia a prohibir el aborto,
mientras que los partidos denominados "de izquierda" o
"progresistas" parecieran favorecer su
legalización.

Esto es debido a que los partidos conservadores manejan
en su mayoría una moral judeocristiana, profundamente
ligada a la religión, que considera al no nacido como una
vida humana. Mientras tanto, los partidos cuya orientación
otorga prioridad al colectivo sobre el individuo, o están
fundados sobre preceptos científico-sociales, favorecen
las medidas destinadas a permitir el aborto. Esto es porque el
mal llamado "Derecho a elegir" es un concepto estrechamente
ligado con el movimiento femenino de mediados de siglo XX, lo que
le coloca en la agenda política de un amplio espectro de
partidos políticos.

Dicho lo anterior, sobra decir que la tendencia
política de un gobierno define entonces la política
de Estado que adopta frente al tema del aborto. Podemos
distinguir tres argumentos principales entre los que
prohíben el aborto: El religioso, el médico y
finalmente, el humano. El primero descansa sobre la base de que
la vida humana es sagrada y debe ser protegida por el Estado,
pero además, como el no nacido es considerado como un ser
vivo, también debe ser sujeto de esta protección;
detrás de ésta, el interés del Estado por
proteger la vida es coherente con su posición de soporte a
los valores de su religión. En el caso médico, se
sostiene en los efectos nocivos que tiene el aborto sobre la
salud física y mental de la mujer, además de
invocar los riesgos a largo plazo que pueden sobrellevar, por lo
que el Estado asume la responsabilidad de evitar semejante riesgo
a sus ciudadanos tipificando esa conducta como peligrosa y por lo
tanto, punible. Finalmente, en el caso del argumento humano,
éste sostiene principios similares al religioso pero
fundados en la dignidad humana, en la creencia de que todo ser
humano tiene un derecho a nacer que es inherente a esa
condición (es una posición evolucionada a partir
del argumento religioso), pero no por ser sujetos de la
Creación sino por esa cualidad humana. Dada esa
sensibilidad humanitaria, el Estado pretende entonces proteger la
vida humana como valor, condenando el aborto.

Ahora, en el caso de la argumentación en favor de
la legalización o regularización del aborto,
podríamos reconocer tres argumentos diferentes: el
médico, el social y el del derecho de la mujer a tomar
decisiones sobre su cuerpo. El médico considera que el
feto no está vivo, siendo equivalente a cualquier
órgano o anomalía susceptible de ser removido a
petición de la persona que lo lleva. El de
planificación social gira en torno a la idea de que la
legalización del aborto disminuye la cantidad de los que
tienen lugar en clandestinidad, bajo condiciones poco sanitarias;
pero además tiene que ver con el hecho de que es
considerado un mecanismo para controlar el crecimiento
poblacional. Por último, está el muy discutido tema
del "derecho a elegir" que tiene la mujer, que considera al feto
como un apéndice que puede removerse de su
cuerpo.

Por supuesto que estos argumentos no van nunca solos,
sino que la mayoría de las veces son combinados a voluntad
dependiendo de los intereses que hayan detrás de dicho
ejercicio de argumentación. Generalmente se emplean
juntos, con el fin de congregar personas que, aunque estén
motivados por razones diferentes, compartan la idea de que el
aborto deba ser permitido o estar prohibido.

En el caso chino, desde el colapso imperial en favor del
régimen comunista, se empleó el aborto como un
mecanismo de control de natalidad, dados los limitados recursos
demandados por una población que constituye poco
más del 14% de la población mundial. Se
empleó con éxito en este sentido y se espera que
para 2050 China abandone la lista de los diez países
más poblados.

Corea del Sur es otro ejemplo similar. Tradicionalmente
un país con alta tasa de natalidad, emprendieron numerosas
campañas para frenarla, como esterilización
gratuita para los hombres, por ejemplo. Sin embargo, al contrario
que en China, el aborto es ilegal y ante esto podría
considerarse que el gobierno coreano sea pro-vida. Lo cierto es
que el gobierno se hace la vista gorda con lo que respecta a los
abortos selectivos por sexo del feto, dada la preferencia que
tienen en ese país asiático por los varones.
Recientemente, llegaron a prohibir a los médicos revelar
el sexo del bebé hasta el nacimiento, con el fin de evitar
el infanticidio y los abortos; más que por un tema
religioso o humano, lo que motiva al gobierno sur-coreano es el
alarmante desequilibrio entre las poblaciones masculina y
femenina así como las posibles consecuencias de esta
situación.

Lo que pretendemos entonces es analizar la
motivación verdadera de un Estado para apoyar o negar el
aborto. Detrás de todos los argumentos antes explicados,
existen intereses loables en mayor o menor medida (y en algunos
casos nada loables en lo absoluto), como por ejemplo el
interés de las empresas cosméticas en mantener el
aborto despenalizado puesto que algunas emplean como materia
prima los restos de los abortos.

El aborto constituye una política de Estado solo
cuando es auspiciado y facilitado por instituciones dependientes
de él. De otra manera, lo que constituiría una
política de Estado serían las medidas tomadas en
dirección a evitarlo en su forma ilegal.

 

 

Autor:

Jorge Freites

Patricia Regalado

UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS
BELLO FACULTAD DE DERECHO

CÁTEDRA: BIOÉTICA DERECHO:
Tercer año

Monografias.com

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