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Estratificación y estructura de clases



  1. Introducción
  2. Estratificación y estructura de
    clases
  3. Teorías de la estratificación en
    la sociedad moderna
  4. Diferencia social y sus efectos sobre la
    administración de la justicia
  5. La
    perspectiva económica
  6. El
    litigio
  7. Legitimación del
    derecho
  8. Conclusión

Introducción

Este trabajo es realizado con la finalidad de aumentar
los conocimientos acerca de este especial tema tan importante,
como lo es la estratificación y estructura de
clase.

Estaremos tratando sobre algunos aspectos importantes de
los cuales cabe mencionar, Clases sociales, administración
de justicia, conflictos, resolución de conflictos, litigio
y pluralismo jurídico.

Estratificación y estructura de
clases

Con estratificación nos referimos a las
desigualdades entre los miembros de una misma sociedad. Hablamos
de estratos sociales que están unos por encima de otros en
status social, Grupos sociales que ocupan posiciones
diferenciadas en la sociedad. La pertenencia a una determinada
clase social no es heredada, es adquirida. Nuestra
posición social se adquiere. Los sistemas de clase son
gracias a esto más fluidos, no son muy rígidos, los
límites de clase no están definidos, no
están marcados.

Los derechos y deberes de cada clase: es
más difícil de analizar ya que los límites
no están claramente definidos. La diferencia entre las
clases se basa en las desigualdades en la posesión y
control de recursos materiales. Al hablar de clases sociales
hablamos de cuestiones materiales (las castas están
basadas en las religiones)

Teorías de
la estratificación en la sociedad
moderna

Marx: su teoría se llama objetivista en
relación a que está basada sólo en cosas
materiales. Lo que diferencia a las clases sociales en su
relación con los medios de producción (aquello que
sirve para ganarse la vida: materias primas,
herramientas…).

Hay dos clases
sociales:

1. Propietarios de los medios de producción
(industriales, capitalistas…)2. Desposeídos de los
medios de producción (clase obrera, que vende su fuerza de
trabajo a cambio de un salario).

Marx: era consciente de que había
subdivisiones en las clases (ej.: pequeños comerciantes y
grandes capitalistas).

Webber: concepción subjetivista. No
cuestiona que las diferencias se basen en posesión de
recursos materiales, ve algunos elementos objetivos que
también son importantes (posesión medios de
información). Los medios de producción son muy
importantes pero también los conocimientos técnicos
y las cualidades. Los que poseen conocimientos técnicos
hace que las personas tengan una posición de mejores
condiciones de trabajo y mejor salario.

Diferencia social
y sus efectos sobre
la administración de la
justicia

La pobreza está íntimamente relacionada
con la estructura socioeconómica de la sociedad y por lo
tanto con la distribución del ingreso. Normalmente, esta
distribución del ingreso es el elemento clave para el
acceso a bienes y servicios. En nuestros países, la
situación se agrava por la debilidad de las instituciones
estatales, las cuales responden a los intereses de redes
personales más que a intereses institucionales. El Derecho
expresa las relaciones de poder de una sociedad y por ello puede
reforzar la exclusión social de los sectores menos
favorecidos en la distribución de riqueza, prestigio y
poder. Pero, el hecho de que el aparato judicial puede ayudar a
reafirmar la exclusión social no es inmodificable. Esa
situación puede cambiar si intencionalmente los decisores
promueven el uso del aparato judicial para distribuir bienes
sociales.

La perspectiva
económica

La falta de acceso a la administración de
justicia como factor constitutivo de pobreza:
La falta de
acceso a la administración de justicia implica la
pérdida de un derecho fundamental para la
realización de la persona, en tanto, no le permite al
individuo contar con los medios para proteger, adquirir o
ejercitar sus derechos. Carecer de la posibilidad efectiva de
acceder a la administración de justicia significa, para
las personas que viven en condiciones de pobreza, ver reducidas
sus posibilidades de salir de esa situación y, por otro
lado, ver crecer las posibilidades de que su pobreza se
incremente. Esta carencia de medios para la defensa de los
derechos se traduce en situaciones de indefensión de los
individuos que son fuente de impunidad y de violencia.

La pobreza como obstáculo para una defensa
eficiente de los derechos:
Toda persona goza de un sin
número de derechos que le confiere el ordenamiento legal,
por ejemplo, derechos fundamentales como la vida o la libertad;
pasando por derechos vinculados a la familia como el derecho al
matrimonio o a la patria potestad; hasta derechos de orden
patrimonial como el derecho a la propiedad, a la herencia y el
derecho a contratar. Esta es la razón por la cual el
derecho y la legislación cambian conforme evoluciona la
sociedad, en tanto las personas requieren el reconocimiento de
nuevos derechos y en cuanto cierto derecho reconocido pierden
vigencia debido a que no es posible ejercitarlos porque los
presupuestos de su aplicación ya no existen.

El
litigio

Un litigio es una controversia jurídica que surge
entre dos o más personas. El término se utiliza
habitualmente como sinónimo de juicio, pero su significado
es algo más amplio. Su uso está más
extendido en controversias jurídicas de carácter
civil, mercantil o administrativo, y no tanto en juicios de
carácter penal. En la vida social las personas se
relacionan normalmente sobre la base del acuerdo de voluntades,
del convenio o del contrato del cumplimiento espontáneo de
sus obligaciones.

MEDIOS ALTERNATIVOS DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Primeramente, es útil para
determinar cuándo un conflicto de intereses puede ser
considerado un litigio y es susceptible, por tanto, de ser
sometido al conocimiento y resolución del juzgador, a
través de u proceso. En segundo lugar, este concepto sirve
para delimitar la materia, el contenido o el tema sobre el cual
va a versar el proceso, pues el litigio es precisamente el objeto
del proceso. Son todos aquellos medios por los cuales se pretende
dar solución a intereses contrapuestos.

Clases:

• Negociación: No existe una tercera
persona, el conflicto es resuelto por las partes.
Mediación:
Si existe un tercero, el mediador es un
facilitador de la resolución de conflictos, ya que el
mediador induce a las partes a resolver sus conflictos. No
propone, excepto en cuestiones laborales.
Conciliación:
Se hace más fuerte la presencia
del tercero. El tercero propone soluciones a los conflictos. Las
propuestas conciliatorias sólo tendrán efecto
vinculante si las disposiciones son voluntarias.
Arbitraje:
La presencia de un tercero es más grande,
ya que se acata lo que el árbitro indica. El
árbitro emite, lo que se llama "laudos arbitrales", las
cuales son vinculantes para las partes. Tiene carácter de
Cosa Juzgada.

TEORÍA GENERAL DEL
CONFLICTO

Etimología del conflicto: Viene de la voz
latina "conflictos" que deriva del verbo "confluyere" (combatir,
luchar, pelear, etc.)

Definición del conflicto: Circunstancia en
la cual dos o más personas perciben tener intereses
mutuamente incompatibles, ya sea total o parcial contrapuestos y
excluyentes, generando un contexto confrontativo de permanente
oposición.

Naturaleza del conflicto: Es de naturaleza
humana, cuyos puntos en controversia para cada persona son
distintos, ya que el ser humano es conflictivo. Valor positivo
del conflicto:
El conflicto debe ser visto como un
desafío, como un proceso en la cual se alcanza nuevas
posiciones para lograr las necesidades y objetivos.

SURGIMIENTO DEL
CONFLICTO

En todos los sistemas sociales, interpersonales e
internacionales, surgen conflictos regularmente. El conflicto es
un mal constante en el desarrollo de las sociedades. Por lo
general, el término conflicto se refiere a situaciones en
las cuales la capacidad de la sociedad para resolver los
conflictos por medio de mecanismos reguladores, tales como cortes
o estructuras sociales (por ejemplo, clanes) ha fallado y las
partes involucradas en el mismo recurren a la violencia. Los
Tipos de Comportamiento en un Conflicto son acciones que las
partes toman para influenciar al adversario a abandonar o
modificar sus objetivos. Las partes adoptan diferentes tipos de
comportamiento, de manera consciente o inconsciente. El
comportamiento durante un conflicto se puede dividir en las
siguientes categorías:

* Contencioso: ocurre cuando una de las partes
trata de lograr sus propios objetivos sin tomar en cuenta los
intereses de la otra parte y, generalmente, por medio de la
rendición de la otra parte. Las tácticas empleadas
son de tipo coercitivo y pueden incluir amenazas, la toma de
acciones preventivas y la imposición de penalidades o
sanciones que se retirarán si la otra parte se
rinde.

* Rendición: ocurre cuando una parte se
rinde ante la otra parte y suele suceder después de que
las expectativas han disminuido. Algunas veces, la
rendición es utilizada para ganar tiempo mientras la parte
desarrolla una estrategia nueva. Otras veces, la rendición
involucra una rendición parcial y algunos de los intereses
son satisfechos.

* Retiro o inacción: estas dos estrategias
de comportamiento implican la conclusión de un conflicto
sin resolver los asuntos más controversiales que lo
causaron. El retiro se refiere a una situación permanente.
La inacción se refiere a una maniobra temporal, con la
intención de ganar tiempo para desarrollar una
posición fortalecida.

* Solución de Problemas: esta estrategia
consiste en identificar los aspectos que separan a las partes
para desarrollar e implementar una solución que sea
aceptable para todas las partes primarias del
conflicto.

Legitimación del
derecho

Cuando una norma jurídica es obedecida sin que
medie el recurso al monopolio de la ley. Los requisitos que ha de
cumplir una norma jurídica para ser legítima son
tres: validez, justicia, y eficacia. Esta legitimidad se
subdivide en dos legitimidad formal y material. La formal se
entiende como el correcto proceder de los órganos
estatales con respecto a todos los procedimientos establecidos en
el Ordenamiento Jurídico. La legitimidad material es aquel
consenso (reconocimiento) del pueblo creado en aprobación
de la ley creada o de la actuación
gubernamental.

  • La validez: Se refiere a la manera en que la
    norma ha sido promulgada: una norma jurídica es
    válida cuando ha sido emitida por el órgano
    competente y no ha sido derogada, e inválida cuando ha
    sido emitida por un órgano no competente o
    derogada.

  • La justicia: Se refiere al cumplimiento o no
    de los fines que la sociedad considera como buenos. Una norma
    es justa si la población considera mayoritariamente
    que se atiene a los objetivos colectivos de esa misma
    sociedad, e injusta si ocurre lo contrario, con independencia
    de si la considera válida o no.

  • La eficacia: Se refiere al seguimiento o
    acatamiento de la norma. Una norma es eficaz si la
    población la cumple, con independencia de si la
    percibe como justa o válida, e ineficaz si es
    ampliamente desobedecida.

  • Legitimidad en Filosofía: La
    legitimidad en filosofía se considera respecto al
    conocimiento como saber; es decir, como conocimiento
    justificado. No se trata del conocimiento como
    legítimo en sí, cuya competencia
    correspondería a cada sujeto de forma
    individual.

  • La idea de la legitimidad de la ciencia en
    cuanto tal por su contenido ha sido prácticamente
    abandonada por la mayoría de los filósofos
    actuales, una vez establecida la provisionalidad de las
    teorías científicas, así como la
    imposibilidad de un sistema completo de razones justificantes
    del conocimiento humano.

  • Legitimidad en sentido político: El
    poder político que es percibido como legítimo
    será mayoritariamente obedecido, mientras que el
    percibido como ilegítimo será desobedecido,
    salvo que se obtenga obediencia por medio de la violencia del
    Estado.

PLURALISMO
JURÍDICO:

"Pluralismo Jurídico es la coexistencia dentro un
Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas positivas
en un plano de igualdad, respeto y coordinación. Desde una
perspectiva socio jurídica, puede entenderse como derecho
cualquier conjunto de normas que regulen la conducta humana, y
que sea reconocido por sus destinatarios como
vinculante.

Conclusión

Este tema es de gran importancia, y por ello, tomaremos
un breve tiempo para resumir algunos aspectos
relevantes:

  • La estratificación se refiere a las
    desigualdades entre los miembros de una misma
    sociedad.

  • La pertenencia a una determinada clase social no es
    heredada, es adquirida.

  • La diferencia entre las clases se basa en las
    desigualdades en la posesión y control de recursos
    materiales.

  • La pobreza está íntimamente
    relacionada con la estructura socioeconómica de la
    sociedad y por lo tanto con la distribución del
    ingreso.

  • El Derecho expresa las relaciones de poder de una
    sociedad y por ello puede reforzar la exclusión social
    de los sectores menos favorecidos en la distribución
    de riqueza, prestigio y poder.

  • La falta de acceso a la administración de
    justicia implica la pérdida de un derecho fundamental
    para la realización de la persona,

  • Toda persona goza de un sin número de
    derechos que le confiere el ordenamiento legal,

  • En la vida social las personas se relacionan
    normalmente sobre la base del acuerdo de voluntades, del
    convenio o del contrato del cumplimiento espontáneo de
    sus obligaciones.

  • En todos los sistemas sociales, interpersonales e
    internacionales, surgen conflictos regularmente.

  • Los Tipos de Comportamiento en un Conflicto son
    acciones que las partes toman para influenciar al adversario
    a abandonar o modificar sus objetivos.

 

 

Autor:

Maria de los A.
Pérez

 

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