Abstract:
Este artículo discute algunas cuestiones
relativas al impacto que la neurociencia cognitiva puede llegar a
tener para el actual edificio teórico y
metodológico de la ciencia
jurídica. La localización de los correlatos
cerebrales relacionados con el juicio moral, tanto
usando técnicas
de neuroimagen como por medio de los estudios sobre lesiones
cerebrales, parece ser, sin duda, una de las grandes noticias de la
historia de las
ciencias
sociales normativas. El mejor modelo
neurocientífico del juicio normativo disponible hoy
establece que el operador del derecho cuenta, en sus sistemas
evaluativo-afectivos neuronales, con una permanente presencia de
las exigencias, obligaciones y
estrategias, con
un "deber-ser" que incorpora de forma interna razones y emociones y que
se integra constitutivamente en las actividades de los niveles
práctico, teórico y normativo de todo proceso de
realización del derecho.
Palabra claves: juicio moral y normativo. derecho.
neurociencia cognitiva. emoción. intuición.
interpretación jurídica.
Desarrollo
La localización de los correlatos cerebrales
relacionados con el juicio moral, tanto usando técnicas de
neuroimagen como por medio de los estudios sobre lesiones
cerebrales, parece ser, sin duda, una de las grandes noticias de
la historia de las ciencias
sociales normativas. De hecho, en la medida en que la
neurociencia permite un entendimiento cada vez más
sofisticado del cerebro, las
posibles implicaciones morales, legales y sociales de esos
avances en el
conocimiento de nuestro sofisticado programa
ontogenético cognitivo empiezan a poder ser
considerados bajo una óptica
mucho más empírica y respetuosa con los métodos
científicos. El objetivo
sería, en principio, el de aclarar la localización
de funciones
cognitivas elevadas entendidas como apomorfias del Homo
sapiens, al estilo de la capacidad para la elaboración
de juicios morales.
Pero no cabe duda alguna de que, a partir de las
evidencias
obtenidas, cabe ir mucho más lejos. Esos avances,
más allá de su extraordinaria relevancia
científica, también traen consigo importantes
connotaciones filosóficas, jurídicas y morales, en
particular en lo que se refiere a la compresión de los
procesos
cognitivos superiores relacionados con el juicio
ético-jurídico, entendido como estado
funcional de los procesos cerebrales. Siendo así, surge la
convicción de que, para comprender esa parte esencial del
universo
ético-jurídico, es preciso dirigirse hacia el
cerebro, hacia los substratos cerebrales responsables de nuestros
juicios morales cuya génesis y funcionamiento cabe situar
en la historia evolutiva propia de nuestra especie.
Pese al hecho de que las investigaciones
de la neurociencia cognitiva acerca del juicio moral y del juicio
normativo en el derecho y en la justicia
todavía se encuentran en una etapa muy precoz, su utilidad es
indudable. Con una condición; la de tomarlas en cuenta con
mucha prudencia. Los hallazgos neurocientíficos
servirán para alcanzar un mayor conocimiento
acerca de la naturaleza
humana, pero éste no garantiza, por sí mismo,
valores
morales como puedan ser un mayor respeto a la vida
, a la igualdad y a
la libertad
humanas.
Sin embargo, parece posible conjeturar que la investigación neurocientífica sobre
la cognición moral y jurídica pueda venir a afectar
nuestro entendimiento acerca de la naturaleza del
pensamiento y
de la conducta humana,
con consecuencias profundas en el dominio propio
(ontológico y metodológico) del fenómeno
jurídico. Y porque no hay una institución humana
más fundamental que la norma jurídica y, en el
campo del progreso científico, algo más fascinante
que el estudio del cerebro, la unión de esos dos elementos
(norma/cerebro) acaba por representar una combinación
naturalmente estimulante, una vez que la norma jurídica y
el comportamiento
que procura regular son ambos productos de
procesos mentales. En este particular contexto, el proceso de
interpretación y aplicación jurídica aparece
como el mecanismo apto y lo único medio posible y con
capacidad necesaria y suficiente para poner en evidencia la
natural combinación cerebro/norma.
Quizá sea ésa la razón por la cual
abundan los interrogantes y las dudas filosóficas y
morales en el terreno de cruce entre neurociencia y derecho.
Algunos artículos ya publicados (vid. por ejemplo, Cela
Conde, 2004) las ponen de manifiesto: ¿Estamos en el caso
del juicio moral o de otros fenómenos perceptivos
similares ante procesos cognitivos más bien unitarios y
discretos, o se trata sólo de fenómenos que emergen
de muchos mecanismos psíquicos articulados en el tiempo y el
espacio? ¿Tienen esos presuntos procesos o series de
procesos algún aspecto de carácter universal, en el sentido de que
cuenten con alguna componente clave común capaz de
determinar en cada individuo su
particular valoración de lo que es o deja de ser justo?
¿Será posible algún día describir ese
proceso o procesos (o las componentes clave) en términos
más objetivos?
¿Cabe buscar su origen en algún patrón
idiosincrásico de actividad neuronal que contenga al menos
alguna secuencia espacio-temporalmente identificable compartida
por todos los sujetos? A diferencia de lo que parece ocurrir en
la base neuronal de las facultades artísticas
(Changeux,1994; Vigouroux,1992), ¿existen algunas redes
neuronales cuya intervención específica sea en
cierto modo crítica
y universal en el marco de la actividad ampliamente distribuida
que muy probablemente subyace – como en todos los procesos
cognitivos superiores (Vigouroux,1992) – al fenómeno
de la experiencia moral? ¿En qué medida contribuyen
la herencia y la
historia de aprendizaje de
cada individuo en la puesta en marcha de ese supuesto
patrón funcional? ¿Pueden ser de utilidad las
modernas técnicas de neuroimagen no tanto para la
localización estricta da sede cerebral de tal sesgo de
actividad sino, más bien , para la identificación
de la implicación diferencial de ciertos circuitos
distribuidos?
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