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Educación para el trabajo y gestión de calidad



  1. Antecedentes y
    referentes normativos
  2. Estado
    Actual
  3. Retos y
    perspectivas

Antecedentes y
referentes normativos

En el artículo 74 de la Ley General de
Educación (1994) se establece que el Ministerio de
Educción Nacional "con la asesoría de la Junta
Nacional de Educación – JUNE –
establecerá y reglamentará un Sistema Nacional de
Acreditación de la calidad de la educación formal y
no formal y de los programas a que hace referencia la presente
ley, con el fin de garantizar al estado, a la sociedad y a la
familia que las instituciones educativas cumplen con los
requisitos de calidad y desarrollan los fines propios de la
educación. Posteriormente en el Decreto 1120 de 1996 se
crea dentro del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA la
Dirección del Sistema Nacional de Formación
Profesional, el cual tiene entre otras funciones:

  • 1. Liderar en el país el Sistema
    Nacional de Formación para el trabajo.

  • 2. Coordinar las relaciones con las entidades
    educativas que forman para el trabajo y con las respectivas
    entidades estatales (Ministerio de Educación, ICFES,
    Ministerio del trabajo) para efectos del reconocimiento de
    programas, de la certificación de aptitud de los
    alumnos y la acreditación de
    programas.

  • 3. Proponer políticas y trazar
    directrices a nivel nacional sobre la formación
    profesional para el trabajo, de modo que se garantice la
    calidad, pertinencia, eficacia y cobertura requeridas y que
    se garantice la educación permanente a través d
    la cadena de formación.

  • 4. Establecer y mantener actualizado el sistema
    de información sobre formación para el trabajo,
    el cual comprenderá, entre otros: instituciones que
    ofrecen formación, inscripción y
    matrícula de alumnos, egresados, certificaciones y
    títulos, reconocimiento de cursos, acreditación
    de programas, apoyos de sostenimiento y contratos de
    aprendizaje.

El mismo decreto abrió las puertas a que
Instituciones y programas de Educación No formal
accedieran al reconocimiento de programas SENA para beneficios de
contratos de aprendizaje:

Reconocer los cursos que ofrecen empresas e
instituciones educativas, a los cuales pueden asisten estudiantes
con contrato de aprendizaje, mediante los procedimientos que para
el efecto disponga la entidad.

Numeral 6, Articulo 17 del Decreto
1120 de 19996

En el Decreto 933 de 2003 se afirma
nuevamente el reconocimiento de programasen su articulo 15: El
Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, reconocerá los
cursos y programas de formación y capacitación de
los establecimientos especializados o instituciones educativas
reconocidas por el Estado y autorizará a las empresas que
impartan directamente los cursos o programas de formación
y capacitación, de conformidad con lo dispuesto en los
numerales 3 y 4 del artículo 37 y artículo 38 de la
Ley 789 de 2002 y cumplan con los parámetros establecidos
por el Ministerio de la Protección Social. El
Reconocimiento y Autorización de Cursos y
Programas es un proceso al cual pueden acogerse voluntaria e
individualmente las instituciones educativas, los
establecimientos especializados y las empresas oferentes de
formación para el trabajo interesadas en que sus programas
de formación profesional integral metódica y
completa sean evaluados y reconocidos o autorizados por el
SENA.El reconocimiento de cursos y programas permite:

  • Mejorar la calidad, pertinencia y cobertura de la
    formación para el trabajo en Colombia.

  • Divulgar y promover el enfoque de competencias
    laborales en las entidades con programas de formación
    para el trabajo.

  • Articular la oferta educativa de los programas de
    formación para el trabajo, con las necesidades reales
    del sector productivo.

  • Promover la formación profesional integral de
    los trabajadores a lo largo de la vida.

En este contexto, el Consejo Directivo Nacional de la
institución expidió el Acuerdo 0016 de 2003
"por medio del cual se regulan aspectos sobre el
reconocimiento y autorización de programas de
formación profesional integral metódica y
completa"
y la Dirección del Sistema Nacional de
Formación para el Trabajo (dependencia del propio SENA),
elaboró el Manual para el reconocimiento y
autorización de cursos y programas de formación
profesional integral metódica y completa
., En dicho
Manual, el reconocimiento y autorización de cursos y
programas se define como "un proceso al cual pueden acogerse
voluntaria e individualmente las entidades educativas, los
establecimientos especializados y las empresas oferentes de
formación para el trabajo interesados en que sus programas
de formación profesional integral metódica y
completa sean evaluados y reconocidos o autorizados por el
SENA
".

De esta manera, el reconocimiento de cursos y programas
apunta a varios objetivos:

• Por una parte, es un mecanismo para fortalecer la
Red Nacional de Entidades de Formación para el Trabajo, la
cual, a su vez, es uno de los instrumentos del Sistema Nacional
de Formación para el Trabajo (SNFT) y "es un medio por
el cual se articulan las entidades de formación para el
trabajo con el fin de integrar esfuerzos, productos, servicios,
experiencias y resultados para la cualificación de los
recursos humanos
".

• Por la otra, es el procedimiento para autorizar
que los alumnos de un determinado programa sean aceptados por el
Estado como cumplimiento de la cuota obligatoria de contratos de
aprendizaje de las empresas.

• Adicionalmente, entra a fortalecer los procesos
de mejoramiento de la calidad, pertinencia y cobertura de la
formación para el trabajo y contribuye a divulgar y
promover el enfoque de competencias laborales en las entidades
con programas de formación para el trabajo.

Los programas que serán objeto de reconocimiento
"son aquellos que hayan sido estructurados preferiblemente
bajo el enfoque de competencias laborales, salvo en los oficios u
ocupaciones en que el SENA no cuente con las normas de
competencia laboral y los programas diseñados por
competencias. Estos programas deben contemplar las fases del
proceso de formación laboral: la fase lectiva
(formación general para el trabajo), la fase de
práctica laboral dirigida y los componentes de desarrollo
humano correspondientes al proyecto de vida y formación
para el emprendimiento, que conduzcan a un certificado de aptitud
profesional u ocupacional a nivel técnico en oficios
calificados o semicalificados, con una duración
mínima de 440 horas en la etapa lectiva y 440 horas en la
etapa productiva
".

Para que un programa pueda obtener el reconocimiento del
SENA deberá cumplir, entre otros, con los siguientes
criterios de calidad y pertinencia:

  • a. "Ofrecer un contenido de
    formación lectiva y práctica acorde con las
    necesidades de formación profesional integral y del
    mercado de trabajo.

  • b. Disponer de recursos humanos calificados
    en las áreas en que ejecuten los programas de
    formación profesional integral.

  • c. Garantizar, directamente o a
    través de convenios con terceros, los recursos
    técnicos, pedagógicos y administrativos que
    garanticen su adecuada implementación.

  • d. El programa de formación debe
    enmarcarse dentro de una ocupación u oficio
    contemplado en el listado de oficios y ocupaciones aprobado
    por el Consejo Directivo Nacional del SENA, en cumplimiento
    del artículo 5º del decreto 2.585 de
    2003.

  • e. El perfil del egresado debe mostrar
    claramente su relación con las competencias y
    funciones del oficio u ocupación para la cual se va a
    formar".

Al ser de carácter voluntario se puede inferir
que el reconocimiento SENA es el primer anteceden reciente de
acreditación de programas de formación para el
trabajo, pues busca reconocer condiciones mínimas de
calidad que permitan a las instituciones y empresas que accedan a
este reconocimiento cumplir con una serie de requisitos desde lo
curricular, recursos específicos, pertinencia, docentes y
administración del curso, se exige realizar seguimiento a
los estudiantes en etapa productiva y aplicar una
autoevaluación semestral al programa que obtenga el
reconocimiento. [1]

Mediante documento de política social y
económica CONPES 81 expedido en 2004 se pretenden dar los
lineamientos de consolidación del sistema nacional de
formación para el trabajo en Colombia. En este documento
de política se incorpora como primer lineamiento de
propuesta la acreditación de Instituciones y programas
oferentes de formación para el trabajo en términos
de: estructuras curriculares, metodologías de
enseñanza, aprendizaje y evaluación; medios y
recursos tecnológicos y didácticos; capacidad
instalada; perfil de los docentes.[2]

El mismo CONPES 81 precisa dentro del contenido de la
propuesta que Acreditación de entidades y programas de
formación para el trabajo: Será responsabilidad del
Ministerio de Protección Social, en coordinación
con el Ministerio de Educación Nacional.

En Julio de 2006 se expide la Ley 1064, dando un giro
completo a nivel normativo sobre la educación para el
trabajo y el desarrollo humano, donde se remplaza la
denominación de Educación No formal. En el
artículo 3 de esta Ley se establece que la
certificación de Instituciones y programas de
Educación para el trabajo quedará comprendido de
acuerdo a lo establecido en el Sistema Nacional de
Formación para el Trabajo.

En el mismo año se expide el Decreto 2020, donde
se crea el Sistema de Calidad de la Formación para el
Trabajo – SCAFT. Es el conjunto de mecanismos de promoción
y aseguramiento de la calidad, orientados a certificar que la
oferta de formación para el trabajo cuenta con los medios
y la capacidad para ejecutar procesos formativos que respondan a
los requerimientos del sector productivo y reúnen las
condiciones para producir buenos resultados. Está
conformado por las siguientes instancias:

  • La Comisión de Calidad de la Formación
    para el Trabajo (CCAFT).

  • Los comités sectoriales.

  • Los organismos de tercera parte. Los programas e
    instituciones oferentes de formación para el trabajo,
    tanto públicas como privadas.

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Grafica1: Estructura del ESCAFT:
Ministerio de Educación Nacional

En este Decreto igualmente se describe la
Certificación de calidad de la formación para el
trabajo: Es el acto mediante el cual un organismo de tercera
parte, conforme se define en este decreto, verifica y avala el
cumplimiento de las normas técnicas de calidad de
formación para el trabajo por parte de los programas e
instituciones. La condición inicialmente establecida es
para que una Institución oferente de formación para
el trabajo y el desarrollo humano obtuviera su
certificación de calidad era indispensable certificar la
mitad de los programas de formación para el trabajo.
(Articulo 5 Decreto 2020 de 2006).

Producto de esta normativa en el año 2007 se
establecen los comités sectoriales[3]para
la creación de las tres primeras Normas Técnicas de
Calidad de formación para el trabajo:

  • Norma Técnica Colombiana / NTC
    5555: Sistemas de gestión de la calidad para
    instituciones de formación para el trabajo
    (requisitos).

  • Norma Técnica Colombiana / NTC
    5581: Programas de formación para el trabajo
    (requisitos)

  • Norma Técnica Colombiana / NTC
    5580: Programas de formación para el trabajo en
    áreas de idiomas (requisitos)

El diseño de estas normas técnicas conto
con la participación de representantes del Ministerio de
Educación, Instituciones de Educación para el
Trabajo , Universidades , Ministerios de Industria y Comercio y
Protección Social, EL SENA y con el apoyo técnico
del ICONTEC como unidad de normalización.

Para marzo del 2009 se expiden cuatro nuevas normas
técnicas específicas de formación para el
trabajo, hoy existen actualizaciones de todas las normas
técnicas Colombianas que aplican en formación para
el trabajo.

  • Norma Técnica Colombiana / NTC
    5663Programas de formación para el
    trabajo y el desarrollo humano en las áreas auxiliares
    de la salud (requisitos)

  • Norma Técnica Colombiana / NTC
    5664Programas de formación para el
    trabajo y el desarrollo humano en el área de
    formación artística y cultura
    (requisitos)

  • Norma Técnica Colombiana / NTC
    5665Programas de formación para el
    trabajo y el desarrollo humano en las áreas
    relacionadas con el turismo (requisitos)

  • Norma Técnica Colombiana / NTC
    5666Programas de formación para el
    trabajo en el sector de sistemas informáticos
    (requisitos)

Durante 2008, el Ministerio de Educación Nacional
acompañó a 80 instituciones en
la implementación del sistema de gestión de
calidada través de la realización de
diplomados presenciales. En 2009, estas instituciones recibieron
acompañamiento a la auditoría interna de calidad
para verificar el estado de avance de los sistemas implementados
y establecer sus planes de mejora para su posterior
certificación.Asimismo, durante 2009 y 2010 se ofrecieron
2 diplomados virtuales en los que se formaron 900 gestores
de calidad pertenecientes a 415 instituciones.

Pese a estos esfuerzos del Ministerio de
Educación y de las propias instituciones para principios
del año 2009 no había ningún programa o
institución con certificación de calidad. Para el
año 2008 La meta del Ministerio con respecto al SCAFT era
de certificar al menos 80 instituciones de Educación de
Educación para el trabajo ante la NTC 5555:2007 sin
embargo esta meta no se cumplió, ni siquiera logro
aproximarse al 10%, pues la primera institución en obtener
certificación ante las normas especificas lo hizo solo has
el año 2010

Esta situación obligó a que el Ministerio
flexibilizara los requisitos para la certificación
Institucional e incluso avalara otros modelos de gestión
de calidad: los mismos que aplican para la educación
básica y media aplicarían para Educación
Para el Trabajo y el Desarrollo Humano. Estas modificaciones al
SCAFT fueron reglamentadas en el Decreto 3756 de 2009. Entre los
cambios mas notorios se encuentran:

  • Se disminuyó el requisito para obtener la
    certificación institucional: solo con un programa de
    formación para el trabajo certificado podrán
    solicitar su certificación de calidad las
    instituciones de educación media técnica, caja
    de compensación familiar o instituciones de
    educación para el trabajo y el desarrollo humano que
    éstas crean para prestar servicios de formación
    para el trabajo, las empresas que desarrollen procesos de
    formación organizados y sistemáticos para sus
    trabajadores actuales o potenciales.

  • Validar la certificación ISO 9001:2000 de las
    instituciones de Educación que hasta la fecha
    (septiembre de 2009) hallan obtenido este reconocimiento como
    certificación NTC 5555:2007

  • Validar la certificación de programas con los
    beneficios del reconocimiento SENA.

  • Dar equivalencia a lo modelos Los modelos de
    reconocimiento de gestión de calidad "European
    Foundation for QualityManagement (EFQM) y los esquemas de
    acreditación de tipo de la· "comisión on
    Intemational and TransRegional Accreditation" (CITA) y
    asociaciones afiliadas o de la "New England Association of
    Schools and Colleges" (NEASC)

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Estado
Actual

De acuerdo la grafica anterior es de notar de las metas
del Sistema de Calidad de Formación para el Trabajo
(SCAFT) se encuentran lejos de acercarse a la realidad, pues hay
elementos del sistema que aun no se encuentran funcionado como
debe ser: Por una parte el Ministerio asignó a las
Secretarias de Educación territoriales el control de las
instituciones que ofrecen formación para el trabajo y sus
programas. Éstas, sin embargo, aún no cuentan con
los recursos financieros, humanos ni operativos suficientes para
liderar el proceso de implementación de la
certificación de requisitos mínimos de
funcionamiento y acreditarla calidad de los programas e
instituciones de formación para el trabajo y el desarrollo
humano. Aunque ya se cuenta con un conjunto de normas
técnicas14, las secretarías han tenido dificultad
en adelantar los procesos de difusión de dichas
normas[4]

Estado del registro de instituciones de
Formación para el Trabajo (Julio 2009)

Tabla 2

Sistemas de Información: El proceso de
consolidación de una base de datos de instituciones y
programas de formación para el trabajo ha sido lento. De
acuerdo con registros del Sistema de Información de
Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (SIET –
MEN) a julio 31 de 2009, han sido otorgadas 1.047 licencias de
funcionamiento en todo el país, de un universo de 2.303
entidades que ofrecen 7.629 programas de ETDH, de las cuales solo
el 27.6% cuenta con registro de condiciones mínimas (2.102
programas). De igual manera, falta desarrollar mecanismos que
incentiven, primero, el proceso de certificación y
registro y, posteriormente, el de acreditación en calidad,
pues dada la naturaleza privada de la mayoría de
éstas, no les son aplicables los incentivos
económicos que reciben las entidades
públicas.[5] Estos incentivos aun no se han
visto reflejados en las instituciones que han obtenido la
certificación de calidad que se encuentran establecidos en
el Decreto 2020, ya que el SENA, ICETEX y las Universidades
desconocen o no han reglamentado de tales
beneficios.[6]

Por otra parte algunos organismos de tercera parte han
demostrado su inexperiencia en el tema, pues algunas
instituciones de manera informal denuncian la falta de claridad
de los auditores de los organismos autorizados por la ONAC para
verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las
normas técnicas de calidad.

Solo hasta el año 2010 se
certificaron en calidad un total de 18 instituciones y 88
programas bajo las normas técnicas de calidad
colombianas.
Para el año 2011 se sumaron 45
Instituciones de formación para el trabajo, llegando a un
total de 63 Instituciones. La meta del gobierno actual es llegar
a certificar el 20% de IFT y por lo menos el 15% de
programas.

En este sentido el Ministerio de Educación
Nacional convoco en febrero de 2010 al Subcomité de
Normalización de Educación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano para estudiar la reforma a las Normas
Técnicas de Calidad, sin que hasta la fecha se hayan
producido los documentos finales de aprobación y
divulgación de estas normas técnicas.

Finalizando el año 2011 el Viceministro de
Educación aseguró que se ha avanzado en contar con
la información de cerca de 2.800 Instituciones de
Formación para el Trabajo del país, y que de ellas,
el 95% de sus programas están registrados en el Sistema de
Información (SIET). "Actualmente, tenemos 466.258
estudiantes matriculados en estas instituciones y es importante
destacar que el 55% de ellas, ha obtenido certificación de
la norma técnica colombiana correspondiente. En 2012,
vamos a implementar un Sistema de Aseguramiento de la Calidad en
Educación para el Trabajo y Desarrollo
Humano
"[7]. Para cumplir con esta meta se
realizo un convenio de cooperación con la
Organización de Estados Iberoamericanos donde se
desarrollara la estructura conceptual del modelo de aseguramiento
de formación para el trabajo, se definieron sus procesos y
se realizo una propuesta de los ajustes normativos para el
funcionamiento del sistema.

En el mismo convenio se realizo un análisis y
auditoria de la información contenida en el Sistema de
Información de Educación para el Trabajo
–SIET-, con el propósito de definir los
requerimientos para su articulación con el sistema de
aseguramiento de la Calidad.[8]

Retos y
perspectivas

El principal reto viene desde los mismos actores con
competencia directiva dentro del Sistema de calidad de
formación para el Trabajo, pues se debe crear una unidad
con funciones específicas dentro del Ministerio de
Educación Nacional para ser órgano rector del SIET
y de la implementación en coordinación de los
Ministerio de Trabajo y de Industria y Comercio y el SENA para
consolidar el Sistema de Aseguramiento de la Calidad en
Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano que permita
identificar una real y eficiente instancia de gestión. En
este sentido los principales retos para el Sistema de Calidad de
Formación para el Trabajo son:

  • Fortalecer el Sistema de Calidad de la
    Formación para el Trabajo –SCAFT- y promover la
    articulación del mismo con los sistemas sectoriales:
    Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación
    Superior -SACES-, Sistema de Calidad de la Educación
    Básica y Media, con el fin de consolidar un Sistema de
    Calidad de la Formación de Capital Humano.

  • Promover una participación más activa
    de las entidades territoriales en el ejercicio de la
    inspección vigilancia y fomento de la
    certificación de instituciones y programas de
    formación para el trabajo.

  • Aumentar o reglamentar los beneficios de la
    certificación de calidad en Instituciones y programas
    de formación para el trabajo.

 

 

Autor:

Carlos Montes
Rodríguez

GESTIÓN Y CONTROL DE LA CALIDAD EN
INSTITUCIONES DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO

[1]
http://www.sena.edu.co/Portal/Portafolio+Programas+Estrat%C3%A9gicos/Reconocimiento+de+cursos+y+programas/

[2] CONPES 81 de 2004, pagina 10

[3] Los comités sectoriales son los
encargados del establecimiento de las normas, guías y
especificaciones normativas para la certificación de la
calidad de los programas e instituciones de formación
para el trabajo: Articulo 11 ACUERDO NÚMERO 0001 de 2006
COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL
TRABAJO- CCAFT,

[4] Lineamientos de política para el
fortalecimiento del Sistema de formación de capital
humano SFCH- documento CONPES 3674 de 2010- pagina 28

[5] IBID- página 29.

[6] Con respecto a la articulación en
cadenas formativas con la educación media en la
cámara de representantes se encuentra en debate el
proyecto de Ley 054 por medio del cual se crea el programa
nacional para el fomento y fortalecimiento de la
articulación entre la educación media, 
técnica y educación superior, que
facilitaría el cumplimiento de las políticas
educativas nacionales en cuanto a una integración de
todos los niveles de la educación Colombiana.

[7] El Observatorio de la Universidad
Colombiana – Viceministro Botero presenta su gestión en
2011: www.universidad.edu.co

[8] Ministerio de Educación Nacional
– Informe de rendición de cuentas Agosto de 2010
Noviembre 2011.

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