Oportunidades de financiamiento para los entes locales en el siglo XXI
Las relaciones del hombre que han evolucionado en el tiempo desde
el esclavismo hasta nuestros días, buscando obtener
mejores condiciones de vida para su comunidad, hacen referencia
al sistema de producción, que hoy se conoce como
globalización, enmarcado en el Sistema Capitalista. Este
fenómeno se ha expandido a varios campos:
tecnológico, político, económico,
administrativo, en comunicaciones, en servicios, cultural,
educativo, deportivo, ambiental, entre otros, con aporte a la
sociedad mundial. En economía los aportes realizados por
las diferentes escuelas del pensamiento, han planteado varias
orientaciones desde la concepción de mercado hasta la
participación del estado.
Unido a ello, la poca gestión pública en recaudar y
obtener recursos, lo imposibilitan a dotar a la localidad de las
obras de carácter primordial en infraestructura y de
servicios que requiere el sector privado para poder contribuir al
desarrollo de la localidad. Las transferencias del orden central
cuya destinación esta prevista en la misma norma (gastos
en educación, salud, vivienda, es decir gastos sociales),
impidiendo el direccionamiento a gastos de infraestructura
primordiales para el crecimiento de la localidad. Este escenario
lo obliga a buscar otras fuentes, siendo común la
utilización de las fuentes del crédito del sistema
financiero.
En nuestra época el fenómeno de la
globalización se convierte en oportunidad para los agentes
económicos que intervienen en la economía, como los
consumidores, inversionistas, estado, en un mundo con
posibilidades de alcanzar los mejores logros que ofrece el
sistema capitalista. Los consumidores pueden aprovechar los
avances tecnológicos para obtener la mayor
información con el fin de satisfacer sus necesidades. Los
inversionistas además de la información clara y
precisa, les brinda un sin número caminos financieros para
acceder a recursos con tasas favorables que permitan producir a
menor costo y obtener mayor ganancia. El agente estatal,
interviene dinámicamente en la economía, busca la
disminución de las asimetrías sociales; éste
nuevo escenario lo convierte en creador y generador de
crecimiento y desarrollo social, por su importancia de
vinculación directa con el ciudadano.
Lo democrático como base del desarrollo, se convierte en
un pilar del accionar del estado. Las decisiones no deben
configurarse desde el campo central, sino desde una
política descentralizada, con participación activa
de las localidades y sus territorios •La creación de
riqueza de los países depende de empresas cada vez
más integradas en sistemas globales de grandes
compañías que operan según una lógica
que puede ser diferente a los intereses de los países. La
modernización de la economía ya no es
función exclusivamente de la industria nacional, y el
capitalismo nacional ya no es la única forma de
organización del capital. •Los mercados globales y
las actividades integradas globalmente requieren espacios donde
operar. Y allí se concentran también una serie de
operaciones de producción y de apoyo para que la gran
empresa global funcione, marcadas por las condiciones locales de
la mano de obra, la cultura laboral y política, y otros
procesos que operan dentro de los estados nacionales.
El autismo gramatical le impidió a esta clase
política entender la necesidad de insertarnos en los
caminos internacionales de comercio y capital e importar la
tecnología de Occidente para fortalecer a la
Nación.
La importancia del mundo globalizado enmarca a la
descentralización bajo la concepción de los estados
generadores de cambios donde se involucra la gestión
gubernamental que constantemente ha evolucionado notablemente por
los procesos o fases importantes de responsabilidades que le ha
otorgado el sector central al territorial, que obedece al
afán de la territorialidad por obtener un rol del estado
coordinador y generador de crecimiento y desarrollo
económico.
La aceleración de proceso de delegación de
responsabilidades en el gasto a los entes locales debido a
aspectos coyunturales en especial a la crisis de endeudamiento de
los años ochenta, y las nuevas condiciones mundiales, en
los cambios tecnológicos, la participación
ciudadana buscando nuevos espacios, y el cambio de modelo
económico, constituyen los elementos primordiales del
comienzo de la descentralización en América latina.
Para Boisier (1990) ¨ la descentralización en
América Latina obedece tanto al objetivo de legitimar la
democracia como a la necesidad de adecuarse a las nuevas formas
de acumulación e inserción internacional. Las
siguientes tendencias mundiales contribuirían a crear
escenarios favorables para la descentralización en
América Latina.
Se puede establecer que en América latina para la
época coyuntural de la crisis de endeudamiento, venia
acompañada de un proceso de democratización con
fines descentralizadores. Este nuevo sendero refleja una mayor
participación de las comunidades en las decisiones del
ámbito local, con la potestad de elegir a sus dignatarios,
en gobiernos Unitarios o Federalistas. Pero cabe destacar que la
búsqueda de un estado eficiente en sus competencias y
obtención de recursos para suplirlos, se constituyeron en
elementos primordiales de la descentralización. Chile es
la excepción, pues los entes locales no son
autónomos producto de la planificación central que
ha debilitado la competencia local. Las fuentes de financiamiento
de los entes locales en América latina, dependen de las
transferencias del orden nacional y de sus recursos propios. La
mayoría de municipios pequeños en número de
habitantes y capacidad tributaria sus fuentes son escasas y deben
recurrir al endeudamiento, pero con muchos condicionamiento, caso
contrario a las localidades importantes o ciudades como Ciudad de
México, Buenos Aires, Sao Pablo, Quito, Caracas,
Bogotá D.C.
Los preceptos Constitucionales instaurados en 1886 establecieron
un gobierno caracterizado por una centralización tanto en
lo político, como administrativo, cambios modificados en
la parte administrativa con actos legislativos en los años
1936 y 1968, condujeron a algunas reformas en la parte
administrativa, como preámbulo a una
descentralización. El Alcalde desempeñaba una
triple función, puesto que era al mismo tiempo
representante del gobernador departamental, y de la nómina
de ésta, jefe de la administración municipal y jefe
de la policía, Su función principal era velar por
la aplicación de las políticas nacionales a nivel
local.
En Colombia aparece dentro de los textos jurídico-
constitucionales, en la Carta Política de 1986, que retomo
el enunciado francés de la Centralización
Política y la Descentralización Administrativa, es
decir, concentrar las principales decisiones políticas,
legislativas, diplomáticas etc., en el estado nacional.
Durante más de cien años que duro vigente la carta
fundamental, entre 1986- 1991, en el país
prevaleció más el desarrollo centralista, que
adicionalmente asumió la forma del presidencialismo, por
cuanto cada vez mayores funciones recayeron en cabeza del jefe
ejecutivo, que el de la descentralización y solo con la
reforma de 1968
Las teorías del desarrollo deben centrar su estudio desde
el punto de vista de noción, designación y origen,
donde las escuelas de pensamiento ofrecen diferentes
concepciones, siendo preciso orientarlo a lo público, bajo
el paradigma del ente local como actor primordial de desarrollo,
en un mundo moderno Las designaciones se refieren a los
países desarrollos, avanzados, no desarrollados, en
vías de desarrollo, emergentes, pobres, dependientes. El
fundamento previsto según la escuela ideológica,
que a través del tiempo se orientan por su accionar en el
mundo económico como liberal o keynesiana. Sus
orígenes se remontan a los economistas clásicos
donde el modelo elaborado iba dirigido al crecimiento
económico, utilizando los factores de producción
(tierra, trabajo capital), de manera adecuada para obtener el
mayor provecho, donde operaban las fuerzas del mercado, hasta que
el modelo enfrentó la terrible crisis del año
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Las Teorías heterodoxas del desarrollo, como la
teoría de la dependencia, propuesta por la Comisión
Económica para América Latina (CEPAL), explica el
desarrollo bajo el modelo estructural productivo de sus
economías, mediante la sustitución de importaciones
y diversificar las exportaciones, logrando avances en el sector
agrícola hasta consolidarse en los sectores industrial y
de servicios, planteado a los países latinoamericanos a
razón de procesos viables y ejecutables. Con el avance de
la forma de producción capitalista y el afán por el
empresario por obtener mayor tasa de ganancia, unido a ello el
desbordado consumo de los diferentes agentes de la
economía, genero un nuevo enfoque llamado teoría
Desarrollo Sostenible y ambiental
El mundo Globalizado enmarca diferentes concepciones y enfoques
teóricos que buscan formular acciones para que los
países solucionen sus heterogéneos acontecimientos
del orden económico y social que se presenten producto de
las evoluciones mismas del hombre y su entorno. Los países
designados en evolución del desarrollo como los de
América Latina construyen su ideal económico y
social que las comunidades necesitan para erradicar las
asimetrías generadas en el pasado, en la planeación
y para cumplir con dicho objetivo fue necesario elevarlo a norma
Constitucional.
El enfoque previsto en el estudio, se centra en Colombia por ser
una de las democracias más antiguas de nuestro continente,
por su evolución en las economías locales La unidad
de criterio bajo la concepción de la planeación se
establece en las diferentes normas Constitucionales de cada
país. Razón por la cual, este enfoque tiene
respaldo jurídico, convirtiéndose en un elemento
esencial, pero que requerirá de otros componentes que
deben formar un verdadero tejido de cambio socioeconómico.
Quizás en América Latina, el pueblo debe romper
esquemas tradicionales de cacicazgo, barreras religiosas,
militares e ideológicas para lograr un cambio social; por
ahora se debe procurar que los planes se cumplan a cabalidad y
con sentido social. De lo contrario los logros alcanzados en
materia jurídica quedarán allí.
Para alcanzar las metas previstas en la planeación se debe
recurrir a la operatividad de la ejecución presupuestal
plurianual de inversión de los entes que componen el
sistema. Al indicar la esencialidad del sistema presupuestal en
la planeación, y esta su vez es el soporte del enfoque de
desarrollo de las localidades, es preciso referenciar el marco
normativo para cada una de los países aludidos En lo
referente a Colombia, este marco jurídico, tiene alcances
territoriales, procurando que las municipalidades (localidades),
se fortalezcan en su accionar y jalonen desde allí, los
verdaderos cambios que se persiguen.
La importancia del sistema capitalista y las condiciones que
ofrece la denominada globalización que hoy en día
la sentimos con mayor fuerza. Los enfoques inmersos al sistema y
cuál es que se encarga de enfrentar los inconvenientes,
que para nuestro sustento hace referencia al estatal-local, por
ser el más cercano al sentir del ciudadano, además
el proceso descrito, en la totalidad de los países es
avalado por intermedio del voto popular a la mejor propuesta de
gobierno, se plasma en un plan de desarrollo con garantía
Constitucional Se asegura con fuentes de financiamiento que
respalden la totalidad de los programas y proyectos que contiene.
Estas fuentes normadas y descritas en el capítulo anterior
tienen diferentes destinos, una de carácter
específico, financiero y recursos propios que respaldan la
función y algunas inversiones en mínima
cuantía.
?TITULARIZACIÓN La titularización es un mecanismo
de movilización de activos que consiste en el agrupamiento
de bienes presentes o futuros generadores de flujos de caja,
separados patrimonialmente y vinculados a un propósito
especial, a partir del cual se emiten y colocan títulos, y
cuyo flujo de caja constituirá la fuente de pago de tales
títulos. Las titularizaciones se llevan a cabo por medio
de contratos de fiducia mercantil, lo cual implica la
constitución de un patrimonio autónomo al que se le
transfiere la propiedad de los bienes o derechos. El
procedimiento contable diferencia cuando la titularización
se realiza sobre activos existentes o cuando se realiza sobre
flujos futuros
Proceso Histórico en América Titularización
en Colombia TITULARIZACIÓN Descripción del proceso
En Colombia
Proceso Histórico en América
En Colombia Mercado valores Colombia de en Aceptaciones Bancarias
Bonos Ordinarios bonos convertibles en acciones (BOCEAS) Bonos
Públicos Bonos de Garantía General Bonos de
Garantía Especifica Certificado de Depósito a
Término (CDT) Papeles Comerciales, Títulos de
Tesorería (TES), Títulos de Devolución de
Impuestos (TIDIS) Titularizaciones.
Descripción del proceso Personas que intervienen en el
proceso: Es aquel que transfiere los bienes Quien recauda los
recursos provenientes de la emisión Entidad encargada de
la custodia de los bienes Entidad facultada para actuar como
suscriptor
Titularización en Colombia
La teoría de la inversión extranjera directa,
sugiere que ese fenómeno se presenta cuando existen
motivos de localización de la producción en
diferentes países y las firmas tienen incentivos de
internacionalización, es decir, estímulos para
mantener control sobre los procesos productivos. La
Inversión Extranjera Directa (IED) puede clasificarse en
tres grandes grupos: IED Vertical • Ocurre cuando el
tratamiento de elaboración de un producto se puede separar
a bajo costo en un proceso corporativo y otro productivo,
concentrando el primero en un país relativamente bien
dotado de capital, y ubicando al segundo en un país con
bajos costos de producción. IED Horizontal con productos
Homogéneos • Se presenta cuando una firma tiene
plantas en muchos países debido a que los costos de
transporte y las barreras de política al comercio son lo
suficientemente altos como para justificar este esquema
productivo IED Horizontal con productos Diferenciados • Se
manifiesta cuando hay economías de escala a nivel de la
producción de una variedad. Esta clase de IED es
complementaria al comercio internacional al promover los flujos
de comercio intra-industria.
Entre las medidas proactivas adoptadas por los países para
la promoción de inversiones se encuentra la mejora de los
determinantes económicos dinámicos de los
países anfitriones y un proceso de facilitación de
negocios competitivo a nivel internacional. Los programas de
promoción de inversiones más activos apuntan a
aquellos negocios acordes con la estrategia general de desarrollo
del país. En los últimos años (2002-2006) la
IED captada por la Comunidad Andina, sin considerar la
correspondiente a Venezuela, se ha situado en promedio en los
7.724 millones de dólares anuales, siendo lideradas por
los flujos de inversión externa atraídos por
Colombia y Perú. Aunque se puede señalar que los
flujos de inversión se han mantenido, particularmente en
los sectores de petróleo, gas y telecomunicaciones.
La inversión extranjera directa, en Colombia en los
últimos años presenta balance positivo para su
economía, producto de un manejo consciente de las
políticas económicas en sectores productivos,
garantizando a los capitales extranjeros los beneficios, legales,
de seguridad y logísticos para quienes quieren invertir.
De los países que invirtieron, en orden de importancia en
inversión extranjera directa, en el Segundo Trimestre de
2007, podemos destacar, ¨Estados Unidos ($38%), Anguila
(26%), Francia (11%) Panamá y México (11%). Es
importante precisar algunos sectores donde se adquirieron
empresas como, la compra de la principal del acero.
Inversión Extranjera por Sectores II trimestre 2007
Las políticas a diseñar deben atraer IED, mostrando
las ventajas comparativas del país y ciertos aspectos
estructurales que generen confiabilidad en el inversionista
extranjero como consolidar un marco jurídico que facilite
la entrada de IED. Las políticas activas incluyen medidas
específicas destinadas a atraer tipos de inversión
que tienen un mayor potencial para traducirse en externalidades
positivas para el país (i.e. encadenamientos productivos,
generación de valor, conocimientos y empleo, entre otros)
Es importante mencionar el impulso que pueden dar a los entes
locales la IED, y éstos deben ofrecer beneficios, uno de
ellos se ha venido consolidando y en la actualidad la
mayoría de entes locales en Colombia, han elevado a norma
municipal un tratamiento especial en materia tributaria a las
empresas que generen empleo directo, ya sean las que están
establecidas o las que inician labores, por otra parte reciben
beneficios por operaciones de exportación.
La fuente proveniente de los fondos de cohesión se
convierten en otra oportunidad, para acceder a recursos de
países que busquen equilibrar las diferencias sociales,
convirtiéndose un tema esencial en los proceso de
integración, debido a las disparidades que se pueden
generar entre las regiones que los establecen, en el caso de la
Unión Europea (UE), tiene como objetivo en un largo plazo
la reducción de las ayudas concedidas por muchos estados
miembros a sus propias regiones, es evidente que sólo la
Comunidad puede intervenir eficazmente para corregir estos
desequilibrios. Como principio se deberá revisar
constantemente sus políticas regionales para sacar de
ellas el máximo provecho y asegurar que el crecimiento de
las regiones menos desarrolladas se traduce en la creación
de puestos de trabajo y en la obtención de progresos
duraderos hacia la convergencia económica de Europa. En el
caso de la comunidad andina de naciones, luego se una serie de
reuniones y que se precisaron en la III Cumbre de Jefes de Estado
y de Gobierno de la Unión Europea, América Latina y
el Caribe, celebrada en Guadalajara en mayo de 2004, los
países participantes, entre los que se encontraban los
andinos, se comprometieron a trabajar por la cohesión
social, siendo una primera expresión de ese trabajo en la
Comunidad Andina es el Plan Integrado de Desarrollo Social (PIDS)
que ya está en marcha, paralelamente a las acciones
encaminadas a diseñar una estrategia comunitaria de
cohesión social A partir del PIDS, se está
trabajando en el desarrollo de una estrategia comunitaria de
cohesión social, cuyos probables ejes de acción
serían los siguientes: Superación de
asimetrías sociales (pobreza, exclusión e
inequidad); Superación de las grandes asimetrías
territoriales al interior de la CAN; Superación de la
debilidad institucional y del ejercicio de la ciudadanía;
Superación de la discriminación y la conflictividad
interétnica; Creación de un Fondo Social Andino;
Fondo social y el fondo Humanitario Social
Aunque Venezuela no pertenece a la CAN, es importante que para
las municipalidades de la nación hermana, referirse a la
cohesión social, que es un factor preocupante y por ello,
se incluye como alternativa de financiamiento para esos entes,
además las municipalidades de Bolivia, tendrá un
campo mayor de acción en este aspecto. Bajo la perspectiva
del ALBA, se convierte en el querer de los mandatarios que la
componen el ámbito social y en ella consideran que la
pobreza, la inequidad y la exclusión social han alcanzado
en el hemisferio niveles sin precedentes, afectando el desarrollo
y sostenimiento de numerosos países, lo que a su vez se ha
traducido en incremento de los niveles de desnutrición,
analfabetismo, propagación de enfermedades y en general,
de un deterioro económico, social y moral de nuestras
sociedades
• Otros aspecto que las entidades locales pueden aprovechar
son las que ofrece la fase de integración Regional,
expuesto por Odonne (2008), en las redes de ciudades un nuevo
contexto nacional e internacional, capaz de generar desde el
ámbito local verdaderos procesos de cambio por intermedio
de sus planes y acciones entrelazados con el nacional, que busca
ejecutar o proponer a las instancias nacionales respuestas
precisas a las problemáticas presentadas en los niveles
nacionales y abrogados al ámbito local. • Las
ciudades, como actores subnacionales, encuentran una nueva
realidad de integración en la cual pueden desarrollar sus
potencialidades, estableciendo a partir de la
participación y asociación en redes la posibilidad
de alcanzar nuevos objetivos y dar respuesta a
problemáticas específicas dadas. • Su campo de
acción se circunscribe al incremento en el precio de los
predios beneficiados con la acción urbanística o la
ejecución de la obra pública se determinará
por la diferencia de precios del metro cuadrado vigente antes y
después de la acción urbanística. La
diferencia entre el precio comercial del suelo de un predio,
después del hecho generador y antes de él,
constituye la base gravable de la participación en
plusvalía.
EN BRASIL Se sustenta en el Artículo 239. El resultado de
la recaudación de las contribuciones al Programa de
Integración Social, establecido por la Ley Complementaria
N º 7, 7 de septiembre de 1970, y el Programa de
Capacitación para el Patrimonio de servicio
público, modificado por la Ley Complementaria N º 8
de 3 de diciembre de 1970, que garantiza que a partir de la
promulgación de esta Constitución, que se
financiarán en virtud de la cual la ley exige, el programa
de seguro de desempleo, y subsidios a que se refiere el apartado
3. EN ECUADOR El régimen de desarrollo es el conjunto
organizado, sostenible y dinámico de los sistemas
económicos, políticos, socio-culturales y
ambientales, que garantizan la realización del buen vivir.
El Estado planificará el desarrollo del país para
garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de
los objetivos del régimen de desarrollo y los principios
consagrados en la Constitución.
EN EL SALVADOR Corresponde al Consejo de Ministros elaborar un
plan general del Gobierno elaborar el proyecto de presupuesto
(Art. 167. C.N 1983). Los fondos municipales no se podrán
centralizar en el Fondo General del Estado, ni emplearse sino en
servicios y para provecho de los Municipios. Para garantizar el
desarrollo y la autonomía económica de los
Municipios, se creará un fondo para el desarrollo
económico y social de los mismos. EN GUATEMALA Consejo
Nacional de Desarrollo Urbano y Rural. Para la
organización y coordinación de la
administración pública, se crea el Consejo Nacional
de 174 Desarrollo Urbano y Rural coordinado por el Presidente de
la República e integrado en la forma que la ley
establezca. Este Consejo tendrá a su cargo la
formulación de las políticas de desarrollo urbano y
rural, así como la de ordenamiento territorial.
EN HONDURAS El Estado promueve el desarrollo económico y
social, que estará sujeto a una planificación
adecuada. La ley regulará el sistema y proceso de
planificación con la participación de los poderes
del Estado y las organizaciones políticas,
económicas y sociales, debidamente representadas. EN
MÉXICO Corresponde al estado la rectoría del
desarrollo nacional para garantizar que este sea integral, que
fortalezca la soberanía de la nación y su
régimen democrático y que, mediante el fomento del
crecimiento económico y el empleo y una justa
distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno
ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos
y clases sociales, cuya seguridad protege esta
constitución. El Estado planeara, conducirá,
coordinara y orientara la actividad económica nacional, y
llevara al cabo la regulación y fomento de las actividades
que demande el interés general en el marco de libertades
que otorga esta Constitución.
EN PANAMÁ El ejercicio de las actividades
económicas corresponde primordialmente a los particulares,
pero el Estado las orientará, dirigirá,
reglamentará, reemplazará o creará,
según las necesidades sociales y dentro de las normas del
presente Título, con el fin de acrecentar la riqueza
nacional y de asegurar sus beneficios para el mayor número
posible de los habitantes del país. El Estado
planificará el desarrollo económico y social,
mediante organismos o departamentos especializados cuya
organización y funcionamiento determinará la Ley.
EN REPÚBLICA DOMINICANA Es de supremo y permanente
interés nacional el desarrollo económico y social
del territorio de la República a lo largo de la
línea fronteriza, así como la difusión en el
mismo de la cultura y la tradición religiosa del pueblo
dominicano.
EN URUGUAY Habrá una Oficina de Planeamiento y Presupuesto
que dependerá directamente de la Presidencia de la
República. Estará dirigida por una Comisión
integrada con representantes de los Ministros vinculados al
desarrollo y por un Director designado por el Presidente de la
República que la presidirá. El Director
deberá reunir las condiciones necesarias para ser Ministro
y ser persona de reconocida competencia en la materia. Su cargo
será de particular confianza del Presidente de la
República. EN VENEZUELA El régimen
socioeconómico de la República Bolivariana de
Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social,
democratización, eficiencia, libre competencia,
protección del ambiente, productividad y solidaridad, a
los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una
existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado
conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el
desarrollo armónico de la economía nacional con el
fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional,
elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la
soberanía económica del país, garantizando
la seguridad jurídica, solidez, dinamismo,
sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la
economía, para garantizar una justa distribución de
la riqueza mediante una planificación estratégica
democrática participativa y de consulta abierta.
BOLIVIA La función del Estado en la economía
consiste en: Conducir el proceso de planificación
económica y social, con participación y consulta
ciudadana. La ley establecerá un sistema de
planificación integral estatal, que incorporará a
todas las entidades territoriales. El Estado garantizará
la creación, organización y funcionamiento de una
entidad de planificación participativa que incluya a
representantes de las instituciones públicas y de la
sociedad civil organizada. PERU La iniciativa privada es libre.
Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este
régimen, el Estado orienta el desarrollo del país,
y actúa principalmente en las áreas de
promoción de empleo, salud, educación, seguridad,
servicios públicos e infraestructura. EN COLOMBIA
Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una
parte general y un plan de inversiones de las entidades
públicas del orden nacional. En la parte general se
señalarán los propósitos y objetivos
nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la
acción estatal a mediano plazo y las estrategias y
orientaciones generales de la política económica,
social y ambiental que serán adoptadas por el
Gobierno.
BRASIL A iniciativa del poder ejecutivo, las directrices
presupuéstales, el plan anual de inversiones y los
presupuestos anuales. El presupuesto anual de la ley incluyen:
•El presupuesto que cubre el fiscal poderes de la
Unión, sus fondos, organismos y entidades de la
administración directa e indirecta, incluidas las
fundaciones instituidas y mantenidas por la autoridad
pública. •El presupuesto de inversión de las
empresas en la Unión Europea, directa o indirectamente,
posea la mayoría de acciones con derecho a voto. •El
presupuesto de seguridad social, que abarca todas las entidades y
organismos vinculados a ella, directa o indirecta, la
administración, así como los fondos y las
fundaciones instituidas y mantenidas por el público. CHILE
El proyecto de Ley de Presupuestos deberá ser presentado
por el Presidente de la República al Congreso Nacional, a
lo menos con tres meses de anterioridad a la fecha en que debe
empezar a regir; y si el Congreso no lo despachare dentro de los
sesenta días contados desde su presentación,
regirá el proyecto presentado por el Presidente de la
República. La estimación del rendimiento de los
recursos que consulta la Ley de Presupuestos y de los nuevos que
establezca cualquiera otra iniciativa de ley,
corresponderá exclusivamente al Presidente, previo informe
de los organismos técnicos respectivos.
COSTA RICA: La preparación del proyecto ordinario
corresponde al Poder Ejecutivo por medio de un Departamento
especializado en la materia, cuyo jefe será de
nombramiento del Presidente de la República, para un
período de seis años. Este Departamento
tendrá autoridad para reducir o suprimir cualquiera de las
partidas que figuren en los anteproyectos formulados por los
Ministerios de Gobierno, Asamblea Legislativa, Corte Suprema de
Justicia y Tribunal Supremo de Elecciones. ECUADOR:
Orientación. El presupuesto del Gobierno Nacional se
orientará a la prestación, de los servicios
públicos, al cumplimiento de los objetivos prioritarios de
los planes de desarrollo y a la satisfacción de los
propósitos y metas de naturaleza social y económica
prevista, expresada en los planes operativos anuales, el plan
financiero y otros instrumentos de política
económica. PERÚ: La Gestión Presupuestaria
de los Gobiernos Locales, es un conjunto de fases sucesivas que
determinan su capacidad para lograr los Objetivos
Institucionales, mediante el cumplimiento de las metas
presupuestarias establecidas para un determinado año
fiscal, aplicando los criterios de eficiencia, eficacia y
desempeño. Es la Dirección Nacional del Presupuesto
Público la más alta autoridad
técnico-normativa en materia presupuestal y es la que
regula mediante disposiciones normativas el Sistema Nacional del
Presupuesto, entre ellos el proceso presupuestario de los
gobiernos locales. VENEZUELA: Los entes a que se refiere este
Título se regirán por las Disposiciones
técnicas que establezcan la Oficina Central de
Presupuesto. A los fines de información, las leyes y
ordenanzas de presupuesto de los Estados y Municipios, en los
sesenta (60) días siguientes a su aprobación, se
remitirán, a través del Ministerio de Relaciones
Interiores y de Justicia, a la Asamblea Nacional, a la Oficina
Central de Presupuesto y al Ministerio de planificación y
Desarrollo. Igualmente, en los treinta (30) días
siguientes al fin de cada trimestre, se remitirá
información de la respectiva gestión
presupuestaria. BOLIVIA: En materia de procedimiento se tiene dos
estadios correlacionados para el cumplimiento de las metas
presupuéstales y el desarrollo del plan: Nivel Central
(Normativo), a cargo de la Secretaria Nacional de Hacienda que,
por delegación del Ministro de Hacienda, actúa como
Órgano Rector del Sistema, y de la Subsecretaría de
Presupuesto que actúa como Órgano Operativo y
Coordinador facultados para definir metodologías y
procedimientos y las características técnicas del
desarrollo del Sistema. Nivel Descentralización
(Operativo), constituido por todas las instituciones
públicas a través de sus unidades técnicas
presupuestarias y dependencias operativas, con responsabilidades
para programar y administrar sus presupuestos.
En COLOMBIA: El Gobierno formulará anualmente el
Presupuesto de Rentas y la Ley de Apropiaciones que deberá
corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y los
presentará al Congreso, dentro de los primeros diez
días de cada legislatura. En la Ley de Apropiaciones no
podrá incluirse partida alguna que no corresponda un
crédito judicialmente reconocido, o a un gasto decretado
conforme a ley anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para
atender debidamente el funcionamiento de las ramas del poder
público, o al servicio de la deuda, o destinado a dar
cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo. El proyecto de Ley
de Apropiaciones deberá contener la totalidad de los
gastos que el Estado pretenda realizar durante la vigencia fiscal
respectiva. Si los ingresos legalmente autorizados no fueren
suficientes para atender los gastos proyectados, el Gobierno
propondrá, por separado, ante las mismas comisiones que
estudien el proyecto de ley del presupuesto, la creación
de nuevas rentas o la modificación de las s existentes
para financiar el monto de gastos contemplados. Artículo
350 La Ley de apropiaciones deberá tener un componente
denominado gasto público social que agrupará las
partidas de tal naturaleza, según definición hecha
por la ley orgánica respectiva. Excepto en los casos de
guerra exterior o por razones de seguridad nacional, el gasto
público social tendrá prioridad sobre cualquier
otra asignación. En la distribución territorial del
gasto público social se tendrá en cuenta el
número de personas con necesidades básicas
insatisfechas, la población, y la eficiencia fiscal y
administrativa, según reglamentación que
hará la ley. Lo demás de lo señalado en esta
Constitución, la Ley Orgánica del Presupuesto
regulará lo correspondiente a la programación,
aprobación, modificación, ejecución de los
presupuestos de la Nación, de entidades territoriales y de
los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y
su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo,
así como también la capacidad de los organismos y
entidades estatales para contratar.