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El papel del Estado en la resolución del conflicto



  1. Introducción
  2. Interpretar el papel del Estado en la
    resolución del conflicto, estructura del poder
    judicial y principios rectores
  3. Definición de Estado
  4. El
    papel del Estado democrático social de Derecho y
    Justicia como garante de la tutela judicial
    efectiva
  5. Poder
    Judicial
  6. Principios que rigen el funcionamiento de los
    órganos que forman el Poder
    Judicial
  7. Conclusión
  8. Bibliografía

Introducción

El estudio de este tema tiene como objetivo principal
Interpretar el Papel del Estado en la Resolución del
Conflicto, estructura del Poder Judicial y Principios
Rectores.

Para el logro de este objetivo, el cual nos
hemos propuesto alcanzar, requerimos estudiar algunos aspectos
importantes, que nos permitan comprender en mejor medida el tema,
es por ello, que nos propondremos enfatizar en algunos aspectos
de vital importancia, tales como; Definición de Estado, El
Papel del Estado Democrático Social de Derecho y Justicia
como garante de la Tutela Judicial Efectiva, Estructura del Poder
Judicial, Funcionamiento de los diferentes Órganos que
forman el Poder Judicial en todas sus actuaciones, y Principios
que rigen el funcionamiento de los Órganos que forman el
Poder Judicial.

Se requerirá estudiar brevemente
algunos conceptos significativos para complementar este
contenido, entre los cuáles podemos citar;
Definición de Estado, Estado Democrático Social de
Derecho y Justicia, Resolución del Conflicto, Tutela
Judicial Efectiva, Poder Público Nacional de Venezuela,
Poder Judicial, Estructura del Poder Judicial en Venezuela,
Funcionamiento de los diferentes Órganos que forman El
Poder Judicial en todas sus actuaciones, Tribunal Supremo de
Justicia, Corte de Apelaciones y Tribunales
Superiores,

Tribunales de Primera Instancia, Juzgados
de Municipio, Corte Marcial, y los Principios que rigen el
funcionamiento de los Órganos que forman El Poder
Judicial.

Interpretar el papel
del Estado en la resolución del conflicto, estructura del
poder judicial y principios rectores

OBJETIVOS:

  • 1. Definición de Estado. El Papel del
    Estado Democrático Social de Derecho y Justicia como
    garante de la Tutela Judicial Efectiva.

  • 2. Estructura del Poder Judicial

  • 3. Funcionamiento de los diferentes
    Órganos que forman el Poder Judicial en todas sus
    actuaciones

  • 4. Principios que rigen el funcionamiento de
    los Órganos que forman el Poder Judicial.

Definición de
Estado

Es una organización social constituida por un
grupo de individuos establecidos sobre un territorio determinado
y sujetos a la autoridad de un mismo gobierno.

El Estado es un concepto político que se refiere
a una forma de organización social, política
soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones
involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en
un territorio determinado. Usualmente, suele adherirse a la
definición del Estado, el reconocimiento por parte de la
comunidad internacional.

El papel del Estado
democrático social de Derecho y Justicia como garante de
la tutela judicial efectiva

ESTADO DEMOCRATICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE
JUSTICIA

La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999, en  el articulo 2 
consagra que "Venezuela se constituye en un Estado
democrático y social de Derecho y de Justicia, que
propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico y de su actuación, la vida, la libertad,
la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la
responsabilidad social y en general, la preeminencia de los
derechos humanos, la ética y el pluralismo
político". 

Esta constitución democrática compromete
su existencia axiológica en el privilegio que le asigna a
los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados
por la universalidad de sus titulares.

Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el
Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por
Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y
comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las
demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar
general. Por ello, la justicia, la educación, la salud, la
seguridad social, el propender a un desarrollo integral de la
sociedad y del individuo, el establecimiento y la
protección de los derechos humanos, siendo funciones
indelegables del Estado.

En este sentido, el cumplimiento de su función
debe avocarse a orientar y apuntalar a la sociedad hacia la
protección de los derechos humanos. No basta establecer
bases teóricas y leyes para el entendimiento de estos
derechos, sino que debe ir más allá, hasta llegar a
la función de educar, proteger, asistir y colaborar con
aquellos ciudadanos y ciudadanas a quienes les han sido
conculcados sus derechos humanos. 

La justicia social comprende el conjunto de decisiones,
normas y principios considerados razonables de acuerdo al tipo de
organización de la sociedad en general, o en su caso, de
acuerdo a un colectivo social determinado. Comprende por tanto el
tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos,
defendidos y sostenidos y el tipo de relaciones sociales
consideradas admisibles o deseables, de tal manera que describan
un estándar de justicia legítimo.

  • RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

La resolución de conflictos es una
técnica, ensayada por profesionales experimentados que
representan a las partes en disputa a cualquier nivel
(individual-interestatal) que ofrecen una vía alternativa
para cada parte que desde su punto de vista puede favorecer la
resolución del conflicto en todas sus facetas.

Enfoques para abordar los conflictos

A grandes rasgos existen tres enfoques para abordar los
conflictos:

  • 1. Enfoque jurídico-moral o
    normativo:
    Trata de abordar el conflicto aplicando una
    serie de normas jurídicas o morales. Es útil
    cuando existe un consenso básico entre las partes
    sobre esas normas y lo que se discute es la aplicabilidad de
    estas en el caso concreto.

  • 2. La negociación o regateo
    coercitivo:
    El conflicto se considera omnipresente, ya
    que se presupone que se debe a una tendencia a dominar,
    inherente al individuo en sociedad, o imputable al menos a la
    escasez material.

  • 3. Resolución de conflictos: Se
    entiende una situación en que las partes establecen
    unas relaciones, sin temor, que resultan aceptables para
    todos según sus preferencias individuales.
    Además estás relaciones deben reflejar un
    "perfecto conocimiento" que elimine el riesgo de que la
    violencia estructural convierta a una de las partes en
    "esclavos felices". Cuando un conflicto queda resuelto la
    situación se mantiene ya que las partes están
    satisfechas

  • TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

El derecho a la tutela judicial efectiva es la
posibilidad de reclamar a los órganos judiciales la
apertura de un proceso para obtener una resolución
motivada y argumentada sobre una petición amparada por la
ley. Está reconocido en el artículo 24 de la
Constitución y significa la prevalencia del fondo sobre la
forma, el contenido sobre el continente, de forma que prime
siempre el principio "pro actione".

Al hablar de Tutela Jurídica Efectiva, es
necesario tomar como punto de partida el concepto de
Jurisdicción, ya que la misma es una función
potestad reservada por el Estado (elemento constitucional). El
uso de su soberanía (elemento político), para
ejercerla en forma de servicio público (elemento
administrativo) por órgano predeterminados e
independientes, para la realización concreta de los
intereses peticionados de los ciudadanos con carácter de
definitivo y con posibilidad de coacción en un proceso
judicial (elemento procesal). Concatenemos esto con los Art. de
la CRBV 26;49;253.

  • PODER PÚBLICO NACIONAL DE
    VENEZUELA

El Poder Público Nacional está dividido en
5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder
ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder
electoral los cuales tienen funciones distintas.

Estructura del Poder Público
Nacional

Poder Legislativo: es unicameral y reside en la
Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación,
discusión y sanción de las leyes federales,
además de las que rigen en el Distrito Capital, las
Dependencias y los Territorios Federales. Además le
está encargado de las sanciones de este país. Se
compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco
años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda
Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de
diputados puede variar según el aumento de la
población. Los diputados deben aprobar los proyectos de
ley para que éste se convierta en ley, pero el presidente
tiene poder de veto. En ese caso, la Asamblea Nacional
reconsidera el proyecto de ley. El Presidente y los
Vicepresidentes de la Asamblea la promulgarán, el proyecto
de ley se convierte en ley, aún sin la firma del
Presidente de República.

Poder Ejecutivo: es ejercido por el Presidente de
la República, Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo,
Ministros o Ministras y demás funcionarios. Cada uno
cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de
la nación. El Presidente de la República es el Jefe
del Estado y del Poder Ejecutivo Nacional, en cuya
condición dirige la acción de gobierno.
También es elegido de forma democrática por un
periodo de 6 años, y puede ser reelegido
indefinidamente.

Poder Judicial: es el encargado de administrar la
justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la
República por autoridad de la ley, constituido por el
Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que
determine la ley, los órganos de investigación
penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema
penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados
autorizados por el ejercicio.

Poder Ciudadano: es ejercido por el Consejo Moral
Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal
General de la República y el Contralor General de la
República Bolivariana de Venezuela; las funciones de sus
cargos son: prevenir, investigar y sancionar los hechos que
atentan contra la ética pública y moral
administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad
en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la
aplicación del principio de legalidad en toda la actividad
administrativa del Estado, e igualmente, promover la
educación como proceso creador de la ciudadanía,
así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la
responsabilidad social y el trabajo.

El Poder Ciudadano es independiente y sus órganos
gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa.
A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le
asignará una partida anual variable. (Art. 274 CRBV). Este
poder está constituido por los siguientes organismos:
Defensoría del Pueblo, Ministerio Público y
Contraloría General de la República.

Poder Electoral: Es una de las ramas
autónomas del Poder Público Nacional, este poder
está constituido por el siguiente organismo: Consejo
Nacional Electoral (CNE).

Poder
Judicial

Es el poder encargado de administrar justicia, ordena
concretamente el poder judicial, le corresponde conocer de las
causas y asuntos civiles, mercantiles, penales, del trabajo, de
menores, militares, políticos y fiscales, sin distingo de
las personas que intervengan en ellos; decidirlos definitivamente
y ejecutar o hacer ejecutar las sentencias que dictare, la
justicia se administra en nombre de la Republica Bolivariana de
Venezuela.

El Poder judicial es un poder del Estado que, de
conformidad con el ordenamiento jurídico, es el encargado
de administrar justicia en la sociedad, mediante la
aplicación de las normas jurídicas en la
resolución de conflictos.

Por "Poder", en el sentido de poder público, se
entiende a la organización, institución o conjunto
de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial
son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y
tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele
gozar de imparcialidad y autonomía.

ESTRUCTURA DEL PODER JUDICIAL DE
VENEZUELA

El Poder Judicial de Venezuela es ejercido por el
Tribunal Supremo de Justicia y otros tribunales que se subdividen
en Tribunales de Jurisdicción ordinaria: Las Cortes de
Apelaciones, Tribunales Superiores, Tribunales de Primera
Instancia y Tribunales de Municipio, y especial como la Corte
Marcial, esto se fundamenta en la Constitución de la
República, en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Justicia y en la Ley Orgánica del Poder
Judicial.

FUNCIONAMIENTO DE LOS DIFERENTES
ÓRGANOS QUE FORMAN EL PODER JUDICIAL EN TODAS SUS
ACTUACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es el
máximo órgano del sistema judicial de
Venezuela. Como tal, El Tribunal Supremo es la cabeza del
Poder Judicial de la República Bolivariana de
Venezuela
, sustituyendo en 1999 a la Corte Suprema de
Justicia. Es el máximo tribunal de
Venezuela. Está formado por 32 Magistrados, el
Magistrado presidente de la Sala Constitucional también
preside el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo de Justicia, está conformado
por 7 salas o instancias las cuales se dividen el trabajo
según su competencia, estas salas son: Sala Plena, Sala
Constitucional, Sala Político-administrativa, Sala
Electoral, Sala de Casación Civil, Sala de Casación
Social, Sala de Casación Penal. Sus miembros son elegidos
por la Asamblea Nacional, por un periodo de 12 años, sin
derecho a reelección.

  • Sala constitucional: Que maneja todo lo que
    sea inconstitucional. Está por encima de la
    ley.

  • Sala político administrativa: Que es
    donde se maneja el contencioso administrativo.

  • Sala electoral: Donde se maneja todos los
    asuntos electorales del país. Cuando se habla de
    electorales no es solamente la parte del CNE es de los
    sindicatos, es la de todos organismos que tenga
    elecciones.

  • Sala de casación civil: Que maneja
    todo lo que sea civil y mercantil en última
    instancia.

  • Sala penal: La cual maneja todos los asuntos
    de materia penal.

  • Sala de casación social: Maneja la
    materia laboral.

Atribuciones del Tribunal Supremo de
Justicia

Le corresponde defender el orden establecido por la
Constitución de Venezuela, mantener el equilibrio entre
los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar,
de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social,
a través de las resoluciones jurisdiccionales que
dicta.

  • Corresponde al Tribunal Supremo de Justicia la
    dirección, el gobierno y la administración del
    Poder Judicial, la inspección y vigilancia de los
    tribunales de la República y de las Defensorías
    Públicas. Igualmente, le corresponde la
    elaboración de su propio presupuesto y del presupuesto
    del Poder Judicial.

  • Declarar si hay o no mérito para el
    enjuiciamiento del Presidente de la República, y en
    caso de ser afirmativo, continuar conociendo la causa, con
    previa autorización de la Asamblea Nacional, hasta
    sentencia definitiva.

  • Declarar si hay o no mérito para el
    enjuiciamiento del Vicepresidente Ejecutivo, Diputados de la
    Asamblea Nacional o del propio Tribunal Supremo de Justicia,
    los Ministros, del Procurador General, del Fiscal General,
    del Contralor General de República, del Defensor del
    Pueblo, los Gobernadores, oficiales o almirantes de la Fuerza
    Armada Nacional, Diplomáticos de la República,
    y en caso afirmativo, remitir los autos al Fiscal General; y
    si el delito fuere común se continuará
    conociendo de la causa hasta la sentencia
    definitiva.

  • Dirimir las controversias administrativas que se
    susciten entre la República, algún Estado,
    Municipio u otro ente público.

  • Declarar la nulidad total o parcial de los
    reglamentos y demás actos administrativos del
    Ejecutivo Nacional, cuando sea procedente.

  • Conocer de los recursos de interpretación
    sobre el contenido y alcance de los textos legales, y en los
    términos contemplados en la ley.

  • Dirimir los conflictos de competencia entre
    tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista
    otro tribunal superior o común a ellos en el orden
    jerárquico.

  • Conocer del recurso de casación.

  • Las demás que establezca la ley.

Magistrados: Cada sala está
conformada por 5 Magistrados o Jueces principales a
excepción de la Sala Constitucional la cual está
compuesta por 7 magistrados y el Tribunal Supremo de Justicia en
pleno el cual reúne a los 32 magistrados de todas las
salas.

Los magistrados son elegidos por la Asamblea Nacional,
la ley determina el proceso de elección, también
pueden ser removidos por ella mediante una mayoría
calificada de las dos terceras partes de sus integrantes, previa
audiencia al interesado, en caso de faltas graves ya calificadas
por el Poder Ciudadano. Equilibrio entre los diversos poderes y
órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo,
asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de
las resoluciones jurisdiccionales que dicta.

Requisitos para ser Magistrado

  • Tener nacionalidad venezolana por nacimiento y no
    poseer otra nacionalidad.

  • Ser ciudadano o ciudadana de reconocida
    honorabilidad.

  • Ser jurista de reconocida competencia, gozar de
    buena reputación, haber ejercido la abogacía
    durante un mínimo de quince años y tener
    título universitario en materia jurídica; o
    haber sido profesor universitario titular durante un
    mínimo de quince años; o ser o haber sido Juez
    superior en la especialidad correspondiente a la Sala para la
    cual se postula, con un mínimo de quince años
    en el ejercicio de la carrera judicial, y de reconocido
    prestigio en el desempeño de sus funciones.

  • Los demás que establezca la ley.

Funcionamiento

El Tribunal Supremo con una Sala Plena que está
integrada por los Magistrados de todas las Salas, y una Junta
Directiva cuyos miembros presidirán las respectivas Salas.
La Sala Plena tendrá un Secretario y un Alguacil. La Junta
Directiva del Tribunal Supremo y de cada una de sus Salas duraran
dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos,
por un periodo igual.

CORTE DE APELACIONES Y TRIBUNALES
SUPERIORES

Son los tribunales de máxima
jerarquía en el poder judicial venezolano, solo con
excepción del Tribunal Supremo de Justicia, Las cortes de
Apelaciones, se encuentran únicamente en materia penal,
mientras que los tribunales superiores, se encuentran en el resto
de las ramas del derecho, aunque estos, esencialmente cumplen la
misma función. Estos tribunales, están distribuidos
en todo el país y asignados a ciertas zonas
geográficas denominadas circunscripciones judiciales. En
la actualidad, existen 24 circunscripciones judiciales, que
abarcan el territorio de un Estado.

Las Cortes de Apelaciones y los Tribunales Superiores,
se encargan de conocer todos aquellos recursos establecidos en
las diferentes leyes venezolanas, con la sola excepción
del recurso de casación, el cual es competencia exclusiva
del Tribunal Supremo de Justicia, estos tribunales, corrigen a
los tribunales de primera instancia, o su inmediato inferior,
ratifica sus decisiones o las anula, los insta y les ordena a
cumplir o hacer cumplir ciertas reglas, al igual que conocen y
deciden acerca de las inhibiciones, recusaciones, revisiones,
Amparos Constitucionales presentados por las partes en el proceso
como tal.

TRIBUNALES DE PRIMERA
INSTANCIA

Se dividen en lo civil, mercantil, del trabajo, penal,
etc. O pueden acumular varias de estas jurisdicciones inclusive
las especiales, como ocurre en algunos estados, por la escasa
densidad de población, u otras circunstancias.

JUZGADOS DE MUNICIPIO

Los primeros, funcionan en la cabecera de cada Municipio
y tiene una competencia determinada en la Ley, los departamentos
funcionan, en la cabecera de departamentos. Deben observarse que
la nueva ley orgánica de régimen municipal,
establece la casi total desaparición de los distritos, los
cuales son sustituidos por los municipios.

LA CORTE MARCIAL

Funcionará en la Capital de la
República, tendrá jurisdicción sobre todo el
territorio nacional y deberá estar compuesta de cinco
miembros principales y diez suplentes, los que durarán en
sus funciones por todo el tiempo del período
constitucional.

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA
MAGISTRATURA:

Es el órgano encargado de la
administración del Poder Judicial.

JURISDICCIÓN DE CORTES
INTERNACIONALES EN VENEZUELA:

La Magistrada Presidente del Tribunal
Supremo de Justicia Luisa Estella Morales aseguró que la
Constitución de Venezuela de 1999 está "por encima"
de tratados internacionales ratificados, y por tanto
órdenes basadas en la aplicación de los mismos,
provenientes de tribunales internacionales, "no son vinculantes"
en Venezuela.

Principios que rigen
el funcionamiento de los órganos que forman el Poder
Judicial

CLASES DE ÓRGANOS
JURISDICCIONALES

Existen varias clasificaciones dependiendo de la
estructura interna, de la medida del poder que ejercen los
Tribunales, según el grado de
jurisdicción.

1.- SEGÚN LA ESTRUCTURA
INTERNA:

  • Tribunales Colegiados: Son los que
    están integrados por varios jueces, tales como el
    Tribunal Supremo de Justicia, donde las Salas están
    conformadas por varios Magistrados, la Corte Marcial, Corte
    Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo,
    etc.

  • Tribunales Unipersonales: Son todos aquellos
    tribunales del país tales como los Juzgados
    Superiores, de Primera Instancia, de Municipio, etc. En la
    actualidad en Caracas, existen doce tribunales de Primera
    Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y
    Familia del Área Metropolitana de Caracas. Existen
    igualmente veinticinco Tribunales de Municipio y diez
    Tribunales Ejecutores en Materia Civil.

2.- SEGÚN LA MEDIDA DEL PODER QUE EJERCEN LOS
TRIBUNALES:

  • Tribunales Ordinarios: Son los que ejercen la
    jurisdicción en materia civil, mercantil y penal. En
    principio deben conocer todas aquellas causas de tipo civil,
    mercantil y penal.

  • Tribunales Especiales: Son aquellos cuyos
    conocimientos de causas están limitadas a cierto tipo
    de controversias, tales como asuntos mercantiles, de
    protección al niño y al adolescente, laborales,
    agrarios, entre otros.

  • Tribunales Contenciosos-Administrativos: Son
    aquellos Tribunales que ejercen la jurisdicción en los
    asuntos relacionados con las controversias frente al Poder
    Público Nacional, Estadal o Municipal y los
    particulares.

3.- SEGÚN EL GRADO DE
JURISDICCIÓN:

  • Tribunales Superiores o de alzada

  • Tribunales Inferiores o de primer grado

Conclusión

El Estado es una organización social constituida
por un grupo de individuos establecidos sobre un territorio
determinado y sujetos a la autoridad de un mismo
gobierno.

Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el
Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por
Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y
comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las
demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar
general.

El derecho a la tutela judicial efectiva es la
posibilidad de reclamar a los órganos judiciales la
apertura de un proceso para obtener una resolución
motivada y argumentada sobre una petición amparada por la
ley.

El Poder Público Nacional está dividido en
5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder
ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder
electoral los cuales tienen funciones distintas.

El Poder judicial es un poder del Estado que, de
conformidad con el ordenamiento jurídico, es el encargado
de administrar justicia en la sociedad, mediante la
aplicación de las normas jurídicas en la
resolución de conflictos.

El Poder Judicial de Venezuela es ejercido por el
Tribunal Supremo de Justicia y otros tribunales que se subdividen
en Tribunales de Jurisdicción ordinaria: Las Cortes de
Apelaciones, Tribunales Superiores, Tribunales de Primera
Instancia y Tribunales de Municipio, y especial como la Corte
Marcial.

Bibliografía

http://doctrina.vlex.com.ve/vid/organizacion-judicial-venezolana-tribunales-212796597

http://es.wikipedia.org/wiki/Estado

http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_Judicial

http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_Judicial_de_Venezuela

http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_(Venezuela)

http://es.wikipedia.org/wiki/Resoluci%C3%B3n_de_conflictos

http://es.wikipedia.org/wiki/Resoluci%C3%B3n_de_conflictos

http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Supremo_de_Justicia_de_Venezuela

http://jnblanco.blogspot.es/i2008-03/

http://jvictorhp.blogspot.com/2011/03/estado-y-resolucion-de-conflictos.html

http://profesionalesdevzla.mforos.com/1465565/7844203-tutela-judicial-efectiva/

http://www.definicionlegal.com/definicionde/Tutelajudicialefectiva.htm

http://www.monografias.com/trabajos41/estado-y-conflictos/estado-y-conflictos2

 

 

Autor:

Maria de los A.
Pérez

 

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