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Consolidación de Estados Financieros




Enviado por Samuel Pérez Grau



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    Consolidación de estados financieros
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    Consolidación de estados
    financieros

    Conceptos fundamentales de la
    Consolidación de estados financieros

    La consolidación es una técnica contable
    correlativa del método de registro de la participación
    patrimonial, pues mientras en la participación patrimonial
    la controladora reconoce su participación en el capital
    contable de las subsidiarias o asociadas, en la
    consolidación, reconoce su intervención en los activos
    y pasivos.

    Los entes no consolidados deberán ser objeto de
    revelación. Estos son empresas subordinadas que:

    • Su control por parte del ente matriz haya sido
      impedido o evitado de alguna manera

    • Tal control sea ejercido temporalmente

    Ahora, según el Artículo 10 de la NIC 27, no
    se exige la consolidación de estados financieros de
    controlantes si y solo si se cumplen los siguientes
    requisitos:

    • la controladora es a su vez subsidiaria de otra
      controladora y los otros accionistas han sido informados
      acerca de ello y no ha habido objeción.

    • la controladora no tienen acciones ni títulos
      en el mercado público de valores,

    • la controladora no está ni tiene intenciones de
      ir a las entidades reguladora con miras a emitir instrumentos
      financieros en el mercado público, y

    • la controladora última (la matriz de todo el
      grupo) presenta estados financieros consolidados disponibles
      al público.

    Existen dos teorías para fundamentar los
    métodos de integración de estados financieros, a saber:
    la teoría de la entidad y la teoría de la
    propiedad.

    Teoría de la Entidad: Esta teoría
    parte del supuesto de que los estados financieros consolidados
    tienen sentido cuando se determina que existe un ente
    económico ampliado en la que los accionistas que conforman
    la participación no controladora también son
    propietarios de una parte de los activos netos de la entidad
    consolidada (Carvalho, 2006).

    En el intento de eliminar el capital con el que
    participan las subsidiarias en la consolidación, deberá
    surgir una cuenta de naturaleza acreedora que refleja aquella
    parte de los activos y pasivos que no se hallan bajo el control
    de la tenedora. En las normas de información financiera,
    esta porción ha sido dado llamarla como Participación
    no controladora, a cambio de su nombre clásico de Intereses
    Minoritarios.

    Teoría de la Propiedad: Esta teoría
    supone que los propietarios de la matriz o controladora
    están interesados en tomar decisiones basadas en los estados
    financieros consolidados referidos únicamente a la parte de
    las subordinadas sobre las que se tiene control y por lo tanto,
    resultaría indeseable incluir en la información
    consolidada la parte correspondiente a terceros. Es decir, el
    interés minoritario no se presenta en esta situación
    puesto que los terceros propietarios de la subordinada no tienen
    participación en la matriz (Carvalho, 2006). En normas
    internacionales de información financiera, esta teoría
    sigue siendo válida para aquellos casos referidos a
    inversiones de control conjunto en la que existen dos accionistas
    y cada uno posee 50% de la entidad a consolidar. (Martínez,
    2010).

    Desde el marco conceptual de las NIIF, la
    consolidación ha de basarse en el principio de la entidad y
    en la hipótesis contable del devengo.

    Principio de la Entidad económica: El ente
    económico es la empresa, esto es, la actividad
    económica organizada como una unidad, respecto de la cual se
    predica el control de los recursos. El ente debe ser definido e
    identificado en forma tal que se distinga de otros
    entes.

    En materia de capital y de decisiones, al ser
    consolidada, la empresa tenedora y sus subsidiarias, integran una
    unidad económica y centro de decisiones sin personería
    jurídica propia e independiente de otras entidades. En
    consecuencia, para los lectores de los estados financieros es de
    primordial interés conocer las relaciones de la empresa
    controladora y sus subsidiarias con terceros, así como sus
    efectos. Para que esta comunicación sea adecuada, se
    requiere que los estados financieros incluyan todos los derechos,
    obligaciones, restricciones, patrimonio y resultados de
    operación de la empresa controladora y sus subsidiarias, ya
    que se trata de una sola empresa, lo que se logra con los estados
    financieros consolidados y sus revelaciones.

    Hipótesis del Devengo contable: El devengo
    se refiere a lo que deberá considerarse como un evento
    susceptible de ser valuado cuando ocurre una transacción y
    por lo tanto deba reflejarse en estados financieros. Los efectos
    de las transacciones y demás sucesos se reconocen cuando
    ocurren y no cuando se recibe o paga dinero u otro equivalente de
    efectivo. Asimismo, se registran en la contabilidad y se informa
    sobre ellos en los estados financieros de los ejercicios con los
    cuales se relacionan.

    Las operaciones y demás sucesos que la contabilidad
    cuantifica se reconocen devengados cuando:

    • han afectado las transacciones con otros entes
      económicos

    • han tenido lugar transformaciones internas que
      modifican la estructura de los recursos o de sus
      fuentes

    • han ocurrido eventos económicos externos a la
      entidad o derivado de las operaciones de esta y cuyo efecto
      puede cuantificarse de manera razonable en términos
      monetarios.

    Al prepararse una consolidación, se tendrá en
    cuenta como principios fundamentales que un ente económico
    no puede poseer ni deberse así mismo, ni puede realizar
    utilidades o excedentes o pérdidas por operaciones
    efectuadas consigo mismo.

    Existen dos métodos de consolidación: el
    método de integración global y el método de
    integración proporcional:

    Método de integración global: Se
    entiende por método de integración global aquel en el
    que se incorporan a los estados financieros de la matriz o
    controlantes, la totalidad de los activos, pasivos, patrimonio y
    resultados de las sociedades subordinadas, previa
    eliminación en la matriz o controlante, de la inversión
    efectuada por ella en el patrimonio de la subordinada y
    también de las operaciones y saldos recíprocos
    existentes a la fecha de corte de los estados financieros
    consolidados. Este es el método utilizado en la ejercicio
    sobre consolidación desarrollado al final del presente
    documento.

    Método de integración proporcional:
    Se entiende por método de integración proporcional
    aquel en el que se incorporan a los estados financieros de la
    matriz o controlantes, el porcentaje de participación de
    cada uno de los participantes en el capital o en las decisiones,
    previa eliminación en la matriz o controlante, de la
    inversión efectuada por ella en el patrimonio de la
    subordinada y también de las operaciones y saldos
    recíprocos existentes a la fecha de corte de los estados
    financieros consolidados.

    La regulación de la consolidación contable
    en Colombia:
    La consolidación consiste en sustituir en
    los estados financieros de la controladora o tenedora el valor de
    la inversión registrado en la cuenta "1205 Acciones" por el
    valor de los activos y pasivos de las subsidiarias y asociadas.
    El Artículo 23 del Estatuto Contable colombiano (Decreto
    2649 de 1993), establece que "Son estados financieros
    consolidados aquellos que presenten la situación financiera,
    los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y
    en la situación financiera, así como los flujos de
    efectivo de un ente matriz-subordinadas, o un ente dominante y
    los dominados, como si fuesen los de una sola
    empresa".

    Según el Código de Comercio colombiano (Ley
    222 de 1995), el ente económico que posea más del 50%
    del capital de otros entes económicos, debe presentar junto
    con sus estados financieros básicos, los estados financieros
    consolidados, acompañados de sus respectivas notas. En su
    Artículo 35 establece que la matriz, o controlante,
    además de preparar y presentar estados financieros de
    propósito general individuales, deben preparar y difundir
    estados financieros de propósito general consolidados, que
    presente la situación financiera, el resultado de
    operaciones y los cambios en el patrimonio y en el flujo de
    efectivo de la matriz o controlante y sus subordinados o
    dominados, como si fuesen los de un solo ente.

    La Superintendencia de Sociedades de Colombia en las
    Circulares Externas 05 y 06 de 06/04/ 2000 ha fijado como
    procedimiento de consolidación de estados financieros, el
    contenido de la Circular Externa 02 de 1998 de la
    Superintendencia de Valores. Según la Circular Externa 05 de
    2000 de la Superintendencia de Sociedades, existen dos
    métodos de consolidación: el método de
    integración global y el método de integración
    proporcional.

    Cuando el control sea ejercido directa o indirectamente
    por una sola persona, se utilizará el método de
    integración global, el cual consiste en incorporar a los
    estados financieros individuales de la matriz o controlante, la
    totalidad de los activos, pasivos, patrimonio y resultados de las
    sociedades subordinadas, eliminando en la matriz o controlante
    tanto la inversión efectuada por ella en el patrimonio de la
    subordinada, como las operaciones y saldos recíprocos. La
    participación de los minoritarios deberá registrarse en
    un rubro aparte después del pasivo y antes del patrimonio,
    denominado interés minoritario.

    Cuando el control (conjunto) sea ejercido por dos o
    más matrices o controlantes, según la posibilidad
    consagrada expresamente en el artículo 260 del Código
    de Comercio, se utilizará el método de integración
    proporcional, el cual consiste en que cada una de ellas
    incorporará a sus estados financieros individuales la
    proporción de los activos, pasivos, patrimonio y resultados
    de las sociedades que controle, efectuando las eliminaciones a
    que haya lugar. La aplicación de este método no da
    lugar a registrar interés minoritario, teniendo en cuenta
    que sólo se integra la proporción que se
    controla.

    Cuando el control provenga de una cualquiera de las
    presunciones de subordinación diferentes a la de
    participación en el capital, deberá aplicarse el
    método de integración global o proporcional, según
    corresponda. El patrimonio de las subordinadas se denominará
    PATRIMONIO CONTROLADO, el cual se clasificará después
    del pasivo y antes del patrimonio de la controlante, tanto en el
    método de integración global como en el
    proporcional.

    Cuando una matriz o controlante no esté domiciliada
    en el país, sólo procede la consolidación de los
    estados financieros de las subordinadas en Colombia; es así
    como no se exige a la matriz extranjera que integre a dicha
    consolidación sus propios estados financieros o que revele
    inversiones en otras partes del mundo, si no media relación
    con las subordinadas colombianas. En ese caso, la
    consolidación debe realizarse a través de cualquiera de
    las subordinadas colombianas, las cuentas del patrimonio
    consolidado deben corresponder al porcentaje de
    participación que la matriz extranjera posea en las
    sociedades subordinadas colombianas, sección del patrimonio
    que se denominará PATRIMONIO CONTROLADO POR MATRIZ
    EXTRANJERA; el interés minoritario se registrará
    separadamente en una cuenta que se clasificará después
    del pasivo y antes del patrimonio.

    Cuando el control sea ejercido por personas naturales o
    personas jurídicas de naturaleza no societaria, el
    patrimonio consolidado se denominará PATRIMONIO CONTROLADO y
    además se registrará separadamente el interés
    minoritario, en una cuenta que se clasificará antes de la
    sección de patrimonio.

    Cuando en un grupo empresarial existan entidades
    pertenecientes al sector financiero y no financiero, se deben
    consolidar inicialmente separados. Dichos consolidados sirven
    como base para la elaboración del consolidado total, el cual
    se podrá elaborar a nivel de grupo (dos
    dígitos)

    Proceso contable de la
    consolidación:

    Los pasos previos al proceso de consolidación en
    hojas de trabajo comprenden:

    • 1- Análisis de los estados financieros
      individuales de las compañías a
      consolidar

    • 2- Reconocimiento de valor razonable en los
      activos netos adquiridos

    • 3- Identificar los efectos de las operaciones
      reciprocas

    Para una mejor comprensión del proceso contable de
    la consolidación, en el siguiente ejercicio ilustrativo, se
    parte del supuesto de que con motivo de la venta del 65% de sus
    acciones, la empresa Solivanes S.A. ha pasado a ser subordinada
    de la empresa compradora Molinares S.A, la cual se ha convertido
    en casa matriz que controla económica, financiera y
    administrativamente al grupo SOLIN (antigua Solivanes S.A.). A
    continuación, se muestra el procedimiento de la
    consolidación de la controladora Molinares S.A (que deseamos
    llamar MOLIN). El primer paso es la determinación del estado
    patrimonial de la escindente SOLIN:

    Cuadro N° 1: Estado patrimonial del
    grupo escindente SOLIN después de la cesión de
    acciones

    Código

    Cuentas

    SOLIVANES S.A.

    Originaria

    (100%)

    CONTROVERSIAL. S.A.

    Controladora

    (65%)

    ASOMADA S.A.

    Asociada

    (35%)

    3105

    Capital suscrito y pagado

    3.448.421

    2.241.474

    1.206.947

    3205

    Prima en colocación de
    accs.

    1.642.105

    1.067.368

    574.737

    330505

    Reserva legal

    330515

    Reserva para
    readquisición

    369.474

    240.158

    129.316

    330516

    Acciones prop.
    readquiridas

    Total Patrimonio

    5.460.000

    3.549.000

    1.911.000

    Valor Intrínseco de la
    acción

    54.600 $/acc.

    54.600 $/acc.

    54.600 $/acc.

    Fuente: Pérez S., Apuntes de clase, 2012

    Obtención de los estados financieros
    individuales:
    La consolidación debe hacerse con base en
    los estados financieros cortados a una misma fecha. Si ello no es
    posible, se podrán utilizar estados con una antigüedad
    no mayor de tres meses, en cuyo caso, deberá informarse de
    esta situación mediante notas a los estados financieros
    indicando su efecto sobre la información
    resultante.

    Conviene verificar desde el comienzo del proceso de
    análisis que las subordinadas que se encuentran en segundo y
    tercer nivel de consolidación, hayan consolidado sus estados
    financieros con las subordinadas que le corresponda. También
    se debe verificar la aplicación del método de
    participación patrimonial en las inversiones de las empresas
    subordinadas.

    Ejercicio sobre la obtención de estados
    financieros:
    La Compañía MOLIN posee el 65% de las
    acciones del grupo escindente SOLIN (100 acciones), la cual ha
    adquirido por la suma de 3.549.000 u.m. (miles de pesos). Al
    cierre del año 20XX, la controladora Molin y el grupo
    escindente Solin cuentan con la siguiente
    información:

    Cuadro N° 2: Balance General
    Individual

    MOLIN

    SOLIN

    DEBITOS

    DEBE

    HABER

    DEBE

    HABER

    1105 CAJA Y BANCOS

    14.640.000

    161.000

    1205 INVERSIONES

    3.549.000

    1305 CLIENTES

    4.300.000

    1325 CUENTAS.POR COBRAR A SOCIOS

    16.400.000

    9.199.466

    1430 PRODUCTOS TERMINADOS

    1435 MERCANCIAS NO FAB. POR LA EMPRESA

    310.000

    3.470.000

    1504 TERRENOS

    2.359.000

    1516 CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES

    7.210.000

    1520 MAQUINARIA Y EQUIPO

    1.400.000

    1605 CREDITO MERCANTIL

    1910 VALORIZACIONES PROP. PLANTA Y
    EQUIPO

    5135 SERVICIOS

    7.000.000

    5160 DEPRECIACIONES

    87.500

    5195 DIVERSOS

    3.510.000

    5.390.000

    5199 PROVISIONES

    700.000

    5305 FINANCIEROS

    1.200.000

    5310 PERDIDA EN VENTA DE BIENES

    1.000.000

    200.000

    6135 COSTOS DIRECTOS TRANSFERIDOS

    4.660.000

    8.560.000

    6205 COMPRA DE MERCANCIAS

    6.000.000

    14.064.000

    6210 COMPRA DE MATERIAS PRIMAS

    4.320.000

    TOTAL DEBITOS

    63.766.500

    55.923.466

    CREDITOS

    1592 DEPRECIACION ACUMULADA

    1.217.500

    1599 PROVISIONES

    700.000

    2205 PROVEEDORES

    6.500.000

    2355 DEUDAS CON ACCIONISTAS

    14.400.000

    12.160.000

    2950 PARTICIPACION NO CONTROLADORA

    3105 CAPITAL SOCIAL

    7.425.000

    3.448.421

    3205 PRIMA EN COL. DE ACCIONES

    1.642.105

    3305 RESERVA LEGAL

    759.000

    3315 RESERVA PARA READQUISICION DE
    ACCIONES

    1.650.000

    369.474

    3316 ACCIONES READQUIRIDAS

    (825.000)

    3705 UTILIDADES ACUMULADAS

    3810 SUPERAVIT PROPIEDAD PLANTA Y
    EQUIPO

    1.000.000

    4135 COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR

    20.740.000

    38.303.466

    4210 FINANCIEROS

    1.200.000

    4230 HONORARIOS

    7.000.000

    4245 UTILIDAD EN VENTA DE PROP., PLANTA Y
    EQ.

    2.000.000

    TOTAL CREDITOS

    63.766.500

    55.923.466

    Fuente: Pérez S., Apuntes de clase, 2012

    Análisis de los estados financieros
    individuales:
    Algunos registros previos, aunque obvios,
    siempre vale la pena examinar, tal como el siguiente:

    Cuadro N° 4: Adquisición de
    acciones por parte de la matriz o controladora MOLIN

    Fecha

    Cuentas

    Debe

    Haber

    02/01/10

    1205 Inversiones (Acciones)

    1110 Bancos

    3.549.000

    3.549.000

    Fuente: Pérez S., Apuntes de clase, 2012

    Si la matriz y las subordinadas utilizan bases contables
    diferentes para transacciones y eventos semejantes en
    circunstancias similares, se deben ajustar los estados
    financieros de las sociedades en papeles de trabajo especialmente
    elaborados para tal efecto. Si los ajustes carecen de importancia
    relativa, podrán omitirse pero con la revelación en
    notas correspondientes.

    Si existieren subordinadas en el exterior, además
    de homogeneizar las bases contables, los estados financieros
    deben convertirse a pesos colombianos. En el caso de ser
    necesaria la reexpresión de uno o varios estados financieros
    en cumplimiento de la NIIF respectiva, lo más común es
    reexpresar los estados financieros individuales y después
    iniciar el proceso de la consolidación.

    La regla general es que todas las subsidiarias deben
    consolidarse, sin embargo, existen casos particulares en los que
    el poder de la controladora para gobernar las políticas de
    operación y financieras de algunas subsidiarias se ha
    perdido o se encuentra seriamente limitado y, por ello, se
    justifica la exclusión de tales subsidiarias en la
    consolidación.

    Efectos del reconocimiento de valor razonable en los
    activos netos adquiridos:
    Si en la contabilidad de la
    subsidiaria respectiva, la venta de determinado activo ha quedado
    valuada al valor en libros mientras que, la controladora ha
    registrado esa misma compra a valor razonable, u otro tipo de
    valor, la controladora responsable de la consolidación
    deberá incorporar los ajustes correspondientes a los estados
    financieros de la subsidiaria, solo para efectos de la
    consolidación.

    La controladora deberá modificar las Valorizaciones
    o el Superávit neto de propiedades, o en su caso, el
    Superávit o la Valorización integral del periodo de la
    subsidiaria, para reconocer los efectos en periodos subsecuentes
    de dichos ajustes iniciales a sus activos netos.

    Ejercicio sobre Reconocimiento de los activos
    adquiridos al valor razonable:
    La compañía M
    (Molin) compró a crédito, durante el año 20XX, a
    la compañía S (Solin), una edificación recién
    construida por la suma de $ 5.000.000. Esta edificación
    tenía un valor en libros por valor de $ 3.000.000. Siguiendo
    normas, la casa matriz, o controladora, registra la
    adquisición al valor razonable de $ 6.000.000. El asiento
    correspondiente será como sigue:

    Cuadro N° 5: Asiento para el
    reconocimiento de valor razonable en los activos
    adquiridos

    M

    S

    1516 Edificaciones

    (5.000.000 – 1.300.000)

    3.700.000

    1325 Cuentas por cobrar a socios

    5.000.000

    1605 Crédito Mercantil

    1.300.000

    1516 Edificaciones

    3.000.000

    1910 Valorizaciones

    1.000.000

    4245 Utilidad en venta de activos

    2355 Deudas con Accionistas

    5.000.000

    424501 Compañía M

    1.300.000

    3810 Superávit Propiedad planta y
    eq.

    1.000.000

    424502 Cia Asomada

    700.000

    Nota: el crédito mercantil corresponde a la
    parte de la utilidad (2.000.000 x 0,65) obtenida por la
    subsidiaria y la valorización se origina por la
    diferencia entre el costo de adquisición y el valor
    razonable registrado en libros.

    Fuente: Pérez S., Apuntes de clase, 2012

    Si posteriormente la compañía M decide vender la
    edificación a otra compañía del mismo grupo, al
    mismo valor razonable, el asiento de la venta será el
    siguiente:

    Cuadro N° 6: Asiento de venta del
    activo adquirido a valor razonable

    Fecha

    Cuentas

    Debe

    Haber

    31/12/XX

    1105 Caja

    1599 Provisiones

    3810 Superávit Prop., planta y
    equipo

    1516 Edificaciones

    5199 Provisiones

    1605 Crédito mercantil

    1910 Valorizaciones

    4.300.000

    700.000

    1.000.000

    3.000.000

    700.000

    1.300.000

    1.000.000

    Fuente: Pérez S., Apuntes de clase, 2012

    Efectos de las operaciones reciprocas: Se deben
    identificar los errores y desfases en los registros de las
    operaciones reciprocas en las empresas y conciliar las cuentas
    del balance y estado de resultados y efectuar los ajustes que
    presentan las diferencias, con el fin de determinar las cifras
    que serán objeto de eliminación.

    Ejercicio N° 1 sobre efectos de las operaciones
    reciprocas:
    La compañía M vende a crédito a
    la compañía S unas instalaciones por la suma de $
    1.400.000, adquiridas hace cuatro años a un valor
    histórico de $ 2.000.000 y con vida útil restante de 16
    años.

    Cuadro N° 7: Asiento para la venta
    de un activo a la asociada

    M

    S

    1325 Cuentas por cobrar a socios

    1.400.000

    1516 Edificaciones

    1.400.000

    1516 Edificaciones

    1.400.000

    2355 Deudas con Accionistas

    1.400.000

    Nota: la alícuota del vendedor por
    depreciación a veinte años asciende a $ 100.000
    mientras que la alícuota del comprador a 16 años
    asciende a $ 87.500

    Fuente: Pérez S., Apuntes de clase, 2012

    Ejercicio N° 2 sobre efectos de las operaciones
    reciprocas:
    La compañía M compra mercancías a
    crédito a la compañía S por la suma de $
    1.600.000. Estas mercancías tenían un valor en libros
    de $ 1.360.000. Al final del ejercicio la compañía S no
    había vendido la mercancía.

    Cuadro N° 8: Asiento para la venta
    de mercancías aun sin haber sido revendidas

    Partes: 1, 2


    M

    S

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