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Eutanasia o derecho a una muerte digna



  1. Introducción
  2. Definición
  3. Origen
    y evolución histórica de la
    eutanasia
  4. Clasificación de la
    eutanasia
  5. La
    eutanasia en el Perú
  6. Argumentos a favor de la
    eutanasia
  7. Argumentos en contra de la práctica de
    la eutanasia
  8. Conclusiones
  9. Bibliografía

Introducción

La eutanasia es uno de los dilemas históricos
más discutidos de la medicina. Médicos, religiosos,
abogados y familiares de enfermos terminales, dejan testimonios
que nos hacen reflexionar sobre el tema. ¿Derecho a morir
dignamente o vivir con dolor y sufrimiento?. Interrogante que nos
hacemos cuando experimentamos vivencias de allegados que sufren
día a día dolor, teniendo una vida
indigna.

La eutanasia en la actualidad hace referencia al acto de
acabar con la vida de una persona enferma a petición suya
o de un tercero, con el fin de minimizar el sufrimiento
físico ,a fin de evitar una muerte dolorosa como dice el
segundo libro Utopía de Tomas Moro: "todo lo posible es
hecho para mitigar el dolor de los que sufren enfermedades
incurables, pero si la enfermedad no solamente ha sido incurable
sino que es atroz e irremisiblemente dolorosa, los sacerdotes y
médicos ungen al enfermo para que no prolongue su
agonía, les recuerdan que su vida es simplemente una
tortura y que el mundo una mera celda que no debería dudar
en permitir que los demás lo liberen del tormento de
vivir".

La eutanasia constituye un desafío desde el punto
de vista ético y también desde lo legal. Algunos
enfermos desahuciados piden que los dejen morir con dignidad para
que se acaben sus sufrimientos. Ahí se presenta todo un
dilema para los médicos y familiares, quienes deben
adoptar una decisión final.

La mayoría de los códigos penales vigentes
y la postura académica adoptan una posición
intermedia, de atenuación especifica en los supuestos de
muerte piadosa o consentida pero sin llegar a su
legalización o justificación.El problema de la
eutanasia radica en el hecho de la falta de uniformidad que
suelen tener los desenlaces de enfermos terminales, porque no
existen enfermedades sino enfermos y todos son
diferentes.

OBJETIVO

El objetivo para desarrollar este tema es conocer la
información existente sobre el tema , la controversias
emitidas desde diferentes puntos de vista ,así como los
efectos y repercusiones que se podrían dar si en
algún momento se legaliza la eutanasia en nuestro
país.

DESARROLLO DEL TEMA

Definición

El término eutanasia deriva del griego: "eu"
(bien) y "thanates" (muerte). Es todo acto u omisión cuya
responsabilidad recae en personal médico o en individuos
cercanos al enfermo, y que ocasiona la muerte inmediata de
éste con el fin de evitarle sufrimientos insoportables o
la prolongación artificial de su vida. Cabe destacar dos
datos relevantes: para que la eutanasia sea considerada como tal,
el enfermo ha de padecer, necesariamente, una enfermedad terminal
o incurable, y en segundo lugar, el personal sanitario ha de
contar expresamente con el consentimiento del enfermo.
Actualmente, se distingue del término 'muerte digna', que
consiste en el otorgamiento de medidas médicas paliativas
(que disminuyen el sufrimiento o lo hacen tolerable), de apoyo
emocional y espiritual a los enfermos terminales.

Origen y
evolución histórica de la eutanasia

En la antigüedad clásica, al parecer en
Atenas y otras ciudades griegas, el estado suministraba cicuta a
quienes lo solicitaran explícitamente para poner fin a sus
sufrimientos. Lo curioso es que la palabra eutanasia no se usaba
para designar dichas acciones de ayuda a morir, sino que
equivalía al "felici vel honesta morte mori" de los
romanos.

Así, aunque la opinión de que la eutanasia
es moralmente permisible se encuentra ya en Sócrates,
Platón y los Estoicos, es en el siglo XX cuando la
polémica adquiere mayor fuerza, pues es en 1938 cuando se
forma simultáneamente en Inglaterra y Nueva York la
primera sociedad a favor de la eutanasia que posteriormente en
1988 cambio de nombre a Asociación Pro- Derecho a Morir,
extendiéndose dichas asociaciones en Australia, Alemania,
Japón, China, Filipinas, Israel, y otros
países.

La razón la podemos encontrar en el avance tan
enorme que han sufrido las llamadas Tecnologías, aplicadas
a las Ciencias, y que han originado, como es evidente, una gran
transformación en el pensamiento humano. El uso de alta
tecnología utilizada en el campo de la medicina ha
incrementado la esperanza y la calidad de vida en pacientes que,
no mucho tiempo atrás, hubieran perdido toda posibilidad
de vivir.

Sin embargo, toda espada tiene su doble filo. Unido a
este incremento en las expectativas de vida, aparece
también la triste realidad de la situación de
muchos enfermos que son obligados a vivir en condiciones
dramáticas. Enfermos terminales unidos a tubos,
máquinas y enchufes, sometidos a tratamientos
químicos a veces inútiles y vejatorios, han
revitalizado la polémica.

Breve cronología del movimiento eutanásico
en el mundo

A continuación veremos un breve esquema
cronológico de la evolución de la eutanasia y de
los movimientos y asociaciones que son partidarios de
ella:

1938: Es fundado la Euthanasia Society of
América (ESA)–la sociedad de Eutanasia de América;
su meta: legalizar el suicidio con la asistencia de un
médico para los enfermos terminales.

1967: Presentado los testamentos vivos con
el intento de promocionar la eutanasia. Es fundado el Euthanasia
Educacional Fund (EEF). Un esfuerzo general para la
educación pública sobre la eutanasia como una
opción aceptable.

1970: Es fundado la Society for the Right
to Die (la sociedad para el derecho para morir). Los grupos del
derecho para morir son más abiertos en respeto a la
eutanasia.

1972: Es fundado el Euthanasia Educational
Council.

1978: Es fundado Concern for the
Dying.

1980:Es fundado el Hemlock Society por
Derek Humphry 1985-1986: Unos casos importantes de las cortes que
promocionar la eutanasia incluyen Claire Conroy, Elizabeth
Bouvia, y Helen Corbett.

1986: Se muere de la starvación por
orden de la corte en septiembre Paul Brophy.

1988: Muestra el Roper Poll que 58% de los
americanos están de favor de legalizar morir con la
asistencia de un médico.

1990:Ayuda a su primer suicidio Jack
Kevorkian: Janet Adkins.

WELS Lutherans for Life crea un documento
de Declaration on Life (declaración sobre la vida) que
suministra para un testigo Cristiano en los asuntos de terminar
la vida.

El caso de Nancy Cruzan–decide la Corte
Suprema que los pacientes tienen el derecho para rechazar el
trato médico.

Se muere Nancy Cruzan 12 días después de
sacar la sonda para alimentación.

Muestra el Roper Poll que 63% of los americanos
están de favor de legalizar morir con la asistencia de un
médico.

1991: Derek Humphry escribe su libro FINAL EXIT (LA
SALIDA FINAL) que estaba en THE NEW YORK TIMES BEST SELLER LIST
por 18 semanas.

Ayuda a dos más personas terminar la vida Jack
Kevorkian.

Hay un artículo en The New England Journal of
Medicine por Timothy Quill, M.D. en que admite ayudar terminar la
vida a una paciente con una enfermedad terminal. Un gran jurado
decide para no acusarlo.

1992: En el estado de California, los votantes rechazan
Proposition 161–un propósito para legalizar morir con la
asistencia de un médico.

Ayuda a terminar las vidas de 5 más personas Jack
Kevorkian.

1993: Muestra el Harris Poll que 73% de los americanos
están de favor de legalizar morir con la asistencia de un
médico.

Los Paises Bajos son de las primeras naciones
industrializadas para autorizar oficialmente la
eutanasia.

Se muere Christine Busalacchi después de retener
la comida en el segundo hospital que declaró su estado
vegetativo después de no lo hizo el primero.

Ayuda a terminar las vidas de 12 personas Jack
Kevorkian.

1994: Se pasa el Death Dignity Act el 8 de noviembre;
para ser efectuado el 8 de diciembre.

Se recusa el acto de Death Dignity en las cortes del
estado de Oregon; se pone un orden refrenado en la ley de Oregon
el 7 de diciembre.

1995: Desarrolla WELS Lutherans for Life unos documentos
de Durable Power of Attorney for Health Care–Christian
Version

1996: Pasa en julio un acto de Northern Territory Rights
of the Terminally Ill para Australia

Le ayuda al suicidio número 45 Jack
Kevorkian.

1997: Dos casos del suicidio con la asistencia de un
médico están presentado a la Corte
Suprema.

Hace anular la decisión en marzo del acto NT
Rights for the Terminally Ill.

Se aprueba en mayo el Active Voluntary Euthanasia por el
corte de Columbia Constitutional.

Clasificación
de la eutanasia

En el medio hispanohablante se han introducido conceptos
de la evaluación ética de la eutanasia y se la
califica de directa o indirecta en cuanto existe o no la
intención de provocar primariamente la muerte en las
acciones que se realizan sobre el enfermo terminal. En el
contexto anglosajón, se distingue entre la eutanasia como
acción y la eutanasia como omisión (dejar morir).
Su equivalente sería eutanasia activa y eutanasia pasiva,
respectivamente. También se utilizan, en forma casi
sinónima, las calificaciones de positiva y negativa
respectivamente.

Sin embargo, la Organización Médica
Colegial española y otras instituciones no aceptan la
distinción terminológica entre «activa»
y «pasiva», porque lleva a confusión.
Consideran que la eutanasia es siempre deontológicamente
condenable, y que es distinta del acto médico de suspender
un tratamiento inútil.[3]

Eutanasia directa: Adelantar la hora de la muerte en
caso de una enfermedad incurable. Esta a su vez posee dos
formas:

Activa: Consiste en provocar una muerte indolora a
petición del afectado; el caso más frecuentemente
mostrado es el cáncer, pero pueden ser también
enfermedades incurables como el sida. Se recurre, como se
comprende, a sustancias especiales mortíferas o a
sobredosis de morfina.

Pasiva: Se deja de tratar una complicación, por
ejemplo una bronconeumonía, o de alimentar por vía
parenteral u otra al enfermo, con lo cual se precipita el
término de la vida; es una muerte por omisión.De
acuerdo con Víctor Pérez Varela, «la
eutanasia pasiva puede revestir dos formas: la abstención
terapéutica y la suspensión terapéutica. En
el primer caso no se inicia el tratamiento y en el segundo se
suspende el ya iniciado ya que se considera que más que
prolongar el vivir, prolonga el morir».[4] Debe resaltarse
que en este tipo de eutanasia no se abandona en ningún
momento al enfermo.

Eutanasia indirecta: Consiste en efectuar procedimientos
terapéuticos que tienen como efecto secundario la muerte,
por ejemplo la sobredosis de analgésicos, como es el caso
de la morfina para calmar los dolores, cuyo efecto agregado, como
se sabe, es la disminución de la conciencia y casi siempre
una abreviación de la vida. Aquí la
intención, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el
sufrimiento, y lo otro es una consecuencia no deseada. Entra
así en lo que desde Tomás de Aquino se llama un
problema de doble efecto, que resulta previsto pero no buscando
que sea adelantada la muerte del paciente.

La eutanasia en el
Perú

Situación legal de la eutanasia en el
Perú.

Nuestro Código Penal, en el título
referido a los Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud,
tipifica el delito de "Homicidio por piedad", en el
artículo 112 del citado cuerpo normativo; no se utiliza
pues el término eutanasia.

El artículo 112 del Código Penal
señala lo siguiente:

"El que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le
solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus
intolerables dolores, será reprimido con pena privativa de
libertad no mayor de tres años".

Tal como señala el Dr. Luis Alberto Bramont-Arias
Torres , especialista en Derecho Penal, nuestra
legislación ha tipificado en el homicidio por piedad a la
eutanasia activa, mas no a la pasiva (no prolongar
artificialmente la vida de quienes indefectiblemente están
destinados a la muerte, en la medida en que tal alargamiento
sólo traiga efectos de sufrimientos), ni la indirecta (que
supone el adelantamiento de la muerte -que se conoce como cierta-
mediante el suministro de medicamentos que sirven para mitigar el
dolor físico del enfermo). Pero, no obstante tipificar el
homicidio por piedad, el legislador lo ha atenuado disponiendo
una pena máxima de 3 años pues brinda vital
importancia al consentimiento expreso y voluntario del enfermo,
colocando al que realiza la eutanasia como un mero colaborador,
por lo que es este acto de colaboración lo que se castiga.
Así, existen tres aspectos fundamentales para concluir que
estamos, legalmente, frente a la figura de la eutanasia activa u
homicidio por piedad: el móvil de piedad que es el que
impulsa al autor del hecho, la petición expresa y
consciente de la víctima y la existencia de dolores
intolerables que hacen difícil la vida del
paciente.

Argumentos a favor de
la eutanasia

Para apoyar la eutanasia es necesario realizar un
análisis profundo y reflexivo al respecto, sin dejarse
influir por las concepciones morales y religiosas que cada uno de
nosotros posee, lo cual es sin duda difícil, pero
consideramos que al existir un derecho a la vida y todo cuanto
ello implica, la dignidad y libertad de la persona humana, es
también imprescindible que exista un derecho a morir
dignamente y esto se traduce en la eutanasia positiva, que es una
salida válida para un enfermo terminal que ya no desea
sufrir más, es una decisión íntima y
personal, que sólo corresponde tomar a la persona en
cuestión.

La vida es el valor esencial y debe ser protegida por el
Estado con todos los medios posibles, pero no podemos dejar de
lado la parte humana del tema y ser honestos al señalar
que la muerte debe ser lo menos traumática y dolorosa
posible y esta alternativa ofrece la eutanasia, la cual dista de
ser un crimen, sus motivos son de misericordia tanto para el que
sufre como para aquellos que lo rodean.

Además al prolongar artificialmente la existencia
de una persona, a cualquier costo:

¿ Estamos hablando realmente de vida o
sólo de una existencia biológica?.

No debemos olvidar, como antes señalábamos
los motivos humanitarios frente al sufrimiento innecesario de un
enfermo terminal solo se alarga su agonía y no su
vida.

Argumentos en contra
de la práctica de la eutanasia

Es imposible concebir que en nuestro país se
acepte una práctica que atente contra la vida, del modo en
que se vea la eutanasia en cualquiera de sus formas es un
asesinato, aún cuando se escude en razones de
índole humanitarias.

El derecho a la vida contemplado en el artículo
19 n°1 es base de nuestro ordenamiento jurídico y el
Estado, que se encuentra al servicio de la persona humana no
puede ni debe permitir la aplicación de este atentado
contra la vida, la cual debe proteger y no brindar los medios
para acabar con ella.

No podemos obviar que todas las religiones rechazan la
práctica de la eutanasia, siendo la religión
católica el más acérrimo enemigo de la
eutanasia, dado que Dios nos entrega la vida y sólo
Él puede determinar en que momento acaba, sin intervenir
el hombre del modo en que sea.

La práctica de la eutanasia contraviene todos los
principios éticos y morales que sustentan nuestra
sociedad, atenta contra los valores religiosos en los cuales se
ha sostenido durante siglos la Iglesia
Católica.

Conclusiones

En la actualidad la esperanza de vida va en incremento;
junto a ello las enfermedades crónicas degenerativas y
enfermedades terminales. Así gracias a los avances
tecnológicos, científicos ,y médicos, se
consigue alargar significativamente la vida de los pacientes, sin
tomar en cuenta muchas veces la voluntad de estos,
ocasionándoles una vida llena de padecimientos.

Los ordenamientos jurídicos se esfuerzan en
proteger la vida humana de tal modo que quede por encima de otros
valores jurídicos. Se puede decir que no hay ningún
Estado en el que esté legalizada la Eutanasia voluntaria
activa, como mucho encontramos atenuaciones para las penas de los
autores de la misma. Pero lo que sí ocurre es que, en
ocasiones, los tribunales no han sancionado a estos ejecutores,
siempre que la persona que fue objeto de la eutanasia consintiera
voluntariamente o se tratase de personas mantenidas
artificialmente con vida.

Si analizamos la situaciones de las personas que
solicitan la práctica de la eutanasia, encontramos
personas deprimidas, sin ganas de seguir viviendo en las
condiciones actuales, donde el dolor es el pan de cada
día, por otro lado familiares, que ven a sus seres
queridos manteniendo un vida vegetativa, conectados a
respiradores artificiales, que tan solo alarga sus sufrimientos
innecesariamente. En cuanto a la postura de los médicos,
en muchas ocasiones se oponen a la práctica de la
eutanasia, bien por ir en contra de sus convicciones o bien por
miedo a las consecuencias legales.

Muchos de estos problemas se evitarían si se
admitiese la validez de los testamentos vitales (Esta es mi
Voluntad), ya que, en ellos se expresa la voluntad del paciente,
evitándose así que deban ser otras personas, como
los familiares, a los que se somete a una situación muy
dolorosa, las que decidan por ellos.

Como opinión personal considero que todo
individuo con todas sus facultades mentales debe tener derecho a
dirigir su vida hasta el final y a decidir en cualquier momento
lo que más le conviene. por consiguiente el paciente debe
ser el único que debe decidir sobre la interrupción
o prolongación de su vida; pero para ello debe estar
correctamente informado sobre su estado de salud y de las
posibles alternativas.

El paciente es el único que debería
decidir sobre la interrupción o prolongación de la
vida, en el caso de que se encuentre en condiciones para hacerlo,
pero para ello debe estar correctamente informado de su estado de
salud y de las posibles alternativas. Esto es algo que forma
parte de los derechos de la persona ya que la petición de
la eutanasia es una decisión íntima que depende de
la consideración de la vida que tenga cada
persona.

En conclusión, mientras los ordenamientos
jurídicos protejan la vida como derecho fundamental, base
de los demás derechos humanos, será difícil
que se dé una legalización de la Eutanasia en
nuestro pais.

Bibliografía

http://ww.criminalistre.org

http://.es wikipeda.org

http://www.monografias.com

html.rincondelvago.com

Olero Andres, "Derecho a la vida y derecho a la
muerte"

 

 

Autor:

Rita Ruth Diaz Coello

 

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