FINANZAS PÚBLICAS Sub1.1 Elementos Introductorios de Las
Finanzas Públicas La ciencia de las Finanzas
Públicas involucra todo lo que implique satisfacer las
necesidades de la comunidad de personas que integran un estado,
se inclinan a cubrir las exigencias del colectivo, donde
predomina el interés general. 1.2 Actividad Financiera del
Estado La actividad financiera del Estado da inicio cuando
éste se apropia de las riquezas o bienes producidos por
las demás economías, y las convierte en ingresos
para atender los gastos de satisfacción de las necesidades
públicas. Termina cuando el ingreso público se ha
convertido en servicio público o medio de satisfacer la
necesidad.
1.3 Elementos que la Integran Las Necesidades Públicas:
Nacen de la colectividad y se satisfacen mediante la
actuación del Estado el cual garantiza las principales
necesidades que se originen dentro de una colectividad,
necesidades éstas que solamente podrán ser
satisfechas por el Estado. Servicios Públicos: Son las
actividades que el Estado realiza en procura de la
satisfacción de las necesidades públicas. Gasto
Público: Son las inversiones de riquezas que las entidades
públicas hacen para la producción de los servicios
necesarios para la satisfacción de las necesidades
públicas, y para enfrentar a otras exigencias de la vida
pública, que son llamadas propiamente servicios. Recursos
Públicos: Son los medios mediante los cuales se logran
sufragar los gastos públicos y constituyen todos los
ingresos financieros a la tesorería del Estado, cualquiera
sea su naturaleza económica o jurídica. Renta
Nacional: Es la sumatoria en términos monetarios de los
bienes y servicios producidos, distribuidos y vendidos en un
país durante un tiempo determinado, es decir dentro de un
ejercicio fiscal.
1.4 Las Funciones de las Finanzas en el Proceso del Desarrollo
Las Finanzas tienen como función contribuir al desarrollo
económico de un país, el Estado debe velar que
exista una distribución equitativa de las riquezas,
incentivar a los inversionistas y a la producción, crear
un clima de confianza política, establecer una estabilidad
legal, disminuir la tasa de inflación entre otras, ya que
estas variables generan empleo e incentivan el crecimiento del
aparato productivo. 1.5 Sector Público Empresas e
instituciones que dependen del Estado en una economía
nacional. La actividad económica del sector público
abarca todas aquellas actividades que el Estado
(administración local y central) y sus empresas (por
ejemplo, las empresas privadas nacionalizadas) posee o controla.
El papel y el volumen del sector público dependen en gran
medida de lo que en cada momento se considera que constituye el
interés público; ello requiere definir con
antelación el ámbito de ese interés general.
Lo normal es que el sector público constituya un elevado
porcentaje de la economía de un país e influya
sobre la actividad económica global.
2) SISTEMA NACIONAL DE PLANEACION PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2.1
Misión El Departamento Nacional de Planeación es un
departamento administrativo y es uno de los organismos
principales de la administración pública. Depende
directamente de la Presidencia de la República y pertenece
a la Rama Ejecutiva del poder público. Su misión es
diseñar, hacer viable y controlar las políticas de
desarrollo económico, social y ambiental del país,
en coordinación con los ministerios y los entes
territoriales. 2.3 Origen Da comienzo a partir de 1936 cuando se
da inicio a la planificación de Colombia y se implantan
cambios estructurales e institucionales como los Consejos
nacionales de economía y de política
económica y social, como organismos asesores.
Posteriormente, en 1958, se creó el Consejo Nacional de
Política Económica y Planeación, así
como el Departamento Administrativo de Planeación y
Servicios Técnicos, entidades que tuvieron funciones de
estudio y recomendación de la política
económica. En 1968 estas entidades y consejos antes
mencionados sufren su primera modificación
uniéndose todas en Consejo Nacional de Política
Económica y Social –CONPES– y en el
Departamento Nacional de Planeación –DNP–,
respectivamente.
3) SISTEMA PRESUPUESTAL COLOMBIANO 3.3 PRINCIPIOS PRESUPUESTALES
3.2 CONSEJO SUPERIOR DE LA POLÍTICA FISCAL Esta
constituido por un plan financiero, por un plan operativo anual
de inversiones y por el presupuesto anual de la Nación. El
propósito de la innovación: se trata de armonizar
el proceso presupuestal con el marco más amplio de los
programas macroeconómicos del Gobierno, y asegurar
así la compatibilidad de la Política Fiscal con la
Política Monetaria, cambiaria y crediticia. Pero resulta
que en la práctica el Gobierno ya venia elaborando el plan
Financiero. Desde el programa de ajuste de 1985 las autoridades
económicas habían preparando de hecho tal programa.
Con el fin de coordinar el sistema presupuestal y de hacer un
seguimiento permanente de la política fiscal la ley
orgánica del presupuesto se crea el CONFIS. A. PRINCIPIO
DE UNIDAD PRESUPUESTAL Es aquel según el cual los ingresos
y los gastos de todos los servicios dependientes de una misma
colectividad pública, principalmente del Estado, deben
estar agrupados en un mismo documento y ser presentados
simultáneamente para el voto de autoridad
presupuestal.
3.4 PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL El Presupuesto
General de la Nación lo conforman dos grandes conceptos:
el de los ingresos o rentas, y el de los gastos o apropiaciones.
En primer lugar tenemos las rentas; según el articulo
1º de la Ley 225 de 1995 (art. II Docto. III de 1996) el
presupuesto de rentas lo conforman los siguientes conceptos: a.
Los ingresos corrientes de la nación b. Las contribuciones
parafiscales cuando sean administradas por un órgano que
haga parte del presupuesto. c. Los fondos especiales d. Los
recursos de capital e. Los ingresos de los establecimientos
públicos del orden nacional. 3.5 PRESUPUESTOS DE GASTOS O
LEY DE APROPIACIONES De acuerdo con el artículo 23 de la
Ley 38 de 1989, el presupuesto de gastos se discrimina en tres
grandes rubros: a. Gastos de funcionamiento b. Servicio de la
deuda c. Gastos de inversión Las apropiaciones deben
referirse en cada organismo o entidad de la administración
a su objeto y funciones, y se ejecutará estrictamente
conforme al fin para el cual fueron programadas”, el citado
articulo 23 dispone que el presupuesto especifique las diversas
ramas de la administración pública, y dentro de
estas el organismo o entidad al cual se le autoriza el
gasto.
4) PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL 3.6 PREEMINENCIA
DE LA LEY QUE ADOPTA EL PLAN DE INVERSIONES La ley del plan, en
cuanto a los gastos públicos que define, no requiere de
leyes posteriores que decreten dichos gastos antes de
incorporarlos como apropiaciones a la correspondiente ley de
presupuesto anual. El Congreso, sin embargo, podrá
aumentar o disminuir las partidas en el plan cuatrienal de
inversiones al momento de discutir el presupuesto anual,
observando por supuesto los procedimientos que se señalan
en la ley orgánica del presupuesto. 4.1 FONDOS ESPECIALES
4.2 RECURSOS DE CAPITAL El artículo 3° del Estatuto
Orgánico del Presupuesto (Docto. ni de 1996) indica que
los fondos especiales son “los ingresos definidos en la ley
para la prestación de un servicio público
específico así como los pertenecientes a fondos sin
personería jurídica creados por el
legislador”. 1. LOS RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO 2. LOS
RECURSOS DE CRÉDITO INTERNO Y EXTERNO 3. LOS RENDIMIENTOS
DE OPERACIONES FINANCIERAS 4. EL MAYOR VALOR EN PESOS ORIGINADO
POR LAS DIFERENCIAS DE CAMBIO 5. LAS DONACIONES 6. EL EXCEDENTE
FINANCIERO DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 7. LAS
UTILIDADES DEL BANCO DE LA REPÚBLICA
5) PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES 4.3 INGRESOS DE
LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS En el presupuesto de rentas
y recursos de capital deben figurar no solamente los ingresos del
Gobierno Central, sino también los de los establecimientos
públicos, distinguiendo en éstos sus rentas propias
de las transferencias y aportes que reciban del Gobierno Central,
con el fin de evitar dobles contabilizaciones en el presupuesto.
A partir del último Estatuto Orgánico, los
establecimientos públicos de carácter nacional
hacen parte integral del Presupuesto General de la Nación.
De esta manera se ha dado un paso adicional hacia el cumplimiento
del principio de la universalidad presupuestal. 5.1 EL GASTO
PÚBLICO SOCIAL Los estudios modernos de finanzas
públicas coinciden en afirmar que el gasto público
debe orientarse prioritariamente hacia el gasto social, es decir,
hacia la atención de las necesidades básicas de las
personas más desprotegidas dentro de la sociedad. Esta
norma, junto con las otras que hemos citado, marca una nueva
orientación dentro del derecho constitucional colombiano,
a saber: que en materia de gasto público la
Constitución, por primera vez, hace juicios de valor, pues
considera unos tipos de gastos más importantes que otros,
y en el caso del gasto público social lo considera
prioritario. La orientación y las prioridades del gasto
público habían sido dejadas hasta ahora al cuidado
del presupuesto anual, del Plan de Desarrollo, y de la
orientación del Gobierno de turno.
5.2 LOS DIVERSOS TIPOS DE APROPIACIONES “En el presupuesto
de gastos sólo se podrá incluir apropiaciones que
correspondan: “1° A créditos judicialmente
reconocidos; “2° A gastos decretados conforme a la ley;
“3° Las destinadas a dar cumplimiento a los Planes y
Programas de Desarrollo Económico y Social y a las de las
obras públicas de que tratan los artículos 339 y
341 de la Constitución Política, que fueren
aprobadas por el Congreso Nacional; y “4° A las leyes
que organizan la Rama Judicial, la Rama Legislativa, la
Fiscalía General de la Nación, la
Procuraduría General de la Nación, la
Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la
República, la Registraría Nacional del Estado
Civil, que incluye el Consejo Nacional Electoral, los
Ministerios, los Departamentos Administrativos, los
Establecimientos Públicos y la Policía Nacional que
constituyen título para incluir en el presupuesto partidas
para gastos de funcionamiento, inversión y servicio de la
deuda pública”.
6) GASTO PÚBLICO Gasto Público Egreso no
recuperable, con o sin contraprestación, para fines
corrientes o de capital, efectuados por una persona de derecho
público. Gasto Público Corriente Egresos en
remuneraciones, prestaciones sociales, servicios y bienes de
consumo que contribuyen al normal funcionamiento y cometidos de
las administraciones públicas. Gasto Público de
Capital Egresos para la adquisición de activos fijos e
intangibles, incluyendo tierras y edificios, con excepción
de aquellos destinados a fines militares. Estos gastos
representan un incremento directo del patrimonio público.
Gasto de inversión (Concepto utilizado en el Plan de
Inversiones). Se considera como inversión real todo gasto
para la producción, adquisición, reposición
o ampliación de activos cuya vida útil exceda el
ejercicio anual, destinados a la elaboración de bienes y
prestación de servicios. Deuda Pública Es el saldo
de las obligaciones de la Administración Pública
con residentes y no residentes, que se originan por la
obtención de préstamos o la emisión de
valores públicos.
Deuda pública Externa Es el saldo de las obligaciones
asumidas por la Administración Pública con no
residentes. Incluye deudas con Gobiernos Extranjeros, Organismos
Multinacionales, Instituciones Financieras extranjeras y el
circulante de valores públicos en moneda extranjera
emitidos por el Gobierno, con excepción de la tenencia de
los mismos por Bancos de Depósito. Gasto Privado Gasto
total que realizan los agentes económicos privados en
bienes de consumo y en bienes de capital, por unidad de tiempo.
QUE ES UN GASTO DE INVERSION Es aquel que agrupa todos aquellos
que en cumplimiento de programas de desarrollo económico
se hagan con el fin de adquirir bienes de capital o de adicionar
y mejorar los ya existentes. Inversión Directa: cuando es
ejecutada por los organismos centrales del estado
Inversión indirecta: Cuando es ejecutada por otras
entidades que pueden ser nacionales o extranjeras. QUE ES EL
GASTO PÚBLICO SOCIAL Es aquel cuyo objetivo es la
solución de las necesidades básicas e insatisfechas
de la comunidad como son, educación, saneamiento
ambiental, vivienda, salud, y todas aquellas que propugnen para
la calidad de vida de la comunidad.
7) PREPARACIÓN, PRESENTACIÓN, APROBACIÓN,
EJECUCIÓN Y CONTROL DEL PRESUPUESTO 7.1 PREPARACIÓN
DEL PRESUPUESTO Corresponde al Gobierno, según el
artículo 346 de la Carta, preparar anualmente el proyecto
de presupuesto de rentas y apropiaciones que habrá de ser
presentado al Congreso. Dice, en efecto, el artículo 47
del Decreto 111 de 1996: “Corresponde al Gobierno preparar
anualmente el Proyecto de Presupuesto General de la Nación
con base en los anteproyectos que le presenten los órganos
que conforman este Presupuesto. El Gobierno tendrá en
cuenta la disponibilidad de recursos y los principios
presupuéstales para la determinación de los gastos
que se pretendan incluir en el proyecto de Presupuesto”.
Vale la pena hacer notar que la Ley Orgánica del
Presupuesto le señala al Gobierno dos pautas para
determinar los gastos que pueden incluirse en el presupuesto: la
disponibilidad de recursos de una parte y los principios
presupuéstales de otra. 7.2 CÁLCULO DE LOS INGRESOS
A. MÉTODO AUTOMÁTICO Consiste simplemente en
promediar el rendimiento de cada una de las rentas durante los
tres años anteriores, y tal debe ser el estimativo a
incorporar en el proyecto de presupuesto. Este es un
método que ya hoy no se aplica, pero que tuvo alguna
aplicación en épocas de gran estabilidad
económica y de baja o inexistente inflación. B.
MÉTODO DEL AÑO PENÚLTIMO “Es este dice
Cruz Santos un sistema de origen francés, y se basa en los
productos de cada renglón de ingresos durante el
año inmediatamente anterior a la preparación del
proyecto. Además, el Gobierno puede aumentar o rebajar los
cómputos de cada renglón, en un determinado
porcentaje, de acuerdo con las perspectivas económicas del
país”.
C. MÉTODO DEL RECAUDO Es el que acoge el estatuto
orgánico actual. La guía que se le impone al
Gobierno no es la de los promedios de los recaudos de cada renta
en el año o años anteriores, sino el comportamiento
efectivo que vayan mostrando los recaudos de la respectiva renta
en el período más reciente. Como en su oportunidad
anotamos, éste es un rasgo de presupuestario de caja, por
oposición a la presupuestario de competencia (o
estimación de las rentas con base en reconocimientos) que
comienza a exhibir la legislación sobre la materia. El
artículo 35 del Decreto 111 de 1996 dice en efecto:
“El cómputo de las rentas que deban incluirse en el
proyecto de Presupuesto General de la Nación,
tendrá como base el recaudo de cada renglón
rentístico de acuerdo con la metodología que
establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, sin tomar en consideración los costos de
su recaudo”. 7.3 ¿QUIÉN PREPARA EL
PRESUPUESTO? Como se recordará, la nueva
legislación no sólo regula el proceso presupuestal
propiamente dicho, sino una figura más amplia, a saber, el
sistema presupuestal. En consecuencia, la ley orgánica no
sólo dispone quién y cómo se prepara el
proyecto de presupuesto, sino también quién prepara
el plan financiero. Este es tarea del Ministerio de Hacienda en
coordinación con el Departamento Nacional de
Planeación; y será aprobado por el CONPES, previo
concepto del Consejo Superior de Política Fiscal.
7.4 PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO 7.5 LIQUIDACIÓN
DEL PRESUPUESTO Siguiendo el mandato del artículo 346 de
la Constitución, el Gobierno debe presentar el proyecto de
presupuesto a consideración del Congreso dentro de los
primeros diez días de las sesiones ordinarias de las
cámaras, que se inician el 20 de julio de cada año.
Junto con el proyecto de Presupuesto General de la Nación,
el presidente de la República enviará un mensaje
describiendo el contexto macroeconómico dentro del cual se
enmarca el correspondiente presupuesto. El artículo 67 del
Decreto 111 de 1996 dispone que el Gobierno Nacional
dictará el decreto de liquidación del presupuesto
dentro de las siguientes pautas: 1° Tomará como base
el proyecto de presupuesto presentado por el Gobierno a la
consideración del Congreso. 2° Insertará todas
las modificaciones que se le hayan hecho en el Congreso. 3°
Este decreto se acompañará con un anexo que
tendrá el detalle del gasto para el año fiscal
respectivo. 7.5 EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO La
ejecución del presupuesto es un proceso complejo, que
incorpora diversas fases del proceso presupuestal, dentro de las
cuales podemos mencionar las siguientes. A. EL PROGRAMA DE CAJA
Se trata de un programa presentado a nivel mensual, que comprende
la totalidad de los ingresos y gastos autorizados por la ley de
presupuesto a las diversas entidades. Lo elaboran el Ministerio
de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación con
base en proyectos que envían las diversas entidades. Es
aprobado por el Consejo Superior de la Política
Fiscal.
De acuerdo con la clasificación que presenta la ley
orgánica del presupuesto, el control presupuestal tiene
tres facetas: 1. Control político, 2. Control financiero y
económico, 3. Control fiscal. 7.7 CONCEPTO GENERAL DE
DÉFICIT El concepto usual de déficit fiscal es el
de aquella situación en la cual los ingresos corrientes
del fisco son inferiores a los gastos. A. DÉFICIT
PRESUPUESTAL Es este un concepto de déficit asociado con
la metodología llamada de causación que se utiliza
en la contabilidad presupuestal colombiana. “La
contabilidad presupuestal, en Colombia, generalmente registra los
ingresos y los gastos por medio de un sistema similar al que
emplean las grandes empresas privadas, medianas y grandes; es
decir, registra un ingreso cuando el Gobierno adquiere y reconoce
en forma clara y precisa el derecho a exigirlo, aun cuando no lo
haya recibido todavía; y supone que se ha hecho un gasto
cuando la obligación es clara y precisa de gastarlo,
aunque no se haya hecho aún el desembolso correspondiente.
Este sistema se llama, a menudo, de causación. De la
comparación entre los reconocimientos del ingreso y los
acuerdos de gastos surge el denominado ‘déficit
presupuestal’. El sistema de causación se contrapone
al de caja; en éste, similar al que emplean en su
contabilidad las empresas más simples, sólo se
registran ingresos cuando se recibe dinero, y sólo
contabilizan gastos cuando se pagan efectivamente”. 7.6 EL
CONTROL PRESUPUESTAL
8) PRESUPUESTO MUNICIPAL La constitución de 1991 estuvo
marcada en todos sus debates por un claro espíritu
descentralista en materia fiscal. Desde un comienzo de las
deliberaciones se hizo claridad en que quería ir lejos en
cuanto a transferencias de recursos hacia las entidades
descentralizadas territorialmente. En el país se ha venido
viviendo en los últimos años un proceso que en
cierta manera concluye con la reforma de 1991, pero que hunde sus
raíces en leyes profundamente descentralistas desde el
punto de vista fiscal, como la Ley 12 de 1985, que ordeno
incrementar las transferencias del IVA a los municipios hasta
alcanzar un 50%. En todos los países, sean ellos
federalistas o no, uno de los debates centrales en materia de
Finanzas Públicas, es precisamente ¿Cuál
debe ser el nivel de transferencias de recursos y de
responsabilidades en la ejecución del gasto público
que se transfiere del centro hacia las entidades territoriales?
La Constitución de 1991 reordeno completamente el tema en
torno a tres instituciones a saber: 1. El situado fiscal. 2. La
participación de los municipios en los ingresos corrientes
de la nación y 3. La participación de los
municipios y departamentos en las regalías provenientes de
la explotación de los recursos naturales no
renovables
10 POLÍTICAS SubPOLÍTICA CAMBIARIA La
Conexión entre la Política Cambiaria y la
Monetaria: Aunque el desempeño del conjunto de las
variables macroeconómicas en Colombia durante los
años 1999-2002 todavía deja mucho que desear,
especialmente en el plano del crecimiento y el empleo, es
indudable que se han hecho progresos importantes en el manejo de
los instrumentos a cargo del Banco de la República.
POLÍTICA ECONÓMICA La pobreza es un fenómeno
humano y tiene múltiples manifestaciones, que están
asociadas a las limitaciones o privaciones frente a necesidades
elementales, a los derechos de acceso a bienes públicos y
a la equidad para el desarrollo personal y grupal en sus
diferentes manifestaciones (cultural, espiritual, social).
POLÍTICA MONETARIA El banco central fija todos los
años el tipo de crecimiento de uno de sus agregados (el
agregado elegido varía según el país) y
utiliza los instrumentos a su disposición para que no se
sobrepase ese tipo. Los tipos de interés son
también elementos esenciales de una política
monetaria.
LOS OBJETIVOS DE LA POLÍTICA MONETARIA El objetivo
primario de la política monetaria es alcanzar y mantener
una tasa de inflación baja y estable, y lograr que el
producto crezca alrededor de su tendencia de largo plazo.
EL DEBATE ENTRE KEYNESIANOS Y MONETARISTAS La noción de la
potencialidad o no neutralidad de la política monetaria y
fiscal fue rápida y ampliamente aceptada en los ambientes
políticos y académicos de los países
capitalistas, donde el mantenimiento de aceptables niveles de
empleo pasó a ser una responsabilidad de los
gobiernos.
ELEMENTOS DE LA NUEVA POLÍTICA MONETARIA Al tratar el tema
de la política monetaria es necesario tener presente que
en el caso de Cuba, por no tratarse de una economía de
mercado, la misma adopta características particulares al
existir una planificación central, fundamentalmente, de
tipo financiera.
POLÍTICA FISCAL El documento analiza la política
fiscal a lo largo del Siglo XX en Colombia, con énfasis en
los factores económicos y de economía
política que determinaron los aciertos y las dificultades
fiscales que experimentó el país. Desde el punto de
vista de las estadísticas, se construyen series fiscales
consistentes metodológicamente para el gobierno para el
período 1899 a 2003. Después de observar niveles
promedio de la carga tributaria (impuestos nacionales) del
alrededor del 5% del PIB durante el siglo, se presentó un
cambio positivo significativo desde mediados de los noventa (la
carga alcanzó un nivel del 14% en 2003).
5) REFORMA PRESUPUESTAL FORMULACIÓN: El Gobierno preparar
anualmente el Proyecto de Presupuesto General de la Nación
con base en los anteproyectos que le presenten los órganos
que conforman este Presupuesto.
EJECUCIÓN El proyecto de ley gira en torno a tres
objetivos: un equilibrio entre los ingresos y los gastos
públicos que garantice la sostenibilidad de las finanzas
públicas en el mediano plazo.
CONTROL DEL PRESUPUESTO a) Citación de los Ministros del
Despacho a las sesiones plenarias o a las Comisiones
Constitucionales:
b) Citación de los Jefes de Departamento Administrativo, a
las Comisiones Constitucionales.
c) Examen de los informes que el Presidente de la
República, los Ministros del Despacho y los Jefes de
Departamento Administrativo, presenten a consideración de
las Cámaras, en especial el mensaje sobre los actos de la
administración y el informe sobre la ejecución de
los planes y programas, a que hace referencia el numeral 12 del
Artículo 189 de la Constitución
Política.
d) Análisis que adelante la Cámara de
Representantes para el financiamiento definitivo de la Cuenta
General del Presupuesto y del Tesoro, que presente el Contralor
General de la República (Ley 38 de 1989, art. 76, Ley 179
de 1994, art. 55, inciso 1º.).
Qué es El Gobierno Central? Son Órganos u
Organismos de la Administración Pública que cumplen
las funciones tradicionales del Estado y están sometidos a
un régimen uniforme y centralizado en materia
presupuestal, de ordenamiento financiero y hacendístico
Qué es el Gobierno Central Consolidado? Comprende al
Gobierno Central y a todos los órganos y organismos
integrantes del sistema público de la Seguridad Social. Es
la Entrada por pagos no recuperables, con contraprestación
o sin ella, de naturaleza tributaria o no tributaria, percibida
por una persona de derecho público. Qué es Ingreso
o Recurso Público ?
El principio de la legalidad del presupuesto en que consiste?
consiste en que toda contribución o impuesto debe figurar
en el presupuesto de rentas y toda erogación que se
realice debe figurar en el de gastos. La iniciativa del gasto en
que consiste? consiste en aquellas que ordenen participaciones en
las rentas nacionales o transferencias de las mismas, las que
autoricen aportes o suscripciones del Estado a Empresas
Industriales y Comerciales, y las decreten exenciones del
impuestos, contribuciones o tasas nacionales.
¿Quién puede aprobar el presupuesto? la facultad de
aprobar los estimativos de los ingresos y el gasto
público, en tiempos de paz, corresponde únicamente
al Congreso de la República. PREGUNTAS MÁS
FRECUENTES
¿En qué consiste la "dictadura fiscal"? Es el
evento en que el Congreso de la República no aprueba el
proyecto de Presupuesto General de la Nación, para lo cual
regiría el proyecto de Presupuesto presentado por el
Gobierno, incluidas las modificaciones aprobadas por el Congreso
de la República en primer debate. ¿En qué
consiste la repetición del presupuesto? Se origina
cuando el Gobierno Nacional no presenta oportunamente en los
términos establecidos por la Constitución
Política y el Estatuto Orgánico respectivo el
proyecto de Presupuesto General de la Nación.
¿Qué diferencia existe entre un crédito de
Tesorería y un crédito presupuestal? El de
tesorería es aquel con un plazo igual o inferior a un
año, para cubrir situaciones temporales de iliquidez, que
se paga dentro de la misma vigencia fiscal; el de presupuesto,
financia faltantes de apropiación y puede superar la
vigencia fiscal. PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
¿Cómo se clasifican los ingresos por concepto de
telefonía móvil celular dentro del Presupuesto
General de la Nación? Estos ingresos, incorporados
en el Presupuesto General de la Nación, se clasifican como
ingresos corrientes, en el subgrupo de Ingresos No Tributarios,
pues se generan en virtud de contratos realizados entre
particulares y la Nación. ¿En qué
consiste el Fondo de Superávit de la Nación Cuando
por circunstancias extraordinarias la Nación perciba
rentas que puedan causar un desequilibrio macroeconómico,
el Gobierno Nacional podrá apropiar aquellas que
garanticen la normal evolución de la economía y
utilizar los excedentes para constituir y capitalizar un Fondo de
recursos del superávit de la Nación PREGUNTAS
MÁS FRECUENTES
ALGUNAS LEYES Y DECRETOS IMPORTANTES LEY DE CONTROL PRESUPUESTAL
Y GASTO PÚBLICO Capitulo 1: Generalidades Artículo
1: El presupuesto y gasto público estatal se norman y
regulan por las disposiciones de esta ley, la que será
aplicada por el Ejecutivo Estatal, a través de la
Secretaría de Planeación. ARTÍCULO 2.- La
programación del gasto público estatal,
tendrá su base en las directrices y planes de desarrollo
económico y social que formule el Ejecutivo del Estado por
conducto de la Secretaría de Planeación.
Las Garantías: ARTÍCULO 7.- El Ejecutivo del
Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas*,
establecerá las normas generales y excepciones a que se
sujetarán las garantías que deban constituirse por
terceros en los actos y contratos que celebren con las diversas
dependencias y entidades. Los pagos:
ARTÍCULO 14.- El pago de compensaciones adicionales por
servicios especiales, viáticos, sobresueldos, honorarios,
comisiones, compensaciones por representación en juntas y
otras percepciones, que no sean sueldos y salarios
específicamente determinados dentro de los programas de
las dependencias, se efectuará de acuerdo con las
disposiciones que expida la Secretaría de
Planeación. ALGUNAS LEYES Y DECRETOS IMPORTANTES
CAPITULO 2: DE LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE LEY DE
INGRESOS Y DE LEY DE PRESUPUESTO DE EGRESOS EGRESOS
ARTÍCULO 17.- El gasto público estatal se
sustentará en las Leyes de Ingresos y de Presupuesto de
Egresos del Estado, las que se formularán con apoyo en
programas que señalen objetivos, metas y unidades
responsables de su ejecución. ARTÍCULO 18.- La
Secretaría, al hacer la integración de los
proyectos de presupuestos de egresos, cuidará que
simultáneamente se defina el tipo o fuente de recursos
para su financiamiento y que se ajusten a las previsiones del
proyecto de ley de ingresos estatal. ALGUNAS LEYES Y DECRETOS
IMPORTANTES
FUNCIONES DE LA SECRETARIA EN LA LEY DE INGRESOS Y LEY DE EGRESOS
ARTÍCULO 21.- La Secretaría será la
encargada de formular los proyectos de Ley de Ingresos y de Ley
de Presupuesto de Egresos, los cuales deberán contener:
I.- De Ley de Ingresos: a). Los comentarios necesarios
sobre la condición económica, financiera y
hacendaria del Estado, así como un pronóstico de
los mismos; b). Estimación de los ingresos
correspondientes al cierre del ejercicio en curso. ALGUNAS LEYES
Y DECRETOS IMPORTANTES II.- De la Ley de Presupuesto de Egresos:
a). Descripción de los programas que sean la base
del proyecto, señalando objetivos, metas y unidades
responsables de su ejecución, así como su
valuación estimada en programas; b).
Explicación y comentarios de los principales programas y,
en especial, de aquéllos cuya ejecución abarque
más de un ejercicio fiscal.
CAPITULO 3: DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO ARTÍCULO 26.- No
podrá hacerse gasto alguno que no esté previsto en
el presupuesto de egresos, o en las ampliaciones que con
posterioridad sean decretadas. ARTÍCULO 31.- El
gasto público deberá ajustarse al monto autorizado
para los programas y partidas presupuestales. ALGUNAS LEYES Y
DECRETOS IMPORTANTES CAPÍTULO 4: DE LA CONTABILIDAD
ARTÍCULO 47.- Cada dependencia y entidad llevarán
su propia contabilidad, la cual incluirá las cuentas de
activos, pasivos, capital, ingresos, costos, gastos, asignaciones
y partidas de su propio presupuesto. ARTÍCULO 48.-
La Secretaría de Finanzas girará instrucciones
sobre la forma y términos en que las dependencias y
entidades deban llevar sus registros auxiliares y contables y, en
su caso, rendirle informes y cuentas para fines de
contabilización y consolidación.
CAPÍTULO 5: DE LA VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO
ARTÍCULO 56.- La vigilancia del manejo del presupuesto de
egresos del Estado, se llevará a cabo por la
Secretaría de la Contraloría, a través de
sus órganos específicos. ARTÍCULO 59.- Los
funcionarios y empleados de las oficinas que recauden, manejen,
administren o custodien fondos, valores o bienes de la propiedad
o al cuidado del Gobierno del Estado, estarán sujetos a la
vigilancia de la Secretaría de la Contraloría.
ALGUNAS LEYES Y DECRETOS IMPORTANTES
ESTA PRESENTACIÓN CONTIENE MAS DIAPOSITIVAS DISPONIBLES EN
LA VERSIÓN DE DESCARGA