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Lineamientos para el programa de gobierno de unidad nacional en Venezuela (2013-2019) (página 2)



Partes: 1, 2

126. Procederemos a anular los procedimientos
administrativos abiertos contra medios y/o profesionales de la
comunicación. Se creará el Consejo Nacional de la
Comunicación. Derogaremos el decreto de creación
del Sistema Integrado de Comunicación e
Información

127. Se restituirá a RCTV una concesión
para la transmisión de su programación en
señal abierta, realizando las gestiones conducentes a la
devolución de sus equipos de radiodifusión.
Decisiones similares se adoptarían en relación con
emisoras de radio írritamente tomadas por el
Estado.

128. Se asumirá el compromiso público,
confirmado por los hechos, de no obligar a los medios de
comunicación, sin justificación, a transmitir de
manera simultánea toda clase de mensajes, en detrimento
del derecho de acceso a la información de la
ciudadanía. Esta facultad legal se interpretaría y
aplicaría restrictivamente, en caso de auténtica
necesidad pública y mediante breves alocuciones
presidenciales.

129. Se pondrá inmediatamente término al
uso político-partidista de VTV y demás medios
públicos, así como a la asignación
discriminatoria de la propaganda oficial.

130. Implementaremos un sólido Servicio
Público de Radiotelevisión, no-gubernamental y
regido por una autoridad independiente. Ese Servicio
Público de Radiotelevisión deberá contar con
el conjunto de emisoras de radio y televisión que
actualmente tiene en sus manos el gobierno.

131. Maximizaremos y regionalizaremos la
cobertura de los medios pertenecientes al Sistema
Nacional de Radiotelevisión de Servicio
Público.

132. Estableceremos una autoridad única para el
manejo de los medios de comunicación administrados por el
Estado.

133. Reduciremos a lo estrictamente
técnico las funciones de CONATEL.

134. Se identificarán los mecanismos
institucionales más idóneos para atender la
problemática político-cultural de las
comunicaciones radioeléctricas y electrónicas, de
la neutralidad de la red, de su coordinación,
armonización y supervisión.

135. El Ministerio de Comunicación e
Información (MINCI) y sus oficinas regionales será
limitado en sus funciones a ser únicamente órgano
comunicacional del gobierno.

136. El nuevo gobierno de Unidad Nacional
limitará en duración y en frecuencia el uso de
cadenas de radio y televisión adoptando un criterio de
interés público.

137. En las primeras etapas del gobierno, se debe
preparar y presentar ante la Asamblea Nacional una Ley de
regulación de la publicidad oficial que atienda a la
asignación de la publicidad del gobierno en funciones de
Estado y decretar un reglamento para la asignación
transparente de la publicidad gubernamental

138. Estudiar, a través de una comisión de
especialistas que cuenten con independencia política, las
condiciones en que se encuentran Telesur y Radio del Sur para
servir efectivamente como parte de proyecto de integración
de América Latina.

139. Devolver de inmediato a sus concesionarios el uso
de las frecuencias y los bienes e infraestructuras que les fueran
sustraídos. Se promoverá la independencia en la
asignación de frecuencias.

140. Se establecerá un cronograma serio de
subastas del espectro. Se supervisará y controlará
la proliferación de emisoras de radio, así como de
operadores de servicios de televisión ilegales. Se
regulará adecuadamente el crecimiento de emisoras de radio
comunitarias y se eliminarán las radios que operan sin el
debido permiso.

141. Haremos transparentes y
democráticas las comunicaciones del Estado con el
ciudadano.

Darle efectividad a las comunicaciones internas de la
Administración Pública. Establecimiento de "Puertas
abiertas", una red de comunicación pública con
soporte telemático para inducir el ejercicio de las
libertades de expresión y opinión.

142. Promoveremos el debate público sobre el
proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública.
Eliminaremos procedimientos que promuevan el secretismo oficial y
el bloqueo a la administración pública.
Desarrollaremos una campaña nacional para estimular el
ejercicio del derecho ciudadano a la información
pública.

143. Restableceremos, en el ámbito de los medios
comunitarios-alternativos, una real independencia a la hora de
otorgar las debidas concesiones y del principio constitucional
del pluralismo político y cultural.

144. Discusión abierta con medios comunitarios y
alternativos para la reforma de los instrumentos normativos
existentes, para la regulación del tercer sector de la
comunicación. Creación de una agencia
autónoma nacional para la provisión de fondos
públicos para equipamiento y capacitación a los
medios comunitarios y alternativos.

145. Garantizar el más amplio y libre acceso a
las posibilidades que hoy por hoy se abren en materia de
comunicaciones digitales. Fomentar un uso universal
no-ideológico de las TIC tanto a nivel público como
privado. El aseguramiento jurídico de la neutralidad de la
red y de su libertad de contenidos sin censuras previas. El
desarrollo de políticas para democratizar el uso de
internet con anchos de banda que garanticen las mejores y
más rápidas comunicaciones.

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