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Reglamento del área de extensión y proyección social



Partes: 1, 2

    TITULO I

    DISPOSICIONES
    GENERALES

    ART. 01.- El Área de Extensión y
    Proyección Social de la Escuela Académico
    Profesional de Agronomía es Órgano de línea
    dependiente del Centro de Extensión y Proyección
    Social de la Facultad de Ciencias Agrarias Universidad Nacional
    de Huancavelica, la actividad de Proyección social es
    función básica de la Universidad a través de
    la cual se transfiere tecnología se extienden
    conocimientos, se fomenta la creación, práctica,
    difusión cultural y artística, así
    también la formación y el fortalecimiento de los
    principios axiológicos, como resultado de las actividades
    académicas y de investigación. Se dirige a quienes
    no son integrantes de la comunidad universitaria, con el fin de
    orientar el desarrollo de la sociedad y mejorar su nivel y
    calidad de vida, dentro del ámbito de influencia de la
    UNH.

    ART. 02.- Las actividades de Extensión y
    Proyección Social de la Unidad del Área de
    Extensión y Proyección Social de la
    Escuela Académico Profesional de Agronomía
    están sustentadas por: La Constitución
    Política del Perú.

    Ley Universitaria No 23733
    (Artículos 1º, 2° y 68°) Estatuto de la
    U.N.H., TITULO X; Artículos. 219° al
    228°

    Reglamento de Organización y
    Funciones de la Dirección Universitaria de
    Extensión y Proyección Social
    UNH.

    Reglamento de Grados y Títulos de la
    Facultad de Ciencias Agrarias.

    ART. 03.- La actividad de Extensión y
    Proyección social, constituye requisito para optar el
    grado académico de Bachiller para los egresados de la EAP
    Agronomía de la FCA – de la U.N.H.

    ART. 04.- La labor de proyección social es
    inherente a la docencia universitaria, tanto para docentes
    nombrados o contratados, a dedicación exclusiva o tiempo
    completo. Los de tiempo parcial no están obligados a
    labores de proyección social, pero su cumplimiento
    voluntario constituye acción meritoria.

    ART. 05.- La labor de extensión y
    proyección social no es obligatoria para el trabajador no
    docente pero su participación voluntaria y su
    cumplimiento, se valida como mérito para casos de
    evaluación y promoción.

    ART. 06.-La Proyección social puede ser
    realizada voluntariamente por graduados así como por
    profesionales que no forman parte del estamento universitario,
    según lo establecido en el presente reglamento.

    TITULO II

    DE LA NATURALEZA,
    FINES, ALCANCE Y OBJETIVOS DEL ÁREA DE EXTENSIÓN Y
    PROYECCIÓN SOCIAL

    CAPÍTULO I

    DE LA NATURALEZA

    ART. 07.-El Área de Extensión y
    Proyección Social de la Escuela Académico
    Profesional de Agronomía de la es un órgano
    operativo que depende de la EAPA – FCA-UNH, del Centro de
    Extensión y Proyección Social de Facultad de
    Ciencias Agrarias y de la- Dirección Universitaria de
    Extensión y Proyección Social.

    CAPITULO II

    DÉ LOS FINES ART. 08.-Son
    fines del Área de Extensión y Proyección
    Social:

    a) Orientar a desarrollar, consolidar y difundir el
    conocimiento científico, cultural y artístico
    vinculado a la actividad agraria creado en la Escuela
    Académico Profesional de Agronomía

    b) Establecer que cada docente disponga por lo menos
    cuatro horas por semana para que pueda ejecutar acciones de
    prestación de servicios profesionales a la
    población productiva agrícola, unidades productivas
    empresariales agropecuarias y centros de producción
    agrícola, a través del Área de
    Extensión y Proyección Social de la
    Escuela.

    CAPÍTULO III DEL
    ALCANCE

    ART. 09.- El Área de Extensión y
    Proyección Social de la EAPA – FCA-UNH desarrolla
    acciones, dentro del espacio territorial de la provincia de
    Acobamba y zona de influencia jurisdiccional de la Universidad,
    logrando su integración hacia la población urbana,
    rural y universitaria.

    CAPÍTULO IV

    DE LOS OBJETIVOS

    ART. 10.- La función del Área de
    Extensión y Proyección Social de la EAPAG-FCA-UNH.,
    tiene los siguientes objetivos:

    a) Promover y contribuir al desarrollo
    socioeconómico de su entorno a través de propuestas
    tecnológicas adecuadas y sustentables para el
    aprovechamiento racional de los recursos de las comunidades
    ofertando servicios profesionales y educativos eficientes y
    competitivos.

    b) Difundir y promover el desarrollo de la cultura
    agraria regional y nacional, mediante la coordinación de
    actividades académicas, culturales y artísticas con
    el propósito de fortalecer la identidad regional y
    nacional.

    c) Proyectar la imagen y remozar el concepto
    público de la EAPA – FCA – UNH., sustentada en sus
    logros y su acción transformadora, así como el
    reconocimiento de la universidad como rectora de la cultura,
    ciencia y tecnología en la región y el
    país.

    d) Coordinar, gestionar y aprobar la resolución
    de los proyectos de Extensión y Proyección Social
    de la Escuela de Agronomía.

    e) Programar eventos y cursos de Proyección
    Social sobre las diferentes disciplinas de la formación
    académica y científica de la escuela de
    Agronomía.

    f) Concertar y establecer convenios con las
    instituciones culturales, sociales, económicas y de salud
    gubernamentales y/o privadas, con fines de
    cooperación.

    g) Participar en programas de proyección social,
    organizadas por el Centro de Extensión y Proyección
    Social de la Facultad de Ciencias Agrarias, a través de la
    cooperación interdisciplinaria de los docentes y de los
    medios de desarrollo.

    h) Crear y gestionar estímulos de reconocimiento
    institucional entre los, docentes y estudiantes de
    Agronomía; que participen en acciones de proyección
    social.

    ART. 11.- Los objetivos de la función del
    Área de Extensión y Proyección Social de la
    EAPA – FCA-UNH, se cumplen a través de Proyectos
    integrales orientados a una de las cuatro áreas de
    actividades, que a continuación se detallan y que pueden
    ser libremente elegidas por los docentes y estudiantes de la EAP
    Agronomía:

    a) Transferencia Tecnológica. b)
    Extensión universitaria.

    c) Imagen Institucional.

    d) Desarrollo Cultural y Artístico
    con énfasis a la cultura agraria andina.

    ART. 12.- La Extensión y Proyección
    Social debe estar referido al cumplimiento de acciones
    prioritariamente a nivel de comunidades y/o unidades productivas
    empresariales circundantes al ámbito
    territorial de la Facultad de Ciencias Agrarias, a fin de
    cumplirse con lo que se estila en el

    Estatuto UNH., Ley Universitaria y Plan de Desarrollo
    Estratégico de la Facultad de Ciencias Agrarias, comprende
    la organización de eventos científicos culturales,
    cursos de capacitación y actualización,
    técnicos de difusión y otros con fines agrarios no
    lucrativos.

    ART. 13.- La transferencia Tecnológica
    consiste en proponer, asesorar o ejecutar tecnologías
    adecuadas, así como prestación de servicios
    profesionales; en los que se transfieren conocimientos generados
    y validados por la investigación o actividad
    académica de docentes y estudiantes, orientados al
    aprovechamiento de recursos potenciales o solución de
    problemas críticos que impacten en el desarrollo socio
    económico de las organizaciones de productores
    agrícolas.

    ART. 14.- El Desarrollo Cultural y
    Artístico, considera acciones de recopilación,
    revaloración y difusión de los valores y
    expresiones culturales andinos, locales, regionales y nacionales
    referidos a las labores agrarias, así como la
    creación de nuevas formas de expresión cultural de
    estas actividades. Comprende el teatro, las danzas, el canto, las
    artes plásticas, la música, el mimo,
    etc.

    ART. 15.-La imagen institucional comprende
    acciones de desarrollo y cultura organizacional armonioso,
    tendiente a mostrar una imagen positiva de la EAPA – FCA
    UNH., a través de una comunicación integrada, la
    difusión de los logros en todas las áreas del
    conocimiento y la exposición externa de los resultados del
    trabajo tecnológico y científico de la comunidad
    universitaria agraria. El área incluye proyectos de
    comunicación interna, programas de identidad,
    participación en ferias universitarias, programas
    radiales, publicaciones de calidad, participación
    relevante en competencias científicas y artísticas
    de nivel regional, nacional e internacional representando a la
    Universidad.

    ART.- 16.- No se permitirá los proyectos
    de fortalecimiento institucional y/o implementación
    interna, debido a la naturaleza de la función, entendiendo
    que esta debe estar orientada al beneficio de la comunidad no
    universitaria. Salvo casos sustentados técnicamente cuyos
    objetivos y metas de proyección futura beneficien a la
    comunidad, para lo cual debe contar con el aval del Centro de
    Extensión y Proyección Social de la
    F.C.A.

    TÍTULO III CAPÍTULO
    1

    DE LA ESTRUCTURA
    ORGANIZATIVA

    ART. 17.- La organización del
    Área de Extensión y Proyección Social, esta
    conformada por:

    a) El Jefe del Área de Extensión y
    Proyección Social de la Escuela de
    Agronomía.

    b) El Jefe del Área de Extensión y
    Proyección Social de la Escuela de Agronomía es
    nominado por el Director de la EAPA –
    FCA-UNH.

    TITULO IV

    DE LAS FUNCIONES,
    FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL AREA DE EXTENSIÓN Y
    PROYECCIÓN SOCIAL

    CAPITULO I

    DE LAS FUNCIONES GENERALES DEL AREA DE
    EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL DE LA EAPA –
    FCA-UNH

    ART. 18.- El Área de Extensión y
    Proyección Social de la Escuela de Agronomía es
    órgano de línea de la Escuela y esta a cargo de un
    Jefe, el que preside el Área de Extensión y
    Proyección Social de la EAPA – FCA-UNH, quien será
    un docente ordinario designado por el Director de la Escuela de
    Agronomía.

    ART. 19.- Son funciones, facultades y
    atribuciones del Área Extensión y Proyección
    Social de la escuela de Agronomía:

    a) Divulgar conocimientos, científicos y
    tecnológicos y culturales destinados al acrecentamiento de
    los saberes y realidad de nuestra sociedad.

    b) Supervisar y monitorear las labores de
    Extensión y Proyección social desarrollado
    libremente por los alumnos y docentes de las EAP.,
    Agronomía.

    c) Buscar Alianzas con el sector productivo,
    agrícola, pecuario y agroindustrial para vincular
    transferencia de tecnología adaptativa en la
    solución de los problemas productivos,
    transformación y agro negocios más prioritarios de
    los productores generando tecnologías
    innovadoras.

    d) Promover la elaboración de Perfiles, Proyectos
    y Propuestas técnicas acorde a la política de
    promoción agropecuaria actual propuesto por organismos
    públicos del MINAG., y organizaciones privadas.

    e) Organizar actividades que revaloren nuestra cultura
    agrícola e idiosincrasia andina promoviendo la
    formación artística y recreativa al servicio de la
    comunidad.

    f) Elaborar y elevar a través de la
    Dirección de la Escuela al Consejo de Facultad para su
    aprobación, el Reglamento Interno del Área de
    Extensión y Proyección Social.

    g) Elaborar el Plan Operativo Anual del Área de
    Extensión y Proyección Social de la EAPA., elevando
    a la Dirección para su aprobación en Concejo de
    Facultad.

    h) Hacer cumplir los Reglamentos y los
    acuerdos que emanan de la Dirección Universitaria
    de Extensión y Proyección Social de la
    UNH.

    i) Revisar e inscribir los Proyectos presentados por
    docentes y estudiantes, aprobarlos y emitir tres ejemplares al
    Centro de Extensión y Proyección Social de la FCA –
    UNH.

    j) Analizar las solicitudes de las instituciones para
    servicios unidisciplinarios, formar grupos para su
    atención, coordinando la designación del
    Asesor.

    k) Recibir los informes parciales y finales de los
    ejecutores, analizarlos y aprobarlos remitiendo tres ejemplares
    del informe final al Centro de Extensión y
    Proyección Social de la FCA – UNH.

    l) Controlar, supervisar y evaluar la labor de
    Proyección Social de la Escuela Académico
    Profesional de Agronomía.

    m) Tener actualizada la estadística
    de proyectos elaborados, ejecutados y culminados en la
    Escuela Académico profesional de
    Agronomía.

    n) Informar anualmente del trabajo cumplido al Director
    de la Escuela de Agronomía con copia al Decano de la
    Facultad de Ciencias Agrarias y Centro de Extensión y
    Proyección Social de la FCA-UNH.

    o) Sancionar en primera instancia a los docentes y
    estudiantes, de los grupos monovalentes y polivalentes que falten
    a las normas establecidas.

    p) Informar a los profesores asesores y estudiantes
    sobre el Reglamento Interno del Área de
    Extensión y Proyección Social de la
    Facultad.

    q) Registrar el control contable registrado en los
    libros de caja de las actividades realizadas por los grupos de
    Proyección Social Monovalentes o polivalente de la Escuela
    De Agronomía.

    r) Decidir sobre casos no contemplados en
    el presente reglamento.

    CAPÍTULO II

    DE LAS FUNCIONES, FACULTADES Y
    ATRIBUCIONES DEL JEFE DEL AREA DE EXTENSIÓN Y
    PROYECCIÓN SOCIAL DE LA EAPA

    ART. 20.- Son funciones del Jefe del
    Área de Extensión y Proyección Social de la
    Facultad:

    a) Representar al Área de
    Extensión y Proyección de la Escuela de
    Agronomía.

    b) Formular y presentar el presupuesto y balance de
    gestión semestral y anual, ante la Dirección
    Decanato, Centro de extensión y Proyección Social
    de la Facultad de Ciencias Agrarias.

    c) Elaborar el Reglamento de Organización y
    Funciones del Área de Extensión y
    Proyección Social de la Escuela.

    d) Convocar a reuniones con los docentes y grupos de
    monovalentes y/o polivalentes de extensión y
    proyección social de la Escuela Académico
    Profesional de Agronomía.

    e) Aprobar los proyectos, que son presentados por
    docentes y grupos de monovalentes y/o polivalentes al Área
    de Extensión y Proyección Social de la Escuela
    Académico Profesional de Agronomía.

    f) Proponer la rectificación y/o
    reordenación de los Proyectos de Extensión y
    Proyección Social de acuerdo a fundamentos
    establecidos.

    g) Supervisar, monitorear y dar seguimiento a los
    trabajos y/o capacitación de Extensión y
    Proyección Social en coordinación con los Jefes del
    Áreas de la Escuela Académico Profesional de
    Agronomía de la Facultad, desde su aprobación hasta
    su culminación para asegurar el cumplimiento de los
    objetivos y metas trazadas en el proyecto.

    h) Registrar los proyectos aprobados en un
    libro que deberá ser formalizado con este fin.

    i) Formar cuadros; técnico profesionales en
    Agronomía como medio para difundir nuevos conocimientos en
    la comunidad.

    j) Propiciar y fomentar el espíritu de
    cooperación, entre los docentes, estudiantes durante el
    proceso.

    k) Fomentar la selección práctica y
    difusión de las principales expresiones culturales: danza
    música y teatro referido a la expresión agraria de
    la región, en escenarios públicos, boletines,
    publicación de textos, revistas e impresos, TV., radio
    diarios y otros.

    l) Promover la imagen institucional; en
    coordinación con la Dirección de la Escuela,
    Decanato de la Facultad y Centro de Extensión y
    Proyección Social de la Facultad

    m) Autorizar el cambio de proyectos, así como la
    rectificación del nombre de los proyectos, como
    también la exclusión y/o incorporación de
    nuevos miembros si el caso lo amerita.

    n) Adoptar medidas en caso de que fuese necesario, para
    mejorar el desarrollo de la Jefatura del Área de
    Extensión y Proyección Social de la
    facultad.

    o) Elaborar y/o actualizar periódicamente el
    Reglamento de Extensión y Proyección Social de la
    Escuela, elevar a la Dirección de Escuela para su
    aprobación y tramite correspondiente.

    CAPÍTULO III

    DE LA EVALUACIÓN DE LOS
    PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
    SOCIAL

    ART. 21.- La evaluación de los Proyectos
    de Extensión y Proyección Social se efectúa
    en primera instancia por el Jefe de Área de la respectiva
    Escuela Académico quien eleva los proyectos monovalentes
    y/o polivalentes al Centro de Extensión y
    Proyección Social de la Facultad para su
    aprobación.

    CAPÍTULO IV

    DE LOS EJECUTORES DE PROYECCIÓN
    SOCIAL

    ART. 22.-Son ejecutores de los trabajos de
    Extensión y Proyección Social los Docentes,
    estudiantes, personal administrativo voluntario y los egresados
    que no hayan cumplido oportunamente, cada uno en su
    competencia.

    ART. 23.- Elaborar el proyecto de
    Extensión y Proyección social el mismo que debe
    referirse básicamente a la
    problemática productiva (no actividades
    paternalistas) como: incremento de índices productivos
    agrícolas, pecuarios, agroindustriales ,
    transformación de productos alimenticios, fortalecimiento
    de las organizaciones de productores (administración,
    dirección, gestión comercial y análisis
    económico financiero), que permita difundir
    tecnología validada en concordancia al Plan de Desarrollo
    estratégico de la Provincia de Acobamba al 2,020, el
    proyecto debe incluir su reglamento interno para solicitar su
    inscripción, cumplir con responsabilidad y eficiencia los
    trabajos a los que se comprometieron, presentar los informes
    parciales y finales de acuerdo al cronograma establecido cuyo
    incumplimiento puede ser sancionado con la nulidad del
    proyecto.

    ART. 24.- La labor de Extensión y
    Proyección Social de los estudiantes se cumple a
    través de grupos organizados sea de la misma disciplina
    profesional o multidisciplinarios, de acuerdo a los objetivos del
    trabajo. Cada grupo tiene asesores docentes cuyas profesiones
    guardan relación con el tipo de trabajo a
    realizarse.

    ART. 25.-Son funciones de los asesores:
    participar activamente en la elaboración del plan de
    trabajo, supervisión y cumplimiento de las actividades
    programadas en el proyecto. Así mismo asesorar en los
    cambios de decisiones del grupo y los beneficiarios sin cambiar
    los objetivos y metas del trabajo en la elaboración del
    informe final. Informar al Área de Extensión y
    Proyección Social de la Escuela, Centro de
    Extensión y Proyección Social de la Facultad y/o a
    la DUEPS – UNH., oportunamente de la suspensión o
    abandono de la ejecución y/o cambio del objetivo y metas
    del proyecto.

    ART. 26.-Los grupos monovalentes de estudiantes
    estarán de acuerdo a la modalidad del desarrollo del
    trabajo de Extensión y Proyección Social, pudiendo
    ser hasta 10 alumnos asesorado por uno o dos profesores de la
    misma facultad y/o Escuela Académico Profesional. Los
    grupos polivalentes estarán conformados por 10 a 20
    alumnos y asesorados por uno o dos docentes de diferentes
    escuelas.

    ART. 27.- Los estudiantes estarán
    obligados a realizar trabajo de Extensión y
    Proyección Social a partir del V semestre
    académico
    que no cuenten con más de una
    asignatura desaprobada y acreditada por el Centro de Asuntos
    Académicos de la Facultad de Ciencias Agrarias, excepto en
    la modalidad de Extensión Cultural, pueden iniciar desde
    el I semestre académico pero bajo el fundamento
    del inciso k.- art.-20 del presente reglamento.

    ART. 28.-Los grupos de Extensión y
    Proyección Social se organizan con una Directiva
    mínima de dos cargos: un presidente y un secretario de
    actas. El control de asistencia y actividades realizadas constan
    en el Libro de Actas.

    ART. 29.- La Extensión y Proyección
    Social de los Docentes pueden ser individual o grupal monovalente
    o polivalente de acuerdo a los objetivos y a las nietas trazadas
    e el proyecto. Los docentes consideran un
    número de cuatro horas del total de su carga horaria
    académica para trabajos de proyección
    social.

    ART. 30.- El personal administrativo realiza
    Extensión y Proyección Social, como trabajo
    voluntario, sin comprometer el horario normal de trabajo diario
    que está obligado a cumplir.

    CAPITULO V

    DEL CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN
    DE LOS PROYECTOS

    ART. 31.- Las actividades de Extensión y
    Proyección Social, que realizan los estudiantes
    tendrá una duración mínima de dos semestres
    académicos. Los proyectos serán presentados
    preferentemente a inicios del año académico
    lectivo; el cronograma respectivo es fijado por la Jefatura del
    Área de Extensión y Proyección Social de la
    Escuela Académico Profesional de
    Agronomía.

    ART. 32.- La inscripción de los proyectos
    presentados por grupos Monovalentes o Polivalentes se realiza en
    la Facultad de Ciencias Agrarias, en original y tres copias,
    respetando el cronograma establecido. La Unidad del Centro de
    Extensión y Proyección Social de la Facultad
    procede a la inscripción oficial, siempre en cuando cumpla
    con lo estipulado en el presente reglamento, caso contrario se
    deriva para su corrección y posterior reingreso contando
    con siete días hábiles para su
    rectificación.

    CAPÍTULO VI

    DE LOS PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y
    PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 33.- La admisión de los proyectos de
    Extensión y Proyección Social, son presentadas por
    docentes y estudiantes cada uno en su competencia; el personal
    administrativo voluntario y los egresados que no hayan cumplido
    oportunamente con su labor.

    ART. 34.- Los proyectos aprobados serán
    registrados en un libro debidamente autenticado y debidamente
    formalizado de acuerdo a ley.

    CAPÍTULO VII

    DEL NUMERO DE ASESORES E INTEGRANTES DE
    LOS PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
    SOCIAL

    ART. 35.- Un Proyecto de Extensión y
    Proyección Social tendrá como máximo un
    asesor y un co asesor, para los grupos monovalentes y para los
    polivalentes un asesor y un co asesor por cada Escuela siendo el
    cargo de asesor bajo la responsabilidad de un docente
    ordinario.

    ART.36.- El número de integrantes del
    grupo monovalente es de hasta 10, formados en función de
    la naturaleza del proyecto. El grupo polivalente está
    conformado por integrantes de dos o más
    Facultades preferentemente en un máximo de 20
    integrantes-

    CAPITULO VIII

    DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES,
    PROHIBICIONES, ESTÍMULOS. FALTAS Y SANCIONES DE LOS
    EJECUTORES

    DE LOS DERECHOS Y
    ATRIBUCIONES

    ART.37.- Son derechos y
    atribuciones de los integrantes del grupo de Proyección
    Social:

    a) Recabar información
    académica, técnica, administrativa y profesional
    referente al trabajo voluntariamente escogido.

    b) Participar en los procesos de
    fiscalización si fuera necesario.

    c) Utilizar los locales, instalaciones,
    material bibliográfico y equipos audiovisuales, computo y
    de ingeniería pertenecientes a la universidad, a fin de
    alcanzar los objetivos trazados.

    d) Expresar libremente sus ideas y no ser
    sancionados, siempre que no dañe la integridad de la
    comunidad universitaria, persona o institución.

    e) Recibir menciones, distinciones y
    condecoraciones de acuerdo al mérito logrado.

    DE LOS DEBERES Y
    OBLIGACIONES

    ART. 38.- Son deberes y obligaciones
    de los integrantes del grupo de proyección
    .social:

    a) Cumplir con lo estipulado en el presente
    reglamento

    b) Cumplir estrictamente con el cronograma
    y actividades programadas en el proyecto. c) Cumplir con
    responsabilidad el compromiso que se asume.

    ART. 39.- Se
    prohíbe:

    DE LAS PROHIBICIONES

    a) Percibir retribución
    económica y material de terceros por realizar; trabajos de
    extensión y proyección social.

    b) Realizar actividades políticas,
    partidaristas durante el cumplimiento de las labores de
    extensión y proyección social.

    c) Suspender el proyecto en forma
    intempestiva.

    DE LOS ESTÍMULOS

    ART. 40.- Dependiendo de su
    evaluación, son estímulos a la labor de
    proyección social:

    a. Felicitación escrita.

    b. Diploma de mérito.

    c. Resolución de
    felicitación.

    DE LAS FALTAS Y SANCIONES ART. 41
    Se considerarán como faltas:

    a) El incumplimiento de las normas
    establecidas en el presente reglamento.

    b) El estudiante que abandone sin comunicar
    su retiro a la junta directiva de su grupo será,
    suspendido de integrar, otro grupo de proyección social
    por el término de un año.

    c) Negligencia en el desempeño de
    sus funciones. d) Impedir el normal desarrollo del
    proyecto.

    e) Utilizar o disponer de los bienes de la
    Universidad en beneficio personal o de terceros.

    f) Paralizar sin justificación los
    proyectos en ejecución.

    g) Conducta inmoral gravemente reprensible,
    que afecta la dignidad de la Universidad y la
    Facultad, debidamente probado.

    h) Actos de indisciplina que atenta contra
    los principios, fines y desarrollo de las labores
    académicas y labores de proyección
    social.

    i) Concurrir a las labores de
    proyección social en estado de ebriedad o bajo la
    influencia de drogas o estupefacientes.

    j) Apoderarse, destruir o causar graves
    daños a los bienes de la Escuela, Facultad, la
    Universidad y/o de la institución donde realizan su
    labor de extensión y proyección social.

    k) Agredir verbal o físicamente a un
    compañero, docente, jefe de práctica, personal
    administrativo de la Escuela, Facultad y/o
    Universidad.

    l) Desarrollar actos de coacción o
    violencia que alteren el desarrollo de las labores de
    extensión y Proyección Social.

    ART. 42.- Las sanciones por faltas
    son:

    a).-Amonestación verbal.

    b).-Suspensión de la
    ejecución del proyecto

    C.-Retiro temporal o definitivo del
    proyecto.

    TITULO V

    DE LOS
    BENEFICIARIOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
    SOCIAL

    ART. 43.- Son beneficiarios de las
    labores de Extensión y Proyección Social de la
    Universidad Nacional de Huancavelica, los
    siguientes:

    a. Las organizaciones de productores
    agropecuarios urbanas y rurales de la comunidad, clubes de
    madres, unidades vecinales, comité de productores,
    caseríos, unidades productivas empresariales,
    organización de usuarios de riego, etc.

    b. Instituciones de gestión estatal:
    centros educativos, centros de rehabilitación que cumplen
    labores productivas agropecuarias de producción y / o
    transformación.

    c. Instituciones de carácter social:
    asilo de ancianos, aldeas infantiles, comedores parroquiales, con
    énfasis a la producción agraria.

    ART. 44.- Para ser considerado beneficiario es
    necesario remitir una solicitud dirigida a la Dirección de
    la Escuela de Agronomía, Centro de Extensión y
    Proyección Social de la Facultad y/o Área de
    Extensión y Proyección Social de la Escuela, cuando
    se trate de un requerimiento que puede ser atendida por una sola
    especialidad.

    ART. 45.-La solicitud debe especificar las
    actividades que se requiere realizar debidamente fundamentadas,
    en los primeros 15 días de iniciado el semestre
    académico. Serán aceptadas, solicitudes de
    donaciones o implementaciones en casos estrictamente necesarios y
    que cuenten con un sólido fundamento.

    ART. 46.-El solicitante y el Área de
    Extensión y Proyección Social firmaran un convenio,
    carta de compromiso o intención, delimitando las
    obligaciones y atribuciones de ambos organismos.

    TÍTULO VI

    DE LAS
    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

    CAPÍTULO I

    DE LA ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE
    PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 47.- El proyecto, de acuerdo a
    lo dispuesto por la DUEPS – UNH; comprenderá las
    siguientes partes como mínimo:

    PARTE A: CARÁTULA

    Ø Membrete de la Universidad
    (Logotipo).

    Ø Membrete de la Facultad si es
    monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o
    multidisciplinario.

    Ø La palabra proyecto.

    Ø Titulo del proyecto (debe reflejar
    el contenido de tema o tarea que se va a ).

    Ø Lugar de
    ejecución.

    Ø Asesores (solo docentes),
    apellidos y nombres, categoría, dedicación,
    Facultad solo polivalentes.

    Ø Ejecutores (en caso de equipo
    exclusivo de docentes) Categoría, Dedicación,
    Facultad (para polivalentes). No se consideran
    asesores.

    Ø Ejecutores (estudiantes),
    apellidos y nombres, Código, semestre, Facultad solo
    polivalentes.

    Ø Modalidad: (Monovalente o
    Polivalente)

    Ø Fecha de inicio y
    conclusión.

    Ø Fecha de
    presentación.

    Ø Nombre y firma del Jefe del
    Área de la Escuela.

    PARTE B: CONTENIDO

    I. TITULO DEL PROYECTO (Debe
    expresar el propósito del proyecto, coherente con el
    objetivo general.)

    II. INFORMACIÓN
    GENERAL.

    2.1.- Facultad

    2.2.- Escuela Académico
    Profesional que genero el proyecto.

    2.3.- Beneficiarios (deben precisar
    además a las autoridades con quien se concerta
    ).

    2.4.- Ejecutores:

    2.4.1.- Asesor y co asesor
    (señalando condición, categoría y
    dedicación)

    2.4.2.- Estudiantes (con indicación del semestre
    y especialidad a la que corresponden). Debe también
    señalarse la Facultad de origen.

    2.4.3.- Junta directiva

    2.4.4. Localización (Describir la
    ubicación geográfica del proyecto, señalando
    detalles como las coordenadas geográficas y/o UTM, cuencas
    y sub cuencas involucradas, características
    geofísicas, diferentes usos de la tierra y otros recursos
    naturales, etc.)

    2.4.5. Departamento

    2.4.6. Provincia

    2.4.7. Distrito

    2.4.8. Lugar

    2.5.- Duración del
    proyecto.

    2.5.1.-Fecha de inicio (Inicia desde la
    presentación del proyecto de acuerdo al
    cronograma)

    2.5.2.-Fecha de culminación (termina con la
    entrega y evaluación del informe final de acuerdo al
    cronograma)

    III. DESCRIPCIÓN DEL
    PROYECTO.

    3.1.-Breve descripción de la entidad
    demandante
    (es toda aquella modalidad de organización
    de productores que demandan Servicios de Extensión y
    Proyección Social y, que también se
    denominarán Clientes de los Servicios. Así, pueden
    ser entidad demandante de servicios: grupos de productores,
    asociaciones de productores, empresas de
    productores, comunidades campesinas, comunidades nativas, gremios
    de productores (por rubro, por región, por
    localidad), cooperativas de producción, cooperativas de
    servicios, juntas de usuarios de riego (incluyendo sus distritos
    y comités), grupos solidarios, y otras modalidades de
    organizaciones de productores que puedan surgir.)

    3.2.- Descripción del
    problema
    y / o necesidad que originó el proyecto (Esta
    definición del Problema Central debe ser
    complementada con la delimitación de:

    Ø Ámbito geográfico.-
    Determinación de la zona geográfica afectada por el
    Problema Central. Es importante diferenciar entre el área
    afectada por el problema y el área atendida por el
    proyecto, las cuales pueden coincidir o no.

    Ø Población afectada.-
    Determinación y estimación de la población
    que se ve afectada por el Problema Central.

    3.3.- Justificación del Proyecto
    (
    Describir a manera de resumen el proyecto en términos
    de los servicios de extensión a proveer, así como
    la importancia de éstos para responder a la
    problemática que se pretende solucionar (sustentada en el
    análisis de los aspectos críticos de la
    producción, transformación y/o
    comercialización de los productos
    agropecuarios.

    Precisar los indicadores y metas que darán cuenta
    del impacto del proyecto respecto al logro de su
    objetivo.

    3.4.- Objetivos (Generales y
    específicos)

    3.5.-Metas

    3.6.-Sustento teórico del proyecto (En el
    caso de desarrollo Artístico y Cultural, el marco
    teórico se basa en la investigación sobre la danza
    o expresión desarrollada por el grupo.)

    3.7.-Metodología Detallar el
    Plan de Servicios de Extensión, precisando las
    actividades que se realizarán (cursos,
    visitas guiadas, pasantías, demostraciones,
    prácticas de campo, campañas de
    sensibilización, difusión, participación en
    ferias , etc.), su secuencia y temporalidad, así como los
    procedimientos e instrumentos a implementar como marco de la
    ejecución de estas actividades. Justificar la pertinencia
    de la metodología diseñada en relación a las
    características particulares de los productores clientes.
    Sustentar que la metodología contribuirá con la
    adopción y uso de las tecnologías, conocimientos e
    información que se transfieren. Precisar los indicadores
    identificados para el análisis de la efectividad de la
    metodología. Sustentar la conveniencia de la
    metodología para contribuir efectivamente a
    solucionar/manejar los aspectos críticos de la
    producción y/o comercialización del bien a mejorar
    identificados, fortaleciendo a su vez las capacidades de los
    productores para una mejor gestión de sus
    agro negocios rurales. (Pueden ser estrategias procedimientos y /
    o actividades)

    3.8.-Cronograma de actividades
    (distribuidos para dos informes parciales de acuerdo al
    cronograma establecido para el año académico
    (diagrama gannt).

    3.9.-Presupuesto.- (debe considerar
    los materiales de escritorio, viáticos, servicios, gastos
    operativos, de inversión, etc.)

    3.10.-Financiamiento.- (Indicar
    forma de cofinanciamiento)

    FUENTE

    PORCENTAJE

    MONTO TOTAL

    UNH

    BENEFICIARIOS

    EJECUTORES

    COLABORADORES

    TOTAL PRESUPUESTO

    3.11.-Bibliografía.-( Si
    existe el sustento teórico)

    3.12.-Firma de los ejecutores y
    Asesores
    .-(con los mismos datos de la
    carátula)

    3.13.-Anexos.-Reglamento interno del grupo
    (Indicar nombre del grupo, organización o junta directiva,
    reuniones, horario, forma de trabajo, sanciones si lo consideran
    necesario, etc. en forma clara y concisa); croquis y datos de
    ubicación del lugar de ejecución del proyecto
    interno del grupo)

    ART. 48.- Los informes parciales
    deben cumplir con la siguiente estructura

    ESTRUCTURA DEL INFORME PARCIAL (I y II)
    CARÁTULA

    Ø Membrete de la Universidad
    (Logotipo).

    Ø Membrete de la Facultad si es
    monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o
    multidisciplinario.

    Ø La palabra proyecto.

    Ø Titulo del proyecto (debe reflejar
    el contenido de tema o tarea que se va a realizar ).

    Ø Lugar de
    ejecución.

    Ø Asesor y co-asesor (solo
    docentes), apellidos y nombres, categoría,
    dedicación, Facultad (solo
    polivalentes.)

    Ø Ejecutores (en caso de equipo
    exclusivo de docentes) Categoría, Dedicación,
    Facultad (para polivalentes). No se consideran
    asesores.

    Ø Ejecutores (estudiantes),
    apellidos y nombres, Código, semestre, Facultad solo
    polivalentes.

    Ø Modalidad: (Monovalente o
    Polivalente)

    Ø Fecha de inicio y conclusión.

    Ø Fecha de
    presentación.

    Ø Nombre y firma del Jefe del
    Área de la Escuela.

    TEXTO DEL INFORME PARCIAL 1 y
    2

    1.-REUNIONES DE TRABAJO (Especificar
    las fechas de reuniones de trabajo conjunto estudiantes y
    asesores, de conformidad al libro de actas.)

    2.-OBJETIVOS LOGRADOS.

    2.1.-……………………..

    2.2.-………………………

    3.-METAS LOGRADAS

    3.1.-……………………..

    3.2.-………………………

    4.-CUMPLIMIENTO DEL CRONOGRAMA
    (Especificar las actividades desarrolladas)

    5.-AVANCE PORCENTUAL (%)
    (Especificar el avance acumulado a la fecha).

    6.-METODOLOGÍA QUE SE VIENE
    APLICANDO.

    7.-INFORME ECONÓMICO
    (Enunciar los ingresos y egresos a la fecha, aportes, donaciones,
    cofinanciamiento, etc.).

    8.-INFORME DE ABANDONO, RENUNCIAS E
    INCORPORACIONES

    Enunciar los nombres y apellidos completos de aquellos
    integrantes que han sido expulsados por faltas o han hecho
    abandono (adjuntando copia legalizada del acta de
    aprobación, firmadas por los miembros del grupo de
    proyección social), en caso de renuncias (adjuntar copia
    de carta notarial), o si han sido incorporados previa
    aceptación del Director del Centro EPS de la Facultad
    (adjuntar acta de aceptación con la firma del Asesor,
    ejecutores y Director del Centro de EPS de la
    Facultad). Estos datos deben ser considerados en el Primer
    informe, si no se cumple se considera improcedente
    por ser extemporáneo.

    9.-FIRMA DE LOS
    EJECUTORES

    Apellidos y Nombres, Código de
    Matricula, Semestre, Facultad (polivalente) y Firma.

    10.-ASESOR Y CO ASESOR

    Apellidos y Nombres, Categoría,
    Dedicación, Facultad (polivalente) y Firma.

    11.-INFORMACION ADICIONAL

    12.-ANEXOS

    13.-FECHA

    14.-FIRMAS

    Asesor, Co Asesor, Presidente del Grupo,
    Secretario.

    ART. 49.- El informe final comprende
    las siguientes partes:

    PARTE A: CARÁTULA

    Ø Membrete de la Universidad
    (Logotipo).

    Ø Membrete de la Facultad si es
    monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o
    multidisciplinario.

    Ø La palabra proyecto.

    Ø Titulo del proyecto (debe reflejar
    el contenido de tema o tarea que se realizó).

    Partes: 1, 2

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