TITULO I
DISPOSICIONES
GENERALES
ART. 01.- El Área de Extensión y
Proyección Social de la Escuela Académico
Profesional de Agronomía es Órgano de línea
dependiente del Centro de Extensión y Proyección
Social de la Facultad de Ciencias Agrarias Universidad Nacional
de Huancavelica, la actividad de Proyección social es
función básica de la Universidad a través de
la cual se transfiere tecnología se extienden
conocimientos, se fomenta la creación, práctica,
difusión cultural y artística, así
también la formación y el fortalecimiento de los
principios axiológicos, como resultado de las actividades
académicas y de investigación. Se dirige a quienes
no son integrantes de la comunidad universitaria, con el fin de
orientar el desarrollo de la sociedad y mejorar su nivel y
calidad de vida, dentro del ámbito de influencia de la
UNH.
ART. 02.- Las actividades de Extensión y
Proyección Social de la Unidad del Área de
Extensión y Proyección Social de la
Escuela Académico Profesional de Agronomía
están sustentadas por: La Constitución
Política del Perú.
Ley Universitaria No 23733
(Artículos 1º, 2° y 68°) Estatuto de la
U.N.H., TITULO X; Artículos. 219° al
228°
Reglamento de Organización y
Funciones de la Dirección Universitaria de
Extensión y Proyección Social
UNH.
Reglamento de Grados y Títulos de la
Facultad de Ciencias Agrarias.
ART. 03.- La actividad de Extensión y
Proyección social, constituye requisito para optar el
grado académico de Bachiller para los egresados de la EAP
Agronomía de la FCA – de la U.N.H.
ART. 04.- La labor de proyección social es
inherente a la docencia universitaria, tanto para docentes
nombrados o contratados, a dedicación exclusiva o tiempo
completo. Los de tiempo parcial no están obligados a
labores de proyección social, pero su cumplimiento
voluntario constituye acción meritoria.
ART. 05.- La labor de extensión y
proyección social no es obligatoria para el trabajador no
docente pero su participación voluntaria y su
cumplimiento, se valida como mérito para casos de
evaluación y promoción.
ART. 06.-La Proyección social puede ser
realizada voluntariamente por graduados así como por
profesionales que no forman parte del estamento universitario,
según lo establecido en el presente reglamento.
TITULO II
DE LA NATURALEZA,
FINES, ALCANCE Y OBJETIVOS DEL ÁREA DE EXTENSIÓN Y
PROYECCIÓN SOCIAL
CAPÍTULO I
DE LA NATURALEZA
ART. 07.-El Área de Extensión y
Proyección Social de la Escuela Académico
Profesional de Agronomía de la es un órgano
operativo que depende de la EAPA – FCA-UNH, del Centro de
Extensión y Proyección Social de Facultad de
Ciencias Agrarias y de la- Dirección Universitaria de
Extensión y Proyección Social.
CAPITULO II
DÉ LOS FINES ART. 08.-Son
fines del Área de Extensión y Proyección
Social:
a) Orientar a desarrollar, consolidar y difundir el
conocimiento científico, cultural y artístico
vinculado a la actividad agraria creado en la Escuela
Académico Profesional de Agronomía
b) Establecer que cada docente disponga por lo menos
cuatro horas por semana para que pueda ejecutar acciones de
prestación de servicios profesionales a la
población productiva agrícola, unidades productivas
empresariales agropecuarias y centros de producción
agrícola, a través del Área de
Extensión y Proyección Social de la
Escuela.
CAPÍTULO III DEL
ALCANCE
ART. 09.- El Área de Extensión y
Proyección Social de la EAPA – FCA-UNH desarrolla
acciones, dentro del espacio territorial de la provincia de
Acobamba y zona de influencia jurisdiccional de la Universidad,
logrando su integración hacia la población urbana,
rural y universitaria.
CAPÍTULO IV
DE LOS OBJETIVOS
ART. 10.- La función del Área de
Extensión y Proyección Social de la EAPAG-FCA-UNH.,
tiene los siguientes objetivos:
a) Promover y contribuir al desarrollo
socioeconómico de su entorno a través de propuestas
tecnológicas adecuadas y sustentables para el
aprovechamiento racional de los recursos de las comunidades
ofertando servicios profesionales y educativos eficientes y
competitivos.
b) Difundir y promover el desarrollo de la cultura
agraria regional y nacional, mediante la coordinación de
actividades académicas, culturales y artísticas con
el propósito de fortalecer la identidad regional y
nacional.
c) Proyectar la imagen y remozar el concepto
público de la EAPA – FCA – UNH., sustentada en sus
logros y su acción transformadora, así como el
reconocimiento de la universidad como rectora de la cultura,
ciencia y tecnología en la región y el
país.
d) Coordinar, gestionar y aprobar la resolución
de los proyectos de Extensión y Proyección Social
de la Escuela de Agronomía.
e) Programar eventos y cursos de Proyección
Social sobre las diferentes disciplinas de la formación
académica y científica de la escuela de
Agronomía.
f) Concertar y establecer convenios con las
instituciones culturales, sociales, económicas y de salud
gubernamentales y/o privadas, con fines de
cooperación.
g) Participar en programas de proyección social,
organizadas por el Centro de Extensión y Proyección
Social de la Facultad de Ciencias Agrarias, a través de la
cooperación interdisciplinaria de los docentes y de los
medios de desarrollo.
h) Crear y gestionar estímulos de reconocimiento
institucional entre los, docentes y estudiantes de
Agronomía; que participen en acciones de proyección
social.
ART. 11.- Los objetivos de la función del
Área de Extensión y Proyección Social de la
EAPA – FCA-UNH, se cumplen a través de Proyectos
integrales orientados a una de las cuatro áreas de
actividades, que a continuación se detallan y que pueden
ser libremente elegidas por los docentes y estudiantes de la EAP
Agronomía:
a) Transferencia Tecnológica. b)
Extensión universitaria.
c) Imagen Institucional.
d) Desarrollo Cultural y Artístico
con énfasis a la cultura agraria andina.
ART. 12.- La Extensión y Proyección
Social debe estar referido al cumplimiento de acciones
prioritariamente a nivel de comunidades y/o unidades productivas
empresariales circundantes al ámbito
territorial de la Facultad de Ciencias Agrarias, a fin de
cumplirse con lo que se estila en el
Estatuto UNH., Ley Universitaria y Plan de Desarrollo
Estratégico de la Facultad de Ciencias Agrarias, comprende
la organización de eventos científicos culturales,
cursos de capacitación y actualización,
técnicos de difusión y otros con fines agrarios no
lucrativos.
ART. 13.- La transferencia Tecnológica
consiste en proponer, asesorar o ejecutar tecnologías
adecuadas, así como prestación de servicios
profesionales; en los que se transfieren conocimientos generados
y validados por la investigación o actividad
académica de docentes y estudiantes, orientados al
aprovechamiento de recursos potenciales o solución de
problemas críticos que impacten en el desarrollo socio
económico de las organizaciones de productores
agrícolas.
ART. 14.- El Desarrollo Cultural y
Artístico, considera acciones de recopilación,
revaloración y difusión de los valores y
expresiones culturales andinos, locales, regionales y nacionales
referidos a las labores agrarias, así como la
creación de nuevas formas de expresión cultural de
estas actividades. Comprende el teatro, las danzas, el canto, las
artes plásticas, la música, el mimo,
etc.
ART. 15.-La imagen institucional comprende
acciones de desarrollo y cultura organizacional armonioso,
tendiente a mostrar una imagen positiva de la EAPA – FCA
UNH., a través de una comunicación integrada, la
difusión de los logros en todas las áreas del
conocimiento y la exposición externa de los resultados del
trabajo tecnológico y científico de la comunidad
universitaria agraria. El área incluye proyectos de
comunicación interna, programas de identidad,
participación en ferias universitarias, programas
radiales, publicaciones de calidad, participación
relevante en competencias científicas y artísticas
de nivel regional, nacional e internacional representando a la
Universidad.
ART.- 16.- No se permitirá los proyectos
de fortalecimiento institucional y/o implementación
interna, debido a la naturaleza de la función, entendiendo
que esta debe estar orientada al beneficio de la comunidad no
universitaria. Salvo casos sustentados técnicamente cuyos
objetivos y metas de proyección futura beneficien a la
comunidad, para lo cual debe contar con el aval del Centro de
Extensión y Proyección Social de la
F.C.A.
TÍTULO III CAPÍTULO
1
DE LA ESTRUCTURA
ORGANIZATIVA
ART. 17.- La organización del
Área de Extensión y Proyección Social, esta
conformada por:
a) El Jefe del Área de Extensión y
Proyección Social de la Escuela de
Agronomía.
b) El Jefe del Área de Extensión y
Proyección Social de la Escuela de Agronomía es
nominado por el Director de la EAPA –
FCA-UNH.
TITULO IV
DE LAS FUNCIONES,
FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL AREA DE EXTENSIÓN Y
PROYECCIÓN SOCIAL
CAPITULO I
DE LAS FUNCIONES GENERALES DEL AREA DE
EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL DE LA EAPA –
FCA-UNH
ART. 18.- El Área de Extensión y
Proyección Social de la Escuela de Agronomía es
órgano de línea de la Escuela y esta a cargo de un
Jefe, el que preside el Área de Extensión y
Proyección Social de la EAPA – FCA-UNH, quien será
un docente ordinario designado por el Director de la Escuela de
Agronomía.
ART. 19.- Son funciones, facultades y
atribuciones del Área Extensión y Proyección
Social de la escuela de Agronomía:
a) Divulgar conocimientos, científicos y
tecnológicos y culturales destinados al acrecentamiento de
los saberes y realidad de nuestra sociedad.
b) Supervisar y monitorear las labores de
Extensión y Proyección social desarrollado
libremente por los alumnos y docentes de las EAP.,
Agronomía.
c) Buscar Alianzas con el sector productivo,
agrícola, pecuario y agroindustrial para vincular
transferencia de tecnología adaptativa en la
solución de los problemas productivos,
transformación y agro negocios más prioritarios de
los productores generando tecnologías
innovadoras.
d) Promover la elaboración de Perfiles, Proyectos
y Propuestas técnicas acorde a la política de
promoción agropecuaria actual propuesto por organismos
públicos del MINAG., y organizaciones privadas.
e) Organizar actividades que revaloren nuestra cultura
agrícola e idiosincrasia andina promoviendo la
formación artística y recreativa al servicio de la
comunidad.
f) Elaborar y elevar a través de la
Dirección de la Escuela al Consejo de Facultad para su
aprobación, el Reglamento Interno del Área de
Extensión y Proyección Social.
g) Elaborar el Plan Operativo Anual del Área de
Extensión y Proyección Social de la EAPA., elevando
a la Dirección para su aprobación en Concejo de
Facultad.
h) Hacer cumplir los Reglamentos y los
acuerdos que emanan de la Dirección Universitaria
de Extensión y Proyección Social de la
UNH.
i) Revisar e inscribir los Proyectos presentados por
docentes y estudiantes, aprobarlos y emitir tres ejemplares al
Centro de Extensión y Proyección Social de la FCA –
UNH.
j) Analizar las solicitudes de las instituciones para
servicios unidisciplinarios, formar grupos para su
atención, coordinando la designación del
Asesor.
k) Recibir los informes parciales y finales de los
ejecutores, analizarlos y aprobarlos remitiendo tres ejemplares
del informe final al Centro de Extensión y
Proyección Social de la FCA – UNH.
l) Controlar, supervisar y evaluar la labor de
Proyección Social de la Escuela Académico
Profesional de Agronomía.
m) Tener actualizada la estadística
de proyectos elaborados, ejecutados y culminados en la
Escuela Académico profesional de
Agronomía.
n) Informar anualmente del trabajo cumplido al Director
de la Escuela de Agronomía con copia al Decano de la
Facultad de Ciencias Agrarias y Centro de Extensión y
Proyección Social de la FCA-UNH.
o) Sancionar en primera instancia a los docentes y
estudiantes, de los grupos monovalentes y polivalentes que falten
a las normas establecidas.
p) Informar a los profesores asesores y estudiantes
sobre el Reglamento Interno del Área de
Extensión y Proyección Social de la
Facultad.
q) Registrar el control contable registrado en los
libros de caja de las actividades realizadas por los grupos de
Proyección Social Monovalentes o polivalente de la Escuela
De Agronomía.
r) Decidir sobre casos no contemplados en
el presente reglamento.
CAPÍTULO II
DE LAS FUNCIONES, FACULTADES Y
ATRIBUCIONES DEL JEFE DEL AREA DE EXTENSIÓN Y
PROYECCIÓN SOCIAL DE LA EAPA
ART. 20.- Son funciones del Jefe del
Área de Extensión y Proyección Social de la
Facultad:
a) Representar al Área de
Extensión y Proyección de la Escuela de
Agronomía.
b) Formular y presentar el presupuesto y balance de
gestión semestral y anual, ante la Dirección
Decanato, Centro de extensión y Proyección Social
de la Facultad de Ciencias Agrarias.
c) Elaborar el Reglamento de Organización y
Funciones del Área de Extensión y
Proyección Social de la Escuela.
d) Convocar a reuniones con los docentes y grupos de
monovalentes y/o polivalentes de extensión y
proyección social de la Escuela Académico
Profesional de Agronomía.
e) Aprobar los proyectos, que son presentados por
docentes y grupos de monovalentes y/o polivalentes al Área
de Extensión y Proyección Social de la Escuela
Académico Profesional de Agronomía.
f) Proponer la rectificación y/o
reordenación de los Proyectos de Extensión y
Proyección Social de acuerdo a fundamentos
establecidos.
g) Supervisar, monitorear y dar seguimiento a los
trabajos y/o capacitación de Extensión y
Proyección Social en coordinación con los Jefes del
Áreas de la Escuela Académico Profesional de
Agronomía de la Facultad, desde su aprobación hasta
su culminación para asegurar el cumplimiento de los
objetivos y metas trazadas en el proyecto.
h) Registrar los proyectos aprobados en un
libro que deberá ser formalizado con este fin.
i) Formar cuadros; técnico profesionales en
Agronomía como medio para difundir nuevos conocimientos en
la comunidad.
j) Propiciar y fomentar el espíritu de
cooperación, entre los docentes, estudiantes durante el
proceso.
k) Fomentar la selección práctica y
difusión de las principales expresiones culturales: danza
música y teatro referido a la expresión agraria de
la región, en escenarios públicos, boletines,
publicación de textos, revistas e impresos, TV., radio
diarios y otros.
l) Promover la imagen institucional; en
coordinación con la Dirección de la Escuela,
Decanato de la Facultad y Centro de Extensión y
Proyección Social de la Facultad
m) Autorizar el cambio de proyectos, así como la
rectificación del nombre de los proyectos, como
también la exclusión y/o incorporación de
nuevos miembros si el caso lo amerita.
n) Adoptar medidas en caso de que fuese necesario, para
mejorar el desarrollo de la Jefatura del Área de
Extensión y Proyección Social de la
facultad.
o) Elaborar y/o actualizar periódicamente el
Reglamento de Extensión y Proyección Social de la
Escuela, elevar a la Dirección de Escuela para su
aprobación y tramite correspondiente.
CAPÍTULO III
DE LA EVALUACIÓN DE LOS
PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
SOCIAL
ART. 21.- La evaluación de los Proyectos
de Extensión y Proyección Social se efectúa
en primera instancia por el Jefe de Área de la respectiva
Escuela Académico quien eleva los proyectos monovalentes
y/o polivalentes al Centro de Extensión y
Proyección Social de la Facultad para su
aprobación.
CAPÍTULO IV
DE LOS EJECUTORES DE PROYECCIÓN
SOCIAL
ART. 22.-Son ejecutores de los trabajos de
Extensión y Proyección Social los Docentes,
estudiantes, personal administrativo voluntario y los egresados
que no hayan cumplido oportunamente, cada uno en su
competencia.
ART. 23.- Elaborar el proyecto de
Extensión y Proyección social el mismo que debe
referirse básicamente a la
problemática productiva (no actividades
paternalistas) como: incremento de índices productivos
agrícolas, pecuarios, agroindustriales ,
transformación de productos alimenticios, fortalecimiento
de las organizaciones de productores (administración,
dirección, gestión comercial y análisis
económico financiero), que permita difundir
tecnología validada en concordancia al Plan de Desarrollo
estratégico de la Provincia de Acobamba al 2,020, el
proyecto debe incluir su reglamento interno para solicitar su
inscripción, cumplir con responsabilidad y eficiencia los
trabajos a los que se comprometieron, presentar los informes
parciales y finales de acuerdo al cronograma establecido cuyo
incumplimiento puede ser sancionado con la nulidad del
proyecto.
ART. 24.- La labor de Extensión y
Proyección Social de los estudiantes se cumple a
través de grupos organizados sea de la misma disciplina
profesional o multidisciplinarios, de acuerdo a los objetivos del
trabajo. Cada grupo tiene asesores docentes cuyas profesiones
guardan relación con el tipo de trabajo a
realizarse.
ART. 25.-Son funciones de los asesores:
participar activamente en la elaboración del plan de
trabajo, supervisión y cumplimiento de las actividades
programadas en el proyecto. Así mismo asesorar en los
cambios de decisiones del grupo y los beneficiarios sin cambiar
los objetivos y metas del trabajo en la elaboración del
informe final. Informar al Área de Extensión y
Proyección Social de la Escuela, Centro de
Extensión y Proyección Social de la Facultad y/o a
la DUEPS – UNH., oportunamente de la suspensión o
abandono de la ejecución y/o cambio del objetivo y metas
del proyecto.
ART. 26.-Los grupos monovalentes de estudiantes
estarán de acuerdo a la modalidad del desarrollo del
trabajo de Extensión y Proyección Social, pudiendo
ser hasta 10 alumnos asesorado por uno o dos profesores de la
misma facultad y/o Escuela Académico Profesional. Los
grupos polivalentes estarán conformados por 10 a 20
alumnos y asesorados por uno o dos docentes de diferentes
escuelas.
ART. 27.- Los estudiantes estarán
obligados a realizar trabajo de Extensión y
Proyección Social a partir del V semestre
académico que no cuenten con más de una
asignatura desaprobada y acreditada por el Centro de Asuntos
Académicos de la Facultad de Ciencias Agrarias, excepto en
la modalidad de Extensión Cultural, pueden iniciar desde
el I semestre académico pero bajo el fundamento
del inciso k.- art.-20 del presente reglamento.
ART. 28.-Los grupos de Extensión y
Proyección Social se organizan con una Directiva
mínima de dos cargos: un presidente y un secretario de
actas. El control de asistencia y actividades realizadas constan
en el Libro de Actas.
ART. 29.- La Extensión y Proyección
Social de los Docentes pueden ser individual o grupal monovalente
o polivalente de acuerdo a los objetivos y a las nietas trazadas
e el proyecto. Los docentes consideran un
número de cuatro horas del total de su carga horaria
académica para trabajos de proyección
social.
ART. 30.- El personal administrativo realiza
Extensión y Proyección Social, como trabajo
voluntario, sin comprometer el horario normal de trabajo diario
que está obligado a cumplir.
CAPITULO V
DEL CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN
DE LOS PROYECTOS
ART. 31.- Las actividades de Extensión y
Proyección Social, que realizan los estudiantes
tendrá una duración mínima de dos semestres
académicos. Los proyectos serán presentados
preferentemente a inicios del año académico
lectivo; el cronograma respectivo es fijado por la Jefatura del
Área de Extensión y Proyección Social de la
Escuela Académico Profesional de
Agronomía.
ART. 32.- La inscripción de los proyectos
presentados por grupos Monovalentes o Polivalentes se realiza en
la Facultad de Ciencias Agrarias, en original y tres copias,
respetando el cronograma establecido. La Unidad del Centro de
Extensión y Proyección Social de la Facultad
procede a la inscripción oficial, siempre en cuando cumpla
con lo estipulado en el presente reglamento, caso contrario se
deriva para su corrección y posterior reingreso contando
con siete días hábiles para su
rectificación.
CAPÍTULO VI
DE LOS PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y
PROYECCIÓN SOCIAL
ART. 33.- La admisión de los proyectos de
Extensión y Proyección Social, son presentadas por
docentes y estudiantes cada uno en su competencia; el personal
administrativo voluntario y los egresados que no hayan cumplido
oportunamente con su labor.
ART. 34.- Los proyectos aprobados serán
registrados en un libro debidamente autenticado y debidamente
formalizado de acuerdo a ley.
CAPÍTULO VII
DEL NUMERO DE ASESORES E INTEGRANTES DE
LOS PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
SOCIAL
ART. 35.- Un Proyecto de Extensión y
Proyección Social tendrá como máximo un
asesor y un co asesor, para los grupos monovalentes y para los
polivalentes un asesor y un co asesor por cada Escuela siendo el
cargo de asesor bajo la responsabilidad de un docente
ordinario.
ART.36.- El número de integrantes del
grupo monovalente es de hasta 10, formados en función de
la naturaleza del proyecto. El grupo polivalente está
conformado por integrantes de dos o más
Facultades preferentemente en un máximo de 20
integrantes-
CAPITULO VIII
DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES,
PROHIBICIONES, ESTÍMULOS. FALTAS Y SANCIONES DE LOS
EJECUTORES
DE LOS DERECHOS Y
ATRIBUCIONES
ART.37.- Son derechos y
atribuciones de los integrantes del grupo de Proyección
Social:
a) Recabar información
académica, técnica, administrativa y profesional
referente al trabajo voluntariamente escogido.
b) Participar en los procesos de
fiscalización si fuera necesario.
c) Utilizar los locales, instalaciones,
material bibliográfico y equipos audiovisuales, computo y
de ingeniería pertenecientes a la universidad, a fin de
alcanzar los objetivos trazados.
d) Expresar libremente sus ideas y no ser
sancionados, siempre que no dañe la integridad de la
comunidad universitaria, persona o institución.
e) Recibir menciones, distinciones y
condecoraciones de acuerdo al mérito logrado.
DE LOS DEBERES Y
OBLIGACIONES
ART. 38.- Son deberes y obligaciones
de los integrantes del grupo de proyección
.social:
a) Cumplir con lo estipulado en el presente
reglamento
b) Cumplir estrictamente con el cronograma
y actividades programadas en el proyecto. c) Cumplir con
responsabilidad el compromiso que se asume.
ART. 39.- Se
prohíbe:
DE LAS PROHIBICIONES
a) Percibir retribución
económica y material de terceros por realizar; trabajos de
extensión y proyección social.
b) Realizar actividades políticas,
partidaristas durante el cumplimiento de las labores de
extensión y proyección social.
c) Suspender el proyecto en forma
intempestiva.
DE LOS ESTÍMULOS
ART. 40.- Dependiendo de su
evaluación, son estímulos a la labor de
proyección social:
a. Felicitación escrita.
b. Diploma de mérito.
c. Resolución de
felicitación.
DE LAS FALTAS Y SANCIONES ART. 41–
Se considerarán como faltas:
a) El incumplimiento de las normas
establecidas en el presente reglamento.
b) El estudiante que abandone sin comunicar
su retiro a la junta directiva de su grupo será,
suspendido de integrar, otro grupo de proyección social
por el término de un año.
c) Negligencia en el desempeño de
sus funciones. d) Impedir el normal desarrollo del
proyecto.
e) Utilizar o disponer de los bienes de la
Universidad en beneficio personal o de terceros.
f) Paralizar sin justificación los
proyectos en ejecución.
g) Conducta inmoral gravemente reprensible,
que afecta la dignidad de la Universidad y la
Facultad, debidamente probado.
h) Actos de indisciplina que atenta contra
los principios, fines y desarrollo de las labores
académicas y labores de proyección
social.
i) Concurrir a las labores de
proyección social en estado de ebriedad o bajo la
influencia de drogas o estupefacientes.
j) Apoderarse, destruir o causar graves
daños a los bienes de la Escuela, Facultad, la
Universidad y/o de la institución donde realizan su
labor de extensión y proyección social.
k) Agredir verbal o físicamente a un
compañero, docente, jefe de práctica, personal
administrativo de la Escuela, Facultad y/o
Universidad.
l) Desarrollar actos de coacción o
violencia que alteren el desarrollo de las labores de
extensión y Proyección Social.
ART. 42.- Las sanciones por faltas
son:
a).-Amonestación verbal.
b).-Suspensión de la
ejecución del proyecto
C.-Retiro temporal o definitivo del
proyecto.
TITULO V
DE LOS
BENEFICIARIOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
SOCIAL
ART. 43.- Son beneficiarios de las
labores de Extensión y Proyección Social de la
Universidad Nacional de Huancavelica, los
siguientes:
a. Las organizaciones de productores
agropecuarios urbanas y rurales de la comunidad, clubes de
madres, unidades vecinales, comité de productores,
caseríos, unidades productivas empresariales,
organización de usuarios de riego, etc.
b. Instituciones de gestión estatal:
centros educativos, centros de rehabilitación que cumplen
labores productivas agropecuarias de producción y / o
transformación.
c. Instituciones de carácter social:
asilo de ancianos, aldeas infantiles, comedores parroquiales, con
énfasis a la producción agraria.
ART. 44.- Para ser considerado beneficiario es
necesario remitir una solicitud dirigida a la Dirección de
la Escuela de Agronomía, Centro de Extensión y
Proyección Social de la Facultad y/o Área de
Extensión y Proyección Social de la Escuela, cuando
se trate de un requerimiento que puede ser atendida por una sola
especialidad.
ART. 45.-La solicitud debe especificar las
actividades que se requiere realizar debidamente fundamentadas,
en los primeros 15 días de iniciado el semestre
académico. Serán aceptadas, solicitudes de
donaciones o implementaciones en casos estrictamente necesarios y
que cuenten con un sólido fundamento.
ART. 46.-El solicitante y el Área de
Extensión y Proyección Social firmaran un convenio,
carta de compromiso o intención, delimitando las
obligaciones y atribuciones de ambos organismos.
TÍTULO VI
DE LAS
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
CAPÍTULO I
DE LA ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE
PROYECCIÓN SOCIAL
ART. 47.- El proyecto, de acuerdo a
lo dispuesto por la DUEPS – UNH; comprenderá las
siguientes partes como mínimo:
PARTE A: CARÁTULA
Ø Membrete de la Universidad
(Logotipo).
Ø Membrete de la Facultad si es
monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o
multidisciplinario.
Ø La palabra proyecto.
Ø Titulo del proyecto (debe reflejar
el contenido de tema o tarea que se va a ).
Ø Lugar de
ejecución.
Ø Asesores (solo docentes),
apellidos y nombres, categoría, dedicación,
Facultad solo polivalentes.
Ø Ejecutores (en caso de equipo
exclusivo de docentes) Categoría, Dedicación,
Facultad (para polivalentes). No se consideran
asesores.
Ø Ejecutores (estudiantes),
apellidos y nombres, Código, semestre, Facultad solo
polivalentes.
Ø Modalidad: (Monovalente o
Polivalente)
Ø Fecha de inicio y
conclusión.
Ø Fecha de
presentación.
Ø Nombre y firma del Jefe del
Área de la Escuela.
PARTE B: CONTENIDO
I. TITULO DEL PROYECTO (Debe
expresar el propósito del proyecto, coherente con el
objetivo general.)
II. INFORMACIÓN
GENERAL.
2.1.- Facultad
2.2.- Escuela Académico
Profesional que genero el proyecto.
2.3.- Beneficiarios (deben precisar
además a las autoridades con quien se concerta
).
2.4.- Ejecutores:
2.4.1.- Asesor y co asesor
(señalando condición, categoría y
dedicación)
2.4.2.- Estudiantes (con indicación del semestre
y especialidad a la que corresponden). Debe también
señalarse la Facultad de origen.
2.4.3.- Junta directiva
2.4.4. Localización (Describir la
ubicación geográfica del proyecto, señalando
detalles como las coordenadas geográficas y/o UTM, cuencas
y sub cuencas involucradas, características
geofísicas, diferentes usos de la tierra y otros recursos
naturales, etc.)
2.4.5. Departamento
2.4.6. Provincia
2.4.7. Distrito
2.4.8. Lugar
2.5.- Duración del
proyecto.
2.5.1.-Fecha de inicio (Inicia desde la
presentación del proyecto de acuerdo al
cronograma)
2.5.2.-Fecha de culminación (termina con la
entrega y evaluación del informe final de acuerdo al
cronograma)
III. DESCRIPCIÓN DEL
PROYECTO.
3.1.-Breve descripción de la entidad
demandante (es toda aquella modalidad de organización
de productores que demandan Servicios de Extensión y
Proyección Social y, que también se
denominarán Clientes de los Servicios. Así, pueden
ser entidad demandante de servicios: grupos de productores,
asociaciones de productores, empresas de
productores, comunidades campesinas, comunidades nativas, gremios
de productores (por rubro, por región, por
localidad), cooperativas de producción, cooperativas de
servicios, juntas de usuarios de riego (incluyendo sus distritos
y comités), grupos solidarios, y otras modalidades de
organizaciones de productores que puedan surgir.)
3.2.- Descripción del
problema y / o necesidad que originó el proyecto (Esta
definición del Problema Central debe ser
complementada con la delimitación de:
Ø Ámbito geográfico.-
Determinación de la zona geográfica afectada por el
Problema Central. Es importante diferenciar entre el área
afectada por el problema y el área atendida por el
proyecto, las cuales pueden coincidir o no.
Ø Población afectada.-
Determinación y estimación de la población
que se ve afectada por el Problema Central.
3.3.- Justificación del Proyecto
(Describir a manera de resumen el proyecto en términos
de los servicios de extensión a proveer, así como
la importancia de éstos para responder a la
problemática que se pretende solucionar (sustentada en el
análisis de los aspectos críticos de la
producción, transformación y/o
comercialización de los productos
agropecuarios.
Precisar los indicadores y metas que darán cuenta
del impacto del proyecto respecto al logro de su
objetivo.
3.4.- Objetivos (Generales y
específicos)
3.5.-Metas
3.6.-Sustento teórico del proyecto (En el
caso de desarrollo Artístico y Cultural, el marco
teórico se basa en la investigación sobre la danza
o expresión desarrollada por el grupo.)
3.7.-Metodología Detallar el
Plan de Servicios de Extensión, precisando las
actividades que se realizarán (cursos,
visitas guiadas, pasantías, demostraciones,
prácticas de campo, campañas de
sensibilización, difusión, participación en
ferias , etc.), su secuencia y temporalidad, así como los
procedimientos e instrumentos a implementar como marco de la
ejecución de estas actividades. Justificar la pertinencia
de la metodología diseñada en relación a las
características particulares de los productores clientes.
Sustentar que la metodología contribuirá con la
adopción y uso de las tecnologías, conocimientos e
información que se transfieren. Precisar los indicadores
identificados para el análisis de la efectividad de la
metodología. Sustentar la conveniencia de la
metodología para contribuir efectivamente a
solucionar/manejar los aspectos críticos de la
producción y/o comercialización del bien a mejorar
identificados, fortaleciendo a su vez las capacidades de los
productores para una mejor gestión de sus
agro negocios rurales. (Pueden ser estrategias procedimientos y /
o actividades)
3.8.-Cronograma de actividades
(distribuidos para dos informes parciales de acuerdo al
cronograma establecido para el año académico
(diagrama gannt).
3.9.-Presupuesto.- (debe considerar
los materiales de escritorio, viáticos, servicios, gastos
operativos, de inversión, etc.)
3.10.-Financiamiento.- (Indicar
forma de cofinanciamiento)
FUENTE | PORCENTAJE | MONTO TOTAL | |
UNH | |||
BENEFICIARIOS | |||
EJECUTORES | |||
COLABORADORES | |||
TOTAL PRESUPUESTO |
3.11.-Bibliografía.-( Si
existe el sustento teórico)
3.12.-Firma de los ejecutores y
Asesores.-(con los mismos datos de la
carátula)
3.13.-Anexos.-Reglamento interno del grupo
(Indicar nombre del grupo, organización o junta directiva,
reuniones, horario, forma de trabajo, sanciones si lo consideran
necesario, etc. en forma clara y concisa); croquis y datos de
ubicación del lugar de ejecución del proyecto
interno del grupo)
ART. 48.- Los informes parciales
deben cumplir con la siguiente estructura
ESTRUCTURA DEL INFORME PARCIAL (I y II)
CARÁTULA
Ø Membrete de la Universidad
(Logotipo).
Ø Membrete de la Facultad si es
monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o
multidisciplinario.
Ø La palabra proyecto.
Ø Titulo del proyecto (debe reflejar
el contenido de tema o tarea que se va a realizar ).
Ø Lugar de
ejecución.
Ø Asesor y co-asesor (solo
docentes), apellidos y nombres, categoría,
dedicación, Facultad (solo
polivalentes.)
Ø Ejecutores (en caso de equipo
exclusivo de docentes) Categoría, Dedicación,
Facultad (para polivalentes). No se consideran
asesores.
Ø Ejecutores (estudiantes),
apellidos y nombres, Código, semestre, Facultad solo
polivalentes.
Ø Modalidad: (Monovalente o
Polivalente)
Ø Fecha de inicio y conclusión.
Ø Fecha de
presentación.
Ø Nombre y firma del Jefe del
Área de la Escuela.
TEXTO DEL INFORME PARCIAL 1 y
2
1.-REUNIONES DE TRABAJO (Especificar
las fechas de reuniones de trabajo conjunto estudiantes y
asesores, de conformidad al libro de actas.)
2.-OBJETIVOS LOGRADOS.
2.1.-……………………..
2.2.-………………………
3.-METAS LOGRADAS
3.1.-……………………..
3.2.-………………………
4.-CUMPLIMIENTO DEL CRONOGRAMA
(Especificar las actividades desarrolladas)
5.-AVANCE PORCENTUAL (%)
(Especificar el avance acumulado a la fecha).
6.-METODOLOGÍA QUE SE VIENE
APLICANDO.
7.-INFORME ECONÓMICO
(Enunciar los ingresos y egresos a la fecha, aportes, donaciones,
cofinanciamiento, etc.).
8.-INFORME DE ABANDONO, RENUNCIAS E
INCORPORACIONES
Enunciar los nombres y apellidos completos de aquellos
integrantes que han sido expulsados por faltas o han hecho
abandono (adjuntando copia legalizada del acta de
aprobación, firmadas por los miembros del grupo de
proyección social), en caso de renuncias (adjuntar copia
de carta notarial), o si han sido incorporados previa
aceptación del Director del Centro EPS de la Facultad
(adjuntar acta de aceptación con la firma del Asesor,
ejecutores y Director del Centro de EPS de la
Facultad). Estos datos deben ser considerados en el Primer
informe, si no se cumple se considera improcedente
por ser extemporáneo.
9.-FIRMA DE LOS
EJECUTORES
Apellidos y Nombres, Código de
Matricula, Semestre, Facultad (polivalente) y Firma.
10.-ASESOR Y CO ASESOR
Apellidos y Nombres, Categoría,
Dedicación, Facultad (polivalente) y Firma.
11.-INFORMACION ADICIONAL
12.-ANEXOS
13.-FECHA
14.-FIRMAS
Asesor, Co Asesor, Presidente del Grupo,
Secretario.
ART. 49.- El informe final comprende
las siguientes partes:
PARTE A: CARÁTULA
Ø Membrete de la Universidad
(Logotipo).
Ø Membrete de la Facultad si es
monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o
multidisciplinario.
Ø La palabra proyecto.
Ø Titulo del proyecto (debe reflejar
el contenido de tema o tarea que se realizó).
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