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Teoría General del Estado



Partes: 1, 2, 3

  1. Nota
    introductoria
  2. El
    fenómeno político y la teoría del poder.
    La Teoría General del Estado: desarrollo
    histórico, objeto, método, contenido.
    Carácter y posición dentro de las ciencias
    jurídicas
  3. El
    Estado: posiciones doctrinales en torno a su origen y
    definición
  4. La
    tipología del Estado
  5. El
    concepto forma de Estado: formulación estructural
    compleja del aparato estatal
  6. El
    sistema político de la sociedad: elementos
    estructurales y funcionales
  7. La
    organización y participación política de
    la sociedad
  8. El
    sistema electoral: elementos fundamentales
  9. A
    manera de conclusión
  10. Bibliografía

Nota
introductoria

El presente trabajo resulta de un compendio de notas de
conferencias, correspondientes al programa de la asignatura
Teoría General del Estado, impartido en el curso inicial
de la licenciatura en Derecho, en la Universidad de Granma,
Cuba.

Con el proceso de transformaciones de la
educación superior cubana, los planes de estudio de
múltiples disciplinas han sufrido modificaciones. Este es
el caso de la carrera de Derecho, donde se trata de adaptar el
currículo a las exigencias de la formación integral
del profesional operando, por ende, algunos cambios en la
concepción y planificación de algunas asignaturas.
Así ha sucedido con la Teoría General del
Estado.

El estudio actual de esta materia transforma la
concepción unitaria con la que se venía trabajando
en períodos académicos anteriores, desde un punto
de vista metodológico, mas no desde la perspectiva
científica. Bajo la denominación Teoría del
Estado y del Derecho se dedicaba un semestre a esta asignatura,
inscrita en la disciplina Fundamentos Teóricos y
Constitucionales del Estado y del Derecho. En ello no solo
había contribuido la escuela socialista, del extinto campo
esteuropeo, sino la labor de muchos de nuestros eminentes
juristas, entre los que cabe destacar a los profesores
FERNÁNDEZ BULTÉ y CAÑIZARES
ABELEDO.

Actualmente se ha efectuado un importante cambio que,
reitero, va más a lo metodológico, separando en dos
semestres esta materia. El primero dedicado al análisis de
los elementos fundamentales de la Teoría General del
Estado y el segundo a los relativos a la Teoría del
Derecho.

Este hecho, conjugado con una mayor iniciativa
depositada en el profesor a la hora de confeccionar los programas
analíticos al tenor del nuevo plan de estudios, ha dado
como resultado el montaje de esta asignatura, siguiendo la
lógica de los programas anteriores, pero incorporando
nuevos puntos de vista, con un acercamiento sustancial a los
debates actuales en el ámbito teórico, sin perder
por ello la esencia de una disciplina que se corresponde con los
fundamentos de la sociedad socialista.

Debe advertirse, por ello, que los criterios manejados
en esta selección de notas son congruentes y resultan del
instrumental metodológico y científico que aporta
el marxismo-leninismo, lo que no impide los acercamientos a la
doctrina tradicional, a través de la consulta necesaria
-en ocasiones, obligatoria- de algunos de los más
conspicuos teóricos y profesionales del Derecho, europeos
y americanos esencialmente.

Este sencillo material, persigue el objetivo de colocar
una guía en manos de nuestros estudiantes y, por supuesto,
de quien desee consultar algunos tópicos sobre la
Teoría General del Estado, expuestos desde nuestra
óptica, siguiendo las pautas comentadas con anterioridad.
Ello significa que, en el futuro, muchos de estos planteamientos
deberán ser profundizados y perfeccionados, como el
proceso docente-educativo mismo; enriquecidos con la consulta
sistemática y ampliada de nuevas fuentes
bibliográficas -cuyo volumen actual dista aún del
deseado-, y el útil intercambio con profesionales y
docentes de otras partes del mundo.

Por último, debe precisarse que este programa
gira en torno a tres temas fundamentales: una parte
introductoria; el estudio del fenómeno estatal en su
generalidad y lo relativo al sistema político de la
sociedad; temáticas que se desarrollarán en
epígrafes, tratando de acomodar su contenido a las
exigencias mínimas de un trabajo monográfico pero
ilustrando, al menos, el sistema de contenidos tal cual se
imparte en nuestro programa analítico.

El
fenómeno político y la teoría del
poder. La
Teoría General del Estado: desarrollo histórico,
objeto, método, contenido. Carácter y
posición dentro de las ciencias
jurídicas

El inicio del estudio de cualquier materia siempre va
acompañado de expectativas y hasta cierto punto de deseos
de conocer y desentrañar algunas de sus particularidades.
En este caso, estas apreciaciones pueden multiplicarse, toda vez
que al diseñar el nuevo Plan de Estudios para nuestra
carrera, se ha decidido impartir las asignaturas Teoría
General del Estado y Teoría del Derecho, en dos momentos
distintos, cuando la tradición, por lo menos seguida en
las últimas décadas, era la impartición de
Teoría del Estado y el Derecho, a partir, como ha
expresado nuestro insigne profesor Julio FERNÁNDEZ
BULTÉ, de una clara orientación marxista-leninista,
"vinculando metodológicamente estos dos elementos de la
superestructura social sobre la base de que ambos están
relacionados no solo por su origen, sino también por su
esencia, naturaleza y funcionamiento
orgánico"[1], algo que probablemente no
tuviera expresión en otras universidades en el resto del
mundo. Por tanto, después de un largo período de
estudio de esta teoría unificada de los fenómenos
estatal y jurídico, se convierte en un reto para
profesores y alumnos dar cumplimiento al nuevo diseño de
estas materias.

Esta primera temática, pretende, de manera
general, introducir algunos contenidos relevantes para comprender
el desarrollo histórico, el objeto y método de esta
disciplina, a partir del análisis necesario de
fenómenos presentes en la vida diaria, que nos conectan
ineludiblemente a la política y el poder, manifestaciones
a las que asistimos en calidad de sujetos, bien activos, bien
pasivos, y cuya explicación pudiésemos ofrecerla
perfectamente de forma empírica.

Quisiera, por tanto, intentar evadir ciertos formalismos
y brindar nociones que nos ayuden a entender, para luego explicar
racionalmente, qué lugar ocupan y cuáles son los
efectos de estos fenómenos junto a la importancia que
poseen en el proceso de conocimiento del Estado y su complicada
fundamentación teórica. Para ello, no obstante, se
hace necesario atender determinadas categorías en el
estudio de la teoría del poder y del fenómeno
político, invertidas en el orden de análisis con
toda intención.

La cuestión del poder es tan antigua como la
existencia humana misma. Puede decirse que las relaciones
sociales, que poseen un condicionamiento histórico,
determinado por la propia evolución del hombre, extendido
a la familia y la comunidad, y de las condiciones materiales que
le rodean, se expresan en torno a necesarias relaciones de poder.
Desde su perspectiva conflictiva puede explicarse el poder de
manera similar a la teoría de la violencia, que resulta
anterior a la sociedad estatal, y que solo adquiere
carácter político y organizado desde el momento en
que aparece el Estado. No obstante, existen manifestaciones muy
peculiares del poder institucionalizado, si se quiere, que basta
extraerlas de los aportes del marxismo en cuanto al estudio de
las distintas formaciones económico-sociales que ha
conocido la humanidad, y que anteceden o por lo menos se
contraponen teóricamente a la sociedad esclavista, como
punto de partida y expresión esencial de la
división clasista de la sociedad y origen del
fenómeno estatal. Uno de estos ejemplos es el poder de la
"comunidad eminente" en las sociedades tributarias, forma de
dominio que garantizó por siglos la "esclavitud
generalizada" del campesinado, sobre la base del
conocimiento, un recurso exclusivo y de difícil
acceso en culturas antiguas como Egipto, Mesopotamia, India y
China.

La teoría sobre el poder ha encontrado muchos
cultivadores también desde épocas remotas. La
justificación de la dominación clasista y su
legitimación encontraron en la idea del poder
político su más efectivo recurso. Si se retoma el
ejemplo de las sociedades pertenecientes al Modo de
Producción Asiático, se entenderá como
después del quebrantamiento lógico de la "moralidad
positiva" impuesta sobre la gran masa explotada por sacerdotes,
faraones y "sabios", y frente a un ineludible conflicto social
estructural, no quedaba alternativa alguna que convertir este
poder en una fuerza "neutralizadora", capaz de contener o limitar
el conflicto interno de la sociedad. Este es, precisamente, el
poder político, supremamente detentado por una
institución llamada Estado[2]Por ende, todo
indicio de teorización relativa al poder, desde entonces,
responde al afianzamiento clasista, sobre todo en la sociedad de
explotación, que ha prevalecido indiscutiblemente en los
trazos de la historia humana.

Pretender periodizar este fenómeno resulta
complejo y extenso. Esta tarea queda también reservada al
espíritu y la voluntad de quienes deseen comprender
meridianamente el origen de algunos fenómenos y
comportamientos que hoy observamos con absoluta tranquilidad o
con honda preocupación.

Sobre determinaciones conceptuales y clasificaciones
existe numerosa bibliografía de
consulta[3]por ello, he preferido desglosar
algunos elementos de interés para un acercamiento general
a esta temática, sobre todo en conexión con el
Estado, y tratando de mantener una postura, que
difícilmente, nos permita aislar este concepto de la
política[4]De igual manera se pretende
dejar para un momento posterior dentro del programa el estudio
del poder político público, ese significativo rasgo
del Estado, que vamos adelantando como futura síntesis de
todo este dilema teórico.

Sería bueno entonces formular algunas preguntas,
porque desde posiciones reflexivas pueden despejarse algunos de
los senderos abrumados por la carga teórica que tan
necesaria, pero a veces complicada es:

  • 1. ¿Posee un fundamento histórico
    el poder? No se busca una respuesta tan elemental como se
    pretende desde un inicio (Es importante que se tenga en
    cuenta que por cada tesis que formulemos desde una
    perspectiva marxista, con el empleo de un método -que
    también anticipo- es dialéctico y la vez
    materialista, siempre aparecerán antítesis:
    naturalistas, subjetivistas, espiritualistas,
    etc.)

  • 2. ¿Dominación, autoridad, poder?
    Generalidad, particularidad, moral, capacidad. Muchas de
    estas conclusiones nos servirán -y me parece saludable
    ir anticipando sucesos- para comprender otro fenómeno
    de contenidos conexos: la hegemonía.

  • 3. ¿Es solo el poder asimetría, o
    si se quiere mejor, conflictividad? Un momento oportuno para
    enfatizar e las teorías sobre la coordinación o
    el aspecto relacional de la dominación, con tanta
    repercusión en la sociedad "moderna". También
    para evaluar la bilateralidad o multilateralidad de las
    relaciones de poder.

  • 4. ¿Es el poder creador o deformador de
    valores? Una temprana aproximación al pensamiento
    roussoniano sobre el poder como medio en la
    realización de lo axiológicamente
    significativo.

  • 5. ¿Es el poder una muestra de la
    diversidad funcional en la sociedad? Y claro que no se pueden
    obviar las funciones propias del poder, incluso en las
    distintas formaciones económico-sociales conocidas
    -por no redundar en los temas anticipados, esta vez respecto
    a los tipos históricos de Estado-.

Finalmente, sería también productivo
precisar las posibles clasificaciones del poder en sus
manifestaciones diversas dentro de la sociedad, desde el poder
económico o ideológico hasta el poder
político, como bien nos recrea ATIENZA en su texto, a
partir de las ideas de BOBBIO. De igual manera las distintas
acepciones de esta categoría, cuestionándose la
idea de poder como capacidad o posibilidad de obrar, como
capacidad para influir y determinar sobre la conducta de los
seres humanos y como capacidad de dirigir y transformar las
relaciones sociales, que va muy ligado a la idea funcional del
poder y las distintas manifestaciones comentadas.

Todas esas aproximaciones deben dirigirse,
indefectiblemente, a la comprensión de la importancia de
la teoría sobre el poder en la formación del
conocimiento acerca del fenómeno estatal.

El segundo aspecto reservado dentro de esta
temática -que debía, en principio, ser el primero-
es el concerniente a la política. Intentamos analizar el
poder fuera de la política, y puede que encuentre incluso
justificación entre las consideraciones sobre la primera
como actividad y del segundo como
condición. Pero cierto es que ambos son conceptos
cuya constatación es objetiva, cuya expresión es
concreta y cuyo fundamento es histórico. Sobre la
política también se han generado multiplicidad de
estudios teóricos[5]Hasta el punto de
hablar de la formación de un área del saber que se
denomina Ciencia Política, y que no en vano tiene tanta
conexión -e incluso genera identificación- con la
Teoría General del Estado, esta disciplina que hoy
estudiamos. Sin embargo, una diferencia sustancial respecto al
poder estriba en el hecho mismo de que la política
sí es fruto de la formación de las sociedades
estatales, y por ende, responde a estas, en sus distintas
manifestaciones históricas, como parte de su
función social. No debe hablarse entonces de
fenómeno pre-estatal, como pudiese hacerse con el poder o
la violencia.

De la política es preciso destacar:

  • 1. Su fundamento y esencia

  • 2. Su carácter teórico y
    práctico

  • 3. Esferas de la actividad política y
    multiplicidad de sentidos del término

  • 4. El carácter superestructural de este
    fenómeno y su indisoluble relación con el
    Estado

  • 5. Vínculos con el poder, la moral y el
    Derecho

  • 6. Rol social de la política

Dejamos toda posible definición para un
análisis individual, para una búsqueda y estudio
que bien puede recrearse en la abundante bibliografía
existente, y también como invitación a entrenar el
sentido práctico y motivar el método
empírico -dentro de lo que la teoría nos permite-
para crear una noción fundamentada de la política y
su importancia para la comprensión del fenómeno
estatal.

Acerca de la Teoría General del Estado, en
correspondencia con este nuevo enfoque en nuestro programa de
estudios, no puede dejar de hacerse remisión expresa a la
obra cimera del fundador de la moderna Teoría del Estado,
H. HELLER, para la explicación de la evolución
histórica de esta disciplina y particularmente los
estudios relativos a su objeto y método. No podemos perder
de vista la concepción marxista unitaria de la
Teoría del Estado y del Derecho, nuestra fuente doctrinal
fundamental, pero es oportuno deslindar algunas cuestiones
estrechamente vinculadas al fenómeno estatal, aunque haya
que recurrir, y esto es muy importante,
críticamente, a las nociones tradicionales sobre
esta área del conocimiento.

El hilo conductor de la actual Teoría General del
Estado (que identificaremos por cuestiones de comodidad con la
abreviatura TGE), proviene, como analizábamos en la
política, de la Antigüedad. Es lícito afirmar
que con una manifestación mucho más cercana a los
estudios políticos, ya en los tiempos de las sociedades
explotadoras orientales se reconocía una "ciencia
política", muy próxima en el tiempo al
florecimiento de los estudios políticos durante la
"democratización" de Atenas y en los "Estados-ciudades" de
Sicilia. Los primeros "maestros" de esta ciencia política
al parecer estuvieron ligados a la sofística, practicando
la política como "arte para la vida del individuo", como
formación del político propiamente dicho, como
parece suceder con PROTÁGORAS y GORGIAS en Grecia. Incluso
se adjudica a ARISTÓTELES la creación de la ciencia
política antigua como fundamento de la moderna
teoría estatal. Este saber estaba muy vinculado a la
técnica del poder, el arte cívico o
Filosofía moral, la Metafísica histórica y
la Sociología. Como apunta HELLER, era por ello que solo
se tenía conocimiento de una arista del problema: la
doctrina dogmática del Estado, puesto que "la cultura
griega no llegó a conocer una teoría general del
Derecho Político, y lo mismo le sucedió, en el
fondo, a los romanos. Ella es, propiamente, una creación
de la baja Edad Media"[6].

Esta nueva etapa en la historia de la humanidad
reservará para estos estudios sobre el fenómeno
estatal un marcado fundamento teológico y natural, cuyos
exponentes serán bien identificados en esta y otras
disciplinas, como la comentada Filosofía del Derecho.
Según HELLER, "es MONTESQUIEU, quien por primera vez
realiza, al menos de un modo programático, el intento de
explicar al Estado y la actividad política por la
totalidad de las circunstancias concretas, naturales y
sociales"[7]. HUME obraría de modo similar
en Inglaterra.

La Filosofía política de HEGEL
también marcó un hito en la formación de
esta disciplina teórica.

Se atribuye a DAHLMANN y a TOCQUEVILLE, el ser los
precursores de un nuevo tipo de Ciencia Política, a partir
de las obras Política sobre la base y medida de los
objetos reales
y Democracia en América,
presentadas en 1835. WAITZ, DROYSEN y MOHL, este último
con su Enciclopedia de las ciencias del Estado se
inscriben en esta ruta histórica, así como la
Ciencia del Estado, aunque "carente de un contenido real
y objetivo", formulada por el economismo
apolítico
del siglo XIX.

La asimilación teórica del Estado al
Derecho hecha por KELSEN y las limitaciones en JELLINEK,
influyeron en la no concreción de esta TGE. Para el propio
HELLER, como tendremos ocasión de comprobar, no era
siquiera esta formulación -la de Teoría General- la
más conveniente -como tampoco la de teoría
"particular"-, siendo por ello el título de su
máxima obra precisamente el de Teoría del
Estado
, de acuerdo a cuestiones de método, objeto y
contenido que quedarán expuestas en este epígrafe.
La bibliografía básica recomendada y otros
materiales de consulta contribuirán a perfilar una idea
más acertada de los derroteros de este saber
jurídico[8]

Sobre la TGE, sin embargo, no hay criterios
pacíficos. Nos corresponde delimitar algunas cuestiones
básicas como el objeto y el método de esta "ciencia
jurídica", también atendiendo a si es posible o no
fundamentar este pretendido carácter científico de
esta disciplina. Por ello, propongo exponer estos puntos
controversiales:

  • 1. La cuestión del objeto de la
    TGE[9]Su menor o mayor generalidad, como se
    enuncia a pie de página, y su confusión con la
    terminología misma de los contenidos.

  • 2. Los contenidos de la TGE, que configuran
    esta disciplina en un mayor o menor grado de universalidad o
    particularidad, de abstracción o concreción.
    Pueden tenerse como referencia las posturas comparativas
    respecto a la Ciencia Política, y la
    determinación sobre si una es más
    práctica y valorativa (en HELLER, vgr., lo es
    la Ciencia Política) u otra más general y
    portadora de las categorías conceptuales aplicables a
    otras áreas del saber (Teoría del Estado), por
    ser ciencia teórica, no valorativa (aunque no libre
    absolutamente de
    valoración)[10].

  • 3. El método de la TGE. Sobre el que se
    encontrarán, acertadamente, coincidencias, al menos en
    los dos libros de referencia: por nuestra parte al dejar
    expresamente sentado la utilidad y necesidad del
    método dialéctico-materialista y en el caso de
    la postura occidental, al definir la importancia del modo
    dialéctico del pensar
    , método hegeliano,
    perfeccionado por MARX y ENGELS, sumando el método
    empírico, a pesar de las discusiones sobresalientes
    entre la determinación del carácter
    eminentemente teórico o práctico de la
    TGE[11]

  • 4. La posición de la TGE dentro de las
    ciencias jurídicas y el sistema de relaciones con
    estas[12]

  • 5. El discutido carácter
    científico de la TGE[13]

  • 6. El carácter partidista de nuestra
    Teoría del Estado y del Derecho, que no debe
    abandonarse frente al estudio de una nueva Teoría
    General del Estado.

De esta manera se han abordado algunas
problemáticas de primer orden en este difícil
terreno teórico. Como metodológicamente
correspondería, unas acertadas conclusiones
pondrían el punto final a esta temática, pero creo
que, como el conocimiento científico, el pensamiento
creativo y productivo deberá ser abierto, libre de ciertas
formalidades, ahora solo se ha intentado brindar las herramientas
para una comprensión más acabada de los temas
presentados y para la consecución definitiva de los
objetivos propuestos. Por ende, sí debe quedar claro lo
relativo a:

  • 1. La importancia de la teoría del poder
    y la política en la comprensión del
    fenómeno estatal.

  • 2. El carácter ineludible del enfoque
    histórico y objetivo de las categorías
    relevantes en el desarrollo de la TGE como
    disciplina.

  • 3. La necesidad de la determinación del
    objeto de estudio, método y contenidos de la
    TGE.

  • 4. La relevancia del dominio de los criterios
    de conformación de las ciencias, y el papel de la TGE
    en relación a los saberes jurídicos y sociales
    en general.

  • 5. El necesario enfoque marxista y la
    definición del carácter partidista de esta
    disciplina teórica.

El Estado:
posiciones doctrinales en torno a su origen y
definición

Las concepciones marxistas y no marxistas acerca
del fenómeno estatal. Naturaleza y esencia del Estado. El
Estado como instrumento de dominación clasista: dictadura
y hegemonía en Lenin y Gramsci. Las concepciones modernas
en torno al Estado
.

Siendo el estudio del Estado el elemento fundamental del
que se nutre esta disciplina, conviene deslindar algunas
cuestiones elementales respecto a su origen y definición,
tal que nos permita comprender además su esencia y
naturaleza y, en definitiva, la orientación de la
teoría marxista en torno a estos particulares. Como ha
sido el estilo de sistematización de esta asignatura se
abordarán de manera general los postulados más
distintivos desde la perspectiva teórica y se hará
referencia a la bibliografía disponible, de tal forma que
sea posible recurrir a estas fuentes y profundizar en los
contenidos propuestos.

Prima facie, debe observarse que en torno a la
identificación del Estado se han seguido tradicionalmente
dos posiciones: la que parte de estimar al Estado como
Estado-nacional y en consecuencia como resultado de la
modernidad, y otra postura que se acerca a la idea del Estado
como organización política de la sociedad, que
remite obligatoriamente al análisis del fenómeno
estatal desde sus manifestaciones en la Antigüedad. A pesar
de que, como ha advertido FERNÁNDEZ BULTÉ,
"ningún concepto o noción social ha sido tan
tremendamente contradictorio, inaprensible y definido de maneras
tan opuestas"[14], como el Estado, debemos
tempranamente tomar ciertos partidos, y en consecuencia, dado que
el fenómeno estatal ha estado presente en la vida de la
sociedad desde su división clasista, como tendremos
oportunidad de precisar, me inclino por la idea de identificar al
Estado desde épocas remotas en la historia de la
humanidad, lo que ayuda también a entender en su
intríngulis algunas de las concepciones que desde Grecia o
Roma, por solo poner dos ejemplos, nos han llegado, o incluso
desde el devenir histórico de formaciones
socio-económicas como el feudalismo, donde no pueden
obviarse elementos teóricos de relevancia respecto a la
noción del Estado, al menos, para esa convulsa
etapa.

También se explica el por qué de las
innumerables teorías y concepciones no solo sobre su
definición, sino sobre su propio origen, naturaleza e
incluso justificación, que de manera muy general
presentaremos a continuación[15]Dentro de
esta amplia gama de formulaciones teóricas, podrían
resumirse algunas siguiendo el compás de algunos de
nuestros profesores, como CAÑIZARES ABELEDO y
FERNÁNDEZ BULTÉ, aunque sin obviar la riqueza
teórica que sobre estos temas aparece en toda la
literatura de consulta sobre Teoría General del Estado.
Estas vueltas teóricas servirán de premisa
imprescindible para arribar a la conclusión
marxista-leninista, como colofón
científico.

Desglosemos entonces algunas de estas teorías,
con su breve referencia, y con la tarea independiente de
profundizar en su contenido e importancia doctrinal:

  • 1. En cuanto a las concepciones no marxistas
    sobre el Estado (que comprenden básicamente
    las definiciones sobre este fenómeno):

  • I. Teorías
    Teológicas

  • II.  Psicológicas

  • III.  Biológicas

  • a) Biosociológicas:
    entre las que pueden citarse las tendencias
    genetistas
    de GOUBINEAU y GALTON, asimilando al Estado
    en la fórmula constitución biológica
    + raza+ herencia= fenómenos socioculturales
    ,
    incluido el estatal; la tendencia antropometrista de
    AMMON y LAPOUGE, sobre la base de la superioridad estatal
    equivalente a la superioridad racial y la tendencia
    darwineana
    de VACCARO y GUMPLOWICZ aplicando las leyes
    de la competencia y la selección natural.

  • b) Organicistas: que
    encontrando una asimilación entre el Estado y el
    organismo humano, pretenden definir al primero como un
    "hombre grande" (PLATÓN); un "ser superior" (el
    Leviatán de HOBBES); una "realidad orgánica"
    (COMTE); el producto de la ley natural (SPENCER, y no
    puramente una concepción iusnaturalista) y la
    asimilación sexual expuesta en BLUNTSCHLI, al
    identificar al Estado con el sexo masculino y la Iglesia con
    el femenino, etc.

  • IV.  Sociológicas: que no debe
    obviar la idea de Estado como conciencia colectiva de grupo,
    expuesta por DUGUIT.

  • V.  Historicistas: que en la trama
    iusfilosófica tropieza con los postulados de la
    Escuela Histórica del Derecho, en particular SAVIGNY y
    del historicismo romántico, BURKE, que entienden al
    Estado como el "espíritu del pueblo" (el
    volksgeit), como el producto de la
    tradición.

  • VI.  Filosóficas: de ineludible
    recurrencia a KANT y HEGEL, con sus identificaciones
    respectivas: el Estado como producto de la razón
    práctica, "organización racional de la vida
    para salvar y realizar el objetivo principal del derecho: la
    libertad" en el primero, y el Estado como elemento de
    racionalidad, como lo absoluto, "momento de
    realización de la dialéctica del
    espíritu absoluto", en el segundo.

  • VII. Jurídicas: surgidas en el
    siglo XX, con exponentes peculiares como W. E. ALBRECHT y
    FEDERICO von GERBER, para los cuales el Estado es
    sencillamente una persona jurídica colectiva; G.
    JELLINEK además, que asimila el Estado a la
    nación, siendo esta nación una persona
    jurídica colectiva, sin más necesidad de
    indagaciones políticas ni sociológicas y la
    teoría "unitaria" de KELSEN, sobre la base de asimilar
    los conceptos de Estado y Derecho, ofreciendo al primero,
    más que una explicación teórica desde
    posiciones estatalistas, un simple estudio
    normativo.

  • 2. En cuanto a las teorías no marxistas
    relativas al origen del Estado:

  • I. Teoría de la sociabilidad:
    basada en el ejemplo de la organización
    política de la antigua Grecia, en esencia, la
    polis, de la cual entendieron PLATÓN y
    ARISTÓTELES que el Estado debía ser entendido
    como una organización política consustancial al
    ser humano, deviniendo que ubi societas ibi
    ius
    .

  • II. Teoría del "mal menor":
    defendida entre otros, por AGUSTÍN DE HIPONA, donde el
    poder político debía entenderse como obra de
    Dios, en tanto se distinguen dos ciudades, una
    terrena, donde debía cumplirse lo que el
    aforismo popular ha llamado el deber para con el César
    (al César lo que es de César) y otra
    divina, la ciudad de Dios, para dar a Dios lo que a
    Dios pertenece. En realidad la explicación de esta
    teoría rebasa los marcos de estos simples aforismos,
    pero puede resumirse en el sentido de obediencia y
    sumisión al poder político, entendido como
    poder derivado de Dios mismo, creador no solo del universo
    humano y natural, sino del Estado además.

  • III. Teoría patriarcal: FILMER ha
    sintetizado los presupuestos fundamentales de esta
    teoría que sostiene la monarquía absoluta y el
    derecho divino de los reyes, patriarcas retentores del poder
    de Dios, a imagen y semejanza de un pater familiae.
    Ya veremos como esta teoría también se
    convierte en una justificación del Estado
    mismo.

  • IV.  Teoría contractual:
    también conocida como teoría del pacto
    social
    encuentra en HOBBES, LOCKE y ROUSSEAU sus
    máximos exponentes. La idea del tránsito de una
    sociedad salvaje, en estado natural, a una sociedad
    civilizada, se materializa a través de un contrato
    entre poseedores y desposeídos en el que se conviene
    sobre las formas más favorables de gobierno. En cada
    exponente van impregnadas las huellas de las matizaciones
    propias de su tiempo y su régimen político: la
    defensa ora de la monarquía absoluta, ora del
    parlamentarismo y de la democracia republicana.

  • V. Teoría del conflicto: donde se
    ha intentado incluir la propia concepción marxista
    sobre la lucha de clases, pero donde OPPENHEIM trata al
    Estado como el resultado de la pura violencia; GUMPLOWICZ, de
    la conquista, y por ende de la imposición de un grupo
    racial sobre otro; ejemplos más cercanos de la
    teoría burguesa sobre el origen del fenómeno y
    proporcionalmente más distantes del verdadero
    carácter científico de la teoría
    marxista-leninista y de la concepción misma de la
    violencia organizada de clase.

  • 3. Respecto a las teorías de
    justificación del Estado:

  • I. Teoría política
    clásica:
    cuyo fundamento reside en la idea de
    Estado como garante de la libertad y el desarrollo de la
    persona.

  • II. Teoría de la monarquía
    absoluta.

  • III. Teoría
    contractualista.

A partir de estas teorías pueden formularse una
gran diversidad de conceptos sobre el Estado. De la misma manera,
la Teoría General del Estado se ha nutrido de los
elementos expuestos en cada corriente, que debe advertirse no se
reduce ni remotamente a esta simple exposición, que se ha
hecho con el principal objetivo de trazar un punto de partida
para el estudio posterior de toda la doctrina en torno a la
conceptualización del Estado y los fenómenos
sociales particularmente relevantes. Igualmente se reducen las
distancias para comprender cuáles son los puntos de
contacto de todas las teorías no marxistas, luego de
determinar en cada una la esencia y naturaleza del Estado y, por
supuesto, se introduce el elemento de justificación que,
a priori, no coincide con la idea de desaparición
del aparato estatal que los teóricos marxistas
acuñaron en sus obras, y que por supuesto merece ser
analizado al calor del desarrollo y crisis paralela de la
sociedad actual.

Teniendo en cuenta estos puntos preliminares resta el
análisis de la doctrina marxista-leninista sobre el
Estado, su origen y esencia. Esta ha sido el resultado del
estudio científico que encabezaran MARX y ENGELS,
posteriormente ampliado y sistematizado por
LENIN[16]sobre la base de las conclusiones del
materialismo dialéctico aplicado a la inteligencia de
la sociedad y la historia
. Como señala
FERNÁNDEZ BULTÉ "el núcleo esencial de la
doctrina marxista sobre el Estado consiste en descubrir y poner
de relieve que este es una maquinaria funcional, un conjunto
más o menos desarrollado y complejo de organismos,
órganos, mecanismos y aparatos encaminados a imponer sobre
la sociedad la voluntad política de la clase
económicamente dominante o de los sectores dominantes
dentro de las clases hegemónicas en la
sociedad"[17]. En consecuencia, esta
concepción se completa con la idea del origen del
fenómeno estatal, que se explica perfectamente a partir de
la evolución misma de la sociedad y que encuentra en el
momento en que esta se divide en clases antagónicas el
punto de partida del ejercicio de la dominación de las
clases económicamente más poderosas sobre los
sectores desposeídos que, a la postre, serían
sometidos al imperio de un aparato, situado aparentemente por
encima de la sociedad, el cual, en palabras de LENIN,
representaba la forma organizada de vertebrar y llevar a cabo
la llamada dictadura de la clase dominante
: el
Estado.

No habrá de insistirse demasiado en estas
cuestiones, puesto que en los manuales de la asignatura, como en
las obras ya consultadas de los clásicos del marxismo,
pueden completarse los argumentos de explicación de esta
idea de surgimiento y evolución del fenómeno
estatal, que además se complementará con el estudio
de los tipos históricos de Estado y que paralelamente se
explica en la asignatura Historia General del Estado y del
Derecho, donde se vuelve sobre obras cumbres como la citada de
ENGELS, con un genial formulación de la explicación
científica de este fenómeno.

Acerca de la esencia de este fenómeno puede
contraponerse a la diversidad de postulados en las teorías
no marxistas, la unidad en la concepción marxista. Si para
aquellas se tiene como punto común el no reconocer el
carácter clasista del Estado, la formulación
científica ofrecida por el marxismo-leninismo revela,
precisamente, su esencia clasista. A esto debe sumarse el
carácter histórico en la valoración del
fenómeno estatal -recuérdense las dos formas
empleadas para la explicación de su origen, en MARX y
ENGELS, el modo de producción asiático y
la llamada vía clásica, a través de
la formación de los regímenes esclavistas de la
antigua Grecia y Roma-, que debe inducir a una lógica
sistematización dialéctica del devenir de la
sociedad, los constantes cambios en el modo de producción
y la aparición progresiva de estos sectores sociales que,
apoderándose del excedente productivo, no tardarían
en convertirse en las mencionadas clases económicamente
dominantes, transformándose a la vez en las
políticamente dominantes; y la naturaleza social, por
qué no, de este fenómeno, además de su
carácter superestructural.

Por ende, deslindados estos aspectos esenciales y
concluyéndose efectivamente que el Estado ha de entenderse
como un instrumento de dominación clasista, como el
producto además de la propia naturaleza clasista de la
sociedad, debe precisarse que en torno a estas cuestiones no ha
existido una posición pacífica, sino todo lo
contrario, han sido profundamente atacadas, especialmente por la
teoría burguesa, e incluso por los propios
"pos-marxistas", en algunos casos particulares, que han llevado a
la distorsión y el reduccionismo de sus fundamentos. Entre
otras proposiciones han sido falsificadas y transformadas las
relativas al rol social y económico del Estado, a las
ideas sobre la extinción del aparato estatal y sobre el
concepto de dictadura del proletariado. También
estos contenidos pueden revisarse de forma independiente,
fundamentalmente el relacionado con el concepto de dictadura
del proletariado
, que habrán de presentarnos MARX y
ENGELS desde la perspectiva de que todo Estado es, en el fondo,
una dictadura de clase, lo que no debe interpretarse como la
existencia de una tiranía, como la permanencia de un
dominio tiránico de clase en la sociedad. LENIN, en su
análisis del proceso de transición del capitalismo
hacia la sociedad socialista y al comunismo como fase superior
revela la importancia de la formulación marxista del
concepto de dictadura del
proletariado[18]entendiendo su necesidad toda vez
que "no hay otra fuerza ni otro camino para romper la
resistencia
de los explotadores (…)". De esta manera
queda concebida esta dictadura como "la organización de la
vanguardia de los oprimidos en clase dominante para aplastar a
los opresores"[19], cuya tarea va más
allá de ampliar la democracia, va también a la
aplicación de una serie de restricciones y de medidas
contra los opresores, que habían advertido ya MARX y
ENGELS en el Manifiesto Comunista, tendrían un
carácter violento, incluso.

Muchas de estas ideas de los clásicos marxistas
fueron, como dice FERNÁNDEZ BULTÉ, esclarecidas e
iluminadas por el pensamiento consecuente del político y
revolucionario italiano Antonio GRAMSCI[20]Se debe
a él el hecho de completar estas teorías marxistas
toda vez que esclarecía que en todo Estado, toda clase que
aspira a dominar políticamente la sociedad tiene que gozar
de la hegemonía social, en otros términos dominar
en el plano de las conciencias, espiritual y culturalmente. Esta
idea de consenso social salva la reducción de la dictadura
a violencia organizada, ampliándola a dominación
cultural y espiritual, contenida bajo el término
hegemonía, del cual no debe descuidarse, pues ha sido
objeto también de vulgarizaciones teóricas y del
establecimiento de concepciones voluntaristas e idealistas en
torno al consenso político y social. Solo un riguroso
examen capaz no de colocar en posiciones antitéticas a los
conceptos dictadura y hegemonía, sino
por el contrario asimilarlos en unidad dialéctica, donde
se incorporen las categorías de democracia y
Estado de Derecho, posibilitaría comprender el
alcance de este fenómeno.

Por último, corresponde realizar un
análisis somero de las llamadas teorías modernas
acerca del Estado. Sobre este particular debo insistir que el
mismo sentido de modernidad con que el pensamiento occidental
valora la existencia del Estado debe, por lógica, impulsar
teorías de naturaleza forzosamente moderna, de tal forma
que serían los postulados nacidos al calor de la
Revolución Francesa tan modernos como la teoría
"unitaria" de KELSEN o como el institucionalismo de DUVERGER.
Pero suelen explicarse en nuestras universidades tres
teorías fundamentales, que cito a
continuación:

  • I. Teoría jurídico-formal:
    propia del siglo XIX, que analiza al Estado en dos aristas
    fundamentales, como fenómeno jurídico y como
    fenómeno social, con sus correspondientes
    limitaciones.

  • II. Teorías
    político-sociológicas:
    el Estado como
    centro de la vida social, en ocasiones sin distinguirlo de
    esta.

  • III. Institucionalismo: que en una
    posición intermedia se encarga de explicar la esencia
    del Estado sin separar el concepto jurídico de lo
    social, mientras por otro lado suele repetirse la idea del
    Estado como personificación jurídica de la
    nación y como consecuencia de la centralización
    de su vida política.

Estos pasos teóricos, tan naturales en una
disciplina efectivamente teórica como esta, abren el
camino para la determinación de los elementos
estructurales y funcionales del complejo fenómeno que es
el Estado. Si se tratara de hacer un resumen de los contenidos
expuestos, y en los que debe, en todo momento profundizarse,
pueden plantearse las siguientes ideas y
cuestionamientos:

  • 1) El pretendido carácter moderno del
    Estado versus el necesario enfoque histórico
    de su origen y evolución.

  • Partes: 1, 2, 3

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