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Violencia de género. Sentencia de la Sala de Casación Penal del TSJ (página 2)




Enviado por noelia avilez



Partes: 1, 2

La anteriormente citada investigadora
Marbella Camacaro (2006) desarrolla las siguientes
propuestas:

1. Bailar, caminar, mover sus caderas o
tener placer sexual en las etapas tempranas del parto (cuando
empiezan las contracciones) estimula la secreción de la
oxitocina natural.

2. Crear un ambiente agradable,
cálido, tranquilo donde la mujer pueda tomar decisiones y
llevar su propio ritmo en el proceso del parto.

3. La libertad de movimiento facilita el
proceso del parto.

4. Elegir la o las posiciones para sentirse
más cómoda en el proceso del parto (verticales,
sentadas, cuclillas, acostada, caminando) provoca la
liberación de oxitocina natural. La presión de la
cabeza del bebé durante el descenso por el canal del parto
sobre el cuello uterino y el estiramiento de la vagina y los
músculos del suelo pélvico estimulan los receptores
de oxitocina.

5. Comer y tomar líquidos durante el
trabajo del parto mantiene a la mujer con la energía
necesaria para producir oxitocina y dar a luz
saludablemente.

6. Tomar duchas calientitas y baños
en agua estimulan la producción de oxitocina.

7. Sentirse protegida y relajada estimula
la oxitocina. Algunas necesidades fundamentales para sentirse
así son: luces bajas, música o sonidos suaves,
estar acompañada por personas elegidas por la mujer,
privacidad, espacios acogedores, actitudes amorosas, ropa
adecuada, no hacer tactos vaginales rutinarios, respeto y algunas
veces estar sola para poder concentrarse y sentir y vivir las
sensaciones del parto.

Promoción
y aplicación efectiva de las
Normas y
Leyes

Promover la discusión del contenido
de la Ley Orgánica por el Derecho a una Vida Libre de
Violencia en los postgrados de Obstetricia y Ginecología y
en los pregrados de las Escuelas de Medicina, Salud
Pública, Enfermería y otros espacios de
formación de los equipos de salud.

Orientar a la población en cuanto al
contenido de la Ley y de la Norma Oficial para la Atención
integral de la salud sexual y reproductiva.

Según se especifica en La Norma
Oficial para la Atención Integral de la Salud Sexual14 y
Reproductiva, las mujeres tienen derecho

información completa y precisa sobre
todos los tratamientos y procedimientos médicos o
quirúrgicos que se le pretendan aplicar a la madre y al o
la recién nacida/o y a tomar la decisión que
más crea conveniente, con clara, suficiente y amplia
información, que no es otra cosa que el derecho al
consentimiento previo informado, según CRBV15.

Finalmente, en lo cultural e
ideológico es necesario identificar la tarea de la
deconstrucción del patriarcado, a través
de:

1. La promoción y el desarrollo de
una Cultura de la No-violencia.

2. La institucionalización de una
educación integral sobre salud y derechos sexuales y
reproductivos con contenido no sexista, no machista.

3. La democratización y
socialización del trabajo doméstico del hogar
igualitario, democrático, paritario y justo que
queremos.

4. La resignificación del lenguaje
cotidiano y de los medios de comunicación.

5. El fomento de la corresponsabilidad de
hombres-mujeres en los roles reproductivos.

6. El surgimiento de una nueva
masculinidad, solidaria, fraternal y responsable.

Notas

1 EEUU y Canadá no han suscrito la
primera. EEUU tampoco es signatario de la segunda.

2 La Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer es
un acuerdo en la región firmada en 1994, en la ciudad de
Belem do Pará, Brasil, por 32 de los 34 Estados del
Hemisferio. La Convención tiene como objetivo fundamental
proteger los derechos humanos de las mujeres y prevenir,
sancionar y eliminar los estados de violencia que puedan
afectarlas, en el entendido que toda humana tiene derecho a una
vida libre de violencia, tanto en el ámbito público
como en el privado. La Convención de Belén do
Pará, es el único instrumento internacional para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer.

3 Ley Orgánica por el Derecho a una
vida libre de violencia. Caracas, Marzo 2007. Publicaciones de la
Asamblea Nacional y del Fondo de Población de Naciones
Unidas.

4 Instituto Interamericano de Derechos
Humanos. "Promoción y Defensa de los Derechos
reproductivos: Nuevos retos para las instituciones nacionales de
derechos humanos". IIDH. San José. Costa Rica. Instituto
Interamericano de Derechos Humanos. 2003. 694 p.5
"Mariamoñitos". Papeles para pensar, hacer y construir.
Universidad de Carabobo. Facultad de Ciencias de la Salud.
Departamento de Salud Pública. Unidad de
Investigación y Estudios de Género "Bella Carla
Jirón Camacaro". Núcleo de Aragua. 8 de Marzo de
2006. Páginas s/n.

6 Ley Orgánica sobre el Derecho de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Capitulo II.
Definición de Violencia contra las Mujeres.
Artículo 15: Formas de violencia. Artículo 51
Capítulo VI, de los delitos.

7 Ídem.

8 Ley Orgánica sobre el Derecho de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Capítulo II,
Definición de Violencia contra las Mujeres.
Artículo 15: Formas de violencia. Artículo 51
Capítulo VI, de los delitos.

9 Fuente: Ley Orgánica sobre el
Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
Capítulo II, Definición de Violencia contra las
Mujeres. Artículo 15: Formas de violencia. Artículo
52: Capítulo VI, de los delitos.

10
http://www.fundamujer.org.ve/seccion.asp?notid=40958&pid=61&sid=2595

11 Fernández del Castillo, Isabel,
"La revolución del Nacimiento", de Ediciones Granica, S.A,
Edición: 1°, Año de Edición 2006,
Barcelona, España.

http://www.fundamujer.org.ve/seccion.asp?notid=40958&pid=61&sid=2595.
Marbella Camacaro, 26-11-07. Revisión autorizada: Ofelia
Álvarez 10- 12-2007.

12 eluniversal.com, 19 de Septiembre de
2007. Artículo de Opinión. Alberto Arteaga
Sánchez // La violencia obstétrica. "El Estado no
puede pretender regular hasta la forma de parir con la amenaza de
sanciones"

13.
porunpartorespetado.espacioblog.com/post/2008/03/20/la-ley-protegelas-venezolanas-quieren-parto-mas-humano.
El Nacional. 20 de Marzo de 2008

14 Norma Oficial para la atención
integral de la salud sexual y reproductiva. República
Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Salud y Desarrollo
Social, Noviembre 2003. Una publicación de MSDS, OPS y
UNFPA.

15 Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, 1999.

Venezuela crea instancias para erradicar
violencia contra la Mujer

La creación del Instituto Nacional
de la Mujer (Inamujer), la Comisión Intergubernamental de
Prevención de la Violencia en Venezuela y la
aprobación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de
las Mujeres a una Vida sin Violencias, forman parte de los
esfuerzos del gobierno venezolano para prevenir y erradicar la
violencia contra la mujer. Al conmemorarse este domingo 25 el
Día Internacional de la Eliminación de la Violencia
contra la Mujer, Venezuela enarbola estos logros y esfuerzos
continuos en la lucha contra las diversas violencias hacia la
población femenina. En la Conferencia de Mujeres
Latinoamericanas y del Caribe, celebrada en 1981 en Colombia,
surge la propuesta de hacer el 25 de noviembre un día de
reflexión y denuncia contra las diferentes formas de
violencia que sufren las mujeres. A fin de contar con una
institución rectora de las políticas
públicas para prevenir y erradicar la violencia hacia la
mujer, el presidente de la República Bolivariana de
Venezuela, Hugo Chávez Frías, creó el
Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer) en 1999. Tras su
trayectoria, Inamujer impulsó en 2006 la
conformación de la Comisión Intergubernamental de
Prevención de la Violencia en Venezuela, integrada por
este instituto, el Ministerio Público, la Asamblea
Nacional y la Defensoría del Pueblo. Asimismo, conforman
esta comisión intergubernamentallos ministerios del Poder
Popular para la Salud, para Relaciones Interiores y Justicia,
para Educación, para el Trabajo y Seguridad Social, para
la Comunicación y la Información, para la Cultura y
para Ciencia y Tecnología, así como el Cuerpo de
Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas (CICPC). También se suman a las
labores de prevención de la violencia hacia la mujer el
Consejo Nacional de Defensa del Niño, Niña y
Adolescente (CNDNA) y el Instituto Nacional de la Juventud, entre
otras instituciones. La presidenta del Inamujer, María
León, destaca que esta comisión trabaja en conjunto
con entes oficiales, movimientos sociales, organizaciones
femeninas y no gubernamentales, instituciones privadas y diversos
sectores de la población en la elaboración y
desarrollo de planes, programas y acciones para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia hacia la mujer. De igual
forma, la Asamblea Nacional aprobó, el 25 de noviembre de
2006, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a
una vida Libre de Violencia. León precisó que esta
ley establece sanciones, define 19 tipos de violencia y ordena la
apertura de 100 nuevos tribunales especiales para atención
de las violentadas, "lo que coloca a nuestro país entre
los más avanzados del mundo en esta área de la
legislación sobre los derechos de las mujeres". Se
establece prisión de 10 a 22 meses a quien incurra en
amenazas verbales o escritas hacia la mujer, de seis a 18 meses
de presión por violencia física y la violencia
sexual hacia la mujer acarrea sanciones de 10 a 15 años de
presión. Igualmente, quien ejecute el acto carnal con
víctima especialmente vulnerable será sancionado
con pena de 15 a 20 años de presión y los actos
lascivos serán sancionados con prisión de uno a
cinco años. A objeto de ofrecer atención inmediata,
confidencial y gratuita a las mujeres víctimas de
violencia, el Inamujer creó el servicio de atención
telefónica 0800-Mujeres. Este servicio presta
orientación psicológica y legal a mujeres y
familiares que estén viviendo algún tipo de
violencia dentro o fuera de la familia. De acuerdo con las
estadísticas presentadas por el Inamujer, durante el
primer semestre del presente año este servicio
atendió 2 mil 586 llamadas. La presidenta del Inamujer,
María León, agregó que con estos programas y
proyectos, Venezuela cumple con las obligaciones internacionales
contraídas al firmar la Convención Internacional
sobre la Eliminación de todas las formas de
discriminación contra la Mujer. (CRI)

 

 

Autor:

Noelia Avilez

 

Partes: 1, 2
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