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Análisis del problema del acoso sexual




Enviado por Jazmin Reynoso



  1. Introducción
  2. ¿Qué es el acoso
    sexual?
  3. Justificación
  4. Beneficios
  5. Hipótesis
  6. Antecedentes generales del acoso sexual en las
    empresas
  7. Fundamentos teóricos
  8. Alcances y limitaciones
  9. Conclusiones
  10. Bibliografía

Introducción

El acoso sexual es una acción de índole
sexual que radica en el asedio verbal y/o visual, que se reitera
a pesar de dejar en claro que cualquier insinuación no es
bien recibida. Es un fenómeno social de múltiples y
diferentes dimensiones, denunciado por distintas organizaciones e
instituciones y constatado por distintas investigaciones que han
evidenciado la existencia, extensión y gravedad en el
ambiente laboral. Por lo que el acoso sexual es un
comportamiento, no sólo se reduce a una acción de
índole sexual sino que también radica en el asedio
verbal y visual, que se reitera luego de haber dejado en claro
que cualquier insinuación no es bien recibida.

¿Qué es el acoso
sexual?

Propósito

El propósito de nuestra
investigación es que La empresa «JELYA » se
termine el gran problema del acoso sexual que se ha presentado
dentro de la empresa.

Planteamiento

El acoso sexual puede ser sufrido tanto por hombres como
por mujeres. Sin embargo, quizá la mujer es la principal
víctima porque en el mercado laboral su situación
es más de subordinación jerárquica o
inestable en el empleo.

El acoso sexual afecta principalmente a mujeres
jóvenes, de ingresos reducidos, educación no
profesional, que han sido asediadas por largo tiempo y solo se
deciden a denunciar el hecho, como último
recurso.

Justificación

Es indispensable solucionar este problema para que todos
los trabajadores(a) de la empresa se sientan tranquilos,
además de que no exista ningún otro tipo de abuso
dentro de la empresa.

A continuación presentamos algunas preguntas de
interés, formuladas por el equipo de trabajo:

¿Qué consecuencia deja el acoso
sexual?

· Bajo rendimiento en el
trabajo.

· Cambia totalmente su forma de
vida. Estas son las principales consecuencias

¿Puede ser diferente si se soluciona el
problema?

Si porque beneficiaria a todos los miembros que
conformar la empresa lo cual tendrían mayor rendimiento
dentro de la empresa.

¿Cómo se da el acoso sexual en la
empresa?

Se da por la conductas físicas de naturaleza
sexual que pueden ir desde tocamientos innecesarios,
"palmaditas", "pellizquitos", roces con el cuerpo, hasta el
intento de violación y la coacción para relaciones
sexuales.

¿Cuándo empezó el problema del
acoso sexual?

Se produce Acoso Sexual cuando una personahombre o
mujer – realiza en forma indebida, por cualquier medio,
requerimientos de carácter sexual, no consentidos por la
persona requerida – hombre o mujer – y que amenacen o perjudiquen
su situación laboral o sus oportunidades en el
empleo.

Beneficios

La ley introduce como inciso segundo lo siguiente: "Las
relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato
compatible con la dignidad de la persona. En contrario a ellas,
entre otras conductas, el acoso sexual, entendiéndose por
tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier
medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos
por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su
situación laboral o sus oportunidades en el
empleo.

"En cuanto a la definición de Acoso Sexual, se
discutió en el Senado que ella debía ser amplia,
sin indicación de la condición de superioridad o
inferioridad que presenten los involucrados, ya que
este tipo de conductas puede perfectamente presentarse entre
trabajadores de un mismo rango jerárquico.

Se entendió que el acoso sexual es un acto de
discriminación ya que consiste en "poner a un trabajador o
trabajadora en virtud del cual se le exige un comportamiento – en
este caso de carácter sexual- que va más
allá de lo que son sus funciones, para acceder a un
beneficio o mantener el empleo, cuestión que no se
requiere al resto de sus compañeros de
labores".

Sociales y Económicos

Que exista más unión y mejor
ambiente laboral. Valorarse mutuamente entre los
trabajadores.

Afecta negativamente al trabajador como al
proceso productivo. Calidad de trabajo.

Motivación al trabajador.

Mayor rendimiento y eficacia en el trabajo.

Son los sufridos en los llamados bienes de la
personalidad.

Su reparación va dirigida a proporcionar, en la
medida de lo posible, una satisfacción como
compensación al sufrimiento que se ha causado, ya sea
psíquico o espiritual.

Objetivos generales y
específicos

Objetivo General

Prevenir, sensibilizar y erradicar el acoso
sexual y acoso por razón de sexo del Comportamiento, en
las relaciones laborales, de todas las personas que trabajen en
el Ayuntamiento.

Objetivos específicos

A) Informar, formar y sensibilizar a las
empleadas y empleados municipales de qué se considera
acoso sexual y acoso por razón de sexo.

B) Dar pautas para identificar una
situación de acoso sexual y acoso por razón de sexo
para prevenir y evitar que se produzcan.

C) Disponer de la organización específica
y las medidas necesarias para atender y resolver los casos que se
produzcan.

D) Garantizar la seguridad de las personas afectadas, la
aplicación de las medidas que proceda para acabar con el
acoso y la aplicación de los procedimientos
sancionadores.

Misión:

La misión de la empresa
"JELYA"

· Las buenas prácticas laborales redundan
en mejor sustantivas en los niveles de producción y
productividad.

· Agregar todos los días la vitalidad al
trabajo y cada día trabajaremos por estas prácticas
laborales.

Visión:

Visón de la empresa
"JELYA"

· Una dirección clara a donde queremos
llegar y lograr con nuestros esfuerzos.

· Estaremos siempre entre las 3 empresas mejores
y reconocidas gracias a que se le reconozca el gran esfuerzo a
cada empleado.

· A través de un grupo de equipo de
empleados de cada departamento estarán comprometidos con
los objetivos de la empresa, nuestra gente.

· Ser reconocida como empresa que este al
pendiente que no exista y sede y se vuelva a dar algún
tipo de acoso.

Hipótesis

· A menor acoso sexual más respeto y
comportamiento del trabajador y patrón.

· A menor acoso sexual más
rendimiento y productividad.

· A menor acoso sexual más
creatividad e ideas para mejores

Supuestos

· El problema del acoso sexual se da
por no reportarlo a tiempo.

· El problema del acoso sexual se
pueda producir por el comportamiento del
trabaja-patrón.

· El problema del acoso sexual suele
darse más que nada del aquel que tiene más
prestigio o poder en la empresa.

Metodología

Desde una perspectiva metodológica,
la investigación se abordó a partir de un grupo de
mujeres, (32) que debido a una situación de acoso sexual,
desarrollan un cuadro psicopatológico que requiere
tratamiento psicoterapéutico. Brevemente, el desarrollo
del proceso metodológico secuencial del trabajo ha sido el
siguiente:

Análisis documental: Se ha recopilado
información sobre el tema utilizando bibliografía
específica, de tal manera que permitiera establecer un
marco teórico del estudio.

– Se realizaron varias entrevistas a 32
mujeres que han sufrido acoso sexual en el trabajo, recogiendo el
itinerario personal y laboral.

• Grupo de 32 mujeres.

• Recogida de datos durante 20 meses.

• A través de Hª clínica y
evaluación psicopatológica.

• Entrevistas y escalas de ansiedad y
depresión de Hamilton.

• La mayor parte en situación de IT (baja)
laboral.

La violencia contra las mujeres es un fenómeno
sistémico en nuestra sociedad. En México, al
mencionar la frase "violencia de género", puede pensarse
en los casos de que dan cuenta los medios de comunicación,
como los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, los casos
brutales de violencia de pareja y las violaciones de mujeres
cometidas por agentes al servicio del Estado o médicos.
Probablemente no se piense en los casos de acoso y hostigamiento
sexual en el ámbito laboral, ni en situaciones de
discriminación en el empleo por razones asociadas con el
embarazo. Los poderes públicos y la academia han
hecho eco de la violencia severa que sufren las
mujeres en distintos ámbitos, pero la violencia de
género en el ámbito laboral no ha sido objeto de la
misma atención, quizá por no considerarse tan
severa o por estar socialmente legitimada.

La discriminación por embarazo y el acoso u
hostigamiento sexual laboral afectan a muchas mujeres mexicanas.
Sin embargo, hasta el momento, y a diferencia de otros
países (Das, 2009; Timmerman y Bajema, 1999), no se sabe,
ni siquiera aproximadamente, cuál es la prevalencia ni
cuáles son los factores asociados a estas experiencias de
violencia.

El acoso sexual en el trabajo es reconocido cada vez
más como una discriminación importante que afecta a
la igualdad de oportunidades de las mujeres, que son las
víctimas principales. En concreto son especialmente
vulnerables: las mujeres divorciadas, separadas o viudas, las
madres solteras, las recién llegadas al mercado de
trabajo, las mujeres con contratos de empleo irregular, las
mujeres con minusvalías, las pertenecientes a
minorías étnicas y las inmigrantes. El acoso sexual
está indisolublemente unido al poder.

Este artículo presenta 32 historias de vida de 32
mujeres que han sufrido acoso sexual en centros de trabajo de
Catalunya.

Para la realización de este proyecto "de la
problemática del acoso sexual" se recopilo
información de distintas fuentes de internet.

Monografias.com

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Antecedentes
generales del acoso sexual en las empresas

La violencia contra la mujer es un problema que se ha
presentado desde los albores de la humanidad; en los grabados
prehistóricos es frecuente observar, entre otras
situaciones de la época, al homo sapiens masculino
arrastrando a la mujer por su larga cabellera. La
violencia contra la mujer es una situación que ha
permanecido a lo largo de los tiempos con la complicidad de la
sociedad.

El tema ha sido y es estudiado por juristas,
psicólogos, sociólogos y victimó logos, no
obstante, puede decirse que los trabajos fuertes comienzan con la
Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer
(celebrada en la ciudad de New York en el año 1953), con
la Convención sobre la Eliminación de todas las
Formas de Discriminación contra la Mujer (1979) y
finalmente, con la aprobación de la Convención
Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia
contra la Mujer, (Reunión de la OEA celebrada en la ciudad
de Belem Do Pará – Brasil, 1994).

La violencia contra la mujer, es una forma de
discriminación, tema que ha recibido un amplio tratamiento
en el derecho internacional, para atacar ese problema se cuenta
con un gran número de documentos, además de los ya
citados, en orden cronológico están:
Convención sobre los Derechos Político de la Mujer
(1953); Declaración sobre la Eliminación de la
Discriminación Contra la Mujer (1967); pero, en esta
sucesión, el documento más importante sobre la
materia lo constituye la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Contra la Mujer, cuyo artículo 1 define la
discriminación contra la mujer como:

Toda distinción, exclusión o
restricción basada en el sexo que tenga por objeto
menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer,
independientemente de su estado civil, sobre la base de la
igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y
libertades fundamentales, en las esferas política,
económica, social, cultural, civil o en cualquier
esfera.

La prohibición de discriminar a la mujer en
cualquier ámbito tiene el propósito de terminar con
la histórica situación de inferioridad de la mujer,
esta prohibición autoriza e insta a los países, en
el marco de su protección, a adoptar medidas dirigidas a
corregir tal desigualdad o relegación y a promover la
igualdad real y efectiva de las mujeres en los órdenes
económico, social, político, laboral, entre otros.
Atendiendo a esta petición internacional, en el
medio latinoamericano, en la ciudad de Belem Do Pará
– Brasil, en el año 1994 se celebra la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer, la cual es suscrita por
Venezuela y ratificada por el extinto Congreso de la
República, el 16 de Enero de 1995. Esta Convención
tiene como objetivo fundamental, dar origen a un sistema
jurídico dirigido a corregir la situación de
maltrato, discriminación y de desigualdad de las mujeres
del continente americano.

Es justamente, esta Convención la que sienta las
bases para la elaboración y promulgación patria de
la actual Ley sobre Violencia Contra la Mujer y la
Familia.

La violencia hacia la mujer no solo parte del seno
familiar o del mundo privado de la mujer: Marido, hermanos,
tíos, padre, abuelos, otros; sino también de la
sociedad en general, con los papeles o roles que le asigna
socialmente: Madre (reproductora y criadora), guardiana familiar
(alimentadora y organizadora), y más actualmente, como
trabajadora.

2.1. Reconocimiento del Problema a nivel
mundial:

El acoso sexual se presenta como un problema a ser
enfrentado por la sociedad norteamericana en la década de
los setenta (70s); surge como concepto en esa época y
jurídicamente es visto como punible por la ley contra la
discriminación, de manera tal que se trató como una
forma de discriminación sexual hacia la mujer. El problema
del acoso sexual ha ido saliendo a la luz gradualmente como un
fenómeno de incidencia mundial, percibiéndoselo
como un asunto de significativa importancia, por las
consecuencias individuales y organizacionales que
ocasiona.

La experiencia de la OIT (1996), indica que, inclusive
cuando en una sociedad haya algunos que nieguen la existencia del
problema, éste se ve confirmado por quienes son
víctimas, lo cual quiere decir que ignorar que exista no
significa que no ocurra. Más aún, se dispone ya de
un creciente corpus de investigaciones empíricas, incluida
jurisprudencia, que documenta la incidencia y existencia del
acoso sexual en el trabajo.

El acoso sexual fue reconocido como un problema social
en la mitad de los 70s; los movimientos feministas,
basándose en el concepto de discriminación sexual,
lograron el reconocimiento legal del problema, enfatizando que
desconocer el mismo era contribuir a la inequidad en las
oportunidades de empleo y trabajo.

El acoso sexual es una manifestación de
relaciones de poder, las mujeres están más
propensas a ser víctimas de acoso sexual porque carecen de
poder, bien porque se encuentran en posiciones vulnerables o
inseguras, o les falta confianza en sí mismas o bien
porque han sido educadas por la sociedad para sufrir en silencio.
Pero también pueden ser objeto de tal comportamiento
cuando se las percibe como competidoras por el poder (Menan, S. y
Canelar, S.; 1992). Innecesarios contactos físicos,
manoseos o toqueteos. Comentarios sugerentes y desagradables,
chistes, observaciones sobre la apariencia física y
agresiones verbales deliberadas.

· Innecesarios contactos
físicos, manoseos o toqueteos.

· Comentarios sugerentes y
desagradables, chistes, observaciones sobre la apariencia
física y agresiones verbales deliberadas.

· Invitaciones deshonestas y
comprometedoras.

· Utilización de material
gráfico pornográfico en el lugar de
trabajo.

· Pedidos de favores
sexuales

· Agresiones
físicas.

Caso de Prima facie por acoso sexual, quid
pro quo

Para ser quid pro quo, se tiene que probar que "la
reacción del empleado al acoso se debe a los aspectos
tangibles para su compensación o términos,
condiciones y privilegios de empleo". Originalmente esta era la
única manera de reconocer que hubo acoso
sexual.

Caso de Prima facie por acoso sexual,
ambiente hostil

Donde se alega un ambiente hostil, la legalidad de los
comportamientos se debe determinar de acuerdo a cada caso.
Más que en los cambios de empleos, estos pedidos se
enfocan en las condiciones de trabajo en las que se tiene
que someter la víctima como condiciones de
empleo. Para establecer si la situación merece
acción, se debe tener en cuenta la "totalidad de las
circunstancias" para determinar que "el acoso afecta un
término, una condición o un privilegio de empleo lo
suficientemente severo como para alterar la condición de
empleo de la víctima y crear así, un ambiente
abusivo de trabajo" (Peiliciotti, 1988).

Una firma legal con experiencia en este campo
concluyó que para establecer un caso de prima facie por
acoso sexual por ambiente hostil de trabajo, la víctima
debe probar los siguientes cinco elementos, a saber:

1. Él o ella sufrió de
discriminación intencional según su
sexo.

2. La discriminación era grave.

3. La discriminación lo/a ha
perjudicado.

4. La discriminación puede perjudicar a una
persona del mismo sexo.

5. Los niveles gerenciales sabían del acoso, o
debería saberlo, y no hicieron nada al
respecto.

Fundamentos
teóricos

Si bien el acoso sexual constituye un tema de
actualidad, su consideración es todavía muy
incipiente en los países latinoamericanos: son numerosos
los que carecen aún de legislación
específica; los fallos de la jurisprudencia son escasos, y
la negociación colectiva generalmente no lo incluye entre
sus contenidos. En la actualidad que ha adquirido el tema no
indica, sin embargo, que se trate de un fenómeno nuevo;
por el contrario, solo es moderna la denominación de
"acoso sexual" para una realidad antigua y generalizada, que
aparece desde la incorporación de la mujer al mercado de
trabajo. Esta ha sido, y es todavía, mayoritariamente
afectada por tales conductas, en razón de motivaciones
culturales que le han asignado determinado rol social el cual se
manifiesta en una relación de poder desigual, traducida
-en el mundo del trabajo- en diferentes situaciones
desventajosas; el acoso sexual no sería sino una de esas
manifestaciones.

En el ámbito laboral se trata de una
problemática estrechamente ligada a algunos derechos
fundamentales que han de presidir toda la relación de
trabajo: el derecho a la no discriminación por
razón de sexo y el derecho a la

intimidad, como expresiones del debido respeto a la
dignidad del trabajador/a

En razón de ello se ha señalado que el
acoso sexual puede ser definido como un ilícito
pluriofensivo, susceptible de lesionar -además de los ya
referidos- el derecho a la seguridad y salud en el trabajo, el
derecho a la libertad sexual y, de manera indirecta.

Respecto a la salud de la víctima de acoso sexual
se ha comprobado el daño físico y psíquico,
debido a cuadros de angustia, temor, depresión,
inseguridad, disminución de la autoestima, etc., lo cual
incide en menor rendimiento y en aumento del ausentismo. Esta
situación se proyecta, a su vez, sobre la empresa,
provocando costos que -en los Estados Unidos– han sido estimados
mediante diversos estudios realizados, relativos a los factores
mencionados así como a reclamaciones planteadas, deterioro
de imagen, etc.

Propuestas del proyecto

Realizar una evaluación del acoso sexual en el
trabajo

Para llevar a cabo la evaluación será
necesario realizar entrevistas semiestructuradas tanto al
trabajador víctima del acoso como a los compañeros,
con técnicas exploratorias, de escucha activa, que permita
la clarificación, la racionalización y la
reformulación y la confrontación. Además es
conveniente realizar:

· La anamnesis socio laboral y datos
de filiación (sexo, edad, antigüedad en la empresa y
empresas anteriores)

· El análisis de las
condiciones psicosociales del puesto de trabajo.

· La descripción
cronológica de los hechos relevantes para la
situación actual.

· Los recursos personales de
afrontamiento.

· La valoración de las
consecuencias para el trabajador: personales, laborales,
familiares y sociales.

Sin embargo, si usted llega a ser víctima de
acoso sexual mientras está en el trabajo, existen pasos
que usted puede dar para terminar con el acoso:

1. Sea proactivo. Si usted está siendo
acosado sexualmente, no solamente se encoja o lo olvide.
Actúe y busque el consejo de su empleador de tal manera
que usted pueda resolver el problema y detener el
acoso.

2. Haga saber al que acosa acerca de su conducta
ofensiva.
Aunque el acoso pueda parecer obvio para la
mayoría de las personas, hay individuos que no se percatan
de cómo su conducta hace sentir a otros y, de hecho,
dejarán de hacerlo una vez que usted les haya explicado lo
que están haciendo. Sea directo acerca de su conducta.
Inclusive, ellos pueden pedir perdón.

3. Conserve un registro por escrito de todos los
incidentes del acoso.
En el(los) momento(s) en que usted
sienta que está siendo acosado sexualmente,
asegúrese de anotar la fecha, hora, y detalles de la
conducta del acosador. Sea tan específico como sea posible
acerca de las clases de comentarios o acciones que le
están haciendo. También anote si alguien
presenció el acoso.

4. No conserve el acoso embotellado: busque
ayuda.
Si usted es víctima de acoso sexual, es
importante que hable acerca de ello. Pida el apoyo de familiares
y amigos así como de sus colegas. No permita que se
embotellen sus sentimientos acerca de la situación. El
tomar acciones apropiadas le da poder e impide que usted se
sienta como una víctima hasta que la acción se
resuelva.

5. Protéjase a sí mismo. Si su
situación de acoso va más allá de bromas y
de obscenidades, hasta un punto en donde usted se sienta en
peligro, actúe inmediatamente. Alerte a su empleador y a
las autoridades locales, y nunca permita quedarse sólo con
el acosador. Finalmente, hay ciertos pasos que los empleadores
pueden tomar en primer lugar para prevenir que ocurra el acoso.
Los empleadores deben establecer, distribuir a todos los
empleados, y ejecutar, una política que prohíba el
acoso así como la fijación de un procedimiento para
presentar quejas. En la mayoría de los casos, la
política y los procedimientos deben consignarse por
escrito.

Alcances y
limitaciones

El acoso sexual laboral, un fenómeno que emerge a
partir del nuevo papel que pasan a desempeñar las mujeres
en la sociedad española de las últimas
décadas, especialmente desde su progresiva
incorporación al mercado de trabajo. Se trata de una
realidad poco visible y conocida. Por esa razón, requiere
de la elaboración de trabajos de investigación que
nos permitan adentrarnos en su cuantificación y en el
estudio de sus causas y consecuencias para, como señalan
Esperanza Bosch y Victoria Ferrer (2000), visibilizarla y
abordarla de forma integral. Y es que estamos hablando de un
problema estructural. Como indican Juana María Gil, Ana
Rubio, María del Mar Daza y Ana Martín (2012), el
acoso sexual es una de las manifestaciones de la violencia de
género en el escenario laboral, a pesar de que el
imaginario colectivo respecto a esta tipología de
violencia quede frecuentemente reducido al maltrato
doméstico. Además de los diferentes tipos de
discriminación: salarial, promocional, ocupacional,
etcétera, las mujeres tienen que hacer frente a otra
fuente de discriminación menos evidente, como es el acoso
sexual y, siguiendo el argumento de Olegaria Cuesta (2011), de
otros supuestos expresados a través del tratamiento social
del que es objeto el rol que tradicionalmente ha jugado la
mujer.

La situación es más complicada por el
hecho de que la carrera de un individuo puede ser
fácilmente destruida cuando éste se convierte en el
objetivo del acoso sexual, o si éste es acusado de acoso.
Los empleadores deben ser cuidadosos para proteger los derechos
de los que se quejan y los individuos que han sido sujeto de
quejas, porque ambos pueden creerse en posiciones vulnerables, y
el bien y mal del caso puede no ser sencillo. Aquellos que han
sido acusados deben asegurarse que sus derechos van a ser
completamente protegidos, y que las acusaciones no van a ser
automáticamente tomadas como prueba. También deben
ser aconsejados para no coger la cuestión por sus propios
medios si ellos se creen injustamente acusados, y que ninguna
represalia será vista seriamente, ir respectiva del
mérito de las quejas originales.

Conclusiones

El acoso sexual se identifica como un problema que
afecta tanto a los trabajadores como a los empresarios.
Téngase en cuenta que estos últimos deben soportar
losgastos derivados de la baja productividad y la falta de
motivación de los trabajadores y al afectados
(nerviosismo, estrés…) y el eventual pago de
indemnizaciones.

El resultado de las diferentes investigaciones pone de
manifiesto que se puede situare n t re el 30% y el 45% el
porcentaje de mujeres que manifiestan haber sido acosadaso haber
recibido solicitudes de orden sexual no deseadas.

Sólo un 1% de las víctimas de acoso sexual
decide denunciarlo. Es necesario realizarcampañas de
formación, asesoramiento y concienciación de la
sociedad para que elacoso sexual aflore, "se haga
visible".

Se constata la reticencia de las empresas a hacer frente
al problema del acoso sexual, así como la falta de una
política preventiva en el seno de la empresa.

Se constata la insuficiente movilización de las
organizaciones sindicales frente al problema del acoso sexual en
particular, y a los problemas de discriminación
porrazón de sexo en general.

Se constata el desequilibrio de fuerzas en el mercado de
trabajo como uno de losprincipales factores que determinan la
existencia de acoso sexual; "la división del trabajo" en
relación al sexo es inherente al acoso sexual.

El tratamiento de acoso sexual en la negociación
colectiva es insuficiente. De unaparte, porque menos de un 5% de
convenios colectivos contienen alguna referenciaen sus
cláusulas sobre el acoso sexual.

Recomendaciones

Recomendación de la comisión de las
comunidades mexicanas de 27 de noviembre de 2011 relativa a la
protección de la dignidad de la mujer y del hombre en el
trabajo.

Artículo 1. Se recomienda a los Estados
miembros que adopten las medidas necesarias para fomentar la
conciencia de que la conducta de naturaleza sexual u otros
comportamientos basados en el sexo que afectan a la
dignidad de la mujer y del hombre en el trabajo, incluido la
conducta de superiores y compañeros, resulta inaceptable
si:

a) dicha conducta es indeseada, irrazonable y ofensiva
para la persona que es objeto dela misma;

b) la negativa o el sometimiento de una persona a dicha
conducta por parte de empresarios o trabajadores (incluidos los
superiores y los compañeros) se utilizan de forma
explícita o implícita como base para una
decisión que tenga efectos sobre elacceso de dicha persona
a la formación profesional y al empleo, sobre la
continuacióndel mismo, los ascensos, el salario o
cualesquiera otras decisiones relativas al empleoy / o

c) dicha conducta crea un entorno laboral intimidatorio,
hostil o humillante para lapersona que es objeto de la misma; y
de que dicha conducta puede ser, en determinadas circunstancias,
contraria al principio de igualdad de trato, tal como sedefine en
los artículos 3, 4 y 5 de la Directiva 76/207/CEE del
Consejo.

Art. 2. Se recomienda a los Estados miembros que
adopten en el sector público las medidasnecesarias para
aplicar el código de conducta de la Comisión,
adjunto a la presente recomendación, relativo a la
protección de la dignidad de la mujer y del hombre en el
trabajo.

Las acciones de los Estados miembros para la
iniciación y continuación de medidas
positivasdestinadas a crear una atmósfera de trabajo en la
que mujeres y hombres respeten mutuamentesu integridad humana
deberían servir de ejemplo para el sector
privado.

Bibliografía

Beneficos de que se termine el acoso
sexual.
(6 de Agosto de 2011). Recuperado el 18 de
Septiembre de 2012, de Beneficos de que se termine el acoso
sexual: www.psicologia_oline.com/ebooks/riesgos/capitulo
6_2.sh

beneficios sociales y economicos al
terminar el acoso sexual.
(24 de Enero de 2012).

Recuperado el 22 de septiembre de 2012, de
beneficios sociales y economicos al terminar el acoso sexual:
http://webs.uvigo.es/pmayobre/textos/varios/2acoso.pdf

costos aproximados de los
materiales.
(14 de marzo de 2012). Recuperado el 29 de
Agosto de 2012, de costos aproximados de los
materiales: www.costos-aprox-
materiales.ebook/acoso/sexual/sh

Alemany, María Carme; Mozo, Carmen
& Luc, Verónica (2000). El acoso sexual en
diferentes sectores económicos en Andalucía y
Cataluña.
Madrid: Instituto de la Mujer. Ministerio
de Trabajo yAsuntos Sociales.

alcances y limitaciones del acoso
sexual
. (12 de agosto de 2011). Recuperado el 18 de
septiembre de 2012, de alcances y limitaciones del acoso sexual:
http://www.navarra.es/NR/rdonlyres/D91FE499-4898-4EDD-AA09-213A8AF122EA/153600/ICEV_Acoso_sexual.pdf

consecuencias del acoso sexual.
(14 de enero de 2010). Recuperado el 5 de noviembre de
2012, de consecuencias del acoso sexual:

http://webs.uvigo.es/pmayobre/textos/varios/2acoso.pdf

fundamentos teoricos. (3 de mayo
de 2012). Recuperado el 18 de octubre de 2012, de fundamentos
teoricos: http://es.wikipedia.org/wiki/Acoso_sexual

problemas del acoso sexual. (5 de
enero de 2011). Recuperado el 25 de noviembre de 2012, de
problemas del acoso sexual:
psicologiajuridica.org/psj221.html

 

 

Autor:

Reynoso Jiménez Jazmín
Zenaida

Gutiérrez López luz
Olivia

Coronado Morales María
Esmeralda

Castillo Nuño Erendira Yaritzi

Instituto Tecnológico de Zapotlanejo Carrera:
Ing. en Administración III Materia: Comunicación
Organizacional Maestra: Angélica Gutiérrez
Limón

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