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Derecho Mercantil




Enviado por Janeth



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. Generalidades sobre
    el Derecho Mercantil y societario
  2. El comercio y el
    comerciante
  3. Los Agentes de
    Comercio
  4. Contratos y
    obligaciones mercantiles
  5. La compra venta
    mercantil
  6. El contrato de
    transporte
  7. Generalidades sobre
    la Ley de Compañías
  8. La
    Compañía en nombre colectivo.
    Constitución y forma
  9. La
    Compañía en comandita simple,
    constitución y forma
  10. Compañía de responsabilidad
    limitada constitución y forma
  11. Compañía anónima.-
    Generalidades constitución y forma

UNIDAD # 1

Generalidades
sobre el
Derecho Mercantil y societario

ACTIVIDADES

1.- Realice en una página, un
resumen acerca del origen y evolución del Derecho
Mercantil y Societario.

Nace en la edad media, debido al influjo de una
actividad industrial rudimentaria y artesana las ciudades se
convierten en centros de consumo, de cambio y de
producción.

A partir de la segunda mitad del siglo XII los
mercaderes se asociaron y propiciaron la realización de
mercados y ferias, en donde se desarrolló el comercio
interno e intercambio internacional de productos, especialmente
mediante el transporte por mar, traslado de dinero,
reiteración de usos sobre pagos internacionales y la
utilización de auxiliares, como la contabilidad de las
operaciones, cambio de monedas depósitos de dinero en
custodia, etc.

Frente a estas realidades socio – económicas,
había un derecho estratificado y traumatizado al mismo
tiempo por los formalismos del primitivo derecho germano, como
por la hostilidad del Derecho Canónico a ciertas
manifestaciones de la praxis comercial.

Esto originó la formación de diversas
instituciones libres de tecnicismos y de abstracciones
lógicas, abiertas a la fuerza innovadora del
tráfico mercantil, y que los comerciantes recogieron y
aplicaron esos usos para resolver litigios y conflictos de
intereses, inicialmente entre sus miembros y luego con quienes
sin ser comerciantes realizaban esporádicamente, actos
propios de comercio.

Las decisiones aplicadas a casos análogos
sucesivos fueron confiriéndole el carácter de
normas obligatorias, que compiladas en los estatutos del gremio
de comerciantes, conformaron ordenamiento autónomo y
especial, que más tarde, fue fundamental en la
estructuración de las economías
nacionales.

Posteriormente, la Ley Mercantil dejó de ser
exclusiva para los comerciantes en ejercicio de su
profesión y se tornó en reguladora de los llamados
ACTOS DE COMERCIO, subordinados a sus disposiciones, fueran o no
comerciantes las personas que los realizaran, para ello
concurrieron varios factores:

a) La Institucionalización Del Principio De
Igualdad De Todos Los Ciudadanos Ante La Ley:

Dio lugar a la abolición de los gremios y
asociaciones de mercaderes como clasistas, dotados de
autonomía y con privilegios como el de crear y poner en
marcha una jurisdicción especial.

b) El Libre Acceso De Todos Los Ciudadanos A Las
Actividades Mercantiles:

Determinó que el único factor que
confería el status de comerciante fuera el ejercicio
profesional de una actividad mercantil.

c) La Competencia De Los Tribunales De Comercio Se
Delimitó Con Base Los Actos E Instituciones
Jurídicas Que Fueron Estructuras Por Los
Mercaderes.

En un inicio se respetó aquello, pero
posteriormente y con el transcurso del tiempo se utilizaron por
quienes no tenían esa condición.

d) La Elevación A Precepto De Derecho
Público Del Principio De Libertad De Comercio E
Industria:

Que auspició el florecimiento de la iniciativa
privada.

e) El Desarrollo Del Capitalismo Transformó Las
Estructuras Económicas Tradicionales, Y Con La
Revolución Industrial Se Robustecieron Las Instituciones
Mercantiles.

Con ello surgieron otras nuevas no exclusivas de los
comerciantes, como la sociedad anónima, se
perfeccionó el cambio como medio de movilización
del crédito, se especializó el transporte
marítimo.

2.- Anote las principales
definiciones sobre el Derecho Mercantil, y explique cada una de
ellas mínimo en cinco líneas.

Para Guillermo Cabanellas: "Constituyen los
principios doctrinales, legislación y usos que reglan las
relaciones jurídicas particulares que surgen de los actos
y contratos de cambio, realizados con ánimo de lucro por
las personas que del comercio hacen su
profesión"

Explicación.- Es decir que
a través del tiempo, la costumbre se ha transformado en
leyes, convertidas en verdadera doctrina y que aplicada a las
relaciones de las personas legales particulares nacen eventos de
trascendencia. La costumbre propiamente dicha, con el pasar del
tiempo logra convertirse en ley, en un principio doctrinario que
la legislación la regla y la pone al servicio de los
particulares.

Ferreira: "Es el sistema de normas reguladoras de
las relaciones entre los hombres, constitutivas del comercio o
emergente de él".

Explicación.- Mediante el
procedimiento sistematizado, científico, se ha logrado
captar medidas que regulan la vida, su conducta, el
comportamiento cotidiano, y por ende la relación entre
todos los hombres, por lo tanto entre todos los países,
que ha través de su desarrollo comercial logran
superar.

Para Montillas: "Es el sistema de normas
jurídicas que determinan su campo de acción
mediante la calificación de actos mercantiles dada a
ciertos actos; y regulan estos y la profesión de quienes
se dedican a celebrarlos.

Explicación.- El
método científico a que se refiere es el
sistemático que unidas a las normas jurídicas, es
decir, la relación correcta del comportamiento del hombre,
van a determinar cual va ha ser su campo de acción, van a
reglar cual va ha ser el camino a seguir para calificar a los
actos mercantiles, reglamentando también de esta manera al
los profesionales del comercio, esto es al
comerciante.

Según Borges: "Es el conjunto de normas
jurídicas que regulan, las relaciones derivadas de las
industrias y actividades que la ley considera mercantiles,
así como los derechos y obligaciones de las personas que
las ejercitan profesionalmente"

Explicación.- Esto es, en
cambio se refiere a la esas máquinas enormes, y su
actividad desempeñada dentro de la industria, la empresa y
su actividad regulada por la ley, y que por lo tanto la
consideran actividad mercantil, también controlan o
establecen reglas, dicho de otra manera, derechos y obligaciones
para las personas que mueve el mundo dentro de su
profesión a través del Derecho
Mercantil.

Por nuestra parte, podríamos definir al Derecho
Mercantil de la siguiente manera:

"Como el conjunto de normas relativas al comercio, sin
que importe que los actos que se ejecuten requieran o no corno
condición especial la existencia de una empresa o de un
comerciante para ser calificados de mercantiles"

3.- Elabore un cuadro
sinóptico de las características del Derecho
Mercantil.

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4.- Resaltar los principales aspectos
que regula el Derecho Mercantil y explique cada uno de
ellos.

a) Acto Mercantil.- Aquél que el Código
Civil lo define como un contrato sinalagmático, es decir
que crea obligaciones y derechos recíprocos y que tiene el
carácter de bilateral.

Explicación.- El acto mercantil crea obligaciones
y derechos recíprocos, es decir que cada uno está
dispuesto a corresponder del mismo modo a un determinado
comportamiento ajeno, siendo el contrato bilateral, definido por
el Código Civil como un contrato
sinalagmático.

b) El Objeto Mercantil.- Las cosas sobre las que recae
este Derecho, y son bienes muebles.

Explicación.- Es decir que es debido a su
movilidad y posibilidad de traslación, que este derecho
recae sobre ellos y a los que las leyes otorgan esta
condición.

c) El Sujeto Mercantil.- Es decir la conducta de las
personas que realizan los actos de comercio o mercantiles, ya sea
que la actividad tenga el carácter de profesional como de
los comerciantes, o que sea mercantil por disposición de
la Ley.

Explicación.- Es la persona que guía su
conducta a través de los actos que realiza, ya sean
éstos comerciales o mercantiles, no importando si aquella
actividad es profesional o no.

5.- Escriba los requisitos para
formar una sociedad, y explique cada uno de ellos.

  • a) Consentimiento: Se refiere a la
    intención de las partes de pertenecer a la sociedad y
    permanecer en ella.

  • b) El aporte: El aporte de todos los socios sea
    en cantidad o calidad.

  • c) El fin u objeto lícito: La sociedad
    que persiga la realización de actos ilícitos es
    nula de nulidad absoluta.

  • d) Fin u objeto común: Cualquiera que
    sea el resultado del ejercicio dé la sociedad todo
    asociado debe ser partícipe.

AUTOCONTROL 1

1. Defina:

Derecho Mercantil.- Conjunto de normas relativas
al comercio, sin que importe los actos que se ejecuten requieran
o no corno condición especial la existencia de una empresa
o de un comerciante para ser calificados de
mercantiles.

Derecho Societario.- Conjunto de normas y
disposiciones aplicables a todas las compañías, y
sociedades existentes; y contempladas en la Ley de
Compañías

Comercio.- Es el arte y la práctica del
cambio, pero no es sólo comercio el hecho de cambiar
mercaderías por dinero, persiguiendo con ello una
ganancia, sino que, como sucede frecuentemente, el volumen y la
importancia creciente con que estas operaciones se desarrollen,
hacen que en ellos concurran una larga serie de actos que tienen
por objeto realizarlos, llevarlos a cabo, precaverlos de riesgos,
facilitar su pago, actos que no tendrían vida propia si no
existiera el comercio y que a él deben su vida,
asimilándola por tanto al comercio, industria principal a
la que acceden".

Comerciante.- todas las personas que según
disposiciones del Código Civil, tienen capacidad para
contratar, pueden ejercer el comercio, para ello, requieren
obtener la Matrícula de Comercio y la Cédula de
Afiliación a la Cámara de Comercio, sin estos
requisitos se considerará ilícita la actividad
mercantil que ellos ejercieren

2.- Indique la importancia que tiene
un Acto de Comercio.

En nuestra legislación como en tantas, la base de
la mercantilidad es el acto de comercio y tiene relevancia
para:

  • a) Establecer la legislación aplicable,
    si el Derecho Civil o el Derecho Comercial;

  • b) Establecer los medios de prueba;

  • c) Para fines profesionales, pues la persona
    del comerciante está sobre el acto, por ello es
    necesario saber qué son actos de comercio, para a su
    vez entender qué actos son los que transformara una
    persona en comerciante.

  • d) Para la capacidad de los que lo celebran. La
    capacidad para ejercer el comercio se rige por e!
    Código de Comercio, éste establece reglas
    especiales respecto de ciertas personas,

  • e) Para la quiebra.

  • f) Para fines de procedimiento; las
    discrepancias que nacen por el ejercicio de un acto de
    comercio, requieren de sustanciación especial
    establecida en el Código de Procedimiento Civil o
    leyes especiales.

  • g) Para la aplicación de la costumbre.
    Para saber si el acto sobre el que se va aplicar es civil o
    mercantil.

  • h) Por la competencia.

  • i) Para fines fiscales, y cobro de determinados
    impuestos.

3.- Explique el carácter
consuetudinario del Derecho Mercantil.

Se refiere a la costumbre, al derecho no escrito, a la
primera manifestación externa del Derecho Mercantil, la
cual termina por convertirse en norma escrita, pero mientras soma
y convierte en norma escrita, rige y es obligatoria, ya en una
región, en un país, ya en forma
universal.

4.- Señale lo correcto y luego
Justifique:

La costumbre es considerada fuente del Derecho
Mercantil

Si( X ) No ( )

¿Porqué? la primera manifestación
externa del Derecho

Mercantil, la cual termina por convertirse en norma
escrita, pero mientras soma y convierte en norma escrita, rige y
es obligatoria, ya en una región, en un país, ya en
forma universal.

5.- Complete:

La ley mercantil dejó de ser exclusiva para los
comerciantes y se torno en reguladora de los llamados Actos de
Comercio; para ello concurrieron varios factores:

  • a) LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL PRINCIPIO
    DE IGUALDAD DE TODOS LOS CIUDADANOS ANTE LA LEY:

Dio lugar a la abolición de los gremios y
asociaciones de mercaderes como clasistas, dotados de
autonomía y con privilegios como el de crear y poner en
marcha una jurisdicción especial.

  • b) EL LIBRE ACCESO DE TODOS LOS CIUDADANOS A
    LAS ACTIVIDADES MERCANTILES:

Determinó que el único factor que
confería el status de comerciante fuera el ejercicio
profesional de una actividad mercantil.

  • c) LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE COMERCIO
    SE DELIMITÓ CON BASE A LOS ACTOS E INSTITUCIONES
    JURÍDICAS QUE FUERON ESTRUCTURAS POR LOS
    MERCADERES.

En un inicio se respetó aquello, pero
posteriormente y con el transcurso del tiempo se utilizaron por
quienes no tenían esa condición.

  • d) LA ELEVACIÓN A PRECEPTO DE DERECHO
    PÚBLICO DEL PRINCIPIO DE LIBERTAD DE COMERCIO E
    INDUSTRIA:

Que auspició el florecimiento de la
iniciativa privada.

  • e) EL DESARROLLO DEL CAPITALISMO
    TRANSFORMÓ LAS ESTRUCTURAS ECONÓMICAS
    TRADICIONALES, Y CON LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL SE
    ROBUSTECIERON LAS INSTITUCIONES MERCANTILES.

Con ello surgieron otras nuevas no exclusivas de los
comerciantes, como la sociedad anónima, se
perfeccionó el cambio como medio de movilización
del crédito, se especializó el transporte
marítimo.

6. Enumere los efectos
jurídicos internos y externos que se producen al efectuar
la constitución de una compañía en
general.

Efectos Internos.-

  • a) Cada socio debe entregar el aporte
    convenido.

  • b) Si el aporte debe realizarse en bienes que
    no sean en dinero el socio aportante es el responsable por la
    evicción y vicios redhibitorios.

  • c) El socio responde por dolo, culpa grave y
    leve.

  • d) Todos los socios siempre que no haya
    estipulación contraria puede intervenir en la
    administración de la sociedad.

  • e) El socio administrador debe rendir
    cuentas.

  • f) Todo contrato obliga a sus
    intervinientes.

  • g) Si una persona siendo socio se asocia con
    otra formando una sub sociedad este acto no produce efecto
    alguno respecto de los demás socios.

Efectos Externos.-

  • a) En caso de existir contrato de mandato
    conferido por todos los socios a favor de alguno de ellos
    todos son responsables directos de lo actuado frente a
    terceros.

  • b) El socio tiene derecho a las
    pérdidas, gananciales y utilidades propias de cada
    compañía.

  • c) La sociedad es susceptible de vencimiento,
    disolución, y liquidación conforme a las
    disposiciones propias de cada
    compañía.

UNIDAD #2

El comercio y el
comerciante

ACTIVIDADES

1.- Enumere los principales aspectos
que regula el Código de Comercio.

a) Acto Mercantil.

b) El Objeto Mercantil.

c) El Sujeto Mercantil.

2.- Con la ayuda de un texto
referente al campo mercantil investigue brevemente acerca del
comercio y su evolución histórica (mínimo
una página).

La división del Derecho en Derecho Civil y
Mercantil incuestionablemente no es un hecho universal ni
inmutable. Los autores dan cuenta que ésta división
no existió en Roma, no existe en la actualidad en Suiza,
Italia y en loa países anglosajones.

En la Roma imperial el Derecho Mercantil no tuvo
vigencia; porque por una parte su sistema socioeconómico
estaba sostenido en base a la esclavitud, la actividad comercial
eran ajenas a la nobleza y ejercida en su nombre por los
esclavos, de otra parte la flexibilidad del derecho civil romano
permitió que se den respuestas a las necesidades del
comercio.

El desdoblamiento en un IUS CIVILE y un IUS HONORARUM
hizo visible que este último por medio de la actividad de
Pretor diera soluciones a los actos que el Derecho Civil no los
tenía por su rigidez y formalismo. En cambio, la
desaparición del derecho Mercantil en la legislaciones de
Italia y Suiza, según los estudiosos de ésta
disciplina jurídica se debe a la generalización de
la misma, pues el Derecho Mercantil se ha extendido a todos los
ámbitos de la sociedad con la contratación en masa,
cuando era solamente el derecho de los comerciantes; y a las
operaciones tradicionales mercantiles con patrimonio común
de todos los ciudadanos, lo queda como resultado que en mucho
desaparezca la dicotomía entre los contratos civiles y
mercantiles (depósito civil y deposito mercantil;
Transporte civil y transporte mercantil. Etc.) Se observa pues
una mercantilización del Derecho Civil y una
migración al campo del Derecho común de las
regulaciones de las obligaciones de una serie de instituciones
que antes estaban regladas por el Código de
Comercio.

El Derecho Mercantil nace en la Edad Media en vista de
la insuficiencia del Derecho Civil y de su inadaptabilidad a las
exigencias técnicas que precisaban el comercio; de la
pérdida de elasticidad del derecho Romano, después
de la desaparición del Pretor; por otro lado, el Derecho
se había desplazado en una pluralidad de legislaciones
particulares divorciados de las necesidades del Comercio. Bajo
estas circunstancias los comerciantes se separaron del derecho
común con sus propias costumbres, que al ser compiladas se
transformaron en germen del Derecho Mercantil.

Las normas de carácter civil no contenían
la deseada protección de la buena fe en el tráfico
hasta equiparar en algunos casos la apariencia y la realidad. En
esta línea del Derecho Mercantil desenvuelve ampliamente
el principio de legitimación en los títulos valores
y protege de mejor manera las adquisiciones de derechos
reales.

Las normas sobre representación voluntaria en el
derecho civil se afirma son inadecuados al tráfico
mercantil por ser muy flexibles, lo que hace que el Derecho
Mercantil facilite el otorgamiento de poderes de extensión
fija y contenido típico.

Las sociedades anónimas, letras de cambio, marcas
por ejemplo, eran desconocidos por el Derecho Civil.

Adicionalmente, era preciso regular el funcionamiento de
organismos especiales para las operaciones mercantiles (Bolsas,
Almacenes generales de depósito, Bancos, etc.).

A esta justificación del nacimiento del Derecho
Mercantil y la división del Derecho Privado en civil y
mercantil Joaquín Garrigues la designa con la frase "el
Derecho Mercantil como categoría histórica", y lo
hace de la manera que hemos parodiado.

3.- Elabore un cuadro
sinóptico de los actos de comercio.

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4.- Transcriba el artículo 43
e interprételo en cinco líneas.

Art. 43.- Todo comerciante, al empezar su giro, y
al fin de cada año, hará en el Libro de Inventarios
una descripción estimativa de todos sus bienes, tanto
muebles como inmuebles, y de todos sus créditos activos y
pasivos.

Estos inventarios serán firmados por todos los
interesados en el establecimiento de comercio que se hallen
presentes a su formación.

En el Libro de Caja se asentarán todas las
partidas de entrada y salida de dinero, pudiendo recopilarse al
fin de cada mes todas las de cada cuenta distinta al pie del
último día del mes.

Interpretación.- El
comerciante al empezar su inversión de cada año
debe inventariar sus bienes muebles e inmuebles, así como
también sus créditos activos y pasivos. Esta
actividad será respaldada por los asistentes o interesados
presentes.

Debe tener un libro de Caja en el cual se
asentarán todas las actividades realizadas a diario y
recopilarlo mensualmente, éste contendrá las
partidas de entrada y salida de dinero.

5.- Resuma en media página
acerca de la contabilidad mercantil.

Sin excepción todo comerciante está
obligado a llevar contabilidad en los términos que
establece la Ley de Régimen Tributario Interno, y se sobre
entiende que todo negocio, casas comerciales o industriales
extranjeras, o sus sucursales, están cumpliendo con la
obligación de la contabilidad. Es decir que en los libros
deben llevar todas las operaciones que hagan el comerciante, los
gastos generales del establecimiento y los domésticos del
comerciante, facturas, etc.

Al principiar sus negocios y al fin de cada año,
harán y suscribirán en el mismo libro, el
inventario de todos sus bienes, muebles e inmuebles,
créditos y débitos.

Se considerarán comerciantes por menor los que
habitualmente sólo venden al detalle, directamente al
consumidor.

Art. 45.- Se prohíbe a los
comerciantes:

1o.- Alterar en los asientos el orden y la fecha de las
operaciones descritas;

2o.- Dejar blancos en el cuerpo de los asientos, o a
continuación de ellos;

3o.- Poner asientos al margen y hacer interlineaciones,
raspaduras o enmiendas;

4o.- Borrar los asientos o parte de ellos; y,

5o.- Arrancar hojas, alterar la encuadernación y
foliatura y mutilar alguna parte de los libros.

Si cometieren errores y omisiones al formar un asiento,
se salvarán en otro distinto, en la fecha en que se notare
la falta. Estos libros serán admitidos como medios de
prueba en las contiendas judiciales entre comerciantes, por
hechos de comercio.

El comerciante que contraviniere la orden de exhibir
alguno de sus libros, será juzgado por los asientos de los
libros de su colitigante, que estuvieren arreglados a las
disposiciones de este Código.

Si los libros adolecieren de vicios, no tendrán
valor en juicio a favor del comerciante a quien pertenezcan y las
diferencias que le ocurran con otro comerciante, por hechos
mercantiles, serán decididas por los libros de
éste, si estuvieren arreglados a las disposiciones de este
Código. Los libros hacen fe contra el comerciante que los
lleva, y no se le admitirá prueba que tienda a destruir lo
que resultare de sus asientos.

No se podrá hacer pesquisa de oficio, por juez ni
autoridad alguna, para inquirir si los comerciantes llevan libros
o no, o si están o no arreglados a las prescripciones de
este Código. No podrá obligarse a un comerciante a
trasladar sus libros fuera de su oficina mercantil, pero puede
someterse el examen o compulsa a un juez del lugar donde se
llevaren los libros.

Si uno de los litigantes ofrece estar y pasar por lo que
constare de los libros de su contendor, y éste se niega a
exhibirlos sin causa suficiente a juicio del juzgado, éste
podrá deferir al juramento de la otra parte, o decidir la
controversia por lo que resulte de los libros de ésta, si
fuere comerciante en los términos prescritos por el Art.
48.

El comerciante y sus herederos deben conservar los
libros de su contabilidad y sus comprobantes, por todo el tiempo
que dure su giro, hasta que termine de todo punto la
liquidación de sus negocios, y diez años
después.

AUTOCONTROL 2

1.- ¿Qué son
comerciantes?

Art. 2.- Son comerciantes los que, teniendo
capacidad para contratar, hacen del comercio su profesión
habitual.

2.- Defina cada uno de los actos de
comercio estipulados en et Art. 3 del Código de
Comercio.

Art. 3.- Son actos de comercio, ya de parte de
todos los contratantes, ya de parte de alguno de ellos
solamente:

1o.- La compra o permuta de cosas muebles, hecha con
ánimo de revenderlas o permutarlas en la misma forma o en
otra distinta; y la reventa o permuta de estas mismas cosas.
Pertenecen también a la jurisdicción mercantil las
acciones contra los agricultores y criadores por la venta de los
frutos de sus cosechas y ganados, más no las intentadas
contra los comerciantes para el pago de lo que hubieran comprado
para su uso y consumo particular, o para el de sus
familias;

Se trata de Contratos

2o.- La compra y la venta de un establecimiento de
comercio, y de las acciones de una sociedad mercantil;

La actividad de comprar bienes raíces.

3o.- La comisión o mandato comercial;

A la actividad de realizar un negocio por orden de
otra.

4o.- Las empresas de almacenes, tiendas, bazares,
fondas, cafés y otros establecimientos
semejantes;

Son todas las empresas y establecimientos
comerciales

5o.- El transporte por tierra, ríos o canales
navegables, de mercaderías o de personas que ejerzan el
comercio o viajen por alguna operación de
tráfico;

Se refiere al transporte

6o.- El depósito de mercaderías, las
agencias de negocios mercantiles y las empresas de
martillo;

La transacción de producto negociable.

7o.- El seguro;

Trata de Que todo bien tiene que tener un seguro, en
caso de que suceda algo imprevisto.

8o.- Todo lo concerniente a letras de cambio o
pagarés a la orden, aun entre no comerciantes; las remesas
de dinero de una plaza a otra, hechas en virtud de un contrato de
cambio, y todo lo concerniente a libranzas entre comerciantes
solamente, o por actos de comercio de parte del que suscribe la
libranza.

Son los títulos ejecutivos

9o.- Las operaciones de banco;

Transacciones realizadas ya sea con billete moneda o
títulos valores.

10o.- Las operaciones de correduría;

Los corredores son agentes reconocidos por la Ley para
dispensar su mediación a los comerciantes y facilitarles
la conclusión de sus contratos

11o.- Las operaciones de bolsa;

Personas que se dedican al tráfico y giro
mercantil.

12o.- Las operaciones de construcción y carena de
naves, y la compra o venta de naves o de aparejos y
vituallas;

Actividad comercial

13o.- Las asociaciones de armadores;

Corresponde a los trabajadores que por lo general se
encuentran en los puertos.

14o.- Las expediciones, transportes, depósitos o
consignaciones marítimas;

15o.- Los fletamentos, préstamos a la gruesa y
más contratos concernientes al comercio marítimo;
y,

16o.- Los hechos que producen obligación en los
casos de averías, naufragios y salvamento.

3.- Complete:

Capacidad es: la aptitud o
idoneidad que se requiere para ejercer una profesión,
oficio o empleo. / Habilidad o potestad para contratar, disponer
por acto entre vivos o por testamento, suceder, casarse y
realizar la generalidad de los actos jurídicos. / Poder
para obra válidamente. / Suficiencia para ser sujeto
activo o pasivo de relaciones jurídicas
determinadas.

4.- Enumere los requisitos para que
un menor pueda ejercer el comercio:

1.- Deberá estar autorizado por su
curador,

2.- Bien interviniendo personalmente en el acto, o por
escritura pública, que se registrará previamente en
la oficina de inscripciones del domicilio del menor y se
publicará por la imprenta.

5.- Complete:

Las obligaciones de los comerciantes
son:

a) Obtener la matrícula de
comercio

b) Estar inscrito en el Registro Mercantil del
cantón.

c) Llevar contabilidad en los términos que
establece la Ley de Régimen Tributario Interno.

d) Llevar un libro Copiador de Cartas

6.- Enumere las personas que no
pueden comerciar:

1o.- Las corporaciones eclesiásticas, los
religiosos y los clérigos.

2o.- Los funcionarios públicos a quienes
está prohibido ejercer el comercio por el Art. 242 (266)
del Código Penal, salvo las excepciones establecidas en el
mismo artículo.

3o.- Los quebrados que no hayan obtenido
rehabilitación

UNIDAD # 3

Los Agentes de
Comercio

ACTIVIDADES

1.- Enumere las incapacidades por las
que una persona no puede entrar en la bolsa de comercio (Art.
66).

Art. 66.- Todo ecuatoriano o extranjero tiene
derecho a entrar en la Bolsa, si no le obsta alguna incapacidad
legal, a saber:

1o.- Hallarse privado o suspenso del ejercicio de los
derechos políticos o civiles;

2o.- Haber sido declarado en quiebra y no haber obtenido
rehabilitación;

3o.- Hallarse privado o suspenso en el oficio de
corredor;

4o.- Haber sido declarado intruso en el mismo
oficio;

5o.- Haber dejado de cumplir alguna operación
concertada en la Bolsa;

6o.- Ser mujer o menor de edad que no estuvieren
legalmente autorizados para contratar y administrar sus bienes;
y,

7o.- Ser eclesiástico.

Nota:

La frase "mujer o" en el numeral 6o., se halla
suspendida por resolución del Tribunal de Garantías
Constitucionales publicada en el R.O. 224, 3-VII-89.

2.- Enliste los objetos de la
Contratación de la Bolsa.

Art. 67.- Son objetos de la contratación
de la Bolsa:

1o.- La negociación de los efectos
públicos, o sea:

a) Los que representen créditos contra el Estado
y se hallen reconocidos legalmente como negociables;

b) Los emitidos con garantía prestada por el
Gobierno y con obligación subsidiaria del Estado;
y,

c) Los emitidos por un gobierno extranjero, si su
negociación se halla autorizada;

2o.- Las letras de cambio, pagarés a la orden,
libranzas, acciones de minas, de sociedades anónimas
legalmente autorizadas y cualquiera especie de valores de
comercio, procedente de personas particulares;

3o.- La venta de metales preciosos, amonedados o en
pasta;

4o.- La de mercaderías de toda clase;

5o.- Los seguros de efectos comerciales contra todos los
riesgos terrestres o marítimos, de incendio, de vida o de
otra clase;

6o.- El fletamento de buques para cualquier
punto;

7o.- Los transportes en el interior y el exterior;
y,

8o.- Los frutos y productos nacionales.

3.- Indique las personas que no
pueden ser corredores
.

Art. 80.- No podrán ser
corredores:

1o.- Los que no tienen capacidad para
comerciar;

2o.- Las mujeres

3o.- Los menores, aunque estén autorizados para
el comercio;

4o.- Los que hayan sido destituidos de este cargo o del
de martilladores;

5o.- Los individuos de la Fuerza Pública en
servicio activo; y,

6o.- Los que hubieren sido privados judicialmente de los
derechos políticos o civiles.

Nota:

La frase "las mujeres" en el numeral 2o., se halla
suspendida por Resolución del Tribunal de Garantías
Constitucionales publicada en el R.O. 224, 3-VII-89.

4.- Realice una síntesis, en
lo posible, sobre las obligaciones de los corredores (Art.
81).

A ejecutar por sí mismos las operaciones, a
proponerlas, a guardar secreto en cuanto éstos lo
exijan;

A llevar un cuaderno manual en el cual sentarán,
en el acto de ejecutarse las negociaciones, los nombres y
apellidos, o la razón comercial, de los contratantes, la
materia del contrato, y todas las cláusulas y condiciones
con que se hubiere celebrado.

Negociar letras de cambio y pagarés, y tomar nota
de todos sus datos.

A llevar un registro, encuadernado, forrado y foliado,
en el que se asentarán, día por día, en el
orden que ocurran, y por numeración progresiva, sin
raspaduras, interlineaciones, notas marginales, cifras
numéricas, ni abreviaturas, todas las operaciones
ejecutadas por su mediación.

A entregar a cada uno de los interesados, la
conclusión del negocio, un extracto firmado por ellos y
por los interesados, del asiento que hubieren estampado en su
registro. El corredor que tuviere carácter público
autenticará las firmas de los interesados.

A presentar su manual y sus registros.

A declarar, cuando se les exija judicialmente, sobre lo
que constare en su registro.

A asistir a la entrega de las mercaderías y
efectos vendidos por su mediación; y,

A llevar un libro Copiador de Cartas, con las
formalidades legales.

5.- Escriba dos semejanzas y dos
diferencias entre factores y dependientes.

Semejanzas

1.- Tanto el factor como el dependiente son
comerciantes

2.- Ambos tienen la libre administración de sus
bienes.

Diferencias

1.- Factor es el gerente de una empresa o
establecimiento mercantil o fabril, o de un ramo de ellos, que
administra por cuenta del dueño; en cambio los
dependientes son los empleados subalternos que el comerciante
tiene a su lado para que le auxilien en sus operaciones, obrando
bajo su dirección.

2.- El factor administra por cuenta del dueño: en
cambio, el dependiente si no esta autorizado por el dueño
no puede realizar determinadas actividades.

AUTOCONTROL 3

1.- Defina:

Bolsa de
Comercio.-
Es la lonja o sitio
público en que se reúnen los comerciantes o
personas que se dedican al tráfico y giro mercantil, y los
agentes de comercio, para tratar y negociar con sujeción a
lo que prescriban la Ley y los reglamentos, y bajo la
inspección de la autoridad
pública.

Corredores.- Son agentes
reconocidos por la Ley para dispensar su mediación a los
comerciantes y facilitarles la conclusión de sus
contratos

Martilladores.- Son oficiales
públicos encargados de vender públicamente, al
mejor postor, productos naturales, muebles o mercaderías
sanas o averiadas, u otros objetos de lícito comercio, por
causa de quiebra, remate voluntario, u otra que designe la
Ley.

Factores.- Es el gerente de una
empresa o establecimiento mercantil o fabril, o de un ramo de
ellos, que administra por cuenta del dueño.

Dependientes.- Son los empleados
subalternos que el comerciante tiene a su lado para que le
auxilien en sus operaciones, obrando bajo su
dirección.

2.- Marque con una X lo correcto y
luego Justifique:

La quiebra de un corredor se presume
fraudulenta.

SI ( X ) NO ( ) ¿Por qué? Por las
obligaciones que conllevan en el Art. 81 del Código de
Comercio

3.- Enumere los libros que deben
llevar los martilladores.

Los martilladores llevarán cuatro libros, que son
los siguientes:

1. Para las Actas de remate;

2. Diario de Entradas;

3. Diario de Salidas;

4. Cuentas Corrientes.

4.- ¿Quiénes pueden ser
factores en el ámbito mercantil?

Toda persona que tenga la libre administración de
sus bienes.

5.-Complete:

Además de los modos que establece el
Código Civil el mandato que se hubiere concedido a los
factores y dependientes se extingue por:

1o.- Por su absoluta inhabilitación para el
servicio estipulado; y,

2o.- Por la enajenación del establecimiento en
que sirvieren.

6.- Anote una diferencia entre Factor
y Gerente

No hay diferencia, ya que el Código de Comercio
dice:

Art. 117.- Factor es el gerente de una empresa o
establecimiento mercantil o fabril, o de un ramo de ellos, que
administra por cuenta del dueño.

UNIDAD #4

Contratos y
obligaciones mercantiles

ACTIVIDADES

1.- Investigue
en el Código de Comercio y elabore un cuadro
sinóptico acerca de los contratos que se estudian en dicho
cuerpo legal.

Monografias.com

2.- Enumere y comente brevemente los
medios de prueba que se admiten en los contratos mercantiles de
acuerdo al Art. 164.

Art. 164.- Los contratos mercantiles se prueban
por cualquier medio de prueba admitido por la ley civil, y,
además:

1o.- Con los extractos de los libros de los corredores,
conforme al Art. 86;

2o.- Con los libros de los corredores, según lo
establecido en el Art. 87; y,

3o.- Con facturas aceptadas o reconocidas, o que,
según la Ley, se tengan por reconocidas.

Comentario.- La prueba admitida en los contratos
mercantiles además de los que estipula la ley civil, son
los extractos de los libros de los corredores, que estos son
agentes reconocidos por la Ley para dispensar su mediación
a los comerciantes y facilitarles la conclusión de sus
contratos, con los libros de éstos y, las facturas
aceptadas o reconocidas, o que, según la Ley, se tengan
por reconocidas.

3.- Interprete brevemente el Art. 168
del Código de Comercio.

Art. 168.- La prueba de testigos es admisible en
los negocios mercantiles, cualquiera que sea el importe de la
obligación o liberación que se trata de acreditar y
aunque no haya principio de prueba por escrito, salvo los casos
en que la Ley disponga lo contrario.

Interpretación.- Es admisible la prueba de
testigos en lo que se refiera a cualquier monto que sea la
obligación o el importe al que se trate de liberar o
acreditar, aunque no se la haya solicitado, salvo en los casos en
que disponga la ley disponga lo contrario.

4.- En media página investigue
acerca de lo que significa "Término"

Según el diccionario Guillermo Cabanellas de las
Cuevas.

Límite. Final de lo que existe o dura. Plazo,
aunque esta sinonimia sea incorrecta. Vencimiento. Mojón.
Línea divisoria entre distritos, municipios, provincias o
estados. Jurisdicción de un ayuntamiento. Lugar para un
acto. Tiempo señalado para un fin. Día y hora en
que ha de cumplirse o hacerse algo. Objeto, finalidad. Vocablo,
palabra, voz. Estado, situación. Manera de expresarse.
CIERTO. El señalado con precisión, por
designar exactamente el día, mes y año en que
concluye, o por contarse desde la fecha de la obligación u
otro bien establecida. CONVENCIONAL. El estipulado
espontáneamente por las partes. Se diferencia de los
términos legales o judiciales. DE GRACIA. El que,
vencida la obligación, concede por si el acreedor al
deudor; con lo cual no puede reclamarle los intereses por mora,
ni otros estipulados para el caso de no cumplir a su tiempo.
FATAL. El improrrogable, que extingue definitivamente un
derecho o impide su ulterior ejercicio. HÁBIL.
Aquel dentro del cual cabe practicar validamente las actuaciones
judiciales.

Según el diccionario Encarta 2006.

Término. (Del lat. terminus). m.
Último punto hasta donde llega o se extiende algo. ||
2. Último momento de la duración o
existencia de algo. || 3. Límite o extremo de algo
inmaterial. Término de una audiencia. m. Der.
Intervalo entre dos sesiones consecutivas de un tribunal.
Término extraordinario. m. Der. El de prueba
cuando esta haya de practicarse en país extranjero o en
territorio nacional muy distante y separado por el mar.
Término fatal. m. Der. término perentorio.
m. Der. El improrrogable, cuyo transcurso extingue o
cancela la facultad o el derecho que durante él no se
ejercitó. Término probatorio. m. Der. El
que señala el juez, con arreglo a la ley, para proponer y
hacer las probanzas. Término ultramarino. m. Der.
El que se concedía para practicar prueba en
Ultramar.

5.- Transcriba el Art. 168 del
Código de Comercio e interprete en diez líneas por
lo menos.

Art. 168.- La prueba de testigos es admisible en
los negocios mercantiles, cualquiera que sea el importe de la
obligación o liberación que se trata de acreditar y
aunque no haya principio de prueba por escrito, salvo los casos
en que la Ley disponga lo contrario.

Interpretación.- Las
personas que ven, oyen o perciben por cualquier otro sentido y
que puedan reproducir, ya sea de palabra, por escrito o por
signos, son considerados como testigos, los cuales pueden
concurrir a la celebración de cualquier acto ya sea este
jurídico y lo que tengan que aportar en el proceso es
bienvenido siempre y cuando sea esto de buena fe.

En prueba de testigos, no importa la cantidad o el
importe que sea lo que se trata es de acreditar la
obligación o la liberación del importe, que se le
acredita al comerciante mercantil, sobre un negocio
mercantil.

Está salvo, de la prueba de testigos, cuando la
ley lo disponga así, caso contrario no se liberará
de aquella prueba.

AUTOCONTROL 4

1.-Defina lo que es Contrato
Mercantil.

Según el Diccionario Jurídico Cabanellas
dice:

El peculiar del Derecho de la contratación
comercial o el que como en ciertos aspectos básicos con el
homónimo del Derecho Civil, se rige según la
legislación mercantil por ser comerciante al menos uno de
los que intervienen o por tratarse de actos de comercio,
caracterizados por el lucro y la profesionalidad sobre
todo.

2.- Defina:
Consentimiento

Según el Diccionario Jurídico
Cabanellas:

Partes: 1, 2, 3, 4

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