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Gestión en los organismos provinciales




Enviado por EDUARDO RAMOS



  1. Principios registrales
  2. Certificados de Dominio
  3. Registraciones especiales
  4. Práctico final

GRILLA Nº 1

Principios
registrales

Los principios registrales son ocho: Principio de
Publicidad, Principio de Rogación, Principio de
Especialidad, Principio de Legalidad, Principio de Prioridad
Registral, Principio de Tracto Sucesivo, Principio de Tracto
abreviado, Principio de Legitimación.

Principio de Publicidad: Es dar a conocer a los
terceros el estado jurídico de un bien siguiendo los
principios de legalidad.

Principio de rogación: El registro no
actúa de oficio, solo a pedido de partes. Es la instancia
por la cual se le pide al registro que inscriba determinadas
situaciones jurídicas de un inmueble. Por ejemplo, la
inscripción de la escritura traslativa de dominio porque
la piden las partes al escribano.

Principio de Especialidad: Este principio nos
dice que se va a individualizar el inmueble por número de
matrícula y deja de lado la inscripción
cronológica.

Principio de legalidad: La legalidad es el
reconocimiento del cumplimiento de las pautas que da la ley y
todos los requisitos formales. El registro va a revisar que se
hayan cumplido con las legalidades formales y materiales, es
decir, que el escribano haya cumplido con todo lo que
tenía que cumplir de acuerdo a la ley. Cuando esto se
cumple y el documento se expide del registro, el mismo ya es
legítimo.

Prioridad Registral: Va a entrar y va a tener
prioridad el primero que entra al registro, el menor numero en el
menor tiempo, es decir, que la prioridad esta dada por el numero
y la hora que le toca al documento. La excepción a esto es
por ejemplo, si entra un embargo a las 8 hs y en el mismo
día entra un certificado de dominio a las 13 hs, va a
tener prioridad el certificado de dominio, porque se retrotrae a
las 00 hs del mismo día.

El principio de prioridad registral establece que
quien haya pedido un certificado de dominio, tiene prioridad en
el registro y provoca un bloqueo registral, por lo cual se le da
un plazo para escriturar aunque durante dicho plazo, recaiga
sobre el bien, alguna medida de embargo. Siempre y cuando
ingresen el mismo día. En el caso de que el embargo
ingrese un día antes que el certificado de dominio, hay
que pagar el embargo.

Tracto Sucesivo: El principio de tracto sucesivo
es un mecanismo técnico que tiene por objeto mantener el
enlace o conexión de las adquisiciones por el orden
regular de los titulares registrales sucesivos. De los asientos
existentes de cada folio deberá resultar el perfecto
encadenamiento del titular del dominio y de los demás
derechos registrales.

Tracto Abreviado: El tracto abreviado es una
modalidad del tracto sucesivo por la que se permite concentrar en
un asiento único registral dos o más transmisiones
operadas desde el titular inscripto. Por ejemplo una declaratoria
de herederos que se presenta a vender en nombre de su padre
premuerto, en un solo asiento se escribe la declaratoria de
herederos y el nuevo comprador.

Artículo 2505 del código civil: El
artículo 2505 del código civil establece que la
adquisición o transmisión de derechos reales sobre
inmuebles se juzgará perfeccionada mediante la
inscripción en el registro de la propiedad inmueble de la
jurisdicción que corresponda.

Publicidad posesoria: La publicidad posesoria
emana del ejercicio de actos posesorios sobre el inmueble, es
decir que da a conocer a terceros el estado de poseedor de buena
fe, sirve para que en algún futuro se pueda obtener un
título en caso de no haberlo obtenido anteriormente, a
través de testigos, servicios a su nombre, etc.

Matriculación: Matriculación es el
procedimiento en el cual se le asigna un número. Es el
cambio de la inscripción de folio cronológico a
matrícula o también llamado folio real. Lo que se
registra es la transmisión y
adquisición.

Folio Real en la ley 17801: Es el principio de
especialidad plasmado en un papel.

Es la técnica de llevar un registro real,
consiste en asignársele a cada cosa objeto de la
registración (mueble o inmueble), una ficha o cuadernillo,
en el cual se practicarán todos los asientos que tengan
relación con esa cosa, según resulten de los
diferentes documentos que se presenten para su toma de
razón.

La ley impone la técnica folio real, sobre la
base del principio de cada inmueble debe tener un folio, y que un
folio no puede contener a mas de un inmueble.

El folio subsistirá en tanto no se modifique la
configuración física del inmueble, sea por
subdivisión o anexión.

GRILLA Nº 2

Certificados de
Dominio

Concepto de certificado de dominio.

Certificado de dominio: Es la constancia emanada
del registro a petición de parte que publicita la
situación jurídica de los inmuebles y de las
personas, produciendo simultáneamente el cierre
registral.

Además origina reserva de prioridad de los
escribanos con los siguientes días.

15 días escribanos con domicilio en la
plata.

25 días escribanos con domicilio en el resto del
país.

30 días escribanos con domicilio en carmen de
patagones y extraña jurisdicción.

¿Cuáles son las funciones del
certificado de dominio?

La función principal es que Asegura la
inmutabilidad jurídica del inmueble dentro de los 25
días para la inscripción.

¿Cómo opera la publicidad registral
mediante la expedición de los certificados de
dominio?

La publicidad registral de los certificados de dominio
opera dando a conocer a terceros las reservas de prioridad y la
situación del inmueble por un periodo de
tiempo.

¿Para qué actos se exigen los
certificados de dominio?

Los certificados de dominio se exigen para los actos por
los que se trasmitan, constituyan, modifiquen o sedan, derechos
reales sobre inmuebles.

Transmisión: Son aquellos actos que llevan
reserva de prioridad por escritura pública

Modificaciones: Son aquellos actos que llevan
reserva de prioridad por escritura pública y produzcan
modificaciones en los sujetos u objetos ya escritos como por
ejemplo agregar o quitar personas, modificación de
razón social o nombres, cuestiones del terreno.

Objeto: Cuando el lote 1 se modificó y ya
no existe y pasó a ser 1 A y 1 B, o que estaba mal puesto
y en vez de ser el lote 1 era el lote 2;

Constitución: por escritura y con
reserva.

¿A que se refiere el art. 23 de la ley 17.801
cuando hace mención a los actos que
"modifiquen"?

Cuando hace mención a actos que se modifiquen se
refiere a que toda alteración en la situación
jurídica sobre la titularidad y el objeto, no es necesario
pedir certificado si lo que cambia es el nombre del titular sin
alterar la titularidad.

Por ejemplo, cuando es error de tipeo o hay letras
invertidas.

¿Qué efectos produce la
presentación del certificado de dominio?

Los efectos que produce la presentación del
certificado de dominio son el cierre registral y la reserva de
prioridad

Explique brevemente la obligatoriedad de la que habla
el art. 23 de la ley 17.801.

Obligatoriedad del artículo 23 de la ley
17801:
Ningún escribano o funcionario público
podrá autorizar una escritura sin tener a la vista el
título y certificado original, en donde se consigna el
estado jurídico del bien y de las personas.

La escritura otorgada deberá consignar el
número, fecha y constancias que resulten de la
certificación.

Explique la validez de la escritura pública
otorgada sin haberse solicitado el respectivo certificado de
dominio y su reserva correspondiente.

La escritura pública otorgada sin el certificado
de dominio no anula el acto pero los escribanos o funcionarios
públicos pueden ser penados por sus omisiones con
multas.

La falta de certificado traerá como consecuencia
que la escritura se opondrá a terceros desde el momento de
su registración y no goce de la reserva de
prioridad.

Explique cuales son los plazos de validez para el uso
de los escribanos del certificado de dominio.

La validez del uso se contara siempre a partir del
momento que fue solicitado y solo se modifica el plazo
dependiendo del escribano interviniente:

Escribanos de la plata: 15 días para
usarlo y firmar la escritura.

Escribanos de Capital Federal: 30 días
para usarlo y firmar la escritura

Escribanos de Carmen de Patagones: 30 días
para usarlo y firmar la escritura

Escribanos de la Provincia de Buenos Aires: 25
días para usarlo y firmar la escritura

Una vez que se firma la escritura tienen 45 días,
a partir de ese momento, para presentar la escritura en La
Plata.

¿Puede un certificado ser utilizado por otro
escribano distinto del que lo solicitó?

El certificado que pidió un escribano no puede
ser utilizado por otro distinto a quien lo pidió. Excepto
que, exista un reemplazante legal o el escribano tenga un
adscripto. O por ejemplo la escritura puede hacerla, un escribano
de Córdoba, santa fe o tierra del fuego y el certificado
lo pide un escribano de buenos Aires, y que este luego le
inscriba el título.

¿Cómo se computan los plazos
establecidos por el art. 24 de la ley 17.801?

Los plazos establecidos se computan en días
corridos y comienzan a correr desde las 00:00 hs. Siempre se da
la prioridad del certificado porque se retrotrae a las 00:00
hs.

¿En que casos se pueden modificar los plazos
establecidos por la ley 17.801?

Solo se podrán modificar los plazos en
algún caso de fuerza mayor. Los plazos pueden ser
ampliados o reducidos por reglamentaciones locales cuando lo
soliciten escribanos o funcionarios públicos
(cónsules), por ejemplo, si el registro está de
paro, el gobernador deberá cambiar los plazos.

Explique brevemente los efectos del vencimiento del
plazo establecido por la ley

Efectos del vencimiento del plazo establecido por el
art. 24 de la ley 17.801:

Si el certificado no fue utilizado se pierde la
reserva de prioridad por lo tanto todas las inscripciones y
anotaciones pasan a ser definitivas.

Si la escritura se autoriza con el plazo vencido
es válida y la oponibilidad a terceros, correrá a
partir del día de la presentación. Igual se
deberá pagar una multa y de haber embargo, también
hay que pagarlo, sino queda firme.

Si se firma luego de 45 días el vendedor
deberá pagar el embargo y pierde la reserva de
prioridad.

¿Quienes pueden utilizar el certificado de
dominio?

Pueden utilizar el certificado de dominio, el escribano,
el reemplazante legal o quien lo pida desde otra
jurisdicción. O pueden firmar una escritura los
cónsules, es decir que son funcionarios públicos
que pueden actuar de la misma manera que un escribano.

¿En qué casos el certificado de dominio
pierde la reserva de prioridad?

El certificado de dominio pierde la reserva de prioridad
cuando:

Se vencen los plazos

Escribano distinto de quien lo solicitó, excepto
por un escribano adscripto.

Cuando es utilizado para un acto distinto para el que se
la pidió, por ejemplo, si lo pedí para una
donación y ahora quiero hacer una compra venta.

Medidas cautelares y bloqueo registral: Explique
brevemente el principio general que resulta de la
ley.

El bloqueo registral tiene que ver con la reserva
de prioridad y el pedido de Certificado.

Un embargo que se anota durante el plazo del Certificado
y este se anota en forma condicional. Si no se utiliza el plazo
del certificado, se anota el embargo.

Qué medidas puede solicitar un tercero que
obtiene una anotación condicional por efectos de la
anotación preventiva.

Puede pedir que el embargo se traslade al precio de
venta de la cosa, pidiendo que se retenga el monto del embargo.
Esto debe ser ordenado por el juez mediante un oficio dirigido al
notario interviniente.

Explique el tratamiento registral de la medida de no
innovar.

La medida de no innovar es una medida cautelar,
es decir, que el juez toma una medida para prevenir que sucedan
determinados actos sin previo aviso al juzgado.

No innovar significa que no tiene que haber
nuevos movimientos, ni levantamientos, ni nuevos embargos, por
ejemplo, no se puede efectuar una venta aunque no tenga embargo
sobre la cosa hasta que el juzgado no diga lo que va a
pasar.

Todas las medidas precautorias se inscriben por 5
años y se reinscriben por otros 5 años.

Explique las consecuencias del dictado de una medida
cautelar innovativa.

Consecuencia del dictado de una medida cautelar
innovativa:

Ordena al registro hacer o dejar de hacer, ordena
que se haga lo contrario a lo que se estaba haciendo en ese
momento.

Se pueden expedir nuevos certificados, deja sin
efecto la medida de no innovar u otra medida

¿Puede un certificado de dominio ser utilizado
en escrituras simultáneas?

Un certificado de dominio puede ser utilizado para
varios actos dentro de los 25 días, pero tiene que ser
simultáneo.

Por ejemplo, hay un vendedor y dos compradores, se pide
un solo certificado para utilizar en cada escritura (una
escritura para cada comprador), ambas escrituras se hacen en el
momento, lo que se considera simultáneo.

También se puede hacer una escritura un
día y la otra hacerla 5 días después, pero
también se va a considerar simultáneo porque son
efectuadas con el mismo certificado dentro de los 25
días.

Una postura entiende por simultáneo que deben ser
hechas en el mismo día, y otra postura entiende por
simultánea los 25 días de certificado.

GRILLA Nº 3

Registraciones
especiales

Explique brevemente el concepto y la
terminología de las anotaciones especiales.

Las anotaciones son especiales por que están en
otro sector dentro del Registro de la Propiedad Inmueble, y por
que dichas anotaciones se hacen sobre las personas y no sobre los
bienes. Ej.: cesión de derechos hereditarios,
inhibiciones.

Explique brevemente el concepto del art. 30 de la ley
17.801.

Este artículo aclara que el registro va a tener
dos secciones en las que se van a anotar:

La declaración de inhibición de las
personas para disponer libremente de sus bienes, y toda otra
registración personal dispuesta por leyes nacionales o
provinciales que incida sobre el estado o la disponibilidad
jurídica de los inmuebles.

¿Qué Instrumentos de origen Judicial
pueden inscribirse?

Se pueden inscribir los instrumentos de origen judicial
que se dicten, por disposición de la ley, que protejan el
patrimonio de las personas incapaces, inhabilitados, penados
interdictos, declarados ausentes, o los que resguardan el
patrimonio del concursado en beneficio de los
acreedores.

También se pueden inscribir las cesiones de
derechos hereditarios hechas por escritura o por juzgado;
declaratoria de herederos, sin estar terminado el juicio
sucesorio; trabas de inhibiciones; levantamientos de
inhibiciones.

Explique brevemente el concepto de los arts. 31 y 32
de la ley 17.801.

Art 31: Cuando fuere procedente, las anotaciones
mencionadas en el artículo anterior deberán ser
relacionadas con el folio del inmueble que corresponda. En cuanto
sea compatible, les serán aplicables las disposiciones
establecidas en esta ley para la matriculación de
inmuebles e inscripción del documento que a ello se
refiera.

Art. 32: El registro de las inhibiciones o
interdicciones de las personas físicas se
practicará siempre que en el oficio que las ordene se
expresen los datos que el respectivo código de
procedimientos señale, el número de Documento
Nacional de Identidad, y toda otra referencia que tienda a evitar
la posibilidad de homónimos. Cuando no se consigne el
número del documento de identidad a que se ha hecho
referencia, serán anotadas provisionalmente según
el sistema establecido, salvo que por resolución judicial
se declare que se han realizado los trámites de
información ante los organismos correspondientes, sin
haberse podido obtener el número del documento identifica
torio.

Requisitos en el oficio para inscribir una
inhibición general de bienes.

Para inscribir una inhibición general de bienes
en el oficio judicial hay que indicar: Nombre, Apellido paterno y
materno, DNI, folio de seguridad y toda otra referencia para
evitar nombres iguales (homónimos).

Si tiene DNI extranjero se debe declarar la nacionalidad
y el domicilio del deudor.

Duración de la inhibición general de
bienes.

La duración de la inhibición general de
bienes es de 5 años contados a partir de la
anotación en el Registro, se puede renovar por otros 5
años desde 6 meses antes que se venza el primer periodo y
hasta el día en que vence.

El nuevo periodo empieza a regir cuando vence el periodo
anterior.

Se puede levantar en cualquier momento.

Explique brevemente el caso de la inhibición
ordenada por un proceso concursal.

La ley de concursos establece que abierto el concurso de
una persona debe ordenarse la inhibición general para
disponer y gravar bienes registrables del deudor.

En caso de los socios ilimitadamente responsables, deben
ser anotadas en los registros pertinentes para solicitar su
retribución.

Esta medida se mantiene durante la etapa de cumplimiento
del acuerdo. En caso de quiebra, la ley ordena anotar la quiebra
y la inhibición general de bienes en los registros
pertinentes.

El registro abre el concurso de acreedores, antes de la
inhibición y nombra un síndico (auxiliar de
justicia), el cual debe decir a los acreedores que la empresa
esta óptima para inhibirla para que no pierda la prioridad
de cobro.

También puede pedir que se levante la
inhibición para mantener la empresa y regularizar la
situación económica.

Explique que es una inhibición
voluntaria.

La inhibición voluntaria significa que una
persona titular de dominio se autolimita en su facultad de
disposición y, en consecuencia, se obliga a no enajenar el
bien en garantía por el cumplimento de una
obligación.

Autoinhibirse significa que el deudor no da otro
bien como garantía sino que da el mismo,
comprometiéndose a no deshacerse de ese bien.

Concepto de cesión de derechos
hereditarios.

La cesión de derechos hereditarios es aquel
contrato donde un heredero transfiere a un tercero todo los
derechos y obligaciones patrimoniales (o una parte de ellos) que
le corresponde en una sucesión. Puede ceder a uno o a
varios, a titulo gratuito u oneroso.

Forma de instrumentación de la cesión
de derechos hereditarios.

La escritura pública es la única forma
idónea para instrumentar la cesión de derechos
hereditarios, como también para la repudiación o
renuncia a los mismos.

También se pueden ceder en forma judicial cuando
los herederos se los nombran como tal (cesión en el
momento de la declaratoria)

La cesión se anota, y esa anotación dura
10 años. Una vez hecha la D.H. ya no se puede ceder, pero
si donar.

Explique los efectos de la declaratoria de
herederos.

Una D.H. menciona quienes son los herederos y el
porcentaje que les corresponde.

Debe ser inscripta en el Registro de la Propiedad
Inmueble para que sea valida a terceros, sino solo va a ser
válida entre las partes.

Explique los efectos de la inscripción de la
declaratoria de herederos.

Los efectos son que en el momento de inscribir la D.H.
se puede hacer la partición de bienes o luego de
ella.

GRILLA Nº 4

Práctico
final

¿Qué datos necesito parra llenar una
Copia de Asiento Registral?

Para pedir una copia de asiento Registral se
necesita:

Un inmueble matriculado: Matrícula –
Partido

Un inmueble no matriculado: Folio (15) – Año (75)
– Partido (La Matanza)

Una Declaratoria de Herederos: Folio –
Año

Un inmueble matriculado afectado a Propiedad Horizontal:
Matrícula y Unidad Funcional o polígono – Partido,
si es PH

Un inmueble no matriculado afectado a Propiedad
Horizontal: Legajo – Unidad Funcional o polígono –
Partido, si es Ph.

Estos datos servirán para saber si hay
Gravámenes, cancelaciones, número y fecha de
entrada.

La copia de asiento sirve para obtener los datos
cuando no tengo la escritura.

No tiene validez legal, por ende no necesariamente la
tiene que firmar un abogado, sino que la puede firmar un
gestor.

¿Cuáles son las distintas formas para
llenar un Informe de Índice de Titulares y qué
resultados me proporcionará cada informe?

Hay dos formas de pedir el informe:

Por la persona: Es para saber si tiene
propiedades en la provincia de buenos aires

Con el nombre y apellido de la persona, el registro me
va a decir si tiene o no propiedades en la Prov. d Bs. As. En
caso de que tenga propiedades nos va a dar la partida
inmobiliaria, la nomenclatura catastral, la inscripción de
dominio y el partido.

Por Inmueble: Es para saber quien es el
titular.

Con el partido y la nomenclatura catastral el registro
me va a decir los datos personales del titular que figure con ese
inmueble.

El nombre y apellido del titular, tipo y número
de documento, la inscripción de dominio, la partida
inmobiliaria y nomenclatura catastral.

También se podrá solicitar solo teniendo
el nombre del partido o la partida inmobiliaria o la
inscripción de dominio.

¿Que datos necesito para completar un In forme
de Dominio?

Para pedir un informe de dominio
necesito:

Matriculado: Inscripción o
matrícula, partido, nomenclatura catastral y
titulares

No matriculado: Folio y año, partido,
nomenclatura catastral y titulares, medidas linderas, superficie
y designación.

Matriculado afectado a Propiedad Horizontal:
Inscripción o matrícula, partido, nomenclatura
catastral y titulares, polígono o Unidad
funcional

No matriculado afectado a Propiedad Horizontal:
Folio y año, partido, nomenclatura catastral y titulares,
medidas linderas, superficie y designación, legajo y
polígono.

¿Qué datos puedo obtener de un Impuesto
Inmobiliario?

En los impuestos nuevos, partido y
partida.

En los impuestos viejos, partido, partida y
nomenclatura.

Describa los pasos, documentación e
información proporcionada por dicho formulario, para
obtener información de un inmueble para poder solicitar un
Segundo Testimonio, partiendo de:

Una boleta de Impuesto Inmobiliario: Con el
impuesto inmobiliario, tomo el partido y la partida, con esos
datos solicito un índice de titulares y con el resultado
del índice puedo pedir un informe de dominio.

La dirección de la casa: Con la
dirección de la casa vamos a pedir la plancheta catastral,
con esta el índice, con este la copia de asiento o
directamente el informe de dominio.

Una Plancheta Catastral: Si es no matriculado
primero pedimos una copia de asiento registral o una plancheta y
en base a eso solicitamos el índice para luego obtener el
informe de dominio

Partiendo de una escritura que datos relevantes
subrayaría, enumerarlos:

Datos a tener en cuenta en la escritura:
Escritura, fecha y datos del escribano.

Datos del comprador: Nombre, apellido, cuit (a
partir del 95) estado civil, numero de nupcias, datos del
cónyuge, nombre y apellido, nacionalidad

Datos del inmueble, partida, número y
año, designación según plano (PH –
unificado). Datos según el título. Medidas,
linderos y superficie, Nomenclatura catastral (existe a partir
del año 49), antes se reconocían por los linderos,
Partida inmobiliaria.

Corresponde (muy importante) la forma /
año en que el vendedor obtuvo el inmueble y a quien va
destinado, lo que consta en tal año, escritura,
escribano.

En caso de que sea por declaratoria de herederos.
Inscripción de dominio, folio, año y
matrícula, fecha de inscripción (bajo el
número de entidad)

Describa brevemente y con sus palabras que es la
Subdivisión de Parcelas.

Subdivisión de parcelas: Es cuando un lote
se divide en dos o mas parcelas.

Describa brevemente y con sus palabras que es la
Unificación de Parcelas.

Unificación de parcelas: Es cuando dos o
mas parcelas se juntan para formar una nueva.

Describa brevemente y con sus palabras que es el
Principio de Rogación.

Principio de rogación: El registro no
actúa de oficio, solo a pedido de partes.

Es la instancia por la cual se le pide al registro que
inscriba determinadas situaciones jurídicas de un
inmueble. Por ejemplo, la inscripción de la escritura
traslativa de dominio porque la piden las partes al
escribano.

Describa brevemente y con sus palabras que es el
Principio de Publicidad

Principio de Publicidad: Es dar a conocer a los
terceros el estado jurídico de un bien siguiendo los
principios de legalidad.

Describa brevemente y con sus palabras que es el
Principio de Especialidad.

Principio de Especialidad: Este principio nos
dice que se va a individualizar el inmueble por número de
matrícula y deja de lado la inscripción
cronológica.

Describa brevemente y con sus palabras que es el
Principio de Tracto Sucesivo.

Principio de Tracto Sucesivo: El principio de
tracto sucesivo es un mecanismo técnico que tiene por
objeto mantener el enlace o conexión de las adquisiciones
por el orden regular de los titulares registrales
sucesivos.

De los asientos existentes de cada folio deberán
resultar el perfecto encadenamiento del titular del dominio y de
los demás derechos registrales.

Describa brevemente y con sus palabras que es el
Principio de Tracto Abreviado.

Tracto abreviado: El tracto abreviado es una
modalidad del tracto sucesivo por la que se permite concentrar en
un asiento único registral dos o más transmisiones
operadas desde el titular inscripto.

Por ejemplo una declaratoria de herederos que se
presenta a vender en nombre de su padre premuerto, en un solo
asiento se escribe la declaratoria de herederos y el nuevo
comprador.

Describa brevemente y con sus palabras que es una
Matricula.

Es un número que ordena registralmente a los
inmuebles para poder individualizarlos.

Enumere que datos se vuelcan en una
Matricula.

Datos que se vuelcan en la
matrícula:

Número de matrícula

Nomenclatura catastral

Partido

Designación según título o
según plano

Medidas, linderos y superficie

Antecedentes domínales

En la matricula enumere las columnas A, B, C y D
aclarando que tipo de asiento se vuelcan en estas.

Columna A:

Titulares de dominio (nombres y apellido, tipo y
numero de documento, CUIT o CUIL, estado civil, casado con quien
o viudo de quien y si es soltero, hijo de quien)

Compradores o nuevo titular, como lo
adquirió que puede ser por: (compra venta,
donación, permuta, sucesión, declaratoria de
herederos) por cualquiera de estos motivos hay que poner
escritura número, fecha, que escribano y numero de
entrada.

Columna B: Gravámenes (hipotecas,
servidumbres, usufructo, bienes de familias, inscripciones de
embargos, reinscripciones de embargos.

Columna C: Levantamientos y Cancelaciones
(levantamientos de los embargos, cancelaciones de los usufructos,
desafectaciones de bienes de familia y de usufructo,
cancelaciones de hipoteca).

Columna D: Reservas (son las reservas de
prioridad que van a tener los escribanos para poder hacer las
escrituras

Según el Art. 2 de la ley 17.801 "…
para su publicidad, oponibilidad a terceros… " Que
documentos se inscribirán en el registro.

Según la ley 17.801 los documentos que se
inscribirán en el registro son:

Los documentos que transmiten (sucesión de una
parte a la otra)

Los documentos que gravan (hipoteca, embargo)

Cancelaciones (levantamientos, cancelaciones)

Adquieran (compra, venta, usucapión cuando se
disuelve una sociedad conyugal)

Modificación: Hay dos tipos de
modificaciones, el objeto y de los derechos.

De Objeto. Se da cuando tengo un terreno grande y
quiero aplicar la ley de propiedad horizontal, por lo tanto lo
voy modificar transformándolo en 5 inmuebles dentro de un
mismo lote.

De los Derechos o de los gravámenes. Se da
cuando un banco se funde, se va del país y lo vende, por
lo tanto hay una modificación del acreedor, ya que lo
vende con todos sus activos y sus pasivos.

Quienes están legitimados para solicitar al
Registro de la Propiedad y que tipo de
inscripción:

Están legitimados para pedir al registro de la
propiedad los escribanos, los jueces, agrimensores, martilleros,
arquitectos, abogados y los titulares de dominio.

¿Qué diferencia hay entre la
Inscripción Cronológica, y la Inscripción en
Folio Real?

La inscripción de folio real. Es aquella
que aplica el principio de especialidad y se identifica por el
inmueble, en este caso se anota todo por inmueble que esta
identificado sin importar lo que suceda.

La inscripción de folio cronológico
Es aquella donde se anotan en forma cronológica los actos
y se identifica por el año.

¿Qué es la Nomenclatura
Catastral?

Nomenclatura catastral: Es la forma de
identificar el lote en determinado lugar
geográfico.

¿Para qué sirve la Nomenclatura
Catastral?

La nomenclatura catastral sirve para identificar al
inmueble, teniendo en cuenta el lote

¿Qué es y para qué sirve la
Valuación Fiscal?

Valuación Fiscal: Es el valor tierra que
te da ARBA como base imponible del impuesto
inmobiliario.

¿Qué es y para qué sirve la
Partida Inmobiliaria?

Partida inmobiliaria: sirve para identificar el
inmueble en cuestión dinero y en cuestión deudas,
identifica el lote impositivamente.

¿Para qué sirven las medidas y los
linderos de un lote?

Medidas y linderos de un lote: Para identificar
donde se encuentra ubicado un lote.

¿Qué datos debe contener el asiento de
titularidad (Columna A) en una matricula?

Titulares de dominio por cada comprador, Nombre,
apellido tipo y número de documento

Cuit o Cuil, Estado civil, Como lo
adquirió.

 

 

Autor:

Eduardo Ramos

 

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