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Introducción a la seguridad y salud laboral



  1. Introducción
  2. El
    Trabajo
  3. La
    Seguridad Laboral
  4. Objetivos de la Seguridad
    Industrial
  5. El
    Supervisor de Seguridad
  6. La
    Industria
  7. El
    Medio Ambiente de Trabajo
  8. La
    Salud y el Trabajo
  9. Relación Medio Ambiente – Salud en el
    Trabajo
  10. Referencias
    bibliográficas

El presente documento ha sido elaborado
para apoyar a los estudiantes de Seguridad Industrial, del
Instituto Universitario de Tecnología del Mar, de
Fundación La Salle de Ciencias Naturales, Sub – Campus
Tumeremo, en temas centrales de la seguridad y la salud
laboral.

Los contenidos a estudiar en el presente documento se
tratan con un enfoque que destaca el carácter integral del
concepto de salud, entendido como un bienestar en todos los
planos de la vida de los sujetos y el carácter a la vez
positivo y riesgoso que tiene el trabajo para la salud, entendido
como actividad que permite la vida social y el desarrollo de los
individuos en el cual no es ético que se ponga en riesgo
la salud del trabajador o la trabajadora.

La seguridad e higiene laboral, se basa precisamente en
las consecuencias de la interacción entre ambos vocablos:
el trabajo, como origen de riesgo y la salud como bien preciado
para el hombre que puede verse alterado por el trabajo. Los
múltiples cambios que la concepción del trabajo ha
experimentado a lo largo de la historia del hombre llegamos a la
situación actual en la que, lejos de constituir
exclusivamente un medio de subsistencia, constituye un importante
elemento de valoración social y de desarrollo de su
actividad creadora, constituyendo por ello un derecho y un deber
de la persona. La tendencia actual en este campo nos debe llevar
a conseguir una mejor calidad de vida y condiciones de trabajo a
fin de evitar que la salud del hombre que trabaja pueda resultar
afectada por las condiciones que él mismo
creó.

Finalmente, hoy día el profesional dedicado a la
seguridad y salud laboral se encentra enfocado en la
fomentación de una Cultura de Prevención en
Seguridad y Salud en el Trabajo; que no es más que un
conjunto de valores, actitudes, percepciones, conocimientos y
pautas de comportamiento, tanto individuales como colectivas, que
determinan el comportamiento con respecto a la Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo de una organización y que
contribuyen a la prevención de accidentes y enfermedades
de origen ocupacional.

Se entiende por trabajo, todas aquellas actividades
físicas y mentales que desarrollan todas las trabajadoras
y los trabajadores, potenciando así todas sus capacidades,
crecimiento y desarrollo. Así el trabajo, no solamente
transforma la naturaleza para la producción de bienes y/o
servicios, sino que además, la mujer y el hombre son
transformados, permitiendo su plena autorrealización y
bienestar social.

De este modo, entendemos por trabajadora o trabajador, a
toda aquella persona natural, que realiza una actividad
física y mental, para la producción de algún
bien y/o servicio, donde potenciando de este modo sus capacidades
y logra así su pleno crecimiento personal.

En la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV), que es la máxima carta
magna que rige la vida de los venezolanos en todo lo relativo a
lo político, social y económico, es la primera ley
que se debe de establecer en todos los lugares nacionales, debido
que esta ley refleja los artículos por los cuales se
guían las personas para que se cumplan sus derechos como
venezolanos y sus deberes laborales.

En ella, el Artículo 87 expresa que; "Toda
persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El
Estado garantizará la adopción de las medidas
necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener
ocupación productiva, que le proporcione una existencia
digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este
derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley
adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de
los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no
dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a
otras restricciones que las que la ley establezca. Todo patrono o
patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras
condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo
adecuados
".

La Norma venezolana COVENIN 2270, describe las seguridad
industrial como; un conjunto de principio, leyes, criterios y
normas formuladas cuyo objetivo es el de controlar los riesgos de
accidentes y daños, tanto a personas como a los equipos y
materiales que interviene en el desarrollo de una actividad
productiva. Por otro lado, la Norma venezolana COVENIN 2260;
describe la Seguridad Ocupacional como; la aplicación del
conjunto de principios, leyes, criterios y normas formuladas,
cuyo objetivo es el de controlar el riesgo de accidentes y
daños, tanto a las personas como a los equipos y
materiales que intervienen en el desarrollo de toda actividad
productiva. Finalmente, el autor Cortés, en su obra
describe la seguridad del trabajo como; la técnica de
prevención de los accidentes de trabajo que actúa
analizando y controlando los riesgos originados por los factores
mecánicos ambientales.

A modo general, la seguridad laboral se encarga de la
identificación de los procesos y condiciones peligrosas,
reales o potenciales, que puedan ocasionar lesiones a los
trabajadores y establecer las medidas técnicas y
administrativas necesarias para preservar la vida y la salud en
el trabajo. Se orienta a evaluar y controlar el comportamiento
humano con el propósito de contribuir al desempeño
seguro de los trabajadores y la creación de la cultura con
el fin de prevenir y controlar los riesgos a la seguridad y salud
de los trabajadores, integridad de las instalaciones y el
ambiente.

Puede describirse cinco objetivos básicos y
fundamentales a ser desarrollados dentro de la seguridad y salud
laboral, ellos son los siguientes:

  • Evitar la lesión y muerte por accidente.
    Cuando ocurre un accidente hay una pérdida de
    potencial humano y con ello una disminución de la
    productividad.

Lesión o muerte

?

Perdida del potencial Humano

?

Disminución de la
producción

  • Reducción de los costos operativos de
    producción. De esta manera se incide en la
    minimización de los costos y la maximización de
    los beneficios.

Costos (disminuyen)

?

Benefician (aumentan)

  • Mejorar la imagen de la empresa y por ende la
    seguridad del trabajador que así dará un mayor
    rendimiento en el trabajo.

Seguridad del trabajador
(aumentan)

?

Rendimiento del trabajador
(aumentan)

  • Contar con un sistema estadístico que permita
    detectar el avance o la disminución de los accidentes
    y las causas de los mismos.

  • Contar con los medios necesarios para montar un plan
    de Seguridad que permita a la empresa desarrollar las medidas
    básicas de seguridad e higiene, contar con sus propios
    índices de frecuencia y de gravedad, determinar los
    costos e inversiones.

Es toda aquella persona que tiene bajo su
responsabilidad un grupo de trabajadores para realizar un
trabajo, actividad o tarea en un área determinada,
independientemente del rango o categoría que posea; el
supervisor debe poseer características tales como ser;
líder, proactivo, impulsor, modelador, comunicador y,
observador. Es el responsable de promover la Seguridad, Higiene,
Ambiente como modelo dinámico, los mismos como elemento
indispensable en las actividades de la industria para
garantizar:

  • La integridad física de los trabajadores,
    instalaciones y terceros.

  • La preservación del ambiente.

  • El cumplimiento de las regulaciones
    oficiales.

  • Continuidad operacional.

Debemos tener presente, que las actitudes que rigen a
los seres humanos son todas aquellas observaciones, percepciones,
imágenes e ideas provenientes del entorno en el que se
encuentra y/o desenvuelva comúnmente el individuo, las
cuales se fijan en el cerebro, durante varias fases de su vida y,
según las cuales tendrá un comportamiento/actitud
ante los diferentes ambientes de su vida. Es por esto, que el
supervisor de seguridad debe enfocarse en promover:

  • Actitud segura: disposición para responder
    con efectividad y seguridad en situaciones que originan
    tensión.

  • Actitud proactiva: proceso mental que impulsa al
    individuo a realizar actos de la manera más correcta y
    responsable que sea posible.

  • Actitud preventiva: acción asumida frente a
    las influencias adversas de los elementos del proceso que
    permiten minimizar la ocurrencia de accidentes.

Es el lugar donde se manufacturan productos a
través de un proceso que utiliza materia prima, equipos,
instalaciones y personal, para su posterior manejo y
comercialización. Dentro de ellas existen elementos que
generan pérdidas en la Industria entre ellos tenemos:
accidentes, enfermedades ocupacionales, desperdicios,
ineficiencias, paradas de planta y, entre otras, a todas ellas de
ben ser atendidas por los profesionales de la seguridad y salud
laboral.

Son todos aquellos lugares, locales o sitios, que pueden
ser cerrados o al aire libre, donde personas presten algún
tipo de servicio a empresas, centros de trabajo, explotaciones,
faena y establecimientos, cualquiera sea el sector de actividad
económica; así como otras formas asociativas
comunitarias de carácter productivo o de servicio; o de
cualquier otra naturaleza, sean públicas o privadas.
Asimismo, son las situaciones de orden socio – cultural, de
organización del trabajo y de infraestructura
física que de forma inmediata rodean la relación
hombre y mujer trabajo, condicionando la calidad de vida de las
trabajadoras o trabajadores y la de sus familias.

Igualmente, se entienden por aquellos espacios
aéreos, acuáticos y terrestres situados alrededor
de la empresa, centro de trabajo, explotación, faena,
establecimiento; así como de otras formas asociativas
comunitarias de carácter productivo o de servicio y que
formen parte de las mismas.

A pesar de los múltiples enfoques y tratamientos
que puedan darse a la salud, de manera generalizada está
basada en la concepción médica del término
en tres (3) aspectos básicos: fisiológico,
psíquico y sanitario. De estos la fisiológica es la
que más importancia ha ejercido en la sociedad, al
considerar la salud como el bienestar del cuerpo y el organismo,
nos ha conducido hacia una definición negativa.

La salud es definida por la Organización Mundial
de la Salud (OMS), como "el estado de bienestar
físico, mental y social
", de tal modo que se logre un
período en que el ser orgánico ejerce normalmente
todas sus funciones vitales. La salud se considera un derecho
fundamental de la persona, el conseguir el más alto grado
de salud constituye un objetivo social de primer orden, siendo
preciso para su logro del aporte de otros sectores, sociales y
económicos.

El hombre no se ha limitado a la utilización de
las sustancias naturales, sino que ha logrado la síntesis
de nuevos productos con mejores calidades y la aplicación
de nuevas formas de energía dando lugar a la
aplicación tecnológica de estos conocimientos
científicos, sin embargo, también ha contribuido a
aumentar los riesgos que estos procesos conllevan para la
población en general y para el trabajador en particular,
causando el deterioro de su salud y dando lugar a la
aparición de nuevos daños derivados del trabajo.
Por otra parte, si por ecología entendemos la "ciencia
que estudia las relaciones existentes entre los organismos y el
medio en que vive
", no cabe duda, que el sistema
ecológico ocupacional, constituido por el hombre-ambiente
de trabajo, constituye un subsistema de vital importancia, ya que
el hombre permanece un cuarto de su vida en el ambiente de
trabajo y los trabajadores constituyen una parte importante de la
población total.

En la siguiente figura, se describe cómo el
hombre en conjunto con su trabajo, modifica el ambiente que le
rodea y que éste, modificado, actúa sobre la salud
del hombre, dando lugar a los daños derivados del trabajo.
Podemos deducir que el equilibrio individual de la salud no
depende sólo del correcto funcionamiento de su estructura
orgánica y psíquica, sino que se ve influenciado en
gran medida por los factores ambientales, en el que se encuentra
incluido y en primer lugar las condiciones de trabajo.

  • FIGURA Nº 1: Representación del sistema
    ecológico laboral.

Fuente: Cortés, José.
(2007).

En este sentido, por ambiente o condiciones del trabajo
no sólo debemos entender los factores de naturaleza
física, química o técnica (materias
utilizadas o producidas, equipos empleados y métodos de
producción aplicados), que pueden existir en el puesto de
trabajo, sino que también deberán considerarse
incluidos aquellos otros factores de carácter
psicológico o social que puedan afectar de forma
orgánica, psíquica o social la salud del
trabajador. A partir de esta definición el ambiente de
trabajo lo podemos considerar subdividido en:

Ambiente orgánico

Constituido por aquellos factores ambientales que pueden
dañar la salud física y orgánica del
trabajador, comprendiendo:

  • Factores mecánicos: elementos móviles,
    cortantes, punzantes, entre otros, de las máquinas,
    herramientas, entre otros que involucren su
    manipulación y transporte de cargas, entre
    otros.

  • Factores físicos: ruido, vibraciones,
    presión atmosférica, radiaciones ionizantes y
    no ionizantes, iluminación, entre otros.

  • Factores químicos: contaminantes en
    diferentes estados de la materia, es decir, sólidos,
    líquidos y gases presentes en el aire.

  • Factores biológicos: protozoos, virus,
    bacterias, entre otros.

Ambiente
psicológico

Consecuencia fundamentalmente de factores debidos a los
nuevos sistemas de organización del trabajo derivados del
desarrollo tecnológico (monotonía,
automatización, carga mental, entre otros) que crea en el
trabajador problemas de inadaptación.
Insatisfacción, estrés, entre otros.

Ambiente social

Consecuencia de las relaciones sociales externas a las
empresas afectadas cada vez más por problemas
generacionales, cambio de esquemas de valores, entre otros, o
internos a la empresa, sistemas de mando, política de
salarios, sistemas de promoción y ascensos, entre
otros.

En conclusión, la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
(LOPCYMAT), que promueve la implementación del
régimen de seguridad y salud en el trabajo, en el marco
del nuevo sistema seguridad social; abarca la promoción de
la salud de los trabajadores como al medio ambiente laboral, en
la prevención de enfermedades ocupacionales y accidentes
de trabajo, la atención, rehabilitación y
reinserción de los trabajadores y establece las
prestaciones dinerarias que correspondan por los daños que
ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.
Específicamente en el Artículo 40, que está
referido a los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo
tendrán entre otras funciones, las siguientes:

  • Asegurar la protección de los trabajadores y
    trabajadoras contra toda condición que perjudique su
    salud producto de la actividad laboral y de las condiciones
    en que ésta se efectúa.

  • Promover y mantener el nivel más elevado
    posible de bienestar físico, mental y social de los
    trabajadores y trabajadoras.

  • Identificar, evaluar y proponer los correctivos que
    permitan controlar las condiciones y medio ambiente de
    trabajo que puedan afectar tanto la salud física como
    mental de los trabajadores y trabajadoras en el lugar de
    trabajo o que pueden incidir en el ambiente externo del
    centro de trabajo o sobre la salud de su familia.

  • Asesorar tanto a los empleadores o empleadoras, como
    a los trabajadores y trabajadoras en materia de seguridad y
    salud en el trabajo.

  • Vigilar la salud de los trabajadores y trabajadoras
    en relación con el trabajo.

  • Suministrar oportunamente a los trabajadores y las
    trabajadoras los informes, exámenes, análisis
    clínicos y paraclínicos, que sean practicados
    por ellos.

  • Asegurar el cumplimiento de las vacaciones por parte
    de los trabajadores y trabajadoras y el descanso de la faena
    diaria.

  • Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia
    Epidemiológica de accidentes y enfermedades
    ocupacionales, de conformidad con lo establecido en el
    Reglamento de la presente Ley.

  • Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia de
    la utilización del tiempo libre, de conformidad con lo
    establecido en el Reglamento de la presente Ley.

  • Reportar los accidentes de trabajo y las
    enfermedades ocupacionales al Instituto Nacional de
    Prevención, Salud y Seguridad Laborales, de
    conformidad con el Reglamento de la presente Ley.

  • Desarrollar programas de promoción de la
    seguridad y salud en el trabajo, de prevención de
    accidentes y enfermedades ocupacionales, de
    recreación, utilización del tiempo libre,
    descanso y turismo social.

  • Promover planes para la construcción,
    dotación, mantenimiento y protección de
    infraestructura destinadas a los programas de
    recreación, utilización del tiempo libre,
    descanso y turismo social.

  • Organizar los sistemas de atención de
    primeros auxilios, transporte de lesionados, atención
    médica de emergencia y respuestas tas y planes de
    contingencia.

  • Investigar los accidentes de trabajo y las
    enfermedades ocupacionales a los solos fines de explicar lo
    sucedido y adoptar los correctivos necesarios, sin que esta
    actuación interfiera con las competencias de las
    autoridades públicas.

  • Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas
    instalaciones antes de dar inicio a su
    funcionamiento.

  • Elaborar la propuesta de Programa de Seguridad y
    Salud en el Trabajo, y someterlo a la consideración
    del Comité de Seguridad y Salud Laboral, a los fines
    de ser presentado al Instituto Nacional de Prevención,
    Salud y Seguridad Laborales para su aprobación y
    registro.

  • Aprobar los proyectos de nuevos medios y puestos de
    trabajo o la remodelación de los mismos en
    relación a su componente de seguridad y salud en el
    trabajo.

  • Participar en la elaboración de los planes y
    actividades de formación de los trabajadores y
    trabajadoras.

Cortés, José. (2007). Técnicas
de Prevención de Riesgos Laborares – Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
(9na Edición). Editorial Tébar
S.L. Madrid, España.

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela N° 38.910. (2008). Norma Técnica Programa
de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008).
Ministerio
del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. Caracas,
Venezuela.

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela. (2000). Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV
). Gaceta Oficial Nº
5.453. Caracas, Venezuela. M. J. Editores C.A.

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela. (2005) Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
Gaceta
Oficial Nº 38.236. Caracas, Venezuela. Productos La
Piedra.

Norma Venezolana COVENIN 2260. (2004). Programa de
Higiene y Seguridad Ocupacional. Aspectos Generales.
(1ra
Revisión). Caracas, Venezuela. FONDONORMA.

Norma Venezolana COVENIN 2270 (2002). Comités
de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Guía para su
Implementación Integración y Funcionamiento. (3ra
Revisión).
FONDONORMA. Caracas, Venezuela.

Parra, Manuel. (2003). Conceptos básicos en
salud laboral.
Oficina Internacional del Trabajo. Santiago,
Chile.

 

 

Autor:

Lcdo. José Luis Castro
Soto

TECNOLOGÍA DE LA SEGURIDAD Y SALUD
LABORAL

2012

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