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Percepciones de los médicos sobre responsabilidad penal en su ejercicio profesional



  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Resultados
  4. Conclusiones
  5. Referencias
    Bibliográficas
  6. Anexos

Resumen

En la doctrina venezolana reciente, son contadas las
elaboraciones sobre Responsabilidad Penal Médica: Arteaga
(1991) y Aguiar (2008). Se acepta que los delitos cometidos en el
acto médico, suelen ser de naturaleza culposa; no
obstante, poco o nada se conoce de la percepción de los
galenos sobre la Responsabilidad Penal implícita en su
ejercicio profesional, y este es el propósito del estudio:
la identificación de estas percepciones, partiendo desde
la responsabilidad – en sentido lato – hasta llegar a la
Responsabilidad Penal. Se diseñó como
investigación exploratoria transversal, y se obtuvieron
resultados a partir de un muestreo intencional y
opinático, mediante la aplicación de un instrumento
de recolección de datos, a médicos especialistas
venezolanos, con experiencia en hospitales. Se identifican,
tendencias y valores de la muestra sobre el tema, dando
pié a desarrollos ulteriores sobre el
particular.

Palabras Clave: Responsabilidad; Responsabilidad
Penal Médica; Percepciones; Muestra

Introducción

La medicina es una disciplina cuya comprensión
amerita un grado de conocimientos técnico –
científicos, que excluye al común de las personas.
Su jerga, en sí misma, ya es una limitante para quien no
se ha formado en ese campo profesional. No obstante, el
común de la gente ha tenido diferentes experiencias
relacionadas con ese ámbito; y por ello es usual que las
personas, sin distingo de estratificación social,
etárea, o de otra naturaleza, comenten sobre vivencias con
médicos, clínicas y, en general, diversidad de
situaciones relativas a la salud, con mayor o menor propiedad,
según el caso concreto.

Sin embargo, si bien resulta aprehensible la
percepción o el grado de conocimiento popular o informal
sobre casos o experiencias de ejercicio médico; no ocurre
lo mismo con el grado de conocimiento o percepción que
puedan tener los profesionales de la medicina sobre la
responsabilidad, que desde el punto de vista penal, implica la
praxis médica.

Al momento, se desconoce qué piensan o saben los
especialistas en medicina sobre la responsabilidad penal en el
ejercicio de su profesión, especialmente en situaciones en
que el paciente pueda sufrir algún daño o
lesión, como consecuencia de la aplicación de un
tratamiento o de una intervención quirúrgica. He
aquí la justificación e importancia del
estudio.

Concomitantemente, se desconoce la medida en que la
noción de Responsabilidad Penal puede o no estar presente
en el ejercicio de los profesionales de la medicina; antes bien,
sí es posible identificar investigaciones sobre lo que los
abogados saben con respecto a la Responsabilidad Médica:
Arteaga (1991) y Aguiar (2008). He allí la principal
motivación del estudio: aportar conocimientos
científicamente válidos, sobre un aspecto
desconocido de la realidad jurídica del país: las
percepciones de los médicos sobre la responsabilidad penal
en su práctica profesional

En este sentido, en doctrina se acepta que la
responsabilidad penal médica es de naturaleza culposa. No
obstante, Aguiar (2008) refiere fallos de tribunales venezolanos
donde se han condenado a médicos por dolo eventual – aquel
en el cual el agente se representa el potencial daño –
pero, al no creerlo posible, persiste en su acción (pp,
332-333).

En criterio de Antolisei, citado por Arteaga (1991:
34):

…consiste en la voluntaria inobservancia de
aquellas normas de conducta que imponen al hombre que vive en
sociedad la obligación de obrar con prudencia y
diligencia, o con el cuidado debido a fin de evitar determinados
resultados de daño o de peligro para los intereses
jurídicamente protegidos.

A su vez, se compone de un comportamiento voluntario,
que bien puede ser la acción u omisión que da curso
al hecho o resultado lesivo e involuntario ocurrido, y una
consecuente relación de causalidad entre este hecho
involuntario y no querido, con el comportamiento sí
voluntario del agente perpetrador. Consecuentemente, se exige que
este hecho involuntario y no querido, se verifique por
imprudencia; negligencia; impericia, o inobservancia de los
reglamentos, órdenes o instrucciones. Tales
órdenes, amén de los reglamentos e instrucciones,
se condensan, de un modo relativamente universal, en la Lex
Artis, la cual: "…
es definida por los propios
facultativos médicos, las universidades, los colegios de
médicos, academias y sociedades científicas que
aportan su conocimiento de la ciencia de la medicina y van
estableciendo unas pautas y protocolos a seguir". Mala Praxis
Médicas (s/f) ¿Qué es la mala
praxis?
Revisado el 04-04-2012, desde internet:
http://malapraxismedica.com/Que-es-la-mala-praxis/1. De
algún modo, puede considerarse que la sujeción de
los procedimientos médico – quirúrgicos a estas
pautas, contribuyen a disminuir la probabilidad de ocurrencia del
evento Mala Praxis, Arteaga (2012)

Por lo tanto, en virtud de esta complejidad, la
apreciación de la culpa médica supone relativa
flexibilidad para evaluar las condiciones particulares en que se
producen los hechos, según el caso; y la tarea del abogado
en el supuesto de la defensa de los derechos e intereses de un
paciente lesionado, consiste en articular, conforme al supuesto
de hecho previsto en ley, las orientaciones doctrinarias y
jurisprudenciales para construir un argumento suficientemente
sólido para lograr una determinada
pretensión.

Paralelamente, el otro componente del propósito
de este estudio es el relativo a las percepciones sociales y su
naturaleza, referido, particularmente, a los profesionales de la
medicina, como sujetos tipo, sobre la Responsabilidad Penal que
acarrea su praxis profesional.

No existe, en el ámbito de las ciencias sociales,
un concepto unívoco de percepciones; antes bien, el mismo
se puede abordar tanto desde la psicología social, como
desde la antropología. Vargas Melgarejo, Luz (1994).
Sobre el Concepto de Percepciones. Revisado el 10 de junio de
2012, de
uam-antropología.info/web/component/option,com_docman/task,cat_view/gid,37/itemid,26/.

Sin embargo, ambas posturas, aceptan que la construcción
de percepciones, supone un proceso donde interactúan
aspectos biológicos y culturales, que determinan la
asignación – consciente o no – de un significado, sobre
los objetos percibidos. Las mismas devienen de: "…los
valores; conocimientos y creencias; la experiencia individual y
la experiencia compartida; los hábitos adquiridos; los
comportamientos adquiridos, y las actitudes". ANSOAP/ Generalitat
de Catalunya (2006). La Seguridad Alimentaria. Revisado
el 20 de junio de 2012 de
http://www.gencat.cat/salut/acsa/html/ca/dir1312/dn1312/percepciones_seg_alim_cat.pdf

En el caso de las percepciones de los médicos
sobre la Responsabilidad Penal en su ejercicio profesional, se
asume que estos factores, sin exclusión de otros que
pudieran configurarse en el marco de una determinada y particular
experiencia, contribuyen a explicar su origen, en la medida en
que la congruencia entre éstos conforma la
percepción en el individuo, de manera progresiva durante
su vida

Así, pues, para conocer las percepciones de los
médicos sobre la Responsabilidad Penal en su ejercicio
profesional, fue preciso emprender un estudio exploratorio,
debido a la inexistencia de antecedentes, e intentando aportar
insumos que contribuyan a profundizar el conocimiento que sobre
la temática se tiene hasta ahora; partiendo desde su
percepción sobre responsabilidad, en sentido lato, para
finalmente abordar lo tocante a responsabilidad estrictamente
penal. El mismo, pudiera ser punto de partida para elaboraciones
posteriores, y con otro diseño.

Esto solo pudo ser factible mediante un diseño de
investigación transversal y no experimental, en la medida
en que supone un único momento para la recolección
de datos, y sus resultados son: "… exclusivamente
válidos para el tiempo y lugar en que efectuaron su
estudio", Hernández Sampieri et al (1997: 210). Para tal
fin, se elaboró de un instrumento de recolección,
el cual fue aplicado durante los meses de abril – mayo de 2012,
sobre una muestra opinática e intencionada de sujetos
tipo
: aquellos que poseen atributos similares a la
población sobre la cual se persigue obtener conocimientos,
y de la cual se extraen: médicos venezolanos en ejercicio,
con las siguientes características:

  • Médicos venezolanos especialistas (ver
    gráfico 1)

  • Experiencia entre los tres (3) y treinta (30)
    años de ejercicio, en hospitales y centros
    privados.

  • Cuatro (4) de ellos, son profesores
    universitarios

  • Tres (3) de ellos, poseen doble
    especialización

  • El número de elementos que la conformaron fue
    de diez (10)

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Si bien en el gráfico se observa que a la
especialidad Medicina Interna corresponde el 20% de la muestra,
la apreciación real es 30%, en vista de que se debe sumar
la categoría donde se registra como doble especialidad,
junto a Endocrinología. Así, pues, el 30% de la
muestra son traumatólogos, e internistas; mientras el 40%
restante lo componen Gineco / Obstetra; Cirugía y
Neurología.

En términos de limitaciones, conviene resaltar
que las conclusiones obtenidas a partir de esta muestra, en forma
alguna podrán extrapolarse a la población tipo:
médicos especialistas venezolanos con al menos tres (3)
años de ejercicio en clínicas y hospitales; en la
medida en que los muestreos no probabilísticos,
desprovistos de aleatoriedad no permiten este tipo de
inferencias. Asimismo, otra limitante es el acceso a los
profesionales de la medicina, el cual no dependió de la
voluntad del investigador, sino del tiempo que éstos
pudieron dispensar. De igual forma, tampoco fue posible realizar
pruebas pilotos al instrumento de medición; lo cual
garantizaría una mejor calidad de los resultados, (validez
y confiabilidad).

Así, pues, el texto se ha organizado en:
Resultados, donde se presentan los gráficos de las
respuestas emitidas por los elementos muestrales, y se analizan
las mismas mediante frecuencias y porcentajes. Se incluyen las
Conclusiones, a las que llega el autor a partir de la data
analizada; así como los Anexos, para fortalecer la
estructura de la investigación, y aportar medios para
facilitar la comprensión al lector

Finalmente, se espera cumplir con los objetivos del
Seminario de Responsabilidad Penal Médica, relativo a la
necesidad de ejercicios investigativos dentro de la
formación del abogado.

Resultados

En este capítulo, se presentan los resultados
estadísticos de la pesquisa, a partir de los dispositivos
del instrumento de recolección de datos (Anexo
1).

De entrada, se pretendió sondear si la
noción de responsabilidad – a secas, y no penal – en el
médico, guardaba o no relación con el éxito
o fracaso del tratamiento o intervención (gráfico
2)

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Tal como se aprecia en el gráfico3, el 70% de la
muestra respondió afirmativamente; mientras un 30%
consideró que el médico no tiene responsabilidad en
el éxito o fracaso del tratamiento.

El objetivo de esta pregunta no era otro que sondear la
percepción de la muestra con respecto a la relación
entre la responsabilidad médica y el éxito o
fracaso del tratamiento o intervención. En este sentido,
el número de respuestas positivas duplica a las negativas,
lo cual indica que, en principio, para el 70% de la muestra
sí existe una correlación lineal entre ambas
variables: responsabilidad médica, y resultado –
éxito o fracaso – del tratamiento o
intervención.

Ahora bien, al consultar el por qué de las
respectivas respuestas, la muestra se pronunció de la
siguiente forma:

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Como se observa, las respuestas son diversas, y no
exactamente coherentes, porcentualmente, con las respuestas del
gráfico 2: para el 60%, sí existe
correlación entre la responsabilidad médica y el
resultado del tratamiento o intervención, expresado en
éxito o fracaso; y ello obedece, en criterio de la
muestra, a que es el médico quien hace el
diagnóstico, a partir del cual se genera el tratamiento.
Del mismo modo, un 20% consideró que si bien el
médico tiene responsabilidad, también influyen
otros factores (ver gráfico 5). Finalmente, un 20%
manifestó que el médico no tiene responsabilidad,
ya que cada organismo responde de una manera diferente,
además de recalcar la multifactorialidad que envuelve el
éxito o fracaso de una intervención o
tratamiento.

Del mismo modo, se aprecia que, en este dispositivo,
contrariamente a lo ocurrido con la pregunta sobre la
correlación entre responsabilidad médica y el
resultado del tratamiento o intervención, un 80%, es
decir, un 10% más que en la anterior, se pronunció
favorable a la correlación en cuestión. Esto
obedece, a la formulación – abierta- de la pregunta;
mientras que, en la previa, era cerrada, forzando a la muestra a
decantarse por dos opciones mutuamente excluyentes: si o no.
Contrariamente, en este caso fue abierta, pudiendo así
apreciar la intensidad de las respuestas anteriores (si o no). De
cualquier forma, la tendencia expresada en el dispositivo 2 se
mantiene, y eso es lo significativo.

En relación con el alcance de la responsabilidad
médica con el paciente, se preguntó dónde
empezaba y terminaba obteniendo los siguientes
resultados:

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Sobre este punto, el 35% de la muestra respondió
que la responsabilidad médica con el paciente empezaba con
la entrevista y el diagnóstico, y terminaba con la
finalización del tratamiento, en criterio de un 25% de la
misma; mientras que para el 15% la responsabilidad médica
con el paciente termina cuando éste no sigue las
indicaciones o tratamientos prescritos por el galeno. Sin
embargo, llama la atención que un 25% se haya pronunciado
por otras opciones, eventualmente ajenas a la especificidad de la
pregunta, aunque no del tema. Al respecto, uno de los elementos
muestrales señaló: "La relación
médico – paciente no es un contrato; se limita a solicitar
una opinión sobre una patología y dar ciertas
recomendaciones, que pueden o no ser aceptadas por el paciente".
Asimismo, otra respuesta obtenida al respecto fue: "… la
responsabilidad incluye educación, prevención,
instrucción sobre la enfermedad, medicación y
seguimiento…" Sobre lo contractual, baste con decir que la
doctrina venezolana es conteste al señalar tal
carácter de la relación médico – paciente:
"…hoy por hoy, no se discute ya el carácter
contractual de la relación médico – paciente"
Aguiar (2008: 126). Sin embargo, el mismo autor reconoce,
también, que no todas las actuaciones de los
médicos para con los pacientes tienen tal carácter:
"Lo más común en medicina, y es parte de nuestro
tema fundamental, lo constituyen las obligaciones
extracontractuales, que aún dentro del contrato puedan
originarse" (p. 144)

En el mismo sentido se preguntó, además,
qué otros agentes, además del médico, tienen
responsabilidad en el éxito o fracaso del tratamiento o
intervención, y las respuestas fueron:

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Para el 40% de la muestra, el paciente es, junto al
médico, el otro responsable, en el éxito o fracaso
del tratamiento o intervención; para el 33% es el entorno
y la familia. En este punto conviene acotar que la variable
entorno es una categoría asignada por el investigador para
codificar respuestas como: el hospital; la disposición de
equipos adecuados; la alimentación, entre otras. Lo
resaltante en este apartado, es la "aparición" de
respuestas como las señaladas (hospital – equipos), que
aunque no constituyeron un % significativo, pueden indicar –
entre líneas – la situación del sistema de salud en
el país. Finalmente, el 27% se decantó hacia el
personal de enfermería, lo cual parece lógico, por
la cercanía de éste para con el
paciente.

Así, pues, con los datos presentados, se ha
logrado bosquejar, con las limitaciones metodológicas
establecidas (ut supra, p 6), un panorama respecto de la
presencia de la noción de responsabilidad en los
médicos. El propósito de este esbozo, no era sino
preparar el terreno para avanzar sobre la responsabilidad penal,
con la cual se complementa y nutre la percepción sobre
responsabilidad, en sentido lato.

Por tanto, habiendo ya delineado el espectro de las
percepciones sobre responsabilidad en los elementos muestrales,
conviene entrar en las percepciones sobre Responsabilidad Penal
Médica. En este punto, que es el centro de la
investigación, es prudente señalar que, en general,
se percibió cierta incomodidad en los médicos a la
hora de responder; es decir, cambios por ejemplo en el tono de
voz; en la mirada, etc, que permitían evidenciar – sin ser
quien suscribe psicólogo – lo difícil que era
abordar el tema estrictamente penal, para los elementos
muestrales[1]De cualquier modo, la pesquisa
prosiguió, y se pregunto así por la presencia de la
noción de Responsabilidad Penal al momento de tratar o
intervenir a un paciente

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El 80% de la muestra refirió que la noción
de Responsabilidad Penal sí estaba presente al momento de
tratar o intervenir a un paciente; mientras el 20% expresó
lo contrario. ¿Por qué?

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Como se aprecia en el gráfico 7, las razones que
explican la presencia o no de la noción de Responsabilidad
Penal en la muestra son diversas: para aquellos quienes sí
la tienen a la hora de intervenir o tratar a un paciente, llama
la atención que solo el 20% refiera las enseñanzas
de Medicina Legal; mientras que el 60% restante discurre en
argumentos más bien relacionados con la experiencia
vivencial o el sentido común, tales como: "Todos los
profesionales está expuestos a ser cuestionados"; o que se
está tratando con seres humanos. Por otro lado, en el caso
de aquellos que no tienen noción de Responsabilidad Penal,
las respuestas evidencian un sentido del deber, eventualmente
asociable con determinados ideales, propios de la
profesión: "…al tratar a un paciente siempre
pensamos en la resolución de la patología; de
salvar la vida del paciente"; o bien: "Están presentes los
conocimientos y el afán de salvar la vida o restituir el
bienestar del paciente".

Finalmente, se preguntó si ha tenido conocimiento
de casos o situaciones donde se haya ventilado en juicio la
Responsabilidad Penal de algún médico:

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En este caso, el 90% de la muestra respondió
afirmativamente; sin embargo, ello no significa que el
número de acciones y fallos judiciales por Responsabilidad
Penal Médica se hubiere incrementado; pues, pudiera ser
que la persona supo u oyó de un determinado caso, y la
historia se haya repetido en múltiples ocasiones, hasta
llegar a quien la refiere. Así, tan solo el 10%
expresó no tener ningún conocimiento al
respecto.

Conclusiones

En primer lugar, se afirma la percepción de
responsabilidad del médico para con el paciente, ya sea en
tratamientos o intervenciones. En este sentido, el gráfico
2 (ut supra, p 8), da cuenta de un 70% de respuestas
afirmativas sobre la responsabilidad del médico ante el
resultado – éxito o fracaso – de un tratamiento o
intervención. Esto se reafirma, a su vez, cuando se
pregunta por qué (gráfico 3, ut supra, p
9), donde la muestra arroja diferentes razones del por qué
consideran que sí hay responsabilidad. Así, pues,
queda en evidencia una sintonía entre la percepción
de la muestra, y el desarrollo doctrinario venezolano, dentro del
cual se acepta que sí existe tal responsabilidad, y que en
el caso penal, es de naturaleza culposa, tal como se
refirió en la introducción (ut supra, p
3).

Del mismo modo, una vez identificada la
percepción sobre la responsabilidad, se sondeó el
alcance de la misma, logrando así conocer que, en criterio
del 35% de la muestra, la responsabilidad médica comienza
con la entrevista, en la cual se realiza el primer
diagnóstico, y en criterio de un 40%, finaliza cuando el
paciente no sigue las indicaciones, o cuando recibe el alta
médica. En este aspecto, no pareciera sólida – a la
luz de los porcentajes obtenidos – la idea sobre el alcance de la
responsabilidad médica. Esto es, se acepta que existe la
responsabilidad, y que la misma se relaciona con el resultado –
éxito o fracaso – del tratamiento o intervención;
pero no queda claro – a partir de las respuestas obtenidas –
cuál es el alcance de la misma, amén de registrarse
un 25% de respuestas eventualmente ajenas a la pregunta formulada
(gráfico 4, ut supra, p 10). Así,
respuestas como las referidas en ese punto, relativas a la
multifactorialidad de la responsabilidad, y la negación
del carácter contractual, dan muestras de la no claridad y
homogeneidad a este respecto.

En todo caso, se comparte aquí la
pluriresponsabilidad que coexiste en el resultado del tratamiento
o intervención, en la medida en que se identifican otros
agentes o factores (gráfico 5, ut supra, p 11).
De este modo, queda claro que el médico no es el
único responsable a tal respecto; por el contrario,
devienen también agentes como el mismo paciente, el
entorno y la familia, y el personal de enfermería. Debe
tenerse en cuenta, sobre este particular, que el médico y
las (os) enfermeras (os), tienen en la salud su objeto de
trabajo, lo cual incrementa la propensión o riesgo de
error, con relación a otras profesiones; de allí
que la responsabilidad de éstos, deba siempre ser abordada
o evaluada con precaución.

Por otro lado, llama la atención y, quizá
pueda ser un hallazgo, que en la categoría entorno se
obtuvieran respuestas como las condiciones del hospital o el
equipamiento que, aunque no se reflejan expresamente – pues se
subsumen en la mencionada categoría, junto a otras como
alimentación – lo cual pudiera ser un indicador de las
condiciones sociales, económicas e institucionales, tanto
del sistema de salud pública, como de la misma
situación de los pacientes.

Así las cosas, se logró trazar un bosquejo
respecto de las percepciones de los médicos – la muestra –
respecto de la noción de responsabilidad; sus razones; su
alcance y factores intervinientes, quedando entonces establecido
-a la luz de los resultados obtenidos – que, en criterio de la
muestra, sí existe la noción de responsabilidad, la
cual es consustancial con el ejercicio de la profesión, y
tomando en cuenta las especificidades y complejidades del acto
médico

En segundo lugar, una vez sondeado el panorama de las
percepciones sobre responsabilidad médica, como
acercamiento al ámbito penal, conviene abordar lo relativo
a la Responsabilidad Penal Médica.

En este sentido, es necesario reiterar que, de acuerdo
con las experiencias vividas durante la aplicación del
instrumento de recolección de datos, queda la
impresión – meramente subjetiva – de que el término
penal causa cierta "incomodidad" en los médicos; se
podría expresar que genera, en alguna medida, una actitud
defensiva en éstos.

No obstante, la investigación se llevó a
cabo, y sobre este particular se obtuvieron datos que permiten
conocer la naturaleza de las percepciones de los médicos
al respecto.

Así las cosas, el 80% de la muestra afirmó
que la noción de Responsabilidad Penal sí estaba
presente al momento de tratar o intervenir a un paciente
(gráfico 6, ut supra, p 13), lo cual se
corresponde con el porcentaje que manifestaba la existencia de
una relación entre responsabilidad médica y el
resultado – éxito o fracaso – de un tratamiento o
intervención (gráfico 2, ut supra, p 8). Por tanto,
se evidencia, en la muestra, una alta correlación positiva
entre la relación entre responsabilidad médica y el
resultado, por un lado; y la presencia de la noción de
Responsabilidad Penal, por el otro.

Sin embargo, del 80% que afirmó la presencia de
la noción de Responsabilidad Penal, tan solo el 20%
atribuyó esto a las clases de Medicina Legal; mientras que
el 60% restante refirió razones más de
índole vivencial, o si se acepta, de sana
crítica
. Por tanto, pudiera pensarse que los
conocimientos de Medicina Legal, no está del todo
cimentada en los elementos muestrales; o que, tal vez,
éste tópico no sea propiamente de Medicina Legal,
en los estudios de medicina.

Resulta también – a criterio del investigador –
alentador, que esta pregunta haya permitido identificar la
presencia de valores como el salvar vidas, ya que ello le
confiere un sentido del deber ser al ejercicio profesional de los
médicos que, en suma, beneficia al país, al gremio,
y al paciente, en atención a las circunstancias del
entorno político, económico y social de Venezuela
en la actualidad.

Una vez conocidas las percepciones sobre Responsabilidad
Penal, se preguntó sobre el conocimiento de casos o
situaciones de juicio por Responsabilidad Penal Médica
(gráfico 8, ut supra, p 14). En este aspecto la
respuesta fue casi unánime, al responder afirmativamente
el 90% de la muestra. En este sentido, en una
investigación posterior, y de otro alcance, podría
indagarse entre la relación entre la presencia de la
noción de Responsabilidad Penal, y el conocimiento de
casos o situaciones de de juicio por esta causa.

No se consideró metodológicamente acertado
preguntar a los elementos de la muestra si habían tenido
experiencias de Responsabilidad Penal Médica, en virtud de
que su tamaño y escogencia desprovista de aleatoriedad
habrían desvalorizado el probable resultado, transmitiendo
una percepción – al lector y no de la muestra – sesgada al
respecto. Por tanto, se piensa que esta investigación
pudiera aportar insumos para elaboraciones posteriores, a
sabiendas que los médicos – que conformaron la muestra –
sí tienen una noción de responsabilidad, asociada
al resultado, expresado en éxito o fracaso de un
tratamiento o intervención. Asimismo, que la existencia de
esta noción, se corresponde también, sin que sea
posible determinar una correlación de dependencia entre
ellas, con la de Responsabilidad Penal, la cual es, en bajo
grado, atribuible a los conocimientos de Medicina Legal, en
contraposición a la medida en que se pudiera imputar a la
experiencia vivencial o sana crítica de los
médicos.

A partir de lo anterior, pudiera abrirse la
discusión respecto de la conveniencia o no, para el
bienestar del paciente, al momento de ser tratado o intervenido,
que los médicos tengan o no presente la noción de
Responsabilidad Penal.

En todo caso, es también significativo que, para
algunos médicos, el valor de salvar vidas, se anteponga a
la noción de Responsabilidad Penal y a sus
consecuencias.

Referencias
Bibliográficas

Obras por Autor

Arteaga, A. (1991) Responsabilidad Penal
Médica, (2ª ed
). Caracas: Ed UCV

Arteaga, A. (1985) Derecho Penal
Venezolano
. Caracas: Ed Instituto de Ciencias Penales y
Criminológicas

Aguiar, R. (2008) Tratado de Derecho
Médico
(2ª ed). Caracas:
Legis

Hernández, Sampieri et al (1997)
Metodología de la Investigación.
México: Mc Graw – Hill

Morales Rodríguez, A. (2006)
Síntesis de Derecho Penal. Caracas: Ed
Paredes

Textos Legales

Código Penal de Venezuela
Gaceta Oficial Nº 5.494 Extraordinario de fecha 20 de
octubre de 2000, Caracas

Internet

Arteaga, A. (marzo de 2012)
¿Juicios por Mala Praxis Médica?, en
http://www.eluniversal.com/opinion/120328/juicios-por-malpraxis-medica
Revisado en julio de 2012.

Aguiar Guevara R. (2005) El
Síndrome del Médico Demandado, en

www.ragaso.com. Revisado en abril de 2012

ANSOAP – Generalitat de Catalunya (2004).
La Seguridad Alimentaria, en
http://www.gencat.cat/salut/acsa/html/ca/dir1312/dn1312/percepciones_seg_alim_cat.pdf
Revisado en junio de 2012

Vargas Melgarejo, L (1994). Sobre el
Concepto de Percepciones, de
http://uamantropologia.info/web/component/option,com_docman/task,cat_view/gid,37/Itemid,26/
Revisado en junio de 2012

¿Qué es la Mala Praxis
Médica?
(s/f) En www.malapraxis.com

Anexos

Anexo 1:

Este es un sondeo de opiniones sobre Responsabilidad
Médica, para el Seminario Responsabilidad Penal
Médica de la Escuela de Derecho de la Universidad Central
de Venezuela. Sus fines, son estrictamente académicos, y
su confidencialidad es absoluta. No hay forma de saber a
quién pertenecen las diferentes opiniones, de conformidad
con la Ley de Secreto Estadístico.

Por favor, sírvase leer detenidamente, y responda
con la mayor honestidad.

Muchas Gracias

__________________________________________________________________

1. Especialidad ______________ 2. Años de
ejercicio _________

3. A su criterio ¿Tiene el médico
tratante, ya sea en consulta o en intervenciones
quirúrgicas, responsabilidad en el éxito o fracaso
del tratamiento o intervención?

3.1 Si _____ 3.2 No ______

3.3 ¿Por qué?

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

4. En su criterio ¿Dónde empieza y
dónde termina la responsabilidad del médico para
con el paciente?

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

5. ¿Qué otros agentes, además
del médico tratante o interviniente, tienen
responsabilidad en el éxito o fracaso del tratamiento o
intervención quirúrgica?
(mencione 3, en orden
de importancia, siendo 1, el más importante, y 3 el menos
importante)

5.1 ____________________

5.2 _____________________

5.3 ______________________

6. De acuerdo con su experiencia, al
momento de tratar o intervenir a un paciente
¿Está presente la noción de
responsabilidad penal?

6.1 Sí __________ 6.2 No
____________

6.3 ¿Por qué?

__________________________________________________________________

__________________________________________________________________

7. ¿Ha Tenido Ud conocimiento de
casos o situaciones donde se haya ventilado en juicio la
responsabilidad penal de algún médico, en virtud de
una denuncia por parte del paciente?

7.1 Sí _________ 7.2 No
____________

Anexo 2:

¿Juicios por malpraxis
médica?

El panorama se ha enrarecido ante denuncias
que solo persiguen objetivos económicos

ALBERTO ARTEAGA SÁNCHEZ
|  EL UNIVERSAL

miércoles 28 de marzo de
2012  09:41 AM

Desde hace más de 25 años he
incursionado en el tema de la Responsabilidad Penal del
médico, con la preocupación de dejar en claro, de
una parte, la excelsa labor del profesional de la medicina
enfrentado al reto de velar por la vida de sus pacientes, con los
riesgos inherentes a cualquier acto médico y, de la otra,
el derecho del paciente a reclamar ante hechos que en verdad sean
reprochables y puedan ser objeto de justas reclamaciones. El
panorama se ha enrarecido ante desviaciones que se advierten en
la actividad profesional del garante de la salud y ante denuncias
que solo persiguen objetivos económicos, todo ello con el
manifiesto deterioro de la relación médico-paciente
y las expresiones del ejercicio de una "medicina
defensiva".

Un preocupado y experimentado galeno de San
Cristóbal, antes de un encuentro para hablar de estos
temas, me dio la clave: la práctica de la "medicina
encimática" para evitar cualquier proceso por malpraxis.
Esta y otras recomendaciones las recojo de seguidas,
incrementando el listado de 2000.

1. Actuar en todo momento para el bien de
los pacientes y nunca para mal de persona alguna. Primum non
nocere.

2. La autosuficiencia puede ser su peor
enemigo. Consultar a otros colegas y reconocer las propias
limitaciones.

3. Ilustrar a todo paciente sobre las
características del acto médico, diagnóstico
o tratamiento y solicitar su consentimiento informado.

4. No considerarse infalible, ni hablar ex
cathedra.

5. Advertir a los pacientes sobre los
riesgos del acto médico y recalcar que la medicina no es
una ciencia exacta.

6. No olvidar que su obligación es
de medio y no de resultado.

7. No magnificar lo último en
medicina ni el abordaje técnico de última
generación. Cada caso tiene sus propias
exigencias.

8. Valorar el sentido común y la
lógica como instrumentos de diagnóstico y parte del
tratamiento.

9. Admitir de inmediato errores cometidos,
lo que no equivale a confesar imprudencia, negligencia o
impericia.

10. No sobrevalorar las técnicas o
instrumentos, ni anteponerlos a la relación directa y
humana médico-paciente.

11. No confiar ciegamente en las
habilidades de los integrantes de un equipo médico,
colegas o paramédicos.

12. No criticar el diagnóstico o
tratamiento de otros médicos.

13. No actuar sin los medios e instrumental
mínimo requerido y denunciar oportunamente las carencias
hospitalarias.

14. Dejar constancia por escrito de lo
actuado, respetando la confidencialidad y el secreto
profesional.

15. Avalar las intervenciones que afecten
la intimidad con personal técnico auxiliar o con personas
de confianza de los pacientes.

16. No considerar al paciente como un
potencial denunciante. Es su aliado en el restablecimiento de su
salud.

17. Prescindir, salvo casos de emergencia,
de indicaciones, diagnósticos o tratamientos a
distancia.

18. Tener claro que para cada paciente su
caso es el más importante.

19. Tomar consciencia que la
profesión médica es un apostolado que exige
vocación de servicio.

20. Practicar la medicina
encimática, esto es, estar encima del paciente.

aas@arteagasanchez.com

 

 

Autor:

Manuel Oropeza Olivo

Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas

Escuela de Derecho

Universidad Central de Venezuela

[1] Esto fue referido por quienes aplicaron
el cuestionario, y experimentado por el investigador

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