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La pobreza en las fuerzas de seguridad argentinas




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  1. Prólogo
  2. Definición del tema
    sociológico
  3. Introducción al
    trabajo
  4. Planteamiento del Problema
  5. Desarrollo del tema
  6. Las
    condiciones que llevaron a la pobreza en las
    FFSS
  7. Soluciones y propuestas
  8. Conclusión
  9. Bibliografía
    utilizada

Monografias.com

Prólogo

Esto fue encontrado hace 3 años
en una casilla de gendarmes que hacían seguridad en el
complejo habitacional Gral. San Martin de ciudadela, mejor
conocido como Fuerte Apache, dos días más tarde
muere el cabo centeno….

"No pidas imposibles

¿Porque me pedís que este
acá?

¿Porque me pedís que me aleje
de mis seres amados?,

¿Porque me pedís que te
sonría cuando pienso en si en casa lejos de mis
hijos?

¿Porque me pedís que te cuide
cuando no me respondes una pregunta?

¿Porque me pedís que coma con
18,50 cuando un pebete de 2 fetas sale 25?

¿Por qué nombras a los que no
están para infundirme un sentimiento de falso
orgullo?

¿Por qué vos no me defiendes
de estos abusos?

¿Porque estoy acá en medio de
la villa? ¿Decime por qué?

¿Es por tu cargo, por cuidarlo o
porque te gusta ser recordado por alguien al que no le
importas?

¿Es porque tenes miedo de que nadie
te respete sin tus medallas?

¿Porque estoy educando a estos
chicos revoltosos sino son mis hijos?

¿Porque me pedís que me ponga
en la calle, sin un chaleco como la gente?

¿Porque me hablas de unidad familiar
si la tengo a 1000km?

¿Porque me mentís
así?Sabemos por qué lo haces, sabemos que solo con
ese verde sos alguien, sabes que solo con ese cargo
político sos tenido en cuenta, sabes que sin eso no sos
nadie!!!!

También sabes que las
políticas pasan y solo el peso del juicio crítico
del paso del tiempo te demostrara lo equivocado que estabas, por
que como dijo un centurión romano (oficial) en el sitio a
los galos, yo sin mi tropa no soy nadie!!!!

Por eso no pidas imposibles si no tienes la
capacidad de dar un paso al frente de tu gente para defenderla y
dejar el regocijo y la comodidad, de una oficina
¡!!!!!!"

Definición
del tema sociológico

Tema: la pobreza en las fuerzas de
seguridad.

Subtema: la pauperización del la
dignidad de los integrantes de las fuerzas de seguridad, de su
familias y su reclamo social.[1]

Motivación del presente
trabajo.

Tuve la motivación principal por la cual
elegí este tema a desarrollar en el presente trabajo
monográfico, porque particularmente lo considero muy
importante y de gran interés a nivel nacional, ya que
tanto la crisis económica como los derechos humanos son
temas de preocupación en todo el ámbito de nuestra
geografía gracias a políticas no muy éticas
aplicadas por gobiernos de factos y otros
constitucionales.

Pienso que es fundamental saber cómo y de
qué manera afecta a un país, quienes son los que
más sufren en estos momentos de crisis; no es justo que en
ocasiones el ser humano que viste un uniforme sea considerado un
sub-ciudadano sin derechos y sin beneficios que se amparan en la
constitución nacional
argentina.[2]

Por eso es necesario concientizarnos, que debemos hacer
valer nuestros derechos, y que se respete nuestra
dignidad.

También como integrante de gendarmería
nacional argentina, pienso que hoy en día la pobreza a la
que estamos sometidos todos los trabajadores es
insultante.

Introducción al
trabajo

En estos últimos días vimos con asombro, y
otros lo vivimos desde adentro, a el histórico reclamo
salarial de la de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA como así
también el de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA,
estos uniformados durante toda su historia institucional fueron y
son muy obedientes tanto las leyes como los reglamentos, llegaron
a este lugar de quiebre y sin retorno debido a la
aplicación de un decreto de él ministerio de
seguridad de la nacional argentina; este decreto eliminaba por
completo o suplementos no remunerativos (cobro en negro y sin
aportes) que eran esenciales para la supervivencia del personal y
sus familias; esto quedó manifestado cuando los
uniformados se acercaron a los cajeros a retirar sus sueldos y
vieron los descuentos generados por la aplicación de dicho
decreto aso la eliminación de los suplementos no
remunerativos con lo cual la escala salarial bajaba
increíblemente; esta situación era conocida de
antemano tanto por los altos jefe como por el estado nacional
debido que desde hace un año se venía trabajando en
la estructuración y la aplicación de la normativa
denigrante y que vulneraria del poder adquisitivo del personal en
actividad y retirado.[3]

Acaso el gobierno no pensó que esto era un
momento único en la historia, de inflexión y que la
presión generada tanto sobre los hombros de los
uniformados como su familia no degenerarían un reclamo
social.[4]

Acaso los grandes pensadores jurídicos que tiene
el gobierno no creyeron que el personal siempre obediente
reclamaría por algo que le corresponde y afecta a su
entorno más intimo

Éstas y otras preguntas quedaran sin respuesta
durante mucho tiempo debido a que nuestros gobiernos y sobre todo
nuestros jefes siempre tienen la mala costumbre de no responder
ninguna de las preguntas formuladas.[5]

Este reclamó salarial justo llevado
adelante por los uniformados, los que son tomados como sub
humanos gracias a tiempos pasados, demostró el
frágil equilibrio que tratan de ocultar con la punta del
dedo; esto dejó en claro que la convivencia de los
criminales tanto dentro como fuera del gobierno sigue siendo
igual que hace años y donde la corrupción y el
amiguismo solamente sigue siendo moneda corriente todos los
días.[6]

Planteamiento del
Problema

4.1 .Identificación del
Problema

Después de casi tres décadas de derechos
humanos: el país está sentado en una bomba social,
política y económica de tiempo.

En el país, las personas sufren de inseguridad,
injusticias e indignidad. La crisis económica mundial ha
creado más problemas de pobreza y desigualdad global. Esta
crisis ha causado que los derechos económicos y sociales
en nuestro país sean colocados en la oscuridad nuevamente.
En muchas partes del mundo personas sufren de faltas de
alimentos. El gobierno continúa usando el alimento los
planes sociales y la comida como armas políticas y los
derechos de personas que visten un uniforme son olvidados
mientras que abusos contra ellos ocurren diario.
[7]

4.2 Sistematización del
Problema

1-¿Que es la pobreza?

2-¿Qué tanto importa la de los integrantes
de la ffsss al país?

4-¿Cuales fueron las consecuencias que produjo
esta crisis?

5-¿Quiénes son los responsables,
realmente, de que se produzca una crisis?

6-¿Es preciso un nuevo modelo de
liderazgo?

7-¿Deben tomar nuevas medidas los dirigentes del
país?

8-¿En que consta el reclamo salarial de los
uniformados?

9-¿Qué países respaldaron este
documento?

10- ¿Cuales son las propuestas gubernamentales
para enfrentar la crisis?

4.3 Formulación del
Problema

Se debería dejar que los uniformados empobrecidos
por viejas tácticas de sometimiento se sindicalizaran?, se
deberían respetar todos los acuerdos firmados por la
argentina con la OIT?

5. Delimitación del
Objeto

El objeto de estudio del presente trabajo se centrara en
los graves problemas de derechos humanos como consecuencias de
una política segregacionista para con el personal
uniformado, como y a quienes afectan estos cambios
críticos.

5.1 Justificación

5.2 Justificación
Teórica

Las razones para investigar, exponer este tema, consiste
en la gran necesidad como sociedad de ver aplicar y respetar los
derechos humanos, sobre todo en el personal uniformado que
según el gobierno no tenemos derechos ni de reclamar y ni
de asociarnos libremente en un sindicato que defienda nuestros
derechos, por ende es una materia pendiente del estado para con
todo el país. [8]

5.3 Justificación
Metodológica

En esta investigación la información
será recolectada de fuentes primarias y secundarias, es
decir, de entrevistas y de algunos artículos
periodísticos, textos basados en el tema, críticas
y comentarios disponibles en Internet.

5.4 Justificación
Práctica

La presente monografía determinara en qué
consiste este problema, cuáles son sus causas y
consecuencias que llevaron a que el personal uniformado reclame
por un derecho justo. Y que granito de arena podemos aportar para
que nuestro país se encuentre en un futuro con la ansiada
reconciliación nacional tan necesaria.

6. Origen del Problema

Durante mucho tiempo, después de la
finalización del proceso militar (represión total)
el personal uniformado tanto de las fuerzas armadas como de
seguridad cargó con un estigma que no nos pertenece, la
mayoría de los cuadros hoy en día son todos hijos
de la democracia; educados en un ideal utópico de igualdad
y derechos; derechos que no quieren reconocer los funcionarios
públicos y muchos jefes, al entrar a una fuerza de
seguridad o armada la persona no pierde su dignidad, sufrimos ,
pensamos y lloramos como cualquier ser humano, esto acaecido con
paupérrimas condiciones laborables en todo el país
fueron el caldo de cultivo en donde el descontento y la no
comprensión de los problemas que afectaban al personal y a
su familia degeneró en un reclamo justo por una mejora
salarial.

También se demostrara como el personal que se
manifestó pacíficamente en ningún momento
trato desestabilizar las instituciones
gubernamentales.[9]

7. Antecedentes

No se han encontrado antecedentes sobre este
tema.

8. Originalidad del proyecto

El aporte específico de este trabajo radica en
informar sobre los graves problemas de derechos humanos que
suceden en momentos de crisis, quienes son las personas
más afectadas y de qué manera. Dar a conocer que la
crisis inscripción al ha creado más problemas de
pobreza y desigualdad .Sugerir posibles soluciones como tomar
nuevas medidas para evitar una crisis.

Además, mencionar los derechos que debemos hacer
respetar.

Desarrollo del
tema

9.1 Definición de
pobre
.[10]

Pobre es la persona que no puede procurarse
recursos suficientes para llevar a cabo una vida
mínimamente decorosa de acuerdo con los niveles
predominantes en la sociedad a la que pertenece. Los pobres
quedan al margen del proceso de modernización, por ejemplo
de la capacitación que exige el mercado laboral. En
nuestro país crece el PBI pero aumenta la pobreza. Esto
trae aparejado sociedades duales, con iniquidad en el reparto de
la pobreza. Es posible diferenciar entre pobres estructurales
(históricos) que no logran satisfacer las necesidades
básicas y los pobres pauperizados (integrantes de fuerzas
de seguridad y armadas), que pueden satisfacer las necesidades
básicas cada vez con más dificultad. En la
Argentina los pobres estructurales continúan viviendo en
asentamientos marginales, villas miseria, conventillos, debajo de
los puentes, casas tomadas, etc.

Por su parte un gran números de
pobres pauperizados han pertenecidos a la clase media. En estos
casos, es menos agresiva la pobreza porque muchos mantienen, por
un tiempo la prácticas de vida que tenían
antes.

El concepto pobreza es un concepto
multidimensional; no atiende solo aspectos económicos,
sino que también incluye aspectos no materiales y
ambientales. Implican no tener la oportunidad de vivir una vida
larga, sana, creativa y disfrutar de libertad, dignidad, respeto
por sí mismo y de los demás. A la pobreza
también se la puede definir como la situación que
afecta a las personas que carecen de lo necesario para el
sustento de sus vidas, es decir, que no pueden satisfacer sus
necesidades básicas primordiales.
[11]

Es importante tener en cuenta que la
pobreza está referida a las pautas vigentes en una
determinada sociedad; por ello la condición de pobre
cambia de un país al otro, por lo cual la pobreza puede
ser clasificada bajo diferentes aspectos:

9.2. Tipos de Pobreza:
[12]

Pobreza humana: carencia de las capacidades
humanas esenciales, como la alfabetización y una
nutrición suficiente.

Pobreza de ingreso: falta de ingresos o de
capacidad para realizar gastos mínimamente
suficientes.

Pobreza extrema: indigencia o miseria,
entendida como incapacidad de atender las necesidades
alimentarias mínimas.

Pobreza general: nivel menos grave de
pobreza, entendido como incapacidad de atender las necesidades
alimentarias y no alimentarias esenciales.

Pobreza relativa: Pobreza definida de
acuerdo con criterios que pueden variar según los
países y a lo largo del tiempo. Un ejemplo sería el
umbral de pobreza fijado a la mitad del ingreso medio por
habitante. El umbral puede subir si se aumentan los
ingresos.

Pobreza absoluta: pobreza definida de
acuerdo con un criterio fijo. Un ejemplo sería el umbral
internacional de pobreza fijado en 1 dólar
diario.

9.3. La pobreza desde las fuerzas de
seguridad.

Con la aplicación del decreto del
ministerio de seguridad, la pobreza generada por la
pauperización de la clase trabajadora (media)
generó y generará graves distorsiones tanto social
como lo económico, debido a que el personal uniformado
deberá conseguir otro trabajo para poder subsanar sus
deficiencias económicas, aparejado con el problema de la
falta de unidad familiar, problemas sociológicos y
psicológicos en el seno familiar (drogadicción,
depresión, suicidios).

Esta situaciones tan bien documentadas,
fueron advertidas hace mucho tiempo por el personal subalterno a
sus superiores, también se pudo ver en casos de
uniformados que se quitaron la vida al no poder conseguir llegar
con sus obligaciones financieras, familias que fueron separadas y
viven a miles de kilómetros de
distancia.[13]

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9.4.Como afecta este decreto al salario
minino
[14]

El salario mínimo en la
mayoría de los países de latino americe
frecuentemente permanece en un nivel cercano al 40% del sueldo
promedio. Esto debe ser considerado como una referencia al
considerar el nivel ideal de salario mínimo. El salario
mínimo por otro lado, también se ve afecto por la
inflación, por lo que debe considerarse también que
el IPC realmente refleje los precios del consumidor promedio, sin
que esto subestime el aumento del valor de los bienes y servicios
consumidos por los que ganan el salario mínimo, pues ellos
gastan una mayor proporción de su salario en alimento.
Para que el salario mínimo sea reforzado, por otro lado,
debe haber fiscalización.

Se ha estimado que en América
latina, entre el 20% y el 45% de los trabajadores ganan menos del
sueldo mínimo. Al sueldo mínimo, además, le
debe acompañar la promoción de la
negociación colectiva y la libertad de asociación.
Para esto, debe promoverse la negociación colectiva y
prevenirse de este modo, mayores deterioros en la
participación del salario y un aumento de la desigualdad
salarial.

Una pregunta frecuente respecto al salario
mínimo, además de su nivel de poder adquisitivo y
la capacidad de compra de la canasta básica, es su
cobertura. Esta depende, entre otros factores, del nivel que fija
la política de salarios mínimos, de su
relación con otros salarios relevantes del mercado
laboral, así como de la capacidad administrativa de los
gobiernos para lograr que las empresas cubiertas por la
legislación acaten esta norma salarial.

Los gobiernos deben estar preparados
administrativamente para poder fijar un sueldo mínimo
competente a nivel mundial, y así los países de
Latino América puedan dar a su población una buena
calidad de vida, y de esta manera evitar la pobreza

VISION PANORAMICA A NIVEL
NACIONAL.-

El Salario Mínimo en el país,
como término utilizado a nivel internacional por la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), tiene la
denominación de Remuneración Mínima Vital
(RMV). La RMV es la remuneración mínima mensual que
debe percibir un trabajador por una jornada de ocho horas de
trabajo).

En concordancia con un estudio realizado,
desde enero del 2008 argentina no ha reajustado el salario
mínimo, y más bien se ha producido un deterioro en
sus niveles reales y de acuerdo a las
estadísticas,

De acuerdo como la OIT, presenta en
argentina con sus estadísticas, nuestro país se
encuentra en el último lugar entre los países de
América Latina en tener, el sueldo mínimo mas bajo
el, al cual ya no se le puede denominar de esa manera, los cuales
no son suficientes para cubrir necesidades de las familias
argentinas, y sobre todo afecta a las familias menos favorecidas
de nuestro país, la personas de condición humilde,
que tiene que mantener a padres y hermanos en otras
provincias

Durante el periodo de crisis del 2003
predomino el ajuste cauteloso de los salarios mínimos
respecto de la inflación pasada

-CARACTERISTICAS DEL SUELDO MINIMO
según el poder ejecutivo
nacional.-
[15]

Son las siguientes:-

1.- Periodicidad: Esta la
revisión que debería realizarse por lo menos
anualmente.

2.- Generalidad: Como generalidad
debe entenderse aquella característica que obliga a fijar
un salario mínimo.

3.- Uniformidad: Significa que el
salario mínimo debe ser similar para todas las personas
que desarrollen la misma labor.

4.- Garantía mínima:
La figura del salario mínimo como su nombre lo
indica,

Constituye una garantía
mínima establecida en la constitución
política.

5.- Obligatoriedad: El salario
mínimo puede considerarse de carácter obligatorio,
desde dos puntos de vista:

  • a) Obligatoriedad en su
    fijación y revisión:
    Se revisan
    periódicamente los salarios mínimos vigentes
    por medio de las Comisiones Paritarias de Salarios
    Mínimos.

b) Obligatoriedad para el patrono y los
trabajadores
: El patrono tiene la obligación de pagar
al trabajador el salario mínimo estipulado en la
ley.

Atendiendo la regulación contenida
en el Código de Trabajo, se podrían resumir las
características del salario mínimo de la manera
siguiente:

a. Es creado por medio de un sistema de
determinación legal.

b. No permite estipulación inferior
al mínimo determinado.

c. Es de fijación
periódica.

d. Tiende a cubrir necesidades normales del
trabajador y su familia.

e. Modifica automáticamente todos
los contratos individuales y colectivos de trabajo.

f. Se rige por factores externos (capacidad
de la empresa, condiciones de vida de determinada región,
etc.).

Una de las mas representes que se destaca
viene a ser que se debe revisar periódicamente el sueldo
mínimo para compensarlo cuando se produzca una
inflación y así de esta manera, poder enfrentar una
crisis económica la cual es devastadora, esta
característica es muy importante por lo que así
podemos prever para hacer frente a los problemas
económicos que se presenten en los años posteriores
y no dejar que halla en el país un caos y no permitir
también que afecte a los hogares y sobre todo a de
aquellas de familias menos favorecidas.

Tenemos también
características a partir de dos puntos de
vista:-

Desde un punto de vista social, la
remuneración mínima se justifica por su forma
eficaz de crear ciertas condiciones laborales aceptables para
diferentes grupos sociales vulnerables, en un contexto de
economía de mercado. Se busca proteger a los sectores en
condiciones de empleo precario dentro de los asalariados y otros
grupos minoritarios.[16]

Desde el punto de vista
económico
, tales intervenciones contribuirían a
que el capital humano no se vea afectado por el menor acceso a la
educación, redundando en menores niveles de productividad
y reduciendo las oportunidades de crecimiento de la
economía en su totalidad. Dado el estado de desarrollo de
la ciencia económica, no se tiene una teoría de la
remuneración mínima, que sea aceptable por quienes
ven en los modelos de la teoría estándar, problemas
para determinar el sentido y la magnitud de sus
efectos.

Con la aplicación del decreto se
vería una vuelta del sueldo neto en mano a la época
del 1998, cosa que afectaría de manera directa en el
bolsillo del uniformando y por ende en su desepeñeo
profesional al momento de actuar.

El mencionado decreto genera una merma del
70 por ciento en los sueldos, de allí que se iniciara la
protesta y se tomara la decisión de no retirar los sueldos
hasta se resuelva la situación, de este modo el personal
de la diferentes reparticiones del estado el sábado por la
noche fueron al banco central a destrabar el dinero de las cajas
de ahorro de los sueldos, ante un temor injustificado de un golpe
de estado, nada más alejado de la
realidad.…[17]

Las condiciones
que llevaron a la pobreza en las FFSS

10.1 la
historia[18]

Desde la llegada de la democracia en el
año 1983, la ley para con el personal uniformado de
cualquier fuerza fue un poco ambigua y hasta discriminativa, se
desengancho de la ley de sueldo del poder judicial , y se crearon
diversos decretos para compensar los malogrados sueldos (todos en
negro y no remunerativos), en los prodigiosos 90 el doctor
domingo CAVALLO dedujo que el aumento salarial para las fuerzas
armadas y de seguridad no era necesario y por ende genero mas
decretos que solo aumentaron la brecha entre lo que
tendría que cobrar un empleado civil y un uniformado, esto
se agudizo notablemente en la década de inicio de siglo,
en donde solo las fuerzas de seguridad estuvieron en el
restablecimiento del orden a nivel nacional con la consabida
renuncia del doctor de la rúa.

Ya en el año 2003 la vuelta a la
institucionalidad pudo dar paso a la esperanza de poder tener un
sueldo digno, pero los entonces mandatarios ratificaron los
decretos en el 2005 y seguíamos sin una ley de sueldo
actualizado, o con un mecanismo de liquidación
estandarizado y claro.

Esto llevo a que algunos vivos generaran
una pequeña pero lucrativa industria del juicio en
complicidad con agentes de justicia y porque no decirlo del mismo
gobierno de turno que con eso solo generaba más pobreza y
se dejaba la solución del problema de lado, con los
ajustes por falta de liquidez en el ejecutivo comenzaron los
recortes, pero claro "el hilo se corto por lo más
fino".

Soluciones y
propuestas

Las soluciones impuestas por el ejecutivo no generaron
el efecto deseado en los integrantes de las ffss, debido a que se
sigue con la aplicación del mencionado decreto, no se
respeta ningún punto del petitorio entregado al vice
ministro BERNI, peor se avanza sobre el personal tomando medidas
disciplinarias y administrativas,

Esto solo lleva demostrar lo que anteriormente plateaba
en la introducción la dignidad y los derechos humanos y
constitucionales no aplican al personal uniformado.

Como no hubo nunca una propuesta de dialogo no se pudo
ejercer el derecho de un negociación justa

Monografias.com

11.1 la importancia de las medidas adoptadas

Esto dejo entrever el odio visceral de
parte del elenco político hacia la tropa que da seguridad
en el conurbano bonaerense y en el país, también
quedo demostrado mediante el apoyo de la ciudadanía en su
conjunto de todo el país y del extranjero (como el
presidente de sindicatos de policía de Australia, de
Alemania y de las guardia civil española por nombrar
algunos), demostró que estábamos en la senda
correcta y justa, esto acaso demostró que ellos son los
buenos y nosotros los malos? Solamente demostró que las
políticas tanto sociales[19]cono de
seguridad no son las correctas, y un amplio sector de la
población vio como su seguridad aumento con la presencia
de los uniformados salga a apoyar el
reclamo.[20]

11.2 sindicalización de las
fss[21]

Según la OIT todo trabajador debe poder
asociarse y unirse libremente a un sindicato, en ningún
lugar deja expresamente nada aclarado sobre las ffss, En realidad
las
normas de la OIT dan libertad a sus miembros sobre la
sindicalización de las fuerzas de seguridad
, como lo
dice el artículo 9 del convenio sobre la libertad
sindical: "La legislación nacional deberá
determinar hasta qué punto se aplicarán a las
fuerzas armadas y a la policía las garantías
previstas por el presente Convenio."[22]Entonces
ante tan importante debate, hemos de dar algunos conceptos
generales sobre los derechos derivados de la libertad sindical, y
referenciar los compromisos internacionales asumidos por nuestro
país sobre el tema y el estado de la legislación
argentina al respecto, para luego sacar algunas
conclusiones.11.3. Derechos derivados de la libertad
sindical
Tradicionalmente se distinguen dos partes dentro del
Derecho del Trabajo: el derecho individual del trabajo (que se
refiere a la relación contractual del empleador con uno o
varios trabajadores) y el derecho colectivo del trabajo (que
surge como consecuencia de la existencia de grupos sindicales que
representan los intereses de los trabajadores y de los
empleadores).

El contenido del derecho colectivo
comprende tres aspectos: lo atinente a
la organización
sindical; la negociación y convención colectiva de
trabajo, y los conflictos colectivos del trabajo, y se
señalan como fuentes del derecho colectivo de nuestro
país a la Constitución Nacional (Art. 14 y 14 bis,
y reforma constitucional de 1994); las leyes específicas,
decretos reglamentarios, los convenios internacionales (en
especial el convenio 87 de la OIT); los convenios colectivos y
las resoluciones administrativas.

El Art. 2 del convenio Nº 87,
dispone que "los trabajadores y los empleadores, sin ninguna
distinción y sin autorización previa, tienen el
derecho de constituir
organizaciones de su elección,
así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la
sola condición de conformarse a los estatutos de las
mismas". De la norma surge el derecho a la libre
constitución de las organizaciones sindicales y los
beneficiarios de este derecho son todos los trabajadores sin
ninguna distinción.Sin embargo, el art. 9.1 del convenio
Nº 87 de la OIT admite la posibilidad de que se limite el
derecho de sindicación a los miembros de la policía
y de las fuerza armadas; lo que, en opinión del
Comité de libertad sindical, "no debe llevar a considerar
como contrario al mismo convenio el que la legislación de
un Estado limite o excluya los derechos sindicales de las fuerzas
armadas o de la policía, cuestión ésta que
ha sido dejada a la apreciación de los Estados miembros de
la OIT" .

11.4Tratados de derechos humanos
incorporados a la Constitución
En algunos de dichos
instrumentos internacionales que forman parte desde la reforma de
1994 de nuestra Constitución, se alude al derecho de los
trabajadores de fundar sindicatos o de sindicarse para la defensa
de sus intereses (Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del
hombre: (Bogotá, 1948): Art. XXII;
Declaración Universal de Derechos Humanos (N.U., 1948).
Art. 23; Convención internacional sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación
racial (Nueva York, 1966). Art. 5); en otros, además de
ese reconocimiento, se admite la posibilidad que los Estados
introduzcan restricciones legales a tales derechos cuando se
trate de miembros de la policía o de las fuerzas armadas
(Convención Americana sobre Derechos Humanos (San
José, Costa Rica, 1969): Art. 16; Pacto internacional de
Derecho Económicos, Sociales y Culturales. (Nueva York,
1966). Art. 8; Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (Nueva York, 1966). Art. 22).Teniendo en cuenta
lo brevemente expuesto, podemos adelantar las conclusiones
siguientes:[23]

1.- Tanto el convenio de la OIT Nº
87 (de libertad sindical y protección del derecho de
sindicalización) como los demás
tratados
internacionales señalados, que integran el plexo normativo
de nuestro país, teniendo en cuenta lo establecido por el
Art. 75, Inc. 22 de la C.N., no prohíben el derecho
colectivo de sindicalización de las fuerzas de seguridad,
pero dejan a la apreciación de cada Estado miembro que
legisle la manera y forma de ejercicio de tal derecho, en la
medida que lo consideren conveniente su legislación. La
privación del derecho de sindicalización (y
consecuentemente de negociación colectiva y huelga) no
resulta violatorio a ninguno de los instrumentos internacionales
reseñados.

2.- En nuestro país no existe
legislación específica sobre el derecho de
sindicalización de las fuerzas de seguridad, motivo por el
cual, no resulta de aplicación la legislación
nacional (Art. 14 bis de la CN, ley sindical 23.551, leyes de
negociación colectiva Nº 14.250 y Nº 24.185) ni
los mencionados convenios y tratados
internacionales.

3.- A modo de ejemplo sobre el tema,
recordamos una queja planteada contra el Gobierno de la Argentina
ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT, por el
Sindicato Policial
Buenos Aires (Sipoba) y la Federación
de Sindicatos Policiales y Penitenciarios (Fasipp), en el
año 2002, por denegación de reconocimiento sindical
por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación, la cual,
no tuvo acogida por el Organismo Internacional en base a lo
expresado por el Art. 9 del Convenio Nº 87.

4.- Frente a lo expuesto, consideramos,
que la única vía legítima para que las
fuerzas de seguridad puedan acceder al reconocimiento de los
derechos colectivos de trabajo (sindicalización,
negociación colectiva y huelga) es por una ley del
Congreso, que demandará un amplio debate público y
parlamentario. En definitiva, se requerirá de una
normativa específica que contemple dichos derechos con las
limitaciones propias que exigen las particularidades de las
funciones públicas que le competen (seguridad nacional y
orden público). [24]

Conclusión

Todo cuanto se pueda decir sobre el tema de
la declaración de las irregularidades en la falta de un
sueldo digno y de una capacidad de desarrollarse tanto como
persona ,como funcionario encargado de hacer cumplir la ley ,
esto solamente demuestra que tanto el gobierno como algunos
sectores acomodados de la sociedad pensaron que esto era el
inicio de los nuevos años de plomo, nada mas irrisorio,
también demuestra las flaquezas en el sistema que somete
al trabajador de las seguridad pública a un indigencia
solapada con palabras vacías como honor , obediencia y
rectitud.

Mucha agua corrió bajo el puente con
el reclamo salarial de la gendarmería, se nos acuso de
abandonar nuestros puestos de romper la cadena de mandos, todas
mentiras si en el momento de nuestra forma pacífica de
reclamar con nuestras familias estábamos cumpliendo las
ordenes en controlar un piquete, porque mal que lo digan muchos
nosotros si somos profesionales y cumplimos con nuestro deber
hasta perder la vida.[25]

Hoy el tan mentado prestigio de la
gendarmería y de la prefectura que el cuerpo de
suboficiales supo conseguir se hecho al piso y pisoteado fue por
culpa de los llamados elegidos señores oficiales, esto
solo demuestra la falta de capacidad tanto para gestionar el
bienestar de los integrantes de la fuerza y la negligencia de los
cuadros superiores que no evoluciona en el trato y la doctrina,
señores no estamos más en los años 20 o 50
en donde el suboficial es un bruto sin saber leer o escribir, hoy
en día los señores suboficiales son todos
universitarios (muy que le pese esa es la verdad),por eso
esperemos que la dignidad y no la pobreza de ideas sean la vuelta
de página de este estado de incertidumbre

Bibliografía
utilizada

Dicionario enciclopedico, planeta agostini
edición 2004

Ley de gendarmería nacional
argentina.

Reglamento de justicia militar para
gendarmería nacional argentina

Ordenes espaciales para gendarmería
nacional argentina

Directivas públicas para
gendarmería nacional argentina

Convenio de argentina con la
OIT.

Estatuto del sindicato de guardias civiles
de España

Orden especial de la confederación
de sindicatos de la policía nacional y municipal de
Alemania

Carta de constitución del sindicato
de policía de new york

Estatuto del sindicato de profesionales de
la seguridad de la gendarmería nacional turca

14. Fuentes primarias:

14.1 Entrevistas:

Señor Raúl maza

Señor adrian Quispe

Señor Alejandro
masenazaco

Señorita Laura
estigarribia

Señor cura capellán de la
región uno campo de mayo presbitero Rizzo

Presencia en el reclamo
salarial.

16. Fuentes secundarias.

Fuentes de internet.

 

 

Autor:

Cacho

CARRERA:

LIC. EN RELACIONES
INTERNACIONALES

UNIDAD DE GESTION

[1]
http://www.diariojujuy.com/contenidos/index.php?option=com_content&view=article&id=16189%3Areclamo-por-el-bajo-salario-de-los-gendarmes&catid=13%3Adestacadas&Itemid=1;
http://www.youtube.com/watch?v=0iaN2-wZLjs&feature=related

[2]
http://plumaderecha.blogspot.com.ar/2012/06/el-sueldo-de-los-gendarmes.html,
y recibos de sueldos propios.

[3]
http://foro.seprin.com/showthread.php?64583-problem%C3%A1tica-salarial-y-previsional-de-las-Fuerzas-de-Seguridad-Resoluci%C3%B3n-N%C2%BA-1066

[4]
http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/index.castle?s=1&fea=01/10/2012

[5]
http://www.youtube.com/watch?v=8qe9nQzVfJA&feature=related

[6]
http://www.consulex.com.ar/Legislacion/Leyes/L0019349.htm

[7]
http://www.treslineas.com.ar/tras-protesta-denuncian-persecucion-amenazas-agrupacion-gendarmeria-n-725587.html

[8]
http://www.seprin.com/2012/10/09/conflicto-con-prefectura-y-gendarmeria-el-gobierno-no-cede-y-busca-el-desgaste/

[9]
http://www.youtube.com/watch?v=AhSpqDXtN5w&feature=related

[10] Diccionario enciclopédico planeta
agostini

[11] Modulo de materia.

[12] Modulo de materia

[13] Modulo de materia

[14] Ley de sueldos para personal de fuerzas
armadas nunca reglamentado y puesto en vigencia

[15] Ley de sueldos para personal de fuerzas
armadas nunca reglamentado y puesto en vigencia

[16] Ley de sueldos para personal de fuerzas
armadas nunca reglamentado y puesto en vigencia

[17]
http://www.lanacion.com.ar/1513638-el-decreto-de-garre-que-provoco-el-conflicto

[18]
http://revistaidayvuelta.blogspot.com.ar/2012/10/de-prefectos-y-gendarmes-o-desde.html

[19]
http://www.youtube.com/watch?v=w_cTAU2YRDE&feature=relmfu

[20]
http://www.enlacecritico.com/zdestacados/unidos-y-organizados-por-la-democracia

[21]
http://www.ilo.org/declaration/principles/freedomofassociation/lang–es/index.htm

[22]
http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/index.castle?s=1&fea=01/10/2012

[23]
http://www.apohede.com.ar/proyectonioli.htm

[24]
http://www.lapoliticaonline.com/noticias/val/85811/%E2%80%9Cprefectura-y-gendarmeria-deberian-tener-su-sindicato.html

[25]
http://www.larazon.com.ar/actualidad/Pese-Gendarmeria-controla-autopista-Riccheri_0_393300177.html

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