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La encomienda de Cajamarca: apuntes para su historia



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Concepto y definición de
    encomienda
  3. El
    inicio de la encomienda en el Perú
  4. Lo
    acontecido en Cajamarca
  5. Reflexiones finales
  6. Lista
    de referencias

Introducción

El artículo trata de la encomienda
de Cajamarca, de sus orígenes, sus territorios y sus
encomenderos. Es un artículo tipo monográfico e
introductorio que pretende servir como punto de partida para todo
aquel que desee conocer un poco de la historia de Cajamarca. Por
ello se presenta como una compilación y resumen de lo que
han escrito grandes historiadores.

Notamos que si bien la encomienda es una
institución que se extenderá durante más de
doscientos años, su época inicial es importante por
todos los cambios acaecidos en la sociedad de aquel entonces. En
verdad, aunque los años siguientes de la historia
cajamarquina podrían formar parte de estudios del
corregimiento o, de forma general, de la colonia, esto
no debe motivar a que se descuide el estudio propio de esta
institución que estuvo presente en todas aquellas
épocas.

Consideramos que la encomienda
cajamarquina,
como tal, es poco estudiada en nuestros
días, pese a que debería merecer mayor
atención por parte de historiadores, no sólo
locales sino de todo aquel que se encuentre interesado en conocer
el impacto que ocasionó un cambio tan abrupto como el
sufrido en aquel entonces. Si bien reconocemos que en más
de un trabajo se alude a esta encomienda, no existe un estudio
dedicado exclusivamente a ella. Así pues, podemos
conocerla gracias a los datos biográficos de su primer
encomendero, Melchor Verdugo, en donde resaltan los estudios de
Fernando Silva Santisteban (1957), de José Antonio del
Busto (1986, 2011)[1] y el de Lockhart (1987). Por
otro lado, también es mencionada por Waldemar Espinoza
Soriano (1967, 1986a, 1986b) en su afán por reconstruir la
organización social pre-inca de esta zona. A la encomienda
además se la menciona cuando se estudian los obrajes en
Cajamarca (Silva Santisteban 1986a, 2000), el papel de sus
curacas (Remy 2011), su corregimiento (Pereyra Plasencia 1996),
la educación colonial (Sarmiento Gutiérrez 2010); y
claro, tiene que estar presente cuando se escribe sobre la
historia de Cajamarca en general (Chávez Aliaga 1958,
Villanueva Urteaga 1975, Sarmiento Gutiérrez y Ravines
Sánchez 2004, Sarmiento Gutiérrez 2005). Sin
embargo, estoy seguro de que si sumamos todas las páginas
dedicadas a ella no llegarán a pasar de medio centenar;
aunado a esto hay que tener en consideración que mucha de
la información se irá repitiendo
(desafortunadamente muchas veces sin citar la fuente original).
Por ello es factible sostener que hasta nuestros días, el
conocimiento que tenemos sobre esta etapa de Cajamarca es en
verdad exigua.

Como se manifestó al inicio, en esta
oportunidad sólo podemos presentar lo existente, lo ya
escrito. Esperamos que esto sirva para que el lector se sienta
motivado en conocer más, para lo cual puede partir
revisando los textos acá citados. También, si es
que lo deseara, podría emprender una propia
investigación que permitiera reconstruir el funcionamiento
de esta institución en Cajamarca. Es cierto que no
sería una tarea fácil, pues para hacer dicha
reconstrucción se necesitaría revisar todos los
documentos de aquella época, con la esperanza de encontrar
algunos datos que nos permitan conocer su sociedad, su forma de
vida, sus leyes, sus pleitos y la forma de resolverlos en los
tribunales[2]Es un trabajo difícil, pero
toda investigación que valga lo es.

Concepto y
definición de encomienda

Para esclarecer el concepto de encomienda
se ha optado por partir de una definición jurídica,
por cuanto estaba regulada por el derecho de aquel entonces. No
obstante, por motivos que expondremos luego, no nos conformaremos
únicamente con ella pues también veremos la forma
en que se presentaba en la realidad social de la
época.

Recordemos que en el tiempo de la conquista
de América existían documentos legales de diversa
índole, de todos ellos sobresalen las
Recopilaciones. Estas últimas, tal y como su
nombre lo indica, reunían de forma ordenada un conjunto de
leyes dadas en un período. Así pues, las creadas
para regular esta parte del mundo español se llamaron
Recopilación de Leyes de los Reynos de las
Indias
.

Esta Recopilación fue
realizada inicialmente por Rodrigo de Aguiar y Acuña y,
más tarde, por Juan Solórzano Pereira. Sin embargo,
antes de su promulgación eventual en 1681, fue editada y
abreviada por Fernando Jiménez Paniagua. Se trata de la
más completa compilación de leyes destinadas a
regular las colonias y otorgarles un tratamiento humano a los
indios (Encyclopædia Britannica Online, s.v.
"Indies, Laws of the"
http://geoanalyzer.britannica.com/ebc/article-9042315 [consultada
el 09 de septiembre 2012]). Si bien es cierto que la
recopilación se publicaría en 1681; en
ella, precisamente por tratarse de una compilación, se
pueden encontrar leyes dadas desde el siglo XVI. Así pues,
la principal ley dada para regular a la encomienda, según
se puede leer en su anotación marginal, fue
proveída inicialmente por Fernando V en 1509 y luego
modificada por Felipe II en 1580 (ver la imagen 1). De ahí
que Hampe Martinez manifieste que "la forma típica de la
encomienda del siglo XVI quedó configurada a través
de un documento fundamental, la real provisión de 26 de
mayo de 1536" (1994, 70).

Imagen 1: Parte del titulo ocho de la
Recopilación de Leyes de los Reinos de las
Indias

Monografias.com

Fuente: Congreso del
Perú

En esta compilación,
específicamente en el título ocho del libro sexto,
podemos encontrar las normas que sirvieron para regular la
encomienda (ver la imagen 1). En la ley primera se
lee:

"luego que se haya hecho la pacificacion, y
sean los naturales reducidos á nuestra obediencia, como
está ordenado por las leyes, que de esto tratan, el
Adelantado, Governador, ó Pacificador, en quien esta
facultad resida, reparta los Indios entre los pobladores, para
que cada vno se encargue de los ´q fueren de su
repartimiento, y los defienda, y ampare, proveyendo Ministro, que
les enseñe la Doctrina Christiana, y administre los
Sacramentos, guardando nuestro Patronazgo, y enseñe
á vivir en policia, haziendo lo demás, que
están obligados los Encomenderos en sus repartimentos,
según se dispone en las leyes deste libro".

Estamos convencidos de que las
reglamentaciones jurídicas son capaces de darnos solamente
alguna noción de lo que ocurría en esa
época, de ahí que sería una mala idea si nos
basarnos únicamente en ellas, pues nos limitarían
la noción de lo que realmente ocurrió. No obstante,
conocer la regulación jurídica de aquel entonces es
útil como un primer acercamiento, pues nos permite conocer
la mentalidad de la época. Comentando las disposiciones
legales, el jurista Juan de Solórzano Pereira, define a la
encomienda del modo siguiente:

"vn derecho concedido por merced real, a
los Beneméritos de las Indias, para percibir i cobrar para
si los tributos de los Indios q se les encomendaren por su vida,
i la de un heredero, conforme a la ley de la sucesión, con
cargo de cuidar del bien de los indios en lo espiritual, i
temporal, i de habitar, i defender las Provincias dondefueren
encomendados, i hazer de cumplir todo esto, omenage, ó
juramento particular". (Solórzano Pereira 1648,
258)

Como lo manifestamos antes, es importante
no olvidar que "las ideas de la corona variaron de un
príncipe a otro; inclusive, de un año a otro,
porque los reyes se cuidaron mucho de adoptar disposiciones
arbitrarias que pudiesen dañar a los indios" (Puentes
1986, 206). Sin embargo, no es lo único a tener en cuenta
pues Lockhart es contundente cuando afirma que "la
legislación real fue aparatosamente derrotada, y los
encomenderos peruanos siguieron siendo, hasta 1560 e incluso
después, poco menos que los dueños absolutos de sus
encomiendas, y hacían uso de sus indígenas para
todo tipo de servicios personales" (1982, 26).

Notamos que, si bien es cierto, las
concepciones jurídicas son útiles, no son
suficientes para conocer una realidad social a plenitud. Esto
ocurre pues las leyes suelen, en su mayor parte, transmitir
buenos deseos de lo que debiera ser y no de lo que en
verdad es[3]En ese sentido se pronuncia
Torres Saldamando cuando afirma, sobre las leyes de aquel
entonces: "si hoy estuviera en vigor la legislación que
debió regirlas y se cumpliera con estrictez,
nuestros indígenas no, [sic] habrían llegado al
estado de abatimiento y degradación en que se encuentran"
(1967, 93-94. Las cursivas son nuestras). Es decir, que las leyes
dadas por la Corona en aquellas épocas eran mejores para
los indígenas que las que luego se darían en la
República, pero —siempre hay un pero en la historia
peruana— el autor hace notar la necesidad de que no sean
únicamente una declaración formal en el texto sino
que deben cumplirse en la realidad.

Por lo que se viene manifestando, no hay
que conformarnos con las prescripciones jurídicas, por el
contrario, debemos ver la forma en que se llevaron a la
práctica. En este sentido, una descripción
más amplia nos la da Espinosa Soriano, para él, la
encomienda era el otorgamiento de

"… centenares y a veces hasta miles de
hombres que debían pagar tributo y prestar servicios
personales a un determinado español que recibía el
nombre de encomendero, que percibía en compensación
a los gastos realizados por él durante el descubrimiento,
invasión y conquista del Perú. El encomendero, en
correspondencia debía, a su vez, velar por el buen
tratamiento y adoctrinamiento católico de sus
encomendados. O sea que la encomienda incluía dos
derechos: 1° imponer o percibir tributos de los habitantes de
una o más parcialidades; y 2° gozar de
prestación de servicios personales obligatorios,
principalmente como trabajadores en el campo y en los hogares."
(Espinoza Soriano 1984, 134 y 135)

Esta última descripción de la
encomienda puede ser un acercamiento real de lo que en verdad
fue; sin embargo debe ser entendida conjuntamente con esta otra:
"fue el instrumento fundamental para la explotación
española de la mano de obra y la producción
indígenas durante el periodo de la conquista" (Lockhart
1982, 20). Por ello, en páginas siguientes de su
artículo, Espinosa Soriano (1984,136) hará notar
que si bien la encomienda perseguía una finalidad
filantrópica, en verdad resultó funcionando como
una modalidad de explotación y servidumbre. Aún
más, en el siglo XVII se convirtieron en "una simple
sesión de tributos debidos al monarca por los vasallos
indios [… y] se han constituido en un medio más a
disposición del monarca para obtener recursos
económicos y para premiar a quienes considerarse oportuno"
(Hampe y De la Puente Brunke 1986, 86 y 96).

El inicio de la
encomienda en el Perú

La encomienda aparece en España y
llega a América con Cristóbal Colón, quien
la implanta por primera vez en la isla La Española (Burga
1976, 70). Todo indica que la encomienda que llega a
América tuvo sus orígenes en la encomienda de
beneficios
, institución religiosa que, con el
surgimiento de las Ordenes de Caballería, daría
origen a una nueva forma de encomiendas (Cfr. Enciclopedia
Universal Ilustrada Europeo-Americana. s.v. Encomienda).
Recordemos también que luego de producida la reconquista
del territorio español se nombraban gobernadores a los
jefes militares que contribuyeron en ello. A ellos también
se les encomendaba a los moros que permanecían en su
territorio con la finalidad de que se los adoctrinara en la fe
cristiana. Dichas encomiendas eran hereditarias indefinidamente
(Roel 1970, 89).

La encomienda en América se la puede
dividir en tres momentos: la antillana, la mexicana y la peruana.
La encomienda peruana a su vez se la puede dividir en tres
más: la pizarrista, la lagasquiana y la encomienda
toledana (Hampe 1982, Del Busto 2011); o en seis: preliminar, de
las leyes nuevas y sus consecuencias, la derogación de las
nuevas leyes y pacificación del Perú, perpetuidad,
reglamentación y últimos tiempos de la encomienda
(Belaunde Guinassi 1945). Remy (2011, 25-27) hace una
división de la encomienda basándose en el tributo
indígena, motivo por el cual considera que la forma
antillana estuvo presente en el Perú hasta las reformas de
La Gasca, y que luego esto cambiaría con lo impuesto por
Toledo. En el cuadro 1 presentamos una comparación entre
estas clasificaciones.

Cuadro 1: Comparación de los
períodos de la encomienda peruana

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En el Perú, su origen se remonta al
año 1534, cuando Pizarro las distribuyó "en calidad
de "deposito" y no de propiedad definitiva" (Burga 1976, 71).
Sucedió que el 23 de mayo de 1534, encontrándose
Pizarro en el Cuzco se entera de que el Consejo de Indias le
impedía repartir encomiendas, lo que ocasionó un
disgusto general por parte de los soldados; quienes, al no
soportar más esta decisión que consideraban
injusta, "por medio del cabildo, el 27 de junio requirieron al
Gobernador que repartiera los indios de la tierra" (Del Busto
2001, 2:243). Sin embargo, Pizarro, al no tener claros los
poderes que le daba la Capitulación de Toledo y al querer
contentar a los soldados "empezó a señalar los
primeros "depósitos" de indios a los conquistadores
más antiguos. Esto fue entre agosto y septiembre de 1534"
(Del Busto 2001, 2:243).

La fecha de extinción formal de las
encomiendas es la de 1721; sin embargo, desde inicios del siglo
XVIII ya se discutía su pertinencia. Es así que el
23 de noviembre de 1718 se firma la orden real que declara su
extinción, en ella se lee que:

"Habiéndose experimentado que de
muchos años a esta parte, es poco o ninguno el fruto que
produce el premio que mi real liberalidad señaló a
los conquistadores de indios gentiles de la América y
pobladores de aquellas provincias en las encomiendas […]
he resuelto: que todas las encomiendas de Indias que se hallaren
vacas, o sin confirmar, y las que en adelante vacaren, se
incorporen a mi Real Hacienda…" (En Roel 1970,
273)

Notamos que las causas de la
extinción de la encomienda no fueron humanitarias, pues
según se lee en la orden real, primaron las razones
económicas. Por otro lado, la encomienda de Cajamarca fue
un caso especial, pero esto lo veremos luego.

Lo acontecido en
Cajamarca

4.1. El otorgamiento y la
posesión

Cajamarca es encomendada "sólo en
marzo de 1535 (…) [, cuando] recibió Melchor [Verdugo]
formalmente el título de su encomienda" (Lockhart 1987,
2:49). Esta cédula se conserva hasta hoy y, gracias a Remy
(2011, 20-21) podemos conocerla íntegramente:

"Don Francisco Piçarro adelantado e
capitán general e gobernador por su Magestad destos reinos
de la Nueua Castilla e para por su auto a vos Melchior Berdugo
vezino desta villa de Truxillo aveis seruido a su Magestad en la
conquista e pacificación e población destos reinos
con vuestra persona armas e cavallo e sido primero poblador y
persona de onrra por la presente en remunerazion de lo suso dicho
os deposito en la provincia de Caxamarca el cacique Colquecusma e
otro que se llama Tantaguatai y otro Guayua señores de
Bambamarca y otro que se llama Pariatongo señor de
Pomamarca y otro que se llama Carbasagas señores de Tonda
y otro que se llama Puculla señor de Yizanga / y otro que
se llama Espicol señor de Cuzmango y otro que se llama
Atusco con la persona del cacique principal de la dicha provincia
que se llama Carbaarayco señor de Chuquimango y en el
valle de Chimo un principal que se llama Chicamivanaques

señor del pueblo de Chingullo con todos sus indios e
principales contando que dexeis al dicho cacique su mujer e hijos
e los otros indios para su seruicio como su Magestad manda e que
auiendo religiosos que doctrinen los hijos de los dichos caciques
en las cosas de nuestra santa fee católica e doctrina
cristiana los traigáis antellos para que sean ynstruydos
en ella de los quales dichos indios vos aueis de ser señor
en vuestras haciendas e labranças y en sacar oro de las
minas contando que seais obligado a los doctrinar y
enseñar en las cosas de nuestra santa fee católica
y les hazed todo en buen tratamiento como su Magestad lo manda y
si asi no lo hizieredes cargue sobre vuestra conciencia e no
sobre la de su Magestad ny mia e que en su real nombre os los
deposito y mando a qualesquier justicia e visitadores que vos
pongan en la posesión de los dichos indios ques hecho en
la villa de Truxillo a zinco días del mes de março
de myll y quinientos y treinta / e zinco años Francisco
Piçarro por mandado de su señoria Antonio Picado
(AGI, Justicia 1063). Las negritas son nuestras.

Lo resaltado con negritas, en la
cédula transcrita, hace notar que Verdugo recibió,
a parte de la que llamamos encomienda de Cajamarca, una que se
encontraba en el reino de Chimú, ubicado en Trujillo. A
cerca de esta encomienda podemos decir que luego del regreso de
Verdugo de España, una duda sobre sus indios tributarios
propició uno de sus muchos juicios que tendría.
Esta vez demandó a Rodrigo Lozano para recuperar sus
derechos de encomendero sobre el curaca Guamán. Verdugo
alegaba que era desencinte de Chicamyanaque (en la cédula
Chicamivanaques), el curaca que le había encomendado
Pizarro, mientras que Lozano afirmaba que descendía de un
tronco distinto. El juicio sería ganado definitivamente
por Lozano en 1562. María Rostworowski (1989, 129-164)
descubrió este documento y lo ha utilizado para hacer
notar que en la costa se solía dividir el territorio en
pequeños señoríos, y es de este estudio del
que nos hemos valido para presentar la información de este
párrafo.

Pero regresemos a lo ocurrido con Verdugo
luego de que Pizarro le otorgará su encomienda.
Después de este acto hay que hacer notar que la
posesión de ella únicamente la tomaría tres
años más tarde. En efecto, tal como lo indicaban
las formalidades de la época, la posesión se
realizó ante el Teniente Gobernador, el escribano y sus
curacas encomendados. Para lo cual Verdugo debió llevar el
título dado por Pizarro. Podemos leer esta acta de
posesión
en seguida:

"Posesion.— En villa de Trujillo
destos Reynos de la Nueva Castilla, veynte días del mes de
Mayo, año Señor de myll e quinientos e treinta e
ocho años, ante el señor Garzia Holguín.
Tenyente de Gobernador de esta dicha villa, e en presencia de my
escribano yuso scripto, paresció Melchior Verdugo e
presentó la cédula de su Señoría de
esta otra parte contenida, de los caziques e yndios en ella
contenidos: e visto por el dicho Señor Tenyente, estando
presente el cazique Carna-arayco, e Otusco, e Parintinco, e Anco,
e Ponelli, e Caranasas, e Lliaxaca-llanga, e Camreetra, e otros
muchos yndios caziques principales dixo que metía y
metió en la posesyon de los dichos caziques principales e
al dicho Melchor Verdugo, para que de ellos de todos los
demás contenydos en la dicha cédula (se) sirva tal
como el dicho Señor Gobernador lo manda; e el dicho
Melchor Verdugo lo pidió por testimonio: e el dicho
Señor Tenyente lo firmo en su nombre.— Garzia
Holguin. Pedro Gonzales. escribano". (En Belaunde Guinassi 1945,
244-245)

Nótese que el teniente gobernador
ante quien toma posesión Verdugo fue
García Holguín. El transcurrir del tiempo
hará que muchos años después nos encontremos
con estos personajes enfrentados en una disputa judicial referida
a una parte de esta misma encomienda.

4.2. Los territorios de la
encomienda

Debemos aclarar que lo que denominamos "la
encomienda de Cajamarca" no debe confundirse con el actual
distrito, ni con la actual provincia, ni mucho menos con el
actual departamento de Cajamarca. En realidad Cajamarca de aquel
entonces estaba formada sobre la wamani inca de
Caxamarca que los españoles nombraron provincia
(Espinoza Soriano 1967, 13). Es decir, que no nos referimos a la
provincia actual de Cajamarca sino a aquella del siglo XVI. Esta
wamani de Cajamarca fue reorganizada por los incas sobre
los territorios que ocupaba el reino de
Cuismanco[4]

Recordemos que en sus orígenes este
reino contaba con cinco huarangas[5]y pasó
a tener siete luego de la conquista de Túpac Yupanqui
(aproximadamente en 1470). Éstas fueron: Bambamarca
(Pampamarca), Pomarca (Pomamarca), Chondal (Chonta), Cajamarca
(Caxamarca), Guzmango (Cuismanco) y Chuquimango y una de Mitmaes
(mitimaes serranos). Debemos aclarar que Remy (1992,
50)[6] incluye como huaranga original a Pomamarca,
a pesar de haber sido creada por los incas, aunque no sabemos sus
razones, podemos especular diciendo que Remy hace esto pues
estuvo constituida por los "ayllus-pachacas nativas sacadas de
dos de las huarangas del reino invadido: Chuquimanco y Cajamarca"
(Espinoza Soriano 1986a, 114).

En la actualidad no se ha podido determinar
con certeza el territorio de estas siete huarangas, consideramos
que esto se debe a que "lo que se encomendaba no eran
territorios, ni siquiera indios en sentido estricto, sino
curacas" (Trelles Arréstegui 1983, 158). En efecto, el
licenciado Polo de Ondegardo, refiriéndose a la
repartición realizada por Pizarro escribió: "que ni
él sabía lo que daba ni nadie lo que recibía
sino a tientas, y a poco más o menos; y así muchos
que pensaron que se les daba poco se hallaron con mucho y al
contrario" (apud. Del Busto 2011, 143). Aunado a este
desconocimiento hay que tener en cuenta que la territoriedad
andina no era como la europea, y se podría hablar de
discontinuidades en el territorio (Murra 1975), las cuales fueron
encontradas en Cajamarca (Rostworowski 1992, 20-21).

Sin embargo, y pese a estos
obstáculos, Remy (1992, 40; 2011, 20) afirma que la
encomienda de Verdugo comprendía las actuales provincias
de Cajamarca, Celendín, Contumazá, Chota, Hualgayoc
y San Miguel. Julien (1988) es quien se aventura a ubicarlas en
un mapa, como se puede ver.

Mapa 1: Provincia inca de
Cajamarca

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Fuente: Julien 1988,
182

4.3. La reforma

El gobernador Vaca de Casto, quien
había sido enviado por el rey Carlos V para reformar las
encomiendas, tuvo que esperar el informe de la visita de
Barrientos de 1540, en donde se indicaba que la encomienda de
Verdugo es "eçeçibo repartimyento e muncho
numero de yndios e como excezibo repartimyento conviene que se
reforme
". Por ello, en 1543 Vaca de Castro dividió la
encomienda en dos. La parte arrebatada a Verdugo se la dio a
Hernando Alvarado, a quien le sucedió en la encomienda
Diego de Urbina y luego García Holguín (Remy 1992,
43). Después de esta división de la encomienda,
según Espinoza Soriano (1986a, 119), una se llamó
de "las tres huarangas", la de Hernando Alvarado, mientras que la
otra, la "encomienda de las cuatro huarangas" (Guzmango,
Chuquimango, Caxamarca y mitimaes serranos) permaneció en
poder de Verdugo.

Pese a tal división, y de restarle
casi la tercera parte de su encomienda (Remy 1992, 43), la de
Verdugo era tres veces mayor a la de Alvarado. Esto lo sabemos
gracias a la informaron que elaboraron desde el Cuzco, el 16 de
abril de 1548, Diego de Mora y Franco Lezcano. Loredo (1958, 255)
nos ha permitido consultar dicho informe del cual transcribimos
la parte correspondiente:

"Caxamalca de Melchior Verdugo
podrán sacar de minas de plata seis mil pesos, por lo qual
se les ha de dar minero i heramientas; y demas desto hacen
tapicería, dan carne, maiz, i trigo i sustentan
abundantemente la casa de su amo; La otra parte de Caxamalca que
fue de Hernando de Alvarado, parecemos ser la tercia parte de lo
Verdugo y conforme a ello podrán dar".

4.4. Los
encomenderos

Como se viene diciendo y es harto conocido,
fue Melchor Verdugo el primer encomendero que tuvo Cajamarca. La
primera vez que pisa su suelo lo hace con las huestes de Pizarro,
a pie, con diecinueve o veinte años (nace dentro de las
murallas de Ávila alrededor de 1514), fue uno de los
más jóvenes de los que llegaron. Siguiendo a
Lockhart (1987, 1:40) sólo cinco hombres estuvieron entre
los 15 y 19 años. Verdugo, seguramente, como el resto de
españoles que llegaron el 15 de noviembre de 1532 y
sufrieron la noche de San Eugenio, pensaría que
éste sería el último suelo y el
último cielo que llegaría a mirar (ver Del Busto
2001, 2: 27-33).

Su infancia, a pesar de ser hidalgo,
había sido dura, pobre y sin fortuna, eso le habría
motivado a embarcarse como criado del licenciado Gaspar de
Espinosa (hombre cruel con los indios de Panamá). Luego de
un tiempo en el nuevo mundo, el licenciado queda en mala
situación económica, motivo por lo cual se ve
obligado a "cancelar a sus criados" (Del Busto 1986, 54).
Así es que Verdugo tuvo que buscar un nuevo trabajo para
poder sobrevivir, esto lo llevaría a encontrarse con
Pizarro en la costa de Coaque, a donde arribó con el
contingente de refuerzos, en el navío de Pedro Gregorio.
Su aspecto era deplorable. Además "no fue bien recibido
por sus compañeros. Antipático, apocado y enfermizo
(…), allí se estaba formando el hombre cruel,
díscolo, intrigante y ambicioso, el soldado resentido y el
encomendero falaz" (Del Busto 1986, 55).

Como encomendero, Melchor Verdugo se hizo
conocido por su crueldad. Se cuenta que, entre 1554 y 1556,
cuando se encontraba de visita en Bambamarca, Verdugo
mandó pedir una cantidad excesiva de oro al curaca
Tantahuata, quien se excusó por no tenerla; entonces,
Verdugo, alegando un mal trabajo del hijo del curaca mandó
que lo traigan, al tenerlo en su presencia "acusándolo de
sabe Dios qué, le soltó a "El Bobo"
instándole a que lo atacara" (Del Busto 1986, 88), el
perro destrozó en pocos minutos al indio ante los ojos de
su padre, quien "supo frenar el dolor con el estoicismo de su
raza. Cuando de su hijo no quedó sino un montón de
carne sanguinolenta y huesos; el curaca se acercó a los
despojos, tomó tan sólo un trozo de cuero
cabelludo, y guardándolo en su bolso se alejó" (Del
Busto 1986, 88). El curaca reaparecería luego en Trujillo,
reclamando justicia, llevaba la "guedeja de cabellos con un
pedaço de carne y el cuero de la cabeça" (A.G.I.
439. Justicia, en Del Busto 1986, 88).

Luego de una impresionante vida, Melchor
Verdugo se ve obligado a viajar a España para defenderse
de las acusaciones de los mercaderes de Nombre de Dios. Ya en
España las cosas no le fueron tan bien; sin embargo,
gracias a sus artilugios, el Príncipe lo nombró
Caballero de la Ecuestre y Militar Orden de Santiago, honor que
compartió, entre los que estuvieron en la captura del
Inca, sólo con Francisco Pizarro, Hernando Pizarro y
Hernando de Soto (Lockhart 1987, 2:52).

Verdugo no podía regresar a su
encomienda pues recibió la orden del Príncipe que
le obligaba a permanecer en España, motivo por el cual
viaja a Ávila a descansar con su hermana y otros
Caballeros. Una vida tan apacible como la que ahora llevaba,
lejos de sus aventuras le ocasionó un aburrimiento. Esto
hace pensar que "el soldado se sentía triste y una
compañera era indispensable para hacerle olvidar su
soledad" (Del Busto 1986, 83). Es así que entre 1548 y
1550, "Verdugo casó con Doña Jordana Mejía
natural de Espinar, a poca distancia de Ávila. Hija de un
Capitán del Virrey Blasco Núñez" (Lockhart
1987, 2:52).

Junto con su bella esposa
regresarían al Perú para ocuparse de su encomienda.
Sus crueldades serían tantas que aún a mediados del
siglo XX, los ancianos de Porcón, conservaban algunas
historias incompletas de los sucesos perpetrados por el
encomendero (Espinoza Soriano 1967, 20). El licenciado Castro
tuvo que haber oído y leído más de alguna de
estas atrocidades realizadas por Verdugo, tanto así que le
dirige una carta a su majestad en 1565, en donde le comunicaba
que "los indios de la prouincia de caxamalca me escriuieron vna
carta en que me rogauan que por amor de dios los proveyese de
corregidor porque no tenían quien los defendiese ni
anparase los daños que les hazian" (En Villanueva Urteaga
1975, 20).

Como vimos, Vaca de Castro dividiría
la encomienda de Verdugo en dos, dándole a Hernando de
Alvarado los indios de Pomarca, Bambamarca y Chondal en 1543, los
cuales se sumarían a sus encomiendas anteriores de
Chachapoyas y Huánuco. Alvarado fue teniente gonzalista
cuando se produjo la Gran Rebelión, producto de ello
moriría tratando de sorprender al virrey
Núñez Vela en Chinchicharra, de donde
escaparía "con dirección al monte, donde los indios
lo mataron a macanazos despedazando luego su cuerpo" (Del Busto
1986-1987, 1: 110). Su encomienda se la darían a Diego de
Urbina, de quien, para no caer en errores de homonimia, solamente
sabemos que fue "vezino de la ciudad de
trugillo"[7].

García Holguín fue nombrado
Teniente Gobernador de Trujillo el mismo año en que
Verdugo recibía el título de su encomienda
(recordemos que ante él Verdugo tomó su
posesión). En este cargo permaneció hasta el 7 de
marzo de 1541. En Trujillo fue vecino y encomendero de Santa y
Huambacho (Del Busto 1986-1987, 2: 268-269). Además tuvo
los indios de la encomienda de Urbina, por los cuales sostuvo un
litigio con Melchor Verdugo, como lo veremos luego.

La muerte de Verdugo tuvo lugar en 1567, en
la costa norte del Perú, en Trujillo, ciudad en donde
estuvo acompañando a Francisco Pizarro en el acto
fundacional. Como no tuvo ningún hijo legítimo, fue
doña Jordana quien heredaría la encomienda. Sin
embargo, no la recibiría completa, pues según
Villanueva Urteaga (1975, 21) los indios de los pueblos de San
Antonio o Cajamarca, Jesús, Trinidad y Asunción,
pasaron a poder de la viuda de García Holguín,
doña Beatríz de Isásaga. Aclaramos que las
cosas no fueron tan simples como nos la cuenta Villanueva
Urteaga, pues en realidad el litigio iniciado entre Verdugo y
Holguín continúo primero entre la viuda de
Holguín y Verdugo (ver imagen 2) y, finalmente entre las
viudas de ambos. Fue este litigio el que ocasionó que se
produjera la visita a Cajamarca de 1571-72/1578,
ordenada por el Rey Felipe II, con la intención de zanjar
definitivamente ese pleito que estaba pendiente en el Consejo de
Indias desde 1568 (Remy 1992, 39). El resultado del
litigió no lo sabemos hasta hoy, pero según Del
Busto debió perderlo doña Jordana "porque en su
testamento legó gran cantidad de bienes a los indios de
Cajamarca, incluyendo Huamango y Contumazá, pero en
cambió dejó de mencionar los pueblos en litigio,
posiblemente porque los había perdido"
(1986,102).

Imagen 2: Parte de la primera
página de la tasación de las costas de un proceso
actuado en grado de apelación ante la Audiencia de Lima,
entre Beatriz de Isasaga y Melchor Verdugo, sobre los indios de
Pomamarca y Bambamarca.

Monografias.com

Fuente: Portal de archivos
españoles en red

Varios años después de la
muerte de su esposo, doña Jordana fundaría un
obraje en el mismo pueblo de Cajamarca. Según Silva
Santisteban (2000, 34) hubo un obraje que venía
funcionando desde la época en que estaba vivo Melchor
Verdugo. El historiador hace tal inferencia basándose en
la información recogida por Barrientos en 1540, en donde
se puede leer que "daban para Melchor Verdugo, su amo, que daban
indios para hacer[le] ropa de lana e paños de corte".
Podría ser cierto pues en la Provisión que hiciera
el virrey Toledo, el 20 de abril de 1579, se lee:

"Por cuanto doña jordana
Mejía me ha hecho relación diziendo que en la
prouincia de caxamarca de que es encomendera tiene un obrage de
sayales y paños con que se ayuda a sustentar en el qual
Los indios de la dha. su encomienda sin salir de sus tierras y
temples solían trabaxar assi Los grandes como Los
pequeños y ganauan de comer y con que pagar sus tassas y
por su parte se les hacía todo buen tratam.to. y paga y
que por mandar yo por las nuebas tassas que los encomenderos no
se pudiesen seruir de sus indios havían dexado de trabajar
en el dho. obraje y ella lo tenía perdido y no se
aprouechaba del." (apud. Silva Santisteban 1986a, 181)

Esta provisión hace notar que en
efecto, ya existía un obraje antes que el de doña
Jordana. Además vemos que se le ordena al corregidor de
Cajamarca, Don Francisco Álvarez Cueto, que "haga dar a la
dha. doña jordana Los indios que uviese menester para el
dho. obraje". La provisión sería obedecida el 24 de
agosto de 1580, fecha en que el corregidor le entregó 150
indios para que pueda funcionar nuevamente este
obraje.

Posteriormente, doña Jordana
fundaría otro obraje en Porcón (localidad ubicada a
30 km del pueblo de Cajamarca). Hasta el momento la fecha de
creación no ha podido establecerse. Evelio Gaitán
Pajares afirma que fue creado la última década del
siglo XVI, aunque hace notar que "no existe datos acerca de la
fecha en que fue fundado el obraje, no obstante parece ser que
fue fundado en la década indicada" (Gaitán Pajares
1975, 19).

Si bien es cierto que en un inicio se
pensaba que este obraje había sido heredado de forma
directa a los indios por doña Jordana (Ver Silva
Santisteban 1986a y Villanueva Urteaga 1975), ahora sabemos que
pasó a ser administrado por la hermandad fundadora del
Hospital de Nuestra Señora de la Piedad de la Villa de
San Antonio de Cajamarca
(Ver Espinoza Soriano 1967, 20;
Gaitán Pajares 1975, 10; Silva Santisteban 2000, 40). La
muerte de doña Jordana debió acaecer entre 1602 y
1603.

Hasta donde conocemos no se tienen
más datos ni de doña Jordana ni de los otros
encomenderos. Al morir ella y doña Beatríz de
Isásaga, es decir ya en 1603, debió culminar esta
etapa de la encomienda de Cajamarca. Sin embargo, por
decisión real se reunificaron sus territorios y se los
encomendaron al conde de Altamira, residente en España. Si
mal no entendemos la información dada por De la Puente
Brunke (1991, 12) y por Pereyra Placencia (1996), la encomienda
inicial de Melchor Verdugo pasó a formar parte de la casa
de Altamira y, por la fecha dada (1603), el primer conde que tuvo
la encomienda debió de ser Lope de Moscoso Osorio y
Ruíz Castro, VI Conde de Altamira (1555 -1613), a quien le
seguiría Gaspar de Moscoso Osorio y Sandoval (VII Conde de
Altamira)[8]. Efectivamente esta suposición
resultó ser correcta pues, recientemente hemos encontrado
un artículo de Hampe y De la Puente Brunke (1986, 97) en
donde publican la Relación de las mercedes que se han
hecho de encomiendas de indios vacos de las provincias del
Perú a diferentes personas
, encontrada en el Archivo
de Indias de Sevilla. En ella se lee: "El Conde de Altamira goza
la encomienda de Cajamarca y Cajamarquilla, en las provincias del
Perú, en virtud de la merced que S.M. hozo de ella al
Conde D. Lope de Moscoso Osorio, por dos vidas, por cédula
de 15-III – 1603. Y por otra de 14-III – 1624 se
concedió al Conde D. Gaspar otra vida
más".

Nuestra búsqueda también nos
llevó a encontrarnos con unas Ordenanzas
publicadas en 1690 que tienen como autor a Don Luis de Moscoso
Osorio de Mendoza Sandoval y Rojas, según se puede ver en
la primera página de esta publicación. Lo
importante para nosotros es que en ella también se lee lo
siguiente: "Ordenanzas de las cárceles, hechas por
[…] Don Luis de Moscoso Ossorio […] Conde de Altamira […]
comendador de Caxa Marca, y Caxa Marquilla […]"(ver imagen
3)[9].

Decir que era comendador equivale
a decir que era encomendero. Este uso se puede ver en el
Diccionario de Autoridades de la Real Academia Española de
1729, en donde se dice que comendador es "El Caballero que tiene
Hábito, y Encomienda en alguna de las Ordenes Militares,
ù de Caballería. Llamaronse assi, porque las rentas
que tienen se les dán en Ecomienda, y no en
título". Además, la propia Academia, ahora en 1732,
en el lema encomienda se lee: "Mandámos que los
Caballeros que no tienen encomienda, no se llamen
Comendadóres, por escrito ni por
palabra"[10]. La sinonimia aún puede
observarse en los diccionarios actuales de la
Academia.

Imagen 3: Primera página del libro
del Conde de Altamira Don Luis de Moscoso Osorio de Mendoza
Sandoval y Rojas

Monografias.com

Fuente: Fondos digitales de la
Universidad de Sevilla

Es claramente notorio que el propio
gobierno español vulneró sus leyes, pues,
según la Ley 15 del Lib. VI., tit. VIII, de la
Recopilación, los encomenderos estaban obligados a vivir
en su encomienda, lo cual evidentemente nunca sucedió con
los condes de Altamira. En efecto, los condes residían en
España y no tenemos noticia de que alguno hubiera llegado
a Cajamarca. Pero ahí no quedaría todo, pues "En un
caso verdaderamente insólito, esta encomienda fue
aún gozada por la casa de Altamira por tres vidas
más, luego de 1720 (año fijado -por lo visto en
teoría– para la incorporación de toda encomienda
vacante en el patrimonio de la corona)"[11].
Conocemos también, gracias a la información de
Villa Gracia de 1738, que don Tomas de Velásquez era "el
cobrador de los tributos de la encomienda de "Las siete
guarangas" que disfrutaba la condesa de Altamira" (Espinosa
Soriano 1986a, 127). Pero no sabemos cuál era el
número de vida que disfrutaba esta condesa.

Ahora bien, si la encomienda
permaneció en la casa de Altamira por tres vidas
más luego de 1720, y si calculamos un promedio de 35
años por vida, es muy probable que durara hasta la
independencia[12]Aunque aclaramos que De la Puente
Brunke (1991, 12) señala como fecha de extinción de
la encomienda los mediados del siglo XVIII y no cree que hayan
durado tanto como nuestra hipótesis (comunicación
personal).

Sin embargo, si ingresamos en el campo de
la especulación (lanzaremos una hipótesis),
podría ser que el duodécimo conde de esta casa, Don
Vicente Joaquín Osorio de Moscoso, quien moriría en
1816, hubiera sido aún encomendero de Cajamarca. Ahora
bien, ¿cuál es el motivo de mencionar a este conde?
Pues lo hacemos porque de él se conserva una pintura de
cuando tenía diez años. La importancia de este
cuadro es que fue pintado por Goya (es el que vemos la imagen 4).
De hecho, algunos años después, el propio Goya
también retrataría a su primera esposa, Doña
María Ignacia Alvarez de Toledo y Gonzaga Caracciolo,
sentada con su hija María Agustina.

Imagen 4: El conde de Altamira a los diez
años en una pintura de Goya

Monografias.com

Fuente: Palaciodevelada
2004

A continuación nos gustaría
transcribir una importantísima información sobre
este conde y la casa de Altamira:

"El Conde de Altamira murió en su
palacio de Madrid en 1816. Este magnifico Palacio
neoclásico tiene una curiosa historia; mandado construir a
Ventura Rodríguez, sin reparar en gastos, fue
diseñado con tal lujo de detalles que hasta el mismo
Carlos III se sintió celoso de su magnificencia y temiendo
que pudiera superar en categoría al propio Palacio Real,
mandó parar las obras. Actualmente se conserva sólo
una pequeña parte de aquel suntuoso edificio en la calle
de la Flor Alta de Madrid, detrás de la Gran Vía."
(Palaciodevelada 2004)

El motivo por el cual introducimos la
última cita fue para hacer notar que los condes de
Altamira fueron personajes importantes en la nobleza de aquel
entonces, tanto así que llegaron a competir de iguales con
la Casa Real. Si bien es cierto que no conocemos pormenores del
papel que cumplió la encomienda de Cajamarca en la
consolidación de esta casa, estamos convencidos de que los
tributos y demás beneficios recogidos desde acá,
cumplieron un papel importante para que esto sea
posible.

Reflexiones
finales

Lo que les hemos presentado es un breve
resumen de lo que se conoce sobre la encomienda de Cajamarca.
Hemos visto que fue la primera forma de administración
española que se impuso en esta zona del país, pero
sus características feudales-castellanas le permitieron
que exista conjuntamente con las instituciones gubernativas de
los corregimientos e incluso podría haber llegado a
existir cuando se los cambiaron por las
intendencias.

Partes: 1, 2

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