La responsabilidad del tribunal de cuentas en la transparencia de la gestión de los gobiernos
MISIÓN cuentas, de manera eficiente, con probidad,
transparencia, independencia e imparcialidad en salvaguarda del
Patrimonio Público frente a las irregularidades que se
cometan en su perjuicio."
OBJETIVOS recuperados. Llevar los procesos de responsabilidad
patrimonial con la debida celeridad y eficiencia procesal, a fin
de declarar responsable a los agentes y empleados de manejo que
lesionen el patrimonio estatal.
•Es jurisdiccional. •De competencia privativa.
Independiente de los tres órganos del Estado.
Independiente en los aspectos administrativos, presupuestarios y
funcionales. No ejerce control fiscalizador. Las resoluciones que
dicta son recurribles ante el mismo Tribunal.
Sus fallos hacen tránsito a cosa juzgada. La
responsabilidad patrimonial que declara es totalmente distinta a
la responsabilidad penal que ventila el Órgano Judicial o
la responsabilidad administrativa que dirime la
institución correspondiente.
Su actividad juzgadora se deriva de las objeciones o reparos
formulados en las auditorías de la Contraloría
General de la República o en la rendición de
cuentas que se efectúen ante ella.
de Dominicana Corte de Cuentas de El Salvador Tribunal Superior
de Cuentas Honduras Tribunal de Cuentas de Brasil
1. 2. 3. Comprobar que el presupuesto de la Unión Europea
se ejecute correctamente, es decir los ingresos y gastos sean
legales y claros. Garantiza la sana gestión financiera.
Tiene la facultad de investigar la documentación de
cualquier persona u organización que gestione ingresos o
gastos. 12
Hacienda Pública en general, la ejecución del
presupuesto en particular económica de las declaraciones
de responsabilidad administrativa y patrimonial.
públicos y la determinación del enriquecimiento.
Ejercita sus postulados constitucionales y legales. 14
juzgar las cuentas de los administradores y demás
responsables de dinero, bienes y valores públicos.
LEY DE CUENTAS CONSTITUCIÓN POLÍTICA 14 DE
NOVIEMBRE DE 2008
El Tribunal de Cuentas se compondrá de tres Magistrados
los cuales serán designados para un período de diez
años así: uno por el Órgano Legislativo,
otro por el Órgano Ejecutivo y el tercero por la Corte
Suprema de Justicia. La Ley determinará la creación
y funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Artículo 17: Toda persona que reciba, maneje, custodie o
administre fondos o bienes públicos, está en la
obligación de rendir cuentas a las Contraloría
General, en la forma y plazo que ésta, mediante
reglamento, determine. Esta obligación alcanza a las
personas que administren , por orden de una entidad
pública, fondos o bienes pertenecientes a terceros y a los
representantes de las sociedades o asociaciones que reciban
subsidios de dichas entidades públicas. Para los fines de
esta Ley, la condición de empleado de manejo alcanza,
además, a todo servidor público o empleado de una
empresa estatal facultado por la Ley para contraer obligaciones
económicas, ordenar gastos y extinguir créditos a
nombre o en representación de una entidad o dependencia
del Estado o empresa estatal. Artículo 18:
Rendición de cuentas, para los fines de esta Ley, es el
informe rendido por la persona a que se refiere el
Artículo anterior, sobre la actuación relacionada
con los fondos y bienes que recibe, maneje, custodie o
administre, dentro de un período determinado, e incluye el
informe financiero correspondiente a la respectiva dependencia
estatal. La Contraloría cuando lo estime necesario,
podrá solicitar el envío de los comprobantes
respectivos. Artículo 20: Cuando la persona, al ser
requerida por la Contraloría, no presente el estado de su
cuenta con la documentación y valores que la sustentan, se
presumirá que existe faltante por el momento
correspondiente.
"Funcionario público",de Gubernamental" o
unpúblico", cualquier de empleado del Estado de sus y de
los que han sido seleccionados, designados El Tribunal
"OficialCuentas es"Servidor organismofuncionario o control
posteriorentidades, incluidoscarácter jurisdiccional o que
electos para desempeñar actividades o funciones en nombre
del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles
jerárquicos. permite cumplir al Estado con el adecuado
juzgamiento de las supuestas irregularidades contenidas en los
reparos formulados por la Contraloría General de la
República en las cuentas de los empleados y agentes de
manejo de los fondos y los gastos públicos.
Definición obtenida de la Convención Interamericana
contra la Corrupción – Artículo I –
Definiciones
Derecho Penal: Autoridad Pública orden público
sanción punitiva Privación de Libertad y
días multa. Ej.: Jueces de Circuito –Código Penal
(Ley 14 de mayo de 2007 y Leyes Especiales) -Justicia penal
ordinaria. Derecho Administrativo: Autoridad Pública orden
público Imponer sanción administrativa Ej.:
Corregidores imponen multas y arrestos -Código
Administrativo -Justicia Especial de Cuentas Ley 67 de 2008 Ley
38 de 2000 Constitución Política, Art. 281.
ATRIBUCIONES DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Juzgar la
responsabilidad patrimonial derivada de supuestas
irregularidades, contenidas en los reparos formulados por la
Contraloría General de la República a los empleados
y agentes de manejo de fondos y bienes públicos.
ATRIBUCIONES DE LOS MAGISTRADOS Y JUECES DEL ÓRGANO
JUDICIAL DEL RAMO DE LO PENAL Juzgan la responsabilidad penal de
cualquier persona que haya infringido La norma sustantiva penal
configuradora de delitos, ya sea por acción u
omisión. El hecho punible puede ser investigado Mediante
denuncia de cualquier persona, de oficio o por Querella
interpuesta por persona legitimada para ello.
EMPLEADO DE MANEJO Es todo servidor público que mediante
las diversas acciones u omisiones como: fiscalizar…
ejecute lesión Patrimonial en el manejo de bienes o fondos
públicos AGENTE DE MANEJO Toda persona natural o
jurídica que mediante diversas acciones como
recibir… o por cualquier ejecute lesión Patrimonial
con relación a los caudales del Estado directa o
supletoriamente, RECIBIR RECAUDAR MANEJAR ADMINISTRAR INVERTIR
CUSTODIAR CUIDAR CONTROLAR APROBAR AUTORIZAR PAGAR
JURISDICCIÓN DE CUENTAS JUSTICIA ORDINARIAPENAL
NIVEL POLÍTICO DIRECTIVO PLENO NIVEL COORDINADOR
SECRETARÍA NIVEL ASESOR OFICINA DE ASESORÍA LEGAL
OFICINA DE GENERAL OFICINA DE PLANIFICACIÓN RELACIONES
PÚBLICAS OFICINA DE TRANSPARENCIA OFICINA DE
COOPERACIÓN TÉCNICA Y ASISTENCIA INTERNACIONAL
NIVEL FISCALIZADOR OFICINA DE FISCALIZACIÓN DE LA
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA OFICINA DE
AUDITORÍA INTERNA NIVEL AUXILIAR DE APOYO NIVEL OPERATIVO
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA UNIDAD DE INFORMÁTICA SECRETARÍA DE
TRÁMITES JUDICIALES UNIDAD DE ESTADÍSTICA DE
PROCESOS JUZGADOS DE CUENTAS UNIDAD DE ARCHIVO DE PROCESO DE
CUENTAS DIRECCIÓN DE BIENES CAUTELADOS, AUDITORÍA Y
SERVICIOS TÉCNICOS OFICINAS REGIONALES
ALVARO L. VISUETTI ZEBALLOS
una vez la Contraloría General de la República
empleados de manejo o detecte irregularidades •Practicar las
pruebas y las diligencias que sean contenidos en los reparos de
las cuentas o en las investigaciones que haya realizado la
Contraloría perjudiquen fondos o bienes públicos.
proceso de Cuentas. •Instruye la investigación penal
relativa al Código descubrir los autores sobre los delitos
que afecten indagatoria y en la etapa plenaria del proceso penal.
ATRIBUCIONES DEL FISCAL DE CUENTAS El Fiscal de Cuentas tiene las
siguientes funciones: •Instruir la investigación
patrimonial correspondiente formule reparos en las cuentas de los
agentes y que afecten fondos y bienes públicos. necesarias
para comprobar o esclarecer los hechos General de la
República sobre irregularidades que •Ejerce la
acusación pública en la etapa plenaria
•Solicitar Responsabilidad Patrimonial. ATRIBUCIONES DEL
FISCAL ANTICORRUPCIÓN El Fiscal Anticorrupción
tiene las siguientes funciones: Penal de los Delitos contra la
Administración Pública. •Practica pruebas para
esclarecer el hecho punible y bienes públicos o bienes del
Estado. •Ejercer la acusación pública al
momento de ordenar •Solicitar Responsabilidad Penal.
• Solicitar la ampliación o la complementación
del examen, del los reparos a la Contraloría General de
• Remitir una Vista Fiscal al Tribunal de Cuentas, luego de
concluída la investigación ción razonada de
los motivos de hecho y de recomendada. plenaria del proceso
patrimonial que se la ampliación. ampliación del
sumario. investigación con la Vista Fiscal. •El
Fiscal ejerce la acusación pública en el Penal
según sea el caso. ATRIBUCIONES DEL FISCAL DE CUENTAS
informe o de la auditoría que fundamentó la
República, cuando sea necesario. patrimonial. En dicha
vista hará una explica- derecho que justifiquen la medida
procesal • Ejercer la acusación pública en la
etapa surta ante el Tribunal de Cuentas. ATRIBUCIONES DEL FISCAL
ANTICORRUPCIÓN •En el nuevo Sistema Acusatorio se
elimina •En el Sistema vigente, el Juez puede solicitar
•El Fiscal Anticorrupción también concluye la
Plenario ante los Magistrados o Jueces en lo
• Asegurar que se cumpla con la garantía
tigación. Tribunal de Cuentas.(Secuestro) • Promover
las acciones o los recursos dentes de acuerdo con la Ley.
comisión de delitos por el empleado o el agente de manejo,
cuyas cuentas fueron General de la República, o por
cualquier personal o servidor público en contra de los
cuando no lo haya hecho la Contraloría • Investigar
cumpliendo con el Debido Artículo 32 de la
Constitución Política. realizar un Secuestro Penal.
Inconstitucional. o investigar en la Contraloría para que
inves- • La acción penal conlleva la
imposición de daños y perjuicios de la
víctima. • La acción de cuenta recae sobre el
intereses del Estado. ATRIBUCIONES DEL FISCAL DE CUENTAS del
debido proceso de cuentas, en la inves- • Promover las
acciones cautelares ante el constitucionales o legales que sean
proce- • Dar aviso al Ministerio Público de la
posible objeto de reparos por parte de la Contraloría
fondos o bienes públicos. Lo anterior procede General de
la República. patrimonio de la persona que afecta los
ATRIBUCIONES DEL FISCAL ANTICORRUPCIÓN Proceso
(Artículo 1950 del Código Judicial) • El
Fiscal solicita autorización al Juez para • Medida
cautelar secuestro (Recurso de • El Fiscal puede compulsar
copia de lo actuado tigue posible Lesión Patrimonial.
penas y se extiende a la indemnización de los
CUENTAS
Vinculados: Carlota Correa Monto de la Lesión: B/.
40,000.00 Entidad Afectada: Consulado de Panamá en otro
país Irregularidad: Pago de viáticos contingentes
para el servidor exterior que no le correspondían.
Vinculados: Luis Pérez, Everardo Jaén Monto de la
Lesión: B/. 58,938.40 Entidad Afectada: Municipio Ana
Tejeira, Lineth Pereíra Irregularidad: Uso indebido de
fondos asignados para proyectos en la población