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Amor mayor e hijos de Venezuela




Enviado por Rafael Gomez



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Misión en Amor Mayor
  3. Misión Hijos de
    Venezuela
  4. Conclusión
  5. Fuentes consultadas
  6. Anexo

Introducción

El Gobierno Socialista Bolivariano sigue apoyando a la
población de menores recursos económicos. Es
así como el Presidente Hugo Chávez decidió
lanzar una nueva Gran Misión, En Amor Mayor, con la
finalidad de otorgarle una pensión de vejez, homologada
con el salario mínimo, a todos los adultos mayores que no
lograron cotizar en el Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales (IVSS) las 750 semanas necesarias para optar a este
beneficio.

De acuerdo con el Primer Mandatario Nacional, esta Gran
Misión se convertirá en Ley, a fin de garantizar
los ingresos de nuestras abuelas y abuelos en los años
dorados de su vida. Optan a esta pensión las mujeres
mayores de 55 años, los hombres mayores de 60 y los
extranjeros con más de diez años de residencia
legal en nuestro país hayan cotizado parcialmente o no.
Tendrán prioridad quienes sufran de alguna enfermedad o
discapacidad que les impida valerse por sí
mismos.

Pero no sólo la Gran Misión En Amor Mayor
nació para brindar una pensión de vejez a las
personas de la tercera edad. El programa va más
allá, pues analizará la situación integral y
de salud de cada hombre o mujer, venezolano o extranjero que viva
en hogares de escasos ingresos con el objetivo de prestarle el
apoyo inmediato requerido. Según el presidente del IVSS,
"es darle espacio al adulto mayor para que se pueda capacitar y
participar en los desarrollos culturales y socio productivos, es
decir, que se sienta útil y no una carga
familiar".

Esta Gran Misión En Amor Mayor viene a significar
un reconocimiento a la labor de toda una vida de los adultos
mayores y es la primera vez que hay un gobierno en Venezuela que
piensa en invertir en el ser humano. Se trata, pues, de otro acto
de inclusión de la administración del Presidente
Hugo Chávez para con nuestros abuelos y abuelas, hayan
cotizado o no al IVSS, sean venezolanos por nacimiento, por
naturalización o extranjeros con más de diez
años de residencia legal en el país.

La lucha por erradicar la pobreza extrema se profundiza
en revolución, y es a través de las
políticas públicas desarrolladas por el Gobierno
Bolivariano, que se busca en el menor tiempo posible la
construcción de una nueva estructura social incluyente,
basado en un modelo humanista, donde todos vivamos en similares
condiciones rumbo a lo mayor utopía del libertador de la
patria, Simón Bolívar: "La Suprema Felicidad
Social", para todos los venezolanos.

Es de allí que nace en este actual contexto
político La Misión Hijos de Venezuela, la cual
busca como objetivo supremo transformar las política de
exclusión y privatizaciones aplicadas por los desgobiernos
de la cuarta República, logrando elevar los niveles de
inclusión social, la universalización de la
cultura, el reconocimiento de las minorías
garantizándole el pleno ejercicio de sus deberes y
derechos, logrando el cumplimiento de las metas del milenio la
reducción de la pobreza en más del 50% y la
reducción de la pobreza extrema en más del 66%,
quedando, aún existente, un 7,3 % (del total de la
población) en pobreza extrema, sector en el que
profundizaremos la atención de manera directa y
diferenciada en esta etapa del proceso revolucionario.

Misión en
Amor Mayor

Objetivo.

La Gran Misión En Amor Mayor Venezuela es una
política del Gobierno Bolivariano creada a través
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Nº 8.694, con
la finalidad de asegurar la máxima inclusión,
igualdad, respeto, solidaridad, bienestar y justicia social para
las personas adultas mayores de la Patria, especialmente para
quienes viven en hogares cuyos ingresos son inferiores al salario
mínimo nacional, hasta lograr la mayor suma de seguridad
social y de felicidad posible.

Sujetos de Atención.

Son sujetos de atención y por tanto beneficiarias
y beneficiarios de la Gran Misión En Amor Mayor Venezuela,
todas las mujeres adultas mayores a partir de cincuenta y cinco
(55) años y todos los hombres adultos mayores a partir de
sesenta (60) años, sean venezolanas, venezolanos o
extranjeras y extranjeros, con residencia legal en el país
durante los últimos 10 años, que vivan en hogares
cuyos ingresos sean inferiores al salario mínimo nacional.
Estas personas adultas mayores son consideradas como sujetos de
protección especial para esta Gran Misión, que
busca contribuir a superar las desigualdades sociales y las
condiciones de pobreza.

Tienen prioridad las personas de mayor edad y quienes
sufran alguna discapacidad o enfermedad que les impida o
dificulte valerse por sí mismas.

Asignación de Pensión de Vejez para las
personas adultas mayores en pobreza.

Pensión de vejez para personas en
situación de pobreza: Según el Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley de la Gran Misión En Amor Mayor
Venezuela, se establece un régimen especial para la
asignación de pensión de vejez, igual al salario
mínimo nacional, a todas las adultas mayores y los adultos
mayores que viven en hogares cuyos ingresos son inferiores al
salario mínimo nacional, hayan o no cotizado a la
seguridad social.

Pensión de vejez para personas sin capacidad
contributiva.

En esta categoría son beneficiarias y
beneficiarios, las personas adultas mayores que se acogieron al
Decreto Presidencial N° 7.401, a fin de completar las
cotizaciones faltantes de la seguridad social, y que, aún
cuando no se encuentren en situación de pobreza, carezcan
de capacidad contributiva suficiente. Esta población
será pensionada dentro del lapso de un (1) año,
contado a partir de la entrada en vigencia del Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley de la Gran Misión En Amor Mayor
Venezuela. A tal efecto, tendrán prioridad las adultas y
adultos mayores de sesenta y cinco años (65) años o
más. Estas personas recibirán una pensión de
vejez igual al salario mínimo nacional, de la cual
mensualmente cotizarán la cantidad de doscientos tres
bolívares con cuarenta céntimos (203,40 Bs)
equivalente a cincuenta y dos (52) cotizaciones anuales, hasta
completar las cotizaciones adeudadas al Instituto Venezolano de
los Seguros Sociales, a fin de cumplir con el régimen
contributivo de financiamiento solidario propio de la seguridad
social.

Misión
Hijos de Venezuela

Objetivo.

La Gran Misión Hijos de Venezuela tiene como
objetivo principal la atención a las familias o madres con
hijos menores de 18 años o con alguna discapacidad, cuyos
ingresos sean menores al salario mínimo, para así
derrotar la pobreza acumulada históricamente, logrando la
mayor suma de estabilidad política, felicidad y seguridad
social, rumbo al Socialismo Bolivariano.

Esta política se enmarca en el espíritu de
"Gran Misión", concepto que ha venido posicionando el
Comandante Presidente, Hugo Chávez, que implica una
visión mucho más holística en el
diseño y ejecución de la política,
potenciando la articulación entre instituciones y
Misiones, asumiendo la creación de Órganos
Superiores como espacios de dirección, potenciando la
participación protagónica del pueblo organizado y
la movilización permanente como acciones
sistemáticas en el combate a las causas estructurales de
la pobreza, rumbo a la construcción de un Sistema de
Prevención, Protección y Seguridad
Social.

Ámbito de Acción.

La Gran Misión Hijos de Venezuela se crea con la
finalidad de contribuir a la superación de las
desigualdades que generan las condiciones especiales de
vulnerabilidad en que se encuentran los hogares venezolanos en
situación de pobreza crítica que tengan un ingreso
familiar por debajo del salario mínimo nacional,
conformados por hijas o hijos menores de dieciocho (18)
años, personas con discapacidad o mujeres
embarazadas.

Lineamientos Estratégicos.

La Gran Misión Hijos de Venezuela tiene como
lineamientos estratégicos los siguientes:

  • La erradicación progresiva de la pobreza como
    consecuencia natural del sistema capitalista, el cual
    necesita de la desigualdad y la exclusión de las
    mayorías sociales para mantener sus niveles de
    rentabilidad económica. En la medida que se avanza en
    alcanzar una sociedad con igualdad de condiciones y
    oportunidades, se garantiza el socialismo como proyecto
    político.

  • Atender de manera directa a las familias cuyo
    ingreso familiar es inferior al salario mínimo
    nacional.

  • La activación de subprogramas que vinculan a
    las y los beneficiados con el sistema de atención
    social creado por la Revolución en materias educativa,
    de salud y productiva.

  • Promoción de un sistema de ahorro familiar y
    de inversión social destinado al financiamiento de
    proyectos productivos, colectivos o individuales, ayudas
    especiales, rehabilitación de viviendas, asistencia
    técnica y otras formas de apoyo social, así
    como cualquier otra iniciativa que coadyuve a la
    garantía del derecho al vivir bien de las y los hijos
    de Venezuela.

Sujetos de Atención.

Son sujetos de protección y, por tanto,
beneficiarias y beneficiarios de las prestaciones especiales
establecidas en la Gran Misión Hijos de Venezuela, las
venezolanas y venezolanos que pertenezcan a hogares en pobreza
crítica, que tengan un ingreso familiar inferior al
salario mínimo nacional y que sean:

– Mujeres embarazadas.

Adolescentes embarazadas.

– Madres o responsables del cuidado de personas con
discapacidad: Que por la complejidad de su condición y por
los altos niveles de dependencia que genera, exigen cuidados a
dedicación exclusiva. Estas son: discapacidad intelectual
severa y severa profunda, parálisis cerebral, encamados,
discapacidad visceral (insuficiencia renal
crónica).

– De esta manera se consideran sujetos de
atención las familias donde los padres se encuentran
desempleados o se registre en el hogar un ingreso menor al
salario mínimo.

Se tendrá por "hogares en situación de
pobreza crítica" aquellos en los que el padre y la madre o
cabezas de hogar estén desempleados o cuyo ingreso
familiar sea inferior al salario mínimo
nacional.

Asignación para los
Beneficiarios(as).

  • Serán de carácter monetario total o
    parcialmente, no retributivo y pagadas mensualmente al
    beneficiario, beneficiaria o representante del hogar, previo
    cumplimiento de las condiciones y requisitos que al efecto
    establezca el Órgano Superior de la Gran Misión
    Hijos de Venezuela.

  • Se efectuará el pago de noventa por ciento
    (90%) de las asignaciones establecidas por el programa,
    mediante mensualidades consecutivas, reteniéndose diez
    por ciento (10%) restante, monto que ingresará al
    Fondo de Ahorro Familiar e Inversión Social "Hijos de
    Venezuela", el cual financiará distintas formas de
    apoyo social para el vivir bien de las familias
    beneficiarias.

  • Se podrá pagar una parte de la
    asignación mediante monedas comunitarias u otras
    formas no monetarias.

  • Cuando el beneficiario sea un niño,
    niña, adolescente, o una persona con discapacidad que
    afecte su capacidad civil, el pago de la asignación
    correspondiente se realizará a través de alguna
    de las siguientes personas, en orden de preferencia: a la
    madre, padre, tutor, curador o a un pariente por
    consanguinidad hasta tercer grado. Si la asignación
    favorece a una adolescente en situación de embarazo o
    a una madre adolescente, mayor de catorce (14) años,
    se observará lo dispuesto en el artículo 100 de
    la Ley Orgánica para la Protección de
    Niños, Niñas y Adolescentes, en cuanto sea
    aplicable.

  • Las familias beneficiarias de la Gran Misión
    Hijos de Venezuela que se constituyan en organizaciones con
    fines comunitarios y que se destaquen en esa labor
    podrán ser objeto de reconocimientos y asignaciones
    especiales.

Fondo de Ahorro Familiar e Inversión Social
"Hijos de Venezuela.

Se crea el Fondo de Ahorro Familiar e Inversión
Social "Hijos de Venezuela", conformado por el conjunto de
recursos, financieros y no financieros que, a nivel nacional, se
destinarán al financiamiento de proyectos productivos,
colectivos o individuales, ayudas especiales,
rehabilitación de viviendas, asistencia técnica y
otras formas de apoyo social a la población en
situación de vulnerabilidad sujeto de la Gran
Misión Hijos de Venezuela, así como cualquier otra
iniciativa que coadyuve a la garantía del derecho al vivir
bien.

Conclusión

El objetivo primordial de la Misión Hijos de
Venezuela, es erradicar el índice de pobreza extrema en el
país, que actualmente se encuentra en 7%.

En Venezuela tenemos un 23,3 % de menores de 17
años que quedan embarazadas, las estrategias que
está promoviendo el gobierno revolucionario, como esta
misión, incentiva programas de ayuda, planificación
familiar y de prevención de embarazo precoz.

La Gran Misión Hijos de Venezuela, otorga una
ayuda económica de Bs. 430 a los hogares venezolanos, por
cada hijo que tengan (máximo tres) hasta los 17
años, y cuyo ingreso sea menor al salario mínimo o
el jefe y/o jefa de familia estén desempleados.

Además las familias que tengan hijos o hijas con
algún tipo de discapacidad, recibirán una
asignación por cada uno (a), de Bs. 600
mensualmente.

La misión amor mayor está dedicada a
compensar el trabajo de las personas de la tercera edad que
trabajaron durante sus años de adultez y no pudieron
cotizar en el IVSS. El presidente Hugo Chávez Frías
anunció que la Gran Misión en Amor Mayor, que
incluye a todos los venezolanos en situación de pobreza
que no tengan pensión.

En el documento oficial publican el decreto presidencial
Nº 8.694, en el cual se dicta el decreto con rango, valor y
fuerza de Ley Gran Misión en Amor Mayor Venezuela.
Según el decreto presidencial N° 8.695, que
también circula en la GO, se crea la Comisión
Presidencial denominada Órgano Superior de la Gran
Misión en Amor Mayor Venezuela que, bajo las orientaciones
del Presidente de la República, realizará tareas de
diseño, planificación, ejecución,
seguimiento y control de las actividades a desarrollar en el
marco de la Gran Misión.

Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, tiene por
objeto crear la Gran Misión En Amor Mayor Venezuela, en el
marco del Estado Democrático y Social de Derecho y de
Justicia, con la finalidad de asegurar la máxima
protección, inclusión, igualdad, respeto,
solidaridad, bienestar, justicia social para las personas adultas
mayores de la Patria, especialmente para quienes viven en hogares
cuyos ingresos son inferiores al salario mínimo nacional,
hasta lograr la mayor suma de seguridad social y de felicidad
posible.

Son beneficiarías y beneficiarios de la Gran
Misión En Amor Mayor Venezuela, todas las mujeres adultas
mayores a partir de cincuenta y cinco (55) años y todos
los hombres adultos mayores a partir de sesenta años (60),
sean venezolanas, venezolanos o extranjeras y extranjeros, con
residencia legal en el país durante los últimos 10
años.

Fuentes
consultadas

  • http://ceims.mppre.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=55:mision-piar&catid=23:misiones-bolivarianas&Itemid=66

  • http://www.comunicacionpopularandes.org/index.php/150-prensa/institucional/ministerio-del-poder-popular-para-las-comunas-y-proteccion-social/495-mas-de-37-mil-adultos-mayores-registrados-en-la-gran-mision-en-amor-mayor-en-merida

  • http://www.google.co.ve/search?um=1&hl=es&q=HIDROGRAFIA%20DE%20VENEZUELA&bav=on.2,or.r_gc.r_pw.r_qf.&bpcl=38897761&biw=1366&bih=667&ie=UTF-8&sa=N&tab=iw&ei=Chq1UMGHEoeH0QHCpYGIBA#hl=es&tbo=d&sclient=psy-ab&q=finalidad+de+la+mision+amor+mayor&oq=finalidad+de+la+mision+amor+mayor&gs_l=serp.3…9829.15216.0.16236.10.10.0.0.0.1.2976.5181.0j5j1j1j6-1j9-1.9.0.ernk_timediscountc..0.0…1c.1.airnAZob5GA&pbx=1&bav=on.2,or.r_gc.r_pw.r_qf.&fp=7e14dbf0ff60bdbb&bpcl=38897761&biw=1366&bih=667

  • http://primicias24.com/tag/mision-hijos-de-venezuela/

  • http://www.noticias24.com/venezuela/noticia/47841/presidente-chavez-promulgara-por-ley-habilitante-la-nueva-gran-mision-hijos-de-venezuela/

Anexo

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VENEZUELA

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MAYOR.

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Misión Hijos de
Venezuela

Partes: 1, 2

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