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Bioetica jurídica



  1. Introducción
  2. Definición de
    bioética
  3. Origen
    de bioética
  4. Dominios de la
    bioética
  5. Principios fundamentales de la
    bioética
  6. Ámbitos de la
    bioética
  7. Clasificación de la
    bioética
  8. Bioética
    jurídica
  9. Herramienta para la solución de casos
    complejos
  10. Comisión de bioética venezolana
    ingresa a la UNESCO
  11. Conclusión
  12. Bibliografía

Introducción

La bioética es considerada la rama
de la ética que se encarga de proveer los principios de la
conducta humana, se ha ido difundiendo en coincidencia con la
progresiva complejidad de los dilemas éticos suscitados
por los espectaculares avances de las ciencias
biomédicas.

La bioética es una disciplina joven,
considerada parte de la ética normativa, esto conlleva al
replanteamiento de una praxis sanitaria más compleja donde
las diferencias en el tratamiento ético de los problemas
fundamentales de la vida deben abordarse desde una perspectiva
filosófico-racional.

Expresa el dilema moderno entre la libertad
individual y la responsabilidad social, da lugar a la
reflexión en los problemas, novedosos o recurrentes,
tomando en cuenta la enorme complejidad de los mismos, tanto a lo
que hace la comprensión de los propios avances
científicos, como por la posibilidad de una clara
conceptualización y exigencia argumentativa en
términos ético-racionales.

Definición de
bioética

La bioética es considerada la rama de la
ética que se encarga de proveer los principios de la
conducta humana, respecto a la vida, tanto animal como vegetal,
así como al ambiente en el que pueden darse condiciones
aceptables para la vida. Esta rama de la ética no se
limita al sentido médico ya que involucra los problemas
éticos que se relacionan con la vida en general, tales
como el cuidado del medio ambiente, como el trato debido a los
animales.

El término Bioética proviene de Bio-Ethik,
término que fue utilizado por el filósofo
alemán Fritz Jahr, y lo utilizó para escribir un
artículo sobre la relación ética del ser
humano con las plantas y animales. La Bioética, integrada
por las voces bíos, del griego, "vida humana" y
ethiké, denota así no solo un campo particular de
investigación, la intersección de la ética y
las ciencias de la vida, sino también una disciplina
académica, una fuerza política en los estudios de
medicina, biología y medio ambiente y una perspectiva
cultural.

La Bioética es definida en la primera
edición de la Enciclopedia de Bioética editada por
Warren Reich (1978) como "el estudio sistemático de la
conducta humana en el área de las ciencias de la vida y la
atención de la salud, en tanto que dicha conducta es
examinada a la luz de los principios y valores
morales".

Luego, en la edición de 1995 será definida
como"… el estudio sistemático de las decisiones
morales -incluyendo visiones, decisiones conductas y
políticas morales- de las ciencias de la vida y la
atención a la salud, empleando una variedad de
metodologías éticas en un contexto
ético.

Origen de
bioética

La bioética es una disciplina joven, considerada
parte de la ética normativa, pero cuya vocación
interdisciplinaria ha propiciado un fértil campo de
estudio en diversas áreas científicas y sociales,
unidas por el interés en la reflexión sobre el
presente y futuro de la humanidad.

Nacida formalmente en los años setenta en el
contexto de la preocupación por la regulación
ética de las investigaciones sobre seres humanos, hoy, al
menos en Europa y América Latina, es considerada una
disciplina esencial para la supervivencia humana en tanto se
ocupa de las relaciones entre ética, tecnología,
sociedad, equidad y desarrollo, teniendo en vista que no todo lo
técnicamente posible es éticamente
recomendable.

Expresa, de alguna manera, el dilema moderno entre la
libertad individual y la responsabilidad social. Se caracteriza
por ser un campo en formación, de abordaje
interdisciplinario, eminentemente práctico.

Hoy se acepta que la Bioética nace de una triple
raíz:

a) La defensa de los derechos humanos en la postguerra
mundial y el movimiento por los derechos civiles en los Estados
Unidos, ambos en su relación con la medicina y la
salud;

b) El poderío y la ambigüedad moral del
poderío del desarrollo científico
tecnológico para la supervivencia de la especie humana y
el bienestar de las personas;

c) Los problemas de justicia en los sistemas de
salud.

La preocupación por la defensa de la dignidad
humana y los derechos fundamentales en relación con la
Bioética ha sido recogida por la comunidad internacional y
plasmada en un importante documento de UNESCO:

la Declaración Universal de Bioética y
Derechos Humanos, promulgada en octubre del año 2005,
siendo la primera vez en la historia de la bioética que
los Estados Miembros se comprometían, y
comprometían con ello a la comunidad internacional, a
respetar y aplicar principios fundamentales de la bioética
reunidos en un texto único, reconociendo así la
necesidad de que la sensibilidad moral y la reflexión
ética sean partes integrantes del proceso de desarrollo
tecnológico y científico, trabajando en la
elaboración de nuevos enfoques de responsabilidad
social.

Dominios de la
bioética

La bioética abarca las cuestiones
éticas acerca de la vida que surgen en las relaciones
entre biología, nutrición, medicina,
química, política (no debe confundirse con la
"biopolítica"7 ), derecho, filosofía,
sociología, antropología, teología,
etc.

Existe un desacuerdo acerca del dominio
apropiado para la aplicación de la ética en temas
biológicos. Algunos bioéticos tienden a reducir el
ámbito de la ética a lo relacionado con los
tratamientos médicos o con la innovación
tecnológica. Otros, sin embargo, opinan que la
ética debe incluir lo relativo a todas las acciones que
puedan ayudar o dañar organismos capaces de sentir miedo y
dolor. En una visión más amplia, no sólo hay
que considerar lo que afecta a los seres vivos (con capacidad de
sentir dolor o sin tal capacidad), sino también al
ambiente en el que se desarrolla la vida, por lo que
también se relaciona con la ecología.

El criterio ético fundamental que
regula esta disciplina es el respeto al ser humano, a sus
derechos inalienables, a su bien verdadero e integral: la
dignidad de la persona. Por la íntima relación que
existe entre la bioética y la antropología, la
visión que de ésta se tenga condiciona y fundamenta
la solución ética de cada intervención
técnica sobre el ser humano.

La bioética es con frecuencia asunto
de discusión política, lo que genera crudos
enfrentamientos entre aquellos que defienden el progreso
tecnológico en forma incondicionada y aquellos que
consideran que la tecnología no es un fin en sí,
sino que debe estar al servicio de las personas y bajo el control
de criterios éticos; o entre quienes defienden los
derechos para algunos animales y quienes no consideran tales
derechos como algo regulable por la ley.

Principios fundamentales
de la bioética

En 1979, los bioeticistas T. L. Beauchamp y
J. F. Childress, definieron los cuatro principios de la
bioética: autonomía, no maleficencia, beneficencia
y justicia. En un primer momento definieron que estos principios
son prima facie, esto es, que vinculan siempre que no colisionen
entre ellos, en cuyo caso habrá que dar prioridad a uno u
otro, dependiendo del caso. Sin embargo, en 2003 Beauchamp,
considera que los principios deben ser especificados para
aplicarlos a los análisis de los casos concretos, o sea,
deben ser discutidos y determinados por el caso concreto a nivel
casuístico.

Los cuatro principios definidos por
Beauchamp y Childress son:

Principio de autonomía: La
autonomía expresa la capacidad para darse normas o reglas
a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas. El
principio de autonomía tiene un carácter imperativo
y debe respetarse como norma, excepto cuando se dan situaciones
en que las personas puedan no ser autónomas o presenten
una autonomía disminuida, en cuyo caso será
necesario justificar por qué no existe autonomía o
por qué ésta se encuentra disminuida.

Principio de beneficencia: Obligación de
actuar en beneficio de otros, promoviendo sus legítimos
intereses y suprimiendo prejuicios. En medicina, promueve el
mejor interés del paciente pero sin tener en cuenta la
opinión de éste. Un primer obstáculo al
analizar este principio es que desestima la opinión del
paciente, primer involucrado y afectado por la situación,
prescindiendo de su opinión debido a su falta de
conocimientos médicos. Sin embargo, las preferencias
individuales de médicos y de pacientes pueden discrepar
respecto a qué es perjuicio y qué es
beneficio.

Principio de no maleficencia (primum non nocere):
Abstenerse intencionadamente de realizar acciones que puedan
causar daño o perjudicar a otros. Es un imperativo
ético válido para todos, no sólo en el
ámbito biomédico sino en todos los sectores de la
vida humana.

Principio de justicia: Tratar a cada uno como
corresponda, con la finalidad de disminuir las situaciones de
desigualdad (ideológica, social, cultural,
económica, etc.). En nuestra sociedad, aunque en el
ámbito sanitario la igualdad entre todos los hombres es
sólo una aspiración, se pretende que todos sean
menos desiguales, por lo que se impone la obligación de
tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales para
disminuir las situaciones de desigualdad.

El principio de justicia puede desdoblarse en dos: un
principio formal (tratar igual a los iguales y desigual a los
desiguales) y un principio material (determinar las
características relevantes para la distribución de
los recursos sanitarios: necesidades personales, mérito,
capacidad económica, esfuerzo personal, etc.).

Ámbitos de la
bioética

Aunque la bioética está muy
relacionada con la ética no son lo mismo. En el caso de la
medicina, la ética médica no es idéntica a
la bioética médica: la ética médica
trata los problemas planteados por la práctica de la
medicina mientras que la bioética es un tema más
amplio que aborda los problemas morales derivados de los avances
en las ciencias biológicas en general.

La bioética se diferencia de la
ética, según algunos autores, en que no necesita la
aceptación de ciertos valores tradicionales que son
fundamentales para la ética.

  • Problemas éticos derivados de las
    profesiones sanitarias:
    transfusiones de sangre,
    eutanasia, trasplantes de órganos, reproducción
    asistida o mediante fertilización in vitro, aborto,
    todos los asuntos implicados en la relación
    médico-paciente.

  • Problemas de la investigación
    científica,
    en particular la investigación
    biomédica, que tanto pueden transformar al hombre:
    manipulación genética, tecnologías
    reproductivas como la fecundación in vitro o la (por
    ahora sólo hipotética) clonación humana,
    etc.

  • Los problemas ecológicos, del medio
    ambiente y la biosfera: necesidad de conservación del
    medio ambiente, como mantener el equilibrio entre las
    especies y el respeto hacia los animales y la naturaleza,
    impedir el uso de energía nuclear, controlar el
    crecimiento de la población mundial y el incremento
    del hambre en los países pobres, etc.

  • Influencia social y política de las
    cuestiones anteriores, en cuanto a legislación,
    educación, políticas sanitarias,
    religión, etc.

  • Temáticas relativas a la relación
    entre neurología y ética,
    que daría
    lugar a lo que se conoce como neuroética.

Clasificación de
la bioética

La Dra. María Dolores Vila-Coro Barrachina, en su
libro La vida humana en la encrucijada, establece una
clasificación de la bioética en cuatro
aspectos:

  • La bioética teórica, o
    «meta-bioética»,
    que trata los
    fundamentos conceptuales de la bioética en el marco de
    las teorías morales y la justificación de sus
    nociones básicas (persona, dignidad, autonomía,
    etc.).

  • La bioética clínica, referida a
    las decisiones éticas que se toman en la
    práctica profesional, vinculada a la
    deontología médica clásica y que se
    focaliza en los casos individuales de los pacientes que
    plantean la resolución de un problema
    ético.

  • La bioética normativa, conocida
    también como «bioderecho», en la que
    tienen una participación directa juristas y
    autoridades públicas y que se orienta hacia la
    adopción de reglas generales en la política
    sanitaria y el sistema jurídico. Centra su
    interés en la racionalidad de las decisiones
    colectivas en las áreas donde confluyen la salud
    pública, los derechos humanos y la regulación
    de los avances científicos.

  • La bioética cultural, que trata del
    esfuerzo sistemático en relacionar los nuevos dilemas
    bioéticos con el contexto histórico y
    sociocultural en el que se dan. Trata de evitar la
    imposición de determinadas visiones de la
    bioética en sociedades que tienen valores
    distintos.

Bioética
jurídica

Habida cuenta las complejidades propias de la
disciplina, la doctrina ha propuesto a grandes rasgos campos de
trabajo de la bioética, complementarios entre sí,
teniendo cada una de ellas su propia metodología y puntos
de interés: Bioética Teórica,
Bioética Clínica, Bioética Jurídica,
Bioética Cultural, Bioética Social y
Bioética Política. En esta ocasión y para
los fines de nuestro trabajo reseñaremos simplemente a
qué refiere la denominada "Bioética
Jurídica".

La Bioética Jurídica ha sido definida como
"la rama de la bioética que se ocupa de la
regulación jurídica y las proyecciones y
aplicaciones jurídicas de las problemáticas
bioéticas, constituyendo al mismo tiempo una
reflexión crítica sobre las crecientes y fecundas
relaciones entre la bioética y el derecho a escalas
nacional, regional e internacional". Ésta suele centrar su
interés en la racionalidad de las decisiones colectivas en
áreas en la que confluyen la salud pública, los
derechos humanos y la regulación de los avances
científicos.

La Bioética Jurídica apunta a la
resolución y regulación de los temas y problemas
bioéticos que conllevan el imperativo de garantizar la
tutela de la dignidad humana y los derechos fundamentales puestos
en discusión por el avance de la ciencia. No se agota
entonces, ni tiene por objeto, transformarse en una nueva rama
del Derecho o devenir en una mecánica regulación de
actividades de las ciencias de la salud. Así, la
bioética jurídica permite dar cuenta de una
bioética normativa (regulación constitucional y
legal de problemas bióeticos); de la bioética
jurisprudencial (resoluciones judiciales de conflictos
bioéticos) y de un campo de estudio y reflexión de
las relaciones entre la Bioética y el Derecho; todas estas
situaciones sin duda complejas e interesantes las cuales ameritan
un abordaje más exhaustivo en un estudio posterior.

Herramienta para la
solución de casos complejos

En los últimos tiempos, varios de los casos
más relevantes en el escenario judicial latinoamericano
involucraron cuestiones técnicamente complejas y
socialmente sensibles, en los que ha quedado en evidencia la
necesidad de recurrir a un abordaje interdisciplinario y un marco
conceptual, capaz de analizar elementos tales como el impacto de
las nuevas tecnologías reproductivas, la inclusión
social y legal de la diversidad sexual, la pluralidad de tipos
familiares, los límites de la disposición del
propio cuerpo, el proyecto de vida y los márgenes de
autonomía para decidir sobre las condiciones de la propia
muerte, entre otros, dentro del contexto del derecho
internacional de los derechos humanos.

Estos temas, que se discuten hacen más de veinte
años y algunos, como es el caso de las técnicas de
reproducción asistida, desde la década de los
ochenta, por la doctrina especializada en Bioética, han
llegado a las máximas instancias judiciales de varios
países latinoamericanos.

Si uno pasa revista por los debates más candentes
de la última década, es posible constatar una
creciente demanda de operadores(as) del Derecho capaces de
afrontar situaciones dilemáticas vinculadas a temas como
los mencionados, pero ello no pareciera tener un cabal correlato
en realidades donde aún no se percibe claramente la
necesidad de formar tanto a estudiantes, abogados(as) así
como a jueces y juezas en el análisis y resolución
de problemas que involucran a la Bioética y el Derecho.
Las dimensiones morales que se examinan en la bioética
están evolucionando constantemente, pero tienden a
focalizarse en algunas cuestiones mayores.

Comisión de
bioética venezolana ingresa a la UNESCO

Venezuela resultó escogida como miembro del
Consejo Ejecutivo de la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(Unesco), el Comité Jurídico de la Unesco y el
Comité Intergubernamental de Bioética
(CIGB).

Esta designación representa un compromiso con el
pueblo venezolano, así lo dejó claro Eva
Pérez, coordinadora de la Comisión de Ética,
Bioética y Biodiversidad en el del Fondo Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT) y quien
ahora será la representante del CIGB por Venezuela ante la
Unesco. "Asumimos este reto con toda la voluntad que tenemos para
continuar, mejorar lo emprendido e introducir nuevas acciones en
función de los más elevados propósitos que
conllevan los principios bioéticos y los derechos
humanos", aseguró Pérez.

La Unesco cuenta con una división de Ética
de la Ciencia y la Tecnología, la cual trabaja en las
áreas de Bioética y ética de la Ciencia y la
Tecnología, y tiene órganos subsidiarios como la
Comisión Mundial de Ética del Conocimiento
Científico y la Tecnología (COMEST), el
Comité Internacional de Bioética (CIB), y el CIGB,
del cual hoy Venezuela forma parte.

La práctica y las acciones de los principios de
la Bioética y la solidaridad, han sido claves para el
avance de la nación a nivel internacional, "Vemos un
país que actúa con ética, que cree en sus
principios y por ello crece de manera acelerada, estableciendo
valores como motores fundamentales que realzan la relación
entre los seres humanos, los pueblos, las naciones y la
naturaleza entera". Destacó Eva Pérez.

El reto de esta investigadora y los expertos del
área, será durante el período 2009-2013,
pues, se trazaron como objetivo extender el conocimiento y la
práctica de la Bioética a todos los niveles
institucionales del Estado, recomendando para ello, el
diseño de políticas apropiadas. Asimismo, elevar el
grado de conocimiento en esta materia y así fomentar la
práctica y la formación de recursos humanos tanto
en la educación formal como en las instancias de
organizaciones sociales y comunitarias.

Del mismo modo, han forjado como meta introducir la
práctica de los principios bioéticos como eje que
acompañe la formación de niños,
jóvenes y adultos en todos sus ámbitos de
relación (personales, familiares y profesionales), y
así contribuir a la formación del hombre nuevo que
aspira nuestra patria.

MCTI Y FONACIT UNIDOS Y
COMPROMETIDOS

El Ministerio del Poder Popular para Ciencia,
Tecnología e Industrias Intermedias (MCTI) y su ente
adscrito FONACIT, son instituciones consolidadas que han
conquistado diversos logros durante los últimos
años. El MCTI ha establecido convenios en el ámbito
de la ciencia y la tecnología, proyectos de
investigación y desarrollo en países de
América, Europa, Asia y África. Esta nueva
designación es producto de tales actividades y del grado
con que asumen estas instituciones cada compromiso.

Finalmente, con este nuevo logro de la Soberanía
Tecnológica y Científica, el Estado venezolano se
prepara para avanzar en esta materia, pues, la meta será
alcanzar el respeto a la dignidad humana, y la felicidad suprema
del hombre y del pueblo.

Conclusión

La bioética es considerada la rama
de la ética, se encarga de proveer los principios de la
conducta humana, expresa el dilema moderno entre la libertad
individual y la responsabilidad social, abarca las cuestiones
éticas acerca de la vida que surgen en las relaciones
entre biología, nutrición, medicina,
química, política, derecho, filosofía,
sociología, antropología, teología, etc. Se
caracteriza por ser un campo en formación, de abordaje
interdisciplinario, eminentemente práctico.

Esta rama de la ética, es nacida formalmente en
los años setenta en el contexto de la preocupación
por la regulación ética de las investigaciones
sobre seres humanos, hoy, al menos en Europa y América
Latina, nace de una triple raíz; la defensa de los
derechos humanos en la postguerra mundial y el movimiento por los
derechos civiles en los Estados Unidos, ambos en su
relación con la medicina y la salud; poderío y la
ambigüedad moral del poderío del desarrollo
científico tecnológico para la supervivencia de la
especie humana y el bienestar de las personas; y problemas de
justicia en los sistemas de salud.

El criterio ético fundamental que regula esta
disciplina es el respeto al ser humano, a sus derechos
inalienables, a su bien verdadero e integral: la dignidad de la
persona. Los cuatro principios de la bioética:
autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia. Es
considerada una disciplina esencial para la supervivencia humana
en tanto se ocupa de las relaciones entre ética,
tecnología, sociedad, equidad y desarrollo, teniendo en
vista que no todo lo técnicamente posible es
éticamente recomendable.

Bibliografía

http://www.ijeditores.com.ar/articulos.php?idarticulo=61497&print=2

http://www.buenastareas.com/ensayos/Bio%C3%A9tica-Jur%C3%ADdica/7363501.html

https://es.wikipedia.org/wiki/Bio%C3%A9tica

http://www.ucv.ve/estructura/facultades/facultad-de-odontologia/pregrado/catedras/bioetica.html

http://www.mct.gob.ve/Noticias/3751

 

 

Autor:

Maria de los A.Pérez

 

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