Presupuesto participativo – Monografias.com
Presupuesto
participativo
Interpretando a Valdivia (2012)[1]; el
presupuesto participativo es un instrumento de política y
a la vez de gestión, a través del cual las
autoridades regionales y locales, así como las
organizaciones de la población debidamente representadas,
definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar
los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de
Desarrollo Estratégico o Institucional, según
corresponda, los cuales están directamente vinculados a la
visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Los
principales objetivos del Presupuesto Participativo son: i)
Promover la creación de condiciones económicas,
sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de
vida de la población y fortalezcan sus capacidades como
base del desarrollo, posibilitando acciones concertadas que
refuercen los vínculos de identidad, de pertenencia y las
relaciones de confianza; ii) Mejorar la asignación y
ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a
las prioridades consideradas en los Planes de Desarrollo
Concertados y los Planes Sectoriales Nacionales, propiciando una
cultura de responsabilidad fiscal, sobre la base de acuerdos
concertados; iii) Reforzar la relación entre el Estado y
la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de la
ciudadanía que utilice los mecanismos de democracia
directa y democracia representativa generando compromisos y
responsabilidades compartidas. De acuerdo a lo establecido en la
Constitución Política del Perú y las leyes
Orgánicas de Gobiernos Regionales y de Municipalidades,
los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales formulan sus
presupuestos de manera participativa. Por su parte, la Ley 28056-
Ley Marco del Presupuesto Participativo-, establece los
parámetros mínimos para el desarrollo del
Presupuesto Participativo. Su reglamento y el Instructivo
establecen los procedimientos y mecanismos específicos
para su desarrollo.
Interpretando a Rodríguez
(2007)[2], el presupuesto participativo es un
proceso que fortalece las relaciones Estado – Sociedad,
mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a
implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local, con la
participación de la sociedad organizada, generando
compromisos de todos los agentes participantes para la
consecución de los objetivos estratégicos. Los
agentes participantes del presupuesto participativo están
integrados por los miembros del Consejo de Coordinación
Regional, Consejo de Coordinación Local, los miembros de
los Consejos Regionales y Concejos Municipales, los
representantes de la Sociedad Civil identificados para este
propósito según lo señalado en el
artículo 5° del Reglamento y los representantes de las
entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el
ámbito de la región, provincia o distrito y
designados para tales fines. Integran también los Agentes
Participantes un Equipo Técnico de soporte del proceso que
participa con voz pero sin voto en el proceso. El Presupuesto
Participativo tiene los siguientes objetivos: i) Mejorar la
eficiencia en la asignación y ejecución de los
recursos públicos de acuerdo a las prioridades
consideradas en los Planes de Desarrollo Concertado y los Planes
Sectoriales y nacionales, propiciando una cultura de
responsabilidad fiscal, concertación y paz en la sociedad;
ii) Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad,
introduciendo formalmente en el ámbito de la
gestión pública una nueva forma de comprender y
ejercer la ciudadanía en el marco de un ejercicio creativo
y complementario de mecanismos de democracia directa y democracia
representativa que genera compromisos y responsabilidades
compartidas; iii) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones
a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos
estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando
conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los
ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la
implementación de las acciones del estado y la sociedad en
su conjunto; iv) Fijar prioridades en la inversión
pública, estableciendo un orden de prelación para
la ejecución de los proyectos declarados viables bajo las
normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley
No. 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión
Pública; así como garantizar la sostenibilidad de
la inversión ya ejecutada, ya sea en el ejercicio fiscal
actual o en los siguientes según corresponda; v) Reforzar
el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del
presupuesto y fiscalización de la gestión,
fortaleciendo las capacidades regionales y locales para fines del
proceso participativo y vigilancia ciudadana. Las Instancias del
Presupuesto Participativo, están constituidas por el
Consejo de Coordinación Regional, Consejo de
Coordinación Local Provincial y el Consejo de
Coordinación Local Distrital con el objeto de coordinar,
concertar, liderar, monitorear y garantizar el desarrollo de los
procesos de los presupuestos participativos dentro del
ámbito regional y local
Rodríguez (2007)[3]; señala
que el presupuesto participativo es básicamente un sistema
de formulación y seguimiento del presupuesto mediante el
cual la población determina, a través de debates y
consultas, dónde serán hechas las inversiones,
cuáles son las prioridades, obras y acciones a ser
desarrolladas por el gobierno. Es, desde otro punto de vista, una
valiosa herramienta de planificación presupuestaria. Sin
embargo, debe comprenderse que la participación ciudadana
no puede establecerse por decreto. Es la resultante de un proceso
cultural lento, donde las leyes pueden ayudar a sugerir conductas
pero no pueden imponerlas. Es preciso que tanto el gobierno como
los ciudadanos pierdan desconfianzas mutuas y preparen el terreno
para poder trabajar juntos en políticas que logren una
mejor calidad de vida para la comunidad. Resulta necesario que el
gobierno local estimule la participación a través
de dos maneras, básicamente. En primer término,
brindando información a la comunidad ya que sin
información la gente no puede participar. Esta
información comprende no sólo ilustrar respecto de
qué es el presupuesto, y en particular qué es el
presupuesto participativo, sino también hacer saber a los
ciudadanos cuál es la acción de gobierno realizada,
en que se han gastado los dineros públicos
(rendición de cuentas), cuáles son los compromisos
asumidos y en qué se proyecta gastar en los
próximos ejercicios. En segundo lugar se deben
institucionalizar espacios de participación para que este
proceso se consolide. Esto requiere un trabajo constante y
continuo, en el que no puede estar ausente la capacitación
tanto de la comunidad como de los propios funcionarios de
gobierno. Ello es necesario para determinar las necesidades,
planificar soluciones y crear mecanismos de información y
consultas permanentes que resulten confiables. En este orden de
ideas, la vocación y la función de las iniciativas
sociales se dirigen al intento de consolidarse como mediadores
sociales, una expresión de ello lo constituye el proceso
de formulación, concertación y aplicación
del presupuesto participativo en el departamento de Risaralda,
para lo que se precisó de una compleja y múltiple
estrategia relacional que vinculó y puso en
interacción recíproca a muy diferentes y diversos
agentes y actores sociales que intervienen en el medio
físico y social en el que se inscribe esta iniciativa. El
desarrollo de la potencialidad de las relaciones entre la base
social ciudadana, la optimización de los vínculos
entre las asociaciones de todo tipo, las empresas, las
instituciones y administraciones públicas, en nuestro
caso, gobernación y alcaldías municipales,
sólo será posible con un tejido asociativo potente,
dispuesto y consciente de su papel mediador y con un sentido
profundamente democrático de la sociedad, donde la
democracia y la eficacia social pueden hacerse más que
compatibles. Somos consientes que sólo avanzando en la
corresponsabilidad, en el principio de subsidiariedad y en la
participación social es posible la vertebración de
una sociedad que siendo consciente de sí misma y de sus
necesidades y potencialidades sea capaz de procurarse altas cotas
de calidad de vida. En este orden de ideas, como lo ha
señalado la Gobernación de Risaralda la
participación ciudadana directa en la gestión
pública promueve la democratización del Estado y el
control social en las acciones del Gobierno, asegurando mayor
transparencia en la inversión de los recursos, dirigidos
hacia las diferentes necesidades de la
población.
Interpretando a López (2010)[4];
el presupuesto participativo es una potente herramienta de
relación permanente del Gobierno con la población,
un modelo de gestión pública democrática,
donde la ciudadanía participa de forma directa, voluntaria
y universal. En éste, la comunidad prioriza programas,
formula perfiles de proyectos y propone la distribución de
los recursos de inversión. Además hace el control
social a respectiva ejecución. De modo que el presupuesto
participativo es una herramienta para que la población
proponga en que invertir los recursos públicos.
Desde esta perspectiva y teniendo como guía
metodológica el esquema Ciclo del proceso, instrumento que
en permanente ajuste ha servido como guía del proceso, el
trabajo de sistematización en el departamento de Risaralda
y que se presenta tiene como norte los siguientes elementos: 1.
Metodología. Como proceso abierto y en construcción
se trabajo la metodología de diálogo de saberes,
donde se promovió el aprendizaje, la construcción
de conocimiento y la participación como acción
dialógica y participativa; donde los conocimientos o
saberes son construidos de manera colectiva, pero que sobre todo
reconoce el carácter político, de los procesos de
formación y capacitación. La propuesta
metodológica del diálogo de saberes que se
instrumentó para la sistematización puede resumirse
en siete momentos, los cuales siempre estuvieron presentes a lo
largo del proceso, tanto en las entrevistas como en los
diálogos que se sostuvieron con funcionarios, delegados de
la comunidad, expertos y ciudadanos del común; dichos
momentos o pasos son: 1. Rescate del saber de las comunidades,
sobre el tema que se trabajo o con relación a su historia,
etc.; 2. Sistematización o resumen del saber de las
comunidades. 3. Aporte de otros conocimientos y saberes. 4.
Resumen o sistematización de los nuevos conocimientos. 5.
Diálogo de saberes: Comparación entre el resumen
del saber de las comunidades con el resumen del nuevo
conocimiento, esta es la contrastación para construir
conocimiento colectivo. 6. Las acciones a realizar en
función de metas comunes. 7. Acuerdos sobre un proyecto
colectivo y político, que busque ampliar los espacios de
participación y movilización social. El ejercicio
que se desarrolló, además de registrar los procesos
desatados y los resultados obtenidos, busca realizar una
reflexión sobre el alcance y la naturaleza de la
intervención. Ésta es un nivel de reflexión
superior a la evaluación aunque se apoya en ésta,
es de más largo plazo que la evaluación misma. Esta
reflexión fue adelantada desde los postulados de la
Investigación-acción-participación, buscando
se convierta en un elemento de la Educación
Popular.
De acuerdo a la Ley Nº 28056[5]el
proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de
asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y
transparente de los recursos públicos, que fortalece las
relaciones Estado – Sociedad Civil. Para ello los gobiernos
locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de
participación en la programación de sus
presupuestos, así como en la vigilancia y
fiscalización de la gestión de los recursos
públicos. El presupuesto participativo tiene por objeto
establecer disposiciones que aseguren la efectiva
participación de la sociedad civil en el proceso de
programación participativa del presupuesto, el cual se
desarrolla en armonía con los planes de desarrollo
concertados de los gobiernos locales, así como la
fiscalización de la gestión. El presupuesto
participativo tiene por finalidad recoger las aspiraciones y
necesidades de la sociedad, para considerarlos en los
presupuestos y promover su ejecución a través de
programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita
alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano,
integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos
a través de un adecuado control social en las acciones
públicas. Para el desarrollo del proceso, los consejos de
coordinación local se constituyen, conforman su directiva,
elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de trabajo, dentro
del marco de sus respectivas leyes y las normas que para regular
este proceso se expidan. En el marco del alcance del proceso de
programación participativa del presupuesto, la sociedad
civil toma parte activa en el proceso de programación
participativa de los presupuestos de los gobiernos locales con
énfasis en los gastos de inversión, de acuerdo a
las directivas y lineamientos que para estos fines emitirá
la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la
Dirección General de Programación Multianual del
Sector Público del Ministerio de Economía y
Finanzas. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones,
compromisos, aportes y prioridades establecidas en los planes de
desarrollo concertados a nivel regional y local.
El proceso participativo tiene las siguientes fases: 1.
Identificación de los agentes participantes, 2.
Capacitación a los agentes participantes de las instancias
del presupuesto participativo, 3. Desarrollo de talleres de
trabajo; 4. Evaluación técnica de prioridades; 5.
Formalización de los acuerdos; 6. Rendición de
cuentas; y, 7. Otros que acuerde la instancia participativa. Los
titulares del pliego son los responsables de llevar adelante las
distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se
establecen en la presente Ley, su Reglamento, Directivas y
Lineamientos emitidos para dichos fines. El resultado de los
talleres debe constar necesariamente en actas. Los presupuestos
participativos de los gobiernos locales reflejan de manera
diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos realizados a
través de las distintas fases del proceso de
programación participativa. Para ello, las instancias del
presupuesto participativo sustentan los acuerdos y compromisos
adquiridos, ante los Consejos Regionales o Concejos Municipales,
según sea el caso, para su inclusión en el
presupuesto institucional. Los gobiernos locales, para efecto del
proceso de programación participativa del presupuesto,
toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el
plan de desarrollo concertado, según corresponda, los
cuales constituyen instrumentos orientadores de inversión,
asignación y ejecución de los recursos, así
como de la gestión individual y colectiva, tanto de las
organizaciones sociales como de los organismos e instituciones
públicas o privadas promotoras del desarrollo. Son
mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo los que
permiten el acceso a la información pública, la
rendición de cuentas y el fortalecimiento de capacidades.
Los gobiernos locales, están obligados a utilizar los
medios a su alcance a fin de lograr la adecuada y oportuna
información a los ciudadanos, sobre el proceso de
programación participativa del presupuesto y
ejecución del gasto público. Los Titulares de
Pliego de los gobiernos locales, están obligados a rendir
cuenta de manera periódica, ante las instancias del
presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos
logrados en la programación participativa, así como
del presupuesto total de la entidad. El Ministerio de
Economía y Finanzas, a través de la
Dirección Nacional del Presupuesto Público, en
coordinación con los gobiernos locales programa e
implementa acciones de capacitación dirigidas a los
agentes participantes del presupuesto participativo, para los
fines de la programación y vigilancia
participativa.
Interpretando a Valdivia (2012)[6]; el
Presupuesto Participativo basado en Resultados se enmarca dentro
del nuevo enfoque de la nueva gerencia y gestión
pública, en el cual los recursos públicos se
asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios
específicos que se deben alcanzar para mejorar el
bienestar de la población. Lograr estos cambios supone
producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de
vida de las personas. El Presupuesto Participativo basado en
Resultados comprende la incorporación al proceso del
Presupuesto Participativo de las corrientes renovadoras del
presupuesto y la gestión por resultados en los que el/la
ciudadano/a y los resultados que estos requieren y valoran se
constituyen en el eje del accionar público. Para tal fin,
se estructuran los presupuestos en función a los
productos, es decir bienes y servicios que la población
recibe de parte de las instituciones públicas, para lograr
los resultados. El presupuesto anual debe garantizar las
dotaciones de recursos necesarios para poder desarrollar los
productos, que incluyen las previsiones presupuestarias para los
recursos humanos, insumos materiales y bienes de capital que sean
necesarios.
El Presupuesto Participativo es el espacio en el que
pueden facilitarse las decisiones de inversión que
dotarán a las entidades del Estado con los bienes de
capital necesarios para cubrir las brechas existentes y que
limitan el desarrollo y entrega de los productos. Para lograr una
mayor efectividad en la gestión se deben relacionar los
resultados con los productos, así como las acciones y los
medios necesarios para su ejecución y viceversa. De esta
manera, los proyectos que se prioricen en el marco del proceso
participativo, al ser pensados y priorizados en función de
resultados y estar conectados a los productos,
garantizarán mejoras en la calidad de vida de la
población (resultados), sobre todo de los sectores
más necesitados.
Interpretando a Valdivia (2012)[7]; los
gobiernos locales son entidades básicas de la
organización territorial del Estado y canales inmediatos
de participación vecinal en los asuntos públicos,
que institucionalizan y gestionan con autonomía los
intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo
elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la
población y la organización. Las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno
promotores del desarrollo local, con personería
jurídica de derecho público y plena capacidad para
el cumplimiento de sus fines. Los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia. La
autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico.
Interpretando a Marchiaro (2011)[8]; el
presupuesto participativo es una herramienta de democracia
participativa o de la democracia directa que permite a la
ciudadanía incidir o tomar decisiones referentes a los
presupuestos públicos, generalmente sobre el presupuesto
municipal. La primera experiencia de presupuesto participativo
(orçamento participativo) se inició en 1989 en la
ciudad de Porto Alegre (Rio Grande do Sul, Brasil), tras la
victoria del Partido los Trabajadores en las elecciones
municipales. En un contexto de fuertes desigualdades sociales y
recursos limitados, el nuevo gobierno no podía hacer
frente a todas las necesidades de la población ni dar
respuesta a las expectativas creadas entre la población
más desfavorecida. Resultaba imprescindible establecer
prioridades de acción y, para hacerlo, contó con la
sociedad civil fuertemente organizada, dando voz a los
movimientos sociales. A través de un sistema asambleario,
se creó una estructura que permitiese a los ciudadanos
incidir en las decisiones sobre el gasto municipal. El objetivo
principal del presupuesto participativo en Porto Alegre se
centró en la justicia social: empoderar a las comunidades
y conseguir que las necesidades de los más desvalidos, a
menudo olvidadas, pasen a primer término mediante la
inversión de prioridades. La experiencia continúa
en vigor, aunque el cambio de gobierno municipal en 2004
propició modificaciones substanciales en el proceso y sus
objetivos.
En la República Argentina el primer municipio en
adoptar un presupuesto participativo fue la ciudad de Rosario en
la provincia de Santa Fe. Rosario sancionó la ordenanza
respectiva en 2002 y el primer presupuesto participativo
correspondió al año 2003. Posteriormente otros
municipios como San Fernando (provincia de Buenos Aires), el
Municipio de Morón (provincia de Buenos Aires, iniciados
durante la intendencia de Martín Sabatella),
Córdoba Capital, San Carlos de Bariloche (provincia de
Río Negro), Reconquista (provincia de Santa Fe) y La Plata
(Provincia de Buenos Aires) también adoptaron el uso de
esta herramienta de participación directa. Esto
derivó en la creación de la Red Argentina de
Presupuestos Participativos que agrupa a los municipios que lo
utilizan. En la actualidad se nombró como presidente de la
Red Argentina de Presupuesto Participativo al Director de
Presupuesto Participativo de la Ciudad de Córdoba Neldo
Fraye.
En diversos municipios de España se han puesto en
practica experiencias de presupuesto participativo en
ámbito local: En Andalucia: Sevilla, Málaga y
Córdoba. En Cataluña: Santa Cristina de Aro,
Figaró-Montmany, Rubí, Castellar del Vallés,
Sabadell, San Baudilio de Llobregat y Villafranca del
Panadés. En Baleares: Colonia de San Pedro, en el
municipio de Artá.
Otras ciudades en América Latina y, más
adelante, en Europa, han adoptado el presupuesto participativo
como forma de participación ciudadana y gestión
municipal, adaptando el modelo de Porto Alegre a su propio
contexto y tradición democrática. Existe
actualmente una gran riqueza y diversidad de modelos y
experiencias, con objetivos y procedimientos diversos entre
sí. Entre las experiencias latinoamericanas, se encuentran
Belém do Pará PA, Cosmópolis SP, São
Bernardo do Campo SP, Diadema SP, Santo André SP,
Jaboticaba SP, Santos SP, Piracicaba, São José dos
Campos SP, Santa Bárbara d'Oeste SP, Belo Horizonte MG,
Ipatinga MG, Betim MG, Timotéo MG, João Monlevade
MG, Florianópolis SC, Blumenau SC, Joinville SC, Palmeira
SC, Gravatal SC, Porto Alegre RS, Londria PR, Vitória ES,
Vila Velha ES, Rio Branco AC, Brasiilia DF, Recife PE. En Europa,
cabe citar la experiencia de Bolonia (Italia), Sevilla
(España), Málaga (España); en América
del Norte el Ontario (Canadá), Portland, Auburn y el
Estado de Minnesota (EE.UU.); y en Asia, la de Yokohama
(Japón).
Autor:
Domingo Hernandez Celis
[1] Valdivia Contreras, Emilio R. (2012)
Presupuesto participativo: Análisis y propuestas. Lima.
Editorial Berrio
[2] Rodríguez Rodríguez Jair
(2007) El presupuesto participativo. Edición
electrónica gratuita. Texto completo en
www.eumed.net/libros/2007a/234
[3] Rodríguez Rodríguez Jair
(2007) El presupuesto participativo. Edición
electrónica gratuita. Texto completo en
www.eumed.net/libros/2007a/234
[4] López García, Socorro
(2010) Presupuesto participativo español.
Valencia-España. Universidad de Valencia.
[5] Ley Nº 28056-Ley marco del
presupuesto participativo
[6] Valdivia Contreras, Emilio R. (2012)
Presupuesto participativo: Análisis y propuestas. Lima.
Editorial Berrio
[7] Valdivia Contreras, Emilio R. (2012)
Presupuesto participativo: Análisis y propuestas. Lima.
Editorial Berrio
[8] Marchiaro Rafaelino Enrique (2011)
Participación ciudadana en el desarrollo de las
ciudades. Buenos Aires. Editora Ediar