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Presupuesto participativo




    Presupuesto participativo – Monografias.com

    Presupuesto
    participativo

    Interpretando a Valdivia (2012)[1]; el
    presupuesto participativo es un instrumento de política y
    a la vez de gestión, a través del cual las
    autoridades regionales y locales, así como las
    organizaciones de la población debidamente representadas,
    definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar
    los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de
    Desarrollo Estratégico o Institucional, según
    corresponda, los cuales están directamente vinculados a la
    visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Los
    principales objetivos del Presupuesto Participativo son: i)
    Promover la creación de condiciones económicas,
    sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de
    vida de la población y fortalezcan sus capacidades como
    base del desarrollo, posibilitando acciones concertadas que
    refuercen los vínculos de identidad, de pertenencia y las
    relaciones de confianza; ii) Mejorar la asignación y
    ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a
    las prioridades consideradas en los Planes de Desarrollo
    Concertados y los Planes Sectoriales Nacionales, propiciando una
    cultura de responsabilidad fiscal, sobre la base de acuerdos
    concertados; iii) Reforzar la relación entre el Estado y
    la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de la
    ciudadanía que utilice los mecanismos de democracia
    directa y democracia representativa generando compromisos y
    responsabilidades compartidas. De acuerdo a lo establecido en la
    Constitución Política del Perú y las leyes
    Orgánicas de Gobiernos Regionales y de Municipalidades,
    los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales formulan sus
    presupuestos de manera participativa. Por su parte, la Ley 28056-
    Ley Marco del Presupuesto Participativo-, establece los
    parámetros mínimos para el desarrollo del
    Presupuesto Participativo. Su reglamento y el Instructivo
    establecen los procedimientos y mecanismos específicos
    para su desarrollo.

    Interpretando a Rodríguez
    (2007)[2], el presupuesto participativo es un
    proceso que fortalece las relaciones EstadoSociedad,
    mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a
    implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local, con la
    participación de la sociedad organizada, generando
    compromisos de todos los agentes participantes para la
    consecución de los objetivos estratégicos. Los
    agentes participantes del presupuesto participativo están
    integrados por los miembros del Consejo de Coordinación
    Regional, Consejo de Coordinación Local, los miembros de
    los Consejos Regionales y Concejos Municipales, los
    representantes de la Sociedad Civil identificados para este
    propósito según lo señalado en el
    artículo 5° del Reglamento y los representantes de las
    entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el
    ámbito de la región, provincia o distrito y
    designados para tales fines. Integran también los Agentes
    Participantes un Equipo Técnico de soporte del proceso que
    participa con voz pero sin voto en el proceso. El Presupuesto
    Participativo tiene los siguientes objetivos: i) Mejorar la
    eficiencia en la asignación y ejecución de los
    recursos públicos de acuerdo a las prioridades
    consideradas en los Planes de Desarrollo Concertado y los Planes
    Sectoriales y nacionales, propiciando una cultura de
    responsabilidad fiscal, concertación y paz en la sociedad;
    ii) Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad,
    introduciendo formalmente en el ámbito de la
    gestión pública una nueva forma de comprender y
    ejercer la ciudadanía en el marco de un ejercicio creativo
    y complementario de mecanismos de democracia directa y democracia
    representativa que genera compromisos y responsabilidades
    compartidas; iii) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones
    a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos
    estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando
    conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los
    ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la
    implementación de las acciones del estado y la sociedad en
    su conjunto; iv) Fijar prioridades en la inversión
    pública, estableciendo un orden de prelación para
    la ejecución de los proyectos declarados viables bajo las
    normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley
    No. 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión
    Pública; así como garantizar la sostenibilidad de
    la inversión ya ejecutada, ya sea en el ejercicio fiscal
    actual o en los siguientes según corresponda; v) Reforzar
    el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del
    presupuesto y fiscalización de la gestión,
    fortaleciendo las capacidades regionales y locales para fines del
    proceso participativo y vigilancia ciudadana. Las Instancias del
    Presupuesto Participativo, están constituidas por el
    Consejo de Coordinación Regional, Consejo de
    Coordinación Local Provincial y el Consejo de
    Coordinación Local Distrital con el objeto de coordinar,
    concertar, liderar, monitorear y garantizar el desarrollo de los
    procesos de los presupuestos participativos dentro del
    ámbito regional y local

    Rodríguez (2007)[3]; señala
    que el presupuesto participativo es básicamente un sistema
    de formulación y seguimiento del presupuesto mediante el
    cual la población determina, a través de debates y
    consultas, dónde serán hechas las inversiones,
    cuáles son las prioridades, obras y acciones a ser
    desarrolladas por el gobierno. Es, desde otro punto de vista, una
    valiosa herramienta de planificación presupuestaria. Sin
    embargo, debe comprenderse que la participación ciudadana
    no puede establecerse por decreto. Es la resultante de un proceso
    cultural lento, donde las leyes pueden ayudar a sugerir conductas
    pero no pueden imponerlas. Es preciso que tanto el gobierno como
    los ciudadanos pierdan desconfianzas mutuas y preparen el terreno
    para poder trabajar juntos en políticas que logren una
    mejor calidad de vida para la comunidad. Resulta necesario que el
    gobierno local estimule la participación a través
    de dos maneras, básicamente. En primer término,
    brindando información a la comunidad ya que sin
    información la gente no puede participar. Esta
    información comprende no sólo ilustrar respecto de
    qué es el presupuesto, y en particular qué es el
    presupuesto participativo, sino también hacer saber a los
    ciudadanos cuál es la acción de gobierno realizada,
    en que se han gastado los dineros públicos
    (rendición de cuentas), cuáles son los compromisos
    asumidos y en qué se proyecta gastar en los
    próximos ejercicios. En segundo lugar se deben
    institucionalizar espacios de participación para que este
    proceso se consolide. Esto requiere un trabajo constante y
    continuo, en el que no puede estar ausente la capacitación
    tanto de la comunidad como de los propios funcionarios de
    gobierno. Ello es necesario para determinar las necesidades,
    planificar soluciones y crear mecanismos de información y
    consultas permanentes que resulten confiables. En este orden de
    ideas, la vocación y la función de las iniciativas
    sociales se dirigen al intento de consolidarse como mediadores
    sociales, una expresión de ello lo constituye el proceso
    de formulación, concertación y aplicación
    del presupuesto participativo en el departamento de Risaralda,
    para lo que se precisó de una compleja y múltiple
    estrategia relacional que vinculó y puso en
    interacción recíproca a muy diferentes y diversos
    agentes y actores sociales que intervienen en el medio
    físico y social en el que se inscribe esta iniciativa. El
    desarrollo de la potencialidad de las relaciones entre la base
    social ciudadana, la optimización de los vínculos
    entre las asociaciones de todo tipo, las empresas, las
    instituciones y administraciones públicas, en nuestro
    caso, gobernación y alcaldías municipales,
    sólo será posible con un tejido asociativo potente,
    dispuesto y consciente de su papel mediador y con un sentido
    profundamente democrático de la sociedad, donde la
    democracia y la eficacia social pueden hacerse más que
    compatibles. Somos consientes que sólo avanzando en la
    corresponsabilidad, en el principio de subsidiariedad y en la
    participación social es posible la vertebración de
    una sociedad que siendo consciente de sí misma y de sus
    necesidades y potencialidades sea capaz de procurarse altas cotas
    de calidad de vida. En este orden de ideas, como lo ha
    señalado la Gobernación de Risaralda la
    participación ciudadana directa en la gestión
    pública promueve la democratización del Estado y el
    control social en las acciones del Gobierno, asegurando mayor
    transparencia en la inversión de los recursos, dirigidos
    hacia las diferentes necesidades de la
    población.

    Interpretando a López (2010)[4];
    el presupuesto participativo es una potente herramienta de
    relación permanente del Gobierno con la población,
    un modelo de gestión pública democrática,
    donde la ciudadanía participa de forma directa, voluntaria
    y universal. En éste, la comunidad prioriza programas,
    formula perfiles de proyectos y propone la distribución de
    los recursos de inversión. Además hace el control
    social a respectiva ejecución. De modo que el presupuesto
    participativo es una herramienta para que la población
    proponga en que invertir los recursos públicos.

    Desde esta perspectiva y teniendo como guía
    metodológica el esquema Ciclo del proceso, instrumento que
    en permanente ajuste ha servido como guía del proceso, el
    trabajo de sistematización en el departamento de Risaralda
    y que se presenta tiene como norte los siguientes elementos: 1.
    Metodología. Como proceso abierto y en construcción
    se trabajo la metodología de diálogo de saberes,
    donde se promovió el aprendizaje, la construcción
    de conocimiento y la participación como acción
    dialógica y participativa; donde los conocimientos o
    saberes son construidos de manera colectiva, pero que sobre todo
    reconoce el carácter político, de los procesos de
    formación y capacitación. La propuesta
    metodológica del diálogo de saberes que se
    instrumentó para la sistematización puede resumirse
    en siete momentos, los cuales siempre estuvieron presentes a lo
    largo del proceso, tanto en las entrevistas como en los
    diálogos que se sostuvieron con funcionarios, delegados de
    la comunidad, expertos y ciudadanos del común; dichos
    momentos o pasos son: 1. Rescate del saber de las comunidades,
    sobre el tema que se trabajo o con relación a su historia,
    etc.; 2. Sistematización o resumen del saber de las
    comunidades. 3. Aporte de otros conocimientos y saberes. 4.
    Resumen o sistematización de los nuevos conocimientos. 5.
    Diálogo de saberes: Comparación entre el resumen
    del saber de las comunidades con el resumen del nuevo
    conocimiento, esta es la contrastación para construir
    conocimiento colectivo. 6. Las acciones a realizar en
    función de metas comunes. 7. Acuerdos sobre un proyecto
    colectivo y político, que busque ampliar los espacios de
    participación y movilización social. El ejercicio
    que se desarrolló, además de registrar los procesos
    desatados y los resultados obtenidos, busca realizar una
    reflexión sobre el alcance y la naturaleza de la
    intervención. Ésta es un nivel de reflexión
    superior a la evaluación aunque se apoya en ésta,
    es de más largo plazo que la evaluación misma. Esta
    reflexión fue adelantada desde los postulados de la
    Investigación-acción-participación, buscando
    se convierta en un elemento de la Educación
    Popular.

    De acuerdo a la Ley Nº 28056[5]el
    proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de
    asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y
    transparente de los recursos públicos, que fortalece las
    relaciones Estado – Sociedad Civil. Para ello los gobiernos
    locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de
    participación en la programación de sus
    presupuestos, así como en la vigilancia y
    fiscalización de la gestión de los recursos
    públicos. El presupuesto participativo tiene por objeto
    establecer disposiciones que aseguren la efectiva
    participación de la sociedad civil en el proceso de
    programación participativa del presupuesto, el cual se
    desarrolla en armonía con los planes de desarrollo
    concertados de los gobiernos locales, así como la
    fiscalización de la gestión. El presupuesto
    participativo tiene por finalidad recoger las aspiraciones y
    necesidades de la sociedad, para considerarlos en los
    presupuestos y promover su ejecución a través de
    programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita
    alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano,
    integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos
    a través de un adecuado control social en las acciones
    públicas. Para el desarrollo del proceso, los consejos de
    coordinación local se constituyen, conforman su directiva,
    elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de trabajo, dentro
    del marco de sus respectivas leyes y las normas que para regular
    este proceso se expidan. En el marco del alcance del proceso de
    programación participativa del presupuesto, la sociedad
    civil toma parte activa en el proceso de programación
    participativa de los presupuestos de los gobiernos locales con
    énfasis en los gastos de inversión, de acuerdo a
    las directivas y lineamientos que para estos fines emitirá
    la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la
    Dirección General de Programación Multianual del
    Sector Público del Ministerio de Economía y
    Finanzas. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones,
    compromisos, aportes y prioridades establecidas en los planes de
    desarrollo concertados a nivel regional y local.

    El proceso participativo tiene las siguientes fases: 1.
    Identificación de los agentes participantes, 2.
    Capacitación a los agentes participantes de las instancias
    del presupuesto participativo, 3. Desarrollo de talleres de
    trabajo; 4. Evaluación técnica de prioridades; 5.
    Formalización de los acuerdos; 6. Rendición de
    cuentas; y, 7. Otros que acuerde la instancia participativa. Los
    titulares del pliego son los responsables de llevar adelante las
    distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se
    establecen en la presente Ley, su Reglamento, Directivas y
    Lineamientos emitidos para dichos fines. El resultado de los
    talleres debe constar necesariamente en actas. Los presupuestos
    participativos de los gobiernos locales reflejan de manera
    diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos realizados a
    través de las distintas fases del proceso de
    programación participativa. Para ello, las instancias del
    presupuesto participativo sustentan los acuerdos y compromisos
    adquiridos, ante los Consejos Regionales o Concejos Municipales,
    según sea el caso, para su inclusión en el
    presupuesto institucional. Los gobiernos locales, para efecto del
    proceso de programación participativa del presupuesto,
    toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el
    plan de desarrollo concertado, según corresponda, los
    cuales constituyen instrumentos orientadores de inversión,
    asignación y ejecución de los recursos, así
    como de la gestión individual y colectiva, tanto de las
    organizaciones sociales como de los organismos e instituciones
    públicas o privadas promotoras del desarrollo. Son
    mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo los que
    permiten el acceso a la información pública, la
    rendición de cuentas y el fortalecimiento de capacidades.
    Los gobiernos locales, están obligados a utilizar los
    medios a su alcance a fin de lograr la adecuada y oportuna
    información a los ciudadanos, sobre el proceso de
    programación participativa del presupuesto y
    ejecución del gasto público. Los Titulares de
    Pliego de los gobiernos locales, están obligados a rendir
    cuenta de manera periódica, ante las instancias del
    presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos
    logrados en la programación participativa, así como
    del presupuesto total de la entidad. El Ministerio de
    Economía y Finanzas, a través de la
    Dirección Nacional del Presupuesto Público, en
    coordinación con los gobiernos locales programa e
    implementa acciones de capacitación dirigidas a los
    agentes participantes del presupuesto participativo, para los
    fines de la programación y vigilancia
    participativa.

    Interpretando a Valdivia (2012)[6]; el
    Presupuesto Participativo basado en Resultados se enmarca dentro
    del nuevo enfoque de la nueva gerencia y gestión
    pública, en el cual los recursos públicos se
    asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios
    específicos que se deben alcanzar para mejorar el
    bienestar de la población. Lograr estos cambios supone
    producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de
    vida de las personas. El Presupuesto Participativo basado en
    Resultados comprende la incorporación al proceso del
    Presupuesto Participativo de las corrientes renovadoras del
    presupuesto y la gestión por resultados en los que el/la
    ciudadano/a y los resultados que estos requieren y valoran se
    constituyen en el eje del accionar público. Para tal fin,
    se estructuran los presupuestos en función a los
    productos, es decir bienes y servicios que la población
    recibe de parte de las instituciones públicas, para lograr
    los resultados. El presupuesto anual debe garantizar las
    dotaciones de recursos necesarios para poder desarrollar los
    productos, que incluyen las previsiones presupuestarias para los
    recursos humanos, insumos materiales y bienes de capital que sean
    necesarios.

    El Presupuesto Participativo es el espacio en el que
    pueden facilitarse las decisiones de inversión que
    dotarán a las entidades del Estado con los bienes de
    capital necesarios para cubrir las brechas existentes y que
    limitan el desarrollo y entrega de los productos. Para lograr una
    mayor efectividad en la gestión se deben relacionar los
    resultados con los productos, así como las acciones y los
    medios necesarios para su ejecución y viceversa. De esta
    manera, los proyectos que se prioricen en el marco del proceso
    participativo, al ser pensados y priorizados en función de
    resultados y estar conectados a los productos,
    garantizarán mejoras en la calidad de vida de la
    población (resultados), sobre todo de los sectores
    más necesitados.

    Interpretando a Valdivia (2012)[7]; los
    gobiernos locales son entidades básicas de la
    organización territorial del Estado y canales inmediatos
    de participación vecinal en los asuntos públicos,
    que institucionalizan y gestionan con autonomía los
    intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo
    elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la
    población y la organización. Las municipalidades
    provinciales y distritales son los órganos de gobierno
    promotores del desarrollo local, con personería
    jurídica de derecho público y plena capacidad para
    el cumplimiento de sus fines. Los gobiernos locales gozan de
    autonomía política, económica y
    administrativa en los asuntos de su competencia. La
    autonomía que la Constitución Política del
    Perú establece para las municipalidades radica en la
    facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
    administración, con sujeción al ordenamiento
    jurídico.

    Interpretando a Marchiaro (2011)[8]; el
    presupuesto participativo es una herramienta de democracia
    participativa o de la democracia directa que permite a la
    ciudadanía incidir o tomar decisiones referentes a los
    presupuestos públicos, generalmente sobre el presupuesto
    municipal. La primera experiencia de presupuesto participativo
    (orçamento participativo) se inició en 1989 en la
    ciudad de Porto Alegre (Rio Grande do Sul, Brasil), tras la
    victoria del Partido los Trabajadores en las elecciones
    municipales. En un contexto de fuertes desigualdades sociales y
    recursos limitados, el nuevo gobierno no podía hacer
    frente a todas las necesidades de la población ni dar
    respuesta a las expectativas creadas entre la población
    más desfavorecida. Resultaba imprescindible establecer
    prioridades de acción y, para hacerlo, contó con la
    sociedad civil fuertemente organizada, dando voz a los
    movimientos sociales. A través de un sistema asambleario,
    se creó una estructura que permitiese a los ciudadanos
    incidir en las decisiones sobre el gasto municipal. El objetivo
    principal del presupuesto participativo en Porto Alegre se
    centró en la justicia social: empoderar a las comunidades
    y conseguir que las necesidades de los más desvalidos, a
    menudo olvidadas, pasen a primer término mediante la
    inversión de prioridades. La experiencia continúa
    en vigor, aunque el cambio de gobierno municipal en 2004
    propició modificaciones substanciales en el proceso y sus
    objetivos.

    En la República Argentina el primer municipio en
    adoptar un presupuesto participativo fue la ciudad de Rosario en
    la provincia de Santa Fe. Rosario sancionó la ordenanza
    respectiva en 2002 y el primer presupuesto participativo
    correspondió al año 2003. Posteriormente otros
    municipios como San Fernando (provincia de Buenos Aires), el
    Municipio de Morón (provincia de Buenos Aires, iniciados
    durante la intendencia de Martín Sabatella),
    Córdoba Capital, San Carlos de Bariloche (provincia de
    Río Negro), Reconquista (provincia de Santa Fe) y La Plata
    (Provincia de Buenos Aires) también adoptaron el uso de
    esta herramienta de participación directa. Esto
    derivó en la creación de la Red Argentina de
    Presupuestos Participativos que agrupa a los municipios que lo
    utilizan. En la actualidad se nombró como presidente de la
    Red Argentina de Presupuesto Participativo al Director de
    Presupuesto Participativo de la Ciudad de Córdoba Neldo
    Fraye.

    En diversos municipios de España se han puesto en
    practica experiencias de presupuesto participativo en
    ámbito local: En Andalucia: Sevilla, Málaga y
    Córdoba. En Cataluña: Santa Cristina de Aro,
    Figaró-Montmany, Rubí, Castellar del Vallés,
    Sabadell, San Baudilio de Llobregat y Villafranca del
    Panadés. En Baleares: Colonia de San Pedro, en el
    municipio de Artá.

    Otras ciudades en América Latina y, más
    adelante, en Europa, han adoptado el presupuesto participativo
    como forma de participación ciudadana y gestión
    municipal, adaptando el modelo de Porto Alegre a su propio
    contexto y tradición democrática. Existe
    actualmente una gran riqueza y diversidad de modelos y
    experiencias, con objetivos y procedimientos diversos entre
    sí. Entre las experiencias latinoamericanas, se encuentran
    Belém do Pará PA, Cosmópolis SP, São
    Bernardo do Campo SP, Diadema SP, Santo André SP,
    Jaboticaba SP, Santos SP, Piracicaba, São José dos
    Campos SP, Santa Bárbara d'Oeste SP, Belo Horizonte MG,
    Ipatinga MG, Betim MG, Timotéo MG, João Monlevade
    MG, Florianópolis SC, Blumenau SC, Joinville SC, Palmeira
    SC, Gravatal SC, Porto Alegre RS, Londria PR, Vitória ES,
    Vila Velha ES, Rio Branco AC, Brasiilia DF, Recife PE. En Europa,
    cabe citar la experiencia de Bolonia (Italia), Sevilla
    (España), Málaga (España); en América
    del Norte el Ontario (Canadá), Portland, Auburn y el
    Estado de Minnesota (EE.UU.); y en Asia, la de Yokohama
    (Japón).

     

     

    Autor:

    Domingo Hernandez Celis

     

    [1] Valdivia Contreras, Emilio R. (2012)
    Presupuesto participativo: Análisis y propuestas. Lima.
    Editorial Berrio

    [2] Rodríguez Rodríguez Jair
    (2007) El presupuesto participativo. Edición
    electrónica gratuita. Texto completo en
    www.eumed.net/libros/2007a/234

    [3] Rodríguez Rodríguez Jair
    (2007) El presupuesto participativo. Edición
    electrónica gratuita. Texto completo en
    www.eumed.net/libros/2007a/234

    [4] López García, Socorro
    (2010) Presupuesto participativo español.
    Valencia-España. Universidad de Valencia.

    [5] Ley Nº 28056-Ley marco del
    presupuesto participativo

    [6] Valdivia Contreras, Emilio R. (2012)
    Presupuesto participativo: Análisis y propuestas. Lima.
    Editorial Berrio

    [7] Valdivia Contreras, Emilio R. (2012)
    Presupuesto participativo: Análisis y propuestas. Lima.
    Editorial Berrio

    [8] Marchiaro Rafaelino Enrique (2011)
    Participación ciudadana en el desarrollo de las
    ciudades. Buenos Aires. Editora Ediar

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