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Estadistica militar



  1. Introducción
  2. Reseña
    histórica
  3. Misiones del
    servicio de estadística militar
  4. Conclusiones
  5. Bibliografía

2.1.-
INTRODUCCIÓN.

En todas las profesiones existe una tensión entre
el pensamiento tradicional y la eficacia técnica; pero en
la militar las influencias conservadoras del pasado han sido
particularmente fuertes, aunque solo sea porque las consecuencias
de la resistencia al cambio, vistas retrospectivamente, parecen
muy obvias y a veces muy desastrosas. Desde sus más
remotos orígenes históricos los oficiales
profesionales de la Europa Occidental, excepción hecha de
destacados líderes no convencionales, se han inclinado al
conservadurismo tanto en lo que se refiere a los medios como a
los fines de la Institución militar.

La planificación rutinaria no resulta
necesariamente adecuada para ocuparse de las nuevas misiones de
la institución militar, pero ésta podía ser
la forma en que se desarrolló el quehacer de los
Ejércitos desde la guerra civil hasta su
modernización. Una herramienta como la estadística
para uso en un régimen personalista con un Ejército
vencedor bien pudiera haberse dedicado a la ingeniería
social. Desde este punto de vista cabe preguntarse por la
utilización de esta herramienta como medio para controlar
las organizaciones por parte de los Ejércitos.

Un aspecto sorprendente del sistema militar es el
esfuerzo constante por conseguir que toda la normalización
procedimental sea lo más detallada y precisa, mediante la
cuidadosa definición de las jurisdicciones y de las
cadenas de mando.

El antiguo término de mando hubo de modernizarse,
es decir, cargarse de mayor contenido para reflejar las complejas
tareas del mantenimiento de la fuerza militar bajo una
limitación eficaz. La institución militar ha
incorporado rápidamente la gestión
informática para todo tipo de funciones, entre las que
está la de personal. Todo este aparato contribuye a dar la
sensación de que existe una autoridad centralizada y un
clima organizativo de toma de decisiones objetivo y racional. De
ahí que pensemos que a través de los
Ejércitos se haya podido utilizar la herramienta
estadística para controlar y conformar los movimientos
sociales.

PALABRAS CLAVE: Servicio de Estadística de
las Fuerzas Armadas, Ingeniería Social Militar.

INTRODUCTION ABSTRACT

KEYBOARDS:

RESEÑA
HISTÓRICA[1]

Aunque el primer Reglamento de Estadística
Militar fue aprobado por Orden de Presidencia de Gobierno de 18
de febrero de 1953 (BOE nº 78), el Servicio de
Estadística Militar se creó por Orden de
Presidencia de Gobierno de 14 de marzo de 1957 (BOE nº
77
). Su ámbito de aplicación fueron los tres
ministerios militares, haciéndose extensivo posteriormente
a la Dirección General de la Guardia Civil y a la
Inspección de la Policía Armada. Con esta
legislación, las Fuerzas Armadas se integran de forma
conjunta y coordinada en la Estadística Nacional que
había sido reorganizada por Ley de 31 de diciembre de
1945, segregando los servicios de estadística del
Instituto Geográfico y Estadístico y creando, para
llevar a cabo esta misión de observación de
fenómenos colectivos de la vida española, el
Instituto Nacional de Estadística, dependiente de
Presidencia de Gobierno.

La organización y funcionamiento del Servicio de
Estadística Militar fueron regulados mediante un
Reglamento provisional, aprobado por Orden de Presidencia de
Gobierno de 2 de enero de 1958 (BOE nº 9). En el se
estructuraba el Servicio en Órganos de
Planificación y asesoramiento que eran las Junta
Interministerial de Estadística Militar y

las Juntas de Estadística de los tres Ministerios
Militares y en Órganos Ejecutivos que se
constituían en cinco Escalones, siendo la Jefatura de los
Servicios de Estadística del Alto Estado Mayor el Quinto
Escalón. El Reglamento Provisional de 1958 fue derogado
por orden de Presidencia de Gobierno de 25 de septiembre de
1962 (BOE nº 243), donde se aprobó un nuevo
Reglamento
con la finalidad de regular la
organización y el funcionamiento del Servicio de
Estadística Militar. Se designó como jefe del
Servicio de Estadística Militar de las Fuerzas Armadas al
General Jefe del Alto Estado Mayor y se creó un
órgano consultivo denominado Comisión
Interministerial de Estadística Militar, presidido por el
Jefe del Servicio de Estadística Militar.

Por Orden de la Presidencia del Gobierno de 16 de agosto
de 1964 (BOE nº 205), se creó el Diploma de
Estadística Militar y se reguló la obtención
del mismo.

La reorganización del Ejército de 1973 y
la posterior creación del Ministerio de Defensa en 1977,
provocó cambios en la organización y dependencias
del Servicio de Estadística y la aprobación de un
nuevo reglamento. Por Orden del Ministerio de Defensa de 5 de
febrero de 1979 (BOE nº 39), se transfirió a la
Secretaría General Técnica del Ministerio de
Defensa tanto el Servicio de Estadística Militar como las
Comisiones de Estadística. La Comisión
Interministerial de Estadística Militar pasó a
denominarse Comisión Interejércitos de
Estadística Militar. En dicha orden se excluyó a la
Inspección de la Policía Armada del ámbito
del Servicio de la Estadística Militar.

Por Orden del Ministerio de Defensa 153/82 de 12 de
noviembre (BOD Nº 284), se aprobó un nuevo Reglamento
del Servicio, que pasó a denominarse Servicio de
Estadística del Ministerio de Defensa. En dicha Orden se
estableció que la Jefatura del Servicio la
desempeñara el Secretario General Técnico y la
Comisión Interejércitos de Estadística
Militar pasó a denominarse Comisión de
Estadística del Ministerio de Defensa. Este Reglamento
modifica la dependencia de la Unidad de Estadística del
Ejército de Tierra que pasa a depender de la
Dirección de Servicios Generales del Cuartel General del
Ejército, de donde posteriormente pasaría a
depender tras su creación de la Dirección de
Servicios Técnicos encuadrada en primer lugar en la
Sección de Apoyo Técnico y posteriormente en la
Sección de Investigación, Estadística,
Publicaciones y Cartografía. El Servicio de
Estadística del Ministerio de Defensa quedó
estructurado en Jefatura del Servicio, Órganos de
Planificación y Asesoramiento y Órganos de
Ejecución, articulándose estos últimos en
cinco Escalones, al igual que en el Reglamento
anterior.

Por Orden Ministerial Comunicada de Defensa 14/83, de 24
de noviembre, se fijaron la directrices básicas por las
que había de regularse la elaboración del proyecto
de Plan Estadístico de Interés para la Defensa
Nacional y se ordenó la constitución de una
ponencia al efecto en dependencia de la Comisión de
Estadística del Ministerio de Defensa.

El Real Decreto 135/84 de 25 de enero por el que se
reestructuró el Ministerio de Defensa, estableció
que la Secretaría General Técnica por medio de su
Subdirección General de Servicios Técnicos se
encargara de coordinar los asuntos relativos a la
Estadística Militar.

Con objeto de regular la estructura, misiones y
funcionamiento del Servicio de Estadística de las Fuerzas
Armadas y adaptar el Servicio a los cambios habido en el seno de
las Fuerzas Armadas así como a la Ley 12/89 de 9 de mayo
de la Función Estadística Pública, se
publicó un nuevo Reglamento por orden Ministerial nº
32/93 de 14 de abril, derogándose el del año
1982
. En este Reglamento el Servicio pasa a denominarse
Servicio de Estadística de las Fuerzas Armadas y para el
ET. Unidad de Estadística del Ejército de Tierra.
En dicho reglamento se estructura el Servicio de
Estadística Militar en Órganos de Dirección,
de Planificación y Ejecución, de Ejecución y
de Asesoramiento y Estudio. Los escalones del Servicio fueron
sustituidos por Unidades y Oficinas de Estadística,
pasando a denominarse al Quinto Escalón Unidad de
Estadística del Órgano Central del Ministerio de
Defensa, y al Cuarto Unidad de Estadística del
Ejército de Tierra. La Comisión de
Estadística del Ministerio de Defensa pasó a
denominarse comisión Asesora de Estadística de
Defensa, CAEDEF.

Por Orden DEF/3989/2008, de 26 de diciembre, se aprueba
el nuevo Reglamento del Servicio de Estadística del
Ministerio de Defensa, que deroga la OM 32/93. En el nuevo
Reglamento, en el que los Órganos de Dirección
están formados por la Secretaría General
Técnica (Jefatura) y las Jefaturas de los Sistemas de
Información, Telecomunicaciones y de la Asistencia
Técnica de los ejércitos, mientras que los
Órganos de Planificación y Ejecución son las
Unidades de Estadística del Órgano Central (Cuarto
Escalón) y los Ejércitos (Terceros Escalones),
siendo los Órganos de Ejecución los Escalones
Intermedios (Segundos Escalones) de los Ejércitos que los
constituyen las Oficinas de Estadística de los Mandos y
Jefaturas de la estructura básica de los ejércitos
y los Escalones Básicos (Primeros Escalones) los Enlaces
de Estadística de las unidades, centros y organismos de
los ejércitos. El nuevo Reglamento establece como
órgano colegiado asesor de carácter técnico
la Comisión Ministerial de Estadística del
Ministerio de Defensa CMEDEF. En el nuevo Reglamento, el Plan
Estadístico de la Defensa (PLANESTADEF) tendrá los
mismos periodos de vigencia que el Plan Estadístico
Nacional elaborado por el Instituto Nacional de
Estadística. El CMEDEF aprobará cada año el
programa anual a propuesta de la Unidad de Estadística del
Órgano Central y en él se detallarán las
operaciones estadísticas incluidas en el
PLANESTADEF.

2. MISIONES DEL
SERVICIO DE ESTADÍSTICA MILITAR.

De todos es sabido que la ingeniería social
depende, en gran parte, de los estudios estadísticos y de
los controles del mismo tipo para normalizar los procesos
sociales. Dado que existe una parte de la población que se
encuentra en la creencia que durante el periodo de gobierno del
Generalísimo D. Francisco Franco, los Ejércitos
tuvieron un gran peso en el control de los movimientos sociales,
es por lo que vamos a analizar las misiones que tenía el
Servicio de Estadística Militar para, en último
caso, descartar la función de adoctrinamiento por parte de
las Fuerzas Armadas de la población española. Se
trata de demostrar que los Ejércitos, una vez desarrollada
la herramienta analítica, la emplean exclusivamente para
normalizar los procesos reglamentarios internos.

a.- Reglamento de Estadística Militar. Orden de
Presidencia de Gobierno de 18 de febrero de 1953 (BOE nº
78).

Por esta Orden se aprueba en Consejo de Ministros el
Reglamento de Estadística Penal Militar. El proyecto fue
redactado por la Comisión Mixta de Coordinación y
Asesoramiento para las Estadísticas Judiciales del
Instituto Nacional de Estadística y pasó a estudio
del Consejo Superior de Estadística, que emitió
dictamen proponiendo su aprobación.

Conforme disponía el artículo 986 del
Código de Justicia Militar tenía por objeto resumir
el resultado de los procedimientos militares y conocer la
delincuencia en los Ejércitos y jurisdicciones de Tierra,
Mar y Aire, expresando además la forma en que se aplicaban
las disposiciones legales y proponiendo las reformas que
convendría introducir.

Como se puede ver no tiene como objeto el control
social, aunque hay que decir que gran parte de los delitos que
hoy entendemos como comunes eran juzgados por la
jurisdicción militar.

b.- Orden de Presidencia de Gobierno de 14 de marzo
de 1957 (BOE nº 77
) Servicio de Estadística
Militar, creación.

Artº. 2º.- Las estadísticas que
elaboren o utilicen el Servicio de Estadística de las
Fuerzas Armadas estarán comprendidas en alguna de las
siguientes clases:

"Estadísticas de interés nacional.- Son
aquellas estadísticas que, aún realizadas por
Ministerios Militares, afectan a la estadística en general
de la nación y como tales se ajustarán a las normas
dictadas por la Presidencia del Gobierno."

"Estadísticas de interés general para los
Ministerios Militares.- Son aquellas estadísticas que, aun
realizadas por dependencias o personas militares, sirven a
interés de índole militar."…

"Estadísticas Militares.- Son aquellas que se
realizan por los Servicios militares y afectan tan sólo al
interés propio de los mismos. Estas estadísticas se
subdividen en estadísticas militares de índole
general y en estadísticas de índole privada,
según no tengan o tengan carácter
reservado."

Artº. 3º.- El Servicio de Estadística
de las Fuerzas Armadas tendrá la misión de
proporcionar al Mando de que dependan sus distintos escalones,
los datos estadísticos que pueda necesitar, así
como colaborar con el Instituto Nacional de Estadística,
en el Escalón correspondiente al Alto Estado Mayor,
facilitándole aquellos datos útiles para la
confección de la Estadística General del
País y solicitando los que considere de interés
para las Fuerzas Armadas.

c.- Reglamento provisional, aprobado por Orden de
Presidencia de Gobierno de 2 de enero de 1958 (BOE nº
9).

Artº. 22.- "Serán objeto de
Estadística las cuestiones siguientes:

  • 1. Personal: en sus diversas especialidades y
    situaciones.

  • 2. Instrucción: ejercicios y
    cursos.

  • 3. Material: necesidades existencias y
    consumos.

  • 4. Economía: costas y
    rendimientos.

  • 5. Industria: producciones y
    adquisiciones.

  • 6. Construcciones e instalaciones de nueva
    planta y de mantenimiento.

  • 7. Sanidad.

  • 8. Alimentación.

  • 9. Transportes.

  • 10. Aquellas otras particulares de cada
    Ejército…."

d.- Orden de Presidencia de Gobierno de 25 de
septiembre de 1962 (BOE nº 243)

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No existe duda, visto el organigrama y el Reglamento
Provisional de 1958 de que la Estadística Militar hasta
esta fecha, sólo se dedicaba a "controlar sus necesidades
internas reglamentarias.

e.- Orden del Ministerio de Defensa de 5 de febrero de
1979 (BOE nº 39), por la que se transfirió a la
Secretaría General Técnica del Ministerio de
Defensa tanto el Servicio de Estadística Militar como las
Comisiones de Estadística.

En España ya se había instaurado la
Democracia y, por lo tanto, y con la creación del
Ministerio de Defensa, los Ejércitos, independientemente
de que pudieran ser un grupo de presión hasta mediados de
los 80, tenían una dependencia de este Ministerio. La
normativa que sigue a esta ya es correspondiente a otras
circunstancias.

f.- Orden del Ministerio de Defensa 153/82 de 12 de
noviembre (BOD Nº 284), se aprobó un nuevo Reglamento
del Servicio, que pasó a denominarse Servicio de
Estadística del Ministerio de Defensa.

Misión del Servicio

Art. 2. El Servicio de Estadística del Ministerio
de Defensa tiene por misiones:

1. Planear obtener y elaborar los datos de
carácter estadístico necesarios para el
conocimiento de la realidad militar de España su
estructura y evolución, a fin de fundamentar las
decisiones de los diferentes escalones de mando, especialmente en
los campos político-administrativo y
logístico.

2. Colaborar con el Instituto Nacional de
Estadística en la ejecución de la
estadística oficial de España, en los campos que
afecten al Ministerio de Defensa.

3. Dar cumplimiento a las obligaciones del Estado, de
carácter estadístico militar, que se contraigan con
Otros Estados u Organismos internacionales.

g.- Orden Ministerial Comunicada de Defensa 14/83, de 24
de noviembre, por la que se fijaron las directrices
básicas por las que había de regularse la
elaboración del proyecto de Plan Estadístico de
Interés para la Defensa Nacional.

h.- Real Decreto 135/84 de 25 de enero por el que se
reestructuró el Ministerio de Defensa.

i.- Contenido y procedimiento de desarrollo del Plan
Estadístico de Interés para la Defensa Nacional,
por Orden Ministerial 39/86 de 14 de mayo (BOD nº
109
).

j.- Reglamento por orden Ministerial nº 32/93
de 14 de abril

k.- Orden DEF/3989/2008, de 26 de diciembre, por la que
se aprueba el nuevo Reglamento del Servicio de Estadística
del Ministerio de Defensa.

3.-
CONCLUSIONES

El Servicio de Estadística Militar no
utilizó oficialmente datos de interés para la
Ingeniería Social durante la época del
Generalísimo, quedando como sigue a día de la
fecha, para el Ejército de Tierra y el Ministerio de
Defensa:

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2.-
BIBLIOGRAFÍA.

http://www.eumed.net/libros-gratis/2011e/1099/indice.htm

Morris Janowitz, "El soldado profesional", Editorial del
Ministerio de Defensa, Madrid, 1990.

Anuarios Estadísticos Militares de 1960 a 2010,
Ministerio de Defensa, Sección de Estadística
Militar.

Ley Orgánica 12/1985, de 27 de noviembre, de
Régimen Disciplinario para las Fuerzas Armadas.

Ley 85/1978, de 28 de diciembre (RCL 197990, 395 y
ApNDL 6195), de Reales Ordenanzas de las Fuerzas
Armadas

Busquets, Julio, "El Militar de carrera en
España", Ediciones Ariel, Barcelona, 1984.

Busquets, Julio, "Militares y Demócratas",
Ediciones Plaza y Janés, Barcelona, 1999.

 

 

Autor:

Enrique Area Sacristán

Doctor por la Universidad de Salamanca. Teniente Coronel
de Infantería. Escuela de Guerra del Ejército de
Tierra. Departamento de Operaciones y
Logística.

[1] UNESET

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