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La Guia del Graduando de Derecho (Perú)



Partes: 1, 2, 3

  1. Presentación
  2. Preguntas
    necesarias ates de empezar el análisis del Expediente
    civil
  3. Preguntas
    obligatorias del Jurado en el desarrollo del proceso
    civil
  4. Preguntas de
    apreciación personal de conclusión del
    expediente civil
  5. Recomendaciones
    para el graduando en el examen de suficiencia profesional
    frente a las preguntas del Jurado y en la elaboración
    de las conclusiones
  6. La teoría
    general del Proceso civil
  7. Teoría del
    conflicto
  8. ¿Qué
    es el Proceso Civil?
  9. Jurisdicción
  10. Acción
  11. Presupuestos
    procesales
  12. Actividad
    procesal
  13. ¿Qué
    es la Demanda?
  14. Resoluciones
    judiciales
  15. Sentencia
  16. Cuestiones
    probatorias
  17. Tachas
  18. Excepciones
  19. Defensas
    previas
  20. Contestación
  21. Saneamiento
    procesal
  22. Conciliación
  23. Puntos
    controvertidos
  24. Saneamiento
    probatorio
  25. La etapa
    probatoria
  26. La Etapa
    Decisoria
  27. El Allanamiento y
    reconocimiento
  28. La Etapa
    Impugnatoria
  29. Recursos
    extraordinarios
  30. La Etapa
    Ejecutoria

Del Derecho Procesal

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Presentación

Desde los últimos semestres del pregrado, los
egresados y graduandos en derecho, es vox populi la
preocupación e incertidumbre de conocer la
sistematización del proceso civil en todas sus
dimensiones, el objetivo de muchos años de esfuerzo se
resumen en la titulación profesional, pues, si bien como
estudiantes se esforzaron en estudiar, aprender y proyectar todos
los actos jurídicos del proceso en general en forma
teórica y practica, éste se convierte en un mundo
amplio, al desear unir todo los conocimientos semestrales en un
solo acto.

Se inician con el acopio de bibliografía
doctrinal y legal, se forman los círculos de estudios, se
organizan las sesiones de estudio, se busca al docente, a un
guía abogado, los mismos que a veces no satisfacen en sus
conceptos vertidos, ni con la secuencia ordenada de la
mecánica procesal del grado de la Universidad del que
egresaron; participan de eventos académicos eminentemente
conducente al título, en donde se realizan los
análisis de expedientes, preguntas y respuestas de grado,
por ternas y hasta por jurados, los mismos que si bien tratan de
complementar el estudio básico terminan mas ampliados con
dudas sin respuesta, pues, las clases han sido mas
teóricas que practicas y el breve lapso de tiempo empleado
para cada institución procesal no ha sido
satisfactoriamente explicado y ejemplificado ni mucho menos
debatido la posición como graduando, como Juez y como
abogado.

Por ello, a pedido de los discentes, se trata de plasmar
un resumen básico de la secuencia ordenada del proceso
civil en el grado profesional de ABOGADO. Se ha juntado y
fusionado las preguntas de los apuntes de asistencia de los
graduandos, los mismos que se expresan de manera, sencilla, se ha
tratado de conceptualizar las respuestas que el jurado desea
escuchar frente a las preguntas clásicas al analizar y
exponer el expediente civil.

Con las disculpas del caso, porque no es un resumen que
encaja de manera integral a un proceso civil sugerido o
recomendado; el presente trabajo esta sujeto a la crítica
y recomendación de Ud., el cual agradezco de ante mano
hacer llegar su posición para compartir en una
sistemática ordenada del proceso civil. Satisfecho de
haber logrado compartir el triunfo de muchos colegas abogados en
el ejercicio de la profesión, deseo repetir en recordar lo
compartido.

Gracias.

EL AUTOR

Preguntas necesarias
ates de empezar el análisis del Expediente
civil

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¿Qué es la JURISDICCIÓN?

¿Cuáles son las clases de
Jurisdicción?

¿Cuáles son los requisitos para la
configuración de la Jurisdicción?

¿Cuáles son los Poderes de la
jurisdicción?

¿Cuál es el fin de la
Jurisdicción?

¿Qué es la TUTELA JURISDICCIONAL
EFECTIVA?

¿Qué es la ACCIÓN?

¿Cuáles son las clases de
acción?

¿Qué son las CONDICIONES DE LA
ACCIÓN?

¿Qué es el interés para
obrar?

¿Qué es la legitimidad para
obrar?

¿Qué es un caso justiciable?

¿Qué diferencia existe entre acción
y pretensión?

¿Qué son los PRESUPUESTOS
PROCESALES?

¿Qué es la COMPETENCIA?

¿Clases de Competencia?

¿Tipos de Competencia?

¿Caracteres de la Competencia?

¿Qué es la prórroga de la
competencia?

¿Cuáles son las formas de cuestionamiento
de la competencia?

¿Cuáles son los conflictos de
competencia?

¿Qué es la competencia?

¿Qué es la CAPACIDAD PROCESAL DE LAS
PARTES?

¿Qué es la capacidad?

¿Clases de capacidad?

¿Qué es la Incapacidad?

¿Qué SUJETOS PROCESALES INTERVIENEN EN EL
PROCESO?

¿Quiénes integran el Órganos
Jurisdiccional?

¿Qué es Magistrado?

¿Qué son las Partes
Justiciables?

¿Quién es el Demandante?

¿Quien es el demandado?

¿Quién es el Sucesor Procesal?

¿Quién es el Curador Procesal?

¿Quién es el Sustituto
Procesal?

¿El Estado puede ser demandante o demandado en un
proceso civil?

¿Quién es el Procurador
Oficioso?

¿Quienes son los Terceros Legitimados?

¿Quiénes pueden COMPARECER AL
PROCESO?

¿Quién es el Representante?

¿Cuántas Clases de Representantes
conoces?

¿Qué es el Poder?

¿Qué clases, formas, tipos de poderes
conoces?

¿Qué es la ACTIVIDAD PROCESAL?

¿Cuáles son los requisitos para la validez
de la actividad procesal?

¿Qué actos procesales realiza el Juez en
el proceso?

¿Qué actos procesales realiza el
Secretario en el expediente?

¿Qué actos procesales realizan las partes
en el proceso?

¿Qué actos jurídicos realizan los
terceros en el proceso?

¿Cómo se originaron los hechos de su
expediente?

Narre los hechos que dieron origen al conflicto de
intereses en su expediente materia de análisis

Preguntas
obligatorias del Jurado en el
desarrollo del proceso
civil

  • 1. EN LA ETAPA POSTULATORIA:

¿Qué es la etapa postulatoria?

¿Qué objetivos persigue la etapa
postulatoria?

¿Qué actos o instituciones comprende la
etapa postulatoria?

¿Qué es la demanda?

¿Qué diferencia existe entre acción
pretensión y demanda?

¿Cuáles son los caracteres de la
demanda?

¿Cuáles son los principios de la
demanda?

¿Cuáles son las partes de la
demanda?

¿Qué clases de demanda conoce
Ud.?

¿Cuáles son los requisitos de la
demanda?

¿Cuáles son los requisitos de
admisibilidad de la demanda?

¿Cuáles son los requisitos de
procedibilidad de la demanda?

¿Qué debe de contener una
demanda?

¿Cuáles son los efectos de la
demanda?

¿Ante quien se presenta la demanda?

¿Qué es la calificación de la
demanda?

¿Qué alternativas tiene el Juez al
calificar la demanda?

¿Qué es el auto admisorio?

¿Cuáles son los requisitos del auto
admisorio?

¿Cuál es el plazo para emitir el auto
admisorio?

¿Cuáles son las partes del auto
admisorio?

¿Qué son las resoluciones
judiciales?

¿Qué clases de resoluciones
conoces?

¿Qué es un decreto y en que casos se
emite?

¿Cuál es el plazo para emitir los
decretos?

¿Qué es el auto y en que casos se
emite?

¿Cuál es el plazo para emitir los
autos?

¿Qué es la notificación?

¿Cuál es el objetivo de la
notificación?

¿Cuáles son las clases de
notificaciones?

¿Cuáles son las formas de
notificaciones?

¿Cuáles son los tipos de
notificaciones?

¿Cuál es la diferencia entre
notificación, emplazamiento y citación?

¿Qué tipos de notificaciones se han
empleado en su proceso?

¿Qué es la notificación por
cédula y cuanto cuesta?

¿Realice Ud., una notificación por
cédula en domicilio real?

¿Qué alternativas de defensa tiene el
demandado?

¿Qué son las cuestiones
probatorias?

¿Cuáles son las clases de cuestiones
probatorias?

¿Cómo se tramitan las cuestiones
probatorias?

¿Qué son las excepciones?

¿Cuáles son las clases de
excepciones?

¿Cómo se tramitan las
excepciones?

¿Que son las defensas previas?

¿Qué es la contestación de la
demanda?

¿Cuáles son los requisitos de la
contestación?

¿Clases de contestación?

¿Qué es la reconvención?

¿Cuál es la diferencia entre
reconvención y contrademanda?

¿Qué es la rebeldía?

¿Cuál es la diferencia entre rebelde y
rebeldía?

¿Qué es el Saneamiento
Procesal?

¿Cuál es el objeto del Saneamiento
Procesal?

¿Cuál es el efecto del Saneamiento
Procesal?

¿Cuál es la audiencia?

¿En que documento se hace constar una
audiencia?

¿Qué es el acta judicial?

¿Qué debe contener un acta?

¿Qué es la Audiencia de
Conciliación?

¿Qué es la Conciliación?

¿Cuál es el rol del Juez en la
conciliación?

¿Cuáles son los pasos de una
conciliación?

¿Cuáles son las clases de
conciliación?

¿En caso de conciliar las partes que
ocurre?

¿En caso de fracasar la conciliación que
ocurre?

¿Qué son los puntos
controvertidos?

¿Qué es el Saneamiento
Probatorio?

  • 2. EN LA ETAPA PROBATORIA

¿Qué es la prueba?

¿Cuáles son las características de
la prueba?

¿Qué Clases de prueba conoce?

¿Cuáles son los Fines de la
prueba?

¿A quien corresponde la carga de la
prueba?

¿Qué es la audiencia de
pruebas?

¿Qué son los medios
probatorios?

¿Que es la declaración de
parte?

¿Qué es la declaración de
testigos?

¿Qué son los documentos?

¿Qué es la pericia?

¿Qué es la Inspección
Judicial?

¿Cuál es el orden de actuación de
las pruebas?

¿Qué es la valoración de la
prueba?

  • 3. EN LA ETAPA DECISORIA

¿Qué es la etapa decisoria?

¿Qué actos comprende la etapa
decisoria?

¿Qué son los alegatos?

¿Cuál es el plazo para realizar
alegatos?

¿Son facultativos u obligatorios los
alegatos?

¿Qué es la sentencia?

¿Cuáles son los requisitos de la
sentencia?

¿Contenido de la sentencia?

¿Cuáles son las características de
la sentencia?

¿Cuáles son las partes de la
sentencia?

¿Cuál es el plazo para emitir la
sentencia?

¿Clases de Sentencia?

¿Qué es la cosa juzgada?

¿Cuáles son las formas especiales de
conclusión del proceso?

¿Qué es la conciliación?

¿Qué es el allanamiento y
reconocimiento?

¿Cuándo procede y cuales son los
requisitos?

¿Qué es la Transacción?

¿Cuándo procede y cuales son los
requisitos?

¿Qué es el abandono?

¿Cuándo procede y cuales son los
requisitos?

¿En que casos no procede el abandono?

¿Qué es el desistimiento?

¿Cuándo procede y cuales son los
requisitos?

¿Clases de desistimiento?

¿Conclusión del proceso con
declaración sobre el fondo?

  • 4. EN LA ETAPA IMPUGNATORIA

¿Qué son los medios
impugnatorios?

¿Cuál es el fundamento de los medios
impugnatorios?

¿Cuáles son las clases de medios
impugnatorios?

¿Cuáles son los requisitos de los medios
impugnatorios?

¿Qué son los remedios?

¿Qué son las nulidades
procesales?

¿Qué son los recursos
impugnatorios?

¿Qué clases de recursos impugnatorios
conoce?

¿Qué es el Recurso de
Reposición?

¿Contra que procede y cuál es su
trámite?

¿Qué es el Recurso de
Apelación?

¿Contra que procede y cuál es su
trámite?

¿Qué es el Recurso de
Casación?

¿Qué es el recurso de Queja?

  • 5. EN LA ETAPA EJECUTORIA

¿Qué es la etapa ejecutoria?

¿Cómo se ejecuta una sentencia consentida
y/o ejecutoriada?

¿Qué es el proceso de ejecución de
resoluciones judiciales?

¿Cómo se cobran los costas y costas del
proceso?

¿Cómo se cobran las multas?

¿Qué es una medida cautelar?

¿Clases de medidas cautelares?

¿Qué es el embargo?

¿Cuáles son las clases de
embargo?

¿Qué es un remate judicial?

¿Qué es la tasación?

¿¿Qué es una
adjudicación?

¿Qué es un lanzamiento?

¿Qué es descerraje?

Preguntas de
apreciación
personal de conclusión del expediente
civil

¿Cuál es el estado de su
expediente?

¿Haga un comentario de cómo se ha llevado
a cabo el proceso civil?

¿Qué le parece la sentencia?

¿Se he hecho o no justicia a las
partes?

¿Qué omisiones, defectos o errores se han
incurrido en el expediente?

¿Se han cumplido con los plazos
procesales?

¿Si Ud., fuese el abogado de la parte demandante,
que le hubiera aconsejado?

¿Si Ud., fuese Juez como hubiera sentenciado en
el presente proceso?

LA PREPARACIÓN Y
ANÁLISIS DEL EXPEDIENTE PARA TITULO
PROFESIONAL[1]

Tiene cuatro (4) fases:

FASE 1: LA LECTURA DEL EXPEDIENTE

Se inicia con una lectura pausada e íntegra del
expediente, "recuerda que es un caso de la vida real" y que ha
causado gasto de dinero, esfuerzo y trabajo para el Estado y las
partes justiciables.

FASE 2: LA IDENTIFICACIÓN DE LOS HECHOS MAS
RELEVANTES DE INTERÉS PARA EL DERECHO Y QUE MEREZCA SER
DEBATIDO

Todo expediente judicial concluido, tiene dos (2) campos
a analizar lo SUSTANCIAL Y LO PROCESAL.

FASE 3: APORTES Y POSICIÓN DEL
GRADUANDO

En cuanto a las omisiones, defectos y errores
encontrados en los diversos actos procesales relevantes, el
Graduando deberá adoptar las posiciones de:

  • Enmendador, el graduando deberá de
    corregirlos proyectando o FACCIONANDO EL ACTO PROCESAL
    CORRECTAMENTE p.e. En la demanda, el demandante solicita
    equivocadamente el PETITORIO de cancelación de un
    documento (Minuta de compraventa), por lo que lo correcto
    debe ser la interpongo demanda de Nulidad del acto
    jurídico y del documento que lo contiene.

  • Abogado de la parte Demandante, ampliando
    nuevos petitorios vía acumulación de
    pretensiones, como p.e. la indemnización de
    daños y perjuicios. Así como también se
    puede optar por plantear otras formas de
    solución.

  • Abogado de la Parte Demandada, observando la
    pretensión, dando otras alternativas o vías
    judiciales correctas para conseguir el derecho que
    persigue.

  • Juez, emitiendo las resoluciones positiva o
    negativamente frente a cada acto.

FASE 4: CONCLUSIONES POR ETAPAS

El Graduando deberá de realizar un resumen de sus
conclusiones de cada una de las cinco (5) etapas
procesales:

  • En la etapa postulatoria: Concluir si la
    demanda, contestación, reconvención estaban
    completas o incompletas; existían errores, omisiones y
    defectos de forma y fondo. Que otros caminos se pudieron
    haber utilizado las partes para conseguir la
    pretensión accionada. El Juez ha saneado correctamente
    el proceso o debía aplicar otra
    alternativa.

  • En la etapa probatoria, Concluir que medios
    probatorios importantes no se han ofrecido, admitido ni
    actuados; que medios probatorios faltan y cuales
    deberían de actuarse de oficio por el juez,

  • En la etapa decisoria, concluir como se han
    valorado los medios probatorios, se han resuelto los puntos
    controvertidos, se han valorado debidamente en forma
    conjunta, se ha hecho o no justicia a los justiciables,
    proponer un fallo alternativo de posición particular
    en el caso de que no se comparta con la sentencia del
    Juez.

  • En la etapa impugnatoria, concluir que medios
    impugnatorios se hubiera utilizado en caso de ser perdedor
    del juicio; si es ganador y no está satisfecho con la
    sentencia que vías tiene para conseguir el
    íntegro de su derecho peticionado.

  • En la etapa Ejecutoria, concluir si se ha
    ejecutado o no la sentencia, la ejecución ha sido en
    forma total o parcial, se ha recurrido a medidas cautelares,
    remate o adjudicación, y finalmente cual es el estado
    del proceso.

Recomendaciones para
el graduando en el examen de suficiencia profesional frente a las
preguntas del Jurado y en la elaboración de las
conclusiones

– Tener en todo momento a la mano un Diccionario
Jurídico integral, para conocer el tema de
estudio,

– Seleccionar la bibliografía relacionada a los
expedientes civil y penal, de preferencia manuales de autores
doctrinarios. Las separatas no ayudan mucho.

– Resumir el expediente en Fichas de Estudio por colores
tanto el análisis sustancial y procesal, de tal manera que
puedan ser pegados y despegados del expediente materia de
análisis.

– El Resumen debe ser conciso, redactados con claridad,
precisión y con léxico de palabras
jurídicas.

– No se entrega al Jurado un resumen de lo analizado por
el Graduando,

– El análisis del expediente civil dura mas
tiempo que el penal, es por ello que debe preocuparse en estudiar
más el aspecto civil máxime que, es el que equivale
más puntaje en la calificación de los
jurados.

– El Graduando debe ser sometido a un SIMULACRO DE
EXAMEN, faltando tres o dos días antes del examen de
suficiencia profesional, para practicar la entrada, el saludo, la
postura, la voz, el desenvolvimiento y en especial para ser
reforzado en los conceptos de su expediente.

– Faltando un día antes, se debe repasar NO
APRENDER el balotario de examen sorteado. Repasar es lo correcto
porque los temas ya los hemos aprendido al estudiar los cursos
respectivos.

– No se debe volver a insistir en reforzar los
expedientes analizados, pues ya se ha adoptado una
posición de análisis, no intentar adoptar otra
posición no conocida ni estudiada adecuada y
completamente.

– La exposición del análisis de los
expedientes NO ES LEÍDA LITERALMENTE, lo correcto es que
el Graduando debe de comentarlos con la mirada directa hacia los
jurados. La terna califica el dominio del conocimiento del tema y
del expediente.

– El Jurado, puede analizar el expediente secuencial y
ordenadamente, como también puede alterar el orden,
así como puede omitir el análisis de ciertos actos
jurídicos procesales que considera de menos
importancia.

– El Graduando debe saber por lo menos dos conceptos de
los temas o instituciones que analiza, un concepto que puede ser
suyo de opinión particular y el otro de un autor
tratadista, esto en respaldo al primero en caso de que el jurado
no acepte el primer concepto.

– No puede insistir en el análisis de temas
prescindidos o excluidos por el Jurado.

– La terna de jurados pueden hacer las preguntas que
estimen por convenientes, pueden estar o no relacionadas con el
tema de análisis,

– Las respuestas del graduando deben ser pausadas, por
más que se sepa la respuesta con amplitud o
seguridad.

– Cuando no se supiera la respuesta del tema preguntado,
no se debe hacer mucho rodeo, sino reconocer y explicar el
porcentaje desconocimiento.

– Las respuestas deben mantener una posición
primigenia, no cambiar de parecer en cualquier
momento.

La teoría
general del Proceso civil

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INTERROGANTES PREVIAS

1. ¿Qué tiene que suceder o pasar para que
exista un proceso judicial?

2. ¿Que requisitos o que actos tiene que
sucederle a una persona para que inicie un proceso
judicial?

3. ¿Un proceso judicial podrá existir de
oficio, es decir, puede ser iniciado por el juez u otra
autoridad?

4. ¿Es necesario un proceso judicial para
resolver los problemas que suceden en la sociedad en donde nos
desenvolvemos?

LAS RESPUESTAS:

En la primera y segunda pregunta, tiene que existir
cualquiera de éstos dos (2) hechos: UN CONFLICTO DE
INTERESES, o UNA INCERTIDUMBRE JURÍDICA. En la tercera
pregunta es negativa, pues, solo se inicia a instancia de parte,
y la última pregunta también es negativa, pues el
Poder Judicial no es la única entidad que se encarga de
administrar justicia, sino que existen
muchísimas.

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Teoría del
conflicto

EL CONFLICTO DE INTERESES JURÍDICO
+ INCERTIDUMBRE JURÍDICA =

NACIMIENTO DEL PROCESO
JUDICIAL

EL CONFLICTO DE INTERESES o LA INCERTIDUMBRE SON LOS
REQUISITOS PARA QUE EL ESTADO PERUANO A TRAVÉS DEL PODER
JUDICIAL (JURISDICCIÓN) PUEDA CONOCER DEL ASUNTO
CONTROVERTIDO.

Origen del Conflicto.- Como es inevitable, por nuestra
propia naturaleza de ser seres humanos en la sociedad donde
vivimos nunca podríamos vivir en una armonía total
(como robots preordenados) donde no haya conflictos: problemas, o
incertidumbre: dudas frente a nuestros derechos; pues es todo lo
contrario, en la sociedad donde nos desenvolvemos y se
desenvolvían nuestros antepasados siempre hay, y ha habido
CONFLICTOS, CONTROVERSIAS.

¿PORQUE?

  • a) Una persona piensa distinto del otro, y
    manifestarlo así, genera conflictos de manera
    natural,

  • b) Las normas naturales u objetivas, que nos
    rigen son susceptibles de ser transgredidas, violadas, no
    respetadas por nuestros compañeros, vecinos,
    co-habitantes o nosotros mismos.

Como Graduando:

para eso nace o existe el proceso o el DERECHO
PROCESAL, que es la vía, instrumento, llamado, requerido
para que a través de ella EL ESTADO pueda solucionar,
arreglar el conflicto de intereses o aclarar las incertidumbres
jurídicas a fin de restablecer la paz aplicando la ley, la
justicia.

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Oposición de intereses particulares,
independientes en que las partes justiciables no ceden. Es el
choque o colisión de derechos o de
pretensiones[2]

Se produce cuando dos (2) o mas personas tienen personal
e individualmente posiciones, petitorios, derechos que son
opuestos, diferentes, contradictorios frente a un mismo
hecho o bien
(éste es el interés). P.e. un
acreedor ordena a su deudor para que pague el dinero prestado
mediante contrato privado, éste lo
contradice (CONFLICTO) y se resiste a
pagar el dinero
(INTERÉS) por
muchas razones.

Para que el asunto, pretensión, derecho pueda ser
de conocimiento del Órgano jurisdiccional tiene que tener
y ser un CONFLICTO DE INTERESES CON RELEVANCIA JURÍDICA,
p.e. JOSÉ se atribuye la propiedad de una colección
de libros de derecho OMEBA, su colega WALTER con quien comparten
el estudio jurídico también se atribuye ser el
propietario de la misma colección de libros, claro ejemplo
de dos intereses contrapuestos frente a un mismo bien y con
relevancia jurídica. Es decir, que EL
INTERÉS
debe estar enmarcado dentro de lo legal,
no estar en contra del orden público ni de las buenas
costumbres, p.e. un conflicto de intereses SIN relevancia
jurídica, sería la orden de un padre que manda a
trabajar a su hijo por encontrarse aquel viudo e inválido
y su hijo menor no cumple dicha solidaridad mas por el contrario
lo demande por Maltrato, Explotación Infantil.

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FORMAS DE SOLUCIÓN DE LOS
CONFLICTOS DE INTERESES

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¿Qué es la
JURISDICCIÓN?

La Jurisdicción, no es otra cosa que el poder de
administrar justicia, sobre casos concretos con el fin de
resolver conflictos de intereses o de eliminar una incertidumbre
ambas con relevancia jurídica; vale decir, realizar y
tutelar el derecho, voluntad de dar a cada uno corresponde, a
través de una serie o sucesión de actos, a los que
se les denomina proceso[3]Hugo ALSINA, citado
por Luis A. Aragón:
"La jurisdicción es la
potestad conferida por el Estado a órganos determinados
para resolver mediante la sentencia cuestiones litigiosas, que
les sean sometidas, y hacer cumplir sus propias
resoluciones.[4]

Como graduando: EL FUNDAMENTO DE LA
JURISDICCIÓN
, no es el haber asumido el
Estado la función monopolizadora de dictar todas las
normas a que se deben ajustar los sujetos, sino, de sancionar en
caso de violaciones o incumplimientos; el poder dirimir los
conflictos, dictar sentencias, aplicar sanciones; evitar la
alteración del orden público y tranquilidad social,
constituyen en realidad el fundamento de la
Jurisdicción

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¿Qué es el PROCESO?

Guillermo Cabanellas, dice: "Es el conjunto de
autos y actuaciones". Litigio sometido a conocimiento y
resolución de un tribunal[5]

Luis Ángel Aragón, dice: "Se
denomina proceso a la regulación de las actividades que se
realizan ante el Estado para alcanzar la protección de un
derecho"[6].

Como Graduando: EL OBJETO DEL PROCESO

El objeto del proceso está constituido por la
o las pretensiones procesales que se han planteado con la
demanda. La pretensión procesal es el derecho subjetivo
del sujeto, sustentado en el derecho objetivo, hecho valer
mediante la demanda, pues, antes de la demanda, será
simplemente una pretensión material o substantiva. El
conflicto de intereses se genera normalmente antes del proceso y
se exterioriza mediante la demanda y su contestación.
Sobre la pretensión procesal es la que redunda la
controversia entre las partes. No se podría concebir el
proceso sino existiera pretensión procesal. No interesa
que la final del litigio se desestime la aspiración
procesal; lo que interesa es que el proceso se ha iniciado y se
ha generado con la demanda, con la que exclusivamente se plantean
las pretensiones procesales. No se puede plantear una demanda por
plantear si no es para hacer valer determinadas pretensiones
procesales[7]

El PROCESO, es conjunto de de actos
jurídicos procesales realizados por las partes bajo la
dirección del O.J. con el objeto de solucionar los
conflictos de intereses o aclarar incertidumbres con relevancia
jurídicas y con la finalidad de dar paz social y seguridad
jurídica.

¿Qué es
el Proceso Civil?

El proceso civil, es un conjunto de actos
jurídicos, realizados por las partes justiciables
(demandante – demandado) y el propio órgano
jurisdiccional, todos ellos encaminados a resolver la
controversia, llamado también conflicto de intereses o
eliminar la incertidumbre o dudas, con relevancias
jurídicas.

Como Graduando:

Importante, El proceso civil, es un
medio, vía, vehículo, instrumento para resolver un
conflicto de intereses intersubjetivos[8]aplicando
la norma o el derecho al caso concreto. Además nuestro
C.P.C. señala que no solo se resuelven conflictos de
intereses, sino que también, elimina incertidumbres
jurídicas en éste ultimo caso de refiere a los
procesos no contenciosos.

Al hablar de proceso judicial, inmediatamente nos
estamos asociación con muchas otras instituciones
procesales como p.e. Concatenado al Derecho de
Acción
del demandante está la
Jurisdicción quien da respuesta al conflicto de intereses
o la incertidumbre jurídica, la jurisdicción que
es, la función pública del Estado, la
administración de justicia es la práctica de la
justicia distributiva y por tal el Juez realiza una
función jurisdiccional dentro de su competencia, quien a
su vez calificará los presupuestos procesales y las
condiciones de la acción, recibirá las defensas del
demandado, se saneará el proceso, obligatoriamente
invitará a una conciliación, valora las pruebas
aportadas y se aplicará el derecho en una sentencia. Como
se observará que para entender didácticamente a
cada una de las instituciones procesales y la sistemática
ordenada del proceso judicial, es necesario conocer y estudiar
instituciones previas para su mejor entendimiento.

EL FIN CONCRETO DEL PROCESO
CIVIL

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¿Cuáles son los FINES del Proceso
civil?

Según el C.P.C.: El artículo III
del Título Preliminar del C.P.C. establece que el proceso
tiene dos (2) fines: Un fin concreto, y un fin
abstracto.

Importante:

Según la doctrina: Existen
tres (3) teorías:

La Teoría Subjetiva, sostiene que la
finalidad del proceso es la tutela de los derechos subjetivos
(concepción privatística).

La Teoría Objetiva, considera que el
proceso tiene como fin la actuación de la voluntad
concreta de la ley (concepción
publicística.

la Teoría Ecléctica.-
Sostiene que el proceso tiene por fin la protección del
derecho subjetivo mediante la actuación del derecho
objetivo (concepción Mixta).

¿Cuáles son las funciones del
proceso?

Son tres:

a) esencialmente lógico-teórica,
encaminada a determinar lo que en cada caso es
justo;

b) esencialmente práctica, al ejecutar lo que
se ha reconocido como derecho; y

c) tuteladora, al materializar la realidad de la
acción procesal o pretensión de tutela
jurídica[9]

LOS DOS (2) FINES DEL PROCESO
CIVIL:

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¿Cuántas CLASES de Procesos Civiles
conoces?

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Existen gran variedad de clasificaciones del proceso,
según tratadistas y estudiosos del proceso:

a) Por la Materia:

  • Civil,

  • Penal,

  • Constitucional,

  • Agrario,

  • Familia,

  • Laboral,

  • Administrativo, etc.

b) Por el Objeto:

  • Constitutivos,

  • Declarativos,

  • de Condena,

  • Ejecutivas,

  • Cautelares.

  • c) Según las Vías
    Procedimentales: CASENCE

  • Conocimiento,

  • Abreviado,

  • Sumarísimo,

  • Ejecutivo,

  • No Contencioso,

  • Cautelar,

  • Ejecución.

  • d) Por su objeto:

  • Procesos de Conocimiento,

  • Procesos de Ejecución, y

  • Procesos de Conservación.

  • e) Por su modo:

  • Procesos de Conciliación,

  • Procesos de Arbitraje,

  • Proceso No contencioso o Voluntario,

  • Proceso Contencioso.

¿Cuáles son las ETAPAS
del Proceso Civil?

1. Etapa Postulatoria.- Tiene por objeto fijar el
ámbito de la controversia o incertidumbre jurídica.
Todo proceso tiene su inicio, es en ella donde las partes
justiciables presentan, plantean, exponen y fundamentan sus
pretensiones y defensas.

2. Etapa Probatoria.- Las pretensiones y defensas
de las partes litigantes, se sustentan usualmente en hechos
manifestados por las partes, los que requieren ser acreditados,
probados con medios probatorios, en consecuencia viene a
constituir, el conjunto de actos destinados a acreditar y
convencer al Juez que los hechos han ocurrido tal como cada quien
lo ha afirmado.

3. Etapa Decisoria.- Concluida la actividad
probatoria, el Juez se encuentra en aptitud de resolver el
conflicto de intereses o la incertidumbre jurídica,
aplicando el derecho o ley que corresponda al caso
concreto.

4. Etapa Impugnatoria.- El órgano
jurisdiccional representado por el Juez, es un ser humano como
cualquiera de nosotros, por tal sus decisiones son actos humanos
y está propenso a cometer error o errores que pueden ser
revisables; para subsanar ese error se fundamenta la existencia
de la presente etapa impugnatoria, para que la resolución
materia de cuestionamiento sea revisada por el órgano
jurisdiccional superior.

5. Etapa Ejecutoria.- Llamada también de
Ejecución o Ejecutiva, mediante ésta etapa se busca
que la decisión final del Juez (sentencia) se cumplan, a
fin de que los fines del proceso se hagan realidad.

El proceso no necesariamente, tiene que pasar por
éstas cinco (5) etapas sino cuando sean necesarios, es por
ello que existen las formas especiales de conclusión del
proceso.

¿Cuántas ETAPAS tiene el
Proceso?

CINCO (5):

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¿Qué actos comprende la Etapa
Postulatoria?

La Etapa postulatoria, es la más amplia y
está integrada por:

  • La Demanda,

  • La Calificación de la demanda,

  • Las Resoluciones Judiciales,

  • Las Notificaciones,

  • Las Cuestiones Probatorias: Tachas u
    Oposiciones,

  • Las Excepciones o Defensas Previas,

  • La Contestación de la Demanda,

  • La Reconvención o Contrademanda,

  • La Rebeldía,

  • El Saneamiento Procesal,

  • La Conciliación,

  • La Fijación de los Puntos
    Controvertidos,

  • El Saneamiento Probatorio,

  • El Juzgamiento Anticipado del Proceso.

ESQUEMA DE LA ETAPA
POSTULATORIA

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ESQUEMA DE LA ETAPA
PROBATORIA

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ESQUEMA DE LA ETAPA
DECISORIA

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ESQUEMA DE LA ETAPA
IMPUGNATORIA

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ESQUEMA DE LA ETAPA EJECUTORIA

Jurisdicción

¿Qué es la TUTELA
JURISDICCIONAL?

¿Qué es el derecho a la tutela
jurisdiccional efectiva?

Es aquel derecho subjetivo que tiene todo sujeto de
derecho a que "se le haga justicia", como derecho que tienen los
justiciables para acudir al órgano jurisdiccional a fin de
que éste le asegure un resultado justo o acorde a derecho
como solución ante el planteamiento de un conflicto de
intereses con trascendencia
jurídica[10]

Como Graduando: El derecho a la Tutela
Jurisdiccional Efectiva no solamente es un derecho procesal o un
derecho constitucional para ser utilizados como instrumentos de
iniciación de procesos judiciales; sino que, es un Derecho
fundamental dentro de los Derechos Humanos Universales que, a
través de la primera institución del derecho de
acción plasmado con la demanda del demandante que es el
acto de iniciación de un proceso, con el derecho de
contradicción legitimado al demandado quien alega su
derecho de contradicción y defensa, a los largo de todo el
quito del proceso judicial enmarcados dentro del
cumplimiento de las mínimas garantías que ampara el
debido proceso; buscando y asegurando la expedición
permanente de sentencias uniformes motivadas en justicia y no
arbitrarias, con criterios jurídicos razonables como un
valor supremo del derecho y de la vida en
sociedad.

¿Cómo se manifiesta el derecho a la
TUTELA JURÍDICA?

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Acción

¿Qué es la
ACCIÓN?

"… la ley y el juez no actúan por
sí solos. Para que la norma de un derecho objetivo sea
aplicada, mediante una sentencia a la solución de un
litigio, los órganos jurisdiccionales del Estado deben ser
puestos en movimiento por iniciativa privada. Ese impulso que los
pone en marcha es la ACCIÓN. La
acción no es otra cosa que el derecho que tiene toda
persona para demandar una protección judicial del
Estado[11]

Como Graduando:

Es el poder jurídico que tiene todo sujeto de
derecho de acudir a los órganos jurisdiccionales para
reclamar la satisfacción de una pretensión. Este
derecho es inherente a toda persona por el simple hecho de serlo
no tiene condiciones de ninguna clase, por tanto esta enmarcado
dentro de la esfera subjetiva y para que se efectivice hay que
materializarlo expresamente.

EL OBJETO DE LA ACCIÓN

Es la composición, solución de un
proceso jurisdiccional.

a) Es la solución de un conflicto de
intereses,

b) La declaración de una incertidumbre
jurídica.

LA FINALIDAD DE LA
ACCIÓN

Es la tutela jurisdiccional
efectiva.

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¿Qué son las CONDICIONES DE LA
ACCIÓN?

Monroy Gálvez, manifiesta,
los presupuestos procesales solo nos
permitiría una relación procesal válida;
ellos no aseguran que el Juez se encuentre apto para expedir
validamente una sentencia válida sobre el fondo del
proceso, es decir, pronunciarse sobre la pretensión. Esta
posibilidad solo se la concede el cumplimiento de otros
elementos, los que, en conjunto conforman el instituto de las
Condiciones de la Acción. Entonces, se denomina así
a los requisitos procesales que permiten al Juez a expedir un
pronunciamiento válido sobre el
fondo[12]

Como Graduando: Son los requisitos
esenciales, indispensables, que tiene que observar el Juez en el
proceso judicial para que pueda dictar una (resolución)
sentencia válida sobre el fondo del proceso. El
incumplimiento de cualquiera de ellos daría lugar a que el
Magistrado ya NO se pronuncie sobre el fondo del proceso, sino
sobre la (forma) RELACIÓN PROCESAL, mas conocido como
sentencia inhibitoria (improcedente).

¿Qué significa pronunciamiento
sobre el fondo del proceso?

Significa que el Juez en su resolución final
se va a pronunciar necesariamente sobre el petitorio solicitado o
demandado (derecho sustancial), ya sea como fundada o infundada.

¿Qué significa pronunciamiento
sobre la relación procesal?

Significa que el Juez en su resolución final
(sentencia) NO se pronuncia sobre el petitorio solicitado o
demandado, sino se INHIBE de dicho pronunciamiento y se pronuncia
sobre la relación procesal
inválida.

¿Cuáles son las Condiciones de la
ACCIÓN?

Son tres (3):

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Partes: 1, 2, 3

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