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Nuevo Enfoque sobre la Carga Procesal – Análisis y Propuestas




Enviado por Hugo Muchica Ccaso



  1. Análisis del problema
  2. Propuesta o alternativas de solución a
    la carga judicial
  3. Análisis de las
    propuestas

Análisis del
problema

Ciertamente la función jurisdiccional en nuestra
época se ha convertido en uno de los servicios
públicos esenciales del Estado moderno.[1]
La agresiva liberalización de las economías
latinoamericanas, no se ha correspondido con iguales reformas en
el sector de la justicia.

El Poder Judicial ente representativo padece; problemas
de independencia institucional a nivel presupuestario, injerencia
en su autonomía judicial, deficiente atención al
usuario, problemas de corrupción, deficiente acceso a la
justicia de sectores mayoritarios, problemas en el sistema de
justicia penal, carecen de predictibilidad sus resoluciones,
deficiente organización del despacho judicial, falta de
personal o recursos humanos. Insuficiente capacitación de
los magistrados y personal auxiliar, sobrecarga procesal en el
despacho judicial[2]De esto ultimo debemos
ocuparnos en el presente articulo.

Normalmente la noción de "carga procesal" en la
doctrina se la identifica a las cargas en el proceso civil,
concretamente a la carga de la prueba.([3])
([4]) Pero la doctrina procesal también se
ha encargado de utilizarla en el sentido de; "volumen de
casos asignados a los órganos jurisdiccionales", "conjunto
de procesos en determinado despacho judicial", "determinados
expedientes judiciales sin resolver o como el conjunto total de
procesos judiciales a nivel nacional que se encuentran sin
resolver o pendientes
". Salas Arenas, manifiesta que "la
carga procesal de un órgano jurisdiccional es, entonces,
el conjunto de causas que se tramitan ente un órgano
judicial determinado[5]

Considero particularmente que la noción de carga
procesal debe incluir en su definición la de "casos sin
resolver", por que denota mas complitud y utilidad del termino
para nuestro problema, de manera que consideramos como acertado,
aquella noción que establece que la carga procesal "es
el conjunto de determinados procesos judiciales pendientes o sin
resolver".

Al termino se le ha agregado la "sobrecarga procesal",
para denotar con mayor énfasis el gigantesco embalse de la
carga procesal,[6] la sobrecarga procesal absorbe
por completo al Juez y le resta tiempo para el estudio y el
análisis teórico, así como para la
investigación científica, de modo tal que la
calidad de sus resoluciones será cada vez peor y menos
confiable.

La Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
mediante el artículo tres de la Resolución
Administrativa N° 108-CME-PJ16([7])
estableció estándares de racionalización de
carga procesal de los Juzgados del Poder Judicial, analicemos
solamente tres estándares, por ejemplo: en los Juzgados
Civiles debería de haber no mas de 880 procesos anuales y
no mas de 80 procesos mensuales, en los Juzgados Penales no mas
450 procesos anuales y no mas 41 procesos mensuales, en los
juzgados de paz letrados no mas de 1000 procesos anuales y no mas
de 90 procesos mensuales, calculando un promedio de los tres
juzgados aludidos y teniendo en cuenta que mensualmente los
días efectivos laborables podrían ser 22
días, se tiene que por día los jueces
deberían de resolver a 3.20 procesos.

Por otro lado según fuente de justicia viva y
datos del ministerio de justicia existe a septiembre del 2004;
1,700 jueces sin contar jueces de paz y 1667 fiscales. A
septiembre del 2003 mas de 60,000 abogados a nivel nacional y 253
abogados de oficio. Lo cual pues indica un deficiente numero de
magistrados entre jueces y fiscales que debe ser incrementado.
Según datos del Banco Mundial de Desarrollo, existe en el
Peru por cada 100,000 habitantes 6.4 jueces a diferencia de
Uruguay que tiene 15.5 jueces. Por distrito judicial en el Peru
sorprendentemente la mayor densidad de jueces por habitantes se
encuentra en Huaura con 20.8 jueces por cada 100,000 habitantes a
diferencia de Loreto y Huancavelica que tiene la menor densidad
de jueces 3.2 respectivamente.

Respecto de la carga procesal en el Poder Judicial se
tiene datos confiables de la Gerencia General del Poder Judicial
al 2003, expedientes ingresados 1"106,711. Expedientes pendientes
1"523,566. Expedientes resueltos 879,860. El numero de
expedientes que ingresan a los órganos jurisdiccionales
resulta ser siempre mayor al de expedientes que
concluyen[8]un problema que tenemos a la vista es
de proporciones épicas, es la proyección al 2008,
el año de 1997 la tasa de resolución de expedientes
era del 64% y la tasa de expedientes pendientes era menor del
orden de 36%. Al 2002, la tasa de resolución se invierte a
41% expedientes resueltos, frente al 59% de tasa de expedientes
pendientes, Para el 2008, se calcula una tasa de
resolución preocupante del 19% frente a una tasa de casos
pendientes del orden del 81%, lo que significaría un
colapso en el sistema de justicia
peruana[9]

Si hipotéticamente tendríamos que hacer un
análisis aritmético, teniendo en cuenta el embalse
procesal total para el año 2003 que es del orden
2"329,081, expedientes, dividiendo dicha cantidad entre 12 meses
se obtiene 194,090.08 expedientes por mes, a esta ultima cifra se
la divide por 22 dias laborables efectivas por mes, se obtiene el
siguiente resultado de 8,822.28 expedientes por dia, y si
contamos para dicha fecha con 1,700 jueces a nivel nacional
tendríamos que cada juez tendría que resolver 5.20
expedientes por dia. Bueno para dicho calculo no se ha tomado en
cuenta distintas variables, el numero de partes procesales en un
proceso, cantidad de pretensiones en una causa, dificultad de las
pretensiones, condiciones materiales del ejercicio de funcion
jurisdiccional, experiencia del magistrado, entre
otros[10]Pero lo que si queda en claro es que
nuestros jueces deberían tener metas y horizontes en
cuento al nivel de productividad por dia, por mes y por
año.

Propuesta o
alternativas de solución a la carga judicial

Por otro lado el grupo de trabajo sobre
modernización del despacho judicial presento un informe en
los que se establecen lineamientos básicos sobre
simplificación y modernización del despacho
judicial; sobre las visitas a los juzgados de Lima e informes
recibidos de las cortes superiores de provincias. En lo que se
refiere a la carga procesal, plantean acciones a corto plazo como
la creación de equipos móviles para la
confección de notificaciones proveídos de escritos,
depuración de archivos, que laboraran fuera de horarios de
trabajo. Entre acciones a mediano y largo plazo se prevé
un estudio de expertos que determine la carga procesal por
juzgados de distinto nivel y por especialidad, terminar con la
sub-especialidad en juzgados, crear mas juzgados y salas
superiores en materia de constitucional, establecer
políticas para la distribución de la carga procesal
y por ultimo alentar y mejorar la conciliación
extrajudicial y judicial. [11]

Respecto de la Comisión Especial para la Reforma
Integral de la Administración de Justicia –CERIAJUS,
proponen un plan de descarga judicial, cuyas acciones a corto
plazo serian la elaboración de un inventario nacional de
procesos judiciales en tramite. Elaboración de un proyecto
de ley para desjudicializar materias de las AFP"s y la
Rectificación de Partidas. Eliminar la sub-especialidad de
los juzgados especializados (sumarios, abreviados), Modificar el
Código Procesal Civil: reduciendo el plazo legal para
declarar el abandono y la declaración de la
conclusión del proceso cuando el demandante no se presente
a la audiencia de conciliación, presentación de un
proyecto de ley que impongan multas por el uso del sistema de
justicia (MP-PJ)[12], cuando denuncien o demanden
maliciosamente, aumentar el numero de vista en la Corte Suprema,
determinar estándares, carga y producción y un
sistema de control de gestión judicial, elevar la
productividad de los magistrados y mejorar la calidad
argumentativa de las decisiones
jurisdiccionales[13]

El profesor Hector E. Lama More, manifiesta que
deberían adoptarse medidas adicionales a las establecidas
por CERIAJUS que las considera insuficientes, plantea la
sub-especialidad en Derecho Publico tanto a nivel de Juzgados
Especializados como Salas Superiores, que asuman conocimiento
exclusivo y excluyente de los procesos de garantías
constitucionales, incrementar a 10 el numero de juzgados en la
especialidad Contencioso Administrativo, seguir potenciando el
rol del Juez como director del proceso, su preparación y
capacitación en áreas de liderazgo y
organización, garantizar el comportamiento ético y
moral del Juez, su disposición al trabajo, disciplina y
orden en el Despacho[14]

En lo que respecta a las medidas ya adoptadas en el
Poder Judicial frente a la sobrecarga procesal, se ha
incrementado el numero de juzgados y Salas penales especiales por
delitos de corrupción de funcionarios, con el objetivo de
impedir en dichos procesos se venza los términos de
detención a los procesado. Se ha incrementado de uno a dos
Salas Superiores en el área de Contenciosos Administrativo
y de dos a cuatro juzgados especializados, se ha creado la
sub-especialidad comercial en el área civil, con apertura
de 07 juzgados comerciales y una Sala Superior de Comercial que
paulatinamente se ira incrementando hasta llegar a 22 juzgados
comerciales, se ha impuesto la obligatoriedad de pago de arancel
judicial a las demandas presentadas por las AFP"s. Se ha
dispuesto la instalación de Juzgados de paz letrados en la
Comisarías.

Análisis de
las propuestas

Seria muy fácil ubicarse en la posición de
críticos de las propuestas y medidas adoptadas en torno al
mejoramiento de la carga procesal que enfrenta el poder judicial,
creo que existe coincidencia y suma en las propuestas; tanto del
grupo de Trabajo Temático del Modernización del
Poder Judicial como en la Comisión Especial para la
Reforma Integral de la Administración de Justicia
(CERIAJUS). Fundamentalmente me voy a referir a un tema que tiene
relación directa con la carga procesal, "el factor
humano"; me refiero a la capacitación a los Magistrados y
los auxiliares jurisdiccionales tanto del Poder Judicial como del
Ministerio Publico que son el eje o motor esencial en torno al
que gira la Reforma del Poder Judicial. Hoy por hoy la Academia
de la Magistratura dio un impulso importante a programas de
capacitación a magistrados en sus distintos niveles, creo
que un grueso sector de nuestro magistrados han tomado conciencia
del importante rol que significa la actualización y
capacitación constante en tema jurídicos, pero es
importante seguir en esta línea de trabajo. Se reclama sin
desmerecer el camino emprendido por la Academia incidir en temas
de Gerencia Judicial, capacitación en temas de uso de
información judicial, uso de herramientas
informáticas de productividad, planeamiento
estratégico, habilidades para el trabajo en equipo, todo
esta capacitación dirigida a Magistrados.

Pero en lo que se refiere a la capacitación y
actualización de los profesionales, técnico y
auxiliares tanto del Poder Judicial como del Ministerio Publico
la brecha en capacitación es muy preocupante, En principio
hay que chocar con el tema de los sueldos y haberes de este
sector que es bastante deprimido. Lo que no permite a estos
últimos capacitarse y actualizarse en temas principalmente
jurídicos, y menos en temas de técnicas para una
mejor atención al publico y en relaciones
interpersonales.

La Academia de la Magistratura cuenta con un programa de
Capacitación a Distancia para Auxiliares tanto para el
Poder Judicial como para el Ministerio Publico, creo que se
debería repotenciar dicho programa, con cursos de
autocapacitación a distancia y que estos deberían
ser gratuitos, con ayuda en este aspecto de la Cooperación
Internacional para la capacitacion unicamente a profesionales,
técnicos y auxiliares de las dos instituciones (PJ y MP),
con miras a enfrentar al embalse o sobrecarga procesal para el el
año 2008.

El trabajador, auxiliar o técnico, son las
personas con que directa y personalmente es la que tratan o se
enfrentan nuestros justiciables y abogados, de manera que
aquellos son punta de lanza en esta actividad, A esto hay que
agregarle que dichos trabajadores manejan también la
documentación de nuestros proceso judiciales,
quiérase o no, estos también son responsables y
artífices de lo que pasa con nuestros expedientes, de
manera que si estos no son adecuadamente capacitados no ayudaran
mucho a descongestionar el embalse o la sobrecarga procesal que
nos espera.

Respecto a la selección y concurso a plazas de
personal auxiliar al Poder Judicial y al Ministerio Publico, esta
ultima no tiene el rigor y el detalle como el ingreso a los
Magistrados al (PJ y MP), esta es responsabilidad de la Cortes
Superiores, muchos de estos concursos de meritos se desarrollan
en un marco de estricta reserva, de manera que hay que tomar
conciencia ¿que personal o trabajadores queremos en el (PJ
y MP)?. Un trabajador idóneo, eficiente y competente vale
más que cinco trabajadores incompetentes e
ineficientes.

¿Que clase de capacitación
deberían recibir dichos trabajadores?

Líneas arriba se esbozo un plan de temas que
deberían incluir la capacitación y
actualización de los auxiliares y asistentes, en lo que se
refiere a temas jurídicos, estos deben incluir:
Redacción de Resoluciones, Gestión de Despacho
Judicial y Fiscal, en estos dos últimos temas se deben
incidir en "Técnicas para un mejor atención al
publico" y en "Relaciones Interpersonales".

Considero también que debería incluirse en
la agenda de capacitación de auxiliares jurisdiccionales,
la capacitación en temas de definición y
precisión léxica, coherencia y compresión
léxico-textual, análisis y comprensión de
textos y técnicas en lectura veloz. Creo que
debería tomarse en serio dicha propuesta toda vez que
nuestros auxiliares y asistentes del (PJ y MP) adolecen de dicha
preparación en esos temas de razonamiento verbal, teniendo
en cuenta que se trabaja con la redacción de textos
jurídicos.

 

 

Autor:

Dr. Hugo Marcelino Muchica
Ccaso[15]

 

[1] Fix Zamudio y Cossio “El Poder
Judicial en el ordenamiento mexicano”, cit. Pág.
7- México, UNAM 1999.

[2] Grupo de Trabajo sobre
Modernización del Despacho Judicial
“Comisión de Magistrados para
Reestructuración del Poder Judicial, Modulo
Gestión de Despacho Judicial, VI Profa- Amag, Lima,
2005.

[3] Enciclopedia Jurídica Omeba;
Termino “Carga Procesal” Tomo V.

[4]
http://www.pj.gob.pe/djuridico/djuridico/diccionario.html:
CARGA PROCESAL.- Garantía del ejercicio facultativo ante
el requerimiento de un órgano juridicial, que posee un
doble efecto: por un lado el litigante tiene la facultad de
alegar como la de no alegar, de probar como de no probar.
Carnelutti conceptualiza a la carga procesal “como el
ejercicio de la una facultad cuando dicho ejercicio aparece
necesario para el logro del propio
interés”. 

[5] Jorge Luis Salas Arenas “Bases para
la racionalización de la carga jurisdiccional…”
Amag – Sistema Nacional de Autocapacitación, Lima 2003.
Pág. 14

[6] Marcos Ibazeta Marino,
“Gestión de Despacho Judicial” “Los
actos procesales del órgano jurisdiccional”, Curso
a Distancia Auxiliares Jurisdiccionales Amag-2005,

[7] De fecha 28 de mayo del 1996

[8] Héctor E. Lama More “Hechos
objetivos que afectan la labor jurisdiccional en el Poder
Judicial” I carga procesal, Pág. 01, Modulo de
Gestión de Despacho Judicial VI Profa, Amag -2005

[9] Hernández, Wilson. Indicadores
sobre administración de justicia: mapa judicial,
presupuesto y eficiencia en el desempeño judicial. Lima,
Justicia Viva, 2003.

[10] Jorge Luis Salas Arenas. Op.cit.
Pág.30

[11] Comisión de Magistrados para la
Reestructuración del Poder Judicial “Grupo de
Trabajo Temático de Modernización del Despacho
Judicial, Amag, VI Profa Modulo de Gestión de Despacho
Judicial – Lima, 2005.

[12] Poder Judicial y Ministerio Publico

[13] Comisión Especial para la Reforma
Integral de la Administración de Justicia (CERIAJUS),
“Plan Nacional de Reforma Integral de Sistema de
Justicia”, Amag – VI Profa, Modulo de
Gestión de Despacho Judicial, Lima 2005

[14] Héctor E. Lama More, op. Cit.,
Pág. 08

[15] Discente de la Academia de la
Magistratura, Miembro Habil del Ilustre Colegio de Abogados de
Tacna.

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