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Origen del estado venezolano (página 2)




Enviado por DAYANA



Partes: 1, 2

  • Decidir los conflictos de competencia entre
    tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista
    otro tribunal superior o común a ellos en el orden
    jerárquico.

  • Poder Ciudadano Nacional

    Este se ejerce por el Consejo Moral Republicano
    integrado por el defensor del pueblo, el fiscal general y el
    contralor de la República.

    El Consejo Moral Republicano tiene las siguientes
    competencias: Prevenir, investigar y sancionar los hechos que
    atenten contra la ética pública y la moral
    administrativa. Velar por la buena gestión y la legalidad
    en el uso del patrimonio público. Velar por el
    cumplimiento de los principios constitucionales del debido
    proceso y de la legalidad, en toda la actividad administrativa
    del Estado. Promover la educación como proceso creador de
    la ciudadanía, así como las actividades
    pedagógicas dirigidas al conocimiento y estudio de la
    Constitución de la República Bolivariana de
    Venezuela, al amor a la patria, a las virtudes cívicas y
    democráticas, a los valores trascendentales de la
    República, y a la observancia y respeto de los derechos
    humanos. Y Promover la solidaridad, la libertad, la democracia,
    la responsabilidad social y el trabajo.

    Son atribuciones y deberes del Presidente del Consejo
    Moral Republicano:

    1. Dirigir y coordinar las labores del Consejo Moral
    Republicano.

    2. Ejecutar el presupuesto de funcionamiento del Consejo
    Moral Republicano.

    3. Ejercer la representación oficial del Consejo
    Moral Republicano y del Poder Ciudadano.

    4. Convocar, coordinar y presidir las reuniones del
    Consejo Moral Republicano.

    5. Presentar a la Asamblea Nacional un informe anual del
    Consejo Moral Republicano y todos los demás informes que
    le sean solicitados por ese órgano legislativo.

    6. Efectuar intercambios con instituciones
    públicas o privadas, educativas y de investigación,
    nacionales, internacionales o extranjeras, para la mejor
    divulgación y promoción de los valores, principios
    y derechos previstos en la Constitución de la
    República Bolivariana de Venezuela y las leyes, así
    como el amor a la patria, las virtudes cívicas y
    democráticas, y los valores trascendentales de la
    República.

    7. Comunicar a los funcionarios públicos o
    funcionarias públicas, incursos o incursas en faltas en el
    cumplimiento de sus obligaciones legales, las advertencias y
    sanciones respectivas.

    Contraloría
    general de la República

    En un Estado de Derecho el cumplimiento de la Ley es la
    regla y la presentación de la declaración jurada de
    patrimonio es una de las obligaciones que deben cumplir todos los
    funcionarios por mandato de la Ley Orgánica de Salvaguarda
    de Patrimonio Público, ahora bien, para facilitar el
    cumplimiento de dicho deber, el Contralor General de la
    República ha dictado Resoluciones a fin de regular el
    modelo y las instrucciones generales pertinentes para que sirvan
    de guía en la elaboración de la situación
    patrimonial bajo juramento, así mismo ha facultado a Entes
    Públicos del interior de la República para que los
    declarantes no tengan necesidad de trasladarse a la capital con
    la finalidad de consignar la declaración bajo juramento de
    su patrimonio, y de esta forma hacer más sencillo el
    proceso a todas las personas obligadas. Por último, se
    pone a la disposición de todos los empleados
    públicos los teléfonos del personal de la
    Dirección de Declaraciones Juradas de Patrimonio,
    capacitado para aclarar cualquier duda, con el objetivo de
    brindar soluciones satisfactorias a las solicitudes de
    información referida a la declaración jurada de
    patrimonio.

    Defensoría del
    Pueblo

    La Defensoría del Pueblo según la
    Constitución tiene como finalidad la promoción,
    vigilancia y defensa de los derechos humanos en el país.
    La misma es dirigida por el Defensor del pueblo quien se encarga
    de velar por el buen funcionamiento de la instancia. El defensor
    es elegido por una comisión especial de diputados de la
    Asamblea Nacional por un período de 7
    años.

    Son atribuciones del Defensor o Defensora del
    Pueblo:

    1. Velar por el efectivo respeto y garantía de
    los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en
    los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos
    humanos ratificados por la República, investigando de
    oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su
    conocimiento.

    2. Velar por el correcto funcionamiento de los servicios
    públicos, amparar y proteger los derechos e intereses
    legítimos, colectivos y difusos de las personas, contra
    las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos en
    la prestación de los mismos, interponiendo cuando fuere
    procedente las acciones necesarias para exigir al Estado el
    resarcimiento a los administrados de los daños y
    perjuicios que les sean ocasionado con motivo del funcionamiento
    de los servicios públicos.

    3. Interponer las acciones de inconstitucionalidad,
    amparo, habeas corpus, habeas data y las demás acciones o
    recursos necesarios para ejercer las atribuciones
    señaladas en los ordinales anteriores, cuando fuere
    procedente de conformidad con la ley.

    4. Instar al Fiscal General de la República para
    que intente las acciones o recursos a que hubiere lugar contra
    los funcionarios públicos o funcionarias públicas,
    responsables de la violación o menoscabo de los derechos
    humanos.

    5. Solicitar al Consejo Moral Republicano que adopte las
    medidas a que hubiere lugar respecto de los funcionarios
    públicos o funcionarias públicas responsables por
    la violación o menoscabo de los derechos
    humanos.

    6. Solicitar ante el órgano competente la
    aplicación de los correctivos y las sanciones a que
    hubiere lugar por la violación de los derechos del
    público consumidor y usuario, de conformidad con la
    ley.

    7. Presentar ante los órganos legislativos
    nacionales, estadales o municipales, proyectos de ley u otras
    iniciativas para la protección progresiva de los derechos
    humanos.

    8. Velar por los derechos de los pueblos
    indígenas y ejercer las acciones necesarias para su
    garantía y efectiva protección.

    Poder Electoral

    El Poder Electoral dirige, organiza, y vigila todos los
    actos relativos a la elección de los cargos de
    representación popular de los cargos públicos
    así como referendos y plebiscitos; pero se agrega que
    podrá ejercer sus funciones en el ámbito de las
    organizaciones de la sociedad civil cuando así lo requiera
    el interés publico y en los términos que determine
    la ley.

    Como expresión de salto cualitativo que supone el
    transito de la democracia participativa y protagónica, se
    crea una rama del poder publico; el Poder Electoral ejercido por
    órgano del consejo nacional electoral que tiene por objeto
    regular el establecimiento de las bases, mecanismos y sistemas
    que garantizan el advenimiento del nuevo ideal u objetivo
    democrático. Una nueva cultura electoral cimentada sobre a
    la participación ciudadana.

    En otro orden de idea tenemos que se expresa esta nueva
    concepción a través de la implementación de
    instituciones políticas como la elección de cargos
    públicos; el referendo, la consulta popular, la
    revocatoria del mandato la iniciativa legislativa, constitucional
    y constituyente, el cabildo abierto y las asambleas de los
    ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones revisten el
    carácter de vinculante entre otros. Son estos los
    novedosos medios que le garantizan al pueblo la
    participación y protagonismo en el ejercicio de su
    soberanía.

    Funciones del Estado

    Aristóteles explicaba que las funciones que el
    Estado debía cumplir eran: las de deliberación,
    mando y justicia, con algunas variantes. Tal enumeración,
    resume la mayor parte de las funciones atribuidas al
    Estado.

    Es de tener en cuenta que la principal función
    del estado consiste en satisfacer los fines fundamentales y
    complementarios de la población, organizadas en las
    diferentes comunidades que hacen vida en el territorio nacional,
    garantizándoles la libertad, la igualdad y demás
    derechos fundamentales del hombre.

    El Estado desempeña tres
    funciones principalmente:

    • Gestionar las relaciones internacionales; es decir,
      establecer acuerdos con otros países sobre
      transacciones económicas, intercambios comerciales,
      tránsito de personas, modificación de
      fronteras, etc. Generalmente estos aspectos se solucionan de
      forma pacífica, aunque en ciertas ocasiones surgen
      conflictos y se declaran guerras.

    • Controlar y organizar el interior de su territorio;
      es decir, organizar el gobierno y determinar los derechos y
      deberes que tienen los ciudadanos. Algunos Estados no
      consiguen controlar ciertas zonas de su territorio en las que
      existen ejércitos particulares y guerrillas, frente a
      los que la población está desprotegida. Otras
      veces, son los propios gobiernos los que vulneran los
      derechos y oprimen a sus ciudadanos.

    • Proporcionar servicios a la población, como
      seguridad, educación, sanidad o infraestructuras. En
      este sentido existen grandes diferencias entre los servicios
      que ofrecen los Estados más ricos y los más
      pobres.

    Hay Estados ricos que ofrecen a sus ciudadanos muchos
    servicios, como sanidad y educación gratuita y salarios
    para los parados, los enfermos o los pensionistas. Para ello
    exigen impuestos a la población; son los llamados
    «Estados del bienestar», y la mayoría de ellos
    están en Europa. En cambio, otros ofrecen menos servicios
    públicos, pero también recaudan menos impuestos a
    la ciudadanía. Este sistema genera grandes desigualdades y
    numerosas bolsas de pobreza.

    En el caso de los países más
    pobres, el Estado no tiene recursos y casi no ofrece
    ningún servicio a sus ciudadanos, por lo que la
    mayoría de la población carece de protección
    social.

    El Estado en la
    Constitución

    La Constitución de la República
    Bolivariana de Venezuela de 1999, en  el articulo 2 
    consagra que "Venezuela se constituye en un Estado
    democrático y social de Derecho y de Justicia, que
    propugna como valores superiores de su ordenamiento
    jurídico y de su actuación, la vida, la libertad,
    la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la
    responsabilidad social y en general, la preeminencia de los
    derechos humanos, la ética y el pluralismo
    político".  Esta constitución
    democrática compromete su existencia axiológica en
    el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos
    fundamentales caracterizados por la universalidad de sus
    titulares.

    Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el
    Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por
    Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y
    comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las
    demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar
    general. Por ello, la justicia, la educación, la salud, la
    seguridad social, el propender a un desarrollo integral de la
    sociedad y del individuo, el establecimiento y la
    protección de los derechos humanos, siendo funciones
    indelegables del Estado. Aquellas que pueden acometer con mayor
    eficacia y eficiencia en la medida en que podríamos decir
    que son inherentes a la persona humana, es decir funciones que
    cuadran al estado en virtud de los fines y medios que
    estén a su alcance, así como la mejor
    preparación de sus actores gubernamentales para ejecutar
    las tareas que la Constitución y las leyes de la
    República le emanan. Por lo tanto, el Estado venezolano en
    tiempos de la modernidad, estimula a sus conciudadanos a fomentar
    el espíritu de solidaridad, responsabilidad y
    ponderación en sus acciones ante otros organismos que no
    se inscriben en la función social.  En este sentido,
    el cumplimiento de su función debe avocarse a orientar y
    apuntalar a la sociedad hacia la protección de los
    derechos humanos. No basta establecer bases teóricas y
    leyes para el entendimiento de estos derechos, sino que debe ir
    más allá, hasta llegar a la función de
    educar, proteger, asistir y colaborar con aquellos ciudadanos y
    ciudadanas a quienes les han sido conculcados sus derechos
    humanos. 

    La justicia social comprende el conjunto de decisiones,
    normas y principios considerados razonables de acuerdo al tipo de
    organización de la sociedad en general, o en su caso, de
    acuerdo a un colectivo social determinado. Comprende por tanto el
    tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos,
    defendidos y sostenidos y el tipo de relaciones sociales
    consideradas admisibles o deseables, de tal manera que describan
    un estándar de justicia legítimo. Un
    estándar de justicia sería aquello que se considera
    más razonable para una situación dada. Razonable
    significa que determinada acción es defendible ante los
    demás con independencia de sus intereses u opiniones
    personales, esto es, desde una perspectiva imparcial; así,
    para justificar algo hay que dar razones convincentes que los
    demás puedan compartir y comprender.

    Es también un término utilizado para
    referirse a las condiciones necesarias para que se desarrolle una
    sociedad relativamente igualitaria en términos
    económicos. Comprende el conjunto de decisiones, normas y
    principios considerados razonables para garantizar condiciones de
    trabajo y de vida decentes para toda la población.
    Alejandro Korn sostiene que la justicia social es un ideal que
    solo puede definirse a partir del hecho concreto de la injusticia
    social. Algunos estudiosos , sostienen que el concepto
    «justicia social» se corresponde con la justicia
    distributiva de Aristóteles, en tanto que la noción
    de justicia conmutativa del estagirita, corresponde a la idea
    clásica de justicia, en la sociedades modernas.

    Algunos de los temas que interesan a la justicia social
    y a las políticas socio-económicas son la igualdad
    social, la igualdad de oportunidades, el estado del bienestar, la
    cuestión de la pobreza, la distribución de la
    renta, los derechos laborales, etc.

    Conclusión

    Como dice Allan Brewer Carías, "…el tema
    del Estado ha sido, sin duda, el tema medular de la ciencia
    política de todos los tiempos. Las reflexiones y estudios
    sobre el Estado van desde su magnificación hegeliana, al
    plantear que todo lo que el hombre es y se lo debe al Estado,
    hasta la consideración marxista como un mero y simple
    instrumento de dominio de una clase sobre otra, pasando por la
    concepción liberal de la consagración de derechos
    individuales frente al Estado, a quien se consideraba un ente
    separado de la sociedad".

    Bibliografía

    • http://enlaces.ucv.cl

    • http://www.monografias.com

    • http://www.wikipedia.com

    • "Las Reformas del Estado", por Allan Brewer
      Carías, en "Sobre la Democracia", Editorial Ateneo de
      Caracas, Colección Teoría Política,
      Caracas, 1.979

    • "Introducción a la Administración
      Pública
      ", por Muñoz Amato Pedro Editorial
      Fondo Cultura.

    • "Derecho Administrativo", por Allan Brewer
      Carias, Publicaciones U.C.V Tomo (I) Facultad de
      Derecho.

    • "www.google.com.ve/", por Estado Social de
      Derecho, Democracias y Participación Autor:
      Víctor Manuel

     

     

    Autor:

    Blanco, Luisa

    Brito, Dayana

    Díaz, Nayleth

    Falco, Jaquimar

    Fuentes, Carmen

    Gamarra,Kaylin

    López, Yoselin

    Pérez, Betania

    Pino, Luidymar

    Profesor:

    Dr. Henry Sánchez

    República Bolivariana de
    Venezuela

    Ministerio del Poder Popular para la
    Educación Superior.

    Universidad Nacional Experimental
    Rómulo Gallegos

    Facultad de Ciencias Políticas y
    Jurídicas.

    Síntesis Curricular: Doctrina
    Política Bolivariana II

    Calabozo, Estado Guárico.

    Calabozo, 25 de abril del 2013

    Partes: 1, 2
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