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Programa para la verificación o auditoría de las obligaciones fiscales en entidades del SIME



Partes: 1, 2

  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Antecedentes y estado actual del desarrollo de
    auditorías de las obligaciones fiscales en entidades
    del SIME
  4. Resultados
  5. Programa Propuesto para la ejecución de
    Auditorias de las obligaciones fiscales en entidades del
    SIME
  6. Conclusiones
  7. Recomendaciones
  8. Referencias
    bibliográficas
  9. Anexo

ARTÍCULO SOBRE EL SISTEMA
TRIBUTARIO EN CUBA

Resumen

El trabajo titulado "Propuesta del Programa para la
verificación o auditoría de las obligaciones
fiscales en las entidades del SIME" tiene como objetivo presentar
las indicaciones más importantes a tener cuenta por el
auditor con vista a verificar, analizar y evaluar si las
entidades cumplen con sus obligaciones fiscales, y comprobar si
éstas son liquidadas y contabilizadas adecuada y
oportunamente.

Utilizando como métodos generales el
análisis y síntesis, así como la
inducción y deducción para el uso e
interpretación de las resoluciones, normas y
procedimientos establecidos para la actividad tributaria
empresarial, se explica el objetivo general y finalidad del
programa propuesto, sus limitaciones y alcance, así como
las pruebas a realizar para la verificación de cada una de
las obligaciones fiscales más importantes en las empresas
pertenecientes al SIME, teniendo en cuenta el nivel de
desconocimiento sobre éstas, las deficiencias detectadas y
multas impuestas en los incumplimientos de las mismas.
Además se muestran los resultados de su aplicación
en una entidad objeto de análisis para el año 2011,
con vista a evaluar la efectividad del programa, determinando las
afectaciones económicas.

Luego se presentan las conclusiones con la
valoración de la efectividad del programa propuesto, la
importancia, factibilidad, y viabilidad de su aplicación,
así como se recomiendan algunas especificidades para el
uso, desarrollo y actualización del programa
propuesto.

Finalmente se da a conocer la bibliografía
utilizada en la investigación seguido de los anexos con
consideraciones o explicaciones específicas,
métodos de cálculos, cuestionario resumen para
verificar las obligaciones fiscales, entre otros
necesarios.

Introducción

La revitalización de la política
económica financiera en Cuba hace necesario incrementar el
control del cumplimiento de las obligaciones fiscales en las
entidades, con vista a disminuir las afectaciones al Estado y a
las entidades en la medida en que se gane en conocimiento y
disciplina fiscal, minimizando así las multas o recargos
aplicados por errores, irregularidades y fraudes fiscales
detectados.

De ahí que exista la necesidad por parte del
estado y de cada organismo de un eficaz y eficiente control de
estas obligaciones, ya no solo por parte de la Oficina Nacional
de Administración Tributaria (ONAT), sino también
por las Unidades de Auditoría Interna y los auditores
internos de cada entidad, convirtiéndose éstos en
unas de las principales fuentes de asesoría,
supervisión y vía de obtener información
sobre el funcionamiento de la organización en este
tema.

La auditoría fiscal efectuada por profesionales
competentes de la propia organización va a lograr que las
entidades pongan toda su atención y cooperación,
debido a que desde este punto de vista la auditoría
propone o tiene como objetivo apoyar a las empresas en el
mejoramiento y desarrollo de sus operaciones, elevando el nivel
de conocimientos de manera oportuna y preventiva, en este caso,
sobre el sistema tributario, sin costo financiero alguno,
alejándose un tanto de los objetivos que persiguen estos
tipos de auditorías realizadas por un órgano
fiscalizador como lo es la ONAT.

Por tanto la confección de un programa
específico de auditoría o verificación
fiscal y su aplicación por los auditores del Ministerio de
la Industria Sidero – Mecánica (SIME) a sus entidades,
conllevará a un mejor control y evaluación del
cumplimiento de estas obligaciones, su contabilización y
presentación en los estados Financieros, además
como consecuencias de los resultados obtenidos en la
ejecución ayudará a identificar los posibles
riesgos y/o manifestaciones negativas, y con esto poder
fortalecer el Plan de Prevención de las entidades en
cuanto a los errores, irregularidades y fraudes
fiscales.

Antecedentes y
estado actual del desarrollo de auditorías de las
obligaciones fiscales en entidades del SIME

En Cuba, la Oficina Nacional de Administración
Tributaria, es la encargada del control y fiscalización de
las obligaciones con el fisco, así mismo dicha
institución tiene elaborado los programas o guías
para auditar las distintas obligaciones tributarias y no
tributarias, a que están sujetas las personas
jurídicas; no obstante dichas guías son para uso
específico de la ONAT, las cuales van dirigidas
explícitamente a los objetivos que persigue la misma, o
sea, verificar si se ha cumplido con la cuantía y plazos
correctos, y de no ser así imponer las multas o recargos
correspondientes.

Estos programas elaborados por la ONAT no presentan
indicaciones con el objetivo de evaluar si se han registrados
adecuada y oportunamente las operaciones correspondientes a la
fijación y pago de las obligaciones fiscales,
además no están diseñados teniendo en cuenta
las especificidades de las entidades del SIME en cuanto al
sistema tributario, tendiendo a distorsionar la
comprensión y adecuación para el SIME.

La Dirección de Supervisión y
Auditoría del SIME no ha efectuado antes, como parte de
sus acciones de control, auditorías con vista al examen
del cumplimiento de las cuantías y términos de
pagos establecidos para las obligaciones con el fisco,
tributarias y no tributarias, además de carecer de un
programa específico para la realización de
auditorías o verificaciones fiscales.

Actualmente en la Unidad Central de Auditoría
Interna (UCAI) del SIME se utiliza para la verificación de
algunos aspectos relacionados con las obligaciones fiscales de
las entidades, los elementos o indicaciones que recoge la
guía metodológica para la ejecución de
auditorías financieras establecidas en la
Resolución No. 026/2006 del extinto Ministerio de
Auditoría y Control, el cual es insuficiente para un
eficaz y eficiente control del cumplimiento de estas
obligaciones.

Por tanto se hace necesario la elaboración de un
programa específico para la ejecución de
auditorías de las obligaciones fiscales en las entidades
del SIME, con la finalidad de detectar posibles errores y/o
evasiones fiscales que se presenten en las empresas, y así
se disminuirán las afectaciones al estado por este
concepto además de las afectaciones económicas a la
propia entidad debido a las multas y recargos impuestos por el no
cumplimiento oportuno y adecuado de estas deudas.

Justificación del Trabajo

  • Es de interés para el SIME ya que
    permitirá perfeccionar los mecanismos de control de
    las obligaciones fiscales tributarias y no tributarias
    existentes en sus entidades.

  • A partir de los resultados obtenidos en la
    aplicación del Programa se fortalecerá el Plan
    de Prevención de las entidades en cuanto a los
    errores, irregularidades y fraudes fiscales.

  • Se enriquecerán los conocimientos
    teóricos sobre las obligaciones fiscales y
    servirá de base para su aplicación por unidades
    de auditoría pertenecientes a otros
    organismos.

  • El Programa propuesto podrá servir como
    complemento de la adecuación a la guía de
    autocontrol emitida por la Contraloría General de la
    República (CGR), en el tema del sistema tributario en
    las empresas del SIME, para así fortalecer los
    sistemas de control interno implementados.

  • Tanto los auditores internos del sistema SIME como
    el personal de los departamentos contables han reconocido la
    carencia de conocimientos necesarios para un adecuado control
    interno de las obligaciones fiscales.

Resultados

Consideraciones Preliminares.

Con vista a dar respuesta al objetivo previamente
establecido, se expondrán de forma clara y sintetizada las
pruebas sustantivas y aspectos más importantes a verificar
o revisar inherentes a las entidades del Ministerio de la
Industria Sideromecánica, en el contexto concreto de las
obligaciones fiscales fundamentales, mostrándose un
cuestionario sintetizado para la verificación en
Anexo 1, así como la referencia de las
principales resoluciones a consultar en Anexo 2,
las obligaciones que recoge el programa son las
siguientes:

Alcance y Limitaciones del Programa de
Auditoría Fiscal Propuesto.

El programa de auditoría fiscal o de las
obligaciones fiscales que se propone en el presente trabajo
considera un alcance aplicable a las necesidades y objetivos
propuesto por el auditor con la ejecución de la misma,
pudiendo ser las operaciones contables y el cumplimiento de estas
obligaciones para un año fiscal determinado, aunque
pudiera proceder para períodos mayores y menores
según la intención del auditor y la orden de
trabajo en cuestión, así como los casos en que el
término de aporte del tributo u obligación en
cuestión lo permita, teniendo en cuenta las legislaciones
vigentes; no obstante el autor de la presente
investigación desecha la posibilidad de aplicar el
programa para intervalos de hechos económicos menores a un
mes.

Desde otro punto de vista, aunque el programa presentado
está confeccionado teniendo en cuenta las
características tributarias de las entidades del SIME, el
mismo puede ser aplicado en otros Organismos, debiéndose
armonizar o adecuar los tipos impositivos y bases imponibles en
los casos que así lo requieran.

Las limitaciones que presentan este programa propuesto
de auditoría fiscal están relacionadas con los
resultados teniendo en cuenta que ofrecen una seguridad razonable
en la medida de la profundidad y rigor con que se aplique,
además de los objetivos que se persigan al
utilizarlo.

Es necesario destacar que este programa está
diseñado para efectuar comprobaciones de períodos a
partir del 2010, debido a que las Resoluciones vigentes en la
actualidad y que se hacen referencia y parte integrante del
programa, variaron aspectos sobre las obligaciones fiscales a
partir del 2010 en cuanto a el tipo impositivo, término de
pago, entre otros, por lo que de aplicarse el programa que se
propone debe armonizarse o adecuarse a las resoluciones
referentes al tema que estuvieron vigentes hasta el
2009.

Objetivo General del Programa de Auditoría de
las Obligaciones Fiscales propuesto para entidades del
SIME.

El objetivo general del programa que se propone consiste
en presentar de forma simple los principales aspectos a comprobar
y analizar por el auditor por cada tributo u obligación
fiscal, con vista a evaluar su adecuado y oportuno cumplimiento,
contabilización y presentación en los Estados
Financieros.

El mismo presenta las finalidades siguientes:

  • Proporcionar un plan metódico de cada fase
    del trabajo a ejecutarse.

  • Facilitar la labor de revisión y
    supervisión del trabajo a desarrollar por los
    auditores.

  • Ayuda a evitar la omisión de procedimientos
    necesarios para la revisión del cumplimiento de las
    obligaciones fiscales.

  • Proporcionar las pruebas que demuestran el trabajo
    efectivamente realizado.

  • Servir como guía de autocontrol para las
    entidades del SIME en el tema del Sistema
    Tributario.

Programa
Propuesto para la ejecución de
Auditorias de las
obligaciones fiscales en entidades del SIME

Aspectos a tener en cuenta para la etapa de la
exploración.

Unos de los propósitos más importantes de
esta etapa es obtener y revisar información propiedad de
la empresa a fin de conocer y comprender el sistema de control
interno, contable y administrativo de la misma, lo que nos
conllevará a detallar los pasos necesarios para lograr
minimizar el riesgo de detección, de tal forma que se
pueda cumplir con las expectativas de la
auditoría.

Como en toda auditoría es necesario investigar
para obtener previamente las informaciones siguientes:

  • Resolución de creación y objeto social
    de la entidad auditada.

  • Estructura Organizativa de la entidad.

  • Directivos y funcionarios vinculados con las
    distintas actividades y fecha en que tomaron posesión
    del cargo.

  • Estados Financieros al cierre del período
    objeto de verificación.

  • El presupuesto aprobado y su desagregación y
    distribución para el ejercicio fiscal a
    revisar.

  • Expedientes de inmuebles de la entidad.

  • Bancos con los cuales opera la entidad, nombres y
    números de las cuentas bancarias y firmas
    autorizadas.

  • Plantilla aprobada y cubierta con los salarios
    establecidos para cada plaza.

  • Resultados de las últimas acciones de control
    recibidas por la entidad, principales deficiencias y sus
    causas.

  • Expedientes de altas y bajas de activos fijos
    tangibles, así como de faltantes, pérdidas y
    sobrantes de recursos.

  • Investigar y evaluar el nivel de confiabilidad del
    sistema de control interno y contable implantado en la
    entidad, a partir de los procedimientos establecidos en el
    Manual de Procedimientos Contables y de Costos de la empresa,
    analizándose si:

  • a) Están acorde con lo establecido en
    las Legislaciones vigentes y las Normas Cubanas de
    Información Financieras.

  • b) Están en correspondencia con las
    características particulares de la entidad.

  • Indagar si existe un Plan de Prevención de
    Riesgos y si el mismo se encuentra actualizado en
    correspondencia con las características y objetivos de
    la entidad, así como con los resultados de las
    últimas acciones de control recibidas.

Aspectos a verificar por cada tema.

Tema I: Contribución a la Seguridad Social,
Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo y
Contribución Especial a la Seguridad
Social.

  • 1. Verificar que la entidad ha aportado al
    presupuesto del estado, dentro de los 10 primeros días
    hábiles de los meses siguientes a cada mes del
    período objeto de análisis, los importes por la
    contribución a la seguridad social, el impuesto por la
    utilización de la fuerza de trabajo, y en caso de
    encontrarse en perfeccionamiento empresarial la
    contribución especial a la seguridad social,
    utilizando los párrafos 081013; 061012 y 082013
    respectivamente.

  • Elaborar un papel de trabajo con las referencias de
    los pagos realizados al presupuesto del estado por concepto
    de aporte de la contribución a la seguridad social,
    Impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo y
    la contribución especial a la seguridad social. El
    mismo deberá incluir como mínimo:

  • a) Número del comprobante de
    aporte,

  • b) Fecha de pago,

  • c) Código del epígrafe por el
    cual se efectuó el aporte,

  • d) Período que se liquida,

  • e) Importe pagado, y

  • f) Total de los importes pagados.

  • 2. Confirmar en los Estados de Cuentas
    Bancarias de la entidad la veracidad de los importes pagados
    teniendo en cuenta el punto anterior, así como
    comprobar las contabilizaciones de los pagos
    efectuados.

  • 3. Verificar (mediante cálculos) los
    importes a aportar en cada mes por concepto de la
    contribución a la seguridad social y el impuesto por
    utilización de la fuerza de trabajo, y compararlos con
    los importes pagados por la entidad, para ello debe
    confeccionarse un papel de trabajo que incluya como
    mínimo:

  • a) No. de Nómina,

  • b) Período de pago,

  • c) Tipo de pago, (se deberán tomar solo
    las nóminas de salarios, se excluyen las
    nóminas por conceptos de pagos de estimulación
    a trabajadores, en efectivo o en especie, a partir de las
    utilidades obtenidas después de pagar el Impuesto
    sobre Utilidades, pago de garantías salariales de
    cualquier tipo, pago por interrupciones, licencia de
    maternidad, subsidios, vacaciones, entre otros no
    considerados como salarios),

  • d) Importe devengado, (este incluirá el
    total del salario devengado por los trabajadores, tales como:
    por hora o jornales, plus, condiciones adicionales, pagos por
    rendimiento del trabajo, antigüedad, entre otros
    considerados salarios),

  • e) Vacaciones acumuladas (formadas a partir del
    9.09 % del salario devengado descrito
    anteriormente),

  • f) Cálculo de la contribución a
    la seguridad social (12.5 % de la suma del salario devengado
    y las vacaciones acumuladas),

  • g) Cálculo del impuesto por la
    utilización de la fuerza de trabajo (25 % de la
    sumatoria del salario devengado y las vacaciones
    acumuladas).

  • 4. Verificar (mediante cálculos) los
    importes a aportar en cada mes por concepto de la
    Contribución Especial a la Seguridad Social y
    compararlos con los importes pagados por la entidad, para
    ello debe confeccionarse un papel de trabajo que incluya como
    mínimo:

  • a) No. de Nómina,

  • b) Período de pago,

  • c) Tipo de pago (se deberán tomar solo
    las nóminas de salarios y vacaciones pagadas, se
    excluyen las nóminas por conceptos de seguridad social
    y las garantías salariales que se paguen a los
    trabajadores, siempre que su cantidad, sumada al salario fijo
    diario que reciban los trabajadores, resulte un monto
    inferior a la totalidad de los salarios que éstos
    devengasen con anterioridad a la aplicación de la
    nueva escala salarial aprobada, entre otros no considerados
    como salarios según nóminas),

  • d) Importe devengado (este incluirá el
    total del salarios devengado por los trabajadores, tales
    como: por hora o jornales, plus, condiciones adicionales,
    pagos por rendimiento del trabajo, antigüedad, entre
    otros considerados salarios; además el importe de las
    vacaciones pagadas según nóminas).

  • e) Cálculo de la Contribución
    Especial a la Seguridad Social, correspondiendo al 5 % del
    salario devengado según nóminas de salarios y
    vacaciones pagadas.

  • 5. Comprobar en las nóminas que el
    salario neto a cobrar por los trabajadores no incluye el 5
    por ciento correspondiente a la contribución especial
    a la seguridad social.

  • 6. Verificar que solo se aporta la
    contribución especial a la seguridad social sobre la
    base de las vacaciones pagadas en las entidades en que se
    está aplicando la escala salarial correspondiente al
    perfeccionamiento empresarial por más de 11 meses.
    (Calcular los excesos pagados en caso de pagar importes por
    este concepto antes de cumplidos los 11 meses de comienzo de
    la aplicación de nuevo sistema de pago; así
    como el importe dejado de aportar al presupuesto en caso de
    no tener en cuenta las vacaciones pagadas para el
    cálculo de la contribución especial a la
    seguridad social estando aplicando el nuevo sistema de pago
    por más de 11 meses).

  • 7. Analizar la cuenta obligaciones con el
    Presupuesto del Estado por estos conceptos con el objetivo de
    verificar que los créditos se corresponden con las
    acumulaciones a pagar, y los débitos con los pagos
    efectuados, investigando las causas y comprobantes de
    operaciones realizados para obtener información de la
    otra cuenta afectada.

  • Verificar si los importes por estas obligaciones
    correspondientes al cierre del último mes del
    período analizado están debidamente
    contabilizados en la cuenta Obligaciones con el Presupuesto
    del Estado según el Balance General.

  • 8. Comprobar en caso de efectuarse pagos en
    excesos o indebidos por estos conceptos que se ha realizado
    la debida reclamación y que está correctamente
    registrada dicha operación como Adeudos del
    Presupuesto del Estado, o en su defecto se ha realizado el
    cobro correspondiente.

  • 9. En caso de que la entidad no haya realizado
    los pagos correspondientes por falta de disponibilidad u otro
    motivo, verificar que se ha solicitado y autorizado una
    prorroga por la oficina de la ONAT
    correspondiente.

Tema II: Impuesto sobre Transporte
Terrestre.

  • 1. Verificar que la entidad ha aportado al
    presupuesto del estado, dentro de los primeros 5 meses del
    período objeto de análisis, el impuesto sobre
    transporte terrestre, utilizando el párrafo 071062.
    Para este análisis se recomienda elaborar un papel de
    trabajo que contenga como mínimo:

  • a) Número del comprobante de
    aporte,

  • b) Fecha de pago,

  • c) Código del epígrafe por el
    cual se efectuó el aporte,

  • d) Período que se liquida, y

  • e) Importe pagado.

  • 2. Confirmar en los Estados de Cuentas
    Bancarias de la entidad la veracidad de los importes pagados
    teniendo en cuenta el punto anterior.

  • 3. Deberá efectuarse un conteo
    físico de los equipos de transporte con vista a
    determinar los vehículos de motor que posee
    actualmente la entidad, si todos están debidamente
    contabilizados, confrontar los datos con los reportes del
    Registro de Vehículos o Tractores para confirmar su
    legitimidad y que todos están oportunamente inscritos
    en el registro de contribuyentes (dentro de los 30
    días naturales de su adquisición como
    propietario o poseedor).

  • 4. Verificar el cálculo del importe a
    pagar anualmente por concepto de impuesto sobre transporte y
    compararlo con el monto aportado por dicho concepto, para
    ello deberá elaborase un papel de trabajo que
    contenga:

  • a) No. de Inventario del Vehículo
    (incluyendo los no inscritos en el Registro correspondiente
    habiendo transcurrido el periodo de 30 días naturales
    de su adquisición)

  • b) Chapa del vehículo,

  • c) Descripción y marca del
    vehículo, (se excluyen del pago de este impuesto los
    vehículos de motor no autorizados a circular por
    sí mismo en la vía tales como: Cilindros o
    Aplanadoras, Moto niveladoras, Buldozer con esteras,
    Montacargas Grúas fijas y cualesquiera otros para los
    cuales no se expida conforme a lo legalmente establecido la
    Licencia de Circulación),

  • d) Clasificación del vehículo
    según Resolución No. 355/03 del Ministerio de
    Finanzas y Precios (MFP),

  • e) Importe a pagar del vehículo como
    impuesto sobre transporte terrestre teniendo en cuenta la
    Resolución No. 355/03 del MFP y la Instrucción
    No. 8/02 del MFP.

  • f) Importe total del impuesto sobre transporte
    terrestre,

  • g) Total Pagado al Presupuesto del Estado por
    concepto de Impuesto sobre Transporte Terrestre.

  • h) Exceso pagado o importe pendiente por pagar
    al Presupuesto (diferencia entre los dos puntos
    anteriores).

  • 5. Comprobar que se han contabilizado los pagos
    efectuados, siendo registrado a gastos el importe
    correspondiente a los meses del año ya transcurridos
    en el momento del pago, y el monto correspondiente a los
    restantes meses se contabilizó como gastos diferidos,
    y estos a la vez se amortizan adecuadamente.

  • 6. Comprobar en caso de efectuarse pagos en
    exceso o indebidos por estos conceptos que se ha realizado la
    debida reclamación y que está correctamente
    registrada dicha operación como Adeudos del
    Presupuesto del Estado, o en su defecto se ha realizado el
    cobro correspondiente.

Aclaraciones:

  • Cuando la propiedad o posesión del
    vehículo se adquiera con  posterioridad al
    período voluntario de pago (dentro de los 5 primeros
    meses del año), deberán inscribirse en el
    Registro de Contribuyentes y abonar la parte proporcional
    correspondiente a los meses del año que faltaren por
    decursar, dentro de los términos
    siguientes:

  • para los vehículos de motor, dentro de los 30
    días hábiles siguientes a la fecha en que
    causen alta en el Registro de Vehículos o en el
    Registro de Tractores, según proceda; y

  • para los vehículos de tracción animal,
    dentro de los 30 días hábiles siguientes a la
    fecha en que se adquiera la propiedad o posesión,
    según conste en documento legal que lo
    acredite.

  • Se está obligado de informar y acreditar ante
    el Registro de Contribuyentes, los cambios o modificaciones
    que se introduzcan en los vehículos que impliquen una
    alteración  de los datos consignados en su
    inscripción y consecuentemente, de la cuantía
    del impuesto a pagar, dentro de los 10 días
    hábiles siguientes a la fecha en que efectúen
    los citados cambios, en el caso de los vehículos de
    tracción animal,  y a la fecha en que  sea
    expedida la licencia de circulación actualizada por el
    Registro de Vehículos o la licencia de
    operación actualizada por el Registro de Tractores, en
    el caso de los vehículos de motor.

Asimismo, deberán informar y acreditar la baja de
los vehículos dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la fecha en que esta se produzca,
verificándose que si aun no se ha efectuado el pago
correspondiente, éste se realice proporcionalmente hasta
la fecha que causó baja del Registro Legal.

Cuando sea autorizado el cambio de tonelaje de un
vehículo de motor de clase "B", el pago de este impuesto
se efectuará  en los términos que a
continuación se establecen:

  • si la actualización de la inscripción
    en el Registro de Contribuyentes se produce dentro del
    período voluntario de pago, se abonará el
    año completo por el nuevo tonelaje
    autorizado;

  • si la actualización de la inscripción
    en el Registro de Contribuyentes se produce una vez vencido
    el período voluntario de pago, se abonará
    dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta
    inscripción, la parte correspondiente a los meses que
    faltaren por decursar, según el tipo previsto para el
    nuevo tonelaje del
    vehículo.            

Tema III: Impuesto sobre Utilidades.

Para el desarrollo de este tema se necesitan investigar
algunas cuestiones previamente con vista a obtener un resultado
lo más razonable posible, por lo que se recomienda, dentro
de la etapa exploratoria, efectuar las investigaciones
siguientes:

  • Buscar, en el expediente de acciones de control, las
    últimas auditorías realizadas a la entidad
    dentro del año fiscal que se comprueba, y los
    resultados obtenidos en las mismas, con vista a determinar si
    los ajustes correspondientes a las deficiencias detectadas
    fueron debidamente realizados, además de obtener los
    importes pagados por concepto de recargos, multas y otras
    sanciones administrativas que constituyen gastos no
    deducibles según las resoluciones vigentes.

  • Solicitar y revisar los análisis
    económicos de los Estados Financieros, Planes y
    Presupuesto Aprobado del período a auditar, los
    cuales, en muchas ocasiones brindan una información
    detallada de los factores objetivos y subjetivos que
    influyeron en los resultados de la entidad, y ayudará
    a tomar decisiones de hacia cuales cuentas de gastos e
    ingresos debe dirigirse la comprobación con más
    profundidad.

  • Investigar, mediante entrevista u otras
    técnicas aplicadas al personal de contabilidad y otras
    áreas escogidas sobre el sistema de control interno
    inherente a los subsistemas de ingresos y costos y gastos,
    con el objetivo de evaluar si están en correspondencia
    con las Normas Cubanas de Información Financiera y
    demás Resoluciones Vigentes. Es importante en este
    punto revisar además el Manual de Contabilidad y de
    Costos de la entidad.

Ejecución de la Revisión del
tema:

  • 1. Revisar por muestras las cuentas del Estado
    de Resultados con el fin de determinar si existe un adecuado
    uso y contenido de las cuentas según lo establecido en
    las Resoluciones Vigentes (hasta el cierre de 2011 la No.
    9/2007 del MFP, a partir del 2012 a la No.400/2011 del MFP),
    de detectarse deficiencias que inciden en la variación
    del Resultado que muestra la empresa, efectuar el Estado
    Financiero Ajustado al cierre del período que se
    comprueba.

  • 2. Verificar por muestras que las tasas de
    depreciación aplicadas a los Activos Fijos Tangibles
    no exceden las establecidas en la Resolución Vigente
    (en la actualidad la No. 379/03 del MFP).

  • 3. Determinar para el período
    económico auditado los gastos que se consideran no
    deducibles, según la Resolución No. 379/03 del
    MFP.

  • 4. Verificar en caso de que la entidad haya
    obtenido utilidades imponibles o fiscales se ha aportado al
    presupuesto del estado mediante la Declaración Jurada
    Impuesto sobre Utilidad, dentro de los 3 meses siguientes al
    cierre del ejercicio fiscal objeto de revisión, el
    impuesto sobre utilidades. Constatar que se ha utilizado el
    párrafo 040010, 040011 ó 040012.

  • 5. Comprobar que dentro de los 15 días
    siguientes al cierre de los 3 primeros trimestres se ha
    efectuado el pago a cuenta de utilidades por concepto del
    impuesto sobre utilidades, así como se han
    contabilizado oportuna y adecuadamente los pagos realizados,
    para ello se elaborará un papel de trabajo que
    contenga como mínimo:

  • a) Número del comprobante de aporte a la
    ONAT,

  • b) Fecha de pago,

  • c) Código del epígrafe por el
    cual se efectuó el aporte,

  • d) Período que se liquida,

  • e) Importe pagado,

  • f) No. de comprobante de operaciones de la
    contabilización y fecha, así como

  • g) Total de los importes pagados.

  • 6. Confirmar en los Estados de Cuentas
    Bancarias de la entidad la veracidad de los importes pagados
    teniendo en cuenta el punto anterior.

  • 7. Verificar (mediante cálculos) que los
    importes pagados a cuenta de utilidades son los correctos y
    que los mismos se han efectuado cuando la entidad ha obtenido
    utilidades, para ello debe utilizarse el siguiente
    análisis:

Tabla 2. Método para calcular el impuesto sobre
utilidades trimestralmente.

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  • 8. Comprobar que en caso de no haberse
    realizado el pago a cuenta de utilidades correspondiente
    dentro del término establecido si se ha solicitado un
    aplazamiento a la oficina de la ONAT municipal a la cual
    pertenece la entidad, y la misma a sido aceptada.

  • 9. Verificar que al cierre del ejercicio
    económico la empresa muestra en sus Estados
    Financieros el importe pendiente de liquidar al Estado en la
    cuenta Obligaciones con el Presupuesto del Estado, o en caso
    de que los pagos a cuenta de utilidades realizados
    trimestralmente sean superiores al impuesto sobre utilidades
    calculado al cierre del ejercicio fiscal, debe estar
    contabilizado en la cuenta Adeudos con el Presupuesto del
    Estado el exceso pagado y verificar que se ha efectuado
    oportuna y adecuadamente la reclamación
    correspondiente, y esta ha sido aceptada, o en su defecto se
    ha realizado el cobro debido. Comprobar el envejecimiento del
    adeudo con el presupuesto del estado en caso de
    proceder.

  • 10. Verificar el impuesto sobre utilidades
    calculado por la entidad al cierre del ejercicio fiscal,
    compararlos con los datos del modelo: Declaración
    Jurada Impuesto sobre Utilidades, y con los comprobantes de
    operaciones efectuados por la empresa al respecto, para ello
    utilizar la siguiente estructura de
    cálculo:

Tabla 3. Método para calcular el impuesto sobre
utilidades trimestralmente.

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  • 11. Comprobar que se ha contabilizado
    correctamente la acumulación de la Reserva para
    Pérdida y Contingencia en caso de obtenerse utilidades
    al cierre del ejercicio económico. Analizar las
    operaciones registradas en el período revisado y
    determinar si están acordes con lo establecido al
    respecto en las Resoluciones No. 49/05 del MFP y No. 113/10
    del MFP.

  • 12. En caso de obtenerse Pérdida
    Contable al cierre del ejercicio económico (fiscal),
    verificar que se han utilizado principalmente las reservas
    para pérdidas y contingencias acumuladas para resarcir
    la misma en caso de existir, además comprobar que la
    parte no resarcida se encuentra debidamente registrada en la
    cuenta Pérdida.

  • 13. En caso de que la entidad haya utilizado
    las reservas para pérdidas y contingencias en el
    año anterior, comprobar que se ha acumulado un 5 %
    adicional siempre que no exceda el límite
    establecido.

  • 14. En caso de haberse realizado pagos
    indebidos o en excesos, comprobar que se ha realizado la
    reclamación correspondiente y se ha contabilizado
    adecuada y oportunamente el importe referido en la cuenta
    Adeudos del Presupuesto del Estado, o en su defecto se ha
    realizado el cobro del adeudo. Verificar y evaluar el
    envejecimiento del adeudo en caso de no haberse
    cobrado.

Tema IV: Rendimiento de la Inversión
Estatal.

Por sus características, el tema del Rendimiento
de la Inversión Estatal debe ser auditado conjuntamente
con el Impuesto sobre Utilidades, pues la fuente para el pago del
mismo lo constituye la utilidad contable, en dependencia del
período revisado, que resta después del pago del
Impuesto sobre Utilidades.

Aspectos a Comprobar del Rendimiento de la
Inversión Estatal:

  • 1. Verificar en caso de que la entidad haya
    obtenido utilidades imponibles o fiscales se ha aportado al
    presupuesto del estado, por los párrafos 110010,
    110011 ó 110012, mediante la Declaración Jurada
    de Ingresos No Tributarios, dentro de los 6 meses siguientes
    al cierre del ejercicio fiscal objeto de revisión, el
    rendimiento de la inversión estatal.

  • 2. Comprobar que dentro de los 15 días
    siguientes al cierre de los 3 primeros trimestres se ha
    efectuado pago a cuenta de utilidades por concepto del
    rendimiento de la inversión estatal, así como
    se ha contabilizado oportuna y adecuadamente los pagos
    realizados, para ello se elaborará un papel de trabajo
    que contenga como mínimo:

  • a) Número del comprobante de aporte a la
    ONAT,

  • b) Fecha de pago,

  • c) Código del epígrafe por el
    cual se efectuó el aporte,

  • d) Período que se liquida,

  • e) Importe pagado,

  • f) No. de comprobante de operaciones de la
    contabilización y fecha, así como

  • g) Total de los importes pagados.

  • 3. Confirmar en los Estados de Cuentas
    Bancarias de la entidad la veracidad de los importes pagados
    teniendo en cuenta el punto anterior.

  • 4. Verificar (mediante cálculos) que los
    importes pagados a cuenta de utilidades son los correctos y
    que los mismos se han efectuado cuando la entidad ha obtenido
    utilidades, así como los importes se corresponden con
    el 70 por ciento de la utilidad real contable después
    de impuesto según estructura de cálculo
    descrita en el punto No. 7 del tema del Impuesto sobre
    utilidades.

  • 5. Comprobar que en caso de no haberse
    realizado el pago a cuenta de utilidades correspondiente
    dentro del término establecido se ha solicitado un
    aplazamiento a la oficina de la ONAT municipal a la cual
    pertenece la entidad, y la misma ha sido aceptada.

  • 6. Verificar que al cierre del ejercicio
    económico, la empresa muestra en sus Estados
    Financieros el importe pendiente de liquidar al Estado en la
    cuenta Obligaciones con el Presupuesto del Estado, o en caso
    de que los pagos a cuenta de utilidades realizados
    trimestralmente sean superiores al rendimiento de la
    inversión estatal calculado al cierre del ejercicio
    fiscal, debe estar contabilizado en la cuenta Adeudos con el
    Presupuesto del Estado el exceso pagado, y verificar que se
    ha efectuado oportuna y adecuadamente la reclamación
    correspondiente, siendo aceptada, o en su defecto se ha
    realizado el cobro o compensación debida. Comprobar el
    envejecimiento del adeudo con el presupuesto del estado en
    caso de proceder.

  • 7. Verificar el rendimiento de la
    inversión estatal calculado por la entidad al cierre
    del ejercicio fiscal, compararlos con los datos del modelo:
    Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios, y con
    los comprobantes de operaciones efectuados por la empresa al
    respecto, para ello utilizar la siguiente estructura de
    cálculo:

Tabla 4. Método para calcular el Rendimiento de
la Inversión Estatal.

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  • 8. En caso de haberse realizado pagos indebido
    o en exceso, comprobar que se ha realizado la
    reclamación correspondiente y se ha contabilizado
    adecuada y oportunamente el importe referido en la cuenta
    Adeudos del Presupuesto del Estado, o en su defecto se ha
    realizado el cobro del adeudo. Verificar y evaluar el
    envejecimiento del adeudo en caso de no haberse
    cobrado.

Tema V: Tasas por la Radiación de Anuncios y
Propaganda Comercial.

  • 1. Solicitar al departamento de
    contabilidad:

  • Certificaciones de medición emitidas por las
    Direcciones Municipales de Planificación Física
    por cada uno de los soportes publicitarios que posea la
    entidad auditada.

  • Modelos de aporte al Presupuesto Estatal por
    concepto de Tasa por la Radicación de Anuncios y
    Propaganda Comercial.

  • Partes: 1, 2

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