Introducción
Los conflictos son hechos inevitables e importantes en
la vida, aún cuando sea dentro de un aspecto familiar en
nuestra existencia. El conflicto tiene formas, procesos y
resultados contradictorios, de ahí que su estudio motiva a
diversos grupos de psicólogos, sociólogos,
economistas, docentes, etc.
Desde el punto de vista histórico, pensadores
clásicos como Plutón y Aristóteles,
concebían el conflicto como una amenaza para el
éxito del estado, esta misión conduce a la creencia
de que el conflicto debe mantenerse a niveles bajos o debe ser
eliminado.
En el siguiente trabajo tratare principalmente de mirar
el conflicto desde un punto de vista moderno el cual tiene su
base en la teoría de que lo conflictos ayudan a mejorar y
a desarrollar las relaciones y las situaciones que en este se
encuentran, por tanto se tratan de lograr los siguientes
objetivos:
– Dar diferentes definiciones de conflicto.
– Agrupar los conflictos por su tipo y
contenido.
– Dar algunas recomendaciones de cómo tratar los
conflictos.
– Algunos métodos para la solución de los
conflictos.
Y la relación que existe entre el conflicto y los
MARCS, una relación que en el transcurso del siguiente
trabajo nos podremos dar cuenta que son inseparables.
CAPÍTULO I
El
conflicto
El Conflicto
Se puede definir el Conflicto como la Colisión de
intereses, opiniones o criterios opuestos, divergencia grave,
controversia enconada, complicaciones y luchas. (Por ejemplo,
conflicto internacional).
El Conflicto, entonces, es como un proceso que comienza
cuando una parte percibe que otra parte la ha afectado en forma
negativa.
El conflicto es una lucha, batalla, la cual ha
evolucionado para incluir eventos que son menos violentos en el
plano físico para incorporar términos
sicológicos, como son fuentes de desacuerdos de intereses,
ideas, etc.
Colisión u oposición de intereses,
derechos, pretensiones, etc. Lo más recio de un combate.
Fig. Angustia interior. Fig. Apuro, situación desgraciada
y de difícil salida.
Barrera que se interpone entre el estado actual y el
deseado; lucha sobre valores, poder, recursos que culminan cuando
se ha obtenido lo deseado y neutralizado o eliminado una de las
partes.
Teoria general del
Conflicto
Etimología del conflicto:
Viene de la voz latina "conflictos" que
deriva del verbo "confluyere" (combatir, luchar, pelear,
etc.)
Esta define al Conflicto como:
Circunstancia en la cual dos o más
personas perciben tener intereses mutuamente incompatibles, ya
sea total o parcial contrapuestos y excluyentes, generando un
contexto confrontativo de permanente oposición.
Naturaleza del conflicto:
Es de naturaleza humana, cuyos
puntos en controversia para cada persona son distintos, ya que el
ser humano es conflictivo.
Valor positivo del conflicto:
El conflicto debe ser visto como un
desafío, como un proceso en la cual se alcanza
nuevas posiciones para lograr las necesidades
y objetivos.
Estrategias para enfrentar el
Conflicto
Separar a las personas del conflicto: Lo esencial es
tratar a las personas como tales y a los problema
según su mérito. Se separa la relación
de las personas, de lo sustancial, enfrentando directamente
el problema.Concentrarse en intereses y no en
posiciones:Intereses: Constituye la esencia del conflicto
(deseos, inquietudes, emociones, etc.). Es lo que quieren las
partes. Responde a la pregunta ¿por qué lo
dice?Posiciones: Constituye los requerimientos,
exigencias, demandas. Responde a la pregunta
¿qué dice?Idear soluciones de mutuo beneficio (que todos
ganen): Es idear las soluciones que satisfagan las
necesidades y ambiciones de las partes involucradas; para
ello debe ampliar las opciones en vez de buscar una sola
respuesta, buscar beneficios mutuos.Insistir que los criterios sean objetivos: Buscar
acuerdos que además de satisfacer a las partes, deben
ser viables; ayudar a las partes a la búsqueda de la
mejor solución; explorar el MAAN (mejor alternativa de
acuerdo negociado).
Gestiones de Solución de
Conflictos
Confrontativa: "hay un ganador y un
perdedor"Colaboradora: "Ambos ganan"
Evasiva: "Renuncia(n) a resolver el
conflicto"Gestión por el
resultado:Autotutela: "Por legítima
defensa" (no útil en la
Conciliación)Autocompositiva: "La solución
depende de las partes"Heterocompositiva: "La solución
depende de un tercero"
Gestión por las personas que
intervienenMediación
Mecanismo en el cual interviene un tercero
que ayuda a las partes para arribar a una solución pero
sin proponer fórmulas de solución. El papel del
tercero, es mejorar la comunicación entre las partes para
que estas precisen con claridad el conflicto, descubran sus
intereses y generen opciones para hacer realizable un acuerdo
satisfactorio.
El mediador es una personal neutral que no
tiene interés personal en el resultado por lo que la
suspicacia y la desconfianza se reduce al
mínimo.
Gestión:
Ventajas de la mediación:
Entre las ventajas de la mediación
que son muy parecidas a las que brinda la conciliación,
tenemos: Permite a las partes inmersas hallar de manera directa
la solución que aún no ha podido materializarse; el
costo que es mucho menos que si se recurre al poder
judicial,
Formas:
Empresarial: Se utiliza para solucionar
problemas de productividad y de cooperación entre los
empleados.Del personal: Por un especialista en
personal, que naturalmente está adscrito al
departamento de relaciones industriales.Marital: Forma separada de la
mediación, ya que para intervenir en un caso como
estos se necesita de una capacitación
especializada.Amical: El mediador es un amigo de dos
o más personas que tienen un conflicto.Comunitaria: Miembros de una comunidad
sirven de mediadores entre otros miembros.Paternal: Cuando existe un conflicto
entre los padres o progenitores y el hijo(s).
1.4.2 La
Conciliación
Es un medio alternativo y extrajudicial que evita que
las partes tengan como única opción el proceso
judicial, brindándoles la ventaja de encontrar una
solución en forma rápida, eficaz y
económica.
Es un proceso de negociación asistida por un
tercero denominado Conciliador, que ayuda a que las partes
encuentren una solución consensual que satisfaga sus
intereses; teniéndose en cuenta que la solución
final siempre será de las mismas partes.
Es un acto jurídico por medio del cual las partes
buscan solucionar sus conflictos, con la ayuda de un tercero que
da fórmulas o propuestas conciliatorias, dentro de una
audiencia de conciliación, cuyos acuerdos será
reflejado en una acta de conciliación.
Situación Jurídica:
Es una institución que se encuentra vigente
facultativamente, hasta que el Ministerio de Justicia lo haga
obligatorio progresivamente considerando el número de
Centros de Conciliación y conciliadores acreditados, a
partir del cual será una etapa previa obligatoria antes de
iniciar un proceso judicial.
A partir del 02 de Noviembre del 2000, es obligatorio en
los distritos conciliatorios de las provincias de Trujillo y
Arequipa, así como en el distrito judicial del Cono Norte
de Lima (plan piloto)
Asimismo, a partir del 01 de Marzo del 2001, es
obligatorio en Lima y Callao.
Naturaleza Jurídica:
Es una institución jurídica con legalidad
más no con legitimidad (no reconocido por todos) y no es
una institución jurídica social (no conocido por
todos).
Negociacion
La palabra Negociación proviene del latín
"negotiatio" que significa acción y efecto de
negociar.
Es un proceso encaminado a resolver problemas en la cual
dos o más personas examinan voluntariamente sus
discrepancias e intentan alcanzar una decisión conjunta
sobre los que les afecta a ambos.
Puede dar por resultado una transacción sin la
ayuda de un tercero; es la concertación de voluntades de
las partes.
Proceso Cíclico:
Implica el cambio repetitivo de información entre
las partes, su evaluación y los resultantes ajustes de
expectativas y preferencias.
Objeto:
La negociación es una institución que
persigue establecer una relación más deseable para
ambas partes a través del intercambio, trueque y
compromiso de derechos, sean éstos legales,
económicos o psicológicos; siendo sus objetivos
más importantes:
Lograr un orden de relaciones donde antes no
existían.Modificar un conjunto de relaciones existentes por
otras más convenientes para una de las partes o para
ambas.
Gestión:
Por el resultado; es colaboradora, porque "ambas
partes ganan".Por las personas que intervienen; es
autocompositiva, porque la solución "depende de las
partes".
Formas:
Directa: La solución depende de las partes
sin facilitamiento de un tercero.Conciliador > Propone formas de
soluciónMediador > No propone formas de
solución.Asistida: Facilitado por un tercero.
Tipos:
Consesional: Relacionado a la confrontación,
ya que vence el que tiene más poder. La parte que no
logra satisfacer sus intereses tiene que elegir entre la
aceptación de las condiciones impuestas por el
"vencedor" o correr el riesgo de ser totalmente
"eliminado".Basado en intereses: Que tiene la ventaja de llegar
a resultados de mutuo beneficio y eventualmente mejora la
relación entre las partes.Basado en posiciones: Tiende a obtener resultados
que desperdician recursos y beneficios mutuos para las
partes.
Arbijatre
Método de resolver extrajudicialmente
controversias en virtud del cual las partes acuerdan (convenio
arbitral) someter la solución de determinados conflictos
que hayan surgido o puedan surgir entre ellos respecto de una
determinada relación jurídica, a la decisión
(laudo arbitral) de uno o varios terceros (árbitros)
ajeno(s) a las partes y no integrado en un órgano judicial
estatal. El arbitraje puede ser voluntario (las partes acuerdan
libremente someterse al arbitraje) u obligatorio (las partes
están obligadas por el imperio de las normas legales en
determinadas circunstancias).
Sistema de solución de conflictos en que la
voluntad de las partes, se somete a la voluntad de un
tercero.
Con este mecanismo, un tercero denominado
árbitro, tiene facultades propias de un juzgador; en tal
sentido, puede actuar y valorar las pruebas que les permita
arribar a una decisión final.
Gestión:
Por el resultado; es confrontativa, porque "hay un
ganador y un perdedor".Por las personas que intervienen; es
heterocompositiva, porque la solución "depende de un
tercero".
Formas de arbitraje según el ámbito a
desarrollarse:
Nacional: La partes domicilian en el Perú;
sede en Perú y cumplimiento en el
Perú.Internacional: Una o ambas partes pueden domiciliar
en el Perú; sede en el Perú y su cumplimiento
dentro o fuera del Perú.Extranjero: Pueden o no vivir en el Perú;
sede fuera del Perú y su cumplimiento dentro o fuera
del Perú.
Tipos de Arbitraje :
De Hecho o de "facto": Cuando los interesados no
están de acuerdo en la forma y manera como se
produjeron los hechos.De Derecho o de "iuris": Cundo las partes no
están de acuerdo a la ley o norma que debe aplicarse
para resolver su conflicto.Institucional: Cuando las partes se someten a los
estatutos y reglamentos de un centro de arbitraje
privado.Ad Hoc: Cuando las partes eligen unos
árbitros escogidos libremente.
Clases de árbitros: (Art. 3 y 25 cc)
De Derecho: Cuando los árbitros son abogados,
quienes resolverán la cuestión controvertida
con arreglo al derecho aplicable.De Conciencia: Los árbitros no son abogados;
son personas naturales mayores de edad, que no tiene
incompatibilidad para actuar como árbitros,
encontrándose en pleno ejercicio de sus derechos
civiles; resolviendo conforme a sus conocimientos y leal
saber y entender.
CAPÍTULO II
Los
Marcs
2. DEFINICION
Los Marcs son todos los medios por los cuales se
pretende dar solución a intereses
contrapuestos.
Los Mecanismos Alternativos de Resolución de
Conflicto (M.A.R.C) son procesos solucionadores de conflictos por
si mismo o por medio de terceros, ejecutados fuera del
ámbito judicial.Los Mecanismos Alternos de
Resolución de Conflictos son medios para resolver
conflictos interpersonales o grupales.
Constituyen una segunda vía independiente,
equivalente y paralela al poder judicial, orientados a la
solución privada de los conflictos.
PRINCIPALES MARC"s
Los principales procesos alternativos al proceso
judicial, en nuestro medio, son cuatro:
a. La Negociación o
Transacción.
b. La Mediación
c. La Conciliación
d. El Arbitraje
2.1 Los Marcs como una nueva forma de
enfrentar los conflictos
En el siglo XXI surge un conflicto entre dos esferas
contrapuestas de intereses, tiene que agotarse previamente el uso
de los M.A.R.C., que operan como filtros para recién poder
recurrir al poder judicial.
Primero habría que acudir a la negociación
entre las partes, sino se obtiene logros se llama a un tercero
para que funga de mediador y si tampoco funciona, a un
conciliador y si tampoco sirve a un arbitro u otro M.A.R.C
apropiado, como instancia final se usa el proceso judicial,
constituyendo este la última ratio. Esta nueva forma de
afrontar un conflicto debería de enseñársele
a toda la sociedad , desde la familia, escuela, universidad Antes
que concluye el siglo XX se produjeron grandes cambios en todo el
planeta en lo económico, político y social, uno de
estos cambios fue instauración de los Mecanismos
Alternativos de Resolución de Conflictos como una nueva
herramienta para resolver conflictos jurídicos. La
implantación de los Mecanismos Alternativos de
Resolución de Conflictos se debió a la crisis de la
justicia y a cambios paradigmáticos.
2.2 Los Conflictos que
resuelve
Los M.A.R.C se utilizan para resolver cierta
categoría de conflictos:: patrimoniales, empresariales, de
los consumidores, laborales, de los intereses difusos, de la
familia, de vecindad, y de coexistencialidad, con
excepción de aquellos de mayor trascendencia social que se
canaliza en el poder judicial. Con los M.A.R.C no se buscaba
suplantar o abolir al proceso judicial, sino que la sociedad
peruana tenga más vías a las cuales recurrir para
solucionar ciertos conflictos de intereses.
2.3 Características de los
MARC"S
Posibilitan la solución de conflictos, al
margen del poder judicial.Evitan que algunos conflictos jurídicos no se
puedan resolverse entre partes, sean llevados al poder
judicial; disminuyendo así la carga de trabajo de los
jueces.Propician una Cultura de Paz, entendida como aquella
forma de vida de un grupo humano organizado que tiene por fin
la creación de condiciones plenas de desarrollo
integral del ser humano.Mejoran el acceso a la justicia, brindando nuevas
alternativas para encontrar la solución más
rápida, justa y efectiva a los conflictos.Fortalecen la democracia o la participación
ciudadana, como vía adecuada para solucionar
determinadas controversias.
Bibliografía
ALZAMORA VALDEZ, MARIO. DERECHO
PROCESAL CIVIL. TEORÍA GENERAL DEL
PROCESO EDDILI.. PERÚ.
CARNELUTTI FRANCISCO. SISTEMA DE
DERECHO PROCESAL CIVIL..CODIGO CIVIL PERUANO
ROQUE J. CAIVANO. NEGOCIACIÓN,
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. MECANISMOS
ALTERNATIVOS PARA LA RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
Autor:
Blanca Huamán
Espinoza
SEXTO ciclo
Derecho de Conciliación y
Mediación
UNIVERSIDAD NORBERT WIENER
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA
POLÍTICA
Junio del 2013