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Historia de la educación física




Enviado por Vampirozxz



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Organismos
    públicos responsables de la actividad
    físico-deportiva
  3. Centros de
    formación del profesorado
  4. La educación
    física en el sistema educativo
    español

400 a.C. Juego de la Pelota (Museo Arqueológico.
Atenas). El ejercicio físico adquirió relevancia en
Grecia como en ninguna otra cultura de la antigüedad. Tuvo
un destacado papel en la educación y en la vida social,
siendo los Juegos Olímpicos, celebrados cada 4 años
en honor de Zeus, su máximo exponente.

La inclusión de la Educación Física
en el Sistema Educativo, es relativamente reciente y el camino
hasta llegar a ella no ha estado exento de dificultades. No
podremos comprender la evolución hasta esta
inclusión sin considerar la situación social,
económica y política en la que tuvo lugar, tanto en
el siglo XIX como en el S. XX.

  • 1. A continuación realizaré un
    breve recorrido por la evolución de la
    Educación Física en nuestro país, hasta
    llegar a formar parte del Sistema Educativo, haciendo
    hincapié por un lado en la consideración que ha
    tenido la Educación Física en el Ordenamiento
    Legislativo Español y por otro en los centros
    responsables de la formación del profesorado de
    Educación Física desde el siglo XIX.

Para este estudio se ha utilizado como material
bibliográfico principal la obra del Doctor D. Rafael Bravo
Berrocal "La Educación Física en la
legislación española" (Universidad de
Málaga).

Introducción

Nos encontramos ante un trabajo cuya finalidad es
esclarecer la consideración que ha sido dada a la
Educación Física (EF) desde 1900 hasta 1980,
analizando para ello, de una forma crítica y objetiva las
disposiciones legales que han surgido en España al
respecto. Se hace especial hincapié en que se trata de un
estudio imparcial, real, sin apasionamiento y enjuicioso sobre el
tema, debido a la carga política del mismo por la historia
reciente de nuestro pais.

Durante estas 8 décadas la EF ha atravesado por
diferentes estadíos y le han sido asignadas diversas
competencias en el ordenamiento legislativo en función de
las diferentes situaciones
socio-político-económicas que se han sucedido en
España. Se tratará en este trabajo de estudiar
dichos estadíos y competencias así como emitir un
juicio lo más cierto posible.

Entendiendo la EF como una actividad del hombre, tanto a
nivel individual como social, su proceso histórico va
ocupando diferentes posiciones según las exigencias del
momento y en consecuencia la normativa legal que la fue
regulando. Por ello, según el autor, para investigar este
proceso, se ha interpretado el ordenamiento legislativo de este
período utilizando como vias de análisis y estudio
las teorías de la interpretación literal de la
norma, la de la voluntad del legislador y la del derecho libre,
según los casos. Así queda reflejado no sólo
la interpretación semántica de la norma, sino que
se deja abierta la posibilidad de intuir el espíritu que
quiso reflejar el legislador o interpretarla
libremente.

Ya en 1962 Miguel Piernavieja del Pozo en un estudio
titulado "La Educación Física en España:
Antecedentes histórico-legales" señala tres etapas
respecto al estudio del ordenamiento jurídico de la EF en
España:

– Primera Etapa: De 1806 a 1879, desde la
fundación del Real Instituto Pestalozziano fhasta la
primera proposición de Ley para la obligatoriedad de la
gimnástica.

– Segunda Etapa: De 1879 a 1936, desde la primera
promulgación de ley hasta el comienzo de la guerra
civil.

– Tercera Etapa: De 1938 a 1961, desde una nueva ley
reformaba el Plan de Estudios de Bachillerato implantando la
gimnasia como obligatoria en todos los cursos, hasta 1961 en que
fue aprobada la Ley sobre Educación Física (Ley
Elola).

– Cuarta Etapa: (añadida por el profesor
Hernández Vázquez en su obra "Profesor de EF:
pasado, presente y furturo) que iría desde 1961 hasta 1980
tras la sanción de la Ley General de la Cultura
Física y el Deporte.

Este trabajo sin embargo y en definitiva, está
referido al estudio de las áreas de competencia que en el
ordenamiento legislativo español se perfila en
relación a la Educación Física de acuerdo
con las parcelas siguientes:

a) Organismos públicos responsables de la
actividad físico-deportiva;

b) Centros de formación de Profesorado de
Educación Física;

c) La Educación Física en el Sistema
Educativo Español;

d) La Ley General de Educación de
1970;

e) Después de la Ley General de Educación
de 1970;

Aunque cada uno de estos aspectos son estudiados
individualmente, están sometidas a la idea general del
conjunto en cuanto al objeto de estudio.

Organismos
públicos responsables de la actividad
físico-deportiva

En la legislación referida a la EF en
España no se ha encargado sus competencias a organismos u
instituciones concretas hasta la aparición en 1940 del
Frente de Juventudes y otras delegaciones posteriores que
irían surgiendo como la Sección Femenina, la
Delegación Nacional de Deportes, etc..,

A.- EL FRENTE DE JUVENTUDES

Se crea mediante la Ley de 6 de Diciembre de 1940, y en
ella se apoyarán todos los preceptos que irán
apareciendo hasta la extinción de la Secretaría
General del Movimiento en 1977. En ella se afirmaba: "a este fin,
el Estado debe asegurar al Frente de Juventudes los medios para
ejercer la necesaria invluencia en las instituciones de la
Enseñanza oficial y privada así como en los centros
de trabajo"; todo lo cual nos da idea de la magnitud de la
influencia de este organismo de cara a la EF. De la misma forma
establecía que todos los alumnos de Primera y Segunda
Enseñanza, oficial o privada, formarían parte del
Frente de Juventudes.

Entre las funciones que establecía para los
afiliados al Frente de Juventudes estaban las siguientes: la
educación política, la educación
física y deportiva, la educación premilitar para la
organización masculina, la iniciación a la del
hogar para la femenina, organizar y dirigir campamentos,
colonias, albergues, cursos, acampadas…

Mediante el Decreto de 2 de Septiembre de 1941 de la
Jenfatura Nacional del Movimiento, se creaba la Academia Nacional
de "Jose Antonio" y la de "Isabel la Católica" para la
formación de mandos e instructores del Frente de
Juventudes.

Mediante el Nuevo Decreto Ordenador de 16 de Noviembre
de 1961, se intentaba ajustar las competencias de la
Institución a la realidad juvenil del momento, cambiando
el nombre de Frente de Juventudes por el de Delegación
Nacional de Juventudes. Este decreto confiere al Delegado
Nacional de Juventudes la potestad de aprobar los planes,
cuestionarios y textos de EF de acuerdo con la Delegación
Nacional de Deportes; la propuesta, al Ministerio de
Educación nacional, de nombramiento y cese de Profesores
de EF en los centros oficiales y lo mismo en centros no
estatales, de acuerdo con sus respectivos directores.

En el Decreto de 21 de Agosto de 1970 se
establecía la estructura básica de esta
institución y ncomendaba al Departamento de
Formación la actividad de educación
físico-deportiva en los Centros de
Enseñanza.

Tras la muerte de Franco, aparece el Real Decreto-Ley
23/1977 por el que se transfieren a la Administración
Pública las funciones desempeñadas hasta entonces
por la Delegación Nacional de Juventudes, en lo que se
refiere a la educación física y la práctica
deportiva.

B.- LA SECCIÓN FEMENINA (1937-1977)

La Sección Femenina a partir de 1938 considera la
EF como pieza fundamental en la "formación de la mujer" al
entender que, ésta, "no podía ser completa si no se
ocupaba de la EF", de ahí la creación de la
Regiduría Central de EF. Este regiduría
pretendía que las mujeres españolas pudieran
beneficiarse de esta disciplina teniendo como meta el
perfeccionamiento del cuerpo y siempre con un fondo espiritual.
El método de EF que pretendía la Sección
Femenina tenía su base en tres ejes:

a) La Gimnasia

b) Los Juegos Deportivos

c) La Danza

No obstante el gran obstáculo era la
consideración tradicional que se le atribuía a la
EF como algo impropio de la mujer. Por ello Pilar Primo de Rivera
le atribuía a la Sección Femenina el mérito
de haber iniciado la EF y Deportiva para la mujer en
España, así como haber creado una nueva
provesión femenina: la de Profesora e instructora de EF y
Deportes. También se quejaba de que para conseguirlo
tropezó con la imcomprensión de las gentes y del
ambiente para todo lo que fuera educación física
femenina.

El Decreto 15/1970 de 5 de Enero, otorgaba a la
Sección Femenina las actividades deportivas y de EF de
acuerdo con las competencias y atribuciones de esta
Delegación en materia de EF.

Ya en 1977 como ocurriera con el Frente de Juventudes,
las acciones de esta Delegación en lo que se refiere a EF
y Deportes quedarían encomendadas a otras instituciones
del estado.

C.- LA DELEGACIÓN NACIONAL DE DEPORTES
(1941-1977)

La primera norma jurídica conocida que establece
la organización de la actividad físico-deportiva en
España, es el Decreto de 22 de febrero de 1941, por el que
se creaba la Delegación Nacional de Deportes con la
función entre otras de dirigir, representar y fomentar el
deporte español.

La Orden de 7 de junio de 1945 que establecía el
Estatuto orgánico de dicho ente, señalando que
tendría a su cargo "la dirección y fomento de la EF
española" y que entre sus objetivos estarían los
siguientes:

– Dirigir técnica y administrativamente la
educación física y los deportes

– Ordenar y unificar los servicios de EF y Deportes del
Movimiento y de las Federaciones deportivas

– Representar a la EF y a los Deportes españoles
ante el Estado y el COI

– Fomentar, orientar y disciplinar la EF y el Deporte en
España conforme a las normas del Movimiento

– Formar e intervenir en la preparación docente
en materia de EF y Deporte

– Regir la construcción de campos para la
práctica de la EF y los Deportes

– Inspeccionar las manifestaciones de EF y
Deportes

– Etc..

Entre los órganos que componían esta
Institución, cabe destacar el Consejo Nacional de EF y
Deportes integrado por el Delegado Nacional a la cabeza y otros
componentes entre los que cabe destacar el Asesor de EF del
Frente de Juventudes y la Regidora Central de EF de la
Sección Femenina, representantes de las federaciones
nacionales, del COI, personalidades o jerarquías del
Movimiento…

Esta misma Orden, facultaba a la Delegación
Nacional para que creara y dirigiera "los organismos, institutos,
escuelas y establecimientos dedicados a la enseñanza o a
la práctica de la EF y los Deportes que sean precisos para
el total cumplimiento de la función que le está
encomendada.

Ya con la promulgación de la Ley de
Educación Física 77/1961 de 23 de Diciembre, esta
disciplina tomaría nuevos aires más rigurosos y
científicos. En esta ley se estructuraban las competencias
y funciones de lo que habría de ser la actividad
físico-deportiva en España. Definía la
Delegación Nacional de EF y Deportes como un órgano
de la Secretaría General del Movimiento con las siguientes
competencias:

– La alta dirección y fomento de la EF y el
Deporte y su representación ante los Organismos oficiales
y autoridades.

– Dictar normas para que la EF en general, se ejercitase
y desenvolviese progresivamente.

– Coordinar e inspeccionar toda clase de actividades de
EF y Deportes que se realizaran por entidades públicas o
privadas.

– Establecer las normas reguladoras de las Juntas
Provinciales de EF y Deportes.

– Inspeccionar, con autorización del Ministerio
de Educación Nacional y de acuerdo con las Delegaciones
Nacionales de Juventudes y Sección Femenina, las
instalaciones deportivas de los centros docentes.

– Dirigir la pormación del personal
técnico de EF

– Etc..

La Orden de 28 de enero de 1963 reorganizaba la
Delegación Nacional de EF y Deportes creando en su seno
las distintas subdelegaciones entre las que se encontraba la de
Educación Física. A ésta, se le encomendaba
la dirección de las actividades con orientación y
sentido formativo, para lo cual encuadraba dentro de sí al
Instituto Nacional de Educación Física, la Junta
Nacional de EF, la Inspección Nacional de EF y varios
Departamentos de EF. Esta orden quedaría derogada con el
Decreto 2485/1970 de 21 de agosto volviendo a la situación
anterior.

Con la muerte de Franco en 1975, la Delegación
Nacional de EF y Deportes desapareció como tal.

D.- EL SINDICATO ESPAÑOL UNIVERSITARIO
(1937-1970)

El SEU cuyos estatudos fueron aprobados por el Decreto
de 21 de noviembre de 1937, tenía encomendada la EF en el
ámbito universitario. En su artículo primero se
definía al SEU como una "asociación de estudiantes"
con unos objetivos determinados entre los que estaba el de
"activar intensamente los deportes entre los
estudiantes".

El SEU estaba incorporado a la estructura del Frente de
Juventudes y agrupaba a los escolares de Centros de
Enseñanza Superior. Su jefe era elgido por el mando
nacional del Movimiento a propuesta del Secretario General. Este
Jefe del SEU en las provincias que fueran cabecera de distrito
universitario, tendría el cargo de Delegado Provincial del
Frente de Juventudes auxiliado por varios asesores, entre los que
estaría uno de Educación Física. Estos Jefes
participaban en las Juntas de Gobierno de las
Universidades.

E.- JUNTA NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA
(1961-1977)

Se crea por Ley de 23 de Diciembre de 1961 para una
mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones de los
distintos organismos en lo referido a la EF. Esta presidida por
el Delegado Nacional de EF y Deportes y tenía como
función principal la de "coordinar y planificar las
actividades de EF en la Enseñanza.

El Decreto de 5 de Junio de 1963 establecía sus
funciones concibiéndola como "el Organismo encargado de la
coordinación y fomento de los planes, actividades y medios
de la EF, para una mayor eficacia e impulso de su práctica
en todos los grados de la Enseñanza". Así pues,
entre sus competencias estaban las de:

– Dar a la EF en todos los centros docentes unidad
orgánica, técnica y funcional.

– Indicar los principios rectores y pedagógicos,
así como los métodos y sistemas para la la EF se
ejercitara de forma progresiva y racional.

– Examinar y aprobar los planes generales de EF para los
diversos grados de la enseñanza.

– Proponer medidas conducentes a una mayor eficacia de
la EF.

– Velar para que la enseñanza de la EF fuese
impartida, únicamente por personal titulado.

– Establecer premios y subvenciones para fomentar la
ejercitación física y la construcción de
instalaciones.

– Etc..

F.- JUNTA NACIONAL DE EF UNIVERSITARIA
(1944-1966)

Se crea por Decreto de 29 de marzo de 1944 y en su
preámbulo se hace un canto elogioso y un tanto
idílico a la Ef, y concebía al deporte como "un
medio importantísimo para la educación intelectual
de la juventud". Igualmente se decía que la
ejercitación física tenía un papel relevante
por contribuir al "perfeccionamiento moral, cifrado en el valor y
la audacia para el vencimiento de la dificultad, el sacrificio
por el bien común…"

Mediante este decreto se implantaba de manera progresiva
la EF en las Facultades mediante ciclos de prácticas que
comprendían todo el período de los estudios. Se
hace también en el cuadro de prácticas
fisico-deportivas "la debida separación entre la EF
masculina y la femenina, buscando para ésta, una cuidadosa
adecuación de los ejercicios al temperamento de la
mujer".

Este decreto contemplaba la creación de una Junta
Nacional de EF para la implantación de los planes de esta
meteria en la Universidad.

Sería extinguida por la Ley 109/1966 de 28 de
Diciembre.

G.- CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (1977…)

Se crea por Real Decreto 2258/1977 de 27 de agosto que
le encomienda la competencia de "el fomento, planificación
y desarrollo de la cultura física y las actividades
deportivas de todo orden…). Estructuraba al Consejo Superior de
Deportes (CSD) en 5 unidades entre las que estaban la de
Educación Física y Promoción, así
como el Instituto de Educación Física.

Esta Institución estaba concebida como un Organo
Autónomo, dotado de personalidad jurídica y
capacidad de obrar suficiente para el cumplimiento de sus fines,
funcionando en régimen de patrimonio separado y
presupuesto propio. En general este órgano asumió
las funciones que en su día tuviera atribuidas la
Delegación Nacional de EF y Deportes.

En lo que respecta a la EF, el CSD, tenía las
siguientes competencias entre otras:

– Contribuir a la financiación, fomento y
coordinación de la EF no escolar y del deporte.

– Realizar y promover estudios e investigaciones en
materia físico-deportiva.

– Colaborar con el Ministerio de Educación en la
inspección de la enseñanza y práctica de la
EF.

– Colaborar así mismo en la inspección de
las instalaciones en centros docentes no
universitarios

Asímismo, en el mencionado decreto, se le
confería al CSD, la facultad de "contratación de
personal para fines específicos directamente relacionados
con los aspectos técnicos y científicos de la EF y
del Deporte".

H.- INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA EF Y DEL DEPORTE
(1980…)

Es creado mediante la Ley General de la Cultura
Física y del Deporte 13/1980 de 31 de marzo, cuando en su
texto se señalaba "se creará el Instituto de
Ciencias de la EF y del Deporte que, en colaboración con
el CSD, impulsará la investigación en materia
deportiva".

En el Real Decreto 972/1981 de 8 de mayo, se fijaban las
competencias de este órgano al que definía como
"unidad especializada del CSD, dependiente de la Dirección
de Cultura Física y Deportes" atribuyéndole las
siguientes funciones entre otras:

– Realizar estudios e investigación en
relación con la EF y el Deporte.

– Colaborar con las Universidades en la
investigación de la Medicina de la EF y del
Deporte

– Colaborar asímismo en la formación de
especialistas

– Etc..

Por último y para terminar con la revisión
de todas las instituciones estudiadas, hay que decir que esta
área ha llevado a cabo sus competencias a lo largo de la
historia con precariedad de medios, equipamientos e
instalaciones.

Igualmente nunca ha gozado de independencia y de
ahí que la coordinación y dirección de la
actividad físico-deportiva siguieran dependiendo de otro
organismo estatal (anteriormente de la Secretaría del
Movimiento), en este caso era el Ministerio de
Cultura..

Centros de
formación del profesorado

En el área de la EF no ha faltado el
interés por dotarla de rigor científico como se
desprende de la legislación estudiada pero esta
intención no ha llegado a materializarse o a convertirse
en una traducción práctica de tanta teoría.
Esto ha sido debido en parte a la ausencia de profesionales que
pudieran llevar a cabo esta normativa, por no existir Centros de
Formación para dar respuesta a las personas que teniendo
aptitudes y vocación estuviesen interesados en dar
respuesta positiva a las necesidades que propiciasen la
promulgación de dichas normas.

a) Escuela Central de Profesores y Profesoras de
Gimnástica (1883-1892)

Así en la Ley de 9 de marzo de 1883 se
crearía el primer Centro Docente destinado a la
formación de estos profesionales bajo esta
denominación. Sus estudios duraban dos cursos de ocho
meses cada uno que al terminarlos con éxito se
traducían en el Título de Profesor/a de
Gimnástica. Entre sus asignaturas se encontraban la
Anatomía, Gimnasia libre, Esgrima, Tiro al blanco,
Fisiología, Gimnástica con aparatos,
Pedagogía, etc..

La duración de la sesión era de 1 hora y
media, con una parte teórica y otra práctica. Para
la obtención del título tras aprobar los estudios
sería necesario superar un examen de reválida
compuesto por una parte teórica y otra
práctica.

En la creación de esta escuela tuvo gran
influencia lo que se estaba haciendo en otros paises europeos,
como se refleja en el texto de la ley.

En el texto de su Reglamento se señalaba respecto
a su creación que "si este servicio era realizado con
inteligencia y celo, no podría por menos de producir
mejora singular en la Educación Física y en la
salud y vigor de la juventud".

Estos sueños se desvanecieron cuando en 1892 la
escuela fue clausurada por motivos de presupuesto, pudiendo
concluir sus estudios un total de 16 profesoras y 71 profesores
de Gimnástica.

b)Escuela Central de Gimnasia del Ejército
(1919-1979)

Se crea por Real Orden de 29 de diciembre en el seno de
la Academia de Infantería de Toledo. En 1930 se le otorga
independencia como centro de Enseñanza, no dependiendo ya
de la Academia citada. En 1939 cambia su denominación por
la de Escuela Central de EF. En la Orden de 1 de Mayo de 1948
cambia su reglamento, concibiéndola como "órgano
facultativo y asesor del Mando en lo relacionado con la EF y
Centro de formación del personal que ha de dirigirla en
los Cuerpos. Constituye, a tal fin, un Centro de
Enseñanza, Estudios y Ensayos", y vuelve a darle un
marcado carácter militar en todos los sentidos. Entre sus
misiones (casi todas de tipo militar) también se
contemplaban unos cursos "especiales" que abrían la
posibilidad de titulación (de profesor de EF) para
personal civil, al que podían optar los Médicos,
Maestros Nacionales, y titulados universitarios; Estos cursos
duraban 9 meses y se componían de

· Clases teóricas: Anatomía,
Fisiología e Higiene, Psicología, Pedagogía,
Metodología, Historia de la EF, Mecánica Humana,
Técnica de la Gimanasia educativa y de los Ejercicios
utilitarios, Juegos Deportivos y Atletismo, Accidentes
Deportivos.

· Clases teórico-prácticas:
Ejercicios utilitarios, Juegos Deportivos, Atletismo,
Natación, Deportes de Combate, Esgrima de Sala y Fusil,
Montaña.

· Clases prácticas: Gimnasia educativa,
Prácticas de Mando

El número de titulados por la Escuela Central
hasta el año 1979 fue de 5817 de los que 2553 consiguieron
el grado de Profesor/a de EF, muchos de los cuales atendieron en
solitario las necesidades de numerosos Centros
escolares.

c) Escuela de Educación Física
(1933-1979)

Se crea por Decreto de 12 de diciembre de 1933 en la
Universidad de Madrid y dependiente de la Facultad de
Filosofía y Letras. Esta Escuela de EF tendrá por
objeto "la preparación de los que hayan de ejercer la
enseñanza de la EF en los centros de cultura de la
nación". Agrupaba sus enseñanzas en dos
clases:

– Clase teórica: para mostrar a los alumnos los
fundamentos científicos de la EF

– Clase práctica: para ejercitarlos y
adiestrarlos en los ejercicios, en los juegos y en los deportes
que se consideren necesarios.

El Título de profesor de EF obtenido tras sus
estudios capacitaba para ejercer esta enseñanza en los
Centros Oficiales de la nación en las condiciones que el
Estado determinase.

La Escuela de EF que se ubicaba en la Facultad de
Medicina de San Carlos de la Universidad Central (hoy Universidad
Complutense de Madrid) llegó a titular hasta el año
1979 un total de 692 profesores.

d) Academias Nacionales "Jose Antonio" e "Isabel la
Católica" (1941-1977)

Se crearían por Decreto de 2 de Septiembre de
1941 para la formación de Mandos e Instructores del Frente
de Juventudes. Una formación plural -según
Hernández Vázquez- caracterizó a los planes
de estudio de estas dos escuelas, que fueron constantemente
evolucionando hasta la separación total de los estudios de
EF y la plena identificación de Estos. Estas escuelas
quedaron extinguidas por Real Decreto en 1977 y pasaron a
integrarse por Ley 23/1977 de 1 de abril en el INEF de Madrid.
Hasta esta fecha sus estudios lo habían completado un
total de 1655 profesores y 565 profesoras de EF.

e) Instituto Nacional de Educación Física
(INEF) (1961…)

Se crea por Ley 77/1961 de 23 de Diciembre para "la
formación y perfeccionamiento del Profesorado de EF y de
los entrenadores deportivos". Dependerá
orgánicamente de la Delegación Nacional de EF y
Deportes y más tarde del CSD. En esta ley se le asigna al
INEF la función de "investigación científica
y la realización de estudios y fprácticas
orientadas al perfeccionamiento de cuantas materias se relacionen
con la EF". Empezaría su primer curso académico en
1967-68 graduando hasta 1979 un total de 307 profesores/as de
EF.

El Decreto 1321/1963 aprobó el Estatuto
constitutivo del INEF, asignándole como fines los
siguientes:

– La formación de educadores especializados en
las actividades técnicas comprendidas bajo la
denominación de Educación Física y
Deportes.

– Fomentar la investigación científica y
cultural en todo lo relativo a esta materia y a la realidad
deportiva humana individual y colectiva.

– Formar, a través de la Escuela Nacional de
Medicina Deportiva, médicos especialistas deportivos y
Auxiliares sanitarios deportivos.

Según este Reglamento, al INEF, se le facultaba
para expedir los siguientes títulos:

-Profesor de EF y Deportes

-Instructor de EF y Deportes

-Entrenador Deportivo

-Maestro-Instructor en EF

Las enseñanzas para la obtención del
título de Profesor de EF y Deportes, constaban de 4
cursos, en los que se alternaban las asignaturas
prácticas, técnicas, científicas y
complementarias. Al final de los mismos habría de
presentar un trabajo de investigación a modo de tesina
bajo la dirección de uno de los profesores del Instituto
titulado en la Universidad.

La Ley General de Educación de 4 de agosto de
1970 le otorgaría al INEF rango de Instituto Universitario
equiparando sus estudios al primer y segundo ciclos de la
Educación Universitaria. Por ello los alumnos que hubieran
concluido sus estudios de Primer Ciclo obtendrían el
título de Diplomado, mientras que los que lo hicieran del
Segundo tendrían derecho al de Licenciado en
Educación Física.

En el curso académico 1975-76 abriría sus
aulas el INEF de Barcelona.

A modo de conclusión final, se señalan las
siguientes apreciaciones:

1. Reducido número de graduados a lo largo de la
existencia de estos centros

2. Proceso evolutivo científico-técnico de
las materias que han conformado los diferentes planes de estudio
para alcanzar la titulación, concordante con el sistema
educativo de cada época, aunque fuesen desde nuestra
perspectiva formativa incompletos o incluso
ilógicos.

3. Plural dependencia de los Centros de Formación
de Profesorado -Ministerio de Fomento, del Ejército, de la
Secretaría General del Movimiento, del Ministerio de
Cultura…- cuando lo lógico hubiera sido, que al igual
que las demás instituciones educativas, éstos
hubieran dependido del Ministerio de Educación y las
titulaciones por ellos impartidas competencia exclusiva del
mismo.

4. Postura generosa de la Escuela de Educación
Física del Ejército, posibilitando la
formación y titulación en la misma al personal no
militar, especialmente a educadores.

La educación
física en el sistema educativo español

A.- ANTES DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN DE
1970

La EF en el Sistema Educativo Español no ha
gozado en la práctica de la misma importancia que otras
áreas, a pesar de los intentos de implantación que
ya se han comentado como el propugnado por Jovellanos en 1809, la
creación de la Escuela Central de Gimnástica por la
Ley de 1883 (que a duras penas se mantuvo 10 años), o la
apertura de Escuelas del Ejército al personal civil, no se
ha conseguido por la falta de interés, por abandono o por
ignorancia.

A partir del segundo tercio del siglo XX se observan los
primeros intentos serios por parte de la legislación para
pontenciar esta disciplina. Tras la Guerra civil se le asigna
esta responsabilidad al Frente de Juventudes por Ley de 6 de
diciembre de 1940. No obstante hubo importantes carencias que
limitarían este cometido, en lo que respecta a medios
económicos y materiales, que tuvo que ser suplida por el
esfuerzo personal, humano, de entrega e ilusión de
personas que aportarían su grano de arena para conseguir
poco a poco la dignificación de la matgeria.

En lo que respecta al Ordenamiento de la
Enseñanza Secundaria, ésta, fue regulada por una
serie de preceptos que fueron dibujando el marco educativo
español:

– La Orden de 12 de Julio de 1935 establecía el
cese de "todos los Profesores de EF".

– La Ley de Bases de 20 de septiembre de 1938 sobre
Reforma de la Segunda Enseñanza, explicitaba en su Base IV
que además de los 7 grupos de asignaturas fundamentales
del Bachillerato, se les daría también a los
alumnos una completa Educación Física, con el fin
de asegurar el equilibrio físico y moral de las
generaciones juveniles.

– La Ley de 26 de febrero de 1953 de la
Ordenación de la Enseñanza Media en España,
señalaba que "la educación de grado medio debe
comprender, además del cultivo de los valores
espirituales, la formación moral o del carácter, la
formación intelectual y la físico-deportiva. En la
misma ley se dice que la Educación Física,
especialmente la deportiva, debe aunar los valores
fisiológicos, psíquicos morales y sociales del
deporte, bajo una adecuada dirección técnica. El
Ministerio de Educación Nacional dictará las normas
y nombrará a los Inspectores que hayan de ejercer la
inspección en lo relativo a la Educación
Física… en todos los centros de Enseñanza Media.
Finalmente en su artículo 85, se decía que "la
formación del Espíritu Nacional, la
Educación Física y las Enseñanzas del Hogar
(para las alumnas), serán fundamentalmente obligatorias y
debidamente atendidas en los planes de todos los cursos, en los
horarios escolares, en los exámenes y en las pruebas de
Grado".

– Así en el Decreto de 12 de Junio de 1953 ya se
establecía "a la Educación Física se
dedicarán tres horas semanales en todos los cursos de
Bachillerato, sin perjuicio del tiempo destinado a los ejercicios
deportivos.

– En la Orden de 29 de marzo de 1955 se señalaba
que se consideraría "como una sola, a los efectos de
calificación y pase de curso, las disciplinas de
Formación del Epíritu Nacional y Educación
Física".

– La Orden de 31 de Julio de 1961 regulaba la Dispensa
de la Práctica de la EF en la Enseñanza Media por
los siguientes preceptos: imposibilidad física,
convalidación de estudios, pertenecer a un Instituto
religioso, tener 25 años cumplidos.

– La Ley de 23 de diciembre de 1961 ordenaba que la EF
sería "obligatoria en los Centros Docentes de
carácter oficial, institucional o privado de acuerdo con
los planes de estudio". Así mismo, reconocía
competencia docente de la EF en los Centros de Enseñanza a
los Maestros; Maestros Instructores de EF; Instructores;
Profesores de EF; y Entrenadores. Los títulos de la
especialidad, serían expedidos por el Instituto Nacional
de EF o Escuelas oficialmente reconocidas.

– Por Orden de 25 de mayo de 1964 se incorpora la EF a
las pruebas de Reválida de la Enseñanza
Media.

– Por Orden General de 14 de Octubre de 1964 de la
Delegación Nacional de la Juventud, se publica el Plan
General de EF y Deportiva para Enseñanza Media, Laboral,
Comercio, Escuelas de Formación Profesional Industrial y
Universidades Laborales, con el propósito de sentar un
criterio de unidad en razón a las edades de los educandos.
Este Plan incluía un ejemplo de Programación
Semanal para cada una de las diferentes modalidades de
estudio.

En lo que respecta a la Universidad, el Decreto de 29 de
marzo de 1944 implantaba la EF como asignatura obligatoria. Se
llevaba a cabo mediante ciclos de prácticas que comprende
todo el período de los estudios, siendo obligatoria para
la continuación de los mismos, la obtención de
certificados anuales de la materia".

La Orden de 28 de septiembre de 1964 establecía
el Plan de EF para Universidades, Escuelas Técnicas y
Profesionales de Comercio.

B.- A PARTIR DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN DE
1970

En esta ley se trató dignamente a nuestra
disciplina como se refleja en su articulado, dejando las bases
para otros preceptos legales que permitirían poco a poco
la adaptación de la EF a los nuevos requerimientos
educativos, sociales y políticos. La EF aparece ya en
todos los niveles educativos, con una dignificación
progresiva del profesorado de esta especialidad y un mayor
reconocimiento de su labor. La EF se incluía en el Area de
Conocimiento de las Ciencias Sociales, junto con la
Formación Religiosa y la Formación Estética
y Pretecnológica en EGB.

En 1973 La Junta Nacional de EF publicó un manual
de Orientaciones y Normas sobre evaluación en EF y
Deportiva, con la única finalidad de conseguir un sistema
objetivo, fiable y científico que apoyara la labor de los
docentes y justificara, en este área el concepto de
Evaluación Continua.

A partir de 1977, la EF se suprime como asignatura en
los Planes de Estudios Universitarios, por Decreto de 4 de marzo,
que explicitaba que "en los planes de estudio universitario no se
incluirán, en lo sucesivo, la EF como asignatura sometida
a la superación de las correspondientes pruebas
obligatorias.

A cambio, en otro artículo de este decreto, se
ordenaba el establecimiento de un Servicio de EF y Deportiva y
del que se responsabilizaría el profesorado que
anteriormente la impartía como asignatura.

Por último y para terminar este apartado se puede
concluir:

a) La aplicación práctica de la norma no
fue coherente con la producción legislativa respecto a la
EF durante estas 8 décadas. De aplicarse al pie de la
letra nos hubiésemos encontrado ante una disciplina de las
más consideradas.

b) La escasez de medios y equipamientos fue suplida con
la voluntad y el buen hacer de unos profesionales que en la
mayoría de los casos hacían entrega desinteresada
de sus ilusiones.

c) La discriminación de estos profesionales en
relación con otros docentes de igual nivel era un hecho,
aunque en la Ley General de Educación estuviese prevista
la igualación con el resto de personal docente del mismo
nivel.

d) Existen discrepancias al entender que las
competencias en EF que serían asignadas a partir de 1940 a
la Secretaría General del Movimiento deberían haber
sido del Ministerio de Educación, y nunca de un ente
político.

e) La teoría legislativa y su aplicación
práctica no llegaron a converger como lo demuestra que en
los planes de estudios de Magisterio aun manteniéndose
obligatoria la EF, sólo se contemplase en un cuatrimestre
durante 4 horas semanales y bajo la denominación de
Didáctica de la EF.

LA EDUCACIÓN FÍSICA TRAS LA LOGSE DE
1990

Supone la reforma y reestructuración del Sistema
Educativo imperante desde 1970, para adaptarlo a las demandas
sociales y a los cambios producidos en todos los estratos de la
sociedad. Entre los cambios más importantes podemos
destacar la ampliación de la escolaridad obligatoria hasta
los 16 años, la reforma de la Formación Profesional
y la introducción de un nuevo modelo curricular que se
caracteriza por su concepción abierta y flexible al objeto
de adaptarse a los cambios y a las demandas sociales. En este
sentido la Administración lo que hace es establecer unas
prescripciones bastante genéricas (al objeto de garantizar
un mínimo de unidad en el currículo de todo el
estado) y son los centros y los mismos profesores los que se
encargan de concretar los componentes del currículo
(objetivos, contenidos, metodología y criterios de
evaluación) su contexto y a las características de
los alumnos/as.

a)La Educación Física en el Nuevo Sistema
Educativo.-

En la actualidad la Educación Física
está integrada en el Sistema Educativo formando parte del
currículo de los 5 niveles que componen las
enseñanzas de régimen general, desde la
Educación Infantil, hasta la Enseñanza
Universitaria.

-En la Educación Secundaria, la Educación
Física está incluida en la ESO como una de las 9
áreas curriculares – en el Primer curso del Bachillerato
es una de las materias comunes y obligatorias, y en el 2º
curso existe la posibilidad de elegirla como optativa en la
modalidad de Ciencias de la Salud.

-En la Formación Profesional Específica
existen 2 ciclos formativos dentro de la familia profesional de
Actividades Físicas y Deportivas, uno de Grado Medio que
proporciona el título de "Técnico en
Conducción de Actividades Físicas en el Medio
Natural" y otro de Grado Superior que conlleva el título
de "Técnico Superior en Animación de Actividades
Físicas y Deportivas".

La formación del Profesorado para la
enseñanza de Educación Física es competencia
de las Universidades, donde se pueden obtener las siguientes
titulaciones:

Título de Licenciado en Educación
Física o Ciencias de la Actividad Física y el
Deporte. Se obtiene tras cursar 5 años ( 4 según el
nuevo plan de estudios en el INEF de Granada, pero parece que
esta reforma no cuajará, pues se plantea volver a los 5
años para el próximo curso), y que faculta para la
docencia en Secundaria.. En Granada ha pasado a denominarse
Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte
(FCAFD), ya plenamente integrada en la Universidad , aunque en
otras comunidades permanece como los antiguos INEFs. Los nuevos
planes de estudios ya no van enfocados a la docencia
exclusivamente (ver apartado de estudios), sino que contemplan
itinerarios formativos enfocados a otras salidas como la
gestión o el alto rendimiento.

Título de Maestro Especialista en
Educación Física. Se obtiene tras cursar 3
años en la Facultad de Ciencias de la Educación
(C.C.E.E.) y faculta para ejercer la docencia en Primaria. Tras
la reforma de los planes de estudio, la formación de los
maestros de EF ha mejorado bastante en profundidad y en calidad
de las enseñanzas respecto a tiempos recientes, de forma
que ahora salen de las facultades con una mejor base profesional,
algo imprescindible si se quieren sentar bases sólidas
para la Educación Física.

b)El nuevo modelo curricular de la Educación
Física

En cuanto al nuevo modelo curricular de la
Educación Física que introduce la reforma (nos
referimos a la ESO), lo más significativo es la
estructuración de los contenidos de la disciplina. Se
determinan cinco bloques de contenidos: Condición
Física, Cualidades Motrices, Juegos y Deportes,
Expresión Corporal, y Actividades en el Medio Natural.
Estos bloques no se entienden como compartimentos cerrados ni
estancos, pues por un lado los contenidos no vienen secuenciados,
lo que permite al profesor/a un margen bastante amplio de
libertad a la hora de determinarlos, y por otro lado se aconseja
que los bloques de contenidos estén relacionados entre
sí, de forma que permitan a los alumnos un aprendizaje
más significativo y globalizado.

Al margen de estos bloques de contenidos, existen otros
contenidos denominados "transversales" (Ed. para la Salud, Ed.
Ambiental, Ed. para la Igualdad entre los Sexos, Ed. para la Paz,
Cultura Andaluza, etc.), que permiten al profesor/a introducir
aquellos contenidos relacionados que considere oportunos por su
interés social. En Educación Física son
muchas las posibilidades en este sentido, podemos señalar
algunos ejemplos:

Primeros auxilios y prevención de accidentes en
las actividades físicas y deportivas.

-Juegos y deportes tradicionales. Danzas y bailes
populares y tradicionales.

-Diferencias de género en la práctica de
las actividades deportivas.

-Aspectos sociales y culturales implicados en las
actividades físicas y deportivas.

-Papel de la mujer en la historia de las actividades
físicas y deportivas.

-La violencia o el doping en el deporte.

-Incidencia de las actividades deportivas de aventura en
el medio natural.

La Academia Olímpica es la
institución que tiene por objeto la difusión y la
defensa de los valores filosóficos y morales que el
Movimiento Olímpico encierra

Partes: 1, 2

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