Dumping de bolivia -d.s. 23308.pdf

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NORMATIVA ANTIDUMPING Y DE PRACTICAS DESLEALES DECRETO SUPREMO Nº 23308 7 DE DICIEMBRE DE 1991 CONSIDERANDO; Que, en atención al Artículo 141 de la Constitución Política del Estado, éste podrá dictar normas para el control de las actividades comerciales y económicas, cuando así lo requieran las necesidades públicas. Que la Ley de la República 1182 del 17 de septiembre de 1990, en su artículo 8 garantiza la libertad de importación y exportación de bienes y servicios. Que es necesario complementar los alcances a dicha Ley, tomando en consideración las distorsiones de precios vigentes en el mercado internacional, como consecuencia de prácticas desleales de comercio exterior en diferentes países. Que en el mercado internacional existen …ver más…

Artículo 6.- Un producto similar es un producto idéntico en todos los aspectos al producto objeto de la práctica o, cuando no exista ese producto, otro que tenga características muy similares, tomando en consideración elementos tales como su naturaleza, calidad, uso y función. Artículo 7.- El precio de exportación es el realmente pagado o por pagar por el producto vendido para su exportación hacia Bolivia. Artículo 8.- Para los efectos del presente Decreto, se entiende por valor normal aquel realmente pagado o por pagar por un producto similar al importado al país, cuando es vendido para su consumo o utilización en el país de origen, en operaciones comerciales normales. Se considerarán como operaciones comerciales normales, las realizadas entre partes asociadas o que hayan concertado entre sí un arreglo compensatorio, siempre que los precios y costos sean comparables a los que las operaciones realizadas entre partes independientes. Si el producto similar no es vendido en el curso de operaciones comerciales normales, en el mercado interno del país de origen o de exportación, o si tales ventas no permiten la determinación válida del valor normal, éste se precisará según bases razonables que determine la Comisión; para tal efecto se tomarán en cuenta las disposiciones relacionadas con el GATT, ALADI y con las DECISIONES del Grupo Andino. Artículo 9.- El margen de dumping es el monto en que el precio de exportación es inferior al valor normal.

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