Órganos Constitucionales Autónomos
Sumario: I. Introducción. II. Concepto. III. Antecedentes. IV. Naturaleza jurídica. V. Características. VI. Justificación. VII. Qué es la autonomía. VIII. Tipos de autonomía. IX. Diferencias entre órganos constitucionales autónomos y órganos autónomos de la administración pública. X. Entidades federales autónomas constitucionales. XI. Órganos autónomos estatales. Conclusiones. Bibliografía.
I. Introducción
La evolución de la teoría clásica de la división de poderes en la que se concibe a la organización del Estado, en los tres poderes tradicionales: legislativo, ejecutivo y judicial, ha permitido que, en la actualidad, se considere como una distribución de funciones o competencias para hacer más …ver más…
255 filiberto valentín ugalde calderón público. Por tal motivo, se establecieron en las normas jurídicas constitucionales, dotándolos de independencia en su estructura orgánica y así alcanzar los fines para los que se crearon, es decir, para que ejerzan una función pública fundamental, y que por razones de su especialización e importancia social requería la autonomía del órgano creado respecto de los clásicos poderes del Estado.
IV. Naturaleza jurídica
Son órganos públicos que ejercen una función primordial del Estado, establecidos en los textos constitucionales y, por tanto, tienen relaciones de coordinación con los demás poderes tradicionales u órganos autónomos, sin situarse subordinadamente en algunos de ellos. El simple hecho de que un órgano haya sido creado por mandato del constituyente, no resulta suficiente para considerarlo como autónomo. En diversas constituciones hay órganos del Estado a los que sólo se hace referencia y, otros, cuyas funciones son detalladas pero sin ser autónomos, a los cuales se les denomina órganos de relevancia constitucional o auxiliares, y su diferencia con los autónomos radica en que éstos no están incluidos en la estructura orgánica de los poderes tradicionales; por ejemplo, el Ministerio Público.4
V. Características
Del análisis de las características que según diversos autores deben tener los organismos públicos autónomos, se puede concluir que gozan de las siguientes: a) Deben estar establecidos y configurados